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FEDERALISMO: concepto, historia y datos básicos Raymundo Castillo Bautista
Etimológicamente deriva del latín foedus, alianza resultado de un pacto entre entes políticos
para crear una estructura superior, motivada principalmente por objetivos militares, estas
alianzas mantienen un principio de unidad política que no implica perdida de autonomía para
las partes integrantes.
Históricamente el concepto, entendido como concepto dual y como resultado a una alianza,
se relaciona con las tribus hebreas, con las ligas entre ciudades de Grecia (antigua).
Johannes Althaus o Althusius, 1557-1638, es reconocido como el primer teórico del
federalismo, al estudiar la evolución de las asociaciones humanas elabora las primeras ideas
sobre el federalismo y la soberanía popular.
Más tarde, Hugo Grotius, 1583-1645, complementa las ideas de Althusius, él explora los
cimientos legales para las relaciones entre Estados, Derecho Internacional, en período de
guerra y de paz, considerando al federalismo como un modelo que acuerdo o pacto entre
naciones.
Charles de Secondant, barón de Montesquieu (1689-1755), afina la concepción del
federalismo como modelo de gobierno en su obra El espíritu de las leyes, publicada en
1750, donde la concibe como “una convención donde varios cuerpos políticos consienten en
trasformarse en ciudadanos del Estado, más grande, que quieren formar. Es una sociedad
de sociedades que construyen una nueva, la cual, a su vez, puede crecer gracias a la unión
de nuevos asociados”.
Durante las guerras religiosas en Europa en el Siglo XVI, fueron promovidas nuevas teorías
políticas para justificar el rompimiento del orden universal entre el estado y la iglesia. Entre
ellas se encontraba el federalismo. Althusius, padre del federalismo moderno, se encontró en
contacto cercano con las revueltas en contra de del Emperador. El apoyo la revolución
Calvinista es Suiza, el norte de Alemania, y los Países Bajos. El desarrolló sus ideas sobre el
1
federalismo y la autonomía local en la Universidad de Herborn, en la ciudad de Nassau.
William de Orange-Nassau, tomó un papel predominante en la rebelión contra España, y
pudo utilizar las ideas de Althusius. El nuevo estado Holandés, formado en 1579 en Utrecht
para organizar la guerra contra España, se estableció dentro de los lineamientos del
federalismo: reconocimiento de la autonomía de las unidades constitutivas tanto como fuera
posible, pero creando una autoridad común para propósitos específicos comunes. La unión
de Utrecht, un tratado y no una constitución, declaraba que los firmantes actuarían como un
estado en materia de guerra, respetando su total autonomía en todos los demás problemas1.
La República Holandesa de las Siete Provincias, reconocida por España en 1648, y que se
convirtió en el mayor poder del siglo XVII en la política Europea, fue entre los primeros
estados inspirados federalmente en la Europa postmedieval, el otro gran ejemplo es Suiza.
Después de su exitosa guerra contra España, la debilidad del nuevo sistema rápidamente se
les presento. Si la República era una federación o una confederación, claramente el ejecutivo
federal común permaneció muy débil en términos de personal, medios financieros y poderes
autónomos. Las provincias, especialmente Holanda y Zelandia, apoyadas por pueblos como
Ámsterdam, Leiden o Dordrecht, resistieron exitosamente las ambiciones del ejecutivo
federal en la Stadhouder, incluso en materia de bienestar social o política exterior. La
república se volvió desenfrenada por la corrupción, nepotismo y el enriquecimiento de las
elites. Su papel internacional en el siglo XVII y XVIII se debilito rápidamente.
Cuando tomo forma la rebelión norteamericana en contra de Gran Bretaña y los padres
fundadores consideraron las fuerzas y debilidades de los posibles arreglos constitucionales,
tomaron referencia de la República Holandesa. Tuvieron una atención considerable en la
república de las siete provincias como ejemplo de un federalismo fallido. La experiencia
Holandesa fue una de las razones por las que la constitución de los EEUU optó por un
ejecutivo federal fuerte.
La República perdió su credibilidad entre los ciudadanos debido a la corrupción, la oligarquía
y la inefectividad. Las nuevas ideas de la revolución Francesa permitieron que, después de
1 Hoetjes Bernard, 2002, Federalism past and present in the Netherlands, Special Triple Issue, p. 28
2
una revolución en 1795, la Unión de Utrecht fuera reemplazada por la nueva república de
Batavia, que tenía como base la constitución francesa, esto es un pensamiento centralista y
unitario. Más tarde se anexa a Francia, y en 1815, los Países Bajos reclaman su
independencia. El reino de los Países Bajos consistía de Bélgica y los Países Bajos. Su
constitución centralizada permitió que el gobierno Holandés siguiera una política de
despotismo iluminado, que llevó a diferencias locales y regionales. Lo que provocó una
rebelión en el sur, lo que hoy es Bélgica, separándose en la década de 1830.
Después de la independencia de Bélgica, la constitución holandesa permaneció con fuertes
críticas por su falta de democracia y respeto de los derechos locales y regionales. La
Constitución de 1848 trajo el reconocimiento de la autonomía municipal y provincial, basada
en el pensamiento organicista alemán (no federal), combinado con los principios unitarios
franceses.
El federalismo, dice Tonatiuh Guillén, es una estructura dual de organización del poder de un
Estado, donde la naturaleza política es fundamental en las relaciones que se establecen
entre las partes, caracterizadas por su independencia y no subordinación o soberanía2. Dos
elementos configuran su esencia: por un lado la estructura institucional dual y por el otro la
autonomía política que conservan las partes esto es el llamado autogobierno más gobierno
compartido. Además, el federalismo es tanto una estructura como un proceso político, ya que
es un modelo que determina al Estado y regula la distribución del poder. Para el mismo
autor, el federalismo es un eje que al girar acerca tanto a la democracia como a los
gobiernos locales. Relacionándose así ciudadanos y gobiernos (locales), de tal forma que se
crea una espiral entre los tres, federalismo, democracia y gobierno local.
Arnold Soller considera que el federalismo lleva a los políticos más cerca de la gente, por lo
que no es costoso. Resalta además que la tolerancia es el principio básico de cada estado
federal3.
Los principios que caracterizan al federalismo son4:
2 Guillén López Tonatiuh, Federalismo, Gobiernos locales y democracia, p. 3 3 Entrevista a Arnold Koller en Federations Special Triple Issue, p. 4 4 Ibid. 2, p. 8
3
Separación, donde una Constitución Federal contiene las disposiciones precisas para realizar
un reparto de competencias legislativas entre dos niveles de gobierno
Autonomía, donde cada nivel de gobierno es autónomo o soberano en su ámbito de
competencia definido por el principio de participación
Participación, donde las unidades federales deber estar representadas y deben participar en
las decisiones federales, dentro del bicameralismo
Los valores políticos implícitos en el sistema federal de gobierno son5:
Democracia ligada a soberanía, pues ella reside en el pueblo y no en el Estado
Igualdad jurídica, entre los órganos de gobierno y las ciudadanos, a ambos los determina el
derecho
Estructura dual del poder político y separación de poderes
Pluralidad, igualdad y libertad
La formación del Estado Federal puede ocurrir de dos formas, en la primera de ellas el
federalismo nace junto con la nación, mientras en el segundo las naciones transitan hacia el
federalismo, esto es, se presenta el efecto constitutivo del Estado acotado, determinado y
definido por un proceso y actores externos6.
Además cabe destacar que para la formación del Estado Federal se necesita como condición
que exista un Estado de Derecho, así como la existencia del Estado Federal implica la
existencia de la democracia, creándose así una cadena entre:
Constitución – Estado de Derecho – Estado Federal - Democracia.
Es pocas palabras el proceso que expresa esta cadena puede ser dicho como un pacto,
reflejado en la redacción de un documento, que contempla un marco jurídico a ser cumplido
por todas las personas al interior de tal pacto y así conformar una estructura fuerte,
separada, autónoma y participativa para el desarrollo y garantía de los derechos
individuales:
5 Ibid., p. 13 6 Ibid., p. 10
4
Pacto- Marco Jurídico – Estructura – Derechos Individuales
Respecto a la relación constitución – federación Ivo Duchacek dice que una nación federal es
una nación inacabada. Williams, retomando la idea anterior, señala que toda constitución
nacional en la mayoría de los sistemas federales, es de maneras importantes “incompleta”
como un documento de gobierno constitucional. Los espacios variantes se han dejado en la
arquitectura constitucional de la nación federal para ser llenados por las constituciones y
acciones de las unidades subnacionales. Por lo que los sistemas federales diferirán en la
extensión por la cual la constitución nacional este incompleta, o por el espacio que reparta a
las unidades subnacionales.
Mientras más asigne el contenido de las constituciones subnacionales la constitución
nacional o federal, al igual que las competencias de las unidades subnacionales, más
terminada o completa estará7.
Guillén, siguiendo una línea muy similar, explica que el federalismo no es algo que se forme
de una vez y para siempre y además de que no puede adquirí independencia por y para sí
mismo; por lo que se está dentro de un sistema de relaciones que le asigna forma y
contenido, organización y poderes específicos8.
De forma que podríamos considerar, parafraseando a Sartre, que el Estado federal es
proyección, nunca es realizado en su totalidad, siempre esta formándose.
El federalismo constitucional requiere de la acción estatal, restringiendo así los retos del
federalismo constitucional solo a aquellas acciones de los oficiales de gobierno que no
pueden ser presentadas en las protecciones estatales constitucionales9.
Existen dos modelos básicos del federalismo10:
Federalismo integrativo (centralizado), se refiere al orden constitucional que se esfuerza
7 Williams Robert F., American Federalism: Mostly uncentralized constitutionally, but sometimes decentralized politically , pp. 1-2 8 Ibid. 2, p. 10 9 Ibid. 7, p. 11 10 Ibid., pp. 2-8
5
por la unidad en la diversidad entre componentes previamente independientes o relacionados
confederalmente. El objetivo de establecer un gobierno central efectivo con operación directa
en las personas dentro de su esfera de poderes, se sigue bajo el respeto de los poderes de
las entidades componentes, por lo menos en la magnitud en que el uso último de estos
poderes no se revierta en división. Como ejemplo se encuentra la constitución federal de los
Estados Unidos de Norteamérica, la cual tiene poderes limitados delegados concedidos por
los estados preexistentes que al unirse formaron un gobierno nacional.
Federalismo devolucionario (descentralizado), es lo contrario, se refiere al orden
constitucional que redistribuye los poderes de un Estado unitario previo entre sus entidades
componentes, estas entidades obtienen un estado autónomo dentro de sus campos de
responsabilidad. Su principal interés es organizar la diversidad en la unidad. En EEUU ha
ocurrido como un proceso cíclico dentro de las decisiones políticas, entendido en su conjunto
como “federalismo judicial” que tiene que ver con el interés en la protección de los derechos
constitucionales, aunque en las diversas administraciones de los presidentes que la han
asumido ha adquirido diversos nombres. A este respecto, la ley federal crea un mínimo
nacional de derechos también conocido como “el denominador mínimo común” de la
protección de los derechos; además los estados y cortes estatales tienen la posibilidad de
reconocer más protecciones a los derechos para sus residentes. Williams contempla que una
constitución que permite ir más allá de los estándares mínimos sería, utilizando una analogía,
como “un paisaje de los derechos”que puede ser caracterizado por las “crestas y valles de la
protección de los derechos” entre los diferentes componentes de las unidades. En el
federalismo devolucionario, un programa federal debe ser estructurado de tal forma que
permita compartir la autoridad y el financiamiento con el estado, o la asignación de autoridad
al estado. Uno de los tipos más conocidos de descentralización es el llamado devolución
supervisada, en el cual el federal recolecta dinero (child-support money).
Cuando se habla de una estructura constitucional descentralizada se refiere a que la mayoría
de la autoridad del gobierno es retenida por los estados y nunca delegada al gobierno
nacional. La mayoría del poder no es y nunca fue asignada al gobierno central.
Jonh Kincaid dice que el nuevo federalismo judicial sugiere un modelo que puede permitir a
los abogados continuar presionando por las protecciones de los derechos nacionales e
internacionales además de permitir su inserción en las constituciones regionales, los cuales
6
no pueden ser agregados en la constitución nacional11.
De igual forma el federalismo puede ser considerado como coercitivo y cooperativo, el
primero de ellos se refiere a la propensión aumentada del gobierno federal para regular al
estado y a los gobiernos locales a través de los mandatos, condiciones ligadas a la ayuda
federal, las órdenes de la corte, y las prioridades de acción estatal12.
Federalismo Fiscal
Manuel Díaz explica que el federalismo fiscal es aquel que solamente se refiere a las
relaciones hacendarias (ingresos, gastos y deuda) que se establecen entre las haciendas
públicas ubicadas en los diferentes ámbitos de gobierno que conforman el sistema federal13.
El federalismo requiere de dos principios básicos, desarrollados por Wallace E. Oates y
Richard Mugrave: el principio de eficiencia y el de equidad14.
El principio de eficiencia, explica que se requiere de un mercado interno libre de barreras al
movimiento de bienes y servicios, trabajo y capital que los mismos gobiernos puedan
imponer dentro de la federación, además de un manejo de las externalidades entre
jurisdicciones. Por lo que se requiere de políticas distributivas que ayuden a contrarestar los
beneficios fiscales netos provocados por la diferencia en la capacidad tributaria que tiene
cada jurisdicción.
El principio de equidad se da en una economía federal cuando la distribución de los costos y
los beneficios se rigen por los principios de equidad vertical y horizontal. El primero de ellos
ocurre cuando se da un trato adecuado de desigualdad a los desiguales, y el segundo
cuando se da un trato igual entre iguales.
El objetivo principal del federalismo fiscal es establecer una combinación óptima entre la
11 Ibid., p. 16 12 Ibid., p. 5 13 Díaz Flores Manuel, 2002, Federalismo fiscal y asignación de competencias: una perspectiva teórica, Economía, Sociedad y Territorio p. 389 14 Ibid., pp-389-391
7
centralización y la descentralización en la asignación de competencias entre los diferentes
niveles de gobierno que conforman la federación. Siendo así que el federalismo fiscal se
traduce en un proceso legal, administrativo y político orientado a revertir las desventajas de
la descentralización para mejorar la eficiencia y la equidad, en el ámbito macroeconómico,
macroeconómico e institucional. De forma que las principales ventajas dentro de un gobierno
centralizado son la estabilización de la economía por medio de la política monetaria y la
política fiscal, la distribución de los recursos considerando el impacto del ingreso y del gasto
del gobierno, y su asignación para poder garantizar una oferta adecuada de bienes y
servicios15. Mientras. Las ventajas de un gobierno descentralizado radican en la sensibilidad
que las autoridades locales pueden tener respecto a las diversas preferencias entre los
residentes de diversas comunidades.
Las fortalezas de los modelos federales residen en la compatibilidad que tienen con los
sistemas económicos, para asegurar la producción y provisión eficiente de servicios públicos,
una reducción importante de costos como resultado de economías de escala, en beneficio de
la ciudadanía, el fomento de la innovación en el sector gubernamental como consecuencia
de la experimentación que promueve un ambiente competitivo, una mayor capacidad de res
puesta a las preferencias de los ciudadanos, una mayor transparencia y responsabilidad de
los servidores públicos y una mayor sensibilidad de las autoridades respecto a las
preocupaciones regionales, estatales y municipales16.
Conclusiones De tal forma que el proceso mencionado anteriormente se ve complementado con estas ideas que aporta el federalismo fiscal, quedando de la siguiente manera:
Constitución – Estado de Derecho – Estado Federal – Sistema Económico – Democracia
Siendo así que se realiza un pacto, reflejado en la redacción de un documento, que
contempla un marco jurídico a ser cumplido por todas las personas al interior de tal pacto y
así conformar una estructura fuerte, separada, autónoma y participativa, donde se asegura
la producción y provisión de los servicios y bienes públicos para el desarrollo y garantía de
15 Ibid., 393-395
8
los derechos individuales y así generar el bien común:
Pacto- Marco Jurídico – Estructura – Bienes Públicos – Derechos Individuales – Bien Común
Al revisar algunas de las categorías que conforman al concepto de Federalismo podemos
concluir que para entenderlo es necesario construir una estructura compleja de
interrelaciones, donde se puede apreciar que como tal, es la resultante a una postura
ideológica dominante, en conclusión reiterando en lo que ya se dijo anteriormente, el Estado
Federal es proyección.
A continuación se presentan una serie de tablas donde aparecen datos básicos sobre las federaciones a nivel mundial17:
16 Ibid. p. 393 17 Estas tablas aparecen publicadas en Brussjäger Meter, 2003, Föderale und konföderale Systeme im Vergleich: Basisdaten und Grundstructuren
9
Tabla 1 Comparativo de los Sistemas Federales de acuerdo al numero de población y de extensión territorial Estado Población Estado Extensión en km2 India 953.324.00 Federación Rusa 17.075.400 Europa (UE 15) (EU 25)
375.000.000 450.000.000
Canadá 9.970.610
EEUU 265.770.000 EEUU 9.629.091 Brasil 164.620.000 Brasil 8.511.965 Federación Rusa 146.670.000 Australia 7.682.300 Pakistán 144.500.000 India 3.287.591 Nigeria 125.020.000 Europa (UE 15)
(EU 25) 3.200.000 3.938.551
México 95.470.000 Argentina 2.766.889 Alemania 81.820.000 México 1.958.201 Etiopía 56.710.000 Etiopía 1.100.574 España 40.660.000 Nigeria 923.768 Argentina 35.660.000 Venezuela 912.050 Canadá 29.780.000 Pakistán 796.059 Venezuela 22.310.000 España 504.782 Malasia 20.600.000 Alemania 357.046 Australia 18.300.000 Malasia 329.749 Serbia-Montenegro
10.870.000 Serbia-Montenegro
102.173
Bélgica 10.140.000 Austria 83.858 Austria 8.107.000 Emiratos Árabes
Unidos 83.600
Suiza 7.270.000
Boznia-Herzegowina
51.129
Boznia-Herzegowina
3.900.000 Suiza 41.288
Emiratos Árabes Unidos
2.700.000 Bélgica 30.518
Camerún 677.000 Camerún 1.862 Micronesia 128.000 Micronesia 702 San Kitts y Nevis 41.000 San Kitts y Nevis 261
10
Tabla 2 Comparativo de los Sistemas Federales de acuerdo al Índice de Desarrollo Humano y el PNB (Producto nacional bruto)
Estado Ranking global
IDH Clasificación1 alto, 2
medio, 3 bajo
BPS Ranking BSP global
Canadá 3 0,94 1 27.840 7 Bélgica 4 0,939 1 27.178 9 Australia 5 0,939 1 25.693 12 EEUU 6 0,939 1 34.142 2 Suiza 11 0,928 1 28.769 6 Austria 15 0,926 1 26.765 10 Alemania 17 0,925 1 25.103 15 España 21 0,913 1 19.472 25 Argentina 34 0,844 1 12.377 44 San Kitts y Nevi
44 0,814 1 12.510 41
Emiratos Árabes Unidos
46 0,812 1 17.935 25
México 54 0,796 2 9.023 55 Malasia 59 0,782 2 9.068 52 Federación Rusa
60 0,781 2 8.377 58
Venezuela 69 0,772 2 5.794 79 Brasil 73 0,757 2 7.625 60 Sudáfrica 107 0,695 2 9.401 51 India 124 0,577 2 2.358 123 Camerún 137 0,511 2 1.588 141 Pakistán 138 0,499 3 1.928 131 Nigeria 148 0,462 3 896 157 Etiopía 168 0,327 3 668 169
11
Tabla 3 Comparativo de los Sistemas federales después de la evaluación de la estructura democrática y grado de corrupción
Estado Ranking Democracia Ranking Corrupción Ranking global Categoría (libre
de o corrupta) Ranking interno después de la auditorias de ONG´s (columna 1) por Transparencia Internacional (columna 2)
Ranking global después de la auditorias de ONG´s (columna 1) por Transparencia Internacional (columna 2)
Suiza 5 1 3 3 10 13 Australia 6 1 2 2 9 11 Canadá 9 1 1 1 6 7 EEUU 10 1 5 5 13 16 Austria 11 1 4 4 12 15 Bélgica 16 2 7 7 17 20 Alemania 17 2 6 6 15 18 España 18 2 7 8 17 22 Sudáfrica 29 2 10 10 33 38 Serbia y Montenegro
39 3 - - - -
Brasil 52 3 11 11 42 45 México 58 3 12 12 54 58 Argentina 61 3 14 14 67 70 India 64 3 15 15 68 73 Bosnia – Herzegovina
77 4 - - - -
Venezuela 82 4 17 18 78 84 Malasia 87 4 9 9 30 34 Etiopía 97 4 13 13 56 61 Pakistán 101 4 17 17 74 77 Federación Rusa 101 4 15 16 68 74 Nigeria 114 4 19 19 98 102 Emiratos Árabes Unidos
119 4 - - - -
12
Tabla 4 Federalismo y calidad de vida en comparación con otros sistemas
Criterio Estado Federal Estado unitario descentralizado
Otro sistema
Elecciones democráticas 76% 80% 55,7% Libres o parcialmente libres
92% 88,6% 67,9%
Alto nivel de libertades civiles
72% 88,6% 57,3%
Promedio de grados de corrupción (1 = alto, 9 = bajo)
5,2 4,2 4,3
Promedio de grados de libertad económica (1 = alto, 5 = bajo)
2,8 2,9 3,1
Producto nacional bruto por persona en dólares americanos
13.431 7.930 6.742
Promedio en la expectativa de vida en años
69,5 67 64,2
Promedio en el IDH 0,76 0,69 0,69 Tabla 5 Comparativo de la Estructura interna después de establecerse los Sistemas Federales Estado Número de
unidades Unidad más pequeña, población en miles
Unidad más grande, población en miles
Relación entre la más pequeña y la más grande
Promedio de población entre las unidades
Etiopía 9 distritos federales + 1
territorio
154 (Harer) 21,700 (Oromiya) 1 : 141 6.278
Argentina 22+1 df + 1 territorio
97 (Feuerland) 13.334 (Buenos Aires)
1 : 137,50 1.550
Australia 6 estados + 1 df + 1 t
180 (Northern Territory)
6.200 (New South Wales)
1 : 34 3.161
Bélgica 3 regiones + 3
comunidades
954 (Bruselas)
5.769 (Flandern)
1 : 6 3.408
Brasil 26 + 1 estados
247 (Roraima) 34.119
1 : 138 6.097
Bosnia _ Herzegovina
2 1.600 (República de Srpska)
2.280 (Federación Bosnia-
Crocia)
1 : 1,4 1.940
13
Alemania 16 661 (Bremen) 17.996 (NordrheinWestfalen)
1 : 27 5.131
EU-15 EU-25
15 25
427(Luxemburgo) 382 (Malta)
82.024 (Alemania) 82.024 (Alemania)
1 : 192 (1:214)
24.927 (18.000)
India 31 estados + 6 territorios +
1 df
540 (Sikkim)
166.000 (Uttar Pradesh)
1 : 307 35.714
Serbia y Montenegro
2 repúblicas 615 (Monte-negro) 9.778 (Serbien)
1 : 15 4.889
Canadá 10 provincias, 3 territorios
135 (Isla Prince Edward)
11.004 (Ontario) 1 : 81 3.049
Camerún 3 islas 24 (Mwali) 233 (Njazidja) 1 : 10 181 Malasia 13 estados +
2 territorios asociados
198 (Perlis) 3.947 (Selangor) 1 : 20 1.480
México 31 estados + 1 df
423 (Baja California Sur)
13.100 (Estado de México)
1 : 31 3.042
Micronesia 4 29 Nigeria 36 df 371 5.810 1 : 15,6 2.405 Austria 9 279 (Burgenland)
1.608 (Wien) 1 : 6 901
Pakistán
4 df + 1 territorio
799 (Islamabad)
72.585 (Punjab) 1 : 91 26.115
Federación Rusa
89 205 (Altaj)
8.638 (Moskau)
1 : 42 1.642
Suiza 26 15 (AppenzellInnerrhoden)
1.211 (Zürich) 1 : 80 277
España 17 regiones autónomas
270 (Rioja) 7.40 (Andalusia) 1 : 27 2.318
San Kitts y Nevis
2 9 (Nevis) 32 St. Kitts
1 : 3,5 21
Sudáfrica 9 800 (Nord-Kap) 8.400 (KwazuluuNatal)
1 : 10 4.678
Venezuela 23 df y 1 territorio
70 (Amazonas)
2.330 (Miranda)
1 : 33 1.063
Emiratos Árabes Unidos
7 35 (Umm Al Qaywayn) 928 (Abu Dhabi) 1 : 26 402
EEUU 50 df 493 (Wyoming) 33.871(California) 1 : 69 5.518
14
Tabla 6 Asignación de los tipos básicos de los Sistemas Políticos Estado Sistemas políticos en todo el
nivel estatal Sistemas políticos en los estados y territorios miembros
Argentina República, presidencialismo, elección directa del presidente
Sistema Unicameral. Elección directa del gobernador
Etiopía República, sistema parlamentario Autonomía extensiva de las provincias Australia Miembro del Estado del bienestar
Sistema parlamentario Sistema bicameral con Primer ministro, elegido por una fracción del parlamento
Bélgica Monarquía Constitucional, Sistema Parlamentario
Parlamentos en las Regiones y las Comunidades
Bosnia-Herzegowina
República, Sistema Parlamentario Sistema Unicameral, Bicameral con Presidencialismo
Brasil República, Presidencialismo Sistema Unicameral, elección directa del presidente Alemania República, Sistema Parlamentario Sistema Unicameral, el primer ministro es elegido por
los parlamentos estatales India República, Sistema Parlamentario Sistema Unicameral, parcialmente Bicameral,
Gobernador elegido por el presidente Canadá Miembro del Estado del bienestar,
Sistema parlamentario Sistema Unicameral, Elección Directa del Regente
Camerún República, Presidencialismo Sistema Unicameral, elección del Gobernador Malasia Monarquía Constitucional,
Sistema parlamentario Sistema Unicameral, sultanatos parciales,
México República, Presidencialismo Sistema Unicameral, elección directa del gobernador Micronesia República, Sistema Parlamentario Sistema Unicameral, Gobernador elegido por las
reuniones parlamentarias Nigeria República, Transición de un
régimen militar a uno de Gobierno civil
Sistema Unicameral y bicameral
Austria República, Sistema Parlamentario Sistema unicameral Pakistán República, Constitución y fuerza Reuniones parlamentarias eligen al gobernador Federación Rusa
República, Mezcla entre el sistema parlamentario y presidencial
Sistema unicameral, principalmente presidencial
Suiza República, Sistema Parlamentario Sistema Unicameral, las reuniones parlamentarias escogen al gobernador de los Cantones
Serbia-Montenegro
Federación Sistema unicameral
San Kitts y Nevis
Miembro del Estado del bienestar, Sistema Parlamentario
Sistema Unicameral, las reuniones parlamentarias escogen al Regente
Sudáfrica República, Sistema Parlamentario Sistema Unicameral, las reuniones parlamentarias escogen al Regente
España Monarquía constitucional, Sistema Parlamentario
Sistema Unicameral, las reuniones parlamentarias escogen al Regente
Emiratos Árabes Unidos
Parlamento funciona como órgano de consejo, a la cima del estado, se escoge un Emir
Monarquía Absoluta (Emirato)
EEUU República, Presidencialismo Sistema Bicameral, elección directa del gobernador Venezuela República, Presidencialismo Sistema Unicameral, elección directa del gobernador
15
Tabla 7 Grado de Descentralización de acuerdo a Liphart Federal y descentralizado (5)
Federal y centralizado Semifederal
Australia Bélgica Alemania Canadá Suiza EEUU
India (4,5) Austria (4,5) Venezuela (4,0)
España (3,0)
BIBLIOGRAFÍA Brussjäger Meter (2003), “Föderale und konföderale Systeme im Vergleich: Basisdaten und
Grundstructuren”, Innsbruck Daly Siobhan (2003), “The Ladder of Abstraction: A Framework for the Systematic
Classification of Democratic Regime Types”, en Politics, Vol. 23, núm. 2 Díaz Flores Manuel (2002), “Federalismo fiscal y asignación de competencias: una
perspectiva teórica”, en Economía, Sociedad y Territorio, México, Vol. III, núm. 11 Dryzek John S., Hunold Christian, et al (2002) “Environmental Transformation of the State:
the USA, Norway, Germany and the UK”, en Political Studies, 2002, vol. 50, pp. 659-682
Fry Earl (2002), “U.S. federalism in the aftermath of September 11”, en Federations, Vol. 2, núm. 2
Guillén López Tonatiuh, “Federalismo, Gobiernos locales y democracia”, Serie Cuadernos de divulgación de la cultura democrática, IFE, México, http://deceyec.ife.org.mx
Hoetjes Bernard (2002), “Federalism past and present in the Netherlands”, en Federations, Special Triple Issue
Klöti Ulrich (2002), “Reforming Swiss federalism: who will pay?”, en Federations, Special Triple Issue
Leonardy Uwe (2001), “Is Europe heading towards a federal constitution?”, en Federations, Vol. 1, núm. 5
McGarry John, (2004), “Can federalism help to manage ethic and national diversity?”, en Federations, Vol. 4, núm. 1
Nota Editorial (2004), “Federalism and Nation Building”, en Federations, Vol. 4, núm. 1 Rhinow René (2002), “Comment: Swiss reform and the long tradition of federalism”, en
Federations, Vol. 2, núm. 5 Taagepera Rein (2003), “Arend Lijphart´s Dimensions of Democracy: Logical Connections
and Institutional Design”, en Political Studies, Vol. 51, pp. 1-19 Williams Robert F., American Federalism: Mostly uncentralized constitutionally, but
sometimes decentralized politically Zagorodnikov Andrei (2000), “Vladimir Putin reinvents Russian federalism”, en Federations,
Vol. 1, núm 1
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Reseña biográfica: Raymundo Castillo Bautista, es egresado de la licenciatura en Diseño Gráfico, Facultad de Estudios Superiores Acatlán, Universidad Nacional Autónoma de México (FES Acatlán, UNAM) y actualmente estudiante de la licenciatura en Filosofía, Facultad de Filosofía y Letras (FFyL UNAM), además cuenta con estudios en administración pública y en negocios. Se desempeña como consultor, asesor e investigador independiente, en las áreas de Multimedia, Tecnología, Comunicación e Imagen Organizacional. Ha dictado seis conferencias a nivel nacional (México) y participado en festivales internacionales de video y cortometraje con diversas animaciones. Afiliación: Investigador y asesor independiente Dirección: Calzada México Tacuba 850-9 C.P. 11410 México Distrito Federal