Lop Cy Mat 2009

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  • 1. LOPCyMAT
    ... Aspectos ms resaltantes que impactan en la empresa.
    Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez
    2009

2. Ley Orgnica del Sistema de Seguridad
Social (30/12/2002)
Sistemas
3. Vivienda y
Hbitat
2. Previsin
Social
1.Salud
Regmenes
Vivienda
Adulto
Mayor
Pensiones
Salud
Empleo
Seguridad y Salud
en el Trabajo
LOPCyMAT
Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez - 2009
3. Situacin Actual de la Salud
delos Trabajadores y Trabajadoras
en Venezuela
Existencia de Base Legal:

  • Constitucin Nacional de la Repblica Bolivariana de Venezuela. 4. Convenios Internacionales. 5. Ley Orgnica del Trabajo. 6. Ley Orgnica del Sistema de Seguridad Social. (LOSSS Diciembre 2002) 7. Crea el Rgimen de Seguridad y Salud en el Trabajo. 8. Ley Orgnica de Prevencin, Condiciones y Medio Ambientede Trabajo. (Lopcymat) 9. Reglamento de la Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo. 10. Reglamento de la Ley Orgnica del Trabajo. 11. Ley Orgnica para la Proteccin del Nio y el Adolescente. (LOPNA)

Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez - 2009
12. Situacin Actual de la Salud
delos Trabajadores y Trabajadoras
en Venezuela
Realidad Laboral:

  • Desconocimiento y desinformacin en salud de los trabajadores. 13. Desconocimiento del nmero real de accidentes y enfermedades ocupacionales. 14. Violacin de los derechos de informacin y formacin

contemplados en la legislacin.

  • Debilidad de la accin fiscalizadora del Estado. 15. Poco inters de los empleadores. 16. Escasa organizacin de los trabajadores.

Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez 2009
17. Accidentes de Trabajo
En el Mundo:
270 millones de Accidentes Laborales.
2 millones de muertes relacionadas con el Trabajo.
Prdidas del 4% del Producto Interno Bruto (PIB)
en pases desarrollados.
Fuente: Organizacin Internacional del Trabajoao 2003.
En Latinoamrica y el Caribe:

  • Entre 20 y 27 millones de Accidentes. 18. 27.270 Accidentes Mortales. 19. 4 al 10 % del PIB.

Fuente: Estimaciones y Documentos del Banco
Interamericano de Desarrollo.
Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez 2009
20. Cuntos accidentes de Trabajo ocurrenen Venezuela ?
Accidentes de Trabajo en Venezuela en el Ao 2005*
POR AO 287.681 ACCIDENTES
POR MES 23.973 ACCIDENTES
POR SEMANA 5.532 ACCIDENTES
POR DIA788 ACCIDENTES
POR HORA33 ACCIDENTES
DISCAPACITADOS 27.600 POR AO
MUERTES1.500 POR AO
Cifras estimadas por la Comisin de Estudios Actuariales AN- Inpsasel
Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez- 2009
21. Enfermedades Ocupacionales en Venezuela
Trastornos msculoesquelticos (hernias discales)
Enfermedades de la piel.
Enfermedades respiratorias.
Hipoacusia. (sordera)
Intoxicaciones: plomo, mercurio, solventes, plaguicidas.
Nuevos Problemas de Salud
Cncer y mutagnesis
Enfermedades vinculadas al estrs y las sobrecargas psquicas:
Problemas de salud mental.
Enfermedades psicosomticas.
Enfermedades derivadas de la sobrecarga fsica ydel incremento de los ritmos:
Fatiga aguda y crnica.
Envejecimiento prematuro.
Trastornos derivados de los turnos y duracin de la jornada.
Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez 2009
22. Nios, Nias y Adolescentes Trabajadores
La UNICEF - OIT estima que en el mundo existen:
350 millones de nios, nias y adolescentestrabajadores entre 5 y 14 aos.
En Venezuela existen:
1.400.000 nios, nias y adolescentes trabajadores.
300.000 ubicados en el sector formal de la economa.
1.100.000 ubicados enel sector informal de la economa.
Fuente: Cecodap 2001-02
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23. Accidentes de trabajo
Ampla la definicin de accidente de trabajo para incluir:
i)Los accidentesin itinere(desde y hasta);
ii) Los acaecidos en funciones sindicales; y
iii) Los acaecidos en actos de salvamento u otros anlogos que tengan conexin con el trabajo.
El empleador debe notificar al INPSASEL, al Comit de Seguridad y Salud Laborales y al Sindicato, los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionalesdentro de las 24 horas siguientes.
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24. Enfermedades ocupacionales
Establece como enfermedad ocupacional aquellas enfermedades comunes que son agravadas por el trabajo.
Presume como ocupacionales una lista de enfermedades que establecer el INPSASEL.
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25. Obligaciones de los empleadores
Deben tener (o incorporarse) un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, con funciones fundamentalmente preventivas.
Deben tener Delegados de Prevencin (haya o no Comits de Seguridad y Salud Laborales), en cada establecimiento o unidad de produccin:
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26. Obligaciones de los empleadores
Inscribir a TODOS sus trabajadores, dentro de los 3 das hbiles siguientes. Se incluyen los trab. a domicilio, conserjes, domsticos, trabajadores no dependientes y los asociados de las cooperativas.
Tener un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo por cada establecimiento de trabajo.
Efectuar anlisis de identificacin de riesgos en todos los puestos de trabajo (AST).
Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez 2009
27. Outsourcings
Los trab. de contratistas, intermediarios, cooperativas, etc., deben tener condiciones de higiene y seguridad iguales a las del contratante.
El contratante ser solidariamente responsable de las condiciones de higiene y seguridad industrial de sus contratistas, etc.
Los trab. de contratistas, intermediarios, cooperativas, etc., deben tener sus propios Delegados de Prevencin.
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28. Responsabilidades del empleador por violacin de la LOPCyMAT
Se establecen responsabilidades administrativas, civiles y penales para el empleador en caso de incumplimiento de la LOPCyMAT.
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS:
i) Multas de hasta 100 Unidades Tributarias por cada trabajador expuesto.
ii) Suspensin de la actividad de la empresa, sin afectar los ingresos de los trabajadores.
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29. Responsabilidades del empleador por violacin de la LOPCyMAT
Adems,el empleador tambin podr ser obligado a pagar las indemnizaciones establecidas en el Cdigo Civil (dao emergente, lucro cesante y dao moral).
RESPONSABILIDADESPENALES:
El empleador o sus representantes sern responsables penalmenteporlas violaciones graves o muy graves(art. 119 y art. 120 ) delaLOPCyMATenmateriade seguridady salud en el trabajo.
Ordena al Ministerio Pblico la creacin de Fiscales Especialesen materia de seguridad y salud laboral.
RESPONSABILIDADES CIVILES:
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30. Responsabilidades del empleador por violacin de la LOPCyMAT
Responsabilidad penal en Venezuela

  • En Venezuela la responsabilidad penal es personal 31. De acuerdo con los principios generales en materia penal debe responder de la comisin de un delito, aquella persona que con su conducta consciente y voluntaria, -con excepcin de los delitos culposos- produjo el resultado daoso. 32. Sin embargo, existen leyes que atribuyen responsabilidad penal a gerentes, administradores, directores, representantes legales, apoderados o mandantes de personas jurdicas, por ejemplo: 33. La Ley Penal del Ambiente 34. La Ley Contra Ilcitos Cambiarios 35. La Ley de Proteccin al Consumidor

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36. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y SANCIONES APLICABLES
Alos empleadores ( Art. 117 y sig . LOPCYMAT)

  • No garantice elementos de saneamiento bsico en los puestos de trabajo y en las reas adyacentes, conforme a la Ley 37. Elabore sin la participacin de los trabajadores el programa de Seguridad y salud en el Trabajo

INFRACCIONES LEVES
Multas de hasta 25 unidades Tributarias por cada trabajador expuesto

  • No provea a los trabajadores de los implementos y equipos de proteccin personal adecuados a las condicionesde trabajo 38.No informe por escrito a los trabajadores y al comit de Salud y Seguridad Laborales de las condiciones peligrosas a que se encuentran expuestos

INFRACCIONES GRAVES
Multas de 26 a 75 U.T.
Por cada trabajador expuesto
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39. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y SANCIONES APLICABLES
Alos empleadores ( Art. 117 y sig . LOPCYMAT)

  • No asegure el disfrute del perodo de vacaciones o del descanso de la faena diaria por parte de los trabajadores 40.No declare formalmente dentro de las 24 horas siguientes e de la ocurrencia de los accidentes de trabajo o diagnstico de la enfermedad al INPSASEL, al Comit de Salud y Seguridad Laboral y al sindicato

INFRACCIONES
MUY GRAVES
Multas de 76 a 100 U.T por cada trabajador expuesto
EN CASODELA COMISIN DE STE TIPO DE INFRACCIONES,
PROCEDER SEGNLA GRAVEDAD DE LAMISMA EL CIERRE
DE LA EMPRESA, EXPLOTACIN O FAENA HASTA
POR48 HORAS.
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41. Sancin por no cotizar, no registrarse, suministrar informacin falsa: entre 10 y 100 UT por cada trabajador bajo su dependencia.
Ejemplo: Valor de la UT (Bs.F. 55,00)
Empresa con 10 trabajadores
Sancin 10 UT: Bs.F. 55,00 x 10 UT =
Bs.F. 550,00 x 10 trabajadores = Bs.F. 5.500,00
Sancin 100 UT: Bs.F. 55,00 x 100 UT =
Bs.F. 5.500,00 x 10 trabajadores = Bs.F. 55.000,00
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42. Limitacin del Trabajo en Horas Extraordinarias con ocasin de la entrada en vigencia de la nueva LOPCyMAT
El Art. 120 numeral 4 de la LOPCyMAT establece como falta muy grave infringir las normas relativas a la duracin mxima de la jornada de trabajo
Regulacin del trabajo en horas extraordinarias en la LOT:

  • Qu son las horas extraordinarias 43.Distincin del trabajo en horas extraordinarias y el trabajo en da feriado y de descanso. 44.Duracin mxima del trabajo en horas extraordinarias (Art. 207 LOT): 45.La jornada efectiva de trabajo diarias debe ser de hasta 10 horas, incluidas las horas extraordinarias. 46.Hasta 10 horas extraordinarias por semana. 47.Hasta 100 horas extraordinarias por ao.

Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez 2008
48.

  • Supuestos de procedencia del trabajo en horas extraordinarias:

Art. 199 LOT:

  • Trabajos preparatorios o complementarios, 49.Trabajos por razones tcnicas que no se pueden interrumpir; 50.Trabajos indispensables para coordinar 2 equipos de trabajo que se relevan: 51.Los exigidos para la elaboracin de inventarios, balances, vencimientos, liquidaciones, finiquitos y cuentas; 52.Trabajos extraordinarios debido a circunstancias particulares; y 53.Trabajos Especiales

Art. 202 LOT:
Caso de accidente ocurrido o inminente o en caso de trabajos de urgencia u otros de fuerza mayor.
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54. Qu sucede si un trabajador sufre un accidente laborando horas extraordinarias por encima del limite mximo legal y queda discapacitado?
Consecuencias:
Si el accidente es consecuencia de la violacin de la ley, se configura la culpa del patrono, haciendo procedentes las siguientes sanciones:
Pago de las indemnizaciones establecidas en la LOPCyMAT al trabajador o a sus familiares en caso de muerte.
Pago del dao moral (agravado)
Pago de multa (entre 76 a 100 U.T.)
Penales: Prisin
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55. RECOMENDACIONES

  • Realizar una revisin de los horarios de trabajo existentes en la empresa: Verificar su apego a los limites mximos legales de las jornadas de trabajo. 56. No permitir el redoble de jornadas 57. Revisar las reas del proceso productivo que siempre generan el trabajo de horas extraordinarias, a fin de evaluar la necesidad de incorporar nuevo personal y disminuir el trabajo de horas extraordinarias. 58. Distribuir el trabajo de horas extraordinarias en el mayor nmero de trabajadores que sea posible, a fin de evitar que cada uno de ellos exceda el lmite mximo legal de horas extraordinarias laboradas.

Facilitador: Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez 2009
59. GRACIAS, por su atencin ...Econ. Lus Alfredo Gmez Rodrguez
[email protected]: 0414 348.78.85