Compras Públicas da Agricultura Familiar Compras Públicas da Agricultura Familiar.
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Normativa de compras púb
Mayo de 2013
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Agenda
• Ámbito de Aplicación• Principios Sistema de Información• Procedimientos de Contratación• Contratos
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• Contratos a título oneroso para el suministro de biene
servicios que se requieran para el desarrollo de sus funcio
• Administración del Estado: órganos y servicios públicos deLey N° 18.575, salvo empresas públicas.
Suministro de bienes muebles: compra o arrendamientode compra.
Servicios: Encomendar a una persona natural o jurídica la etareas, actividades o la elaboración de productos intangibl
Ámbito de aplicación
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Servicios que se requieran para el desarrollofunciones.
Aquellos convenios que se celebren para dar cumplimi
funciones que la ley le asigna a la institución, tanto d
privativa, como las concurrentes, ya sea que se trate de
en virtud de los cuales se cumplan tales funciones ddirecta o indirecta. N ° 67.534 de 2011 y N ° 17.208 de
Ámbito de aplicación
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Contratos de Servicios (Definiciones art. 2°Ns. 10 a 13)
• Generales: No requieren desarrollo intelectual, de carácter rutinariconocimiento.
• Habituales: Se requieren en forma permanente y utilizan personal. Ej. asoporte telefónico. (protección de trabajadores y ley de subcontratación).
• Personales: En su ejecución demandan un intensivo desarrollo intelectual. (ar
Propiamente tales: aplica reglas generales. Art. 2° N° 12
Personales especializados: art. 107.
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Contratación de Servicios Personales Especializados
Se requiere una preparación especial en determinada ciencia, arteExperto o tener conocimientos o habilidades específicas, intensivos intelectual.
Cada Entidad es responsable de clasificar estos servicios y deberámotivos que justifican la clasificación, ej. proyectos de arquitecasesorías en estrategia organizacional, etc.
Licitación (igual o superior a 1.000 UTM)
1 etapa: Preselección2 etapa: Presentación de ofertas, selección y negociación según ranking.
Aplica a Personas Jurídicas.
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Contratación de Servicios Personales Especializados
Excepcionalmente, en casos de montos inferiores a 1.000 utm, poddirectamente.
Se requiere:i. Resolución fundada que autorice;
ii. Señalar la naturaleza especial del servicio;
iii. Justificación de su idoneidad técnica;
iv. Conveniencia de recurrir a este tipo de procedimiento
Se debe:i. Elaborar términos de referencia;
ii. Presupuesto del servicio;
iii. Invitar a través del Sistema.
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¿Quiénes pueden contratar coEstado?
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Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acreditefinanciera e idoneidad técnica Artículo 4
Excluidos: condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos futrabajador; (Ley Nº 20.238) y Personas jurídicas condenadas a la pena de prohibicióny contratos con organismos del Estado, según ley 20393.
Prohibido contratar con:i)funcionarios directivos del mismo órgano o empresa,ii)personas unidas por vínculos de parentesco,iii)sociedades de personas en que éstos formen parte, ni anónimas en que sean accioen que tengan el 10% o más del capital, ni con gerentes, administradores, representa
En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones con trabajaen los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinadobligaciones;
Sanción: Nulidad – Contravención Principio de Probidad
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Jurisprudencia
La Ley N ° 20.238 incorporó a la ley de compras un impedim participar en los procedimientos de contratación con la Adminis
Estado. N°
16.985 de 2008.
Los medios de prueba que permiten acreditar la comprenden las propias sentencias condenatorias de los Tri Justicia, así como las certificaciones que la Dirección de Traen base a la información que recabe de los registros de conde
cargo. Se ha considerado suficiente exigirles, por parte dadquirente, una declaración jurada de que no se encuentranmencionado impedimento, haciéndose, de este modo, responsaveracidad de tal manifestación. N°s 6.388, de 2009; 26.153 y2012.
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Interpretación restrictiva.
Las disposiciones que establecen prohibiciones o inhabilidaocurre en el caso del artículo 4° , constituyen normas dexcepcional, dado que limitan el ejercicio normal de un derecho por su naturaleza, un alcance restrictivo, motivo por el cual procedente extenderlas a situaciones que no han sido expcontempladas en ellas. N ° 47.938 de 2012.
El artículo 4° establece una restricción al principio deconcurrencia, al prohibir la participación de ciertas personas yen los procedimientos licitatorios y en la suscripción de contra Administración, por lo que no resultaría procedente hacerla e
hipótesis o situaciones no previstas por el legislador. Cabe recordisposiciones que contemplan inhabilidades o prohibicionesderecho estricto, de interpretación restrictiva y no pueden, extenderse más allá de sus términos. N°s. 20.950, de 2002; Nde 2008; 8.025, de 2010; 26.153, de 2012 y N°80.334 de 2012
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Principios de la contratación pú
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Condiciones que permitan
combinación más ventajosaentre beneficios y costos (asociados, presentfuturos)
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La Administración debe seleccionar la oferta más convenie
ésta seleccionar la oferta que no fuere la de menor valor económque esto es sólo uno de los elementos de juicio que debe califica para decidir cuál es la propuesta más beneficiosa a sus intereses»
2010
La exigencia referida a que las ofertas económicas no deben se15% del presupuesto oficial disponible, no se condice con lo dispuen cuanto debe alcanzarse la combinación más ventajosa enbeneficios del servicio y todos sus costos asociados.
Impedir ofertar un precio inferior al indicado, deja de operar code selección, ya que restringe la competencia en ese factor y ncumplimiento de los principios de eficacia, eficiencia y a
contrataciones. N°s 60.510 y 81.170 de 2011 y N° 18.953 de 20
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Libre concurrencia al llamad Artículo 9° ley 18.57
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No procede cláusula que establece una vigencia de 24
término de los cuales se entendería tácita y autom
renovado por períodos anuales y sucesivos. N° 46.746, deotros.
Las inhabilidades para participar en la licitación deben lim
establecidas en artículo 4° de la Ley N° 19.886, por lo
improcedente que se incorporen otras. N° 61.883 de 2008 .
Las bases deben interpretarse de forma tal que pe
particip ación de la mayor cantid ad de oferentes , a
afectar el principio de libre concurrencia, consagrado en lo
6° de la ley de compras y 9° de la LOCBGAE. N°s. 18.1380.334, de 2012 y N 16.249 de 2013.
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Sujeción estricta a las BaseArtículo 10 ley 19.88
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Las cláusulas de las bases deben observarse de modo ir
constituyen la fuente pr incipal de los dere
obl igaciones tanto de la Administración como de los oN° 62.483 de 2004.
Conforme al principio de estricta sujeción a la
administrativas, las bases o condiciones generales
licitación integran el marco ju ríd ico ap lic able a losy obligaciones y a este deben ceñirse obligatoriamente los
públicos N°s 46.126, de 2006 y N°65.497 de 2012.
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Igualdad ante las Bases y nodiscriminación arbitrariaArtículos 9° ley 18.575 y 20 del reglamento ley de compra
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Los principios rectores de toda licitación pública son los de "estri
las bases administrativas" y de "igualdad de los oferentes", los cuales
principal fuente de derechos y obligaciones , tanto de la Administració
oponentes. A través de los mencionados principios se pretende reflejar
transparencia que ha de primar en los contratos de la Administració
51.670 y 60.739 de 2011 y 48.512 de 2012.
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El principio de igualdad de los oferentes tiene p
garantizar la actuación imparcial de la Administrac
lo cual se requiere establecer requisitos impersona
aplicación general, debiendo tener presente que su cum
resulta esencial para dar plena eficacia al principio de ju
y de igualdad ante la ley , consagrado en la Constitució
del Estado. N° 478 de enero 2011.
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En virtud de este principio se debe mantener y garan
igualdad jurídica de los participantes para el ejelos derechos de que son titulares, lo que se alcanza p
de la actuación imparcial de la Administración, que e
en las bases requisitos de aplicación general, vincul
igual manera para todos los participantes. N° 8.783 de
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Transparencia y publicidadArtículo 18 ley 19.886 y 7 ley 2
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Por la incorporación del art. 9°a la ley N° 18.575, se
Sistema de Propuesta Pública como un mesencial para resguardar el principio de probidad adm
por la vía de asegurar la transparencia qrevestir los procesos de contratación que realicen los ó
la Administración del Estado. N°25.434 de 2012.
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“La oferta técnica , constituye información ese
pública, debiendo tenerse en especial consideración q
los antecedentes vinculados a las lici públicas están sujetas a un escrutiniomayor para que la ciudadanía pueda constata
adjudicación fue hecha al mejor oferente, por lo que
público en dicha información es mayor que en cualquiderecho del tercero. CPLT C 509-2009.
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Procedimientos de contrataci
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Aspectos Generales
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Sistema de Información de Compras y
Contrataciones de la Administración
«Organismos públicos deben desarrollar sus
procesos de adquisición y contratación
utilizando los sistemas electrónicos que
establezca la Dirección de Compras yContratación Pública»
www.mercadopublico.cl
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1.- Notificaciones:• Todas las notificaciones, salvo las relacionadas con el C
la Ley 19.886, se entenderán realizadas, luego de 24 h
que la Entidad publique en el sitio el documento, acto
objeto de la notificación.
2.-Monto de contratación:
• Cada Entidad es responsable de estimarlo. Cuando no
estimarlo, las Entidades deberán una Licitación Pública.
Aspectos generales
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3.- Renovaciones y opciones:
Se prohíben Contratos que contengan cláusulas de
automáticas, a menos que ese hubiese señalado en la
existan motivos fundados.
4.- Fragmentación:
La Administración no puede fragmentar contratacion
propósito de variar el procedimiento.
Aspectos generales
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5.- Garantías de Seriedad Oferta y de fiel y oportuno cump
contrato y cumplimiento obligaciones laborales y sociales:
Cada Entidad requerirá la constitución de las garantías
necesarias para asegurar la seriedad de las ofertas y el fie
cumplimiento del contrato definitivo, en la forma y por los m
lo establezcan las respectivas bases de licitación.
Características: - Pagadera a la vista- Tomada por uno o varios integrantes ad
- Carácter irrevocable
- Obligatorias sobre 1000 UTM
Aspectos generales
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Las garantías necesarias deberán ser fijadas en un monto tota
desmedrar su finalidad no desincentiven la participación de ofellamado de la propuesta.
Seriedad: devolución 10 días desde inadmisibilidad o desestimació
Garantía de cumplimiento: Vigencia : 60 días de culminado el
Entre un 5% y 30% del precio del contrato Excepción arts., 42
reglamento
a) Oferta temeraria
b) Precio de bienes y ss. y riesgo contrato.
Aspectos generales
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Aspectos generales
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Garantía de cumplimiento puede otorgarse mediante más de un inst
la misma naturaleza que representen monto a caucionar
6.- Garantía por anticipo
Si se establecen anticipos en las Bases , la entidad licitante exigirá
una garantía equivalente al 100% del monto anticipado
Aspectos generales
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Aspectos generales
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7.- Licitaciones en soporte papel
Excepcionalmente en las siguientes circunstancias:
a.- Proveedores sin medios tecnológicos, debidamente justificada.
b.- Indisponibilidad técnica del Sistema certificada por DCCP.
c.- Caso fortuito y fuerza mayor.
d.- No exista conectividad en comuna de Entidad licitante .
e.- Contrataciones de materias secreta, reservada o confidencial
f.- Garantías, planos, antecedentes legales, muestras y antecedisponibles en formato digital, se reciben de manera física, según ba
h.-Contrataciones en el extranjero
Aspectos generales
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Procedimientos de contratación
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P r o c e d i m i e
n t o s d e C o n t r a t a c i ó
Convenio Marco
Licitación Pública
Trato Directo
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Convenio Marco
Licitación pública efectuada por la Dirección ChileC
oficio o a petición de las entidades públicas, por m
cual los oferentes que resultan adjudicados y
contratos, pasan a formar parte del catálogo electr
lleva esa institución, y en el cual los organismo
pueden adquirir productos y servicios mediante directa de las órdenes de compra respectivas.
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• Preferencia legal (obligación salvo condiciones más veen su utilización, independiente del monto de la contrat
• Aplicación voluntaria Municipios
• Aplicación obligatoria a FF.AA., salvo que se excluya p
art. 30 letra de Ley)
Convenio Marco
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Convenio Marco
Operación
Los bienes y servicios adjudicados en CM se catalog
Los organismos públicos contratan los servicios o
de CM emitiendo directamente la OC, pueden sus
contrato con proveedor adjudicado de CM y requerir
específicas
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Convenio Marco
Si el bien o servicio requerido por organismos públicos e
están obligadas a adquirirlo por CM salvo Condici
Ventajosas (objetivas, demostrables y sustanciales) e
plazos de entrega, condiciones de garantía,
costo/beneficio. En estos casos además deben:
Mantener antecedentes para revisión de
fiscalizadores
Informar a la Dirección ChileCompra
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Convenio Marco
Regulación Aplicable:
Bases de CM
Contrato definitivo si lo hubiere
Orden de compra
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Convenio Marco
Compras por Convenio Marco
Las condiciones de la contratación, incluida la conde las obligaciones del prestador, provienen enterlos términos establecidos al efecto en las balicitación del convenio marco y en la oferta aceptadas en dicho procedimiento, de manera qu
los organismos públicos generen la orden de compvinculará directamente con tales adjudicatarios, las regulaciones ahí establecidas. 58.629, de 2007 y N°
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Compras mayores 1000 UTM vía CM (art. 14 bis* reglamento)
Aviso de compra a todos los adjudicatarios del producto rcon antelación (10 días corridos mínimo antes de OC), indicando f
decisión de compra, producto, la cantidad y condiciones de entreg
Oferta se selecciona según criterios de evaluación defin
bases de licitación, en cuanto sean aplicables
Se debe adjuntar cuadro comparativo de evaluación a la
Se dicta resolución que apruebe la adquisición
Convenio Marco
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Convenio Marco
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Compras mayores 1000 UTM vía CMEn ese contexto, se debe tener presente que el mecanismo de adquisici
marco, no corresponde a un nuevo procedimiento licitatorio, ya que solo pue
los proveedores adjudicados en el tipo de producto requerido en virt
previamente concursado, por lo que no existen bases de licitación y la entidad
debe especificar los bienes o servicios solicitados, su cantidad y las condicio
de entrega.
Al respecto, esta Entidad de Control, a través del dictamen N° 7.640
manifestado, en relación con bases administrativas de una licitación de conv
estas solo admiten la posibilidad de que la entidad pública fije condicion
complementario a aquellas, lo que significa que por esta vía no se sustancialmente la regulación contenida en las bases, pudiendo regularse sola
que resulten conciliables con las mismas, como son, a modo ilustrativo,
específicas de entrega del producto.
En virtud de lo expuesto, cabe concluir que no procede rechazar una ofe
criterios técnicos de evaluación distintos a los contenidos en las bases
convenio marco.Gobierno de Chile | Ministerio de Hacienda | Dirección ChileCompra
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Licitación Pública
Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante e
la Administración realiza un llamado público a través del Siste
Información, convocando a los interesados para que, sujetánd
las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las c
seleccionará y aceptará la más conveniente, conforme a los cr
de evaluación y ponderaciones establecidas en las respebases de licitación.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 9°N ° 18.575, en concordancia con las disposiciones con
el Capítulo III, Párrafo 1, de la ley N ° 19mecanismo de la licitación pública es general para que las entidades públicas convsuministro a título oneroso de bienes o servicios. N°2013
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1. Regla general
2. Elusión de licitación publica Falta a la probidad
3. Reglas especiales para contratación de servicios espec
4. Principios Generales de Propuesta Pública:
a. Libre Concurrencia de oferentes al llamado, sin bar
b. Igualdad ante las Bases Trato igualitario y no d
arbitraria.c. Sujeción estricta a las Bases. Procesos formales q
y dan certeza jurídica a todos los competidore
publicación según montos
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CONSULTAS AL MERCADO
Objetivos :
Transparentar relación comprador-proveedores
Aumentar eficacia y eficiencia procesos contrat
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CONSULTAS AL MERCADO
Descripción :
Antes de la elaboración de bases de licitación las
Públicas pueden contarse con proveedores mediante
públicos y abiertos a través del Sistema a fin de
información acerca de los precios, características de o servicios requeridos, sobre tiempos de preparació
ofertas, o cualquier otra que requieran para la confecc
bases
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Publicación de Bases
Bases se publican en el Sistema
Con el fin de aumentar la difusión del llamado, la entidad licita
publicarlo por medio de uno o más avisos en diarios o m
circulación internacional, nacional o regional según sea el cas
Etapas
c tac ó úb ca
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De conformidad con lo establecido en el artículo 9°N ° 18.575, en concordancia con las disposiciones con
el Capítulo III, Párrafo 1, de la ley N °
19mecanismo de la licitación pública es general para que las entidades públicas convsuministro a título oneroso de bienes o servicios. N°2013
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Licitació
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Licitació
• Contenidos Mínimos de Bases de Licitación:
• Requisitos y condiciones de los oferentes para que las o
aceptadas;
• Especificaciones de bienes/servicios a contratar , sin exi
específicas;
• Etapas/plazos de licitación;
• Modalidad de pago;
• Plazo entrega bien/servicio;• Naturaleza/monto de las garantías ;
• Criterios objetivos de adjudicación;
• Individualización de Funcionario de Entidad licitante;
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Etapas y plazos de la licitación.“El calendario de la licitación, no consigna las etapas de apofertas, de evaluación de las mismas; ni la época en que se
adjudicación, lo que infringe lo prescrito en artículo 22, N°N° 250” . N° 9.162 de 2011.
Incumplimiento de plazos.La inobservancia de los plazos no tiene incidencia, en defvalidez del proceso licitatorio, por cuanto dicho vicio revist
formal y no constituye un error esencial, pues no guardaaspectos objeto de evaluación, ni ha significado privilegiar oferentes en perjuicio de los demás. N°s 75.915 de 2011 y 15.
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Contenidos adicionales:
•Prohibición de subcontratar;
•Puntajes o ponderaciones por materias de alto impacto social, por ejemplo m
condiciones de empleo (artículo 6° ley N° 19.886)
•Otras materias que no contradigan la Ley de Compras y el Reglamento.
Modificaciones:
• Antes del cierre de recepción de ofertas
•Plazo prudencial para adecuar ofertas
Caso de licitaciones de gran complejidad y aquellas superiores a 1.000al menos 3 funcionarios públicos, internos o externos al organismo. Excepcio
ser integrada por personas ajenas y en un número menor a los funcionarios
integren.
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Apertura Electrónica de Ofertas
Se realiza a través del Sistema de Información. Las ofertas deenviadas a través del Sistema de Información.
Excepción: Art. 62 del Reglamento
La apertura electrónica consiste en la liberación automática recibidas a través del Sistema en el día y hora establecido en
Proveedores pueden efectuar observaciones dentro de plazo d
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Evaluación
- La Entidad evalúa ofertas y asigna puntajes según
factores, subfactores y ponderaciones establecidos en las
- Criterios de evaluación: La Entidad considerará en
factores: precio de oferta; experiencia de oferentes; calida
de bienes y/o servicios; asistencia técnica y soporte; s
post venta, etc.
Prohibición de Contacto entre los proponentes y la Entidad
Excepciones: sólo en casos previstos por art. 39 del R. (s
aclaraciones, entrevistas, pruebas requeridas, visitas a ter
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Evaluación de las ofertas Los requisitos técnicos deben ser formulados en términ
permitan ser evaluados sobre la base de criterios
(establecimiento de condiciones impersonales, degeneral, y vinculantes de igual modo para todos los ofe
29.363 de 2011.
La Administración no se encuentran en la obligación
teniendo únicamente en consideración el menor precioordenamiento jurídico impone proceder en base a parámtécnicos como económicos, los cuales deben adecuadamente para definir la oferta más ventajosa. N° 2
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Adjudicación
La Entidad Licitante aceptará la propuesta más ventajosa,considerando los criterios de evaluación establecidos en las
Bases y en el Reglamento.
No podrá adjudicar ofertas:
- que no cumplan con las condiciones y requisitos establecid
las Bases.
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Adjudicación
Las Entidades aceptarán una oferta mediante acto adm
debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los ofe6 del R.).
Se declarará desierta una licitación cuando no se presenten
bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses
R.).
Se requiere contar con disponibilidad presupuestaria p
adjudicación.
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Licitación Pública
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Publicación del acta de evaluación, obligación según loestablecido en el artículo 26 de la ley 20.641, de Presupuesto
año 2013.
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I f
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Informe.El informe que propone la adjudicación del bien a la empresa, d
suficiente del proceso de evaluación, indicando los puntajes obte
participante y debiendo estar firmado por los integrantes de la co
15.748 de 2011
AdjudicaciónLos órganos de la Adm. del E°no se encuentran en la obligación d
licitaciones que convoquen, teniendo únicamente en considera
precio, toda vez que el ordenamiento jurídico les impone proceder evaluación en base a parámetros tanto técnicos como económic
deben conjugarse adecuadamente para definir la oferta más ventajde 2010 y N° 6.080 de 2012
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Licitación Pública
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Adjudicación
«La decisión de adjudicación se contiene en un acto admin
debe ser fundado , producto de un procedimiento reglado, y
sus efectos desde que ha sido notificado». N° 72.839 de 2010.
«La licitación es un procedimiento formal y reglado , cuya
pueden sucederse unas a otras en la medida en que va
afinadas conforme a derecho. La adjudicación y la suscripción
se deben disponer mediante actos administrativos separadosde 2009.
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Regulación especial para servicios
Licitación Pública
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Servicios PersonalesEn su ejecución demandan un
intensivo desarrollo intelectual
Servicios
Personales
Propiamente tales
Servicios EspecializaAquellos para cuya realización se requiere u
especial, en una determinada ciencia, arte omanera que quien los provea sea exper
conocimientos o habilidades muy específicas
son intensivos en desarrollo intelectual, in
personas que prestarán los servicios, siendo p
importante la comprobada competencia té
ejecución exitosa del servicio requ
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Licitación Pública
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Regulación servicios especializados
• Licitación pública con fases (art. 107*):
1. Preselección de proveedores idóneos técnicamente
2. Presentación de ofertas por preseleccionados
3. Negociación optativa
4. Adjudicación
• Trato directo menor a 1000 UTM, resolución fundada que justifique especialidad e idoneidadtramitación especial.
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R l ió i i i li d
Licitación Pública
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Regulación servicios especializados
1. Preselección
• Publicación en www.mercadopublico.cl bases.
• Periodo de consultas optativo.
• Recibidos antecedentes de proveedores, Entidad verifica idotécnica.
• Selección según criterios establecidos en las bases.
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Licitación Pública
http://www.mercadopublico.cl/http://www.mercadopublico.cl/
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Regulación servicios especia
2. Presentación de ofertas por preseleccionados
• Plazo mínimo 10 días.
• Evaluación conforme criterios establecidos en las b
elaboración ranking
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Licitación Pública
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Regulación servicios especia
3. Negociación optativa
• No puede alterar contenido esencial de los servicios req
• No puede superar 20% total ofertado
4. Adjudicación
• Se publica en www.mercadopublico.cl
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APLICACIÓN: PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN DE SERVICIOSPERSONALES ESPECIALIZADOS (LICITACIÓN)
http://www.mercadopublico.cl/http://www.mercadopublico.cl/
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1. Servicios
Generales
2. Serv
Person
Son servicios comunes, estándares o
rutinarios. Ej: Aseo, fotocopiado, etc.
Son aquellos que demanda
intensivo desarrollo intelect
los contratos de servicios se clasifican en:
2.1 Servicios Personales
Propiamente Tales: Ej. Asesoríasgenerales, etc.
2.2 Servicios
Especializados
entregado por expehabilidades muy es
esta
IMPORTANTE: “Cada institución es responsable de clasificar los servicios y
f d t l ”
MENORES a
1000 UTM
Contratación directa con
proveedor previa verificación
Servicios Personales especializados menores a 1000UTM (Art. 107 NR)
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(1) Elaboración TDR y requisitos delproveedor
(2) Estimación del costo del servicio
(3) Invitación al proveedor que cuente conlas competencias
(4) Selección del proveedor
(5) Adjudicación y resultado final
proveedor previa verificación
resolución fundada que au
directo debe señalar la natu
servicio y justificar la compra.
Si el proveedor no fuese idóneo
podrá invitar a otro prove
condicionesEl proveedor enviará la oferta té
cual se evaluará según los crite
TDR. Se podrá solicitar al provee
técnica o económica según lo so
Se adjudica al proveedor elegi
sistema de información el con
hubiere y se adjuntan los antec
y las TDR
Contar con estimaciones refere
los servicios a contratar.
Contratación directa con un proveedor
Se establecen los requisitos y nservicio.
Licitación Privada
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“El procedimiento administrativo de carácter concursal, pre
resolución fundada que lo disponga, mediante el cual Administración invita a determinadas personas para q
sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de en
las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.”
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Licitación Privada
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• Requiere resolución fundada
• Invitación a un mínimo de tres posibles proveedores.
• Invitación a través del sistema de información, adjuntand
las bases; plazo para presentar ofertas según monto .
• Procede en los casos establecidos.
• Se aplican normas licitación pública.
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Trato Directo
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“El procedimiento de contratación que, por la naturaleznegociación que conlleva, deba efectuarse sin la concurre
los requisitos señalados para la licitación o propuesta p
para la privada. Tal circunstancia deberá, en todo ca
acreditada según lo determine el reglamento”.
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Trato Directo
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• Requiere resolución fundada.• Causales específicas.
• Cada entidad deberá acreditar la concurrencia de la circunsta
permite efectuar el trato directo.
• Se aplican normas de la licitación pública y licitación privada e
sea procedente.
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Trato Directo
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Autorización mediante acto administrativo
El procedimiento administrativo de contratación directa, const
excepción, por lo que es necesario que su justificación conste e
administrativo fundado. Debe ser el propio servicio quien califique y
decisión fundada de proceder bajo la figura del trato directo, a tr
debida ponderación de las situaciones de hecho y las disposicione
pertinentes. Dictamen N° 651 de 2011
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Trato Directo
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Justificación: Cualquiera que sea la causal, al momento de invocarla
la sola referencia a las disposiciones legales y reglamentarias
fundamentan, sino que, dado el carácter excepcional , se requdemostración efectiva y documentada de los motivos que justi
procedencia , debiendo acreditarse de manera suficiente la conc
simultánea de todos los elementos que configuran la hipótesis cont
en la normativa. N° 420 de 2010 y N°s 13.960 y 17.208 de 2013, entre otros.
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Trato Directo
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Fundamentación: Las causales de trato directo requieren de una acre
efectiva y documentada de las razones que motivan su proc
fundamento que debe contenerse en el cuerpo del acto admin
aprobatorio del contrato, siendo insuficiente la sola referenc
disposiciones legales y reglamentarias que contienen la caus
tampoco la alusión a razones de índole interno de funcionami
Servicio. N°s. 46.427, de 2008; 10.925, de 2010, y 69.864, de 2012 y N°
2013.
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Causales de excepción a la licitación pública
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1.- Licitaciones públicas respectivas no se hubieren presentado
Procede la licitación privada y luego TD
2.- Contratos que correspondieran a la realización o termi
contrato que haya debido resolverse o terminarse anticip
falta de cumplimiento del contratante u otras causales y cu
no supere las 1.000 unidades tributarias mensuales
3.- En casos de emergencia, urgencia o imprevisto.
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Excepciones a licitación pública
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4.- Si sólo existe un proveedor del bien o servicio.
5.- Convenios de prestación de servicios a celebrar con persoextranjeras que deban ejecutarse fuera del territorio nacional;
6.- Servicios de naturaleza confidencial
7.- Por naturaleza de la negociación:
a) Prórroga o contratar servicios conexos.b) Gastos de representación
c) Cuando pueda afectarse la seguridad e integridad
autoridades.
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Excepciones a licitación pública
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d) Consultorías y cuyas materias se encomienden en cons
facultades de Proveedor que dará el servicio o se refieran
claves y estratégicas.
e) Contratación sólo pueda realizarse con proveedores titulares d
propiedad intelectual, industrial, etc.
f) Cuando por la magnitud e importancia de la contratación es in
en razón de la confianza , seguridad y experiencia comprobadque se estime fundadamente que no existen otros proveedor
dicha confianza.
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Excepciones a la licitación pública
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g) Reposición o complementación de equipamiento o servicios.
h) Conocimiento público de licitación pudiese poner en riesgo el objeto
y eficacia de contratación.i) Bienes muebles a oferentes extranjeros para ser consumidos fuera
j) En contrataciones inferiores a 100 UTM atendido costo evaluación
k) Bienes o servicios para proyectos específicos de docencia
l) Licitación pública previa desierta y contratación es indispensable
m) Servicios personales especializados inferiores a 1000UTM.
8.- Contratación igual o inferior a UTM 10. ( se aplica art. 51 Reglament
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Exigencias formales en excepciones:
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• Acreditar la concurrencia de la circunstancia
• Contar con las cotizaciones en los casos que señreglamento.
• Publicación en el Sistema dentro de las 24 ho
dictadas. Excep. confidencialidad
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Suscripción de contrato
Contenidos
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• Individualización del contratista
• Características del bien o servicio contratado
• Precio
• Plazo de duración
• Garantías, si las hubiere
• Causales de término
• Demás menciones y cláusulas de las Bases
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Formalización contrato
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• Contratos superiores a 100 UTM:
Contrato se suscribe con entidad licitante dentro deestablecido en Bases, si nada se dice será suscrito dentro decorridos desde adjudicación.Se puede suscribir por medios electrónicos.
• Contratos menores a 100 UTM:
Se formalizan mediante la emisión y aceptación de la OCompra, formalización electrónica
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Formalización contrato
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• Los contratos superiores a 100 UTM e inferiores a 1000también se formalizarán electrónicamente cuando se tbienes o servicios estándar de simple y objetiva especificacihaya establecido así en las respectivas bases de licContenido mínimo de bases de licitación.
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Vigencia de los contratosLos contratos sólo pueden entrar en vigencia una vez qadministrativo que los sanciona se encuentre
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administrativo que los sanciona se encuentre tramitado, ello es sin perjuicio de que en la respectiva coconsigne, por razones de buen servicio, que las prestaciones
de ella se iniciarán con anterioridad, no obstante quúnicamente podrá efectuarse una vez verificada la total tradicho acto aprobatorio. 77.283 de 22.12. 2010 y N° 364 de
Aplicación de multas.La aplicación de las multas pactadas por incumplimie
obligaciones de las partes, no constituye una manifestapotestad sancionadora del Estado, sino que correspondeejecución de las estipulaciones de tales acuerdos de volu8.297; 21.035; 50.606; y 4.508, todos de 2012.
Improcedencia de la Cesión
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No procede cláusula que permite transferir a terceros los
que emanen del contrato, por cuanto no se aviene al artícu
la ley N° 19.886, en relación con el artículo 74, de su reg
en cuya virtud se prohíbe la cesión o transferencia e
alguna , ya sea total o parcialmente, de los derechos y obl
que nacen con ocasión de una licitación y especialment
establecidos en el contrato definitivo, salvo que una
legal especial permita tal cesión, circunstancia que no en la especie. N° 5.633 de 28.01. 2011
Garantías:
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Cualquiera sea el instrumento que se contemple en l
este resulta jurídicamente equivalente a los demámedida que asegure el pago de manera rápida y razón por la cual las bases administrativas puedendiversos instrumentos, y cada oferente puede ocualquiera de ellos para cumplir con la garantía. N° 7
2012
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Renovación
Contratos cuyos montos excedan las 1.000 UTM pueden tener
ió t áti ól l did t l
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renovación automática sólo en la medida que tal pos
encuentre prevista en las bases y que existan motivos fun
es tab lecer d ic has cláusulas y así se hub iese señalad o . Edeben consistir en razones específic as y aco tadas qu
establecer una cláusula de renovación y no causales de carác
Los mot ivos son las razones por las cuales se actúa de
manera, las que deben estar respaldadas por circunstancias
puedan ser determinadas, conocidas y comprobadas
deben existir no sólo al momento de elaborar las bases y de contratos, sino que además al tiempo de hacerse efectiva la
renovar la convención. Nº 9023, de 2008.
Atendido su carácter excepcional las causal
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Atendido su carácter excepcional las causaltérmino anticipado del contrato deben cumplrequisitos de precisión, certeza y seguridad jurídicestar claramente establecidas, correspondiendo espesituaciones, objetivas, constitutivas de incumplimien39.888, de 2005; 55.721, de 2008, y 31.177, de 2010 y N°19.01.2011.
Término Anticipado
«En consideración al principio de certeza y s
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«En consideración al principio de certeza y s jurídica, es inadmisible que se contemple como término anticipado de un contrato, el incumplimientolas obligaciones convenidas, sin señalar las sespecíficas constitutivas de dicho incumplimiento» Nde junio 2009.
Incumplimiento: «Evaluar si el incumplimiento en que ha incucontratante de la Administración justifica el poneanticipado, es una cuestión que corresponde decidir aafectado». N° 16.569 de 2010.
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Normativa de compras púb
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