Responsabilidad criminal del perito en la legislación ......“Desobedecer el orden legal de...
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Responsabilidad criminal del
perito en la legislación Brasileña
Antônio Macena de Figueiredo (Brasil) Prof.Univ./Adv.Ms./Dout../CBB-OAB/RJ
Ex-Presidente da Associação Direito Médico e Saúde do Rio de Janeiro – Adimes-RJ
Procedimiento técnico y científico realizado por profesional legalmente habilitado y destinado a informar y/o auxiliar a una autoridad (juez) para que pueda juzgar materia ajena a su cualificación.
Puede ser personal o institucional
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Personal o institucional
1.Área administrativa
2. Criminal
3.Instituto de Medicina legal
Médico legal.
Perito criminal/Peritos oficiales
Servidor público/médico
Hace concurso público.
Policía judicial
Facultativo - Asistente técnico
1. Perito Judicial o Auxiliar
del juez
Nombrado por el Juez Perito: médico/otros
No hace concurso público
Para efectos civiles y penales: se considera
funcionario público (Art.139 CPC/327/CP.
Asistente técnico
Legislación Penal brasileña
Delito Penal
Figueiredo, 2009; França, 2006. Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Pericia judicial - Pericia médico-legal
Requiere la actuación de perito
en Medicina Legal
Personas y cadáveres
Esfera criminal
Crímenes que dejan vestigios
Prueba material del crimen
Es el profesional habilitado y
nombrado por el juez para
opinar sobre cuestiones de
su especialidad.
Esfera civil
Aclarar los hechos
Prueba del hecho
Legislación Penal brasileña
Derechos
y
Deberes.
Figueiredo, 2009; França, 2006. Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Derechos
“Desobedecer el orden legal de funcionario público (perito)
Pena – detención, de 15 (quince) días a 6 (seis) meses, y multa.
Art. 330/CP (crimen de desobediencia).
“Desacatar funcionario público(perito) en el ejercicio de la
función o en razón de ella:
Pena – detención, de 6 (seis) meses a 2 (dos) años, o multa.
Art. 331/CP (Crimen de Desacato).
Derechos y Deberes
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Derechos
Amplía la libertad de actuar;
En el acto de la pericia, es el representante legal del juez;
- Libre acceso al proceso;
- Tiene el derecho de imponer el cumplimiento de la ley,
evitando que una de las partes pueda descaracterizar, cambiar las
condiciones del ambiente que será periciado.
Derechos y Deberes
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Deberes: Reglas penales
Sospecha, incapacidad e impedimento legal ( Art. 112 CPP);
Prestar compromiso (§ 2º art. 159 CPP);
Elaboración del laudo (diez días : art. 160CPP);
No prestar informaciones falsas (Art. 342/CPP);
Guardar sigilo (Art. 325 CP).
Derechos y Deberes
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
De los peritos judiciales y/o oficiales
Son exigidos algunos deberes en el mismo grado de la
responsabilidad atribuida a su trabajo.
• Debe proceder conforme su conciencia,
• Manteniéndose imparcial, independiente,
• Evitar ingerencias que puedan ocasionar o inducir al error
Rechazar cualquier tipo de presión que pueda interferir en su
trabajo y comprometer la veracidad de los hechos.
Derechos y Deberes
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Del perito se espera que haga, primordialmente, lo
visum et repertum, expresión antigua que se convirtió
en el lema de los profesionales peritos que significa :
ver bien (examinar minuciosamente) y referir (describir, documentar) exactamente lo que vio.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Objetivo
No es muy diferente de la pericia administrativa, civil
y otras; tiene por finalidad constatar los hechos.1
La prueba es el elemento demostrativo del hecho.2
1.SILVA,1999:602; 2.FRANÇA, 2010. Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
La responsabilidad penal no tiene como objetivo
un daño causado a particular (ilícito civil), sino un
daño causado al grupo social, o sea, un daño que
alcanza a la sociedad (ilícito penal).
Consecuencia
Es una pena y no la indemnización pecuniaria.
.
.
Figueiredo, 2009:147 Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Se caracteriza:
Conducta del perito hiere norma de orden pública.
Perito: Alejándose de los cánones de las reglas penales
Podrá ser envuelto en una conducta delictuosa
en el ejercicio de su actividad.
Delitos Penales: Crimen.
Figueiredo, 2009:147 Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Figueiredo, 2009:147
Crimen: Siempre que la conducta del perito se encuadre en
las Leyes Penales, será tipificada como crimen.
Conducta: Alcanza bienes jurídicos lesivos a la vida social.
Configuración del crimen - requisitos:
Acción u omisión.
Antijuridicidad.
Acto típico.
Relación de causalidad.
Daño o peligro de daño.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Código Penal Brasileño: Dec.ley nº 2.848/1940.
Regla: Conducta dolosa
• Art. 18, I /CP - Cuando el agente quiso el resultado o asumió el
riesgo de lo producido.
Actúa dolosamente quien practica la acción consciente
y voluntariamente.
• Ejemplo. Art. 342/CP – Falso testimonio y Falsa pericia
Pena – reclusión - 01 a 03 años y multa
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Jurisprudencia
Delmanto, 2002:624
“Practica falsa pericia el PERITO que distorsiona la
verdad, con el objetivo de favorecer a alguien e
influir sobre la decisión judicial, engañando a la
autoridad juzgadora, incluso que no alcance el
fin deseado (TJSP,RT 507/346; STJ, RT 707/367).
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Divergencias entre laudos
Jurisprudencia - STJ
“(...) la mera divergencia entre las conclusiones del laudo oficial y
del laudo elaborado por profesional, indicado por las partes, no
puede llevar a la conclusión de que este último contenga
inverdades o mentiras, pues varios son los factores que pueden
conducir al desacuerdo entre ambos.”
STJ. H/C nº 42.727 - DF (2005/0046564-3)
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Excepción: Conducta Culposa
• Crimen culposo - Art. 18, II – CP
Actúa culposamente “cuando el agente dio causa al resultado
por imprudencia, negligencia o impericia.”
Mirabete,2000:134; Figueiredo, 2009, p. 147
se debe entender la lesión o el peligro de
lesión a un bien jurídico.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Qué otras situaciones se preveen en el
Código Penal con relación a los delitos
propios de los peritos?"
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Art. 343 (CP): Corrupción pasiva
“Dar, ofrecer o prometer dinero u otra ventaja al testigo,
perito, (...) para hacer afirmación falsa, negar o callar la verdad
en testimonio, pericia, ...:
Pena: reclusión 3 a 4 años, y multa.
Quien ofrece : Aceptando o no el perito
practica el crimen de corrupción activa - art. 333 CP.
Reclusión: 2 a 12 años
Aceptando el perito : Incide en el art. 343. Reclusión: 3 a 4 años
Delmanto, et al., 2002. Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Delmanto, et al., 2002.
Art. 314 - Extravío de documento
Proceso: bajo la guardia del PERITO
Es de su responsabilidad
Pena: reclusión 1 a 4años.
PERITO: responde por daños materiales y morales
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Delmanto, et al., 2006.
Prevaricación
Art. 319/CP. “Retardar o dejar de practicar, indebidamente, acto
de oficio, o practicarlo contra disposición expresada de ley, para
satisfacer interés o sentimiento personal:
Pena - detención, 3 meses a 1 año, y multa”.
Ex.: 1. Perito retarda/deja practicar actos de oficio.
2. Perito Médico: estar obligado a permanecer en el IML.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Delmanto, et al., 2006.
Art. 433/CPC - Laudo
“El perito presentará el laudo en escribanía, en el plazo fijado
por el juez, por lo menos veinte días antes de la audiencia de
instrucción y juicio. § único. ...”
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Delmanto, et al., 2006.
Falsedad ideológica
Art. 299/CP – “Omitir, en documento público o particular,
declaración que de él debía constar, o en él insertar o hacer insertar
declaración falsa o diversa de la que debía ser escrita, con el fin de
perjudicar , crear obligación o alterar la verdad sobre un hecho
jurídicamente relevante:
Pena – Si el documento es público: Reclusión: 1 a 5 años y multa.
Si el documento es particular: Reclusión:1 a 3 años y multa.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Delmanto, et al., 2006.
Certificado de óbito - Es documento médico legal
Art. 302 c/c Art. 299 CP [falsedad ideológica ]
Dar el médico se refiere al contenido
Atestado falso documento.
Conducta: acción ideológica
•Crimen: contra la fe pública.
Altera la verdad en el Registro Público
•Tipo objetivo: Dolo
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En el certificado de óbito: La falsedad puede ser:
• En la existencia o inexistencia de una enfermedad ;
• En un tipo de patología, en la causa mortis ;
Certificar como muerta una persona que se encuentra viva ;
• Homicidio culposo (Art. 121, §3º)
Pena: Detención - 1 a 3 años
§ 4º aumento pena 1/3: no observa regla técnica profesión.
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Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Proceso: “ACR 1393139 PR Apelación Crimen - 0139313-9
Relator(a): Tadeu Marino Loyola Costa
Juicio 21/08/2003
Órgano Juzgador: 1ª Cámara Criminal. Publicación: 15/09/2003 DJ: 6454”
Ementa
COBRO INDEBIDO IMPUESTO: 316, § 2º Código Penal
“Comete el crimen ..., en la forma calificada, quien, ejerciendo la función de
médico legista, cobra tasa de embalsamamiento de cadáver en el valor varias
veces superior al debido....”
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Delmanto, et al., 2002.
Violación del secreto en la práctica de la pericia
Relación perito x periciado # relación médico x paciente
Art. 154/CP: Violación del sigilo en razón de profesión
Art. 325/CP: Violación del sigilo en razón del cargo
“Revelar hecho de que tiene ciencia en razón del cargo y que
deba permanecer en secreto, o facilitarle la revelación.”
Presupuesto del delito: Conocimiento del hecho en razón del cargo.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
El perito no es el médico del paciente
No habiendo relación médico-paciente no
hay sigilo médico en cuanto al contenido de
la pericia.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
Art. 92 - CP
Efectos de la condena:
“1- pérdida de cargo, función o mandato electivo:
a) cuando aplicada pena privativa de libertad por tiempo igual o
superior a un año, en los crímenes practicados con abuso de poder
o violación de deber para con la Administración Pública (....)”
Art. 295/CP: “Si el agente es funcionario público, y comete el crimen
prevaleciéndose del cargo [perito], se aumentará la pena
en una sexta parte.”
Delmanto, et al., 2002. Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo
“El perito es señor de su verdad, de sus
convicciones, no pudiendo ser coaccionado por
nadie, ni por el juez, ni por la policía, en el sentido de
llegar a las conclusiones preestablecidas.”
No defiende ni acusa
Se limita a verificar el hecho, indicando la causa
que lo motivó.
Prof. Dr. Adv. Antônio Macena de Figueiredo