Tema 01 - Psiquiatria_legal
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8/14/2019 Tema 01 - Psiquiatria_legal
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PSIQUIATRA LEGAL
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Psiquiatra Legal VS Psiquiatra
Forense?
-Psiquiatra Legal: Conceptualizacin terica de las normas legales que seencuentran en relacin con la Psiquiatra.
-Psiquiatra Forense: Aplicacin prctica de la normativa legal en elasesoramiento a los Tribunales de Justicia.
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1-Consentimiento del paciente
2-Tratamiento ambulatorio
3-Ingreso hospitalario
4- Imputabilidad
5-Capacidad civil
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El consentimiento del enfermo psquico
Ley de Autonoma del PacienteLey 41/2002, de 14 de noviembre, bsica reguladora de la autonoma delpaciente y de derechos y obligaciones en materia de informacin y
documentacin clnica
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LEY 41/2002 BSICA REGULADORA DE LAAUTONOMA DEL PACIENTE I
Art. 9.2 Los facultativos podrn llevar a cabo las intervenciones clnicas
indispensables a favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su
consentimiento, en los siguientes casos..
Cuando existe un riesgo inmediato grave para la integridad fsica o
psquica del enfermo y no es posible conseguir su autorizacin, consultando,
cuando las circunstancias lo permitan, a sus familiares o a las personas
vinculadas de hecho a l
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LEY 41/2002 BSICA REGULADORA DE LAAUTONOMA DEL PACIENTE II
Art. 9.3 Se otorgar el consentimiento por representacin en los siguientes
supuestos:
Cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones, a criterio del mdico
responsable de la asistencia, o su estado fsico o psquico no le permita hacerse
cargo de su situacin. Si el paciente carece de representante legal, el
consentimiento lo prestarn las personas vinculadas l por razones familiares o
de hecho.
Cuando el paciente est incapacitado legalmente.
5. La prestacin del consentimiento por representacin ser ... a favor del
paciente y con respeto a la dignidad personal.
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Art. 11.1.
Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz ylibre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con el objeto de que sta secumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no seacapaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de susalud El otorgante del documento puede designar, adems, un representante
para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el mdico el quiposanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas.
Problema: qu ocurre si durante el perodo de compensacin firma unainstruccin en sentido de negativa a TAI?
LEY 41/2002 BSICA REGULADORA DE LAAUTONOMA DEL PACIENTE III
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Tratamientos involuntarios
Ingreso hospitalario
- No existen problemas de regulacin a nivel sanitario- Regulacin legal art. 763 LEC.
Tratamiento involuntario ambulatorio
- Normas bioticas.
-Ley de Enjuiciamiento Civil- Ley de Autonoma del paciente-Convencin de Naciones Unidas sobre personas con discapacidad?
OBJETIVO: MEJORA DEL PACIENTE
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5. No debe realizarse ningn proceder ni administrarse ningn
tratamiento contra el deseo del paciente o independiente de l, a menos que el
sujeto carezca de capacidad para expresar sus propios deseos, que debido a la
enfermedad psiquitrica no pueda ver lo que ms le interesa o que por la
misma razn constituya una amenaza importante para otras personas. En estos
caso debe administrarse tratamiento obligado, siempre que se haga en inters
del paciente, pueda resumirse un consentimiento informado retroactivo, al cabo
de un perodo razonable de tiempo y, si es posible, se obtenga elconsentimiento de alguna persona cercana al paciente
Hawai, 1977. AMA. Guas ticas para los psiquiatrasde todo el mundo
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CONVENIO RELATIVO A LOS DERECHOS HUMANOLA BIOMEDICINA
Consejo de Europa. Aprobado por el Comit de Ministros el 19 de noviembrede 1996).
Ratificacin. Oviedo. 4 de abril de 1997.
Art. 7. La persona que sufra un trastorno mental grave slo podr ser
sometida, sin su consentimiento, a una intervencin que tenga por objeto
tratar dicho trastorno, cuando la ausencia de ese tratamiento conlleve el riesgo
de ser gravemente perjudicial para su salud y a reserva de las condiciones de
proteccin previstas por la ley, que comprendan procedimientos de supervisin
y control, as como medios de elevacin de recursos .
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Ley de Enjuiciamiento Civil
Art. 763: Internamiento no voluntario por razn de trastorno psquico de una
persona que no est en condiciones de decidirlo por s:
Indicacin mdica
Autorizacin judicial
Informes mdicos peridicos semestrales al tribunal
Alta a criterio mdico y comunicacin inmediata al tribunal
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Tratamiento ambulatorio involuntario
Art. 18 y 20.
Existencia de un trastorno mental
Riesgo real de dao grave para su salud o para otros.
No disponibilidad de otro medio menos intrusivo y que pueda aportar los
cuidados necesarios.
Se ha tomado en consideracin la opinin del paciente.
Decisin debe tomarse por tribunal o instancia competente.
Comit de Ministros del Consejo de Europa. Octubre 2004
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Convencin de Naciones Unidas sobre losDerechos de la Personas con Discapacidad
(2006)
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Libertad y seguridad de la persona (artculo 14) 35. El Comit toma nota del rgimen jurdico que permite el internamiento de las personas
con discapacidad, incluidas las personas con discapacidad intelectual y psicosocial("enfermedad mental"), en establecimientos especiales. Le preocupa que, segn seinforma, se tienda a recurrir a medidas urgentes de internamiento que contienen solosalvaguardias ex post facto para las personas afectadas. Le inquietan igualmente los malos
tratos de que, segn se informa, son objeto las personas con discapacidad internadas encentros residenciales o en hospitales psiquitricos.
36. El Comit recomienda al Estado parte que revise sus disposiciones legislativas queautorizan la privacin de libertad por motivos de discapacidad, incluidas lasdiscapacidades mentales, psicolgicas o intelectuales; que derogue las disposiciones que
autorizan el internamiento forzoso a causa de una incapacidad manifiesta odiagnosticada, y que adopte medidas para que los servicios mdicos, incluyendo todoslos servicios relacionados con la salud mental, se basen en el consentimiento otorgadocon conocimiento de causa por el interesado.
Observaciones finales del Comit sobre los Derechos delas Personas con Discapacidad
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Imputabilidad
Conjunto de condiciones psicobiolgicas de las personas, requerido por las
disposiciones legales vigente para que la accin sea comprendida causada
psquica y ticamente por aquellas.
(Gisbert Calabuig)
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Decisin judicial
Juez
Peritos.Psiq. Forense
Declaracinde laspartes
Testigos
Diligenciaspoliciales
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LECr y MEDICO FORENSE I
Art. 456
El Juez acordar el informe pericial cuando, para conocer oapreciar algn hecho o circunstancia importante en el sumario,
fuesen necesarios o convenientes conocimientos cientficos oartsticos.
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Riesgo:
-Inmediato: consecuencia de sntomas psiquitricos.-A largo plazo: relacionado con variables personales e histricas.
Direccin de la violencia:
-Fundamentalmente hacia la familia y propio hogar
Contribucin total a la violencia por parte de personas con enfermedad mental< 5%
Peligrosidad del enfermo mental II
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Imputabilidad
1- Estado de madurez mnimo fisiolgico y psquico.2- Plena conciencia de los actos que realizan.3- Capacidad de voluntariedad.4- Capacidad de libertad.
CONCRECIN:
En el momento de la accin: Inteligencia y discernimiento. Libertad de elegir.
ESENCIAL: INDEMNIDAD DE FUNCIONES PSQUICAS
CONDICIONES MDICO-LEGALES
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Circunstancias afectan Imputab .Artculo 20 CP.
1- Anomala o alteracin psquica que impida comprender la ilicitud del hecho o
actuar conforme a esa comprensin.
2-Trastorno mental transitorio no buscado de propsito.
3- Intoxicacin plena por alcohol, drogas txicas estupefacientes, sustancias
psicotropas u otras que produzcan efectos anlogos.
4- Sndrome de abstinencia que impida comprender la ilicitud hecho.
5- Alteraciones en la percepcin desde nacimiento o infancia
6-Miedo insuperable
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-Anomala o alteracin psquica.
-Estado en el momento de cometer el hecho.
-Actuar de acuerdo a la comprensin.
Requisitos para eximente de responsabilidadpenal (Art. 20 Cdigo Penal)
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La comprensin requiere de la indemnidad de funciones psquicas:
conciencia orientacin atencin memoria lenguaje sensopercepcin pensamiento
inteligencia afectividad capacidad de juicio psicomotiricdad
comprender la ilicitud del hecho PERSPECTIVA PSIQUITRICO-LEGAL
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Incapacidad: Requisitos (CC art.200)
-Enfermedad o deficiencia de carcter fsico o
psquico-Persistencia de la enfermedad.
-Privacin o restriccin del autogobierno
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Igual reconocimiento como persona ante la ley (artculo 12)
33. El Comit observa que la Ley N 26/2011 establece un plazo de un ao desde suentrada en vigor para la presentacin de un proyecto de ley que regule el alcance y lainterpretacin del artculo 12 de la Convencin. Preocupa al Comit que no se hayantomado medidas para reemplazar la sustitucin en la adopcin de decisiones por laasistencia para la toma de decisiones en el ejercicio de la capacidad jurdica.
34. El Comit recomienda al Estado parte que revise las leyes que regulan laguarda y la tutela y que tome medidas para adoptar leyes y polticas por lasque se reemplacen los regmenes de sustitucin en la adopcin dedecisiones por una asistencia para la toma de decisiones que respete laautonoma, la voluntad y las preferencias de la persona. Se recomienda,adems, que se proporcione formacin sobre esta cuestin a todos losfuncionarios pblicos y otros interesados pertinentes.
Comit sobre los Derechos de las Personas con DiscapacidadSexto perodo de sesiones .19 a 23 de septiembre de 2011.
Observaciones finales del Comit sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad
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-Proteccin del enfermo.
-Importancia de habilidades funcionales (nodiagnsticos).
-Intentar la incapacitacin parcial sobre latotal.
Principios del informe pericial
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Persistencia
1-Atender a la evolucin habitual del Trastorno.
2-Realizacin de tratamientos adecuados.
3- Intervalo lcido: Trastornos bipolares, Brotes
esquizofrnicos.
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Autogobierno
1-Capacidad de autonoma.
2-Capacidad de tomar decisiones.
3-Capacidad de administrar bienes.
4-Capacidad de conseguir medios de subsistencia y no depender de
otros.
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reas de funcionamiento
1- Relevantes
vida independiente econmico- -administrativa salud transporte
2- Otras derecho de sufragio internamiento sexualidad/esterilizacin
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Toma de decisin
1- Prestar atencin a la tarea decisoria.2- Comprender los elementos que la integran.
3- Poder cotejarlos con informacin episdica, autobiogrfica ysemntica (memoria).
4- Valorar las posibles consecuencias de las diferentes decisionesposibles.
5- Integrar todo mediante procesos de razonamiento abstracto.
6- Expresar de manera comprensible lo decidido.
7- Ejecutar lo decidido.
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1- La persona NO es slo cognitivo.
2- Lo cognitivo est influido por lo fsico y lopsquico, especialmente la afectividad.
Principios
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CIVIL
1-Internamientos involuntarios.
2-Incapacitacin legal de la persona
3-Esterilizacin de un incapaz.
4-Evolucin de la capacidad para hacer contratos, otorgar poderes,
testamento u otros documentos jurdicos.
5-Matrimonio: consentir y separacin.
6-Idoneidad de cnyuges para la guardia y custodia del hijo.
7-Cambios de sexo en Registro Civil.
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Informe psiquitrico -forense
No finalidad teraputica; slo pericial. Relevancia jurdica yocasiona consecuencias
No solicitada voluntariamente por el interesado. A peticin (imposicin) de la autoridad judicial.
Relacin mdico-interesado diferente a relacin mdico-paciente
Modificacin del contexto de confidencialidad o secretomdico
No vinculante para el Juez
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Imputabilidad
Conjunto de condiciones psicobiolgicas de las personas, requerido por las
disposiciones legales vigente para que la accin sea comprendida causada
psquica y ticamente por aquellas.
(Gisbert Calabuig)
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Imputabilidad
1- Estado de madurez mnimo fisiolgico y psquico.2- Plena conciencia de los actos que realizan.3- Capacidad de voluntariedad.4- Capacidad de libertad.
CONCRECIN:
En el momento de la accin:
Inteligencia y discernimiento. Libertad de elegir.
ESENCIAL: INDEMNIDAD DE FUNCIONES PSQUICAS
CONDICIONES MDICO-LEGALES
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Circunstancias afectan Imputab .Artculo 20 CP.
1- Anomala o alteracin psquica que impida comprender la ilicitud del hecho o
actuar conforme a esa comprensin.
2-Trastorno mental transitorio no buscado de propsito.
3- Intoxicacin plena por alcohol, drogas txicas estupefacientes, sustancias
psicotropas u otras que produzcan efectos anlogos.
4- Sndrome de abstinencia que impida comprender la ilicitud hecho.5- Alteraciones en la percepcin desde nacimiento o infancia
6-Miedo insuperable
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La comprensin requiere de la indemnidad de funciones psquicas:
conciencia orientacin atencin memoria lenguaje sensopercepcin pensamiento inteligencia afectividad capacidad de juicio psicomotiricdad
comprender la ilicitud del hecho PERSPECTIVA PSIQUITRICO-LEGAL
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-Anomala o alteracin psquica.
-Estado en el momento de cometer el hecho.
-Actuar de acuerdo a la comprensin.
Requisitos para eximente de responsabilidadpenal (Art. 20 Cdigo Penal)
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Caractersticas de la Conciencia
Conciencia del YO (Jaspers):
1-sentimiento de actividad o conciencia de actividad.
2-conciencia de la unidad: yo soy uno mismo en el mismo momento
3-conciencia de la identidad
4-conciencia del yo en oposicin a lo externo
Todo es necesario para poseer un conocimiento ordenado y claro del saberpropio. (Ey)
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Caractersticas de la Voluntad
Impulso primario , sin contenido ni direccin.
Instinto natural , tiende inconscientemente a un fin.
Voluntad , que produce representaciones conscientes de finalidad con
conocimiento de medios y consecuencias.
Slo cuando el ser humano experimenta de algn modo la eleccin y la
decisin, hablamos de voluntad o de acciones arbitrarias. Es necesaria la
existencia de conciencia (Ey)
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Principios bsicos
lo que importa NO es el diagnstico en s sino susconsecuencias.
conciencia de enfermedad.Adherencia al tratamiento.Capacidad de decidir: capacidad de conocer y
querer.
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d d l i d l l d
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Mtodo de exploracin de la voluntad
1-Indirecto: a travs del estado de las funciones psquicas de la persona(sensopercepcin, pensamiento, afectividad, psicomotricidad.) 2-Toma de decisiones ( MacArthur Competence Assesement Tool . Grisso yApelbahum,1988). (MacCAT-T).
Principios: comprensin, apercepcin, razonamiento y eleccin
3-Sitges (2009):-decisiones que influyen en la propia salud.
-decisiones sobre la participacin en investigaciones.
-decisiones sobre el patrimonio.
-decisiones sobre actividades no laborales.-decisiones sobre s mismo diferentes a las anteriores.
-decisiones sobre otras personas sobre las que se tieneresponsabilidad.
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