1. TABLA DE CONTENIDO
Introduccin
Glosario de trminos
Identificacin del plantel
Breve resea histrica
Misin, visin y filosofa del plantel
Smbolos de la institucin
Uniforme
Modelo pedaggico
Metodologa
Objetivos
Fundamento Legal
Proceso de matricula
Organigrama
Perfil del estudiante
Perfil del asesor
Funciones del asesor
Deberes y derechos de los estudiantes
Estmulos para el personal discente
Caractersticas de las faltas
Faltas que afectan el comportamiento
El debido proceso
Evaluacin de educandos
Los padres de familia y acudientes
Derechos y deberes de los padres, madres y/o acudientes
Egresados
Deberes y derechos de los egresados
El rector y sus funciones
El coordinador general y sus funciones
Faltas que afectan la conducta de un asesor
Faltas que afectan el comportamiento de un docente
Sanciones
Participacin de los docentes en el gobierno escolar
Directores de los Clei
Secretaria acadmica
El portero
Personal de apoyo o servicios especiales
La tesorera
La bibliotecaria
El gobierno escolar
Consejo directivo
Personero de los estudiantes
Disposiciones generales
Contrato de prestacin de servicios
INTRODUCCIN
LA INSTITUCIN EDUCATIVA PREUNIVERSITARIO DE BELLO , cumpliendo con
lo dispuesto en los artculos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 y el
artculo 17 del decreto reglamentario 1860, donde se pide que cada
establecimiento educativo debe crear su Manual de Convivencia como
parte fundamental del proyecto educativo institucional. Es por
ello, que la institucin hace una nueva restauracin al manual
existente contando con miembros de la comunidad educativa de la
institucin.
QUE SE ENTIENDE POR MANUAL DE CONVIVENCIA?
Se dice que es el parmetro o la carta magna con la cual la
institucin busca la informacin integral de un nuevo hombre, que
este acorde a las necesidades sociales, ticas, polticas y
culturales de la sociedad Bellanita, Antioquea y colombiana.
POR QUE ES IMPORTANTE EL MANUAL DE CONVIVENCIA?
Es muy importante porque este posibilita a cada uno de los miembros
de la comunidad de la institucin, la forma de apropiarse de los
elementos y normas que sirven para responder en forma eficiente, a
los retos que nos trae la informacin integral del nuevo hombre. Es
por ello, que el solo hecho de conocer el manual, no amerita ni
garantiza el xito de la informacin, sino su puesta en prctica, para
as alcanzar los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo
Institucional (P.E.I).
EL MANUALDE CONVENCA ESCOLAR propone un estilo de vida donde los
estudiantes y la comunidad educativaconvivan en un ambiente donde
se respete la persona, se fortalezcan los procesos de crecimiento,
de participacin y se tenga la mejor experiencia para afrontar una
vida social, sana, tica y responsable.
El MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR est dirigido a la comunidad
educativa, que comprende a los estudiantes, educadores, padres de
familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos
docentes y administradores escolares. (Art. 6, Ley 115/94)
GLOSARIO DE TRMINOS
Amonestacin: llamado de atencin que se hace a una persona por una
falta cometida o por su actitud comportamental, exhortndola para
que cumpla y respete las normas del Manual de Convivencia y acte
consecuentemente con ellas.
reas: organizacin del conocimiento y de competencias que hacen
parte del plan de estudios. Se incluirn las reas del conocimiento
definidas como obligatorias y fundamentales en los artculos 23 y 31
de la ley 115 de 1994.
Cancelacin de matrcula: acto que realiza el padre de familia y el
rector donde ambos, y de comn acuerdo, deciden poner fin al
servicio educativo.Una excepcin a lo anterior es cuando, por
Resolucin Rectoral, y previo a un debido proceso disciplinario, se
cancela la matrcula unilateralmente por la institucin.
Convivencia: conjunto amplio de relaciones interpersonales donde se
busca el beneficio comn. La convivencia se basa en el respeto
mutuo.
Debido Proceso: Derecho constitucional fundamental que establece en
debida forma la defensa de la persona.Conjunto de garantas
procedimentales y probatorias que tiene la comunidad educativa en
general para presentar su defensa, cuando quiera que se vea
involucrado en un proceso disciplinario que amerite una
sancin.
Derecho a la Educacin: la educacin en un derecho de la persona y un
servicio pblico que tiene una funcin social, con ella se busca el
acceso al conocimiento, a la ciencia, a la tcnica y a los dems
bienes y valores de la cultura Art.67 Constitucin
Poltica de Colombia.
Desertor: quien deja de asistir injustificadamente a ms del 50 % de
las actividades programadas en el ao lectivo.
Desescolarizar: proceso de aprendizaje mediante el cual el
estudiante no asiste a la institucin como estudianteregular, por
determinado tiempo, ya sea por enfermedad, incapacidad, calamidad o
sancin disciplinaria, encontrase en una situacin disciplinaria que
hace difcil su permanencia en el plantel, o tambin, por casos
especiales de enfermedad comprobada o conflictos sociales.
Estmulo: estrategia educativa que reconoce los esfuerzos de los
educandos en proceso de crecimiento integral y valora su respuesta
positiva acadmicamente.
Matrcula: contrato bilateral donde LA INSTITUCIN EDUCATIVA DE BELLO
se compromete a procurar los medios y recursos para que el educando
obtenga su formacin adecuada y ste, a su vez, se obliga a cumplir
los objetivos y reglamentos de la institucin.
Misin: razn de ser de la institucin y que especifica el rol
funcional que esta va a desempear en su entorno. Esta declaracin
nos indica con claridad el alcance y direccin de las actividades de
la institucin.
Nivelaciones: son actividades acadmicas que se asignan a
estudiantes que no alcanzaron los logros en el plantel o en otra
institucin.
Proyecto Educativo (P.E.I): es un proyecto que expresa la forma
como se ha decidido alcanzar los fines de la educacin definidos por
el artculo 5 de la Ley 115 de 1994, teniendo en cuenta las
condiciones sociales, econmicas y culturales de su medio. ste se
debeelaborar y poner en prctica con la participacin de la comunidad
educativa.
Recurso de apelacin: derecho a recurrir a una instancia de mayor
jerarqua en el orden de lo legal para que deje sin efecto una
sancin aplicada por una de las instancias de menor jerarqua. La
instancia en apelacin ser el Ncleo Educativo.
Recursos de reposicin: derecho del afectado por una sancin para
acudir ante quien tom tal decisin para solicitarle que la revise,
la reconsidere, la derogue o modifique..
Recuperacin: son actividades acadmicas que asigna el Comit Acadmico
de Grado para superar debilidades cuando no se promueven los
estudiantes de grado o no se gradan como bachiller.
Refuerzos: son actividades acadmicas que determina el docente en el
transcurso de un perodo acadmico para superar debilidades en la
consecucin de logros asignados.
Sancin: amonestacin por un acto cometido, que atente contra la
estabilidad y la armona de la comunidad educativa y que vaya en
contra de lo establecido en el Manual de Convivencia.
Servicio Social Estudiantil Obligatorio: cumplimiento obligatorio
de 80 horas por parte de los estudiantes de la educacin media, en
actividades sociales que beneficien a la comunidad educativa o a
otros sectores considerados en el P.E.I. Es requisito para optar al
ttulo de bachiller.
Visin: es un conjunto de ideas generales que proveen el marco de
referencia de los que una institucin educativa quiere y espera se d
en el futuro.
EGRESADOS: Son aquellos estudiantes que han pasado por la
institucin y que hacen parte de la comunidad educativa del
preuniversitario.
IDENTIFICACIN DEL PLANTEL
NOMBREInstitucin educativa Preuniversitario de Bello
DIRECCINCarrera 49 N 50 42
MUNICIPIOBello (Antioquia)
TELFONOS272 7727 272 7683 272 7665
FAX272 768-3
E [email protected]
Ncleo EDUCATIVO0904
CARCTERMixto
RECTORJuan Diego Gonzlez Ramrez
COORDINADORALina Patricia Munera Osorio.
MODALIDADBachillerato Acadmico Semipresencial.
AO DE FUNDACIN: 1988
CDIGO DEL DANE: 305088002486
CDIGO P.E.I:020
APROBACIN DE ESTUDIOS:Resolucin n 896 del 07 de diciembre de
2006
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:Resolucin n 002541 del 19 de agosto de
1988
NIVELES EDUCATIVOSBsica: CLEI 3, CLEI 4,
Media: CLEI 5 y CLEI 6
TITULO QUE SE OTORGABachiller acadmico
JORNADA ESCOLARDiurna, tarde y sabatina.
BREVE RESEA HISTRICA
En los aos 80 el ex presidente Belisario Betancur promovi la
educacin a distancia y flexible, inicialmente enfocada en la
educacin superior, pero esta reglamentacin abri a la vez el
panorama a otros niveles educativos como primaria y
secundaria.
Fue as como Pedro Antonio Ros Tobn, un prestigiosa y visionario
Odontlogo del departamento, en sociedad con su amigo Licenciado
Daro Piedrahita Zapata, que en aquel entonces se desempeaba como
delegado del ministerio de educacin para Antioquia, emprendieron un
arduo trabajo en equipo con el Licenciado Lus Eduardo Guzmn lvarez,
un educador con alta trayectoria en el municipio de Bello y
concibieron un nuevo modelo pedaggico, que le permiti a la poblacin
adulta Bellanita y de otros municipios aledaos, terminar sus
estudios bsicos y secundarios, de acuerdo con sus
necesidades.
Como producto de dicho proyecto naci en 1988, en bello, el
Instituto Preuniversitario de Bello, Antonio J. Ros Q. Ms conocido
actualmente como IPB.
A partir del 7 de Diciembre de 2006 el Instituto, cambia su nombre,
al recibir de la secretaria de educacin una nueva aprobacin y desde
entonces su trayectoria como la primera institucin educativa para
adultos de carcter privado en el municipio.
La propuesta inclua entre otras lo siguiente:
Dirigir a los adultos y jvenes trabajadores, que por algn motivo no
haban podido ingresar a la secundaria o haban salido de ella sin
terminarla.
Relacionado con horarios flexibles, tiempo de escolaridad y
metodologa; que son condiciones que motivan el ingreso y
permanencia en el nuevo sistema.
Los adultos y jvenes podrn capacitarse para el empleo, al mismo
tiempo que hacia sus estudios secundarios.
Se propuso la modalidad de salud oral, auxiliar contable y
bachiller acadmico.
Contaba para hincar el trabajo, con suficientes recursos fsicos y
personal docente altamente calificado.
VISIN
Para el Ao 2015, el IPB ser reconocido como la mejor institucin
educativa para adultos del municipio de Bello; qu integre en el
proceso educativo a personas que por diversos motivos han
abandonado sus estudios para formarlos integralmente con base en
metodologas innovadoras, con horarios flexibles y condiciones
apropiadas a sus necesidades individuales.
MISIN
Nuestra misin es formar integralmente al estudiante, buscando que
se asuma como ser social a partir de la vivencia de valores, de
conocimientos culturales, cientficos y tecnolgicos que le permitan
elevar el nivel socio-cultural como garanta para el mejoramiento de
su calidad de vida.
PRINCIPIOS
La Institucin Educativa Preuniversitario de Bello, orienta sus
procesos de formacin a partir de la construccin permanente de los
siguientes principios:
La Responsabilidad.
El Respeto por la Diferencia.
La Bsqueda del conocimiento.
El trabajo en Equipo.
Compromiso social.
FILOSOFA
Favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del estudiante,
procurando un enfoque interdisciplinario que le permita el acceso a
la cultura, al conocimiento cientfico y tcnico, a la formacin en
valores ticos, y morales, que estimule su participacin para la vida
ciudadana, para la convivencia pacfica, para la democracia y el
respeto por la vida.
SMBOLOS DE LA INSTITUCIN
La Institucin EducativaPreuniversitario de Bello, tiene como
distintivo una bandera, un Himno, un lema y un escudo quelo
identifican.
LA BANDERA: consta de dos colores azul y blanco.
Sobresale el color Azul como representacin del sistema innovador,
que busca afianzar los conocimientos educativos bsicos del
estudiante a partir de la convivencia y el respeto mutuo. Y el
color blanco que complementa al color azul,que es el conocimiento,
otorgando la tranquilidad necesaria para llegar a l.
El color Azul, representa para nuestra institucin un color fresco,
tranquilizante y lo asociamos con la mente a la parte ms
intelectual de ella, el azul nos ayuda a tener claridad de ideas y
hacer creativos, nos hace sentir tranquilos y protegidos y
asociamos a
l la estabilidad, la profundidad, la confianza, la lealtad, la
sabidura, y la inteligencia entendida esta como la capacidad para
vivir feliz,
El color Blanco, que simboliza la Paz y la convivencia que los
estudiantes alcanzan al compartir el conocimiento adquirido en la
institucin; adems representa la transparencia y entrega de la
institucin hacia los estudiantes.
6858007620
EL ESCUDO:
800100152400
LEMA:
COMPROMETIDOS CON LA EDUCACIN BELLANITA
EL HIMNO:
Estudio, estudio, si quiero
Tener en la vida ms felicidad;
Lucho, pues solo en la lucha
La persona adquiere ms integridad.
Que importa no estar en la infancia
Para superarme no importa la edad
Solo por mi propio esfuerzo
Podr serle til a la sociedad
CORO
Preuniversitarios, actuemos unidos
Y no despreciemos la oportunidad
Que ahora se nos brinda
Como nunca antes
De ser a la patria
De ser a la patria soldados de paz;
Y no desperdiciemos la oportunidad
De ser a la patria soldados de paz
II
Don Antonio Ros fue hombre honesto
Que siempre a Colombia su vida brindo;
Nunca le embriagaron triunfos no lisonjas
Y en el camino recto siempre recorri,
Por eso su nombre, nuestros fundadores
Hoy no los presentan como paladn;
Sigamos su ejemplo, rindmosle honores
Y sea su nombre escudo y fortn
(Msica y letra: Francisco Rodrigo Zapata M)
UNIFORME INSTITUCIONAL
El uniforme hace parte de la presentacin personal del estudiante y
debe ser llevado con respeto y con orgullo. Su uso obliga a todo el
personal, durante toda la semana.
Camiseta blanca estipulada por la institucin, Jean azul tanto para
hombres como para mujeres, opcional sudadera y chaqueta de la
institucin.
MODELO PEDAGGICO
La InstitucinEducativa Preuniversitario de Bello, forma jvenes en
educacin bsica en el ciclo de secundaria y en la educacin media
acadmica. Para ello, los modelos pedaggicos que asume deben
facilitar los procesos de enseanza y aprendizaje; integrar la
teora, la prctica y la vida de la institucin al contexto social;
potencializar en el estudiante la autonoma, la creatividad, las
habilidades de pensamiento, el criticismo,la construccin de su
propio conocimiento y su deber ser con la sociedad.
Para ser consecuente con su concepcin curricular, La institucin ha
adoptado principios de los modelos pedaggicos desarrollista y
constructivista que buscan desarrollar las estructuras cognitivas
del estudiante, donde el profesor es gua y orientador, pero es el
estudiante quien construye su propio proceso de conocimiento, lo
que se da siempre sobre una base conceptual previa que se
reorganiza. Estos modelos estn centrados en la evolucin del
conocimiento.
El modelo pedaggico desarrollista y constructivista tiene como eje
fundamental el aprender haciendo, la experiencia de los estudiantes
los hace mejorar continuamente, desarrollarse y evolucionar
secuencialmente en las estructuras cognitivas para acceder a
conocimientos cada vez ms elaborados. Igualmente la institucin ha
adoptado principios
del modelo pedaggico social, que est inspirado en la concepcin del
currculo como dilogo permanente con la vida y la realidad, para
comprenderla, tener una posicin poltica y critica frente a ella y
contribuir a transformarla con principios de justicia social y
equidad.
Esta concepcin enfatiza en el desarrollo de las capacidades del
estudiante en torno a las necesidades de la sociedad; donde la
institucin como tal est llamada a configurarse como un agente de
cambio social y a constituirse como un puente entre el mundo real y
su posible transformacin en busca del bien comn.
De sta forma el currculo se construye desde la problemtica
cotidiana, los valores sociales y las posiciones polticas, buscando
el desarrollo del individuo en la sociedad; en un primer momento
para adaptarse a ella, pues sta cambia constantemente; en un
segundo momento, para transformarla, es decir, adaptarse en el
presente para tener una visin de futuro e incidir en ella,
cambindola para el bien de todos y todas.
El maestro es un investigador, un facilitador y estimulador de
experiencias, que a travs de la ciencia, el conocimiento cientfico
y el intercambio de saberes, realiza un trabajo de cooperacin con
los estudiantes.
As como los modelos pedaggicos se derivan de las concepciones
curriculares y de la filosofa de la educacin, cada uno de ellos
tiene diferentes estrategias y mtodos de enseanza. El instituto
adopta la estrategia de aprendizaje por descubrimiento, la cual
hace nfasis bsicamente en la posibilidad de que el estudiante pueda
resolver con satisfaccin nuevas situaciones y nuevos problemas
prcticos y tericos que se le presenten. Fomenta en l la
incorporacin de nuevo conocimiento al ya existente, por medio de la
asociacin para que pueda categorizarlo y darle sentido.
Esta estrategia pone nfasis en problemas del campo de conocimiento
y de la sociedad, ms que en contenidos. Sus objetivos pedaggicos en
efecto, son la reflexin y la critica, el pensamiento cualitativo,
la iniciativa terica, la creatividad intelectual, y el trabajo
cientfico sistemtico sea aplicable a diversas situaciones
cotidianas.
La estrategia por descubrimiento tiene diferentes mtodos para
operacionalizarse, entre las que se destacan el mtodo de proyectos,
mtodo de casos, de problemas y el seminario investigativo, estos
mtodos son utilizados en El instituto, para hacer viables los
objetivos institucionales.
Acorde con su modelo pedaggico, la evaluacin de los estudiantes del
instituto tiene por objetivo destacar la forma como se desarrolla
el proceso de aprendizaje, ms que su resultado final. Es una
evaluacin que tiene como referente al mismo estudiante, sus
capacidades, potencialidades, su capacidad para resolver problemas,
su creatividad y anlisis crtico.
El proceso de evaluacin es ante todo formativo. Busca que el
estudiante con el acompaamiento de profesores y compaeros analice
los recursos utilizados y los esfuerzos desplegados para el logro
de sus metas, para que identifique sus debilidades y fortalezas, as
como los posibles caminos a seguir en un proceso de mejoramiento
continuo.
La evaluacin entendida de esta manera ntegra las dimensiones
cuantitativas y cualitativas; el conocimiento logrado y el proceso
seguido; los fines y los medios; el desarrollo personal y el
acadmico.
METODOLOGA
La institucin como innovacin Educativa maneja una metodologa con
una orientacinbasada en el trabajo grupal e individual, apoyado en
mdulos y material didctico respectivo de cada rea. Se trabaja
porbimestres bajo los siguientes componentes con sus
correspondientes porcentajes.
COGNITIVO: 35 %
PROCEDIMENTAL: 40 %
ACTITUDINAL: 15 %
AUTOEVALUACIN: 5 %
COEVALUACIN: 5 %
Los cuales se componen de tareas, trabajo en clase, exposiciones,
desarrollo del modulo y todas las actividades extras que el docente
considere, donde el estudiante puede llegar con facilidad al
conocimiento en las diferentes reas, aplicando el aprender a
aprender y el aprender a hacer.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Posibilitar el crecimiento integral con el fin de adquirir
gradualmente el sentido de la responsabilidad y el humanismo en un
ambiente de libertad y autoestima que les permita adquirir
habilidades para ser sujetos positivos en el contexto
socio-cultural e histrico que les rodea.
OBJETIVOS ESPECFICOS
Precisar y dar a conocer las orientaciones y normas que permitan el
normal desenvolvimiento de la labor educativa, con el fin de evitar
interpretaciones individuales o grupales.
Compartir en un ambiente armnico de convivencia, democracia y
participacin de todas las actividades de la comunidad
educativa.
Orientar, evaluar, estimular y corregir el comportamiento de los
estudiantes hacia una formacin integral.
Preparar en forma responsable a los estudiantes de la INSTITUCION
EDUCATIVA PREUNIVERSITARIO DE BELLO en la modalidad tcnica con
miras a su buen desempeo laboral o profesional.
FUNDAMENTO LEGAL
El presente Manual de Convivencia o Reglamento General, se
fundamenta legalmente en la Constitucin Poltica de Colombia, en el
Decreto 2737 o Cdigo del Menor, en La Ley General de Educacin y su
decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994.
De la Constitucin Poltica se retoman principalmente los artculos 1,
2, 16, 18, 67,68. Del cdigo del menor los artculos 311, 312, 313,
314,319. De la ley general de Educacin los artculos 5,7; del
decreto 1108 de 1994 el capitulo 3, articulo 9 y algunas partes de
la ley de la juventud.
Decreto 1290 de 2009, que reglamenta el sistema de evaluacin y
promocin para ser definido por las instituciones educativas
formales.
Resolucin 4210 de 1996, que define las 80 horas del servicio social
del estudiantado, requisito para graduarse.
La ley 734 de 2002 nuevo cdigo disciplinario nico.
PROCESO DE MATRICULA
Lo primero que se realiza es el suministro de informacinpor medio
de un volante exclusivo de la institucin el cual contiene la
informacin de requisitos, costos y horarios al grado que
aspira.
Se informa adems que la edad mnima para ingresar a la institucin es
de 15 aos cumplidos.
Requisitos:1. Certificados en papel membrete desde quinto de
primaria hasta el
grado que hayan cursado y aprobado.
2. Una fotocopia del documento de identidad ampliado 150%
3.Dos fotos recientes tamao cdula.
Horarios:Jornada A: De 7:00 a.m 9:00 a.m
Jornada B: De 9:30 a.m 11:30 a.m
Jornada C De: 4:00 p.m-6:00 p.m.
Jornada sabatina: De 6:30 a.m 2: 30 p.m
Costos: Se informa que existen dos formas de pago:
1.Semestre escolarde contado.
2. Semestre escolar financiado: se les informa que la institucin
tiene un convenio con la cooperativa copie con la cual se puede
solicitar un crdito educativo.
PROCESO DE CRDITO EDUCATIVO:
REQUISITOS PARA ESTUDIANTE NUEVO
Copia del documento de identidad del estudiante ampliada al
150%
Si el estudiante es Menor de edad Necesita:
Venir con uno de los padres.
Copia de cdula ampliada al 150% del padre.
Cuenta de servicios pblicos del estudiante y del padre si no viven
en la misma casa.
Si el estudiante es mayor de edad: debe presentar
Cuenta de servicios pblicos.
Cdula
REQUISITOS PARA ESTUDIANTE ANTIGUO
Si el estudiante es menor de edad: Necesita
Venir con uno de los padres.
Cdula
Cuenta de servicios pblicos
Si el estudiante es mayor de edad: debe presentar
Cdula
Cuenta de servicios
Despus de pasar por Secretara Acadmica, se procede a:
revisar la documentacin del crdito educativo.
Seentrega la solicitud de crditopara que la diligencie el
estudiante y el codeudor en caso de necesitarlo.
Se ingresan en el sistema Copie Net.
Se hace firmar el pagarpor el estudiante mayor de edad, en el que
se compromete a cancelar la totalidad del crdito terminen o no su
semestre acadmico.
Si el estudiante es antiguo no firmapagar, se busca el del crdito
pasado.
Se hace firmar la forma de pago por el estudiante mayor de edad o
por el padre de familia, en ella estn estipulados las fecha de pago
y el valor de cada cuota.
Se organizan los documentos de la siguiente manera:
Forma de pago, pagar, solicitud de crdito, carta laboral o predial,
documento del estudiante y del codeudor, cuenta de servicios.
Se archivan en carpetas por orden alfabtico.
PROCESO TESORERA
Se reciben los documentos enviados por Secretara Acadmica y por
Copie.
Se identifica la forma de pago.
Se elabora el recibo de pago de matrcula, y papelera.
Se le entrega original al estudiante y se deja copia para la
institucin.
Reglamento de tesorera:
Antes de iniciar el semestre acadmico y el estudiante decide
retirarse, se har devolucin solo del 50 % del valor cancelado, debe
solicitar la cancelacin por escrito y con copia de los recibos de
pago.
Esta carta se enva a Gerencia, los que autorizaran la respectiva
cancelacin de matrcula y el pagare respectivamente si financi su
semestre acadmico y el valor a reintegrar.
Despus de iniciado el semestreno se hace devolucin de dinero aunque
el estudiante no haya asistido a clases.
Si pag su semestre financiado, y decide retirarsedespus de haber
iniciado el semestre acadmico,se cancela matrcula pero debe de
pagar la totalidad delcrdito educativo.
Para aplazar el semestre, debe solicitar el aplazamiento por
escrito, debe de hacerlo durante el primer mes de estudio.
Esta carta se enva a Gerencia para su aprobacin.
Si es aprobada, el crdito lo deben cancelar las cuotasen el
semestre activo, y para el siguiente no cancelara, solo se hace la
renovacin acadmica.
Si el pago lo hizo de contado, de igual manera se hace la solicitud
por escrito y si es aprobada, para el semestre siguiente no
cancelara, solo hace la renovacin acadmica.
Estos aplazamientos son vlidos solo por un semestre acadmico.
Despus de haberrecibido la informacin se inicia el proceso de
matrculas que cuenta con tres pasos a seguir.
cuando el estudiante es nuevo debe realizaruna entrevista con la
coordinadora acadmica,se le asigna fecha y hora
parapresentarla.Esta entrevistatiene como fin dar a conocer todos
los aspectos pertinentes a la institucin, entre
ellos,lametodologa
Implementada, aspectos disciplinarios yacadmicos. Posteriormente,
se lesrealiza una prueba diagnstica de conocimientos. (Razonamiento
lgico y comprensin lectora)
2. despus de presentar la entrevista y la prueba regresan a
lasecretaria para hacer verificacin y recepcin de los documentos
antes mencionados. Se les hace entrega de la
circular informativa con la fechayhora del inicio de clases yel
compromiso firmado por el padre de familia donde se les informa el
da y hora de las reuniones acadmicas.
3. Luegode la verificacin de documentos se dirigen a la tesorera
dondese harefectivo el pago del semestre escolar.
ESTUDIANTESANTIGUOS
Los estudiantes antiguos para realizar la renovacin de la
matrculase deben dirigira la secretara acadmica,presentar paz y
salvo de tesorera, calificaciones finales del grado que fue
promovido;yfotocopia del documento de identidad vigente ampliado al
150%
Despus de diligencia el formato de renovacin de la matrcula, se les
hace entrega de la circular informativa de las fechas en las cuales
inicia clases, al igual que se firma el compromisode asistencia de
los padres de familia a las reuniones acadmicas durante el periodo
escolar; y por ltimo se remiten a la tesorera
ORGANIGRAMA
PERFILES:
PERFIL DEL ESTUDIANTE:
El estudiante es el centro del proceso educativo. De acuerdo con
las caractersticas especiales de la institucin y el tipo de
estudiante que tenemos, el perfil que deseamos en nuestros
estudiantes es:
Que el estudiante se distinga por su autonoma, responsabilidad,
compromiso, honestidad, lealtad, solidaridad y respeto, vivenciados
en el interior de la institucin y fuera de ella.
Que sea un estudiante capaz de decidir por s mismo, dispuesto a
buscar, soluciones adecuadas a su proceder, portador de iniciativas
para lograr que se acepten sus puntos de vista, respetando los
criterios de los dems y dando propuestas para resolver problemas
que se presenten en la vida cotidiana y en la realidad.
PERFIL DEL DOCENTE:
El docente de la institucin deber ser una persona especializada en
cada una de las respectivas reas del conocimiento y con una vasta
experiencia en la educacin y a la vez reunir los siguientes
requisitos:
Comprometerse con todas las actividades de la institucin
Tener un alto nivel de anlisis, crtica, reflexin y solucin de
problemas.
Ser artfice de cambios, tanto al interior como al exterior de la
institucin.
Ser creativo y generador de nuevas ideas que conduzcan a un buen
desarrollo del proceso educativo y formativo de los
estudiantes.
Ser investigativo y autnomo
Ser democrtico, participativo y respetuosos de la institucin, los
derechos humanos y la vida.
Ser solidario, comprensivo y tolerante, leal, colaborador y
humanista.
Ser protagonista e indicador de la construccin de una nueva
pedagoga.
Ser honesto, cumplidor y ejemplo, no solo de la institucin, sino,
para la comunidad educativa del preuniversitario y tambin para su
entorno.
PERFIL DEL EGRESADO
La comunidad educativa podr reconocer el estudiante egresado, por
que este tiene las mismas caractersticas que se requieren con el
estudiante actual.
FUNCIONES
FUNCIONES DEL DOCENTE
Orientar y estimular el trabajo educativo de los estudiantes, tanto
en la forma presencial, como desescolarizada.
Evaluar conjuntamente con los estudiantes los logros o dificultades
en el proceso de aprendizaje.
Trabajar por la formacin integral del estudiante.
Planear y dirigir todas aquellas actividades que vayan en bien del
estudiante y de la institucin.
Dar ejemplo a los estudiantes, a la Institucin y a la comunidad en
general en su forma de presentacin y expresin, como tambin en su
actuacin.
Velar por la conservacin de documentos, tiles, equipos y muebles
que le sean confiscados.
Observar una conducta publica acorde con el decoro y la dignidad de
su cargo.
Diligenciar, adecuadamente y a tiempo, todos los libros
reglamentarios a su disposicin.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
Los derechos y deberes se fundamentan en el respeto a los derechos
individuales y colectivos mediante el ejercicio de la libertad
responsable y consiente.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
Son derechos de los estudiantes de la institucin los que se ejercen
directamente y/o a travs de sus padres o representantes legales y
son los siguientes:
Son derechos fundamentales: la vida, la integridad fsica, la salud,
la educacin, la recreacin y la libre expresin de opinin.
Participar en el proceso de aprendizaje dentro de un ambiente
moral, social y sicolgico que garantice su formacin integral.
Poseer el manual de convivencia
A que se le hagan un debido proceso cuando infrinja una de las
normas o atente contra el manual de convivencia.
Tener acceso a los diferentes servicios que la institucin
ofrece.
Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio de acuerdo
con las normas fijadas por la institucin y el M.E.N.
Recibir una adecuada orientacin moral y una adecuada formacin en
valores humanos.
Solicitar y recibir orientacin y acompaamiento de directivos y
docentes sobre aspectos relacionados con su formacin
integral.
.Ser tratado con dignidad, respeto y cortesa.
A ser atendido en sus reclamos y solicitudes en un tiempo prudente
y oportuno para el estudiante.
.A elegir y ser elegido para los comits y consejos conformados en
la institucin.
SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
Portar el carn estudiantil permanentemente y presentarlo cada vez
que la institucin lo exija.
Presentarse con el uniforme, manteniendo una buena presentacin
personal.
Portar correctamente el uniforme dentro y fuera de la institucin,
representndola con dignidad y decoro.
Solicitar y presentar oportunamente a quien corresponda los
permisos o las excusas por inasistencia o retardos a las
actividades curriculares y a las extracurriculares obligatorias, el
da inmediatamente anterior y/o posterior a la ausencia.
Representar dignamente a la institucin en cualquier evento para el
que haya sido elegido.
Comunicar oportunamente a quien corresponda toda conducta contraria
a parmetros estipulados en el manual de convivencia.
Entregar oportunamente a los padres y/o acudientes los formatos
circulares y citaciones e informes verbales o escritos provenientes
de la institucin educativa.
Tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la
comunidad escolar evitando bromas de mal gusto como apodos y
burlas.
Mantener una disciplina acorde al perfil de la Institucin dentro y
fuera de ella que ayude a la formacin persona y a la buena marcha
de esta.
Permanecer dentro del aula de clase y conservar un buen
comportamiento aun en ausencia de profesores.
Respetar la autoridad del personero, los monitores y el consejo de
grupo.
Estar al orden del da y desatracarse a la menor brevedad cuando
falte a clases.
Responder por los compromisos acadmicos adquiridos en todas y cada
uno de las asignaturas.
Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada acadmica e
ingresar puntualmente a los salones de clase y dems sitios
asignados para las labores escolares.
Cumplir con el servicio Social Estudiantil Obligatorio, Examen de
estado (ICFES) y proyecto de constitucin, segn normatividad
vigente.
Evitar el porte de cigarrillos, fsforos, licores, armas, drogas, o
cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud fsica de
cualquiera de los miembros de la comunidad escolar.
No consumir, vender, o traficar cigarrillos, drogas, o cualquier
tipo de alucingenos o sustancias s coactivas dentro o fuera de la
institucin.
No llevar a la institucin walkman, discman, traductores, bromas y
otros aparatos que distraigan puedan distraer la atencin en
clase.
No comer en clase o en actos de tipo formativo.
La venta de cualquier artculo, mercanca, o producto de consumo, est
prohibida.
Utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones de la
institucin.
Evitar el deterioro de los muebles y enseres de la
institucin.
Conocer y acatar el manual de convivencia de procedimiento.
Conocer la resea, historia de la institucin, como tambin su
filosofa y smbolos.
Asistir puntualmente a las clases y dems actividades programadas
por la institucin.
Velar porque en las aulas de clase se d un ambiente de tranquilidad
que favorezca el libre desarrollo del proceso de enseanza /
aprendizaje.
Presentar las evaluaciones en forma seria y responsable.
Respetar a los superiores y acatar las observaciones.
.Tener un excelente comportamiento dentro y fuera del
plantel.
Llevar una buena relacin con sus compaeros, en forma respetuosa y
de buena colaboracin.
Ser muy prudentes con el pago de sus pensiones de acuerdo con las
fechas establecidas.
No presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de
narcticos.
No portar armas en clase.
Adquirir los mdulos o material institucional que complementan el
proceso de aprendizaje.
DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE EGRESADO
La institucin educativa contempla algunos derechos y deberes que
los egresados deben tener:
DERECHOS:
El egresado ser reconocido por calidad humana ante los estamentos
de la comunidad.
Podr elegir y ser elegido como representante ante el consejo
directivo y comits que lo requieran.
DEBERES:
Llevar muy en alto, respetar y hacer respetar el buen nombre de la
institucin.
Participar en el gobierno escolar como representante de los
egresados.
ESTMULOS PARA LOS ESTUDIANTES
El consejo directivo, el rector o alguna entidad organizativa de la
institucin resaltara las acciones, aptitudes y logros importantes
en el desarrollo curricular al igual que har
anotaciones sobre cambios de actitudes que presenten los
estudiantes frente a las faltas alpresente manual de convivencia.
Dichos estmulos son, entre otros:
Diploma de honor.
Proclamacin del mejor estudiante en actos especiales.
Felicitaciones por su buen comportamiento o sobresaliente desempeo
acadmico, deportivo, cultural, de superacin y colaboracin:
personalmente y en pblico.
Mencin y diploma de honor para el mejor estudiante al finalizar el
semestre.
Medallas para los estudiantes bachilleres que hayan realizado todo
su proceso formativo en la institucin,
Estimulo especial al mejor estudiante en pruebas ICFES.
Otros que asignan la institucin o la comunidad para resaltar otros
valores.
FALTAS QUE AFECTAN EL COMPORTAMIENTO
Teniendo en cuenta el decreto 1423 del 6 de mayo de 1993 y su
artculo 7, son faltas que afectan el buen comportamiento.
Todo acto contra la ley y las buenas costumbres que realice el
estudiante en la institucin o en su rea de influencia.
Alterar los libros reglamentarios, actas de calificaciones,
certificados de estudio o presentar falsedad en documentos
pblicos.
Agredir de hecho o palabra a un compaero, superior o cualquier
empleado del establecimiento.
Los malos modales en las aulas de clase y dems lugares de la
institucin.
El mal comportamiento que difiera de la disciplina, urbanidad y
cultura de los estudiantes, tales como: saboteo en clases,
silbidos, gritos, apodos, escritos ofensivos,
frases de mal gusto, vocabulario soez, mal trato a los (as)
compaeros, chismes y chistes de mal gusto, malas costumbres y comer
en las aulas de clase.
Presentarse a la institucin en estado de embriaguez o bajo los
efectos de drogas o narcticos.
El porte de armas blancas o detonantes.
Consumir, poseer y/o distribuir estupefacientes o bebidas
embriagantes dentro de la institucin.
El desacato a las observaciones dadas por los superiores ante un
mal comportamiento.
La mala presentacin.
El mal trato a los libros de la biblioteca
Ausentarse del aula o de la institucin, sin la previa autorizacin
de los supervisores
Introducir o hacer detonar elementos explosivos u otros artefactos
pirotcnicos o qumicos dentro de las instalaciones del
plantel.
Impedir la aplicacin de las normas o reglamentos del colegio y la
libertad del aprendizaje
PROCEDIMIENTOS PEDAGGICOS
Cuando se hayan incurrido en la infraccin de uno de los deberes,
derechos y/o prohibiciones se debe llevar con el estudiante el
debido proceso.
LEGALIDAD DE LA FALTA
El estudiante no podr ser juzgado por una falta que no aparezca
especificada dentro del Manual de Convivencia, exceptundose
aquellas que sean sancionadas por la ley. Para la sancin se tendr
en cuenta aquellas fallas sancionadas leves, graves, y
gravsimas.
CLASIFICACIN DE LAS FALTAS
Las faltas para efectos de la aplicacin de correctivos sern
clasificadas como leves, graves, extremas o gravsimas.
FALTAS LEVES: Se presentan cuando el estudiante con su
comportamiento perturba la sana convivencia, el orden,
mantenimiento y presentacin institucional.
FALTAS GRAVES: Se presenta cuando el estudiante con su
comportamiento pone en peligro o se causa dao a s mismo, a
cualquier miembro de la comunidad, o dependencias institucionales y
sus bienes y enseres.
FALTAS EXTREMAS O GRAVSIMAS: Se presenta cuando el estudiante con
su comportamiento atenta contra la vida, la seguridad e integridad
fsica mental de cualquier miembro de la comunidad educativa.
LEGALIDAD DE LA SANCIN
Para las aplicaciones de las sanciones, estas deben estar
previamente establecidas en el manual de convivencia, con sus
causales de atenuacin y sus agravantes. Es importante tener en
cuenta que sancin debe ser proporcional a la falta.
ESTABLECER QUIEN ES EL COMPETENTE PARA SANCIONAR
De conformidad para lo establecido con la ley general de la
educacin y el decreto 1860, el competente para sancionar una falta
en el establecimiento educativo es el rector. Sin
embargo, para las faltas graves o gravsimas puede delegarse al
director de grupo, en el coordinador o en el primer profesor que
conoci la falta.
FORMA DEL PROCESO
Se avanza segn la clasificacin de la falta.
Para faltas graves o gravsimas el proceso se llevara por
escrito
LA GARANTA DE LA DEFENSA
Dentro de la garanta de la defensa debe partirse de varias
situaciones:
Escuchar la versin del inculpado. En todos los casos y en todas
circunstancias de los hechos, lo primero que se har es llamar al
estudiante y escucharlo en versin libre, que cuenta como sucedieron
las cosas. A partir de ese momento se inicia la investigacin.
Notificacinde cargos. En este momento se debe informar al
estudiante cuales son los hechos que se le imputan de acuerdoalos
resultados de la investigacin.
Determinar la falta. Se debe informar al estudiante en que parte
del manual de convivencia aparece consignada la falta, procediendo
a lersela en voz alta.
Calificacin de la falta. De acuerdo con el manual de convivencia
debe establecerse si la falta es leve, grave o gravsima, que pueda
dar lugar a una exclusin o retiro del establecimiento.
Prueba. Se deben presentar las diferentes y suficientes pruebas
recogidas incluyendo testimonios de los profesores y de los
estudiantes e igualmente la confesin del inculpado.
EL DEBIDO PROCESO
En la institucin educativapreuniversitario de bello, por ningn
motivo podrn aplicarse castigos que afecten la integridad fsica del
estudiante, ni sanciones que atenten contra la
dignidad de la persona como ser humano. Teniendo en cuenta lo
establecido en el manual de convivencia, podemos concluir que el
debido proceso es hacer un seguimiento especial
Al estudiante en lo relacionado con quebrantar las normas
establecidas en la institucin y por ello se estipula lo
siguiente:
Dialogo con el estudiante
Anotacin de la falta en el libro de seguimiento disciplinario y
llamada de atencin por parte del docente con quien se presento la
falta.. Dicha anotacin deber ser firmada por el estudiante y si es
posible, por otro estudiante que haya presenciado la llamada de
atencin, en caso de que el estudiante que cometi la falta no
firme.
El paso a seguir es cuando el estudiante por ser reiterativo en las
faltas ser amonestado por la Coordinacin y luego despus de un
previo dialogo, se dejara constancia en libro de seguimiento
disciplinario.
Si el estudiante contina infringiendo las normas estipuladas en el
Manual de Convivencia, ser amonestado por la Rectora dejando
constancia de ello.
Cuando el estudiante persiste en su mal comportamiento, ser enviada
una comunicacin al padre de familia o acudientepara solicitarle su
asistencia en la institucin y que conozca personalmente las faltas
de su acudido y luego se realiza un contrato pedaggico.
Si la sancin est estipulada como desescolarizacin o cancelacin de
matrcula se requiere Acuerdo del Consejo Directivo y Resolucin
Rectoral otorgando la reposicin y la apelacin
El estudiante contar con cinco (5) das para presentar la reposicin
y apelacin, por escrito, ante el rector. ste dispondr de cinco (5)
das para contestarla, previa consulta al Consejo Directivo.
Cada una de las actuaciones anteriores deber constar por escritocon
fechas y firmas. Tanto la comunicacin de los cargos como las
decisionessern actos administrativos suscritos por el rector. Desde
la ocurrencia del hecho o acto disciplinario hasta la decisin final
en firme. El estudiante debe permanecer escolarizado, a menos que
la
falta sea considerada gravsima y que previa valoracin se concluya
que sea necesaria e
inevitable la desescolarizacin.
NOTA ESPECIAL: en el caso de que un padre familia no se presente al
llamado hecho por la Rectora, el estudiante no podr asistir a clase
hasta que estos no se presenten a la institucin y haya conocido el
incidente, a la vez que se comprometa a colaborar con la formacin
de su hijo o acudido. La suspensin de actividades es funcin del
rector.
EVALUACIN DE LOS ESTUDIANTES
La evaluacin es el proceso permanente y objetivo para valorar el
nivel de desempeo de los estudiantes.
La evaluacin es la accin permanente por medio de la cual se busca
apreciar, estimular y emitir juicios sobre los procesos de
desarrollo del estudiante, as como sus resultados, con el fin de
elevar y mantener calidad de los mismos.
En la institucin EducativaPreuniversitario de Bello, todo
estudiante que se encuentre matriculado para cualquiera de los
CLEI, tiene derecho a ser evaluado tanto en la parte acadmica como
en la parte comportamental, con justicia y equidad y conforme a las
normas existentes para dicha evaluacin.
La evaluacin de carcter acadmico para el 2010, se har con base al
decreto 12-90 del 16 de Abril del 2009, en la cual se estipula una
valoracin acadmica representada en una escala numrica, para cada
bimestre acadmico y para el informe final as:
De uno (1.0) a cinco (5.0)
Se aprueba con una valoracin de tres (3.0) en adelante. Se reprueba
con valoraciones inferiores a tres (3.0)
La equivalencia de valoracin para la institucin Educativa
Preuniversitario de Bello es como sigue:
DESEMPEO SUPERIOR4.6 5.0DESEMPEO ALTO4.0 4.5DESEMPEO BSICO3.0
3.9DESEMPEO BAJO1.0 2.9
(VER SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIN Y PROMOCIN DE LOS
ESTUDIANTES)
LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES.
Para desarrollar y promover en espritu pedaggico que ilumine la
formacin integral dentro de la perspectiva humanista,
personalizantes y comunitaria como objetivo
primordial de la educacin en la institucin, la actitud educadora de
los padres de familia ocupa un lugar de primer orden.
La accin de los padres de familia es un elemento inherente,
interactivo, y decisivo en la accin educadora de nuestra
institucin, la manifestacin de su accin debe sentirse dentro y
fuera de la institucin.
DERECHOS
Todos los contemplados en el Articulo 7 de la ley general de la
educacin.
Obtener informacin oportuna acerca del P.E.I y muy especialmente
del manual de convivencia.
Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento
escolar y el comportamiento de sus hijos.
Recibir atencin oportuna en forma cortes y efectiva para aclarar
inquietudes sobre los procedimientos referentes a sus hijos por
parte de los miembros de la comunidad educativa.
Participar en evaluacin institucional.
Recibir al menos con 2 das de anticipacin, las citaciones,
circulares y boletines en donde informe sobre compromisos con la
institucin, salvo en casos de fuerza mayor o caso fortuito.
Apoyar las acciones educativas que la institucin realice con el fin
de cualificar el proceso de formacin de sus hijos de y la
comunidad.
DEBERES
Orientar y supervisar la realizacin de las tareas escolares por
parte de sus hijos despus del horario de clase.
Suministra a los hijos las experiencias, valores y medios que
garanticen su educacin integral y contribuyan a su adecuado
comportamiento y rendimiento acadmico.
Apoyar las acciones educativas que la institucin realice con el fin
de cualificar el proceso de formacin de sus hijos y de la
comunidad
Responder por los daos ocasionados por su hijo en los materias e
instalaciones de la institucin.
Cumplir dentro de los plazos fijos con los compromisos econmicos
adquiridos en el momento de matricular a sus hijos en el
plantel.
Solicitar cita para hacer atendido por el docente y cumplir el
horario establecido.
Entregar un documento de identidad para ingresar a la
institucin.
Todo lo contemplado en el cdigo del menor (decreto 160, 20 - 01 -
89) en el cual se establece obligaciones de los padres al respeto
articulo 311, 312, 313, 314.
Acudir oportunamente a todos los llamados hechos por la institucin
y responder fielmente por los compromisos contrados con la misma,
de no ser as se suspender a su hijo hasta tanto cumpla con dicha
citacin.
Justificar personalmente y por escrito, ante quien responda, los
retrasos forzosos o inasistencia de su hijo al plantel.
Mantenerse en contacto con la institucin para hacer el seguimiento
del rendimiento escolar y el comportamiento de su hijo.
Asistir a la entrega de informes acadmicos en las fechas
programadas por lainstitucin.
Informar oportunamente a la institucin cambio de direccin, telfono
y desvinculacin de su hijo a la E.P.S o retiro de la
institucin.
Tener un trato respetuoso y cortes con todo los miembros de la
comunidad educativa
MANUAL DE FUNCIONES
El gobierno escolar est formado por:
(Ley 115/94, art.142 y decreto 1860/94, art.19 y 20).
El consejo directivo
El rector
El consejo acadmico
Adems, el gobierno escolar contara con los siguientes
organismos:
Por los estudiantes:
El consejo de estudiantes (decreto 1860/94, art.29).
El representante de los estudiantes (Ley 115, art.94 y decreto
1860, art.28).
La asociacin de ex estudiantes (decreto 1860, art.21, numeral
5).
Padres de familia:
La asociacin de padres de familia (cdigo del menor, art.315; corte
constitucional sentencia 041 de febrero 31/94, art.30).
El consejo de padres de familia (decreto 1860, art.31).
CONSEJO DIRECTIVO
(Ley 115/94, art.143)
El consejo directivo est formado por:
El rector de la Institucin Educativa, quien lo presidir y
convocara.
Un representante de los docentes por cada seccin.
Un representante de los estudiantes que este cursando el ltimo
grado que ofrezca la institucin.
Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la junta
directiva de dicha asociacin de la institucin. Uno deber ser
miembro de la misma y el otro, miembro de consejo de padres de
familia.
Un representante de los ex estudiantes o en su defecto quien haya
ejercido en el ao inmediatamente anterior el cargo de representante
de los estudiantes.
Un representante del sector productivo.
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
(Ley 115/94, art.142 inciso 3, y 144; y decreto 1860, art.23)
Las funciones del consejo directivo sern las siguientes:
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institucin
y que no estn delegadas o atribuidas como competencia a otra
autoridad en el presente manual o en las formas educativas
vigentes.
Promover y participar en la elaboracin del Proyecto Educativo
Institucional (PEI), adoptarlo y someterlo a la consideracin de la
Secretaria de Educacin respectiva
o del organismo que haga sus veces para que lo verifique.
Participar en la determinacin del currculo y del plan de estudio
como parte integrante del PEI y registrarlos ante la entidad
pertinente.
Promover la evaluacin y actualizacin permanente del PEI y decidir
sobre las propuestas de modificacin que se le presente, previa
consulta con el consejo acadmico, para lo cual deber seguirse el
procedimiento establecido en el art.15 del decreto 1860 de 1994 o
en las normas que lo modifique, adicionen o complementen.
Promover la elaboracin de Manual de Convivencia de la Institucin y
adoptarlo. Crear las reglamentaciones internas pertinentes a fin de
ponerlo en prctica, hacerlo cumplir y servir la mxima autoridad de
la adopcin de las reformas que se le introduzcan.
Determinar criterios de seleccin, admisin y permanencia de los
estudiantes en el colegio.
Establecer estmulos y sanciones para el ptimo desarrollo acadmico y
social del estudiante, de acuerdo con su competencia.
Participar en la evaluacin de los docentes, directivos docentes y
personal administrativo de la institucin y hacer las
recomendaciones o tomar los correctivos a que haya lugar.
Recomendar criterios de participacin de la institucin en
actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas,
axial como regular las relaciones de cooperacin y compromiso con
otros establecimientos educativos o con asociaciones, federaciones,
confederaciones, fusiones, uniones, etc.
Decidir sobre el plan anual de actualizacin acadmica del personal
docente presentado por el rector.
Reglamentar los procesos electorales que deben darse al interior de
la institucin respecto del desarrollo del gobierno escolar.
Darse su propio reglamento.
EL RECTOR Y SUS FUNCIONES
(Ley 715 de diciembre 21 de 2001, art.10).
Del rector depende el coordinador, la secretaria, la tesorera, el
portero y las personas de servicios generales.
Es el orientador del proceso educativo. En tal calidad, adems de
las actividades que les corresponde realizar de acuerdo con lo
previsto en el Reglamento Interno de Trabajo o
Manual de Funciones de la Institucin, en el Manual de Convivencia y
en otras normas vigentes; con relacin al gobierno escolar, tiene
las siguientes:
Teniendo en cuenta el articula 25 de decreto 1860 de 1994 y la ley
715 de 2001, es competencia del rector.
Orientar la ejecucin del Proyecto Educativo Institucional y aplicar
las decisiones del gobierno escolar.
Velar por el buen cumplimiento de los recursos necesarios para una
educacin con calidad.
Liderar los proyectos de mejoramiento de la calidad de la educacin
que se imparte en el colegio.
Mantener activas las relaciones educativas y la comunidad en
general, para el progreso continuo en la parte formativa y acadmica
de los educandos, como tambin un mejoramiento en la calidad de
vida.
Establecer los canales de comunicacin entre los estamentos de
comunidad educativa.
Orientar el proceso educativo con su asistencia al Consejo
Acadmico.
Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los
reglamentos y el Manual de Convivencia.
Planear y promover actividades que beneficien socialmente a la
institucin teniendo en cuenta la comunidad educativa.
Aplicar los decretos, circulares y disposiciones que se expidan por
parte del estado en lo pertinente al servicio educativo y las dems
funciones afines con los anteriores que atribuyen el PEI
Presidir el Consejo Directivo y el Consejo acadmico de la
Institucin y coordinar los distintos rganos del gobierno
escolar.
Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la
comunidad escolar.
Formular planes anuales de accin y de mejoramiento de calidad, y
dirigir su ejecucin.
Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos
interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
Administrar el personal asignado a la institucin en lo relacionado
con las novedades y los permisos.
Participar en la definicin de perfiles para la seleccin del
personal docente, y en su seleccin definitiva.
Realizar la evaluacin anual de desempeo de los docentes, directivos
docentes y administrativos a su cargo.
Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control
interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
Proponer a los docentes que sern apoyados por recibir
capacitaciones.
Suministrar informacin oportuna al municipio de acuerdo con sus
requerimientos.
Responder por la calidad de las prestaciones del servicio en su
institucin.
Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institucin al menos
cada seis meses.
Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por
incentivos se le asignen, en los trminos de ley.
Publicar una vez al semestre en lugares pblicos y comunicar por
escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada
asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de
ellos.
Las dems que le asigne el alcalde para la correcta prestacin del
servicio.
CONSEJO ACADMICO
(Ley 115/94, art.145 y decreto 1860/94, art.24).
El Consejo acadmico estar integrado por:
El rector de la Institucin Educativa quien lo presidir.
Los coordinadores de cada una de las secciones de la institucin
educativa.
Un docente por cada rea o grado definido en el plan de
estudio.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADMICO
(Decreto 1860/94, art.24).
El Consejo acadmico tendr las siguientes funciones:
tomar las decisiones que afecten el funcionamiento acadmico de la
institucin, resolver los conflictos acadmicos que se presenten
entre docentes y de estos con los estudiantes, de acuerdo con su
competencia y el conducto regular establecido.
Elaborar y presentar el Consejo Directivo durante el tiempo de
plantacin institucional anual del programa de capacitacin docente y
las necesidades de ayuda y recursos didcticos requeridos por cada
una de las secciones y reas.
Fijar los criterios y disear los instrumentos necesarios para la
evaluacin acadmica del proyecto educativo institucional, hacerlos
cumplir y revisar su eficacia peridicamente.
Servir de rganos consultor del Consejo Directivo en la propuesta
del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I) y sugerir los ajustes
acadmicos necesarios.
Estudiar el currculo y propiciar su continuo mejoramiento,
introduciendo las modificaciones y ajustes que sean del caso.
Organizar el plan de estudio y orientar su ejecucin.
Disear la poltica, filosofa, estrategias e instrumentos de todas
las etapas del proceso de aprendizaje (conocido como
enseanza-aprendizaje), de acuerdo con las normas generales dadas
por las autoridades educativas y las previstas en el Proyecto
Educativo Institucional y velar por su ejecucin.
Integrar los comits de docente que sean necesarios para la
evaluacin peridica del rendimiento y la promocin de los educandos,
asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de
evaluacin.
Establecer estimulo de carcter acadmico para docentes y estudiantes
y colaborar en la bsqueda de recursos econmicos para su cubrimiento
cuando ello sean necesario.
Las dems funciones a fines o complementarias que le sean atribuidas
en el Proyecto Educativo Institucional, o las que le sean delegadas
por otras instancias competentes.
COMISIN DE EVOLUCIN Y PROMOCIN
El Consejo acadmico conformara, una comisin de evaluacin y promocin
integrada por los docentes, un representante de los padres de
familia que no sea docente de la institucin, el coordinador y el
rectorquien lo convocara o presidir, con el fin de definir la
promocin de los estudiantes y hacer recomendaciones de actividades
de refuerzo y nivelaciones para estudiantes que presenten
dificultades.
REQUISITOS PARA OBTENER EL TTULO DE BACHILLER (ACADMICO)
TTULO DE BACHILLER: se otorga a quienes cumplan con los siguientes
requisitos:
No presentar reas con desempeo bajo.
No tener reas pendientes de otros Clei.
No acumular faltas de asistencia injustificadas por ms de 25 por
ciento a las actividades acadmicas de la institucin
Haber cumplido con 80 horas de Servicio Social Estudiantil
Obligatorio
Certificar50 horas de estudio y anlisis de la Constitucin Poltica
de Colombia.
Presentar las pruebas ICFES Saber 11.
Cumplidos los requisitos anteriores, para la entrega del diploma y
acta de grado el estudiante debe:
Contar con tarjeta de identidad o cdula de ciudadana
Tener los certificados de estudio desde quinto de educacin bsica
primaria hasta la educacin media.
CEREMONIA DE GRADUACIN.
La institucin nunca ha analizado ni contemplado posibles casos que
ameriten para que un graduando no asista a la proclamacin de
bachilleres; en caso de presentarse casos excepcionales (estudiante
en el que no se observan cambios positivos en su comportamiento o
estudiantes que presentenreas con desempeo bajo) sera el Consejo
Directivo el encargado de analizar la falta o situacin y tomar la
determinacin necesaria, consistente en la no asistencia del
estudiante a la ceremonia de proclamacin de bachilleres.
REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES
En el colegio asistirn bsicamente tres instituciones de
representantes de los estudiantes:
El consejo de los estudiantes. (Decreto 1860/94, art.29).
El personero de los estudiantes. (Ley 115/94, art.94 y decreto
1860, art.28).
El representante de los estudiantes. (Ley 115, art.93).
El representante de los estudiantes ex estudiantes. (Ley 115/94,
art.143 decreto 1860, art.21).
Pargrafo 1. DEL CONSEJO DE LOS ESTUDIANTES
(Decreto 1860/94, art.29).
En el mximo organismo colegiado de participacin de los estudiantes,
estar integrado por los voceros representantes de cada uno de los
grupos que ofrece el (colegio). Para tal designacin, el consejo
directivo deber convocar dentro de las cuatro primeras
semanas
del calendario acadmico, a sendas, asambleas integradas por los
estudiantes de cada grado, con el fin de que elijan de su seno y
mediante votacin su vocero estudiantil para el ao colectivo en
curso. Los estudiantes de nivel preescolar y de los tres primeros
grados de primaria sern convocados a una asamblea para elegir un
vocero nico entre los estudiantes que cursen el tercer grado.
Al consejo de estudiantes le corresponde darse su propia
organizacin interna, realizar las actividades afines o
complementarias que se le atribuyan, elegir y asesorar al
representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
Pargrafo 2. DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
(Ley 115/94, art.94 y decreto 1860, art.28).
El personero de los estudiantes ser un estudiante que curse el
ltimo grado que la institucin ofrece y estar encargado de propiciar
el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes,
consagrados en la Constitucin poltica de Colombia, las leyes, los
reglamentos y en el presente Manual, de acuerdo con ello, en otras
tendr las siguientes funciones:
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los
estudiantes, para lo cual podr, utilizar los medios de comunicacin
interna del establecimiento;
pedir la colaboracin del Consejo de Estudiantes y organizar foros,
seminarios u otra forma de deliberacin.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentes los educandos
sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona
de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los
estudiantes.
Presentar ante el rector, el director administrativo o ante la
instancia competente, las solicitudes propias o a peticin de
terceros que consideren
necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el
cumplimiento de los deberes.
Representar los recursos ordinarios o extraordinarios encargados de
la ley o en el Manual de Convivencia, ante los funcionarios o
instancias correspondientes, respecto de las decisiones que nieguen
o no satisfagan completamente las peticiones realizadas.
El personero de los estudiantes ser elegido dentro de los treinta
das calendario siguiente al de la iniciacin de clases de cada
periodo lectivo.
Para tal efecto el rector convocara todos los estudiantes
matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayora simple
y mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es
incompatible con el representante de los estudiantes ante el
consejo directivo.
Pargrafo 3. DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES
(Ley 115/94, art.93).
El representante de los estudiantes es un estudiante perteneciente
al ltimo grado que ofrezca la institucin o quien ocupe el segundo
puesto en votacin en la elecciones para personero escolar.
Pargrafo 4. DE LA ASOCIACIN DE EX ESTUDIANTE
(Decreto 1860/94, art.21, numeral 5).
Es el organismo que agrupa a los ex estudiantes de la institucin y
que fundamentalmente servir de apoyo, gua y colaboracin con que
hacer institucional en beneficio de los estudiantes a travs de su
representante en el consejo directivo.
Teniendo en cuenta el articula 25 de decreto 1860 de 1994 y la ley
715 de 2001, es competencia del rector.
Orientar la ejecucin del Proyecto Educativo Institucional y aplicar
las decisiones del gobierno escolar.
Velar por el buen cumplimiento de los recursos necesarios para una
educacin con calidad.
Liderar los proyectos de mejoramiento de la calidad de la educacin
que se imparte en el colegio.
Mantener activas las relaciones educativas y la comunidad en
general, para el progreso continuo en la parte formativa y acadmica
de los educandos, como tambin un mejoramiento en la calidad de
vida.
Establecer los canales de comunicacin entre los estamentos de
comunidad educativa.
Orientar el proceso educativo con su asistencia al Consejo
Acadmico.
Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los
reglamentos y el Manual de Convivencia.
Planear y promover actividades que beneficien socialmente a la
institucin teniendo en cuenta la comunidad educativa.
Aplicar los decretos, circulares y disposiciones que se expidan por
parte del estado en lo pertinente al servicio educativo y las dems
funciones afines con los anteriores que atribuyen el P.E.I
EL COORDINADOR Y SUS FUNCIONES
Es un cargo administrativo que depende directamente del rector, le
corresponde administrar la parte acadmica y comportamiento de los
estudiantes, docentes de la institucin.
Son funciones del Coordinador General:
Elaborar con el rector, lo relacionado con la planeacin y evolucin
institucional.
Ser partcipe del comit curricular e institucional.
Dirigir la planeacin y programacin acadmica y comportamental, de
acuerdo con los objetivos y criterios curriculares planteados en el
P.E.I.
Organizar los docentes por reas de acuerdo con su especialidad y
con las normas vigentes, como tambin coordinar sus acciones, para
alcanzar los objetivos propuestos.
Establecer canales de comunicacin entre directivos, asesores,
estudiantes y padres de familia.
Colaborar con el rector en la asignacin de la carga acadmica de los
docentes y definir las direcciones de los CLEI.
LA PARTICIPACIN DE LOS DOCENTES EN EL GOBIERNO ESCOLAR
En la institucin Educativa preuniversitario de bello, el cuerpo
docente tiene las posibilidades de colaborar con el gobierno
escolar de la siguiente manera:
Consejo de profesores: Es la reunin de todos los docentes para
tomar decisiones en las que favorezcan de acuerdo a sus deberes y
derechos.
Representante de los docentes al consejo directivo: deben ser 2
docentes elegidos democrticamente por todo el consejo de
profesores
Jefe de rea: son los profesores de cada una de las reas que se
encargan de coordinar las actividades
Representante de los docentes ante el consejo Acadmico: Lo
conforman un representante por cada una de las reas bsicas del
conocimiento
DIRECTORES DE LOS CLEI
Son aquellos docentes que tienen como objetivo principal el de
crear, orientar y formar en valores a los estudiantes que le sean
asignados, como tambin el promover actividades de carcter social,
cultural y didcticas, que les sirvan para mejorar el nivel acadmico
de su grupo o cargo.
FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE CLEI O GRUPO
Son funciones de los docentes o directores de Clei las
siguientes:
Practicar de manera eficiente en la planeacin y elaboracin de su
proyecto pedaggico asignado.
Preparar y ejecutar un programa de funcin para los estudiantes que
le fue confiada su direccin y orientacin.
Realizar acciones de carcter formativo y hacer un buen seguimiento
de los efectos en los estudiantes.
Orientar a sus estudiantes en la toma de decisiones en lo
relacionado con el comportamiento y aprovechamiento acadmico.
Ayudar a la solucin, pacificacin de aquellas situaciones
conflictivas que se presentan en sus estudiantes dando la solucin
ms adecuada que satisfaga a las partes involucradas en el
conflicto.
Rendir peridicamente un informe de las actividades y programas
realizados con sus estudiantes.
Estar muy pendiente de las dificultades e inquietudes de sus
estudiantes para darle una solucin adecuada.
SECRETARIA ACADMICA
La secretaria de la institucin depende directamente del Sr. Rector.
Le corresponde llenar de manera muy eficiente el registro y control
de todos los aspectos legales del colegio.
Son funciones de la secretaria:
Programar y organizar las actividades de su cargo.
Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrcula,
calificaciones.
Colaborar en la organizacin y ejecucin del proceso de
matrcula.
Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y
administrativos.
Mantener ordenada y actualizada la documentacin de los estudiantes
y personal docente y administrativo.
Llevar el registro de servicio de los funcionarios de la
institucin.
Colaborar con el rector en la elaboracin de informes
estadsticos.
Gestionar ante la secretaria de la institucin el registro de libros
reglamentarios, certificados de estudio y trmite de diplomas.
Organizar funcionalmente el archivo y elaborar los certificados que
le sean solicitados.
Refrendar con su firma las certificaciones expendidas por el rector
del plantel.
Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los
equipos y materiales confiados a su cargo.
Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo con
la naturaleza de su cargo.
EL PORTERO
Es una persona que depende directamente del rector. Le corresponde
realizar tareas de vigilancia y control del plantel.
Sus funciones:
Ejercer vigilancia en las reas o zonas que hayan sido
asignadas.
Controlar la entrada y salida de las personas y objetos del
plantel
Velar por el buen estado y conservacin de los elementos de
seguridad e informar oportunamente las anomalas detectadas.
Velar por la conservacin y seguridad de los bienes del
plantel.
Consignar en los registros de control, las anomalas detectadas en
su turno e informar sobre las mismas.
Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo con
la naturaleza de su cargo.
PERSONAL DE APOYO O SERVICIOS ESPECIALES
Este personal depende directamente del rector. Les corresponde
atender el mantenimiento del plantel.
Son funciones del personal de apoyo:
Responder por el aseo y cuidado de las zonas o reas que le sean
asignadas.
Responder por los elementos utilizados para la ejecucin de sus
tareas.
Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o con los
equipos bajo su cuidado y responsabilidad.
Informar a su inmediato superior sobre anomalas e irregularidades
que se presenten.
Cumplir la jornada laboral de trabajo legalmente establecida.
Cumplir con las dems funciones que le sean asignadas de acuerdo a
la naturaleza de su cargo.
LA TESORERA
Es una persona que depende directamente del rector.
Sus funciones:
Atender cordialmente a todas aquellas personas que requieren de sus
servicios.
Programar, elaborar, ejecutar y controlar el presupuesto del
plantel en coordinacin con el rector.
Velar por la custodia y el buen manejo de los fondos de la
tesorera.
Realizar el pago oportuno por concepto de honorarios de los
asesores y de los empleados del plantel.
Llevar en forma ordenada los registros de control de ingresos y
egresos.
Analizar y conceptuar sobre los estados financieros y
presupuestales y proponer cambios procedimientos de
operaciones.
Efectuar arqueos peridicos de caja.
Efectuar y mantener actualizados los registros en los libros de
contabilidad o en el sistema.
Administrar los bienes y propiedades del plantel y mantener el
sistema de inventario.
Rendir informes peridicos de las actividades desarrolladas a la
gerencia de la institucin.
Atender bien al pblico y suministrar la informacin que le sea
solicitada en forma oportuna.
Las dems funciones propias de su cargo que le asigne el superior
inmediato.
EL GOBIERNO ESCOLAR
De acuerdo con el decreto de 1860 del 3 de agosto de 1994 en su
artculo 19 y segn lo dispuesto en el artculo 142 de la ley general
de educacin (Ley 115) y segn el artculo 68 de la constitucin
poltica nacional, la institucin Educativa preuniversitario de
bello, conformara su gobierno escolar de la siguiente manera:
CONSEJO DIRECTIVO
Es el mximo organismo administrativo de la institucin. Est
integrado por
El rector del establecimiento quien lo convoca y preside.
Dos representantes de los docentes de la institucin.
Un representante de los padres de familia.
Un representante de los estudiantes.
Un representante de los exestudiantes o egresados de la
institucin.
Un representante del sector productivo.
CONSEJO ACADMICO
Es un organismo que exclusivamente maneja todo lo correspondiente a
la parte acadmica. Este estamento tiene dentro de sus funciones el
de servir como rgano consultor del consejo directivo, estudiar y
organizar el currculo de la institucin, organizar el plan de
estudios y su ejecucin y participa en la evaluacin institucional
entre otras funciones.
PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
Es el representante encargado de promover el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes que estn consagrados en la
constitucin nacional, en las leyes y reglamentos MEN y en el manual
de convivencia.
El personero estudiantil deber ser elegido con los 30 das de
calendario siguiente a la iniciacin de clases por un periodo
lectivo de un ao. Este ser elegido democrticamente por todos los
estudiantes de la institucin
DISPOSICIONES GENERALES
Los estudiantes de la institucin Educativa Preuniversitario de
Bello, quienes voluntariamente han ingresado a la institucin,
debern cumplir con todos los requisitos exigidos por el Ministerio
de Educacin Nacional, la Secretaria de Educacin Departamental y
Municipal.
Todos los estudiantes matriculados deben comprometerse en conocer,
respetar y acatar los objetivos y principios de la institucin que
se encuentran contemplados en el presente manual de
convivencia.