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RE$ODELAREPO' O4 CONGRLSO / REPUBLICA 18 ¿ , M 18 El Congresista lGr LESCANO ANC! ' U bfm M.:ión de Orden d& Oa o Parlamentario Acción Popular, YONHY Artículo 680 del Reglamento del Congreso de la República, presenta1as1uiente Moción de Orden del Día: MOCIÓN DE SALUDO Que, en 1856, la Convención Nacional dictaminó la Ley N° 406 de creación de la Universidad de Puno, promulgada por el señor Presidente de la Republica Don Ramón Castilla, a consecuencia de la exigencia de los intelectuales, políticos y de la sociedad puneña, que inicialmente fue creada para la enseñanza de la Teología, Jurisprudencia, Medicina, Filosofía y Letras, Matemáticas y Ciencias Naturales para que en estas facultades se confieran Grados Académicos; Que, la Universidad Nacional del Altiplano, en sus inicios se regía por el Estatuto de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, y sus funciones se celebraron en el Colegio Nacional de Puno y los gastos de las Cátedras de la Universidad estaban afectadas a las rentas del Colegio; Que, por razones socio - políticas y económicas, la Universidad dejó de funcionar y brindar sus servicios de educación superior universitaria, que determinó su cierre oficial al no ser considerado en el Reglamento Nacional de Instrucción Pública de 1876; Que, la reapertura de la Universidad de Puno, se plantea con la presentación del histórico proyecto de ley a iniciativa del Senador Ing. Enrique Torres Belón, que propuso como nombre "Universidad Técnica del Altiplano"; Que, con la dación de la Ley Universitaria N° 23733 se adopta nombre definitivo de la Universidad Nacional del Altiplano, siendo ratificado en la Ley N° 30220, como tal, y es una de las primeras universidades públicas fundadas en 1856 a iniciativa de la población del Departamento de Puno; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 101-2017-SUNEDU/CD, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional del Altiplano, para ofrecer el servicio educativo superior universitario, reconociendo a un total de 117 programas existentes: 44 de pregrado y 73 de posgrado (61 maestrías y 12 doctorados); 40 segundas especialidades; y, 7 programas nuevos (6 maestrías y un doctorado; Que, la Universidad Nacional del Altiplano es de mucha importancia, que ha permitido la incorporación de un amplio sector de jóvenes aymaras y quechuas en las aulas universitarias, reivindicando con ello el derecho de acceso a la educación universitaria de las poblaciones originarias de esta zona del Perú; Por las consideraciones expuestas, el Congreso de la República EL CONGRESO DE LA REPUBLICA ACUERDA: ARTICULO UNICO. - Expresar el saludo afectuoso a la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, en la persona de su Rector señor Porfirio Enríquez Salas, y por su intermedio hacer extensivo a los Docentes, Personal Administrativo, Estudiantes y a la comunidad universitaria con motivo de celebrarse, el día 29 de agosto del presente año, su 162° aniversario de creación institucional, deseándoles éxitos en sus actividades académicas en bien del desarrollo local, regional, nacional e internacional. Lima, 16 de agosto de 201 CONGR:SQ DE OEPARTAETODEREL Y 5 NOANCIETA Cong esist de la República 20 AG OCIhdr) 1 i -' c

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RE$ODELAREPO'

O4 CONGRLSO /

REPUBLICA 18 ¿

, M

18

El Congresista lGr

LESCANO ANC! ' U bfm

M.:ión de Orden d& Oa

o Parlamentario Acción Popular, YONHY

Artículo 680 del Reglamento del Congreso de

la República, presenta1as1uiente Moción de Orden del Día:

MOCIÓN DE SALUDO Que, en 1856, la Convención Nacional dictaminó la Ley N° 406 de creación de la Universidad de Puno, promulgada por el señor Presidente de la Republica Don Ramón Castilla, a consecuencia de la exigencia de los intelectuales, políticos y de la sociedad puneña, que inicialmente fue creada para la enseñanza de la Teología, Jurisprudencia, Medicina, Filosofía y Letras, Matemáticas y Ciencias Naturales para que en estas facultades se confieran Grados Académicos;

Que, la Universidad Nacional del Altiplano, en sus inicios se regía por el Estatuto de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, y sus funciones se celebraron en el Colegio Nacional de Puno y los gastos de las Cátedras de la Universidad estaban afectadas a las rentas del Colegio;

Que, por razones socio - políticas y económicas, la Universidad dejó de funcionar y brindar sus servicios de educación superior universitaria, que determinó su cierre oficial al no ser considerado en el Reglamento Nacional de Instrucción Pública de 1876;

Que, la reapertura de la Universidad de Puno, se plantea con la presentación del histórico proyecto de ley a iniciativa del Senador Ing. Enrique Torres Belón, que propuso como nombre "Universidad Técnica del Altiplano";

Que, con la dación de la Ley Universitaria N° 23733 se adopta nombre definitivo de la Universidad Nacional del Altiplano, siendo ratificado en la Ley N° 30220, como tal, y es una de las primeras universidades públicas fundadas en 1856 a iniciativa de la población del Departamento de Puno;

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 101-2017-SUNEDU/CD, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, otorga la Licencia Institucional a la Universidad Nacional del Altiplano, para ofrecer el servicio educativo superior universitario, reconociendo a un total de 117 programas existentes: 44 de pregrado y 73 de posgrado (61 maestrías y 12 doctorados); 40 segundas especialidades; y, 7 programas nuevos (6 maestrías y un doctorado;

Que, la Universidad Nacional del Altiplano es de mucha importancia, que ha permitido la incorporación de un amplio sector de jóvenes aymaras y quechuas en las aulas universitarias, reivindicando con ello el derecho de acceso a la educación universitaria de las poblaciones originarias de esta zona del Perú;

Por las consideraciones expuestas, el Congreso de la República

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

ACUERDA:

ARTICULO UNICO. - Expresar el saludo afectuoso a la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, en la persona de su Rector señor Porfirio Enríquez Salas, y por su intermedio hacer extensivo a los Docentes, Personal Administrativo, Estudiantes y a la comunidad universitaria con motivo de celebrarse, el día 29 de agosto del presente año, su 162° aniversario de creación institucional, deseándoles éxitos en sus actividades académicas en bien del desarrollo local, regional, nacional e internacional.

Lima, 16 de agosto de 201

CONGR:SQ DE OEPARTAETODEREL

Y 5 NOANCIETA Cong esist de la República 20 AG

OCIhdr)

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