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UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PUERTO RICO RECINTO DE GUAYAMA Protocolo Operacional para la Preparación de Instalaciones Físicas del Recinto de Guayama y el Centro Universitario Inter Humacao de Acuerdo al Plan de Reapertura Parcial Preparado por el Comité de Reapertura Aprobado por: Dra. Angela de Jesús Alicea Rectora

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    RECINTO DE GUAYAMA

    Protocolo Operacional para la Preparación de Instalaciones Físicas del

    Recinto de Guayama y el Centro Universitario Inter Humacao de Acuerdo al

    Plan de Reapertura Parcial

    Preparado por el Comité de Reapertura

    Aprobado por:

    Dra. Angela de Jesús Alicea

    Rectora

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    RECINTO DE GUAYAMA

    1

    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Tabla de Contenido

    Miembros del comité 2

    I. Introducción 3

    II. Propósitos 3

    III. Clasificación de Riesgo 3 – 5

    IV. Medidas preventivas 6 – 10

    V. Métodos de higiene para los empleados 10

    VI. Rotulación 11

    VII. Áreas para calentar alimentos 11

    VIII. Áreas para consumir alimentos 12

    IX. Plan de limpieza, desinfección y frecuencia 12 – 16

    X. Productos de limpieza 16 – 17

    XI. Manejo de desperdicios biomédicos regulados (DBR) 17

    XII. Medidas de acceso para contratistas y empresas auxiliares 17

    XIII. Protocolo para empleados que violen el plan de prevención 18 – 19

    Anejos

    A. Instrucciones para empleados con temperatura de 38oC 20

    B. Rotulación 21 – 33

    C. Medidas preventivas 34

    D. Empleados que exhiban síntomas del COVID-19 35

    E. Hoja Informativa 36 – 37

    F. Productos de limpieza 38 – 42

    G. Certificación del Protocolo 43

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Miembros del comité para la reparación de instalaciones físicas del Recinto de acuerdo al plan de

    reapertura parcial

    1. Dra. Elia M. Colón Berlingeri, Decana de Asuntos Académicos

    2. Dr. José M. Romero Vázquez, Decano de Administración

    3. Sra. Arcilia Rivera González, Oficial Centro de Primeros Auxilios (preside el comité)

    4. Sra. Migdalia de León González, Técnica Laboratorio de Simulación de Enfermería,

    Guayama

    5. Srta. Ruth M. González González, Técnica Laboratorio de Farmacia

    6. Profa. Kenia Gómez Rivera, Técnica del Laboratorio de Destrezas de Enfermería,

    Humacao

    7. Sr. Juan G. Rodríguez Correa, Técnico Laboratorio Ciencias Naturales

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    I. Introducción

    El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró el

    coronavirus (COVID-19) como una pandemia. Hasta el día de hoy no existe una

    vacuna. Por tanto, la mejor manera para prevenir la infección es evitar la

    exposición. El comité establecido para la preparación de las instalaciones físicas

    en la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto de Guayama; buscando

    las mejores medidas preventivas para proteger la salud de sus empleados y evitar

    la propagación del virus ha desarrollado este documento con medidas preventivas

    para el acceso al área de trabajo.

    II. Propósitos

    1. Garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables para todo personal

    del Recinto de Guayama y del Centro Universitario Inter Humacao.

    2. Colaborar con las medidas establecidas en el Plan de reapertura parcial, del

    Recinto de Guayama y del Centro Universitario Inter Humacao.

    III. Clasificación de riesgo

    Las medidas preventivas para la preparación de las instalaciones físicas en

    el plan de reapertura parcial en el Recinto de Guayama y en el Centro Universitario

    Inter Humacao, van alineadas con el nivel de riesgo ocupacional del personal para

    COVID-19. A tales efectos, la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional

    (OSHA por sus siglas en inglés) estableció los niveles de Riesgo de Exposición de

    los Trabajadores a COVID-19. Los mismos se clasifican en cuatro niveles.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    A. Riesgo muy alto de exposición

    1. Trabajadores del cuidado de la salud (por ej. doctores,

    enfermeras(os)).

    2. Personal del cuidado de la salud o de laboratorios.

    3. Trabajadores de morgues que realizan autopsias.

    B. Riesgo alta exposición

    1. Personal de apoyo y atención del cuidado de la salud (por ej.

    doctores, enfermeras (os) y algún otro personal de hospital que

    deba entrar a los cuartos de los pacientes).

    2. Trabajadores de transportes médicos (por ej. operadores de

    ambulancias y paramédicos).

    3. Los trabajadores mortuorios involucrados en la preparación del

    cadáver (por ej. para entierro o cremación).

    C. Riesgo medio de exposición

    1. Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen aquellos que

    requieren un contacto frecuente y/o cercano (por ej. menos de 6 pies

    de distancia) con personas que pudieran estar infectadas con el

    SARS-CoV-2, pero que no son pacientes que se conoce o se

    sospecha que portan el COVID-19.

    2. En áreas donde existe una transmisión comunitaria en progreso.

    3. Los trabajadores en esta categoría podrían estar en contacto con el

    público en general (por ej. en escuelas, ambientes de trabajo de alta

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    densidad poblacional y algunos ambientes de alto volumen

    comercial).

    D. Riesgo bajo de exposición (de precaución)

    1. Los trabajos con un riesgo de exposición bajo (de precaución), son

    aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se

    sospecha que están infectados con el SARS-CoV-2, ni tienen

    contacto cercano frecuente (por ej. menos de 6 pies de distancia) con

    el público en general.

    2. Los trabajadores en esta categoría tienen un contacto ocupacional

    mínimo con el público y otros compañeros de trabajo.

    E. Clasificación de riesgo en el Recinto de Guayama y el Centro

    Universitario Inter Humacao

    1. Riesgo muy alto de exposición: No se identificó ningún puesto

    con nivel muy alto de exposición.

    2. Riesgo alto de exposición: No se identificó ningún puesto con

    nivel alto de exposición.

    3. Riesgo medio de exposición: Los puestos que tienen contacto

    directo con los estudiantes, son considerados como de riesgo

    medio de exposición.

    4. Riesgo bajo de exposición: Los puestos administrativos que no

    tienen contacto con estudiantes o visitantes, son considerados

    como de riesgo bajo de exposición.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    IV. Medidas preventivas a seguir por todo empleado para el acceso al área de

    trabajo

    A. Recinto de Guayama

    1. Los empleados entrarán por el portón principal del Recinto en horarios

    escalonados cada 15 minutos desde 7:30am – 8:30am.

    2. El empleado se detendrá en la caseta de la guardia universitaria donde el

    guardia le medirá la temperatura con un termómetro digital y aplicará con

    un atomizador alcohol 70% en las manos.

    3. El empleado con una temperatura de 38oC (100.4oF) no podrá entrar al

    Recinto. El guardia entregará una hoja con instrucciones escritas de cómo

    proceder (Anejo A).

    4. El guardia entregará un kit al empleado con mascarilla, desinfectante y

    literatura relacionada a las medidas de prevención del COVID-19 (el

    supervisor suplirá mascarillas adicionales).

    5. Luego de la llegada y de la desinfección de manos el empleado se removerá

    la mascarilla con la que llegue a la entrada del Recinto, y se colocará la

    provista por la Institución. Una vez en el Recinto el empleado utilizará la

    mascarilla en todo momento. Antes de colocarse la mascarilla el empleado

    deberá inspeccionar la misma, si estuviera rota la descartará y utilizará otra.

    6. El empleado pasará al estacionamiento y luego al baño para lavarse las

    manos con agua y jabón durante al menos 20 segundos.

    7. En caso de que la mascarilla esté húmeda o visiblemente sucia, el empleado

    cambiará la misma y la depositará en un zafacón con tapa. Es importante el

    lavado de manos antes y después de colocarse otra mascarilla.

    8. Al salir del Recinto el empleado saldrá con la mascarilla puesta y

    dispondrá de ella siguiendo las medidas de seguridad.

    9. Evitará el contacto cercano con personas enfermas.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    10. No se tocará los ojos, la nariz y la boca con las manos sin lavar y mucho

    menos si está enfermo.

    11. Se lavará las manos frecuentemente con agua y jabón por al menos 20

    segundos. En ausencia de agua y jabón, usará desinfectante para las manos

    (hand sanitizer) que contenga al menos 60% de alcohol.

    12. El empleado será responsable de limpiar, desinfectar los objetos y

    superficies que se tocan frecuentemente en su lugar de trabajo. En cada

    oficina se colocará productos de desinfección, para el uso del empleado en

    el espacio de trabajo (escritorio, computadora, bolígrafos).

    13. Mantendrá distanciamiento físico, mínimo 6 pies (1.8 metros) de distancia

    entre personas.

    14. No prestará su equipo de trabajo.

    15. Evitará el contacto físico, no saludará con besos, abrazos ni utilizará el

    codo.

    16. No visitará áreas fuera de su lugar de trabajo.

    17. En el momento en que se tenga que remover la mascarilla para los periodos

    de alimentación realizará lo siguiente: 1) No colocará la mascarilla colgada

    en el cuello ni en la mesa, la colocará en una bolsa o dentro del kit que el

    personal designado le entrego en la entrada del Recinto y 2) se cubrirá la

    nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser o estornudar; lo

    descartará en un zafacón con tapa y se lavará las manos nuevamente.

    18. Al momento de salir y entrar al Recinto deberá tener colocada la mascarilla

    en todo momento. Adicional, deberá lavarse las manos correctamente antes

    de incorporarse a su área de trabajo.

    19. Si siente los síntomas del COVID-19:

    • Fuera del Recinto: permanecerá en su hogar y busque atención

    médica.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    • En el Recinto: Notificará al supervisor y a la Sra. Arcilia Rivera

    González, Oficial del Centro de Primeros Auxilios, quien activará

    el protocolo a seguir.

    B. Centro Universitario Inter Humacao

    1. Los empleados accederán al Centro por la entrada principal.

    2. Inmediatamente en la entrada, el empleado se aplicará desinfectante de

    manos.

    3. El empleado se detendrá en la entrada del Centro y el personal asignado le

    medirá la temperatura con un termómetro digital.

    4. El empleado con una temperatura de 38oC (100.4oF) no podrá entrar al

    Centro. El personal asignado le entregará una hoja con instrucciones

    escritas de cómo proceder (Anejo A).

    5. El personal asignado entregará un kit al empleado con mascarilla,

    desinfectante y literatura relacionada a las medidas de prevención del

    COVID-19 (se suplirá mascarillas adicionales).

    6. Luego de la llegada y de la desinfección de manos el empleado se removerá

    la mascarilla con la que llegue a la entrada del Centro, y se colocará la

    provista por la Institución. Una vez en el Centro el empleado utilizará la

    mascarilla en todo momento. Antes de colocarse la mascarilla el empleado

    deberá inspeccionar la misma, si estuviera rota la descartará y utilizará otra.

    7. El empleado pasará al baño para lavarse las manos con agua y jabón durante

    al menos 20 segundos.

    8. En caso de que la mascarilla esté húmeda o visiblemente sucia, el empleado

    cambiará la misma y la depositará en un zafacón con tapa. Es importante el

    lavado de manos antes y después de colocarse otra mascarilla.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    9. Al salir del Centro el empleado saldrá con la mascarilla puesta y dispondrá

    de ella siguiendo las medidas de seguridad.

    10. Evitará el contacto cercano con personas enfermas.

    11. No se tocará los ojos, la nariz y la boca con las manos sin lavar y mucho

    menos si está enfermo.

    12. Se lavará las manos frecuentemente con agua y jabón por al menos 20

    segundos. En ausencia de agua y jabón, usará desinfectante para las manos

    (hand sanitizer) que contenga al menos 60% de alcohol.

    13. El empleado será responsable de limpiar, desinfectar los objetos y

    superficies que se tocan frecuentemente en su lugar de trabajo. En cada

    oficina se colocará productos de desinfección, para el uso del empleado en

    el espacio de trabajo (escritorio, computadora, bolígrafos).

    14. Mantendrá distanciamiento físico, mínimo 6 pies (1.8 metros) de distancia

    entre personas.

    15. No prestará su equipo de trabajo.

    16. Evitará el contacto físico, no saludará con besos, abrazos ni utilizará el

    codo.

    17. No visitará áreas fuera de su lugar de trabajo.

    18. En el momento en que se tenga que remover la mascarilla para los periodos

    de alimentación realizará lo siguiente: 1) No colocará la mascarilla colgada

    en el cuello ni en la mesa, la colocará en una bolsa o dentro del kit que el

    personal designado le entrego en la entrada del Centro y 2) se cubrirá la

    nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser o estornudar; lo

    descartará en un zafacón con tapa y se lavará las manos nuevamente.

    19. Al momento de salir y entrar al Centro deberá tener colocada la mascarilla

    en todo momento. Adicional, deberá lavarse las manos correctamente antes

    de incorporarse a su área de trabajo.

    20. Si siente los síntomas del COVID-19:

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    • Fuera del Centro: permanecerá en su hogar y busque atención

    médica.

    • En el Centro: Notificará al supervisor y a la Sra. Arcilia Rivera

    González, Oficial del Centro de Primeros Auxilios, quien activará

    el protocolo a seguir.

    Las medidas de prevención se resumen en el cumplimiento de:

    1. Uso de mascarillas

    2. Distanciamiento físico de 6 pies entre personas

    3. Medidas de higiene

    4. Rotación de empleados

    V. Métodos de higiene para los empleados

    1. Las puertas de entrada a los baños se mantendrán abiertas.

    2. El uso de los baños se asignará por áreas de trabajo.

    3. Los baños contarán con agua, jabón, papel secante y zafacones con tapa.

    4. Se proveerá hand sanitizer para lavado en seco o alcohol al 70% a los

    empleados.

    5. Se colocarán rótulos con el procedimiento del lavado de manos.

    6. Los empleados deberán lavarse las manos al llegar al lugar de trabajo, antes

    del periodo de almuerzo, después de ir al baño y finalizadas las labores del

    día.

    7. Se ofrecerá orientación de la forma correcta de colocar, remover y descartar

    la mascarilla.

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    VI. Rotulación

    1. Se recomienda colocar un rótulo a la entrada del Recinto/Centro con las

    medidas de prevención a ser observadas por el personal al entrar a las

    facilidades.

    2. Se colocarán rótulos educativos en los diferentes tablones de edictos en el

    Recinto de Guayama y el Centro Universitario Inter Humacao (Anejo B).

    a. Medidas de prevención a seguir en las facilidades

    b. Productos de limpieza

    c. Colocación de mascarilla

    d. Procedimiento de lavado de manos

    3. Se colocará en la página de Internet del Recinto

    a. Plan de Reapertura Parcial para los Empleados Administrativos y

    Docentes como Respuesta al COVID-19 (Sistémico).

    b. Plan de Reapertura Parcial para los Empleados Administrativos y

    Docentes como Respuesta al COVID-19, Universidad

    Interamericana de Puerto Rico, Recinto de Guayama y Centro

    Universitario Inter Humacao.

    c. Medidas preventivas a seguir por todo empleado para el acceso al

    área de trabajo.

    d. Información general sobre el COVID 19

    VII. Área para calentar alimentos

    1. Faculty lounge: mantener distancia de 6 pies entre persona

    (Recinto/Centro)

    2. Terraza el Tigre: mantener distancia de 6 pies entre persona (Recinto)

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    VIII. Áreas para consumir alimentos

    A. Recinto de Guayama

    1. En la terraza el Tigre se colocarán y mantendrán mesas con distancia de al

    menos 6 pies.

    2. Para calentar los alimentos, se permitirá una persona frente al microondas

    y la otra persona deberá guardar una distancia de al menos 6 pies.

    3. Las mesas cuadradas podrán ser utilizadas por una sola persona.

    4. Las mesas rectangulares podrán ser utilizadas por 2 personas, una persona

    en cada extremo.

    5. El empleado será responsable de recoger, descartar y dejar limpia el área

    de consumir alimentos.

    B. Centro Inter Humacao

    1. Para garantizar el distanciamiento físico, los horarios de alimentación

    serán escalonados en periodos de media hora (30 minutos). Completarán

    la media hora restante del almuerzo, en otra área designada del Centro.

    2. En el área designada para calentar e ingerir alimentos, podrá estar una sola

    persona.

    3. El empleado será responsable de recoger, descartar y dejar limpia el área

    de consumir alimentos.

    IX. Plan de limpieza, desinfección y frecuencia

    La limpieza frecuente reducirá la cantidad potencial de virus que haya sobre

    las superficies y objetos, lo que disminuirá el riesgo de exposición. La desinfección

    con productos aprobados por la EPA contra el COVID-19 también puede ayudar a

    reducir el riesgo. Es importante desinfectar frecuentemente las superficies y

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    objetos que suelen tocar varias personas. Las instrucciones contenidas en este

    documento van dirigidas a reforzar las medidas de limpieza, higiene y seguridad

    rutinarias para prevenir la propagación del COVID-19. Se llevará un registro de

    firmas cuando se realice la limpieza.

    1. Diariamente se limpiarán las superficies de alto potencial de propagación

    de virus, incluyendo: pestillos de puertas, pasamanos, baños, salas de

    reuniones, comedores, sillas y mesas.

    2. Diariamente se limpiarán y se desinfectarán con una solución germicida,

    aprobada por EPA, todas las superficies horizontales, equipos y otros

    elementos del ambiente de trabajo expuestos.

    3. Los carros con el suplido de limpieza se limpiarán y se reabastecerán

    diariamente. El suplido de papel higiénico se colocará en fundas limpias

    transparentes.

    4. Todo zafacón de basura debe tener cubierta interior impermeable para así

    confinar cualquier organismo que se encuentre en la superficie de la basura.

    Se mantendrán dispensadores de jabón y papel toalla en todos los baños.

    5. Las entradas y corredores serán limpiados, barridos con "duster" de

    microfibras y mapeados diariamente. Se utilizará aspiradora cuando sea

    necesario.

    A. Procedimiento de limpieza y desinfección de oficinas y áreas comunes

    Los empleados de mantenimiento:

    1. Verificarán el estado los materiales y la vigencia de los productos de

    limpieza y utilizarán el equipo de protección personal.

    2. Realizarán la limpieza de las áreas en una sola dirección (de izquierda a

    derecha, de forma horizontal).

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    3. Deberán humedecer y limpiar las superficies, en especial las de alto

    contacto, tales como: mesas, manijas de las puertas, interruptores de luz,

    escritorios, teléfonos y teclados.

    4. Limpiarán el polvo de muebles y otras superficies, así como ventanas y

    vidrios.

    5. Serán responsables de seguir las instrucciones que figuran en la etiqueta del

    producto para garantizar un uso seguro y eficaz del químico. Muchos

    productos recomiendan:

    a. Mantener húmeda la superficie por un tiempo (dos minutos).

    b. Precauciones como el uso de guantes y asegurarse de ventilar bien

    los ambientes durante el uso del producto.

    6. Vaciarán los recipientes de basura.

    7. Barrerán y mapearán (con mapo verde) los pisos con agua y una solución

    germicida diluida a 2 onzas por cada galón de agua.

    a. Quitarán cualquier mueble que obstaculice el trabajo

    b. Colocarán avisos de “Piso Mojado”

    c. Comenzarán en la esquina más alejada y trabajarán de atrás hacia la

    entrada.

    d. Colocarán los muebles en el lugar de origen.

    e. Retirarán los avisos de “Piso Mojado” una vez el piso esté seco.

    B. Procedimiento para la limpieza de baños

    1. Los servicios sanitarios se limpiarán dos veces al día o más de ser necesario.

    2. Verificarán los materiales y utilizarán el equipo de protección personal.

    3. Recogerán cualquier basura y barrerán el suelo.

    4. Revisarán y suplirán los suministros de ser necesario: papel de inodoro,

    papel de mano, jabón, etc.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    5. Colocarán avisos de “Piso Mojado”

    6. Desinfectarán las superficies tales como dispensadores de jabón y de papel

    toalla, perillas de las puertas e interruptores de luz, lavamanos, grifos,

    mostradores, paredes, divisiones, los inodoros, y urinales. Dejarán que la

    superficie permanezca mojada por lo menos dos minutos y luego secarán.

    7. Limpiarán todas las áreas de arriba hacia abajo.

    8. Limpiarán los espejos y vidrios.

    9. Por último, barrerán y mapearán (utilizando mapo azul) todo el piso con una

    solución germicida.

    a. Colocarán avisos de “Piso Mojado”

    b. Comenzarán en la esquina más alejada y trabajará de atrás hacia la

    entrada.

    c. Retirará los avisos de “Piso Mojado” cuando el piso esté seco.

    10. Se llevará un registro de firmas al realizar la limpieza de cada baño.

    C. Seguridad y Equipo de Protección Personal (EPP) para el Personal de

    Mantenimiento

    1. Los empleados de mantenimiento deberán cumplir con la política de

    vestimenta (batas, guantes, mascarillas y "Face Shield" de ser necesario) y

    los requisitos de limpieza adecuados.

    2. El equipo de protección personal deberá removerse, limpiarse, almacenarse

    o descartarse de manera apropiada, siguiendo las medidas de seguridad.

    D. Limpieza de aires acondicionados e inventario de materiales

    1. Los filtros de los aires se cambiarán con una frecuencia de cada tres meses.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    2. El plan de limpieza, cambio de filtro y el inventario de materiales estará

    disponible en la oficina del Decano de Administración.

    X. Productos de limpieza

    De los productos de limpieza para las superficies que se encuentran en las

    facilidades del Recinto/Centro dos están en la Lista N: Desinfectantes para usar

    contra SARS-CoV-2 cumpliendo con los criterios de la Agencia de Protección

    Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) y tienen número de registro de la EPA.

    Cabe mencionar, los criterios de la EPA son:

    1. Demuestra eficiencia (efectividad) contra un virus más difícil de matar.

    2. Demostrar eficiencia contra otro tipo de coronavirus humano similar al

    SARS-CoV-2.

    Por otra parte, los productos utilizados que no están en la lista N contienen

    el ingrediente activo: amonios cuaternarios, el componente principal efectivo

    contra el COVID-19, que muchos de los productos mencionados en la Lista N lo

    contienen. Por otro lado, los desinfectantes de mano, aunque no están en la Lista N

    (solamente incluye desinfectantes de superficies registrados por la EPA), están

    regulados por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus

    siglas en inglés).

    Instrucciones de la etiqueta del producto

    Al momento de usar estos productos se seguirán las instrucciones de la

    etiqueta para usarlos de manera segura y eficaz. También se respeta el tiempo

    contacto, que es la cantidad de tiempo que debe de estar la superficie visiblemente

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    mojada. Estos productos son para usarse sobre superficies, NO en los

    seres humanos.

    XI. Manejo de desperdicios biomédicos regulados (DBR)

    1. Ante un posible caso, con síntomas de SARS y COVID-19, el desperdicio

    infeccioso, deberá ser desechado en bolsas rojas con el número de generador de

    DBR del Recinto/Centro, aprobado por la Junta de Calidad Ambiental.

    2. La bolsa con los desperdicios se cerrará siguiendo las medidas de seguridad en

    su lugar de origen. Estas serán recogidas y transportadas al almacén de

    desperdicios biomédicos siguiendo las medidas de seguridad.

    3. Se llamará a la compañía Stericycle para el recogido inmediato de los

    desperdicios biomédicos regulados.

    XII. Medidas de acceso para contratistas y empresas auxiliares

    Se les solicitará a todos los empleados de los contratistas y empresas

    auxiliares que realicen labores en el Recinto/Centro, que cumplan con el Plan de

    Reapertura Parcial para los Empleados Administrativos y Docentes como

    Respuesta al COVID-19, Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto de

    Guayama y Centro Universitario Inter Humacao. También, se le requerirá a todos

    los contratistas y concesionarios de la Universidad que entreguen la Auto-

    certificación Patronal y el Plan de Control de Exposición al COVID-19 que deberán

    ser remitidos a P.R. OSHA.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    XIII. Protocolo para empleados que violen el plan de prevención

    El Manual de Normas para el Personal No Docente establece en el artículo

    16.1 que la Universidad suplirá el equipo de seguridad necesario libre de costo a

    cada empleado. El uso correcto de este equipo de seguridad es mandatorio para

    todos los empleados. Es responsabilidad del empleado cuidar y mantener el equipo

    de seguridad en óptimas condiciones. El incumplimiento de la política de equipo

    de seguridad se considerará una violación a las reglas de conducta de la Universidad

    y estará sujeto a la acción disciplinaria correspondiente. El NO usar el equipo de

    protección personal (EPP) asignado implica la violación de las siguientes reglas de

    conducta:

    1. Artículo 21.2 d. Cumplir adecuadamente con las leyes, políticas, normas

    y procedimientos establecidos y los que se establezcan en el futuro.

    2. Artículo 21.2 m. Seguir las instrucciones del supervisor sobre

    desempeño.

    3. Artículo 21.2 n. Cumplir con las reglas y prácticas comunes de

    seguridad.

    4. Artículo 21.2 o. Usar y proteger adecuadamente la ropa y equipo de

    seguridad requerido para realizar su trabajo.

    Según el Artículo 20.2, el plan de acción correctiva de la Universidad, como

    regla general, es el siguiente:

    1. Conversación con el empleado y reprimenda verbal

    2. Primera advertencia escrita

    3. Segunda advertencia escrita y/o suspensión

    4. Despido

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Sin embargo, dependiendo de la gravedad de la falta y las circunstancias, se

    pueden obviar pasos y pasar directamente a otros. Por otro lado, el Manual de la

    Facultad, establece en que la violación de normas operacionales de la Institución

    (Artículo 5.9.9.e) y la Insubordinación (Artículo 5.9.9.h) son causas que justifican

    el despido.

    De requerir información adicional o tener alguna duda puede comunicarse

    con el Sr. César Brenes Sánchez, Decano de Administración a la extensión 2232 ó

    con la Sra. Arcilia Rivera González, Oficial de Primeros Auxilios, a la extensión

    2247.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    ANEJO A. Instrucciones para empleados con temperatura de 38oC (100.4oF)

    Universidad Interamericana de Puerto Rico

    Recinto de Guayama

    Instrucciones para empleados con temperatura de 38oC (100.4oF)

    Usted ha registrado una temperatura de __________. Favor de seguir las siguientes

    instrucciones:

    1. No puede entrar al Recinto. Regrese a su hogar y busque atención médica.

    2. Comuníquese con su supervisor.

    3. Comuníquese con la Sra. Arcilia Rivera, Oficial Centro de Primeros Auxilios, al

    (787) 864-2222 ext. 2247

    (939) 389-2042

    Arcilia Rivera González

    Universidad Interamericana de Puerto Rico

    Recinto de Guayama

    Instrucciones para empleados con temperatura de 38oC (100.4oF)

    Usted ha registrado una temperatura de __________. Favor de seguir las siguientes

    instrucciones:

    1. No puede entrar al Recinto. Regrese a su hogar y busque atención médica.

    2. Comuníquese con su supervisor.

    3. Comuníquese con la Sra. Arcilia Rivera, Oficial Centro de Primeros Auxilios, al

    (787) 864-2222 ext. 2247

    (939) 389-2042

    Arcilia Rivera González

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    ANEJO B. Rotulación

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

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    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    ANEJO C . Medidas preventivas para el acceso al área de trabajo

    El 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaro el coronavirus (COVID-19)

    como una pandemia. Hasta el día de hoy no existe una vacuna. Por tanto, la mejor manera para prevenir la

    infección es evitar la exposición. Es por lo que la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto de

    Guayama y Centro Universitario Inter Humacao, buscando las mejores medidas preventivas para proteger

    la salud de sus empleados y evitar la propagación del virus ha desarrollado las siguientes medidas.

    Se requiere que el empleado:

    1. Se detenga en la entrada principal (la caseta de la guardia universitaria) donde el guardia le medirá la temperatura con un termómetro digital y aplicará con un atomizador alcohol al 70% en las manos.

    Si su temperatura es de 38oC (100.4oF) no puede entrar al Recinto. El guardia entregará una hoja

    con instrucciones escritas de cómo proceder.

    2. Usando la mascarilla provista por el personal asignado deberá ir directamente al baño para lavarse

    las manos con agua y jabón durante al menos 20 segundos. Procederá a ubicarse en su lugar de

    trabajo y realizará la asistencia mecanizada del sistema KRONOS desde su computadora.

    3. Use mascarilla en todo momento. Cabe mencionar, debe de inspeccionar la mascarilla, si está rota

    o húmeda, descártela y utilice otra.

    4. Evite el contacto cercano con personas enfermas.

    5. No tocarse los ojos, la nariz y la boca con las manos sin lavar y mucho menos si está enfermo.

    6. Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón por al menos 20 segundos. En ausencia de

    agua y jabón, use desinfectante para las manos (hand sanitizer) que contenga al menos 60% de

    alcohol.

    7. Limpiar y desinfectar los objetos y superficies que se tocan frecuentemente.

    8. Mantener distanciamiento social – mínimo 6 pies (1.8 metros) de distancia entre personas.

    9. No preste su equipo de trabajo.

    10. Evite el contacto físico. No salude con besos, abrazos o con los codos.

    11. No visite áreas fuera de su lugar de trabajo.

    12. En el momento en que se tenga que remover la mascarilla para los periodos de alimentación

    realizará lo siguiente: 1) No colocará la mascarilla colgada en el cuello ni en la mesa, la colocará

    en una bolsa o dentro del kit que el personal designado le entrego en la entrada del Recinto y 2) se

    cubrirá la nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser o estornudar; lo descartará en un

    zafacón con tapa y se lavará las manos nuevamente.

    13. Al momento de salir y entrar al Recinto/Centro deberá tener colocada la mascarilla en todo

    momento. Adicional, deberá lavarse las manos correctamente antes de incorporarse a su área de

    trabajo.

    14. Si siente los síntomas del COVID-19:

    • Fuera del Recinto: permanecerá en su hogar y busque atención médica.

    • En el Recinto: Notificará al supervisor y a la Sra. Arcilia Rivera González, Oficial del Centro de Primeros Auxilios, quien activará el protocolo a seguir.

    De no seguir las reglas estipuladas en este documento el empleado está cometiendo un delito por

    incumpliendo con las normas establecidas y será sancionado según lo estipulado por el Departamento de

    Recursos Humanos y el Protocolo establecido.

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    ANEJO D . Empleado que exhiba síntomas del COVID-19

    Empleados que exhiban síntomas del COVID-19 acorde al Plan de Reapertura Parcial para

    los Empleados Administrativos y Docentes como respuesta al COVID-19 del Presidente,

    Lcdo. Manuel J. Fernós

    1. Cualquier empleado que se presente a trabajar, pero muestre dificultad respiratoria, tos o

    fiebre será enviado a su casa inmediatamente y se le pedirá que vaya a un laboratorio para

    hacerse la prueba serológica. No se les permitirá a estos empleados el regresar a trabajar

    hasta haber cumplido con un periodo de 14 días.

    2. Al regresar, luego de 14 días, su supervisor verificará si los síntomas persisten y le exigirá

    los resultados negativos de la prueba molecular COVID-19. La misma será sufragada por

    la aseguradora SSS.

    3. Si la prueba de laboratorio de COVID-19 de un empelado arroja positivo, este no podrá

    reintegrarse al área de trabajo, hasta que presente un resultado negativo definitivo de la

    prueba molecular de laboratorio.

    4. En caso de que una persona que conviva con un empelado resulte positivo a la prueba

    COVID-19, el empleado no podrá asistir de manera presencial al trabajo por un periodo

    mínimo de 14 días, como medida cautelar. Luego de 14 días, si el empleado no presenta

    síntomas, puede regresar a su área de trabajo y se le pedirá que vaya a un laboratorio para

    hacerse la prueba serológica como medida cautelar.

    5. Este empleado puede acogerse a una Licencia Médico Familiar, según dispone la normativa

    institucional.

    6. Si el familiar enfermo no cae bajo la definición de la ley y a reglamentación aplicable a la

    Licencia Médico Familiar, en términos de grados de consanguinidad o afinidad, se podrán

    cargar estas ausencias a la Licencia Regular de Vacaciones o las alternativas que provea la

    Universidad.

    Empleados que regresen de viaje

    1. El empleado que regrese de viaje no puede regresar al lugar de trabajo por 14 días.

    2. De ser posible, seguirá trabajando de manera remoto.

    3. De no poder trabajar de manera remoto, se puede acoger a la licencia que aplique.

  • UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PUERTO RICO

    RECINTO DE GUAYAMA

    36

    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    ANEJO E. Hoja Informativa

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    RECINTO DE GUAYAMA

    37

    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

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    RECINTO DE GUAYAMA

    38

    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    ANEJO F. Productos de limpieza

    Hoja de Datos de Seguridad (SDS, por sus siglas en inglés) de los Productos de limpieza

    utilizados en el Recinto

    Nombre Descripción del

    producto

    Foto SDS Número de

    Registro de la

    EPA

    **HDQ HDQ es un

    desinfectante efectivo

    contra un amplio

    espectro de virus,

    bacterias y hongos.

    Dilusión

    Su dilución es a 1 onza

    de este producto por

    galón de agua.

    Limpieza

    HDQ Neutral está

    diseñado para limpieza

    general y desinfección

    en superficies duras y

    no porosas.

    Las superficies tratadas

    deben permanecer

    húmedas durante 10

    minutos.

    HDQ Neutral es ideal

    para aeropuertos, aulas,

    hospitales e

    instalaciones públicas.

    CARACTERÍSTICAS

    • Concentrado

    limpiador desinfectante

    neutro diseñado para

    todas las superficies

    duras y no porosas.

    Fecha de

    revisión

    27-dic-2019

    10324-155-

    5741

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    • Cumple con las

    recomendaciones del

    estándar de OSHA para

    patógenos transmitidos

    por la sangre.

    • Mata el coronavirus

    humano y el

    coronavirus asociado al

    SARS

    • Efectivo contra el

    parvovirus canino (Tipo

    2b)

    Emerel

    Multi-

    Surface

    Creme

    Cleanser

    Descripción del

    producto

    Ácido suave, fórmula

    abrasiva suave que

    elimina rápidamente las

    manchas difíciles sin

    rayar la superficie.

    Proporciona espuma

    controlada para que se

    enjuague libremente

    para una superficie

    limpia.

    La fórmula de crema

    espesa permanece fija,

    incluso en superficies

    verticals.

    Para usar en múltiples

    superficies

    SDS #:

    MS0800442

    No está en la

    lista

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Glance

    RTU Glass

    & Multi-

    Surface

    Cleaner

    Descripción del

    producto

    Limpiador de cristales

    SDS #:

    MS0301158

    2015-04-21

    No está en la

    lista

    Spitfire

    RTU Power

    Cleaner

    Descripción del

    producto

    Producto de limpieza

    SDS #:

    MS0800202

    2015-09-29

    No está en la

    lista

    Airlift

    Fresh Scent

    Descripción del

    producto

    Airlift Fresh Scent es

    un ambientador soluble

    en agua formulado para

    eliminar los olores

    desagradables

    Con un aroma clásico

    en polvo y

    reconfortante que

    produce frescura.

    22-Sep-

    2016

    No está en la

    lista

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    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Lite 'N

    Foamy

    Sunflower

    Fresh

    Descripción del

    producto:

    Lite'n Foamy Sunflower

    Fresh es un lavado de

    manos con espuma de

    base biológica,

    formulado con

    ingredientes hechos de

    recursos renovables.

    Sunflower Fresh fue

    formulado para la

    entrega de espuma de

    lujo a través de

    Dispensadores de

    espuma Lite'n de

    Spartan. Los materiales

    de base biológica

    utilizados en la fórmula

    producen una espuma

    que deja la piel limpia y

    suave. La formulación

    contiene activos de

    origen natural para

    formar una espuma

    excelente para limpiar

    los suelos que se

    encuentran en la piel.

    28-Feb-

    2020

    No está en la

    lista

    **Clean On

    The Go

    Nabc

    Concentrate

    Descripción del

    producto

    Disinfectant

    08-Nov-

    2019

    No está en la

    lista

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    42

    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Step Down Descripción del

    producto:

    Stripping solution

    13-Oct-

    2019

    No está en la

    lista

    Wave

    Urinal

    Deodorizer

    Descripción del

    producto:

    Deodorizante

    12/28/2017 No está en la

    lista

    ***Clean

    On The Go

    Hdqc2

    User-

    Prepared

    Solution

    (1:64)

    Descripción del

    producto:

    Hdq C2 es un limpiador

    desinfectante

    cuaternario de pH

    neutro formulado para

    matar a un amplio

    espectro de

    microorganismos en

    pisos de alto brillo,

    paredes y superficies

    duras, no porosos

    26-nov-

    2019

    1839-169-5741

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    43

    Este documento recoge las recomendaciones de las agencias públicas pertinentes al tema de la salud, en especial lo referente a la pandemia

    ocasionada por el Coronavirus (COVID-19). Estas son: (1) la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 del 5 de

    agosto de 1975; La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés); Ley del 1970 sobre Seguridad y Salud

    Ocupacional, (2) el Departamento de Salud y (3) el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

    Anejo G. Certificación del Protocolo

    Certificación de Revisión y Evaluación del Protocolo: Procedimientos para la preparación

    de las instalaciones físicas del Recinto de acuerdo con el plan de reapertura parcial

    El comité establecido para la preparación de las instalaciones físicas en la Universidad

    Interamericana de Puerto Rico, Recinto de Guayama y del Centro Universitario Inter Humacao;

    buscando las mejores medidas preventivas para proteger la salud de sus empleados y evitar la

    propagación del virus COVID-19 ha desarrollado el Protocolo: Procedimientos para la preparación

    de las instalaciones físicas del Recinto y Centro Universitario Inter Humacao de acuerdo con el

    plan de reapertura parcial con medidas preventivas para el acceso al área de trabajo. Teniendo

    como propósitos: Garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables para todo personal del

    Recinto y Centro. Además, colaborar con las medidas establecidas en el Plan de reapertura parcial.

    De esta manera se está cumpliendo con la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de 1970 (OSHA

    Act.) proveyendo condiciones de trabajo seguras, libres de peligros y condiciones de riesgo para

    la comunidad Universitaria, así como sus empleados.

    Por lo antes mencionado yo __________________________________ certifico que el Protocolo

    ha sido evaluado y no hubo cambios. En fin, es un Protocolo efectivo.

    ________________________________ ______________________________

    Dra. Angela de Jesús Alicea Fecha

    Rectora

    _______________________________ ______________________________

    Dr. José M. Romero Vázquez Fecha

    Decano de Administración

    Revisado: Septiembre 2020