Manual de convivencia 2010

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA PREUNIVERSITARIO DE BELLO-Manual de convivencia INSTITUCIÓN EDUCATIVA PREUNIVERSITARIO DE BELLO-Manual de convivencia TABLA DE CONTENIDO Introducción Glosario de términos Identificación del plantel Breve reseña histórica Misión, visión y filosofía del plantel Símbolos de la institución Uniforme Modelo pedagógico Metodología Objetivos Fundamento Legal Proceso de matricula Organigrama Perfil del estudiante Perfil del asesor Funciones del asesor Deberes y derechos de los estudiantes Estímulos para el personal discente Características de las faltas Faltas que afectan el comportamiento El debido proceso Evaluación de educandos Los padres de familia y acudientes Derechos y deberes de los padres, madres y/o acudientes Egresados Deberes y derechos de los egresados El rector y sus funciones El coordinador general y sus funciones Faltas que afectan la conducta de un asesor Faltas que afectan el comportamiento de un docente Sanciones Participación de los docentes en el gobierno escolar Directores de los Clei Secretaria académica El portero Personal de apoyo o servicios especiales 1

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  • 1. TABLA DE CONTENIDO
    Introduccin
    Glosario de trminos
    Identificacin del plantel
    Breve resea histrica
    Misin, visin y filosofa del plantel
    Smbolos de la institucin
    Uniforme
    Modelo pedaggico
    Metodologa
    Objetivos
    Fundamento Legal
    Proceso de matricula
    Organigrama
    Perfil del estudiante
    Perfil del asesor
    Funciones del asesor
    Deberes y derechos de los estudiantes
    Estmulos para el personal discente
    Caractersticas de las faltas
    Faltas que afectan el comportamiento
    El debido proceso
    Evaluacin de educandos
    Los padres de familia y acudientes
    Derechos y deberes de los padres, madres y/o acudientes
    Egresados
    Deberes y derechos de los egresados
    El rector y sus funciones
    El coordinador general y sus funciones
    Faltas que afectan la conducta de un asesor
    Faltas que afectan el comportamiento de un docente
    Sanciones
    Participacin de los docentes en el gobierno escolar
    Directores de los Clei
    Secretaria acadmica
    El portero
    Personal de apoyo o servicios especiales
    La tesorera
    La bibliotecaria
    El gobierno escolar
    Consejo directivo
    Personero de los estudiantes
    Disposiciones generales
    Contrato de prestacin de servicios
    INTRODUCCIN
    LA INSTITUCIN EDUCATIVA PREUNIVERSITARIO DE BELLO , cumpliendo con lo dispuesto en los artculos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 y el artculo 17 del decreto reglamentario 1860, donde se pide que cada establecimiento educativo debe crear su Manual de Convivencia como parte fundamental del proyecto educativo institucional. Es por ello, que la institucin hace una nueva restauracin al manual existente contando con miembros de la comunidad educativa de la institucin.
    QUE SE ENTIENDE POR MANUAL DE CONVIVENCIA?
    Se dice que es el parmetro o la carta magna con la cual la institucin busca la informacin integral de un nuevo hombre, que este acorde a las necesidades sociales, ticas, polticas y culturales de la sociedad Bellanita, Antioquea y colombiana.
    POR QUE ES IMPORTANTE EL MANUAL DE CONVIVENCIA?
    Es muy importante porque este posibilita a cada uno de los miembros de la comunidad de la institucin, la forma de apropiarse de los elementos y normas que sirven para responder en forma eficiente, a los retos que nos trae la informacin integral del nuevo hombre. Es por ello, que el solo hecho de conocer el manual, no amerita ni garantiza el xito de la informacin, sino su puesta en prctica, para as alcanzar los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I).
    EL MANUALDE CONVENCA ESCOLAR propone un estilo de vida donde los estudiantes y la comunidad educativaconvivan en un ambiente donde se respete la persona, se fortalezcan los procesos de crecimiento, de participacin y se tenga la mejor experiencia para afrontar una vida social, sana, tica y responsable.
    El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR est dirigido a la comunidad educativa, que comprende a los estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares. (Art. 6, Ley 115/94)
    GLOSARIO DE TRMINOS
    Amonestacin: llamado de atencin que se hace a una persona por una falta cometida o por su actitud comportamental, exhortndola para que cumpla y respete las normas del Manual de Convivencia y acte consecuentemente con ellas.
    reas: organizacin del conocimiento y de competencias que hacen parte del plan de estudios. Se incluirn las reas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales en los artculos 23 y 31 de la ley 115 de 1994.
    Cancelacin de matrcula: acto que realiza el padre de familia y el rector donde ambos, y de comn acuerdo, deciden poner fin al servicio educativo.Una excepcin a lo anterior es cuando, por Resolucin Rectoral, y previo a un debido proceso disciplinario, se cancela la matrcula unilateralmente por la institucin.
    Convivencia: conjunto amplio de relaciones interpersonales donde se busca el beneficio comn. La convivencia se basa en el respeto mutuo.
    Debido Proceso: Derecho constitucional fundamental que establece en debida forma la defensa de la persona.Conjunto de garantas procedimentales y probatorias que tiene la comunidad educativa en general para presentar su defensa, cuando quiera que se vea involucrado en un proceso disciplinario que amerite una sancin.
    Derecho a la Educacin: la educacin en un derecho de la persona y un servicio pblico que tiene una funcin social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la tcnica y a los dems bienes y valores de la cultura Art.67 Constitucin
    Poltica de Colombia.
    Desertor: quien deja de asistir injustificadamente a ms del 50 % de las actividades programadas en el ao lectivo.
    Desescolarizar: proceso de aprendizaje mediante el cual el estudiante no asiste a la institucin como estudianteregular, por determinado tiempo, ya sea por enfermedad, incapacidad, calamidad o sancin disciplinaria, encontrase en una situacin disciplinaria que hace difcil su permanencia en el plantel, o tambin, por casos especiales de enfermedad comprobada o conflictos sociales.
    Estmulo: estrategia educativa que reconoce los esfuerzos de los educandos en proceso de crecimiento integral y valora su respuesta positiva acadmicamente.
    Matrcula: contrato bilateral donde LA INSTITUCIN EDUCATIVA DE BELLO se compromete a procurar los medios y recursos para que el educando obtenga su formacin adecuada y ste, a su vez, se obliga a cumplir los objetivos y reglamentos de la institucin.
    Misin: razn de ser de la institucin y que especifica el rol funcional que esta va a desempear en su entorno. Esta declaracin nos indica con claridad el alcance y direccin de las actividades de la institucin.
    Nivelaciones: son actividades acadmicas que se asignan a estudiantes que no alcanzaron los logros en el plantel o en otra institucin.
    Proyecto Educativo (P.E.I): es un proyecto que expresa la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educacin definidos por el artculo 5 de la Ley 115 de 1994, teniendo en cuenta las condiciones sociales, econmicas y culturales de su medio. ste se debeelaborar y poner en prctica con la participacin de la comunidad educativa.
    Recurso de apelacin: derecho a recurrir a una instancia de mayor jerarqua en el orden de lo legal para que deje sin efecto una sancin aplicada por una de las instancias de menor jerarqua. La instancia en apelacin ser el Ncleo Educativo.
    Recursos de reposicin: derecho del afectado por una sancin para acudir ante quien tom tal decisin para solicitarle que la revise, la reconsidere, la derogue o modifique..
    Recuperacin: son actividades acadmicas que asigna el Comit Acadmico de Grado para superar debilidades cuando no se promueven los estudiantes de grado o no se gradan como bachiller.
    Refuerzos: son actividades acadmicas que determina el docente en el transcurso de un perodo acadmico para superar debilidades en la consecucin de logros asignados.
    Sancin: amonestacin por un acto cometido, que atente contra la estabilidad y la armona de la comunidad educativa y que vaya en contra de lo establecido en el Manual de Convivencia.
    Servicio Social Estudiantil Obligatorio: cumplimiento obligatorio de 80 horas por parte de los estudiantes de la educacin media, en actividades sociales que beneficien a la comunidad educativa o a otros sectores considerados en el P.E.I. Es requisito para optar al ttulo de bachiller.
    Visin: es un conjunto de ideas generales que proveen el marco de referencia de los que una institucin educativa quiere y espera se d en el futuro.
    EGRESADOS: Son aquellos estudiantes que han pasado por la institucin y que hacen parte de la comunidad educativa del preuniversitario.
    IDENTIFICACIN DEL PLANTEL
    NOMBREInstitucin educativa Preuniversitario de Bello
    DIRECCINCarrera 49 N 50 42
    MUNICIPIOBello (Antioquia)
    TELFONOS272 7727 272 7683 272 7665
    FAX272 768-3
    E [email protected]
    Ncleo EDUCATIVO0904
    CARCTERMixto
    RECTORJuan Diego Gonzlez Ramrez
    COORDINADORALina Patricia Munera Osorio.
    MODALIDADBachillerato Acadmico Semipresencial.
    AO DE FUNDACIN: 1988
    CDIGO DEL DANE: 305088002486
    CDIGO P.E.I:020
    APROBACIN DE ESTUDIOS:Resolucin n 896 del 07 de diciembre de 2006
    LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:Resolucin n 002541 del 19 de agosto de 1988
    NIVELES EDUCATIVOSBsica: CLEI 3, CLEI 4,
    Media: CLEI 5 y CLEI 6
    TITULO QUE SE OTORGABachiller acadmico
    JORNADA ESCOLARDiurna, tarde y sabatina.
    BREVE RESEA HISTRICA
    En los aos 80 el ex presidente Belisario Betancur promovi la educacin a distancia y flexible, inicialmente enfocada en la educacin superior, pero esta reglamentacin abri a la vez el panorama a otros niveles educativos como primaria y secundaria.
    Fue as como Pedro Antonio Ros Tobn, un prestigiosa y visionario Odontlogo del departamento, en sociedad con su amigo Licenciado Daro Piedrahita Zapata, que en aquel entonces se desempeaba como delegado del ministerio de educacin para Antioquia, emprendieron un arduo trabajo en equipo con el Licenciado Lus Eduardo Guzmn lvarez, un educador con alta trayectoria en el municipio de Bello y concibieron un nuevo modelo pedaggico, que le permiti a la poblacin adulta Bellanita y de otros municipios aledaos, terminar sus estudios bsicos y secundarios, de acuerdo con sus necesidades.
    Como producto de dicho proyecto naci en 1988, en bello, el Instituto Preuniversitario de Bello, Antonio J. Ros Q. Ms conocido actualmente como IPB.
    A partir del 7 de Diciembre de 2006 el Instituto, cambia su nombre, al recibir de la secretaria de educacin una nueva aprobacin y desde entonces su trayectoria como la primera institucin educativa para adultos de carcter privado en el municipio.
    La propuesta inclua entre otras lo siguiente:
    Dirigir a los adultos y jvenes trabajadores, que por algn motivo no haban podido ingresar a la secundaria o haban salido de ella sin terminarla.
    Relacionado con horarios flexibles, tiempo de escolaridad y metodologa; que son condiciones que motivan el ingreso y permanencia en el nuevo sistema.
    Los adultos y jvenes podrn capacitarse para el empleo, al mismo tiempo que hacia sus estudios secundarios.
    Se propuso la modalidad de salud oral, auxiliar contable y bachiller acadmico.
    Contaba para hincar el trabajo, con suficientes recursos fsicos y personal docente altamente calificado.
    VISIN
    Para el Ao 2015, el IPB ser reconocido como la mejor institucin educativa para adultos del municipio de Bello; qu integre en el proceso educativo a personas que por diversos motivos han abandonado sus estudios para formarlos integralmente con base en metodologas innovadoras, con horarios flexibles y condiciones apropiadas a sus necesidades individuales.
    MISIN
    Nuestra misin es formar integralmente al estudiante, buscando que se asuma como ser social a partir de la vivencia de valores, de conocimientos culturales, cientficos y tecnolgicos que le permitan elevar el nivel socio-cultural como garanta para el mejoramiento de su calidad de vida.
    PRINCIPIOS
    La Institucin Educativa Preuniversitario de Bello, orienta sus procesos de formacin a partir de la construccin permanente de los siguientes principios:
    La Responsabilidad.
    El Respeto por la Diferencia.
    La Bsqueda del conocimiento.
    El trabajo en Equipo.
    Compromiso social.
    FILOSOFA
    Favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del estudiante, procurando un enfoque interdisciplinario que le permita el acceso a la cultura, al conocimiento cientfico y tcnico, a la formacin en valores ticos, y morales, que estimule su participacin para la vida ciudadana, para la convivencia pacfica, para la democracia y el respeto por la vida.
    SMBOLOS DE LA INSTITUCIN
    La Institucin EducativaPreuniversitario de Bello, tiene como distintivo una bandera, un Himno, un lema y un escudo quelo identifican.
    LA BANDERA: consta de dos colores azul y blanco.
    Sobresale el color Azul como representacin del sistema innovador, que busca afianzar los conocimientos educativos bsicos del estudiante a partir de la convivencia y el respeto mutuo. Y el color blanco que complementa al color azul,que es el conocimiento, otorgando la tranquilidad necesaria para llegar a l.
    El color Azul, representa para nuestra institucin un color fresco, tranquilizante y lo asociamos con la mente a la parte ms intelectual de ella, el azul nos ayuda a tener claridad de ideas y hacer creativos, nos hace sentir tranquilos y protegidos y asociamos a

    l la estabilidad, la profundidad, la confianza, la lealtad, la sabidura, y la inteligencia entendida esta como la capacidad para vivir feliz,
    El color Blanco, que simboliza la Paz y la convivencia que los estudiantes alcanzan al compartir el conocimiento adquirido en la institucin; adems representa la transparencia y entrega de la institucin hacia los estudiantes.
    6858007620
    EL ESCUDO:
    800100152400
    LEMA:
    COMPROMETIDOS CON LA EDUCACIN BELLANITA
    EL HIMNO:
    Estudio, estudio, si quiero
    Tener en la vida ms felicidad;
    Lucho, pues solo en la lucha
    La persona adquiere ms integridad.
    Que importa no estar en la infancia
    Para superarme no importa la edad
    Solo por mi propio esfuerzo
    Podr serle til a la sociedad
    CORO
    Preuniversitarios, actuemos unidos
    Y no despreciemos la oportunidad
    Que ahora se nos brinda
    Como nunca antes
    De ser a la patria
    De ser a la patria soldados de paz;
    Y no desperdiciemos la oportunidad
    De ser a la patria soldados de paz
    II
    Don Antonio Ros fue hombre honesto
    Que siempre a Colombia su vida brindo;
    Nunca le embriagaron triunfos no lisonjas
    Y en el camino recto siempre recorri,
    Por eso su nombre, nuestros fundadores
    Hoy no los presentan como paladn;
    Sigamos su ejemplo, rindmosle honores
    Y sea su nombre escudo y fortn
    (Msica y letra: Francisco Rodrigo Zapata M)
    UNIFORME INSTITUCIONAL
    El uniforme hace parte de la presentacin personal del estudiante y debe ser llevado con respeto y con orgullo. Su uso obliga a todo el personal, durante toda la semana.
    Camiseta blanca estipulada por la institucin, Jean azul tanto para hombres como para mujeres, opcional sudadera y chaqueta de la institucin.
    MODELO PEDAGGICO
    La InstitucinEducativa Preuniversitario de Bello, forma jvenes en educacin bsica en el ciclo de secundaria y en la educacin media acadmica. Para ello, los modelos pedaggicos que asume deben facilitar los procesos de enseanza y aprendizaje; integrar la teora, la prctica y la vida de la institucin al contexto social; potencializar en el estudiante la autonoma, la creatividad, las habilidades de pensamiento, el criticismo,la construccin de su propio conocimiento y su deber ser con la sociedad.
    Para ser consecuente con su concepcin curricular, La institucin ha adoptado principios de los modelos pedaggicos desarrollista y constructivista que buscan desarrollar las estructuras cognitivas del estudiante, donde el profesor es gua y orientador, pero es el estudiante quien construye su propio proceso de conocimiento, lo que se da siempre sobre una base conceptual previa que se reorganiza. Estos modelos estn centrados en la evolucin del conocimiento.
    El modelo pedaggico desarrollista y constructivista tiene como eje fundamental el aprender haciendo, la experiencia de los estudiantes los hace mejorar continuamente, desarrollarse y evolucionar secuencialmente en las estructuras cognitivas para acceder a conocimientos cada vez ms elaborados. Igualmente la institucin ha adoptado principios
    del modelo pedaggico social, que est inspirado en la concepcin del currculo como dilogo permanente con la vida y la realidad, para comprenderla, tener una posicin poltica y critica frente a ella y contribuir a transformarla con principios de justicia social y equidad.
    Esta concepcin enfatiza en el desarrollo de las capacidades del estudiante en torno a las necesidades de la sociedad; donde la institucin como tal est llamada a configurarse como un agente de cambio social y a constituirse como un puente entre el mundo real y su posible transformacin en busca del bien comn.
    De sta forma el currculo se construye desde la problemtica cotidiana, los valores sociales y las posiciones polticas, buscando el desarrollo del individuo en la sociedad; en un primer momento para adaptarse a ella, pues sta cambia constantemente; en un segundo momento, para transformarla, es decir, adaptarse en el presente para tener una visin de futuro e incidir en ella, cambindola para el bien de todos y todas.
    El maestro es un investigador, un facilitador y estimulador de experiencias, que a travs de la ciencia, el conocimiento cientfico y el intercambio de saberes, realiza un trabajo de cooperacin con los estudiantes.
    As como los modelos pedaggicos se derivan de las concepciones curriculares y de la filosofa de la educacin, cada uno de ellos tiene diferentes estrategias y mtodos de enseanza. El instituto adopta la estrategia de aprendizaje por descubrimiento, la cual hace nfasis bsicamente en la posibilidad de que el estudiante pueda resolver con satisfaccin nuevas situaciones y nuevos problemas prcticos y tericos que se le presenten. Fomenta en l la incorporacin de nuevo conocimiento al ya existente, por medio de la asociacin para que pueda categorizarlo y darle sentido.
    Esta estrategia pone nfasis en problemas del campo de conocimiento y de la sociedad, ms que en contenidos. Sus objetivos pedaggicos en efecto, son la reflexin y la critica, el pensamiento cualitativo, la iniciativa terica, la creatividad intelectual, y el trabajo cientfico sistemtico sea aplicable a diversas situaciones cotidianas.
    La estrategia por descubrimiento tiene diferentes mtodos para operacionalizarse, entre las que se destacan el mtodo de proyectos, mtodo de casos, de problemas y el seminario investigativo, estos mtodos son utilizados en El instituto, para hacer viables los objetivos institucionales.
    Acorde con su modelo pedaggico, la evaluacin de los estudiantes del instituto tiene por objetivo destacar la forma como se desarrolla el proceso de aprendizaje, ms que su resultado final. Es una evaluacin que tiene como referente al mismo estudiante, sus capacidades, potencialidades, su capacidad para resolver problemas, su creatividad y anlisis crtico.
    El proceso de evaluacin es ante todo formativo. Busca que el estudiante con el acompaamiento de profesores y compaeros analice los recursos utilizados y los esfuerzos desplegados para el logro de sus metas, para que identifique sus debilidades y fortalezas, as como los posibles caminos a seguir en un proceso de mejoramiento continuo.
    La evaluacin entendida de esta manera ntegra las dimensiones cuantitativas y cualitativas; el conocimiento logrado y el proceso seguido; los fines y los medios; el desarrollo personal y el acadmico.
    METODOLOGA
    La institucin como innovacin Educativa maneja una metodologa con una orientacinbasada en el trabajo grupal e individual, apoyado en mdulos y material didctico respectivo de cada rea. Se trabaja porbimestres bajo los siguientes componentes con sus correspondientes porcentajes.
    COGNITIVO: 35 %
    PROCEDIMENTAL: 40 %
    ACTITUDINAL: 15 %
    AUTOEVALUACIN: 5 %
    COEVALUACIN: 5 %
    Los cuales se componen de tareas, trabajo en clase, exposiciones, desarrollo del modulo y todas las actividades extras que el docente considere, donde el estudiante puede llegar con facilidad al conocimiento en las diferentes reas, aplicando el aprender a aprender y el aprender a hacer.
    OBJETIVOS
    OBJETIVO GENERAL
    Posibilitar el crecimiento integral con el fin de adquirir gradualmente el sentido de la responsabilidad y el humanismo en un ambiente de libertad y autoestima que les permita adquirir habilidades para ser sujetos positivos en el contexto socio-cultural e histrico que les rodea.
    OBJETIVOS ESPECFICOS
    Precisar y dar a conocer las orientaciones y normas que permitan el normal desenvolvimiento de la labor educativa, con el fin de evitar interpretaciones individuales o grupales.
    Compartir en un ambiente armnico de convivencia, democracia y participacin de todas las actividades de la comunidad educativa.
    Orientar, evaluar, estimular y corregir el comportamiento de los estudiantes hacia una formacin integral.
    Preparar en forma responsable a los estudiantes de la INSTITUCION EDUCATIVA PREUNIVERSITARIO DE BELLO en la modalidad tcnica con miras a su buen desempeo laboral o profesional.
    FUNDAMENTO LEGAL
    El presente Manual de Convivencia o Reglamento General, se fundamenta legalmente en la Constitucin Poltica de Colombia, en el Decreto 2737 o Cdigo del Menor, en La Ley General de Educacin y su decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994.
    De la Constitucin Poltica se retoman principalmente los artculos 1, 2, 16, 18, 67,68. Del cdigo del menor los artculos 311, 312, 313, 314,319. De la ley general de Educacin los artculos 5,7; del decreto 1108 de 1994 el capitulo 3, articulo 9 y algunas partes de la ley de la juventud.
    Decreto 1290 de 2009, que reglamenta el sistema de evaluacin y promocin para ser definido por las instituciones educativas formales.
    Resolucin 4210 de 1996, que define las 80 horas del servicio social del estudiantado, requisito para graduarse.
    La ley 734 de 2002 nuevo cdigo disciplinario nico.
    PROCESO DE MATRICULA
    Lo primero que se realiza es el suministro de informacinpor medio de un volante exclusivo de la institucin el cual contiene la informacin de requisitos, costos y horarios al grado que aspira.
    Se informa adems que la edad mnima para ingresar a la institucin es de 15 aos cumplidos.
    Requisitos:1. Certificados en papel membrete desde quinto de primaria hasta el
    grado que hayan cursado y aprobado.
    2. Una fotocopia del documento de identidad ampliado 150%
    3.Dos fotos recientes tamao cdula.

    Horarios:Jornada A: De 7:00 a.m 9:00 a.m
    Jornada B: De 9:30 a.m 11:30 a.m
    Jornada C De: 4:00 p.m-6:00 p.m.
    Jornada sabatina: De 6:30 a.m 2: 30 p.m
    Costos: Se informa que existen dos formas de pago:
    1.Semestre escolarde contado.
    2. Semestre escolar financiado: se les informa que la institucin tiene un convenio con la cooperativa copie con la cual se puede solicitar un crdito educativo.
    PROCESO DE CRDITO EDUCATIVO:
    REQUISITOS PARA ESTUDIANTE NUEVO
    Copia del documento de identidad del estudiante ampliada al 150%
    Si el estudiante es Menor de edad Necesita:
    Venir con uno de los padres.
    Copia de cdula ampliada al 150% del padre.
    Cuenta de servicios pblicos del estudiante y del padre si no viven en la misma casa.
    Si el estudiante es mayor de edad: debe presentar
    Cuenta de servicios pblicos.
    Cdula
    REQUISITOS PARA ESTUDIANTE ANTIGUO
    Si el estudiante es menor de edad: Necesita
    Venir con uno de los padres.
    Cdula
    Cuenta de servicios pblicos
    Si el estudiante es mayor de edad: debe presentar
    Cdula
    Cuenta de servicios
    Despus de pasar por Secretara Acadmica, se procede a:
    revisar la documentacin del crdito educativo.
    Seentrega la solicitud de crditopara que la diligencie el estudiante y el codeudor en caso de necesitarlo.
    Se ingresan en el sistema Copie Net.
    Se hace firmar el pagarpor el estudiante mayor de edad, en el que se compromete a cancelar la totalidad del crdito terminen o no su semestre acadmico.
    Si el estudiante es antiguo no firmapagar, se busca el del crdito pasado.
    Se hace firmar la forma de pago por el estudiante mayor de edad o por el padre de familia, en ella estn estipulados las fecha de pago y el valor de cada cuota.
    Se organizan los documentos de la siguiente manera:
    Forma de pago, pagar, solicitud de crdito, carta laboral o predial, documento del estudiante y del codeudor, cuenta de servicios.
    Se archivan en carpetas por orden alfabtico.
    PROCESO TESORERA
    Se reciben los documentos enviados por Secretara Acadmica y por Copie.
    Se identifica la forma de pago.
    Se elabora el recibo de pago de matrcula, y papelera.
    Se le entrega original al estudiante y se deja copia para la institucin.
    Reglamento de tesorera:
    Antes de iniciar el semestre acadmico y el estudiante decide retirarse, se har devolucin solo del 50 % del valor cancelado, debe solicitar la cancelacin por escrito y con copia de los recibos de pago.
    Esta carta se enva a Gerencia, los que autorizaran la respectiva cancelacin de matrcula y el pagare respectivamente si financi su semestre acadmico y el valor a reintegrar.
    Despus de iniciado el semestreno se hace devolucin de dinero aunque el estudiante no haya asistido a clases.
    Si pag su semestre financiado, y decide retirarsedespus de haber iniciado el semestre acadmico,se cancela matrcula pero debe de pagar la totalidad delcrdito educativo.
    Para aplazar el semestre, debe solicitar el aplazamiento por escrito, debe de hacerlo durante el primer mes de estudio.
    Esta carta se enva a Gerencia para su aprobacin.
    Si es aprobada, el crdito lo deben cancelar las cuotasen el semestre activo, y para el siguiente no cancelara, solo se hace la renovacin acadmica.
    Si el pago lo hizo de contado, de igual manera se hace la solicitud por escrito y si es aprobada, para el semestre siguiente no cancelara, solo hace la renovacin acadmica.
    Estos aplazamientos son vlidos solo por un semestre acadmico.
    Despus de haberrecibido la informacin se inicia el proceso de matrculas que cuenta con tres pasos a seguir.
    cuando el estudiante es nuevo debe realizaruna entrevista con la coordinadora acadmica,se le asigna fecha y hora parapresentarla.Esta entrevistatiene como fin dar a conocer todos los aspectos pertinentes a la institucin, entre ellos,lametodologa
    Implementada, aspectos disciplinarios yacadmicos. Posteriormente, se lesrealiza una prueba diagnstica de conocimientos. (Razonamiento lgico y comprensin lectora)
    2. despus de presentar la entrevista y la prueba regresan a lasecretaria para hacer verificacin y recepcin de los documentos antes mencionados. Se les hace entrega de la
    circular informativa con la fechayhora del inicio de clases yel compromiso firmado por el padre de familia donde se les informa el da y hora de las reuniones acadmicas.
    3. Luegode la verificacin de documentos se dirigen a la tesorera dondese harefectivo el pago del semestre escolar.
    ESTUDIANTESANTIGUOS
    Los estudiantes antiguos para realizar la renovacin de la matrculase deben dirigira la secretara acadmica,presentar paz y salvo de tesorera, calificaciones finales del grado que fue promovido;yfotocopia del documento de identidad vigente ampliado al 150%
    Despus de diligencia el formato de renovacin de la matrcula, se les hace entrega de la circular informativa de las fechas en las cuales inicia clases, al igual que se firma el compromisode asistencia de los padres de familia a las reuniones acadmicas durante el periodo escolar; y por ltimo se remiten a la tesorera
    ORGANIGRAMA
    PERFILES:
    PERFIL DEL ESTUDIANTE:
    El estudiante es el centro del proceso educativo. De acuerdo con las caractersticas especiales de la institucin y el tipo de estudiante que tenemos, el perfil que deseamos en nuestros estudiantes es:
    Que el estudiante se distinga por su autonoma, responsabilidad, compromiso, honestidad, lealtad, solidaridad y respeto, vivenciados en el interior de la institucin y fuera de ella.
    Que sea un estudiante capaz de decidir por s mismo, dispuesto a buscar, soluciones adecuadas a su proceder, portador de iniciativas para lograr que se acepten sus puntos de vista, respetando los criterios de los dems y dando propuestas para resolver problemas que se presenten en la vida cotidiana y en la realidad.
    PERFIL DEL DOCENTE:
    El docente de la institucin deber ser una persona especializada en cada una de las respectivas reas del conocimiento y con una vasta experiencia en la educacin y a la vez reunir los siguientes requisitos:
    Comprometerse con todas las actividades de la institucin
    Tener un alto nivel de anlisis, crtica, reflexin y solucin de problemas.
    Ser artfice de cambios, tanto al interior como al exterior de la institucin.
    Ser creativo y generador de nuevas ideas que conduzcan a un buen desarrollo del proceso educativo y formativo de los estudiantes.
    Ser investigativo y autnomo
    Ser democrtico, participativo y respetuosos de la institucin, los derechos humanos y la vida.
    Ser solidario, comprensivo y tolerante, leal, colaborador y humanista.
    Ser protagonista e indicador de la construccin de una nueva pedagoga.
    Ser honesto, cumplidor y ejemplo, no solo de la institucin, sino, para la comunidad educativa del preuniversitario y tambin para su entorno.
    PERFIL DEL EGRESADO
    La comunidad educativa podr reconocer el estudiante egresado, por que este tiene las mismas caractersticas que se requieren con el estudiante actual.
    FUNCIONES
    FUNCIONES DEL DOCENTE
    Orientar y estimular el trabajo educativo de los estudiantes, tanto en la forma presencial, como desescolarizada.
    Evaluar conjuntamente con los estudiantes los logros o dificultades en el proceso de aprendizaje.
    Trabajar por la formacin integral del estudiante.
    Planear y dirigir todas aquellas actividades que vayan en bien del estudiante y de la institucin.
    Dar ejemplo a los estudiantes, a la Institucin y a la comunidad en general en su forma de presentacin y expresin, como tambin en su actuacin.
    Velar por la conservacin de documentos, tiles, equipos y muebles que le sean confiscados.
    Observar una conducta publica acorde con el decoro y la dignidad de su cargo.
    Diligenciar, adecuadamente y a tiempo, todos los libros reglamentarios a su disposicin.
    DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
    Los derechos y deberes se fundamentan en el respeto a los derechos individuales y colectivos mediante el ejercicio de la libertad responsable y consiente.
    DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
    Son derechos de los estudiantes de la institucin los que se ejercen directamente y/o a travs de sus padres o representantes legales y son los siguientes:
    Son derechos fundamentales: la vida, la integridad fsica, la salud, la educacin, la recreacin y la libre expresin de opinin.
    Participar en el proceso de aprendizaje dentro de un ambiente moral, social y sicolgico que garantice su formacin integral.
    Poseer el manual de convivencia
    A que se le hagan un debido proceso cuando infrinja una de las normas o atente contra el manual de convivencia.
    Tener acceso a los diferentes servicios que la institucin ofrece.
    Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de acuerdo con las normas fijadas por la institucin y el M.E.N.
    Recibir una adecuada orientacin moral y una adecuada formacin en valores humanos.
    Solicitar y recibir orientacin y acompaamiento de directivos y docentes sobre aspectos relacionados con su formacin integral.
    .Ser tratado con dignidad, respeto y cortesa.
    A ser atendido en sus reclamos y solicitudes en un tiempo prudente y oportuno para el estudiante.
    .A elegir y ser elegido para los comits y consejos conformados en la institucin.
    SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
    Portar el carn estudiantil permanentemente y presentarlo cada vez que la institucin lo exija.
    Presentarse con el uniforme, manteniendo una buena presentacin personal.
    Portar correctamente el uniforme dentro y fuera de la institucin, representndola con dignidad y decoro.
    Solicitar y presentar oportunamente a quien corresponda los permisos o las excusas por inasistencia o retardos a las actividades curriculares y a las extracurriculares obligatorias, el da inmediatamente anterior y/o posterior a la ausencia.
    Representar dignamente a la institucin en cualquier evento para el que haya sido elegido.
    Comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta contraria a parmetros estipulados en el manual de convivencia.
    Entregar oportunamente a los padres y/o acudientes los formatos circulares y citaciones e informes verbales o escritos provenientes de la institucin educativa.
    Tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad escolar evitando bromas de mal gusto como apodos y burlas.
    Mantener una disciplina acorde al perfil de la Institucin dentro y fuera de ella que ayude a la formacin persona y a la buena marcha de esta.
    Permanecer dentro del aula de clase y conservar un buen comportamiento aun en ausencia de profesores.
    Respetar la autoridad del personero, los monitores y el consejo de grupo.
    Estar al orden del da y desatracarse a la menor brevedad cuando falte a clases.
    Responder por los compromisos acadmicos adquiridos en todas y cada uno de las asignaturas.
    Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada acadmica e ingresar puntualmente a los salones de clase y dems sitios asignados para las labores escolares.
    Cumplir con el servicio Social Estudiantil Obligatorio, Examen de estado (ICFES) y proyecto de constitucin, segn normatividad vigente.
    Evitar el porte de cigarrillos, fsforos, licores, armas, drogas, o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud fsica de cualquiera de los miembros de la comunidad escolar.
    No consumir, vender, o traficar cigarrillos, drogas, o cualquier tipo de alucingenos o sustancias s coactivas dentro o fuera de la institucin.
    No llevar a la institucin walkman, discman, traductores, bromas y otros aparatos que distraigan puedan distraer la atencin en clase.
    No comer en clase o en actos de tipo formativo.
    La venta de cualquier artculo, mercanca, o producto de consumo, est prohibida.
    Utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones de la institucin.
    Evitar el deterioro de los muebles y enseres de la institucin.
    Conocer y acatar el manual de convivencia de procedimiento.
    Conocer la resea, historia de la institucin, como tambin su filosofa y smbolos.
    Asistir puntualmente a las clases y dems actividades programadas por la institucin.
    Velar porque en las aulas de clase se d un ambiente de tranquilidad que favorezca el libre desarrollo del proceso de enseanza / aprendizaje.
    Presentar las evaluaciones en forma seria y responsable.
    Respetar a los superiores y acatar las observaciones.
    .Tener un excelente comportamiento dentro y fuera del plantel.
    Llevar una buena relacin con sus compaeros, en forma respetuosa y de buena colaboracin.
    Ser muy prudentes con el pago de sus pensiones de acuerdo con las fechas establecidas.
    No presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de narcticos.
    No portar armas en clase.
    Adquirir los mdulos o material institucional que complementan el proceso de aprendizaje.
    DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE EGRESADO
    La institucin educativa contempla algunos derechos y deberes que los egresados deben tener:
    DERECHOS:
    El egresado ser reconocido por calidad humana ante los estamentos de la comunidad.
    Podr elegir y ser elegido como representante ante el consejo directivo y comits que lo requieran.
    DEBERES:
    Llevar muy en alto, respetar y hacer respetar el buen nombre de la institucin.
    Participar en el gobierno escolar como representante de los egresados.
    ESTMULOS PARA LOS ESTUDIANTES
    El consejo directivo, el rector o alguna entidad organizativa de la institucin resaltara las acciones, aptitudes y logros importantes en el desarrollo curricular al igual que har
    anotaciones sobre cambios de actitudes que presenten los estudiantes frente a las faltas alpresente manual de convivencia. Dichos estmulos son, entre otros:
    Diploma de honor.
    Proclamacin del mejor estudiante en actos especiales.
    Felicitaciones por su buen comportamiento o sobresaliente desempeo acadmico, deportivo, cultural, de superacin y colaboracin: personalmente y en pblico.
    Mencin y diploma de honor para el mejor estudiante al finalizar el semestre.
    Medallas para los estudiantes bachilleres que hayan realizado todo su proceso formativo en la institucin,
    Estimulo especial al mejor estudiante en pruebas ICFES.
    Otros que asignan la institucin o la comunidad para resaltar otros valores.
    FALTAS QUE AFECTAN EL COMPORTAMIENTO
    Teniendo en cuenta el decreto 1423 del 6 de mayo de 1993 y su artculo 7, son faltas que afectan el buen comportamiento.
    Todo acto contra la ley y las buenas costumbres que realice el estudiante en la institucin o en su rea de influencia.
    Alterar los libros reglamentarios, actas de calificaciones, certificados de estudio o presentar falsedad en documentos pblicos.
    Agredir de hecho o palabra a un compaero, superior o cualquier empleado del establecimiento.
    Los malos modales en las aulas de clase y dems lugares de la institucin.
    El mal comportamiento que difiera de la disciplina, urbanidad y cultura de los estudiantes, tales como: saboteo en clases, silbidos, gritos, apodos, escritos ofensivos,
    frases de mal gusto, vocabulario soez, mal trato a los (as) compaeros, chismes y chistes de mal gusto, malas costumbres y comer en las aulas de clase.
    Presentarse a la institucin en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas o narcticos.
    El porte de armas blancas o detonantes.
    Consumir, poseer y/o distribuir estupefacientes o bebidas embriagantes dentro de la institucin.
    El desacato a las observaciones dadas por los superiores ante un mal comportamiento.
    La mala presentacin.
    El mal trato a los libros de la biblioteca
    Ausentarse del aula o de la institucin, sin la previa autorizacin de los supervisores
    Introducir o hacer detonar elementos explosivos u otros artefactos pirotcnicos o qumicos dentro de las instalaciones del plantel.
    Impedir la aplicacin de las normas o reglamentos del colegio y la libertad del aprendizaje
    PROCEDIMIENTOS PEDAGGICOS
    Cuando se hayan incurrido en la infraccin de uno de los deberes, derechos y/o prohibiciones se debe llevar con el estudiante el debido proceso.
    LEGALIDAD DE LA FALTA
    El estudiante no podr ser juzgado por una falta que no aparezca especificada dentro del Manual de Convivencia, exceptundose aquellas que sean sancionadas por la ley. Para la sancin se tendr en cuenta aquellas fallas sancionadas leves, graves, y gravsimas.
    CLASIFICACIN DE LAS FALTAS
    Las faltas para efectos de la aplicacin de correctivos sern clasificadas como leves, graves, extremas o gravsimas.
    FALTAS LEVES: Se presentan cuando el estudiante con su comportamiento perturba la sana convivencia, el orden, mantenimiento y presentacin institucional.
    FALTAS GRAVES: Se presenta cuando el estudiante con su comportamiento pone en peligro o se causa dao a s mismo, a cualquier miembro de la comunidad, o dependencias institucionales y sus bienes y enseres.
    FALTAS EXTREMAS O GRAVSIMAS: Se presenta cuando el estudiante con su comportamiento atenta contra la vida, la seguridad e integridad fsica mental de cualquier miembro de la comunidad educativa.
    LEGALIDAD DE LA SANCIN
    Para las aplicaciones de las sanciones, estas deben estar previamente establecidas en el manual de convivencia, con sus causales de atenuacin y sus agravantes. Es importante tener en cuenta que sancin debe ser proporcional a la falta.
    ESTABLECER QUIEN ES EL COMPETENTE PARA SANCIONAR
    De conformidad para lo establecido con la ley general de la educacin y el decreto 1860, el competente para sancionar una falta en el establecimiento educativo es el rector. Sin
    embargo, para las faltas graves o gravsimas puede delegarse al director de grupo, en el coordinador o en el primer profesor que conoci la falta.
    FORMA DEL PROCESO
    Se avanza segn la clasificacin de la falta.
    Para faltas graves o gravsimas el proceso se llevara por escrito
    LA GARANTA DE LA DEFENSA
    Dentro de la garanta de la defensa debe partirse de varias situaciones:
    Escuchar la versin del inculpado. En todos los casos y en todas circunstancias de los hechos, lo primero que se har es llamar al estudiante y escucharlo en versin libre, que cuenta como sucedieron las cosas. A partir de ese momento se inicia la investigacin.
    Notificacinde cargos. En este momento se debe informar al estudiante cuales son los hechos que se le imputan de acuerdoalos resultados de la investigacin.
    Determinar la falta. Se debe informar al estudiante en que parte del manual de convivencia aparece consignada la falta, procediendo a lersela en voz alta.
    Calificacin de la falta. De acuerdo con el manual de convivencia debe establecerse si la falta es leve, grave o gravsima, que pueda dar lugar a una exclusin o retiro del establecimiento.
    Prueba. Se deben presentar las diferentes y suficientes pruebas recogidas incluyendo testimonios de los profesores y de los estudiantes e igualmente la confesin del inculpado.
    EL DEBIDO PROCESO
    En la institucin educativapreuniversitario de bello, por ningn motivo podrn aplicarse castigos que afecten la integridad fsica del estudiante, ni sanciones que atenten contra la
    dignidad de la persona como ser humano. Teniendo en cuenta lo establecido en el manual de convivencia, podemos concluir que el debido proceso es hacer un seguimiento especial
    Al estudiante en lo relacionado con quebrantar las normas establecidas en la institucin y por ello se estipula lo siguiente:
    Dialogo con el estudiante
    Anotacin de la falta en el libro de seguimiento disciplinario y llamada de atencin por parte del docente con quien se presento la falta.. Dicha anotacin deber ser firmada por el estudiante y si es posible, por otro estudiante que haya presenciado la llamada de atencin, en caso de que el estudiante que cometi la falta no firme.
    El paso a seguir es cuando el estudiante por ser reiterativo en las faltas ser amonestado por la Coordinacin y luego despus de un previo dialogo, se dejara constancia en libro de seguimiento disciplinario.
    Si el estudiante contina infringiendo las normas estipuladas en el Manual de Convivencia, ser amonestado por la Rectora dejando constancia de ello.
    Cuando el estudiante persiste en su mal comportamiento, ser enviada una comunicacin al padre de familia o acudientepara solicitarle su asistencia en la institucin y que conozca personalmente las faltas de su acudido y luego se realiza un contrato pedaggico.
    Si la sancin est estipulada como desescolarizacin o cancelacin de matrcula se requiere Acuerdo del Consejo Directivo y Resolucin Rectoral otorgando la reposicin y la apelacin
    El estudiante contar con cinco (5) das para presentar la reposicin y apelacin, por escrito, ante el rector. ste dispondr de cinco (5) das para contestarla, previa consulta al Consejo Directivo.
    Cada una de las actuaciones anteriores deber constar por escritocon fechas y firmas. Tanto la comunicacin de los cargos como las decisionessern actos administrativos suscritos por el rector. Desde la ocurrencia del hecho o acto disciplinario hasta la decisin final en firme. El estudiante debe permanecer escolarizado, a menos que la
    falta sea considerada gravsima y que previa valoracin se concluya que sea necesaria e
    inevitable la desescolarizacin.
    NOTA ESPECIAL: en el caso de que un padre familia no se presente al llamado hecho por la Rectora, el estudiante no podr asistir a clase hasta que estos no se presenten a la institucin y haya conocido el incidente, a la vez que se comprometa a colaborar con la formacin de su hijo o acudido. La suspensin de actividades es funcin del rector.
    EVALUACIN DE LOS ESTUDIANTES
    La evaluacin es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeo de los estudiantes.
    La evaluacin es la accin permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimular y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo del estudiante, as como sus resultados, con el fin de elevar y mantener calidad de los mismos.
    En la institucin EducativaPreuniversitario de Bello, todo estudiante que se encuentre matriculado para cualquiera de los CLEI, tiene derecho a ser evaluado tanto en la parte acadmica como en la parte comportamental, con justicia y equidad y conforme a las normas existentes para dicha evaluacin.
    La evaluacin de carcter acadmico para el 2010, se har con base al decreto 12-90 del 16 de Abril del 2009, en la cual se estipula una valoracin acadmica representada en una escala numrica, para cada bimestre acadmico y para el informe final as:
    De uno (1.0) a cinco (5.0)
    Se aprueba con una valoracin de tres (3.0) en adelante. Se reprueba con valoraciones inferiores a tres (3.0)
    La equivalencia de valoracin para la institucin Educativa Preuniversitario de Bello es como sigue:
    DESEMPEO SUPERIOR4.6 5.0DESEMPEO ALTO4.0 4.5DESEMPEO BSICO3.0 3.9DESEMPEO BAJO1.0 2.9
    (VER SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIN Y PROMOCIN DE LOS ESTUDIANTES)
    LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES.
    Para desarrollar y promover en espritu pedaggico que ilumine la formacin integral dentro de la perspectiva humanista, personalizantes y comunitaria como objetivo
    primordial de la educacin en la institucin, la actitud educadora de los padres de familia ocupa un lugar de primer orden.
    La accin de los padres de familia es un elemento inherente, interactivo, y decisivo en la accin educadora de nuestra institucin, la manifestacin de su accin debe sentirse dentro y fuera de la institucin.
    DERECHOS
    Todos los contemplados en el Articulo 7 de la ley general de la educacin.
    Obtener informacin oportuna acerca del P.E.I y muy especialmente del manual de convivencia.
    Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y el comportamiento de sus hijos.
    Recibir atencin oportuna en forma cortes y efectiva para aclarar inquietudes sobre los procedimientos referentes a sus hijos por parte de los miembros de la comunidad educativa.
    Participar en evaluacin institucional.
    Recibir al menos con 2 das de anticipacin, las citaciones, circulares y boletines en donde informe sobre compromisos con la institucin, salvo en casos de fuerza mayor o caso fortuito.
    Apoyar las acciones educativas que la institucin realice con el fin de cualificar el proceso de formacin de sus hijos de y la comunidad.
    DEBERES
    Orientar y supervisar la realizacin de las tareas escolares por parte de sus hijos despus del horario de clase.
    Suministra a los hijos las experiencias, valores y medios que garanticen su educacin integral y contribuyan a su adecuado comportamiento y rendimiento acadmico.
    Apoyar las acciones educativas que la institucin realice con el fin de cualificar el proceso de formacin de sus hijos y de la comunidad
    Responder por los daos ocasionados por su hijo en los materias e instalaciones de la institucin.
    Cumplir dentro de los plazos fijos con los compromisos econmicos adquiridos en el momento de matricular a sus hijos en el plantel.
    Solicitar cita para hacer atendido por el docente y cumplir el horario establecido.
    Entregar un documento de identidad para ingresar a la institucin.
    Todo lo contemplado en el cdigo del menor (decreto 160, 20 - 01 - 89) en el cual se establece obligaciones de los padres al respeto articulo 311, 312, 313, 314.
    Acudir oportunamente a todos los llamados hechos por la institucin y responder fielmente por los compromisos contrados con la misma, de no ser as se suspender a su hijo hasta tanto cumpla con dicha citacin.
    Justificar personalmente y por escrito, ante quien responda, los retrasos forzosos o inasistencia de su hijo al plantel.
    Mantenerse en contacto con la institucin para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y el comportamiento de su hijo.
    Asistir a la entrega de informes acadmicos en las fechas programadas por lainstitucin.
    Informar oportunamente a la institucin cambio de direccin, telfono y desvinculacin de su hijo a la E.P.S o retiro de la institucin.
    Tener un trato respetuoso y cortes con todo los miembros de la comunidad educativa
    MANUAL DE FUNCIONES
    El gobierno escolar est formado por:
    (Ley 115/94, art.142 y decreto 1860/94, art.19 y 20).
    El consejo directivo
    El rector
    El consejo acadmico
    Adems, el gobierno escolar contara con los siguientes organismos:
    Por los estudiantes:
    El consejo de estudiantes (decreto 1860/94, art.29).
    El representante de los estudiantes (Ley 115, art.94 y decreto 1860, art.28).
    La asociacin de ex estudiantes (decreto 1860, art.21, numeral 5).
    Padres de familia:
    La asociacin de padres de familia (cdigo del menor, art.315; corte constitucional sentencia 041 de febrero 31/94, art.30).
    El consejo de padres de familia (decreto 1860, art.31).
    CONSEJO DIRECTIVO
    (Ley 115/94, art.143)
    El consejo directivo est formado por:
    El rector de la Institucin Educativa, quien lo presidir y convocara.
    Un representante de los docentes por cada seccin.
    Un representante de los estudiantes que este cursando el ltimo grado que ofrezca la institucin.
    Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la junta directiva de dicha asociacin de la institucin. Uno deber ser miembro de la misma y el otro, miembro de consejo de padres de familia.
    Un representante de los ex estudiantes o en su defecto quien haya ejercido en el ao inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
    Un representante del sector productivo.
    FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
    (Ley 115/94, art.142 inciso 3, y 144; y decreto 1860, art.23)
    Las funciones del consejo directivo sern las siguientes:
    Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institucin y que no estn delegadas o atribuidas como competencia a otra autoridad en el presente manual o en las formas educativas vigentes.
    Promover y participar en la elaboracin del Proyecto Educativo Institucional (PEI), adoptarlo y someterlo a la consideracin de la Secretaria de Educacin respectiva
    o del organismo que haga sus veces para que lo verifique. Participar en la determinacin del currculo y del plan de estudio como parte integrante del PEI y registrarlos ante la entidad pertinente.
    Promover la evaluacin y actualizacin permanente del PEI y decidir sobre las propuestas de modificacin que se le presente, previa consulta con el consejo acadmico, para lo cual deber seguirse el procedimiento establecido en el art.15 del decreto 1860 de 1994 o en las normas que lo modifique, adicionen o complementen.
    Promover la elaboracin de Manual de Convivencia de la Institucin y adoptarlo. Crear las reglamentaciones internas pertinentes a fin de ponerlo en prctica, hacerlo cumplir y servir la mxima autoridad de la adopcin de las reformas que se le introduzcan.
    Determinar criterios de seleccin, admisin y permanencia de los estudiantes en el colegio.
    Establecer estmulos y sanciones para el ptimo desarrollo acadmico y social del estudiante, de acuerdo con su competencia.
    Participar en la evaluacin de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institucin y hacer las recomendaciones o tomar los correctivos a que haya lugar.
    Recomendar criterios de participacin de la institucin en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas, axial como regular las relaciones de cooperacin y compromiso con otros establecimientos educativos o con asociaciones, federaciones, confederaciones, fusiones, uniones, etc.
    Decidir sobre el plan anual de actualizacin acadmica del personal docente presentado por el rector.
    Reglamentar los procesos electorales que deben darse al interior de la institucin respecto del desarrollo del gobierno escolar.
    Darse su propio reglamento.
    EL RECTOR Y SUS FUNCIONES
    (Ley 715 de diciembre 21 de 2001, art.10).
    Del rector depende el coordinador, la secretaria, la tesorera, el portero y las personas de servicios generales.
    Es el orientador del proceso educativo. En tal calidad, adems de las actividades que les corresponde realizar de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Interno de Trabajo o
    Manual de Funciones de la Institucin, en el Manual de Convivencia y en otras normas vigentes; con relacin al gobierno escolar, tiene las siguientes:
    Teniendo en cuenta el articula 25 de decreto 1860 de 1994 y la ley 715 de 2001, es competencia del rector.
    Orientar la ejecucin del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
    Velar por el buen cumplimiento de los recursos necesarios para una educacin con calidad.
    Liderar los proyectos de mejoramiento de la calidad de la educacin que se imparte en el colegio.
    Mantener activas las relaciones educativas y la comunidad en general, para el progreso continuo en la parte formativa y acadmica de los educandos, como tambin un mejoramiento en la calidad de vida.
    Establecer los canales de comunicacin entre los estamentos de comunidad educativa.
    Orientar el proceso educativo con su asistencia al Consejo Acadmico.
    Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
    Planear y promover actividades que beneficien socialmente a la institucin teniendo en cuenta la comunidad educativa.
    Aplicar los decretos, circulares y disposiciones que se expidan por parte del estado en lo pertinente al servicio educativo y las dems funciones afines con los anteriores que atribuyen el PEI
    Presidir el Consejo Directivo y el Consejo acadmico de la Institucin y coordinar los distintos rganos del gobierno escolar.
    Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
    Formular planes anuales de accin y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecucin.
    Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
    Administrar el personal asignado a la institucin en lo relacionado con las novedades y los permisos.
    Participar en la definicin de perfiles para la seleccin del personal docente, y en su seleccin definitiva.
    Realizar la evaluacin anual de desempeo de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
    Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
    Proponer a los docentes que sern apoyados por recibir capacitaciones.
    Suministrar informacin oportuna al municipio de acuerdo con sus requerimientos.
    Responder por la calidad de las prestaciones del servicio en su institucin.
    Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institucin al menos cada seis meses.
    Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los trminos de ley.
    Publicar una vez al semestre en lugares pblicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
    Las dems que le asigne el alcalde para la correcta prestacin del servicio.
    CONSEJO ACADMICO
    (Ley 115/94, art.145 y decreto 1860/94, art.24).
    El Consejo acadmico estar integrado por:
    El rector de la Institucin Educativa quien lo presidir.
    Los coordinadores de cada una de las secciones de la institucin educativa.
    Un docente por cada rea o grado definido en el plan de estudio.
    FUNCIONES DEL CONSEJO ACADMICO
    (Decreto 1860/94, art.24).
    El Consejo acadmico tendr las siguientes funciones:
    tomar las decisiones que afecten el funcionamiento acadmico de la institucin, resolver los conflictos acadmicos que se presenten entre docentes y de estos con los estudiantes, de acuerdo con su competencia y el conducto regular establecido.
    Elaborar y presentar el Consejo Directivo durante el tiempo de plantacin institucional anual del programa de capacitacin docente y las necesidades de ayuda y recursos didcticos requeridos por cada una de las secciones y reas.
    Fijar los criterios y disear los instrumentos necesarios para la evaluacin acadmica del proyecto educativo institucional, hacerlos cumplir y revisar su eficacia peridicamente.
    Servir de rganos consultor del Consejo Directivo en la propuesta del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) y sugerir los ajustes acadmicos necesarios.
    Estudiar el currculo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes que sean del caso.
    Organizar el plan de estudio y orientar su ejecucin.
    Disear la poltica, filosofa, estrategias e instrumentos de todas las etapas del proceso de aprendizaje (conocido como enseanza-aprendizaje), de acuerdo con las normas generales dadas por las autoridades educativas y las previstas en el Proyecto Educativo Institucional y velar por su ejecucin.
    Integrar los comits de docente que sean necesarios para la evaluacin peridica del rendimiento y la promocin de los educandos, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluacin.
    Establecer estimulo de carcter acadmico para docentes y estudiantes y colaborar en la bsqueda de recursos econmicos para su cubrimiento cuando ello sean necesario.
    Las dems funciones a fines o complementarias que le sean atribuidas en el Proyecto Educativo Institucional, o las que le sean delegadas por otras instancias competentes.
    COMISIN DE EVOLUCIN Y PROMOCIN
    El Consejo acadmico conformara, una comisin de evaluacin y promocin integrada por los docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institucin, el coordinador y el rectorquien lo convocara o presidir, con el fin de definir la promocin de los estudiantes y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y nivelaciones para estudiantes que presenten dificultades.
    REQUISITOS PARA OBTENER EL TTULO DE BACHILLER (ACADMICO)
    TTULO DE BACHILLER: se otorga a quienes cumplan con los siguientes requisitos:
    No presentar reas con desempeo bajo.
    No tener reas pendientes de otros Clei.
    No acumular faltas de asistencia injustificadas por ms de 25 por ciento a las actividades acadmicas de la institucin
    Haber cumplido con 80 horas de Servicio Social Estudiantil Obligatorio
    Certificar50 horas de estudio y anlisis de la Constitucin Poltica de Colombia.
    Presentar las pruebas ICFES Saber 11.
    Cumplidos los requisitos anteriores, para la entrega del diploma y acta de grado el estudiante debe:
    Contar con tarjeta de identidad o cdula de ciudadana
    Tener los certificados de estudio desde quinto de educacin bsica primaria hasta la educacin media.

    CEREMONIA DE GRADUACIN.
    La institucin nunca ha analizado ni contemplado posibles casos que ameriten para que un graduando no asista a la proclamacin de bachilleres; en caso de presentarse casos excepcionales (estudiante en el que no se observan cambios positivos en su comportamiento o estudiantes que presentenreas con desempeo bajo) sera el Consejo Directivo el encargado de analizar la falta o situacin y tomar la determinacin necesaria, consistente en la no asistencia del estudiante a la ceremonia de proclamacin de bachilleres.
    REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES
    En el colegio asistirn bsicamente tres instituciones de representantes de los estudiantes:
    El consejo de los estudiantes. (Decreto 1860/94, art.29).
    El personero de los estudiantes. (Ley 115/94, art.94 y decreto 1860, art.28).
    El representante de los estudiantes. (Ley 115, art.93).
    El representante de los estudiantes ex estudiantes. (Ley 115/94, art.143 decreto 1860, art.21).
    Pargrafo 1. DEL CONSEJO DE LOS ESTUDIANTES
    (Decreto 1860/94, art.29).
    En el mximo organismo colegiado de participacin de los estudiantes, estar integrado por los voceros representantes de cada uno de los grupos que ofrece el (colegio). Para tal designacin, el consejo directivo deber convocar dentro de las cuatro primeras semanas
    del calendario acadmico, a sendas, asambleas integradas por los estudiantes de cada grado, con el fin de que elijan de su seno y mediante votacin su vocero estudiantil para el ao colectivo en curso. Los estudiantes de nivel preescolar y de los tres primeros grados de primaria sern convocados a una asamblea para elegir un vocero nico entre los estudiantes que cursen el tercer grado.
    Al consejo de estudiantes le corresponde darse su propia organizacin interna, realizar las actividades afines o complementarias que se le atribuyan, elegir y asesorar al representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
    Pargrafo 2. DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
    (Ley 115/94, art.94 y decreto 1860, art.28).
    El personero de los estudiantes ser un estudiante que curse el ltimo grado que la institucin ofrece y estar encargado de propiciar el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitucin poltica de Colombia, las leyes, los reglamentos y en el presente Manual, de acuerdo con ello, en otras tendr las siguientes funciones:
    Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podr, utilizar los medios de comunicacin interna del establecimiento;
    pedir la colaboracin del Consejo de Estudiantes y organizar foros, seminarios u otra forma de deliberacin.
    Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentes los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
    Presentar ante el rector, el director administrativo o ante la instancia competente, las solicitudes propias o a peticin de terceros que consideren
    necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el
    cumplimiento de los deberes.
    Representar los recursos ordinarios o extraordinarios encargados de la ley o en el Manual de Convivencia, ante los funcionarios o instancias correspondientes, respecto de las decisiones que nieguen o no satisfagan completamente las peticiones realizadas.
    El personero de los estudiantes ser elegido dentro de los treinta das calendario siguiente al de la iniciacin de clases de cada periodo lectivo.
    Para tal efecto el rector convocara todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayora simple y mediante voto secreto.
    El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
    Pargrafo 3. DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES
    (Ley 115/94, art.93).
    El representante de los estudiantes es un estudiante perteneciente al ltimo grado que ofrezca la institucin o quien ocupe el segundo puesto en votacin en la elecciones para personero escolar.
    Pargrafo 4. DE LA ASOCIACIN DE EX ESTUDIANTE
    (Decreto 1860/94, art.21, numeral 5).
    Es el organismo que agrupa a los ex estudiantes de la institucin y que fundamentalmente servir de apoyo, gua y colaboracin con que hacer institucional en beneficio de los estudiantes a travs de su representante en el consejo directivo.
    Teniendo en cuenta el articula 25 de decreto 1860 de 1994 y la ley 715 de 2001, es competencia del rector.
    Orientar la ejecucin del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
    Velar por el buen cumplimiento de los recursos necesarios para una educacin con calidad.
    Liderar los proyectos de mejoramiento de la calidad de la educacin que se imparte en el colegio.
    Mantener activas las relaciones educativas y la comunidad en general, para el progreso continuo en la parte formativa y acadmica de los educandos, como tambin un mejoramiento en la calidad de vida.
    Establecer los canales de comunicacin entre los estamentos de comunidad educativa.
    Orientar el proceso educativo con su asistencia al Consejo Acadmico.
    Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
    Planear y promover actividades que beneficien socialmente a la institucin teniendo en cuenta la comunidad educativa.
    Aplicar los decretos, circulares y disposiciones que se expidan por parte del estado en lo pertinente al servicio educativo y las dems funciones afines con los anteriores que atribuyen el P.E.I
    EL COORDINADOR Y SUS FUNCIONES
    Es un cargo administrativo que depende directamente del rector, le corresponde administrar la parte acadmica y comportamiento de los estudiantes, docentes de la institucin.
    Son funciones del Coordinador General:
    Elaborar con el rector, lo relacionado con la planeacin y evolucin institucional.
    Ser partcipe del comit curricular e institucional.
    Dirigir la planeacin y programacin acadmica y comportamental, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares planteados en el P.E.I.
    Organizar los docentes por reas de acuerdo con su especialidad y con las normas vigentes, como tambin coordinar sus acciones, para alcanzar los objetivos propuestos.
    Establecer canales de comunicacin entre directivos, asesores, estudiantes y padres de familia.
    Colaborar con el rector en la asignacin de la carga acadmica de los docentes y definir las direcciones de los CLEI.
    LA PARTICIPACIN DE LOS DOCENTES EN EL GOBIERNO ESCOLAR
    En la institucin Educativa preuniversitario de bello, el cuerpo docente tiene las posibilidades de colaborar con el gobierno escolar de la siguiente manera:
    Consejo de profesores: Es la reunin de todos los docentes para tomar decisiones en las que favorezcan de acuerdo a sus deberes y derechos.
    Representante de los docentes al consejo directivo: deben ser 2 docentes elegidos democrticamente por todo el consejo de profesores
    Jefe de rea: son los profesores de cada una de las reas que se encargan de coordinar las actividades
    Representante de los docentes ante el consejo Acadmico: Lo conforman un representante por cada una de las reas bsicas del conocimiento
    DIRECTORES DE LOS CLEI
    Son aquellos docentes que tienen como objetivo principal el de crear, orientar y formar en valores a los estudiantes que le sean asignados, como tambin el promover actividades de carcter social, cultural y didcticas, que les sirvan para mejorar el nivel acadmico de su grupo o cargo.
    FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE CLEI O GRUPO
    Son funciones de los docentes o directores de Clei las siguientes:
    Practicar de manera eficiente en la planeacin y elaboracin de su proyecto pedaggico asignado.
    Preparar y ejecutar un programa de funcin para los estudiantes que le fue confiada su direccin y orientacin.
    Realizar acciones de carcter formativo y hacer un buen seguimiento de los efectos en los estudiantes.
    Orientar a sus estudiantes en la toma de decisiones en lo relacionado con el comportamiento y aprovechamiento acadmico.
    Ayudar a la solucin, pacificacin de aquellas situaciones conflictivas que se presentan en sus estudiantes dando la solucin ms adecuada que satisfaga a las partes involucradas en el conflicto.
    Rendir peridicamente un informe de las actividades y programas realizados con sus estudiantes.
    Estar muy pendiente de las dificultades e inquietudes de sus estudiantes para darle una solucin adecuada.
    SECRETARIA ACADMICA
    La secretaria de la institucin depende directamente del Sr. Rector. Le corresponde llenar de manera muy eficiente el registro y control de todos los aspectos legales del colegio.
    Son funciones de la secretaria:
    Programar y organizar las actividades de su cargo.
    Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrcula, calificaciones.
    Colaborar en la organizacin y ejecucin del proceso de matrcula.
    Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y administrativos.
    Mantener ordenada y actualizada la documentacin de los estudiantes y personal docente y administrativo.
    Llevar el registro de servicio de los funcionarios de la institucin.
    Colaborar con el rector en la elaboracin de informes estadsticos.
    Gestionar ante la secretaria de la institucin el registro de libros reglamentarios, certificados de estudio y trmite de diplomas.
    Organizar funcionalmente el archivo y elaborar los certificados que le sean solicitados.
    Refrendar con su firma las certificaciones expendidas por el rector del plantel.
    Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
    Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su cargo.
    Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
    EL PORTERO
    Es una persona que depende directamente del rector. Le corresponde realizar tareas de vigilancia y control del plantel.
    Sus funciones:
    Ejercer vigilancia en las reas o zonas que hayan sido asignadas.
    Controlar la entrada y salida de las personas y objetos del plantel
    Velar por el buen estado y conservacin de los elementos de seguridad e informar oportunamente las anomalas detectadas.
    Velar por la conservacin y seguridad de los bienes del plantel.
    Consignar en los registros de control, las anomalas detectadas en su turno e informar sobre las mismas.
    Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
    Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
    PERSONAL DE APOYO O SERVICIOS ESPECIALES
    Este personal depende directamente del rector. Les corresponde atender el mantenimiento del plantel.
    Son funciones del personal de apoyo:
    Responder por el aseo y cuidado de las zonas o reas que le sean asignadas.
    Responder por los elementos utilizados para la ejecucin de sus tareas.
    Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o con los equipos bajo su cuidado y responsabilidad.
    Informar a su inmediato superior sobre anomalas e irregularidades que se presenten.
    Cumplir la jornada laboral de trabajo legalmente establecida.
    Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de su cargo.
    LA TESORERA
    Es una persona que depende directamente del rector.
    Sus funciones:
    Atender cordialmente a todas aquellas personas que requieren de sus servicios.
    Programar, elaborar, ejecutar y controlar el presupuesto del plantel en coordinacin con el rector.
    Velar por la custodia y el buen manejo de los fondos de la tesorera.
    Realizar el pago oportuno por concepto de honorarios de los asesores y de los empleados del plantel.
    Llevar en forma ordenada los registros de control de ingresos y egresos.
    Analizar y conceptuar sobre los estados financieros y presupuestales y proponer cambios procedimientos de operaciones.
    Efectuar arqueos peridicos de caja.
    Efectuar y mantener actualizados los registros en los libros de contabilidad o en el sistema.
    Administrar los bienes y propiedades del plantel y mantener el sistema de inventario.
    Rendir informes peridicos de las actividades desarrolladas a la gerencia de la institucin.
    Atender bien al pblico y suministrar la informacin que le sea solicitada en forma oportuna.
    Las dems funciones propias de su cargo que le asigne el superior inmediato.
    EL GOBIERNO ESCOLAR
    De acuerdo con el decreto de 1860 del 3 de agosto de 1994 en su artculo 19 y segn lo dispuesto en el artculo 142 de la ley general de educacin (Ley 115) y segn el artculo 68 de la constitucin poltica nacional, la institucin Educativa preuniversitario de bello, conformara su gobierno escolar de la siguiente manera:
    CONSEJO DIRECTIVO
    Es el mximo organismo administrativo de la institucin. Est integrado por
    El rector del establecimiento quien lo convoca y preside.
    Dos representantes de los docentes de la institucin.
    Un representante de los padres de familia.
    Un representante de los estudiantes.
    Un representante de los exestudiantes o egresados de la institucin.
    Un representante del sector productivo.
    CONSEJO ACADMICO
    Es un organismo que exclusivamente maneja todo lo correspondiente a la parte acadmica. Este estamento tiene dentro de sus funciones el de servir como rgano consultor del consejo directivo, estudiar y organizar el currculo de la institucin, organizar el plan de estudios y su ejecucin y participa en la evaluacin institucional entre otras funciones.
    PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
    Es el representante encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes que estn consagrados en la constitucin nacional, en las leyes y reglamentos MEN y en el manual de convivencia.
    El personero estudiantil deber ser elegido con los 30 das de calendario siguiente a la iniciacin de clases por un periodo lectivo de un ao. Este ser elegido democrticamente por todos los estudiantes de la institucin
    DISPOSICIONES GENERALES
    Los estudiantes de la institucin Educativa Preuniversitario de Bello, quienes voluntariamente han ingresado a la institucin, debern cumplir con todos los requisitos exigidos por el Ministerio de Educacin Nacional, la Secretaria de Educacin Departamental y Municipal.
    Todos los estudiantes matriculados deben comprometerse en conocer, respetar y acatar los objetivos y principios de la institucin que se encuentran contemplados en el presente manual de convivencia.