Demanda Arbitral Consorcio Terra

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  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    Sec.Exp. Nro.Esc. NCuaderno Principal

    PRESENTA DEMANDA

    SEOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ARBITRAL AD HOC.

    1.- DEMANDANTE

    CONSORCIO TERRA JAV, identifcado con el RUC: 2051212!20 del operador "ri#utario

    se$%n contrato de o#ra, con &o'icilio Real: (r. )ca N **1 &pto. N *0+ -i'a, de#ida'ente

    representado Rafael Edgardo UERRA VARAS! "o# DNI N$ %&&&'()*, acultado se$%n

    C/N"R"/ &E C/NS/RC)/ cele#rado entre CONSORCIO TERRA SOCIEDAD ANONIMA

    CERRADA + CONSORCIO TERRA SAC, con RUC N 20**!25222+ CORPORACION JAV

    SAC, con RUC N 2051212!20 CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA ENMANUEL ,

    LUCIANO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA + COINELU SAC , con RUC N 20*!*+++!

    f3ando &o'icilio Procesal: Ur#ani4acin -a 6ictoria Calle 7oracio 8e9allos &5, distrito ;

    pro9incia de ue las sustentan, considera'os con9eniente @acer una #re9e

    presentacin preli'inar de nuestra de'anda.

    2.2. El Consorcio @a suscrito un contrato de e3ecucin de o#ra de: A

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    estudio de suelos se encuentra desde el olio 5** al 5+5, se o#ser9a >ue en el olio

    552 en el Perfl Estrati$rKfco de la Calicata C01 el consultor @ace la &escripcin del

    suelo co'o si$ue: LM Ma2er3al de "olora"34# ro536o o7"8ro! de 9ed3a#a

    :la723"3dad 78elo "o# :re7e#"3a de ro"a7 9a;ore7 a )< =)%>? a 9a;or

    :rof8#d3dad 7e e#"8e#2ra 8# e72ra2o ro"o7o de f@"3l d37grega"34# 7eg# la

    3#7:e""34# 378al 7e 2ra2a de 8# e72ra2o de ro"a l8232a< ,por cuanto insitu son

    de otro tipo de Perfl estrati$rKfco, lo >ue 'oti9 la parali4acin de la 'is'a, siendo

    este un @ec@o ortuito ; a3eno a nuestra 9oluntad

    2.5. Sin e'#ar$o, cuando los presentes @ec@os ueron co'unicados al Jo#ierno Re$ional

    de 7uanca9elica a fn de conse$uir la 9isita del Pro;ectista ; resuel9a dic@a

    inco'pati#ilidad solicitada se$%n la Carta NB 0*201C"(OREJ6OR-., del 05 de $osto

    del 201, no o#teniendo respuesta al$una.

    2.+. En esa l?nea ; en uso de los 'ecanis'os de resolucin de conictos >ue ran>uea la

    -e; de Contrataciones del Estado, se procedi al inicio de consultas de ocurrencias

    de /#ra. No o#stante pese a toda la 9oluntad >ue se tu9o en conse$uir una solucin

    ar'oniosa, de la cual consta en el cta reali4ada en la Co'unidad de Erapata en

    presencia de las utoridades del Centro Po#lado de Erapata ; por el Jo#ierno

    Re$ional de 7uanca9elica el r>B Qredd; In$el Rui4 pacclla L&irector Re$ional de

    Super9isin ; -i>uidacin el )n$B 8si'o Qred; Perales "o9ar LB &arin )sidoro &olorier -i4ana LSuper9isor de /#ra ; por el Consorcio "erra (a9

    el Sr. Carlos l#erto Fuispe CKrdenas, donde se lle$a a un acuerdo entre a'#as

    partes de dar inicio a los tra#a3os por parte de la Contratista ; por parte de la Entidad

    en otor$ar 'pliacin de Pla4o ; dicional de /#ra. -a presente precisin se @ace a

    fn de acreditar @a#erse cu'plido con el re>uisito pre9io a la presentacin de la

    de'anda.

    2.. Qinal'ente, es 'u; i'portante acotar >ue el Contratista @a cu'plido ca#al'ente

    con sus o#li$aciones contractuales ad>uiridas, e3ecutando la o#ra si$uiendo las

    expresas indicaciones del propietario de la 'is'a o del Super9isor. Si se procedi a la

    suspensin de las la#ores, ue teniendo en consideracin la se$uridad ; la correcta

    construccin de una #uena )nraestructura Educati9a. En todo 'o'ento, el

    Contratista @a actuado con dili$encia ; responsa#ilidad, 'anteniGndose encu'pli'iento de sus o#li$aciones ; $aranti4ando la uncionalidad ; se$uridad de la

    o#ra a pesar de las situaciones ad9ersas >ue @a de#ido enrentar.

    ).- NOMBRE DIRECCION DOMICILIARIA DEL DEMANDADO

    OBIERNO REIONAL DE HUANCAVELICA, en la persona de su representante le$al, con

    do'icilio le$al en el (r. "orre "a$le NB +, &istrito, Pro9incia ; &eparta'ento de

    7uanca9elica:

    *.- COMPETENCIA ARBITRAL

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    4.1. -a aplica#ilidad del ar#itra3e al presente caso estK dada por expresa indicacin de la

    clKusula dGci'a octa9a del Contrato de /#ra suscrito por las partes:

    CLAUSULA DECIMA OCTAVA SOLUCION DE CONTROVERSIAuiera de las partes tiene el derec@o a iniciar el ar#itra3e ad'inistrati9o a fn de

    resol9er las contro9ersias >ue se presenten durante la etapa de e3ecucin contractual

    dentro del pla4o de caducidad pre9isto en los art?culos 1*, 1!!, 201, 20!, 210 ; 212

    del Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del estado o, en su deecto, en el

    art?culo 52 de la -e; de Contrataciones del Estado.

    Qacultati9a'ente, cual>uiera de las partes podrK so'eter a conciliacin la reerida

    contro9ersia, sin per3uicio de recurrir al ar#itra3e en caso no se lle$ue a un acuerdo

    entre a'#as, se$%n lo sealado en el art?culo 21* del Re$la'ento de la -e; de

    Contrataciones del estado.

    El laudo ar#itral e'itido es defniti9o e inapela#le, tiene el 9alor de cosa 3u4$ada ; se

    e3ecuta co'o una sentencia.

    -os procesos de Conciliacin ; r#itra3e, >ue se lle9en a ca#o conor'e a la presente

    clausula, de#erKn reali4arse o#li$atoria'ente en la 3urisdiccin del &eparta'ento de

    (un?n.

    *.2. &e i$ual or'a, se tiene >ue proceder se$%n las nor'as del "exto Tnico /rdenado de

    la -e; de Contrataciones ; d>uisiciones del Estado, apro#ado por &. S. N 0

    200*PC%%'-'%1)GOB.RE.HVCAGCEP, cele#rado entre la solicitante ; el de'andado con ec@a 1+

    de 'a;o del 201, >ue indica el con9enio ar#itral ; el Acta de ceptacin de solicitud de

    ar#itra3e, de ec@a 20 de no9ie'#re del 201*, entre la Procuradur?a del Jo#ierno Re$ional

    de 7uanca9elica ; el apoderado del Contratista, en la cual se acord el so'eti'iento de la

    contro9ersia sur$ida entre las partes, ante el Centro de r#itra3e d 7oc ; >ue la contro9ersia

    sea, as? 'is'o so'etida a la co'petencia de un "ri#unal r#itral de acuerdo a su

    re$la'ento, pidiendo >ue se tra'ite conor'e a su procedi'iento todas ; cada una de la

    pretensiones or'uladas, con expresa condena de pa$o de costos del presente ar#itra3e.

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    PRIMERA PRETENSION PRINCIPAL

    Se declare la N8l3dad ;Go INEICACIA de la Carta Notarial N 0!*

    201OJ/.REJ.76COJJR/R, del 25 de No9ie'#re del 201, notifcada a nuestro do'icilio

    le$al, en todos sus extre'os al Contrato de E3ecucin de /#ra N 01201/R

    SEUNDA PRETENSION PRINCIPAL

    Se nos otor$ue la 'pliacin de Pla4o NB 02 por +! d?as calendario por la presencia de roca

    en el terreno donde se 9en?a e3ecutando la o#ra ;, se nos otor$ue el reconoci'iento ; pa$o

    de los respecti9os $astos $enerales co'o consecuencia de la a'pliacin de pla4o ; ade'Ks

    se declare la N8l3dad ;Go INEICACIA la Resolucin NB1005O201OJ/.REJ76COJJR del

    05 de No9ie'#re del 201, declarando i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 02.

    TERCERA PRETENSION PRINCIPAL

    Se nos otor$ue la 'pliacin de Pla4o NB 0 por +! d?as calendario por la presencia de roca

    en el terreno donde se 9en?a e3ecutando la o#ra ;, se nos otor$ue el reconoci'iento ; pa$o

    de los respecti9os $astos $enerales co'o consecuencia de la a'pliacin de pla4o ; ade'Ks

    se declare la N8l3dad ;Go INEICACIA la Resolucin NB102O201OJ/.REJ76COJJR del

    0 de No9ie'#re del 201.

    CUARTA PRETENSION PRINCIPAL

    Se nos otor$ue el dicional de /#ra por la presencia de roca en el terreno donde se 9en?a

    e3ecutando la o#ra ;, se nos otor$ue dic@o adicional por @a#er eectuado tra#a3os de9oladura por 00.00 '.

    UINTA PRETENSION PRINCIPAL

    Fue la otra parte asu'a las costas ; costos del proceso ar#itral.

    .- HECHOS MATERIA DE LA PRESENTE CONTROVERSIA

    +.1. Con ec@a 1+ de deri9ada de laAd58d3"a"34# D3re"2a P8Fl3"a N$ %%'-'%1)GOB.RE.HVCAGCEP, por un

    'onto de SO. 1, 22!,55.55, ente el Jo#ierno Re$ional de 7uanca9elica ; el Consorcio, por un

    pla4o de e3ecucin de 150 d?as calendario.

    +.2. El d?a 05 de a$osto del 201, se presenta la carta NB 0*201C"(OREJ6OR-., por la cual

    se co'unica la )NC/

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    +.*. El d?a 0! de setie'#re del 201, se presenta la carta NB 00201C"(OREJ6OR-., por la

    cual se solicita a'pliacin de pla4o NB 01.

    +.5. El d?a 12 de setie'#re del 201, se presenta la carta NB 00201C"(OREJ6OR-., por la

    cual se solicita a#sol9er la consulta de ocurrencia de o#ra NB 02.

    +.+. El d?a 0 de octu#re del 201, se presenta la carta NB 00!201C"(OREJ6OR-., por la

    cual se solicita a#sol9er las consultas de ocurrencias de o#ra NB 01 ; 02 as? ta'#iGn so#re la

    )NC/ue

    se dispone la aplicacin de una penalidad al Contrato de E3ecucin de /#ra N 01201

    /R, para el Me5ora93e#2o de lo7 Ser3"3o7 Ed8"a23o7 e# la I#72328"34# Ed8"a23a

    I#3"3al N$ (1& del C.P. Era:a2a! D372r32o de a8l3! Pro3#"3a ; De:ar2a9e#2o de

    H8a#"ael3"a

    del Contrato de E3ecucin de /#ra N 01201/R A

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    Fue la entidad ; el contratista @an suscrito un Aacta de ceptacin de solicitud de ar#itra3e,

    de ec@a 21 de enero del 201*, entre la Procuradora Pu#lica Re$ional ; el apoderado del

    Contratista, en la cual se acord el so'eti'iento de la contro9ersia sur$ida entre las partes,

    ; >ue la contro9ersia sea, as? 'is'o so'etida a la co'petencia de un "ri#unal r#itral d

    7oc. &ocu'ento >ue aco'paa'os al presente.

    NORMAS APLICABLE AL PROCESO LE DE ARBITRAJE

    -a -e; Jeneral de r#itra3e L-e; 2+52 dispositi9o a tra9Gs del cual se defnieron las pautas

    procedi'entales #Ksicas para la aplicacin eecti9a del r#itra3e en el Per% co'o 'ecanis'o

    de solucin de contro9ersias.

    -a nor'a en co'entario, cu'ple con re$ular de 'anera apropiada di9ersos aspectos

    trascendentales >ue ri$en el Siste'a r#itral, tales co'o: las 'aterias >ue pueden ser

    so'etidas a ar#itra3e, tipos de ar#itra3e, caracter?sticas de los con9enios ar#itrales, el

    procedi'iento ar#itral, acultades ; o#li$aciones de las partes as? co'o de los Kr#itros, entre

    otros aspectos.

    So#re el te'a 'ateria de anKlisis, considera'os con9eniente citar al$unos art?culos

    contenidos en la reerida -e;, >ue @an sustentado ; per'itido una participacin eecti9a del

    Estado en procesos ar#itrales Lco'o parte a fn de solucionar contro9ersias sur$idas en

    9irtud a relaciones patri'oniales Lcontrataciones p%#licas >ue 'antienen con terceros, sean

    Gstos nacionales o extran3eros.

    Con reerencia a ello el art?culo 1ro de la -e;, precisa cuKles son las 'aterias >ue pueden serso'etidas a ar#itra3e ; cuKles de 'anera taxati9a.

    Por su parte, el art?culo 2 de la 'is'a @ace reerencia expresa al Aar#itra3e del Estado,

    entendiendo a esta f$ura co'o la participacin del Estado L; las personas de derec@o

    p%#lico >ue la conor'an en procesos ar#itrales a eectos de solucionar conictos deri9ados

    de los contratos suscritos con particulares.

    Considera'os i'portante resaltar la i'portancia >ue recae en este art?culo, al conerir a las

    instituciones estatales la acultad de poder :a"2ar "o# 2er"ero7! l3Fre9e#2e ; 73#

    re83732o de :re3a a82or36a"34# alg8#a, >ue las contro9ersias deri9adas de los contratos

    >ue cele#ren con Gstos Lsean nacionales o extran3eros do'iciliados en el Per% sean

    so'etidos a ar#itra3e situacin >ue eli'ina de ra?4, potenciales de'oras #urocrKticas en las

    >ue podr?an encontrarse su3etas las entidades del Estado para la o#tencin de autori4aciones

    >ue le per'itan poder optar por esta 9?a de solucin de conictos.

    En tal sentido ; de acuerdo a los antecedentes ; a la nor'ati9idad actual'ente 9i$ente se

    per'ite la participacin del Estado en procesos ar#itrales a eecto de solucionar

    contro9ersias >ue pudieren deri9arse de relaciones contractuales con terceros Lsean Gstos

    nacionales o extran3eros.

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    Nor9a a:l3"aFle AL PRESENTE PROCESO ES EL TEKTO NICO ORDENADO DE LA LE

    DE CONTRATACIONES ADUISICIONES DEL ESTADO D.S. N %&)-'%%*-PCM DS

    N %&*-'%%*-PCM! Regla9e#2o de la Le; de Co#2ra2a"3o#e7 ; Ad8373"3o#e7

    !TITULO V! SOLUCIN DE CONTROVERSIAS E IMPUNACIONES e7:e""a9e#2e

    Ca#e precisar >ue, si #ien es cierto, el K'#ito de aplicacin de la nor'a recae en todos los

    su3etos esta#lecidos en la nor'a, el e'pleo de la 9?a ar#itral co'o 'ecanis'o de solucin

    de conictos, entre el Estado ; los particulares, re>uiere >ue pre9ia'ente el postor ad>uiera

    la calidad de contratista Les decir, >ue al 'o'ento en >ue sur3a una contro9ersia entre las

    partes, pre exista una contrato cele#rado entre la Entidad ; el Postor. Caso contrario, la 9?a

    ar#itral no ser?a la aplica#le >uedando en 'anos del Estado o del postor resol9er sus

    dierencias o recla'aciones ante la 9?a ad'inistrati9a:

    En eecto, conor'e lo dispone el art?culo 5 de la -e; durante todo el proceso de seleccin

    Lel 'is'o >ue se inicia con la pu#licacin de las #ases ; @asta antes de la ec@a de

    suscripcin del Contrato Lfn de la etapa de seleccin, la 9?a >ue corresponde para la

    solucin de cual>uier tipo de recla'acin Lcontro9ersia recae exclusi9a'ente en la esera

    ad'inistrati9a constitu;endo co'o %lti'a instancia de Gsta el "ri#unal de d>uisiciones ;

    Contrataciones del Estado.

    En tal sentido, 9encido el proceso de seleccin ; sola'ente una 9e4 cele#rado el respecti9o

    Contrato entre la Entidad ; el Postor La@ora contratista, la 9?a o#li$atoria esta#lecida por la

    -e; ; el Re$la'ento serK la r#itral.

    Ar2"8lo ).- Sol8"34# de "o#2roer73a7.-

    5.1 El "ri#unal de Contrataciones ; d>uisiciones del Estado constitu;e la %lti'a instancia

    ad'inistrati9a ; sus resoluciones son de cu'pli'iento o#li$atorio. -os precedentes de

    o#ser9ancia o#li$atoria serKn declarados expresa'ente, conor'e lo dispon$a el

    Re$la'ento.

    5.2 -as contro9ersias >ue sur3an entre las partes so#re la e3ecucin, interpretacin,

    resolucin, inexistencia, inefcacia o in9alide4 del contrato, se resol9erKn 'ediante

    conciliacin ;Oo ar#itra3e, se$%n el acuerdo de las partes, de#iendo solicitarse el inicio de

    estos procedi'ientos en cual>uier 'o'ento anterior a la cul'inacin del contrato. Este

    pla4o es de caducidad.

    Si la conciliacin conclu;e con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes de#erKn so'eter

    a ar#itra3e las dierencias no resueltas. El ar#itra3e serK de derec@o ; serK resuelto por un

    "ri#unal r#itral, el 'is'o >ue podrK ser unipersonal o cole$iado. -a desi$nacin de los

    Kr#itros ; de'Ks aspectos de la co'posicin del "ri#unal r#itral serKn re$ulados en el

    Re$la'ento.

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    -os Kr#itros de#erKn cu'plir con el de#er de declarar oportuna'ente si existe al$una

    circunstancia >ue les i'pida actuar con i'parcialidad ; autono'?a. Fuienes incu'plan con

    esta o#li$acin, serKn sancionados conor'e a lo pre9isto en el Re$la'ento.

    Ar2"8lo (.- N8l3dad.-

    El "ri#unal en los casos >ue cono4ca, declararK nulos los actos ad'inistrati9os expedidos

    por las Entidades cuando @a;an sido dictados por r$ano inco'petente, contra9en$an las

    nor'as le$ales, conten$an un i'posi#le 3ur?dico, o prescindan de las nor'as esenciales del

    procedi'iento o de la or'a prescrita por la nor'ati9idad aplica#le, de#iendo expresar en la

    resolucin >ue expida la etapa a la >ue se retrotraerK el proceso.

    El "itular de la Entidad podrK declarar de ofcio la nulidad del proceso de seleccin, por las

    'is'as causales pre9istas en el pKrrao anterior, slo @asta antes de la cele#racin del

    contrato, sin per3uicio de >ue pueda ser declarada por el "ri#unal de Contrataciones ;

    d>uisiciones del Estado en la resolucin reca?da so#re los recursos i'pu$nati9os >ue

    cono4ca.

    &espuGs de cele#rados los contratos slo es posi#le declarar la nulidad de ofcio para eectos

    del art?culo ! L1 de la presente -e; ; cuando se 9erif>ue la trans$resin del principio de

    presuncin de 9eracidad. Esta acultad es indele$a#le.

    TUO de la Le; '&% Ar2"8lo *.- E7:e"3al3dad de la Nor9a ; Delega"34#.-

    *.1. E7:e"3al3dad de la Nor9a: -a presente -e; ; su Re$la'ento pre9alecen so#re las

    nor'as $enerales de procedi'ientos ad'inistrati9os ; so#re a>uellas de derec@o co'%n >ue

    le sean aplica#les. Concordante con el 9i$ente rt?culo 5 del &ecreto -e$islati9o N 101. AEl

    presente decreto -e$islati9o ; su re$la'ento pre9alecen so#re las nor'as de &erec@o

    P%#lico ; so#re a>uellas de derec@o pri9ado >ue les sean aplica#les LM

    -a f$ura de la nulidad en la nor'ati9a so#re contrataciones del Estado @a encontrado su

    'Kxi'o desarrollo en la 3urisprudencia del "ri#unal de Contrataciones, ; ello @a sucedido as?

    desde >ue entr en 9i$encia la -e; 2+50, a@ora dero$ada ; el &ecreto -e$islati9o 101,

    actual'ente 9i$ente, las cuales en torno a la nulidad de los actos ad'inistrati9os @an

    'antenido la 'is'a re$ulacin. -as causales para declarar la nulidad de Gstos estKncontenidos en la propia -e; de Contrataciones, si es >ue Gstas se @an conf$urado en un

    proceso de seleccin 'ientras >ue las causales de nulidad del acto ad'inistrati9o e'itido

    en el 'arco de un procedi'iento ad'inistrati9o sancionador son las >ue se reco$en en la

    -e; 2***, en tanto >ue tienen >ue 9er con los re>uisitos 9alide4 >ue de#e contener a>uGl al

    'o'ento de su e'isin

    PRIMERA PRETENSION PRINCIPAL

    PETITORIO

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    Se declare la N8l3dad ;Go INEICACIA de la Carta Notarial N 0!*

    201OJ/.REJ.76COJJR/R, del 25 de No9ie'#re del 201, notifcada a nuestro do'icilio

    le$al, en todos sus extre'os ; especial'ente en >ue se dispone la aplicacin de una

    penalidad al Contrato de E3ecucin de /#ra N 01201/R.

    UNDAMENTO DE HECHO DE LA PRIMERA PRETENCION PRINCIPAL

    Es necesario situarse en el tie'po a fn de >ue se aprecie la situacin >ue se

    solicita pronuncia'iento del "ri#unal r#itral:

    El Contrato de e3ecucin de /#ra N 01201/R A

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    o El "itular de la Entidad podrK declarar de ofcio la nulidad del proceso de

    seleccin, por las 'is'as causales pre9istas en el pKrrao anterior, 74lo

    a72a a#2e7 de la "eleFra"34# del "o#2ra2o , sin per3uicio de >ue

    pueda ser declarada por el "ri#unal de Contrataciones ; d>uisiciones del

    Estado en la resolucin reca?da so#re los recursos i'pu$nati9os >ue

    cono4ca.o &espuGs de cele#rados los contratos slo es posi#le declarar la nulidad

    de ofcio para eectos del art?culo ! L1 de la presente -e; ; cuando se

    9erif>ue la trans$resin del principio de presuncin de 9eracidad.

    Por ello es >ue pedi'os >ue el "ri#unal declare la Nulidad ;Oo )nefcacia de la Carta

    Notarial N 0!*201OJ/.REJ.76COJJR/R, del 25 de No9ie'#re del 201 de

    conor'idad a las nor'as le$ales aplica#les al caso concreto, consecuente'ente por

    cu'plida las o#li$aciones de nuestra parte, $eneradas co'o consecuencia de la

    suscripcin del contrato de e3ecucin de o#ra,

    SEUNDA PRETENSION PRINCIPAL

    PETITORIO

    Se nos otor$ue la 'pliacin de Pla4o NB 02 por +! d?as calendario por la presencia de roca

    en el terreno donde se 9en?a e3ecutando la o#ra ;, se nos otor$ue el reconoci'iento ; pa$o

    de los respecti9os $astos $enerales co'o consecuencia de la a'pliacin de pla4o ; ade'Ks

    se declare la N8l3dad ;Go INEICACIA la Resolucin NB1005O201OJ/.REJ76COJJR del

    05 de No9ie'#re del 201, declarando i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 02.

    UNDAMENTOS DE LA SEUNDA PRETENSION PRINCIPAL

    Es necesario situarse en el tie'po a fn de >ue se aprecie la situacin >ue se solicita

    pronuncia'iento del "ri#unal r#itral:

  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    de uis de calicata del

    pro;ectista ; una calicata del terreno in situ del pri'er ni9el ; otra calicata del

    terreno en la se$unda plataor'a del se$undo ni9el e9idenciando la presencia de

    roca ra$'entada ; la presencia de roca f3a.

    Con ec@a 2O0O201, con asiento NB *, en cuaderno de /#ra, el Residente

    nue9a'ente seala la presencia de Roca Qi3a.

    El Super9isor de /#ra, en asiento NB *! de ec@a 2O0O201, seala >ue la presencia

    de Roca f3a es una prestacin adicional, sealando textual'ente lo

    si$uiente:M.Respecto a la anotacin del Residente de la existencia de Roca Qi3a se

    trata de prestacin adicional de o#ra, se co'unica al Residente reali4ar el trK'ite

    respecti9o para su apro#acinM.

    Posterior'ente con ec@a 0O0O201, el Resiente de /#ra, 'ediante asiento en

    Cuaderno de /#ra NB 52, descri#e textual'ente lo si$uiente o#ser9acin: A.Se

    /#ser9a >ue al reali4ar las exca9aciones del

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    a#sol9erlas en un pla4o 'Kxi'o de 05 d?as, contados desde el d?a si$uiente de la

    recepcin de la co'unicacin del contratista.

    COMENTARIO. El presente pro;ecto se @a e9idencia >ue @an transcurrido tos

    los pla4os para >ue el Super9isor co'uni>ue a la entidad so#re la consulta ; dea'eritarlo la co'unicacin al Pro;ectista.

    El Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del Estado ta'#iGn seala >ue AM-a

    entidad de#erK dar instrucciones al Contratista a tra9Gs de )nspector o

    Super9isor, sin per3uicio de las acciones >ue adopten contra el pro;ectista, por

    alta de a#solucin de la 'is'a.

    COMENTARIO.- l respecto so#re la consulta @ec@a el Super9isor de /#ra

    reerido a la presencia de Roca Qi3a, lue$o de transcurrido +! d?as calendario Ldel

    20O0+O201 al 2O0O201 se pronuncia sealando >ue AM.Respecto a la

    anotacin del Residente de la existencia de Roca Qi3a, se trata de una prestacin

    adicional de /#ra, se co'unica al Residente reali4ar el trK'ite respecti9o para su

    apro#acin no 'ostrando detalles de a#solucin a la consulta reali4ada, es

    decir la consulta >ueda sin a#sol9er en 9ista >ue posterior'ente con ec@a

    0O0O201, lue$o de 02 d?as calendario 'ediante asiento NB 52 del Residente de

    /#ra seala >ue se si$ue encontrando roca f3a, a@ora en la exca9acin del 'uro

    de contencin ; seala >ue no se responde la consulta reali4ada por la

    Super9isin. En consecuencia se$%n el Re$la'ento de la le; de Contratacionesdel Estado, 9encieron los pla4os para la a#solucin de las consultas, tanto para el

    super9isor de /#ra ; la Co'unicacin al pro;ectista, @ec@o >ue de#i de

    tra'itarse oportuna'ente.

    Qinal'ente el rt. 1!+ del Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del Estado,

    en %lti'o pKrrao seala >ue AMSi, en a'#os casos, 9encidos los pla4os, no se

    a#suel9e la consulta, el contratista tendrK derec@o a solicitar una a'pliacin de

    pla4o contractual por el tie'po correspondiente a la de'ora. Esta de'ora se

    co'putarK solo a partir de la ec@a en >ue la no e3ecucin de los tra#a3os 'ateriade la consulta e'piece a aectar la ruta cr?tica del pro$ra'a de e3ecucin de

    o#ra.

    COMENTARIO.- Co'o se puede apreciar, 9encidos los pla4os para la a#solucin

    de consultas, se puede afr'ar >ue las 'odifcaciones del pro;ecto se inician

    lue$o de in9ocado el @ec@o en 9ista >ue se tratar?a de 9icios ocultos,

    e9idenciados en el proceso constructi9o ; >ue in'ediata'ente aectaron la ruta

    cr?tica del pro;ecto. En consecuencia la de'ora en la a#solucin de la consulta

    del 20O0+O201, ue contestada el 2O0O201, 'anteniGndose sin a#solucin,

  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    se$%n asiento del 0O0O201 ; para el c'puto de d?as de'orados sealar >ue

    aect la ruta cr?tica en +! d?as calendario.

    El rt. 201 del Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del Estado, reerente a

    Procedi'ientos de 'pliacin de Pla4o, seala textual'ente >ue AM..Para >ueproceda una a'pliacin de pla4oM..desde el inicio ; ; durante la ocurrencia de la

    causal el contratista, por inter'edio de su residente, de#erK anotar en el

    Cuaderno de /#ra las circunstancias >ue a su criterio a'eriten a'pliacin de

    pla4o...

    COMENTARIO.- Con ec@a 20O0+O201 ; 2*O0+O201 ; asientos en Cuaderno de

    /#ra NB 2 ; 2 respecti9a'ente, el Residente de /#ra co'unica 9?a cuaderno

    de /#ra, la presencia Roca Con$lo'erada, el proceso de construccin de la

    "roc@a de acceso ; ta'#iGn la presencia de Roca Qi3a en el Corte de lasPlataor'as respecti9a'ente.

    a3o estos parK'etros se e9idencia >ue la entidad se apro9ec@ de la #uena e ; co'%n

    acuerdo de las partes ; se excedi en el recorte de los derec@os a >ue tiene el

    contratistas dentro de la le; de Contrataciones ; d>uisiciones del Estado , por ello es

    >ue ante la #uena e con el >ue se actu, a derec@os >ue por le; le correspond?a en la

    ec@a ; de'ostrado >ue la causal de parali4acin no ue atri#ui#le al Contratista, le

    corresponde se nos otor$ue la 'pliacin de pla4o por +! d?as por la presencia de

    intererencias, es decir por causa No atri#ui#les al contratista consecuencia de la

    presencia de Roca Qi3a ;, se nos otor$ue el reconoci'iento ; pa$o de los respecti9os

    $astos $enerales co'o consecuencia de la a'pliacin de pla4o.

    s? lo seala el rt?culo 22. del R-CE 'pliacin del pla4o contractual, en la >ue

    taxati9a'ente se seala las causales de a'pliacin de pla4o ; dentro de ellas por atraso

    o parali4acin no i'puta#le al contratista LRoca Qi3a

    Procede la a'pliacin del pla4o en los si$uientes casos:

    1 Cuando se aprue#a el adicional, sie'pre ; cuando aecte el pla4o. En este caso, elcontratista a'pliarK las $arant?as >ue @u#iere otor$ado.

    2 Por atrasos o parali4aciones no i'puta#les al contratista

    Por atrasos o parali4aciones en el cu'pli'iento de la prestacin del contratista porculpa de la Entidad ;,

    * Por caso ortuito o uer4a 'a;or.

    Es necesario situarse en el tie'po a fn de >ue se aprecie la situacin >ue se solicita

    pronuncia'iento del "ri#unal r#itral:

    El Contrato de e3ecucin de /#ra N 01201/R A

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    201OJ/.REJ.76COCEP, cele#rado entre la solicitante ; el de'andado con

    ec@a 1+ de 'a;o del 201.

    Fue se de#erK &eclarar por el "ri#unal r#itral la N8l3dad ;Go I#e"a"3ade

    la Resolucin NB1005O201OJ/.REJ76COJJR del 05 de No9ie'#re del

    201, declarando i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 02, notifcada a

    nuestro do'icilio le$al, en todos sus extre'os al Contrato de E3ecucin de

    /#ra N 01201/R.

    -a ra4ones de ondo para solicitar la N8l3dad ;Go 3#e"a"3ade la Resolucin

    NB1005O201OJ/.REJ76COJJR del 05 de No9ie'#re del 201, declarando

    i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 02, se sustenta en los si$uiente:

    o 7a sido e'itida sin antes @a#er sido resuelto nuestro pedido de

    )nco'pati#ilidad.o No @a respetado la or'alidad >ue esta#lece la le; de Contrataciones ;

    d>uisiciones del Estado.

    Co'o es de conoci'iento del "ri#unal r#itral -a f$ura de la nulidad en la

    nor'ati9a so#re contrataciones del Estado @a encontrado su 'Kxi'o desarrollo

    en la 3urisprudencia del "ri#unal de Contrataciones, ; ello @a sucedido as? desde

    >ue entr en 9i$encia la -e; 2+50, a@ora dero$ada ; el &ecreto -e$islati9o

    101, actual'ente 9i$ente, las cuales en torno a la nulidad de los actos

    ad'inistrati9os @an 'antenido la 'is'a re$ulacin. La7 "a87ale7 :ara

    de"larar la #8l3dad de Q72o7 e72@# "o#2e#3do7 e# la :ro:3a Le; deCo#2ra2a"3o#e7! 73 e7 8e Q72a7 7e a# "o#g8rado e# 8# :ro"e7o de

    7ele""34#

    ni9el Nor'ati9o el Ar2"8lo (. de La le; de Co#2ra2a"3o#e7 ;Ad8373"3o#e7 del E72ado 7eala

    o El "itular de la Entidad podrK declarar de ofcio la nulidad del proceso de

    seleccin, por las 'is'as causales pre9istas en el pKrrao anterior, 74lo

    a72a a#2e7 de la "eleFra"34# del "o#2ra2o , sin per3uicio de >ue

    pueda ser declarada por el "ri#unal de Contrataciones ; d>uisiciones delEstado en la resolucin reca?da so#re los recursos i'pu$nati9os >ue

    cono4ca.

    o &espuGs de cele#rados los contratos slo es posi#le declarar la nulidad

    de ofcio para eectos del art?culo ! L1 de la presente -e; ; cuando se

    9erif>ue la trans$resin del principio de presuncin de 9eracidad.

    Por ello es >ue pedi'os >ue el "ri#unal declare la Nulidad ;Oo )nefcacia de la Resolucin

    NB1005O201OJ/.REJ76COJJR del 05 de No9ie'#re del 201, declarando

    i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 02 de conor'idad a las nor'as le$ales

    aplica#les al caso concreto, consecuente'ente por cu'plida las o#li$aciones de nuestra

  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    parte, $eneradas co'o consecuencia de la suscripcin del contrato de e3ecucin de

    o#ra,

    TERCERA PRETENSION PRINCIPAL

    PETITORIO

    Se nos otor$ue la 'pliacin de Pla4o NB 0 por +! d?as calendario por la presencia de roca

    en el terreno donde se 9en?a e3ecutando la o#ra ;, se nos otor$ue el reconoci'iento ; pa$o

    de los respecti9os $astos $enerales co'o consecuencia de la a'pliacin de pla4o ; ade'Ks

    se declare la N8l3dad ;Go INEICACIA la Resolucin NB102O201OJ/.REJ76COJJR del

    0 de No9ie'#re del 201.

    UNDAMENTOS DE LA SEUNDA PRETENSION PRINCIPAL

    Es necesario situarse en el tie'po a fn de >ue se aprecie la situacin >ue se solicitapronuncia'iento del "ri#unal r#itral:

  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    trata de prestacin adicional de o#ra, se co'unica al Residente reali4ar el trK'ite

    respecti9o para su apro#acinM.

    Posterior'ente con ec@a 0O0O201, el Resiente de /#ra, 'ediante asiento en

    Cuaderno de /#ra NB 52, descri#e textual'ente lo si$uiente o#ser9acin: A.Se/#ser9a >ue al reali4ar las exca9aciones del ue @an transcurrido tos

    los pla4os para >ue el Super9isor co'uni>ue a la entidad so#re la consulta ; de

    a'eritarlo la co'unicacin al Pro;ectista.

    El Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del Estado ta'#iGn seala >ue AM-a

    entidad de#erK dar instrucciones al Contratista a tra9Gs de )nspector o

  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    Super9isor, sin per3uicio de las acciones >ue adopten contra el pro;ectista, por

    alta de a#solucin de la 'is'a.

    COMENTARIO.- l respecto so#re la consulta @ec@a el Super9isor de /#ra

    reerido a la presencia de Roca Qi3a, lue$o de transcurrido +! d?as calendario Ldel20O0+O201 al 2O0O201 se pronuncia sealando >ue AM.Respecto a la

    anotacin del Residente de la existencia de Roca Qi3a, se trata de una prestacin

    adicional de /#ra, se co'unica al Residente reali4ar el trK'ite respecti9o para su

    apro#acin no 'ostrando detalles de a#solucin a la consulta reali4ada, es

    decir la consulta >ueda sin a#sol9er en 9ista >ue posterior'ente con ec@a

    0O0O201, lue$o de 02 d?as calendario 'ediante asiento NB 52 del Residente de

    /#ra seala >ue se si$ue encontrando roca f3a, a@ora en la exca9acin del 'uro

    de contencin ; seala >ue no se responde la consulta reali4ada por la

    Super9isin. En consecuencia se$%n el Re$la'ento de la le; de Contrataciones

    del Estado, 9encieron los pla4os para la a#solucin de las consultas, tanto para el

    super9isor de /#ra ; la Co'unicacin al pro;ectista, @ec@o >ue de#i de

    tra'itarse oportuna'ente.

    Qinal'ente el rt. 1!+ del Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del Estado,

    en %lti'o pKrrao seala >ue AMSi, en a'#os casos, 9encidos los pla4os, no se

    a#suel9e la consulta, el contratista tendrK derec@o a solicitar una a'pliacin de

    pla4o contractual por el tie'po correspondiente a la de'ora. Esta de'ora se

    co'putarK solo a partir de la ec@a en >ue la no e3ecucin de los tra#a3os 'ateria

    de la consulta e'piece a aectar la ruta cr?tica del pro$ra'a de e3ecucin de

    o#ra.

    COMENTARIO.- Co'o se puede apreciar, 9encidos los pla4os para la a#solucin

    de consultas, se puede afr'ar >ue las 'odifcaciones del pro;ecto se inician

    lue$o de in9ocado el @ec@o en 9ista >ue se tratar?a de 9icios ocultos,

    e9idenciados en el proceso constructi9o ; >ue in'ediata'ente aectaron la ruta

    cr?tica del pro;ecto. En consecuencia la de'ora en la a#solucin de la consulta

    del 20O0+O201, ue contestada el 2O0O201, 'anteniGndose sin a#solucin,se$%n asiento del 0O0O201 ; para el c'puto de d?as de'orados sealar >ue

    aect la ruta cr?tica en +! d?as calendario.

    El rt. 201 del Re$la'ento de la -e; de Contrataciones del Estado, reerente a

    Procedi'ientos de 'pliacin de Pla4o, seala textual'ente >ue AM..Para >ue

    proceda una a'pliacin de pla4oM..desde el inicio ; ; durante la ocurrencia de la

    causal el contratista, por inter'edio de su residente, de#erK anotar en el

    Cuaderno de /#ra las circunstancias >ue a su criterio a'eriten a'pliacin de

    pla4o...

  • 8/10/2019 Demanda Arbitral Consorcio Terra

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    COMENTARIO.- Con ec@a 20O0+O201 ; 2*O0+O201 ; asientos en Cuaderno de

    /#ra NB 2 ; 2 respecti9a'ente, el Residente de /#ra co'unica 9?a cuaderno

    de /#ra, la presencia Roca Con$lo'erada, el proceso de construccin de la

    "roc@a de acceso ; ta'#iGn la presencia de Roca Qi3a en el Corte de las

    Plataor'as respecti9a'ente.

    a3o estos parK'etros se e9idencia >ue la entidad se apro9ec@ de la #uena e ; co'%n

    acuerdo de las partes ; se excedi en el recorte de los derec@os a >ue tiene el

    contratistas dentro de la le; de Contrataciones ; d>uisiciones del Estado , por ello es

    >ue ante la #uena e con el >ue se actu, a derec@os >ue por le; le correspond?a en la

    ec@a ; de'ostrado >ue la causal de parali4acin no ue atri#ui#le al Contratista, le

    corresponde se nos otor$ue la 'pliacin de pla4o por +! d?as por la presencia de

    intererencias, es decir por causa No atri#ui#les al contratista consecuencia de la

    presencia de Roca Qi3a ;, se nos otor$ue el reconoci'iento ; pa$o de los respecti9os

    $astos $enerales co'o consecuencia de la a'pliacin de pla4o.

    s? lo seala el rt?culo 22. del R-CE 'pliacin del pla4o contractual, en la >ue

    taxati9a'ente se seala las causales de a'pliacin de pla4o ; dentro de ellas por atraso

    o parali4acin no i'puta#le al contratista LRoca Qi3a

    Procede la a'pliacin del pla4o en los si$uientes casos:

    1 Cuando se aprue#a el adicional, sie'pre ; cuando aecte el pla4o. En este caso, elcontratista a'pliarK las $arant?as >ue @u#iere otor$ado.

    2 Por atrasos o parali4aciones no i'puta#les al contratista

    Por atrasos o parali4aciones en el cu'pli'iento de la prestacin del contratista porculpa de la Entidad ;,

    * Por caso ortuito o uer4a 'a;or.

    Es necesario situarse en el tie'po a fn de >ue se aprecie la situacin >ue se solicita

    pronuncia'iento del "ri#unal r#itral:

    El Contrato de e3ecucin de /#ra N 01201/R A

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    -a ra4ones de ondo para solicitar la N8l3dad ;Go 3#e"a"3ade la Resolucin

    NB102O201OJ/.REJ76COJJR del 0 de No9ie'#re del 201, declarando

    i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 0, se sustenta en los si$uiente:

    o 7a sido e'itida sin antes @a#er sido resuelto nuestro pedido de

    )nco'pati#ilidad.o No @a respetado la or'alidad >ue esta#lece la le; de Contrataciones ;

    d>uisiciones del Estado.

    Co'o es de conoci'iento del "ri#unal r#itral -a f$ura de la nulidad en la

    nor'ati9a so#re contrataciones del Estado @a encontrado su 'Kxi'o desarrollo

    en la 3urisprudencia del "ri#unal de Contrataciones, ; ello @a sucedido as? desde

    >ue entr en 9i$encia la -e; 2+50, a@ora dero$ada ; el &ecreto -e$islati9o

    101, actual'ente 9i$ente, las cuales en torno a la nulidad de los actos

    ad'inistrati9os @an 'antenido la 'is'a re$ulacin. La7 "a87ale7 :ara

    de"larar la #8l3dad de Q72o7 e72@# "o#2e#3do7 e# la :ro:3a Le; de

    Co#2ra2a"3o#e7! 73 e7 8e Q72a7 7e a# "o#g8rado e# 8# :ro"e7o de

    7ele""34#

    ni9el Nor'ati9o el Ar2"8lo (. de La le; de Co#2ra2a"3o#e7 ;Ad8373"3o#e7 del E72ado 7eala

    o El "itular de la Entidad podrK declarar de ofcio la nulidad del proceso de

    seleccin, por las 'is'as causales pre9istas en el pKrrao anterior, 74lo

    a72a a#2e7 de la "eleFra"34# del "o#2ra2o , sin per3uicio de >uepueda ser declarada por el "ri#unal de Contrataciones ; d>uisiciones del

    Estado en la resolucin reca?da so#re los recursos i'pu$nati9os >ue

    cono4ca.

    o &espuGs de cele#rados los contratos slo es posi#le declarar la nulidad

    de ofcio para eectos del art?culo ! L1 de la presente -e; ; cuando se

    9erif>ue la trans$resin del principio de presuncin de 9eracidad.

    Por ello es >ue pedi'os >ue el "ri#unal declare la Nulidad ;Oo )nefcacia de la Resolucin

    NB102O201OJ/.REJ76COJJR del 0 de No9ie'#re del 201, declarando

    i'procedente la 'pliacin de pla4o NB 0 de conor'idad a las nor'as le$ales

    aplica#les al caso concreto, consecuente'ente por cu'plida las o#li$aciones de nuestra

    parte, $eneradas co'o consecuencia de la suscripcin del contrato de e3ecucin de

    o#ra,

    CUARTA PRETENSION PRINCIPAL

    PETITORIO

    Se nos otor$ue el dicional de /#ra por la presencia de roca en el terreno donde se 9en?a

    e3ecutando la o#ra ;, se nos otor$ue dic@o adicional por @a#er eectuado tra#a3os de

    9oladura por 00.00 '.

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    &.1.- DOCUMENTOS

    a. -as copias del contrato de consorcio las >ue ser9irKn para acreditar el 9?nculo

    contractual ; las condiciones pactadas, >ue serKn anexadas posterior'ente.F. -as copias del contrato de o#ra las >ue ser9irKn para acreditar el 9?nculo

    contractual ; las condiciones pactadas.". -a copia del &N) del apoderado serK anexada posterior'ente.

    d. -a copia de la Carta Notarial N 0!*201OJ/.REJ.76COJJR/R, >ue

    co'unica la resolucin de contrato, serK anexada posterior'ente.

    e. -a copia de la carta NB 0*201C"(OREJ6OR-., por la cual se co'unica la

    )NC/ue serK anexada

    posterior'ente.

    &.'.- ANEKOS

    1.1. Copias del contrato de o#ra.1.2. Copia de la carta NB 0!*201OJ/.REJ.76COJJR/R, >ue co'unica la

    resolucin de contrato.1.. Copia de la carta NB 0*201C"(OREJ6OR-., por la cual se co'unica la

    )NC/

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    1.*. Copia de la carta NB 00+201C"(OREJ6OR-., por la cual se solicita a#sol9er la

    consulta de ocurrencia de o#ra NB 01.1.5. Copia de la carta NB 00201C"(OREJ6OR-., por la cual se solicita a'pliacin

    de pla4o NB 01.1.+. Copia de la carta NB 00201C"(OREJ6OR-., por la cual se solicita a#sol9er la

    consulta de ocurrencia de o#ra NB 02.1.. Copia de la carta NB 00!201C"(OREJ6OR-., por la cual se solicita a#sol9er las

    consultas de ocurrencias de o#ra NB 01 ; 02 as? ta'#iGn so#re la

    )NC/