Post on 28-Feb-2021
REPUBLICA DE COLOMBIA
DCP-2500
MINISTERIO DEL INTERIOR
CERTIFICACIÓN NÚMERO
DE Y,kMAR 2015
"Sobre la presencia o noáe comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse"
EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numera! .5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de
diciembre de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 3 de marzo de 2015, el oficio con radicado externo EXTMII5-0009123, por medio del cual el señor LAUREANO GOMEZ MONTEALEGRE, en calidad de Gerente de Fomento de la AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA, NIT. 900,500.018-2, solícita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "DELIMITACION DE UN ÁREA DE RESERVA ESPECIAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 31 DE LA LEY 685 DE 2001 - CÓDIGO DE MINAS-", localizado en jurisdicción del municipio de Inírida y el Corregimiento Departamental de Cacahual, departamento de Guainía, identificado con las siguientes coordenadas:
PUNTO NORTE ESTE
P.A 1045436,61 910223,507
1 1045436,61 910223,507
2 1047488,6 911140,543
3 1047677,89 910670,038
4 1047967,9 910000,834
5 1048197,73 909469,02
6 1049261,9 907778,834
7 1050395,3 905948,002
8 1051445,28 905590,2 13
9 1053718,62 905675,865
10 1054485,59 905963,295
11 1054989,41 906083,326
12 1055479,45 906291,486
13 1056285,93 906453,256
14 1057789,9 906409,547
15 1058279,26 906668,145
16 1059453,74 907679,815
17 1059727,72 907986,085
18 1059999,95 908168,398
19 1060567 908539,287
20 1061209,71 908661,068
Página 1 de
CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 293 DE 24 MAR 2Ü5
21 1062327,37 908196,088
22 1062686,67 907831,456
23 1062069,02 904162,105
24 1060825,2 902505,061
25 1059653,23 901613,633
26 1054253,22 901133,985
27 1047757,36 901261,41
28 1046496,75 902069,633
29 - 1045612,44 906740,39
30 1045266,44 909708,232 Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0009123 de 3 de marzo de 2015.
Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: 1) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, ubicación y cuadro de coordenadas del área del proyecto: "DELIMITACION DE UN ÁREA DE RESERVA ESPECIAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY 685 DE 2001 - CÓDIGO DE MINAS-", localizado en jurisdicción del municipio de lnírida y el Corregimiento Departamental de Cacahual, departamento de Guainía. u) CD —medio magnético-, con archivos digitales correspondientes a información y cuadro de coordenadas del área del proyecto en mención.
Que la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "DELIMITACIÓN DE UN ÁREA DE RESERVA ESPECIAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 31 DE LA LEY 685 DE 2001 —CÓDIGO DE MINAS-", localizado en jurisdicción del municipio de lnírida y el Corregimiento Departamental de Cacahual, departamento de Guainía. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las Bases de Datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de Resguardos Indígenas constituidos (lncoder-lgac 2014), ji) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2014), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Minlnterior 2014), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolornbianas, Raizales y Palenqueras (Minlnterior 2014), y) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (lncoder-Igac 2014), y, vi) Base de datos de Consulta Previa (Minlnterior 2014).
Que en el informe técnico de 11 de marzo de 2015 se estableció lo siguiente:
"Se procedió a revisar la información consignada en la solicitud y se constató que cuenta con datos como: nombre, descripción de actividades y coordenadas del proyecto. A continuación se ingresaron las coordenadas en el SIG usando el Sistema Magna Sirgas Origen Este Este, observando coherencia espacial, por lo que se considera que está solicitud puede ser tramitada para efectos de determinar la presencia o no de comunidades étnicas.
Se calculó que el área aproximada del proyecto es de 9630,7 hectáreas".
Coordenadas del proyecto:
PUNTO NORTE ESTE
P.A 1045436,61 910223,507
1 1045436,61 910223,507
2 1047488,6 911140,543
3 1047677,89 910670,038
4 1047967,9 910000,834
5 1048197,73 909469,02
6 1049261,9 907778,834
7 1050395,3 905948,002
8 1051445,28 905590,213
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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 293 DE 24 MAR 20i5
9 1053718,62 905675,865
10 1054485,59 905963,295
11 1054989,41 906083,326
12 1055479,45 906291,486
13 1056285,93 906453,256
14 1057789,9 906409,547
15 1058279,26 906668,145
16 11059453,74 907679,815
17 1059727,72 907986,085
18 1059999,95 908168,398
19 1060567 908539,287
20 1061209,71 908661,068
21 1062327,37 908196,088
22 1062686,67 907831,456
23 1062069,02 904162,105
24 1060825,2 902505,061
25 1059653,23 901613,633
26 1054253,22 901133,985
27 1047757,36 901261,41
28 1046496,75 902069,633
29 1045612,44 906740,39
30 1 1045266,44 909708,232
Que con base en la información aportada, se elaboró informe técnico el día 11 de marzo de 2015 en el cual se determinó que:
"Realizado el análisis cartográfico correspondiente con las coberturas de: comunidades étnicas, drenajes, vías, centros poblados, límites municipales y límites departamentales; y mediante la consulta con las bases de datos de comunidades étnicas disponibles en la Dirección de Consulta Previa, se determinó que el polígono ubicado en los municipios de Cacahual e Inírida, departamento de Guainía, correspondiente al proyecto "Delimitación de un área de reserva especial de conformidad con el artículo 31 de la Ley 685 de 2001- Código de Minas" se intercepta con:
- El Resguardo Indígena Río Atabapo e Inírida de las Etnias Curripaco, Puínave, Piapoco, Baniva, Guariquema, Píratapuyo y otras, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución 082 del 26 de septiembre de 1989.
Por lo cual, se concluye que para el proyecto "Delimitación de un área de reserva especial de conformidad con el artículo 31 de la Ley 685 de 2001- Código de Minas" se registra la presencia de comunidades étnicas".
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,
CERTIFICA:
PRIMERO. Que SE REGISTRA LA PRESENCIA del RESGUARDO INDÍGENA RÍO ATABAPO E INÍRIDA, perteneciente a las Etnias CURRIPACO, PUINAVE, PIAPOCO, BANIVA, GUARIQUEMA, P!RATAPUYO Y OTRAS, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución 082 de 26 de septiembre de 1989, en el área del proyecto: "DELIMITACION DE UN ÁREA DE RESERVA ESPECIAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY 685 DE 2001 —CÓDIGO DE MINAS-", localizado en jurisdicción del municipio de Inírida y el Corregimiento Departamental de Cacahual, departamento de Guainía, identificado con las siguientes coordenadas:
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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 293
DE 2 4 MAR 201
PUNTO NORTE ESTE
P.A 1045436,61 910223,507
1 1045436,61 910223,507
2 1047488,6 911140)543
3 1047677,89 910670,038
4 1047967,9 910000,834
5 1048197,73 909469,02
6 1049261,9 907778,834
7 1050395,3 905948,002
8 1051445,28 905590,213
9 1053718,62 905675,865
10 1054485,59 905963,295
11 1054989,41 906083,326
12 1055479,45 906291,486
13 1056285,93 906453,256
14 1057789,9 906409,547
15 1058279,26 906668,145
16 1059453,74 907679,815
17 1059727,72 907986,085
18 1059999,95 908168,398
19 1060567 908539,287
20 1061209,71 908661,068
21 1062327,37 908196,088
22 1062686,67 907831,456
23 1062069,02 904162,105
24 1060825,2 902505,061
25 1059653,23 901613,633
26 1054253,22 901133,985
27 1047757,36 901261,41
28 1046496,75 902069,633
29 1045612,44 906740,39
30 1045266,44 1 909708,232 Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0009123 de 3 de marzo de 2015.
SEGUNDO. Que no se registra la presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "DELIMITACION DE UN ÁREA DE RESERVA ESPECIAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY 685 DE 2001 -CODIGO DE MINAS-", localizado en jurisdicción del municipio de lnírida y el Corregimiento Departamental de Cacahual, departamento de Guainía, identificado con las siguientes coordenadas:
PUNTO NORTE ESTE
P.A 1045436,61 910223,507
1 1045436,61 910223,507
2 1047488,6 911140,543
3 1047677,89 910670,038
4 1047967,9 910000,834
5 1048197,73 909469,02
6 1049261,9 907778,834
7 1050395,3 905948,002
8 11051445,28 1905590,213
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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN
293 DE 2 MAR 2fl15
Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0009123 de 3 de marzo de 2015.
TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMII5-0009123 de 3 de marzo de 2015, para el proyecto: "DELIMITACIÓN DE UN ÁREA DE RESERVA ESPECIAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY 685 DE 2001 - CODIGO DE MINAS-", localizado en jurisdicción del municipio de Inírida y el Corregimiento Departamental de Cacahual, departamento de Guainía, identificado con las siguientes coordenadas:
Página 5 de 6
9 1053718,62 905675,865
10 1054485,59 905963,295
11 1054989,41 906083,326
12 1055479,45 906291,486
13 1056285,93 906453,256
14 1057789,9 906409,547
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17 1059727,72 907986,085
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19 1060567 908539,287
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27 1047757,36 901261,41
28 1046496,75 902069,633
29 1045612,44 906740,39
30 1045266,44 909708,232
PUNTO NORTE ESTE
P.A 1045436,61 910223,507
1 1045436,61 910223,507
2 1047488,6 911140,543
3 1047677,89 910670,038
4 1047967,9 910000,834
5 1048197,73 909469,02
6 1049261,9 907778,834
7 1050395,3 905948,002
8 1051445,28 905590,213
9 1053718,62 905675,865
10 1054485,59 905963,295
11 1054989,41 906083,326
12 1055479,45 906291,486
13 1056285,93 906453,256
14 1057789,9 906409,547
15 1058279,26 906668,145
16 1059453,74 907679,815
17 1059727,72 907986,085
CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN '293
18 1059999,95 908168,398
19 1060567 908539,287
20 1061209,71 908661,068
21 1062327,37 908196,088
22 1062686,67 907831,456
23 1062069,02 904162,105
24 1060825,2 902505,061
25 1059653,23 901613,633
26 1054253,22 901133,985
27 1047757,36 901261,41
28 1046496,75 902069,633
29 1045612,44 906740,39
30 1045266,44 909708,232 Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTMII5-0009123 de 3 de marzo de 2015.
CUARTO. Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta certificación, deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la
Directiva Presidencial 10 de 2013.
QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE
ÁLVARO HEVERRY LONDOÑO Direc1t6r de Consulta Previa
Elaboró: Zamir Leonardo Molina Roa. Abogado Revisó: Elena Ramírez Ceballos. Abogada D.0 Revisó: Luis Fernando Mora. Líder Área de Cd Aprobó; Dr. Alvaro Echeverry Londoño. Direqto
T.R.D. 2500.09.06
kC.-F iones D.C.P.
D.C.P. (//>
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