Oficio N°940-2013-2015-CEP-CR
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ECBDOComisn de Etica
sable y del Compromiso Ctimtico"
Lima, 18 de diciembre del 2014
08s2104
oFfclo N"gt{ o nafi-2015/CEP-CR
CongresistaAN MARIA SOLORZANO FLORESPresidenta delCongreso de la Repblica
Presente.-
Asunto:RemitolnformefinalN.SyResolucinN"71.2013-2015/CEP-CR con relacin al caso del "'Congresista Daniel Mora Zevallos'
Tengo el agrado de dirigirme a usted para saludarla cordialmente y a
la vez informarte que la Comisin de tica Parlamentaria, en su
vigsima sexta sesin ordinaria realizada el 17 de noviembre del
zold, acord por Mayora sancionar al congres.ista Daniel Mora
Zevallos con una "Recomendacin Pblica", de conformidad con el
artculo 14., literal a) dei Cdigo de tica Parlamentaria.
En tal sentido, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el
artculo 16"3 del Reglamento de la Comisin de tcaparlamentarial, adjunto al presente oficio copia del lnforme final N" Iy Resolucin N" 71 -201 3-201 s/CEP-CR'
Esoportunalaocasinparaexpresarlelasmuestrasdemiespecial consideracin.
o/xI ..Art. 16.i.- En los casos sealdos en el Art. 14, incisos a, b y c, la sancin ser leda
en
una sesin del Pleno del Conereso. En los casos de suspensin sealados tl "l':l::-Ol*lffielaComisindebeiserdebatidaparaladecisinfinalnor el Pleno dei Conereso."
L380
CONGRESO UE LA REPUBLICA
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PRESDENCIA
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Comisin dc tica t)arlamentiria
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RESOLUCIIN NRO 7l :?01 3-2015/CEP4R
En la ciudad de Lima, e 17 de noviembre del 2014, en la Sala Francisco
Bolognesi det Congreso de la Repblica, se reuni en su Vigsima Sexta
Sesin Ordinaria la Comisin de Etica Parlamentaria (en adelante la
COMISIN) con la presencia de los Congresistas Humberto LAY SUN (quien
presdi la sesin), Juan Jos DIAZ DIOS (en calidad de Secretario de la
comisin), Mauricio MULDER BEDOYA, Martin BETAUNDE MOREYR$ y
Mesas GUEVARA AMASIFUEN.
Se encontraban con licenca los Congresistas Daniel MORA ZEVALLOS y
Rogelio CANCHES GUZMAN'
En virtud de tas competencias que le atribuye el artlculo 80 del Cdigo de
tica Parlamentaria (en adelante el COIGO) y los artculos 4 inciso 4-6 y 16"
inciso 16".1 det Reglamento de ta Comisin de tica Parlamentaria (en
adelante el REGLAMENTO), la COMSIN acord resolver lo siguiente, en
tos Expedientes Nos 44, 45 y 46-2013-2015/CEP-CR sobre ta investigacin
seguida en relacin al Congresista Daniel MORA ZEVAI-LOS y por mayorla
aprobaron el Informe Final N" 8, que sustenta la presente Resolucin'
VTSTOS Y CQNSIDERANDQ:
De acuerdo a los fundamentos expuestos en el lnfofme Final N" 8, se ee
que el congresista Daniel fu'lora ha rernitdo un oficio empleando el trmino
,,recornendar". Del principio de responsabildad se deduce que un
Congresista, en el ejerccio de sus funciones, debe abstenerse de emplear
este trrnino en los oficios que ernita, pues un Congresista de la Repblica es
un funcionario con alta jerarquia constitucional, por lo que el destinatario del
oficio puede interpretar dicho trmino como un aclo de presin o
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direeionmiento de sus actos. En este sentido, la conducta del Congresisia
no ha sido aproPiada.
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Por otro lado, de acuerdo a las opiniones intercambadas por los miembros de
la COMISIN, se deduce que no forma parte de las funciones de un
Congresista de la Repblica, mediar en los conflictos que puedan existir entre
un rgano del Estado (CONAFU) y ernpresas particulares (UPSB). Por tanto,
la conducta det Congresista infringe el articulo 4" literal b) del CDIGO.
Con relacin a la sancin a irnponerse, el Artioulo 14' del CDIGO seala
que segn la gravedad de la falta, se pueden imponer las siguientes
sanciones: (a) Recomendacin pblica: (b) Amonestacin escrita pblica;.{c}
Amonestacin escrita pblica con multa; (d) Recomendacin al Pleno d la
suspensin en el ejercicio del cargo y descuento de sus haberes desde tres
hasta ciento veinte das de legislatura. Para detenninar la sancin a
imponerse, se debe atender al grado de participacin del Congresista en los
hechos, la naturaleza de la falta gometida, y el grado de afectacn de la
imagen delCongresol.
A[ respecto, se debe tomar en cuenta que las indagaciones han descartado
que haya existdo una mala intencin en la actuacin del Congresista. Su
conducta ms bien, de acuerdo a fo expuesto documentadamente por el
Congresista en sUS descargos escritos y verbates, se dio porque consideraba
que exista un acto de injustcia en la actuacin de una entidad pblica' Por
tanto, at no existir una intencionalidad delCongresista de infringir el CDIGO'
y al consistir su conducta en una falta de prudencia que no ha acarreado\\1+f rnayores perjuicios a la entidad, la sancin dnea para evtar o prevenir este\
\ tpo de conductas' es la de "recomendacin pblica"'
RESOLUCION:
Por las consderaciones expuestas en el
mayora acord resolver lo siguiente:
lnforrne N" 8, [a COMISII$, Por
1 toterpretao'n de acuerdo alArt 16'nciso 16.4 del REGLAME$IO'
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t/)a rn o.,/. t)., Ll,,;iiComisin dc tica Prrlrmcnlarin
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se imponga al congresista DANIEL MORA zEVALLos la ,,RecomendacinPblica" establecida en elartculo 14", titerala) delcDlco, con el fin de queen lo sucesivo tenga mayor prudencia en sus comunicaciones oficiales afuncionarios pblicos, de manera que no emplee trminos que puedaninterpretarse como una forma de presin o direccionarnento haca dichosfuncionarios, como ha ocu*ido en el cficio rernitido a la coNAFU, en dondeutiliz el trmino "recornendar", el misrno que fue interpreiado como un actode presin, originando la denuncia def presente caso.
Lima, noviembre del 2014
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SECREII-AR'OEMTARIA covrsrn be rrc,{ pARLAMENTARTA
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