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SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL DESPACHO
RESOLUCION No. (x!12 21:11)1bE 20111
"POR MEDIO DE LA CUAL SE HACE UNA CORRECCIÓN DE IMPRECISIÓN CARTOGRÁFICA EN LOS PLANOS OFICIALES ADOPTADOS EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE
IBAGUÉ, SEGÚN ACUERDO 0116 DE 2000"
EL SECRETARIO DE PLANEACION MUNICIPAL
En uso de sus atribuciones legales, en especial las contenidas por el artículo 102 de la Ley 388 de 1997, el artículo 78 del Decreto Nacional 1469 de 2010, el artículo 414 del Acuerdo 0116 de
2000 y los decretos Locales 1.1-0656 de 2008 y 1.1-0774 de 2008 y
CONSIDERANDO
Que la Ley 388 de 1997 en su artículo 102 establece que la "... en ausencia de normas exactamente aplicables a una situación o de contradicciones en la normativa urbanística, la
facultad de interpretación corresponderá a las autoridades de planeación...".
Que artículo 414 del Acuerdo 116 de 2000, ha establecido "... Las imprecisiones cartográficas que surjan en los planos que se adoptaron por medio del presente Acuerdo serán dilucidadas
por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal mediante solución cartográfica
que será registrada en la plancha 1GAC, según el caso y deberán adoptarse por resolución
motivada, de manera que garantice: La armonía de las soluciones cartográficas con las
disposiciones contenidas en el Acuerdo. La continuidad de los perímetros y de las demás
líneas limítrofes entre las distintas formas de zonificación. La armonía con las soluciones
cartográficas adoptadas para sectores contiguos. La concordancia que deben tener entre sí los diferentes planos. Parágrafo. La incongruencia, los errores ortográficos o de digitación podrán ser corregidos sin que esto con lleve a variar la esencia del contenido".
que la Circular 007 de 2003, señala. "Para el caso de aquellas edificaciones en donde
funcionen con uso Institucional desde fecha anterior al Acuerdo 116 de 2000 "POT" y que no
puedan acreditar Licencia de Construcción respectiva, tramitarán su reconocimiento e
inclusión al plano U4 ante el Departamento Administrativo de Planeación Municipal, el cual,
Porque )AGUE... está primero CAM LA POLA CRA 4 CALLE 6 iBAGUE9iancicippr:Aal_wici¡3;'Illnije.goy,cD TEL- 2611773 - 26118 96 FAX- 2611792
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1.111 X 57 "POR MEDIO DE LA CUAL SE HACE UNA CORRECCIÓN DE IMPRECISIÓN CARTOGRÁFICA EN LOS
PLANOS OFICIALES ADOPTADOS EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE IBAGUÉ, SEGÚN ACUERDO 0116 DE 2000"
hecha la comprobación de que la edificación se adelantó para ser destinada a un Uso
Institucional, expedirá la resolución respectiva".
Que en reunicSn N° 7 del Consejo Consultivo de Planeación, celebrada el día 25 de octubre de
2006, se concluyo y determinó que los reclamos por uso del suelo, como es el caso de los
lotes que aparecen con la afectación indicada en los puntos anteriores, deben ser manejados
como una Imprecisión Cartográfica y en consecuencia, resuelto mediante Resolución Motivada.
Que el Señor ENRIQUE VÁQUIRO CAPERA, en su calidad de Secretario de Educación del
Municipio de Ibagué, mediante oficio radicado bajo el número 12806 con fecha septiembre 28 de 2011, solicitó el tramite de "reconocimiento espacializado en el mapa de uso del suelo
U4 que hace parte integral del POT, para continuar con el trámite de legalización
y/reconocimiento de la Escuela PACANDÉ ante la Curaduría Urbana como lo establece el Decreto 1469 de 2010"
Que el peticionario aportó a su solicitud, fotocopia simple de la Resolución 0239 del 27 de
Julio de 1999 "Por medio de la cual se incorporan unos bienes inmuebles al patrimonio del
Municipio de Ibagué", entre los cuales se encuentra el Aludido predio, con lo cual queda
verificada la pertenencia del predio al Municipio de Ibagué.
Que en ejercicio de sus competencias, el Grupo de Ordenamiento Territorial, adscrito a la
Secretaría de Planeación Municipal, procedió a hacer las revisiones y el análisis técnico de lo
solicitado, verificando datos en el mapa U4, encontrando que efectivamente no se está
reconociendo como institucional el uso que en la práctica real le corresponde al predio en cuestión.
Que la Institución educativa se encuentra construida en un predio localizado en el sector El
Salado, Barrio Pacandé, identificado con ficha catastral N° 01-100-356-0001-000 y en el citado mapa aparece con el uso "RESIDENCIAL TERCIARIO".
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SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL DESPACHO
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SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL DESPACHO
112 RESOLUCION No. (2.1 ) DE 20111
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PLANOS OFICIALES ADOPTADOS EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE
IBAGUÉ, SEGÚN ACUERDO 0116 DE 2000"
Que de acuerdo con los datos contenidos en el Sistema de Información Catastral Municipal
SICAM, el predio objeto de solicitud es de propiedad del Municipio y funciona allí la
institución educativa a que se hace referencia inicialmente.
Que como se puede observar el uso real del predio es Institucional Educativo y como tal
existe antes de la adopción del POT de Ibagué, en el año 2000.
Que en desarrollo de lo anterior, se hace necesario corregir lo que se considera como una
imprecisión cartográfica, toda vez que el uso del predio objeto de solicitud, no corresponde a
residencial terciario y no puede desconocerse el uso que en la práctica ha operado en él,
como lo es el Institucional Educativo, lo cual implica un procedimiento de corrección
cartográfica que tenga como base lo indicado, en los considerandos anteriores.
Que por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
Artículo primero. Fijar en el Mapa de Uso y Ocupación del Suelo Urbano U4 del Plan de
Ordenamiento Territorial del Municipio de Ibagué, Acuerdo o116 de 2000, escala 1:15000", la siguiente precisión; para el predio Urbano localizado en el sector Barrio Pacandé,
identificado con ficha catastral N° oi-loo-3 56-0 ooi-000.
Precisión:
Mapa de Usos y Ocupación del Suelo U4: Actividad institucional cle Equipamiento Esencial.
Artículo segundo. La precisión a que se hace referencia en el artículo anterior, se incorpora
en el Mapa U4 del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Ibagué, Acuerdo 0116
de 2000, denominado "Uso y Ocupación del Suelo" escala 1:i5000, de lo cual es garante la
decretaría de Planeación Municipal, asegurando que dentro del proceso de revisión y
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SECRETARIA DE PLANEACION MUNICIPAL DESPACHO
Arct. MAN AN ONIO MEDINA ESPI • SA
ecretario de Planeación Municipal
OCT 2011 RESOLUCION No. (2.1 ) DE 20111
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"POR MEDIO DE LA CUAL SE HACE UNA CORRECCIÓN DE IMPRECISIÓN CARTOGRÁFICA EN LOS PLANOS OFICIALES ADOPTADOS EN EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE
IBAGUÉ, SEGÚN ACUERDO 0116 DE 2000"
ajuste que en el futuro se adelante al POT, haga parte integral del mismo, así como de la presente resolución.
Artículo Tercero. Comuníquese la presente resolución, enviando copia a los curadores
urbanos del ,v1unicipio de Ibagué, para que den estricto cumplimiento a la misma, de
conformidad a lo de su competencia.
Artículo Cuarto. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Elab. Oscar Ch.
V.B. Anhela [wad ez Moncaleano
Porque iBAGUE,,,, está primero 1 CAM LA POLA CRA 4 CALLE 6 IBAGULliangaclolaaigh-Madeiblpe,go.y,cp TEL- 2611773 - 26118 96 FAX - 2611792
ALCALDIA MUNICIPAL DE IBAGUE
Secretaria de Planeación Municipal
Grupo del Plan de Ordenamiento Territorial
Osearpt Aro. Prolsi
Giovanny ¡Torres Cont ta
Sector: Barrio Pacande Ficha Catatastral : 01-100-356-0001-000
Elaboró: Revisó: 1.5 la
2011
CONVENCIONES
Residencial Secundado
Zona de Actividad Institucional De equipamiento esencial
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Manuel Antonitr ' 1na Espinosa Secretan o'De, Planeación Municipal
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