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EL MERCADO COSTARRICENSE PARA MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO Noviembre, 2002

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EL MERCADO COSTARRICENSE PARA

MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO

Noviembre, 2002

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CONTENIDO DEL ESTUDIO

I. DATOS MACROECONOMICOS DE COSTA

II. ANALISIS DEL SECTOR

a. Antecedentes Generales del Sector b. Características del Mercado c. Indicadores demográficos

III. PRODUCTOS PRIORITARIOS –medicamentos para uso humano-

IV. ANALISIS DEL PRODUCTO

1. Analisis de la competitividad 2. Análisis del Entorno –F.O.D.A. 3. Régimen Legal 4. Algunas Empresas Importadoras Actuales y Potenciales 5. Metas del Sector 6. Estrategia a Desarrollar por Sector

V. CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO

1. PODER REGISTRAL 2. REGISTRO DE MARCAS DE FABRICA Y COMERCIO 3. REGISTRO SANITARIO 4. ETIQUETADO OBLIGATORIO

V. SERVICIO DE TRANSPORTE MARITIMO DE CARGA –CHILE-COSTA RICA

ANEXOS:

#1 LISTA OFICIAL DE MEDICAMENTOS DE LA CCSS 2002 #2 REGLAMENTO PARA COMPRA DE MEDICAMENTOS #3 PROGRAMA DE COMPRAS DE LA CCSS 2001 #4 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA CCSS #5 INDICADORES DEMOGRÁFICOS #6 PLAN DE COMPRAS 2002

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ESTUDIO DE MERCADO

PAIS: COSTA RICA

Medicamentos para uso humano

I. Datos Macroeconómicos de Costa Rica

Cuadro No 1

2001 2002*

Población (miles) 3,920 4,033 Tasa de crecimiento de población 2,9% 2,9% Fuerza laboral 1,653 1,720 Tasa de desempleo 6,1% 5,7% PIB (Millones US$) 16,145 16,444 Tasa Crecimiento PIB 1,3% 1,8% PIB per cápita (US$) 4,119 4,077 Inflación (%) 11% 10% Tipo de Cambio de moneda local (Promedio anual 1 US$) 329,1 360,2 Tipo de Cambio de moneda local (1 US$ al 31/12) 341,94 380,10

Participación de actividades

económicas en PIB (% del total, año 2001)

Manufacturas 22% Comercio 18% Agropecuario 10% Servicios 39% Construcción 4% Otros 7%

* Proyectado

II. ANALISIS DEL SECTOR

a. Antecedentes generales del sector El sistema de salud en Costa Rica está compuesto por dos instituciones: El Ministerio de Salud (MSP) y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). El MSP ejecuta sus programas, a través de sus distintas unidades de atención médica en todo el país. Entre los más importantes están los programas de salud rural y salud comunitaria. La CCSS, que es una Institución Autónoma, es la administradora de los seguros sociales obligatorios, promulgados por ley desde 1941. Presta sus servicios por medio del Seguro de Enfermedad y Maternidad. Su presupuesto se basa en las

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contribuciones obligatorias que todo patrono y empleado deben hacer, además de un porcentaje mínimo que paga el Estado. En cuanto al mercado de medicamentos en Costa Rica se divide en dos: sector institucional (CCSS), la cual tiene una lista de los medicamentos técnicamente escogidos para ser utilizada como guía terapéutica por los médicos de la institución. tiene 400 medicamentos en 502 presentaciones. El comité de terapéutica, adscrito al Departamento de Farmacología, es el encargado de su permanente actualización decidiendo las inclusiones y exclusiones que se hace conveniente ejecutar. (Se adjunta en el anexo No.1 la lista Oficial de medicamentos que la CCSS va a adquirir en el 2002) El mercado de Costa Rica para los productos farmacéuticos no presenta problemas o trabas importantes al comercio y el nivel arancelario es relativamente bajo. Otro aspecto relevante es el hecho que aproximadamente el 20% de los productos que conforman la gama general de la ofertaa la CCSS, son suplidos por empresas nacionales, por lo que el 80% restante proviene de importaciones. Esta alta dependencia se evidencia también a través de la adquisición de insumos y otras materias primas necesarias para la producción nacional. La obtención del registro sanitario en el Ministerio de Salud se demora entre 4 a 6 meses si es consecuente con el análisis de laboratorio y muestras. Tiene un costo de US$400 y tiene vigencia por 5 años.

El presupuesto aprobado en la Institución para el aprovisionamiento ordinario de medicamentos en 1999, ascendió a 15 mil millones de colones, el costo de los medicamentos adquiridos fuera del formulario ascendió a 400 millones de colones. Para el año 2000 el monto total destinado para la compra de medicamentos ascendió a la suma de 21.220.190.819.14 de colones. El sistema actual de compras de la institución está regulado por la ley 6914, aprobada en 1983, como un sistema especial que expedita el trámite regular de compra. este sistema especial se estableció como un mecanismo para acelerar el aprovisionamiento y demostró ser de gran utilidad desde su introducción, ya que el número de medicamentos faltantes se redujo a un mínimo que no provocaba mayor trastorno.

Además existe el reglamento para compras de medicamentos, materias primas, envases y reactivos en lo referente al Registro de Oferentes y procedimientos de compras, el cual se adjunta copia en el anexo No.2. La adquisición de un medicamento debe llenar cuatro condiciones básicas antes de que el paciente lo tenga a su disposición: a) garantía de calidad; h) cantidad suficiente para abastecer la demanda; c) compra, almacenamiento y distribución oportuna y adecuada; d) seguridad en su manejo hasta que llega al paciente.

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La garantía de la calidad la Institución la obtiene por un doble mecanismo: la que provee el laboratorio fabricante y el vendedor como representante nacional y mediante su propio sistema de control de calidad. La CCSS instaló desde hace más de veinte años su propio Laboratorio de control de calidad, especializado en esa área, que incluso tiene el carácter de Laboratorio Oficial debido a que el Ministerio de Salud carece de tal. Este Laboratorio realiza el análisis de las muestras presentadas en el momento de adjudicación de la compra y en el momento de entrega de cada lote que en lo sucesivo reciba el Almacén Central, puesto que la Caja realiza las compras para períodos suficientemente largos, con entregas periódicas debidamente calculadas. Con el empleo de los medicamentos genéricos en lugar de los medicamentos de marca patentados por las Casas Farmacéuticas, le permitió extender rápidamente los servicios, con el costo más bajo en la prestación farmacéutica. esta política ha tenido siempre el respaldo de los cuadros técnicos profesionales de la Institución y de los Colegios Profesionales correspondientes. de ahí la conveniencia de reforzar el control de calidad de las adquisiciones.

Por otro lado, el consumo de medicamentos aumentó más rápidamente que la población cubierta, lo que significa un mayor empleo de los mismos. Existe una evasión hacia un mercado negro y otros destinos. Para el año 1997 se gastó en compra de medicamentos 10.977 millones de colones, para el año 1998, 14.501 millones de colones, lo que representa un aumentó con respecto al año anterior de 32%. Para el año 1999, cuando se presentaron problemas de desabastecimiento, se gastaron 13.585 millones de colones, lo que representa un 7.5% menos que el año anterior. Para el año 2000, se presupuestaron 16.163 millones de colones, pero finalmente se ejecutaron 21.220 millones de colones, lo que significa un incremento del 56.2% con relación al año 99.

En el mes de junio del 2000 se compraron medicamentos en el mercado interno, a precios más altos que las compras internacionales, por la suma de 3.290 millones de colones, 6 veces más que el promedio de compra regulares en plaza para ese mismo mes en años anteriores. A manera de ilustración se adjunta como anexo No. 3 el programa de compras de la CCSS del año 2001 , en el cual se detalla la cantidad que se compró, el precio pagado y el Laboratorio oferente

b. Características del mercado

Si bien, Costa Rica es un mercado de precios, en materia de medicamentos se privilegia la calidad, la presentación y la posición del producto y laboratorio en el mercado nacional.

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El margen de utilidad del Laboratorio que desarrolló el producto es de un 30% sobre el precio de fabricación, el porcentaje de utilidad para las distribuidoras es de un 23% y para la Farmacia detallista oscila entre un 15% al 30%. Se da la liberación de precios y la ampliación en el número de productos de venta libre. El crédito es de 60 a 90 días de acuerdo, a la conveniencia mutua entre fabricante y distribuidor.

Costa Rica está creciendo más rápido que el resto de los países Centroamericanos, sin embargo debe considerarse que grandes sectores no tienen acceso a medicamentos genéricos con marca. En el año 2001 operaron 200 Laboratorios en Costa Rica y más de 6.000 médicos, de los cuales 1.500 de estos son considerados buenos para incluirlos en las visitas médicas. Los precios de los medicamentos están estandarizados a nivel de Centroamérica y la posición correcta para comercializar los productos son las farmacias. Por último, es importante mencionar que en Centroamérica el mercado privado se comporta de la siguiente manera: El Salvador 26% pero está cayendo, Guatemala 23% ,Costa Rica 16%, y el resto lo comparten en orden de importancia Honduras, Panamá y Nicaragua.

c. Indicadores demográficos Ver anexo # 5

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III. PRODUCTOS PRIORITARIOS Los productos que se han seleccionado en este estudio son todos los medicamentos que se encuentran comprendidos en las partidas 3003: medicamentos para uso humano sin dosificar ni para la venta al pormenor y la 3004 que corresponde a los medicamentos para uso humano dosificados y para la venta al pormeno

IV. ANALISIS DEL PRODUCTO

1- ANÁLISIS DE COMPETITIVIDAD

Producción nacional

En el tema de las inversiones en el sector salud se ha dado un fuerte dinamismo en los últimos cinco años, sobre todo en el área de equipos médicos y medicamentos. Alrededor de 40 empresas dedicadas a esta industria mantienen operaciones crecientes en producción y exportación, pues generaron en el 2000 unos US$ 329 millones y en lo que va del 2001 más de US$ 175 millones según datos suministrados por la Promotora de Comercio Exterior (Procomer). Estas exportaciones incluyen medicamentos, aparatos de cirugía, medicina, odontología, para masajes, sicotecnia, respiratorios de ortopedia. También de rayos X y de radiación. En la mayoría de los casos, son filiales de firmas transnacionales que optaron por asentarse en Costa Rica válidas de las condiciones favorables del país en materia de estabilidad política y económica, alto nivel educativo, y atractivos paquetes de incentivos

En el menor de los casos, se trata de empresas locales como Laboratorios Stein, Zepol, Productos Gutis, Lisan y Cía Odontológica. Entre los laboratorios costarricenses fabricantes de productos genéricos se encuentran: Laboratorios Stein, Raven, Guttis y Ancla. En relación a la participación de los Laboratorios en el mercado costarricense en el primer trimestre del 2001 Stein ocupó la posición # 13, Gutis la # 20, Raven #21, Sukia #37 y Alcames #55.

Exportaciones costarricenses según destino Los principales mercados de las exportaciones totales de medicamentos costarricenses en el año 2000 son en millones de US$ dólares FOB Guatemala ( 22,9), Panamá (20,7), Honduras (15,5), El Salvador (15,5), Venezuela ( 12,9), Nicaragua (9,6) y otros (47,7).

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En relación a la evolución en el monto exportado se da que en 1996 Costa Rica exportó 65,2 millones de US$ a 39 destinos y con la participación de 31 empresas y en el año 2000 exportó un monto de US$ 143,4 millones de dólares a 34 destinos y con la participación de 45 empresas costarricenses. Es importante mencionar que muchas empresas son trasnacionales y se encuentran en el régimen de zona franca. Importaciones según origen En el cuadro No.2 se detalla los montos totales importados en los años 1999 al 2001 de los productos en estudio. Tal y como se aprecia el año 2001 presenta un decreciemiento con relación a los años 2000 y 1999. Por su parte el año 2000 representa los mayores montos importados. Cabe destacar que los principales países proveedores en los últimos son: Suiza, Brasil, Reino Unido, México, Estados Unidos deNorteamérica, Alemania, Canadá, Colombia, Francia, y España.

Cuadro No. 2 :

Importaciones totales1999-2001 por Costa Rica Partidas 3003 – 3004 ( en millones de US$)

2001 2000 1999

PARTIDAS KILOS US$

KILOS US$ KILOS US$

3003 220,146 22,132,777 330,792 24,692,837 159,225 18,178,151 3004 230,812 51,174,941 5,894,891 204,265,072 3,222,027 117,846,204

TOTAL 450,958 73,307,718 336,686 228,957,9 162,447,02 136,024,35 Fuente: Banco Central de Costa Rica

Canales de Distribución

El principal comprador es el Estado a través de la CCSS compra el 70 % de los medicamentos, materias primas y equipos médicos. el 30% restante lo adquiere el privado. Dentro del sector privado existen 50 empresas distribuidoras, de las cuales 4 manejan el 60% del mercado: Corporación CEFA, Corporación Fischel, Farmanova y farmex.

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En la comercialización al detalle existen aproximadamente 4000 farmacias en todo el país, de las cuales el 75% se encuentran en Alajuela, Heredia, Cartago y San José, el resto es del área rural. Finalmente, cada mencionar que en medicamentos naturales hay dos tendencias: las propias tiendas y la farmacia con un sector

Potencial Competencia (actual y futura)

En primer término se debe mencionar que en el primer trimestre del 2001 participaron en total 200 laboratorios, los siguientes 15 representaron el 50.25 % del mercado costarricense. en orden de importancia estos son: Glaxosmithkline, Novartis Frma, Pfizer, Merck Sharp Dohme, Roche, Aventis Pharma, Wyeth Ayerst Inter., Abbot, Boehringer Ing, Schering A.G. Merck, Janssen- Cilag, Stein, Briston Myers, Pharmacia Up John. Cabe resaltar que de todos los Laboratorios mencionados el único de capital costarricense es Stein y los demás son trasnacionales. En relación a los Laboratorios más importantes de origen costarricense que participaron en el mercado durante el año 2000 son los siguientes: Stein (2.37%), Gutis (1.69), Raven (1.67%), Sukia (0.83%), Aclames (0.37%).

Precios de mercado Como referencia de precios, (referencia año 2001) una tableta para fiebre y dolor acetaminofén tiene un precio para el consumidor de US$ 0.024, tableta para dolor muscular y huesos Diciofenaco se vende al consumidor final a un precio de US$ 0.26, gotas para congestión nasal tiene un precio de US$ 2.35, gotas para refrescar ojos tiene un precio de US$1.66, las cápsulas se venden a US$ 0.90, jarable para el asma de 120 ml tiene un precio para el consumidor de US$1.98.

Estrategia de la competencia

La competencia realiza congresos y seminarios para promocionar sus productos y alianzas estratégicas con empresas locales Además introduce productos médicos genéricos en góndolas de los supermercados y realiza una capacitación especial a los vendedores y distribuidores Otorgan un buen soporte promocional y estímulos de bonificación a farmacias y dependientes, premios y concursos de ventas se da la compra por impulso y recomendación boca a boca Por lo tanto se recomienda realizar un esfuerzo en el punto de venta

Lo que tiene más posibilidades es el mercado de marcas y de productos novedosos

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Por último, es importante mencionar que en Costa Rica la industria chilena no tiene buena representación y hay dos factores uno es de tipo cultural y l el otro que los medicamentos genéricos son más baratos y tienen calidad. Por lo tanto, esta OFICOM considera que hay espacios para laboratorios que hagan bien las cosas y como estrategia se recomienda realizar una alianza con el mejor distribuidor 2. ANALISIS DEL ENTORNO –FODA-

2.1. Fortalezas

La fuerza de ventas en Costa Rica tiene una estructura organizada y estable (institucional / forma privada, cuerpo medico muy calificado, y existe una percepción positiva de los productos chilenos, así como su reconocida calidad de los productos chilenos en el mercado costarricense. Además, existe un alto grado de dependencia de la importaciones y escasa producción local Existe la libre importación siempre que cumplan con lo establecido en la ley Costa Rica y Panamá tienen la tendencia de consumir más y más caro Guatemala y El Salvador tienen el 50% del mercado Centroamericano , Costa Rica y Honduras un 16% cada uno, Nicaragua un 7% y Panamá un 11% ( sector privado) Los medicamentos éticos no pagan impuestos

La mano de obra es fácil de capacitar, la cercanía con Estados Unidos, puertos en ambos océanos y vuelos frecuentes a principales mercados. Otra fortaleza es la situación arancelaria ya que los impuestos para los medicamentos fluctúan entre el 0 al 19,78%, los impuestos para las materias primas son de un 1% y los impuestos para los equipos médicos son de un 14.13%. Con el TLC todos los medicamentos tienen un ad-valorem del 0%, lo que implica que los productos que pagaban un 19,78% pagan un 14,13%, los que pagaban un 6% pagan un 1% y los que pagaban un 14,13% pagan un 6%.

Los productos farmacéuticos terminados y las materias primas para su manufactura están exonerados de impuesto de ventas y selectivo de consumo.

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2.2. Oportunidades La innovación tecnológica y la buena visita medica

Las compras del estado se realizan durante todo el año y el mercado de Costa Rica para los productos farmacéuticos no presenta problemas o trabas importantes al comercio El nivel arancelario es relativamente bajo y actualmente la medicina natural es un boon

2.3. Debilidades El transporte aéreo es muy caro y se da la existencia de pedidos consolidados A nivel estatal se participa a través de licitaciones y se requiere un representante de casas extranjeras para participar en ellas.

2..4 Amenazas

La competencia es muy agresiva y se da mucha inversión de dinero en el sector privado (promocional e introducción de productos) No hay protección de patentes La obtención del registro sanitario se demora entre 4 a 6 meses y tiene una duración de 5 años. El buen posicionamiento que tienen otros países proveedores La estrategia de mercadeo y promoción que utilizan las compañías, repercute definitivamente en sus ventas.

3. REGIMEN LEGAL

Arancel aduanero vigente e impuestos y gravámenes internos

En las glosas de los productos seleccionados 3003 y 3004 se dan las siguientes tres posibilidades. Dada la cantidad de productos que compopnen estas dos partidas no se puede detallar una a una, pero en términos generales se presentan las siguientes tres situaciones:

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GLOSA DAI

(1) SC (2)

LEY 6946 (3)

IVA (4)

TOTAL (5)

TLC (6)

3003 / 3004)

0% 0% 1% 13% 14.130% 0%

3003 / 3004)

0% 0% 1% 0% 1% 0%

Otros NT 57

0% 0% 0% 0% 0% 0%

(1) DAI (Derecho Aduanero de Importación) (2) Impuesto Selectivo al Consumo (3) Impuesto que se aplica a casi todo el universo de las partidas arancelarias (4) Impuesto sobre las Ventas (5) Sumatoria es tipo cascada (6) Impuesto que pagarán los productos chilenos a partir del momento de entrada en vigencia del TLC Chile-Costa Rica

4. ALGUNAS EMPRESAS IMPORTADORAS ACTUALES Y POTENCIALES Entre las princiaples empresas importadoras se destacan Farmanova, Cefa Comercial, Stein, Medipharma, Pharmaceútica Centroamérica. Existen otros tales como Laboratorios Zeledón, Alcames y Gutis, entre otros. 5. Metas para el Sector

En general, los grandes desafíos que se vislumbran, a través de las actuales negociaciones bilaterales de la región con otros países vecinos, hacen que tanto e l exportador chileno como la oficina comercial deban profundizar en la estrategia para hacerle frente a los retos que impone la competitividad. Por lo tanto, el exportador chileno y la oficina comercial, deben formar un binomio para alcanzar las metas que se desean alcanzar. 1. Incorporación de 2 productos nuevos dentro del flujo tradicional de exportación 2. Dar a conocer entre las empresas seleccionadas, el programa de compras

para el año 2001 /2002 6. Estrategia a Desarrollar por Sector 1. Realizar en el primer semestre, un Perfil de Mercado para cada uno de los

productos de los segmentos seleccionados, a objeto de distribuirlos entre los exportadores chilenos y determinar aquellos que se interesen por la oportunidad comercial.

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2. Lograr con los exportadores identificados, un compromiso ¨por escrito¨ sobre su interés en que se le promocione su oferta

3. Seleccionar a través de contactos personales, las empresas costarricenses,

que estén registradas como proveedoras del Estado, así como las que comercialicen en el sector privado y que ofrezcan mayor potencial, a fin de asesorar a los empresarios chilenos en la búsqueda de las contrapartes locales

4. Mantener informados a los empresarios seleccionados sobre las

oportunidades de compra que se den no solamente en el país, sino en la región.

V. CONDICIONES DE ACCESO AL MERCADO (NORMAS O REQUISITOS)

1. PODER REGISTRAL ESPECIAL

Para la debida representación de los intereses de la casa fabricante o propietaria de la marca, laboratorio y productos cuyo registro se solicita, es indispensable el otorgamiento de un documento Poder Especial Registral por parte del representante legal de la empresa titular. Este documento se otorga una sola vez y se utiliza ilimitadamente para una o varias inscripciones marcarias, registro de productos, laboratorios y las respectivas renovaciones. Se otorga ante un Notario Público y legaliza en el Consulado de Costa Rica.

2. REGISTRO DE MARCAS DE FABRICA Y COMERCIO

Para el registro de marcas de fábrica y comercio, así como nombres comerciales y señales de propaganda, Costa Rica se rige por la normativa legal contenida en el Convenio Centroamericano de Protección de la Propiedad Industrial. Una vez inscrita, la marca tiene protección por diez años y los nombres comerciales y señales de propaganda, una protección indefinida.

El registro es esencialmente un procedimiento administrativo que otorga plazos amplios para cumplir determinadas etapas procesales. Por esta razón, una vez iniciados los trámites registrales, la conclusión del proceso podría durar aproximadamente ocho meses. Sin embargo, desde el momento de la presentación de la solicitud de registro, es lícito y factible el uso de la marca en el mercado nacional. La Oficina o Departamento de Comercio encargado en el país de origen del registro de la propiedad marcaria, debe emitir una certificación de que la marca se encuentra inscrita y es propiedad de la empresa gestionante.

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COSTO. Los honorarios profesionales que deberán cubrirse son de aproximadamente US$400 por cada marca o distintivo. Con respecto a los gastos, existen dos elementos: a) Derechos fiscales de inscripción a razón de US$55 cada registro y b) Publicación de avisos en el Diario Oficial a razón de US$30 cada uno. La cancelación es siempre por adelantado al momento de solicitarse el servicio profesional

3. REGISTRO SANITARIO

De acuerdo con la normativa existente, toda persona física o jurídica que se ocupe de la elaboración, importación y comercio de productos farmacéuticos, debe solicitar previamente, el permiso del Ministerio de Salud y la inclusión del producto en el correspondiente registro, sujetándose a las disposiciones reglamentarias vigentes, cancelando los aranceles que en su caso correspondan y cumplimiento a su vez, los requisitos que se establezcan en relación a los envases, empaques, muestras y contenido obligatorio de la rotulación que los acompaña La obtención del registro sanitario en el Ministerio de Salud se demora entre 2 semanas si es consecuente con el análisis de laboratorio y muestras. Tiene un costo de US$400 y tiene vigencia por 5 años. La presentación de la solicitud de la inscripción del medicamento debe ser dirigido a la Dirección de Registros y Controles, en papel oficio o corriente con los timbre fiscales correspondiente, firmado por el representante legal y por el regente farmacéutico, la declaración debe tener la siguiente información: -Nombre del producto a registrar. -Nombre del laboratorio fabricante y las siglas de inscripción del mismo. -Forma farmacéutica del medicamento. -Fecha de vencimiento, desde su fabricación hasta su expiración. -Indicar si el producto es oficial en alguna farmacopea. -Indicar la presentación del medicamento y el tamaño de la muestra. -Estudio de estabilidad. Este estudio debe ser presentado únicamente en los casos en que la Dirección lo establezca -Certificado de libre venta o el certificado de producto (emitido por la Organización Mundial de la Salud) donde expresa que el producto es de libre venta, uso y consumo, debe estar vigente, autentificado, consularizado y ratificado por la embajada de C.R del país de procedencia.

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-Original de la declaración de la formula cualitativa y cuantitativa. Esta declaración debe ser firmada por el responsable de la fabricación; debe incluir los principios activos, vehículo, colorantes (FD&C o Color Index) edulcorantes y otros aditivos. Este requisito no se exigirá cuando la formula se encuentre detallada en el Certificado de Libre Venta o en el Certificado de Producto Farmacéutico -Original del control de calidad. Este documento debe ser firmado por el profesional responsable y extendido por el laboratorio fabricante. Se deben incluir la totalidad de las pruebas analíticas requeridas para el tipo de producto y el número de lote analizado. -Etiquetas de envases, empaques o embalajes y el inserto que acompaña el medicamento y las muestras medicas a utilizar. Requisitos Para Los Envases y Empaques -Presentación de un ejemplar original del producto, que permanecerá en custodia junto a la solicitud. -Descripción e interpretación del lote suscrito (emitido por laboratorio fabricante). Dosis, indicaciones, contraindicaciones, advertencias, precauciones y categorías farmacologicas (monografía). -Certificado de control de calidad del laboratorio oficial o acreditado, ratificando los resultados reportados por el laboratorio fabricante. -Original y copia del método de análisis correspondiente al producto terminado que se pretende inscribir. -Certificado de registro de marcas de fabrica o comercio. Todos los certificados presentados deben estar vigentes. No se admitirán certificados emitidos con un plazo de antelación superior a 2 años A partir de la presentación de todos los documentos necesarios, el Ministerio de Salud otorgará el respectivo código de registro sanitario, el cual podrá obtenerse dentro de los quince días siguientes a la presentación de la solicitud. Dicho registro tendrá una vigencia de cinco años. COSTO. Los honorarios profesionales por el registro de cada producto y la obtención del código sanitario correspondiente, son de US$100 para los productos de bajo riesgo y de US$130 para los de alto riesgo. Adicionalmente, se facturarán otros gastos relativos a especies fiscales y a la eventual importación y desalmacenaje de muestras de productos.

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4. ETIQUETADO OBLIGATORIO DE PRODUCTOS De acuerdo con la Ley General de Salud de Costa Rica y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 26012 MEIC del 14 de mayo de 1997 sobre el etiquetado de alimentos preenvasados, es obligatorio para importadores y distribuidores de productos de consumo humano, proceder al cumplimiento de estas normas mediante la utilización de etiquetas en sus productos, cuyo contenido y características están definidos por la FAO a través de su Código Alimentario, así como también en las disposiciones reglamentarias promulgadas por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica. En las etiquetas deberá aparecer (excepto cuando otra cosa así lo indique, basado en una norma específica o individual), información tal como: Nombre del medicamento, lista de ingredientes; contenido neto o peso (puede declararse en múltiplos: ej. 100g, 250g.); nombre y dirección del fabricante, envasador, distribuidor o importador; país de origen; identificación del lote; marcado de la fecha (fabricación-vencimiento); instrucciones para el uso; espacio para indicar el No. de Registro Sanitario. NOTA: El registro previo de las etiquetas no es requisito para la comercialización de los productos, sin embargo, es obligación del fabricante o importador, cumplir la normativa vigente. La omisión detectada por las autoridades del MEIC, involucra la denuncia del producto y los responsables de su comercialización ante la Comisión Nacional del Consumidor, entidad que podrá imponer diversas sanciones, tanto comerciales como económicas. COSTO. Los honorarios profesionales por el proceso de revisión de la etiqueta para analizar el cumplimiento de las normas de etiquetado y la elaboración de un reporte con las correspondientes recomendaciones son de US $40. El trámite demora cinco días hábiles. El costo del registro de cada etiqueta es de US $200 más US $15 por cada registro.

Para aquellas empresas que su nicho de mercado es la CCSS deben inscribirse a través de un representante en el registro de oferentes de medicamentos y los requisitos son: El primer paso es llenar el formulario de inscripción en el registro de oferentes de medicamentos ( una para cada medicamento) Se Adjunta en el anexo No. 4 una copia del formulario en mención. El Registro de oferentes es un sistema de establecido por la CCSS que incluye los proveedores de los medicamentos de la lista Oficial de Medicamentos. ( se adjunta en anexos copia de la lista oficial medicamentos de la CCSS 2002) Los requisitos para inscribirse en el Registro de proveedores de medicamentos y materias primas son:

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-El primer paso es obtener el certificado de registro, documento que extiende el Ministerio de salud de Costa Rica, Dirección de Registros y Controles, en el que se establecen los términos en que fue autorizado y registrado el medicamento para su comercialización y uso. -Cumplir con los requisitos técnicos de cada medicamento

-Oferente en plaza debe presentar:

Fotocopia de la cédula jurídica de la empresa y cédula física del apoderado (certificada. Personería jurídica de la empresa (en original y vigente) Fotocopia del acta constitutiva de la empresa (certificada)

-Oferente del exterior debe presentar:

-Original o fotocopia autentificada del poder especial, general o generalísimo otorgado al representante en Costa Rica

-El Representante debe presentar:

Fotocopia de la cédula jurídica de la empresa y cédula física del apoderado (certificada) Personería jurídica de la empresa (en original y vigente) Fotocopia del acta constitutiva de la empresa (certificada)

El departamento de Farmacoterapia aprueba que la ficha técnica presentada por el oferente se ajuste a lo que la CCSS necesita y si la solicitud de inscripción cumple con los requisitos administrativos, legales y técnicos se le asigna al oferente un número de registro del medicamento y queda inscrito para participar en licitaciones.

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III. VI. SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO Y MARITIMO DE CARGA CHILE-COSTA RICA

• AÉREO

v AEROLINEAS GRUPO TACA: Vuelos diarios por Lacsa, directos. Reservaciones de Espacio con anterioridad por medio de Guía de Carga o agencia Aduanal

v COPA : Vuelos diarios vía Panamá v LAN CHILE : Vuelos diarios vía Miami v AMERICAN AIRLINES : Vuelos diarios vía Miami

• MARÍTIMO:

AGENCIA

LINEA

FRECUENCIA

PUERTO

TRANSITO

Multimar TMM 10 días Caldera 10 Días Maerks Sealand Maerks Semanal Limón 20 Días Marinsa Maruba 2 semanas Caldera 15 Días

Dacotrans ** Agencias Unidas 2 Semanas Caldera 9-10 Días

Aimar Cía Chilena de Navegación CCNI

Semanal, 10 y 15 Días Limón 30 Días

C.H.S.S.A

Trabajan con todas las navieras, Serv Carga o Consolidado

Quincenal Limón y Caldera 8 Días

Agencia Marítima de Istmo

Seaboard Marine. LTDA

Semanal Limón 14 y 16 Días

(**) Sólo sistema de consolidación de carga

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Anexos

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ANEXO No. 1

LISTA OFICIAL DE MEDICAMENTOS DE LA CCSS 2002 (Disponible en el Servicio de Información Comercial de ProChile, Santiago)

ANEXO NO.2 REGLAMENTO PARA COMPRA DE MEDICAMENTOS

La Junta Directiva de la Caja, en el artículo 2° de la sesión número 7586, celebrada el 4 de octubre del año 2001 aprobó el siguiente Reglamento para compra de medicamentos, materias primas, envases y reactivos: REGLAMENTO PARA COMPRA DE MEDICAMENTOS, MATERIAS PRIMAS, ENVASES Y REACTIVOS CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º—Se emite este reglamento a efecto de normar lo establecido en los artículos 71 y 72 de la Ley Constitutiva de la Caja, según reforma introducida por Ley Nº 6914 del 28 de noviembre de 1983, en lo referente al Registro de Oferentes y Procedimientos de Compras de los siguientes productos: medicamentos incluidos en la Lista Oficial de Medicamentos de la Caja, reactivos químicos y biológicos, así como materias primas y materiales de acondicionamiento y empaque y envases, requeridos en la elaboración de aquellos. Artículo 2.—Para efectos del presente reglamento se entenderá por: La Caja: Caja Costarricense de Seguro Social Registro de oferentes: Archivo de la Caja donde constan los nombres y otros datos, de las personas físicas o jurídicas aceptadas por la Caja como proveedores de los productos enunciados en el artículo primero. L.N.C.M: Laboratorio de Normas y calidad de Medicamentos de la Caja. Ficha técnica: Documentos en el que se incluyen las especificaciones técnicas y analíticas de los productos del Catálogo General de Suministros de la Caja. Envases o empaques primarios: Se refiere al que está en contacto directo con el producto. Empaque secundario: Aquel que contiene uno o más empaques primarios. Empaque terciario: Aquel que contiene uno o más empaques secundarios. CAPÍTULO II Del Registro de Oferentes Artículo 3º—El Departamento de Adquisiciones constituirá y mantendrá permanentemente actualizado un registro de oferentes para los productos señalados en el artículo 1. Una copia de las inscripciones al registro se remitirá a la Contraloría General de la República y a la Auditoria de la Caja. Artículo 4º—Las personas físicas o jurídicas interesadas en inscribirse, deben llenar los formularios correspondientes y presentar los Estos deben ser presentados en idioma

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español, con dos copias y acompañados de los documentos correspondientes conforme a lo establecido en el presente reglamento. Artículo 5º—La Caja se reserva el derecho de solicitar cualquier aclaración o adición que juzgue conveniente. Artículo 6º—El Departamento de Adquisiciones recibirá solicitudes de inscripción durante todos los días hábiles del año, dentro de la jornada ordinaria de trabajo. CAPÍTULO III De la inscripción y reinscripción en el Registro de Oferentes Artículo 7º—La solicitud para el registro de medicamentos y las materias primas para su elaboración debe incluir la siguiente información, si corresponde: Certificación de la inscripción, en el Ministerio de Salud de Costa Rica, del producto, con la indicación de su vigencia, extendida por el Ministerio de Salud, original y copia certificada más una copia. Nombre del representante de casas extranjeras, apoderado o distribuidor autorizado, número de cédula de identidad o jurídica y sus citas de inscripción en el Registro Público para el caso de personas jurídicas, como número de teléfono, fax, telex, correo electrónico, apartado postal dirección exacta del solicitante y su representante en el país y cualquier otro dato o medio de comunicación que facilite el envío de solicitudes de cotización y correspondencia. Todos estos documentos deben estar firmados por quien tenga la representación legal en el país o por la persona autorizada legalmente para hacerlo. Estas mismas regulaciones se aplicarán para las compras de materias primas. Compromiso expreso del proveedor, de reponer en un máximo de 90 días naturales a partir de su notificación, los productos que hubieren sufrido deterioro dentro del plazo máximo de conservación o que fueren rechazados por el LNCM. El compromiso incluirá en el caso de que no se efectuare la reposición, la obligación de reintegrar a la Caja, en el mismo plazo indicado, el precio pagado más los daños y perjuicios causados a la Institución. De la inscripción y reinscripción reactivos químicos y biológicos y sus materias primas Artículo 8º—Las solicitudes de inscripción de reactivos químicos y biológicos y sus materias primas, incluirán información científica y aceptación expresa de que las etiquetas estarán bien definidas y/o sus instructivos en idioma español contendrán incorporados, los siguientes datos: Denominación genérica del producto, así como marca registrada. Se entiende por denominación genérica la aceptada internacionalmente, con la indicación del número de catálogo. Nombre y domicilio del fabricante o del poseedor de la licencia y del exportador, que permita a la Caja efectuar indagaciones directas. Número de lote y origen del producto. Período de estabilidad, condiciones necesarias de almacenamiento y método de control de calidad. Si la fecha de caducidad y las condiciones de almacenamiento son diferentes después de la reconstitución, debe señalarse claramente esa circunstancia. Indicación a cerca de sí el producto puede o no ser utilizado con otros lotes del mismo o de otros juegos de reactivos. Advertencia.

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Si alguno de los componentes puede confundirse con un producto administrado a seres humanos, debe incluirse la respectiva advertencia, que deje indicado con absoluta claridad que el producto es para uso restrictivo del laboratorio. Si el producto ofrece algún peligro, deben ponerse palabras que lo indiquen como “Precaución” o “Reactivo”, junto con el símbolo correspondiente, internacionalmente adoptado. Además, la indicación de un componente que sea antisuero, debe incluir la especie animal de la cual se obtuvo, o si se produjo “in vitro”, en líneas celulares normales, trasformadas o cancerosas. Todo producto de origen humano debe ser tamizado por virus de la hepatitis B y C, VIH, así como aquellos que oficialmente incorpore el Ministerio de Salud. Debe indicar volumen de cada envase o el número de pruebas del juego, si fuere del caso. La finalidad a la que se destine el producto. Como por ejemplo: Juego para calcular la tiroxina libre en suero-plasma sanguíneo. Sus componentes, especificando el número de envases en cada uno. Cada juego debe contener un prospecto o folleto que lo describa plenamente así como las instrucciones precisas sobre su uso. La información debe repetir los datos indicados en el rótulo del envase y además, debe indicar al menos los datos siguientes: El principio de la prueba. Explicación concisa del tipo (v.g., valoración radioinmunológica) y principio en que se funda la prueba, junto con referencias a publicaciones. Precauciones. Debe presentarse una descripción de los peligros conocidos y de las precauciones necesarias. Idoneidad para utilizarlo. Si es pertinente, debe hacerse una explicación a cerca de las condiciones físicas, biológicas o químicas idóneas. Donde convenga aplicarlas, deben incluirse descripciones de las pruebas que el usuario puede aplicar para obtener resultados satisfactorios. Reactivos. Deben exponerse las denominaciones y contenido de los reactivos del juego cuando sea necesario, para la adecuada ejecución del procedimiento, lo mismo que la cantidad, proporción o concentración de cada ingrediente, el origen u orígenes, la actividad, la especificidad, la avidez, la sensibilidad u otras especificaciones que sean apropiadas. Para un producto derivado de material biológico, debe darse el origen genérico o, si corresponde, el grupo microbiano, el tipo y la cepa. Otras sustancias. Debe especificarse la naturaleza y las características de otras sustancias. Las características de sustancias tales como un amortiguador, un agente conservador o un estabilizador si afectan el funcionamiento adecuado de la prueba por influir sobre los resultados. Lista de sustancias suministradas por el fabricante. Debe indicarse en particular, si algunos componentes son intercambiables con otros juegos, en ese caso, en qué circunstancias. Lista de sustancias necesarias pero no suministradas por el fabricante. Debe darse una lista de sustancias no suministradas por el fabricante, que son necesarias para ejecutar la prueba. Además, indicaciones sobre la pureza (v.g., grado analítico) de las sustancias, procedimiento para diluir o mezclar y además información pertinente que permita evaluar el funcionamiento adecuado. Equipo

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Debe darse las especificaciones de todo el equipo especial que se necesite, v.g., tipo de rotor o aceleración de la gravedad (g) necesaria para la centrifugación. Materiales o ejemplares para la prueba. Cuando corresponda, debe hacerse mención de: Precauciones especiales sobre toma de muestras, señalando necesidades especiales sobre la preparación del paciente v.g. para estimulaciones de renina, la hora del día y posición del enfermo. Aditivos v.g. agentes conservadores necesarios para mantener la integridad de la muestra. Sustancias modificadoras v.g. anticoagulantes. Instrucciones sobre almacenamiento y manipulación o expedición que se recomiendan para proteger y conservar la estabilidad del material. Además, periodo de caducidad cuando corresponda. Instrucciones para su uso: Cada detalle de las operaciones necesarias para obtener resultados correctos debe exponerse claramente y en orden. Es útil tener instrucciones prácticas presentadas en forma durable y adecuada para uso continuo en el laboratorio. Debe indicarse pautas sobre: Condiciones experimentales precisas que deben reunirse, v.g. pH, temperatura, tiempos de incubación. El cálculo de los resultados, en particular una explicación de cada factor y paso en el cálculo (si corresponde, debe darse una muestra ilustrativa del cálculo incluyendo una curva típica de respuesta). Procedimientos técnicos que puedan ayudar al usuario a practicar más eficazmente la prueba, v.g. comprobación entre la pureza del agua, calibrada de pipetas, comparación entre el sobrenadante vaciado del precipitado con el obtenido por aspiración, y orden adecuado de adición de reactivos. Procedimientos de calibrado Deben describirse los procedimientos de calibrado, en particular la preparación del material así como la construcción de una curva de respuesta. Precauciones durante la ejecución de la prueba Deben señalarse todas las precauciones que deben adoptarse durante la práctica de la prueba, además de las aplicaciones a los componentes. Se indicarán las relacionadas con radiaciones, contaminación con sustancias microbiológicas, eliminación de residuos, toxicidad química, etc. Idoneidad de la prueba Deben incluirse los datos siguientes: Ventajas, limitaciones, precisión, sesgo, etc. del método. Para aplicación clínica, los resultados previstos y detalles a cerca de cómo se obtuvieron los datos, identificación de las poblaciones utilizadas, tanto para estados normales como patológicos. Una descripción completa de uso de las sustancias de referencia y de los calibradores o estándares. Los resultados deben expresarse en unidades de uso común, o en su defecto indicar el factor de conversión cuando corresponda, y deben especificarse los límites de confianza correspondiente a cualquier resultado (s) y el método de cálculo empleado. Cada envase de reactivo químico y biológico debe venir con el sello de seguridad correspondiente.

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ENVASES Y EMPAQUES Artículo 9º—La solicitud de inscripción para envases y empaques debe incluir la siguiente información: Nombre del artículo. Especificaciones técnicas del producto en concordancia con la ficha técnica de la Caja. Lo indicado en los incisos a, b y c del artículo 7°. Artículo 10.—Los medicamentos, las materias primas, los envases y empaques, deben cumplir, con las especificaciones de calidad de las farmacopeas oficiales en Costa Rica, según Decretos No. 17968-S del 04 de febrero de 1988, y 18206-S del 23 de junio de 1988, y Fichas Técnicas, todas últimas ediciones y suplementos. Cuando un medicamento, materia prima, envase o empaque, no sea oficial en algunos de estos textos, el adjudicatario deberá presentar método de análisis validado por el fabricante y fórmula cuali-cuantitativa al LNCM. El método y fórmula se entregarán en el LNCM, éste extenderá un recibo y el adjudicatario lo presentará en el Departamento de Adquisiciones, al momento de depositar la garantía de cumplimiento, previo a retirar la orden de compra y contrato. Los reactivos químicos DAB DAC Francesa y otros inorgánicos para ser inscritos deben ser calidad reactivo o reactivo grado analítico (AR), grado químicamente puro (CP), grado United States Pharmacopea (USP o NF), grado práctico purificado, técnico o grado comercial, de acuerdo a los requerimientos o calidades necesarias. Los patrones primarios deben ser de alta pureza en términos de porcentaje y deben contener un análisis de elementos contaminantes en cada lote. Los patrones de referencia y patrones certificados deben cumplir las especificaciones de National Bureau of Standards y el College of American Pathologist, o cualquier otro instituto de reconocido prestigio. Artículo 11.— Derogado (artículo 35° de la sesión número 7468 del 10 de agosto del año 2000). Artículo 12.— Derogado (artículo 35° de la sesión número 7468 del 10 de agosto del año 2000). Artículo 13.—El costo del análisis de control de calidad para los productos que ingresen al Departamento de Almacenamiento y Distribución, efectuado por el LNCM, será por cuenta de la Caja. Los costos de análisis adicionales que sea necesario para aceptar reemplazos o reclamos serán pagados por el interesado. El cobro de los análisis se hará con base a la tarifa que establezca la Caja, cuyo monto se publicará en el documento denominado “Modelo Tarifario” que emite la Sección de Contabilidad de Costos Industriales de la Dirección Financiero Contable. Artículo 14.— Derogado como consecuencia de la derogatoria del artículo 12. Artículo 15.—El Departamento de Adquisiciones comunicará al interesado el resultado de su solicitud de inscripción en el Registro de Oferentes, en un plazo máximo de sesenta días naturales a partir de la fecha en que fue recibida. Artículo 16.—Si la inscripción presentada por el oferente para sus productos, es aceptada por la Caja, tendrá una vigencia igual a la que le otorga el certificado del registro sanitario del producto emitido por el Ministerio de Salud de Costa Rica, salvo que deje de ajustarse a las condiciones exigidas por el Ente Rector y que el mismo lo haya reportado a la Caja, o que surja causa de sanción, conforme a lo que se dispone en el capítulo VIII de este Reglamento. Artículo 17.— Derogado (artículo 35 de la sesión número 7468 del 10 de agosto del año 2000)

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Artículo 18.—Por el simple hecho de presentar su solicitud de inscripción al registro de oferentes, el interesado se entiende sometido a las disposiciones del presente Reglamento. CAPÍTULO IV De la contratación INVITACIÓN Artículo 19.—El Departamento de Adquisiciones invitará a participar a los oferentes que se encuentren debidamente inscritos al momento de cursar la invitación al concurso, por telex, facsímil o cualquier otro medio disponible, dejando constancia escrita de la invitación. OFERTAS Artículo 20.—Las ofertas deberán ser dirigidas a la Caja-Departamento de Adquisiciones, formularse en original y dos copias. Se recibirán en el Departamento de Adquisiciones de la Caja, a más tardar, a la hora y fecha establecida en el respectivo cartel. la administración no asumirá ninguna responsabilidad en el caso de ser inducida a error por las indicaciones anotadas en los sobres que contienen las ofertas. Artículo 21.—La vigencia de la oferta debe ser de un mínimo de 60 días naturales, para la compra de medicamentos y materias primas para su fabricación. Estos plazos se contarán a partir de la fecha de apertura. Artículo 22.—La administración procederá a adjudicar o declarar desierto el concurso dentro de los treinta días hábiles a partir del acto de apertura para la compra de medicamentos y las materias primas. En los demás casos se regirá según se establezca en cada cartel. Artículo 23.—Toda gestión debe presentarse ante el Departamento de Adquisiciones, con mención clara del número del concurso, orden de compra o contrato a que se refiere. Artículo 24.—Salvo disposición en contrario del cartel específico, los suministros o bienes que se entreguen a la Caja deben ser totalmente nuevos. Artículo 25. Procedimiento para situaciones de procesos productivos o empaques: Cuando los proveedores tengan variantes de producción, por razones del proceso productivo o empaque, podrán ofrecerlos a la Institución y ésta aceptarlos en los siguientes términos: Diferencias hasta de un 5%, menos o más de la cantidad contratada, se aceptan de oficio. Diferencias mayores al 5% y hasta un máximo del 10%, menos o más de la cantidad contratada, el interesado deberá plantear la solicitud de autorización y la Administración, mediante un acto razonado, podrá aceptarlo o rechazarlo. En ambos casos, las cantidades adicionales que se acepten como parte de la ejecución de este artículo, serán recibidas por parte del Departamento de Almacenamiento y Distribución con la última entrega que haga el proveedor al amparo de la orden de compra o contrato. Las mismas deberán facturarse en forma separada de la última entrega de la orden de compra o contrato y su precio no podrá ser mayor al precio de contratación. Artículo 26.—Para efectos de estudio y análisis comparativo de ofertas presentadas en diferentes monedas, se utilizará el tipo de cambio oficial de venta que rija el día de apertura de las ofertas. Artículo 27.—Se acepta únicamente cotizar el 100% de la cantidad requerida para cada ítem del concurso que se tramite, salvo que el cartel específico permita otra cosa.

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CONDICIONES PARA OFERTAS DE IMPORTACIÓN Artículo 28.—La oferta debe presentarse en original, debidamente firmada. Cuando sea sometido por personas jurídicas en su condición de apoderados, representantes de casas extranjeras, distribuidores exclusivos y otros, adjuntar copia de la cédula jurídica vigente, e indicar las citas de inscripción de la personería de quien la suscribe, según corresponda. Artículo 29.—Cotizar DDU (Delivered Duty Unpaid), según se señale en el respectivo cartel, individualmente para cada ítem. Artículo 30.—Las cotizaciones de mercancías extranjeras que arriben independientemente del modo de transporte (aéreo, marítimo o terrestre) deben efectuarse en términos DDU (Delivered Duty Unpaid) (entregado con impuestos sin pagar). Destino final el especificado en el cartel. Se entiende que el vendedor termina su obligación de entrega, cuando las mercancías hayan sido puestas a disposición de la Caja en el depósito aduanero o en el destino final especificado en la orden de compra o contrato, asumiendo todos los gastos, riesgos y trámites hasta el lugar indicado. Artículo 31.—Especificar el nombre del fabricante y país de origen de cada uno de los ítems ofertados, así como el nombre y dirección del exportador. Artículo 32.—Plazo de entrega: toda oferta debe indicar con exactitud el plazo de entrega, en caso de omisión se interpreta que acepta lo solicitado en el cartel. MEDIOS DE PAGO Artículo 33.—Se aceptarán los siguientes, salvo que el cartel específico señale otra cosa: Giro a la vista, carta de crédito y pago anticipado, con ajuste a los requisitos que para cada uno de ellos se indican a continuación: 33.1.—Giro a la vista: En sus modalidades de cobranza directa o indirecta. Es obligado para todos los pagos por sumas inferiores a $ 20.000,00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). Todas las comisiones y cualquier gasto adicional que genere esta forma de pago correrán por cuenta del vendedor. 33.2.—Carta de crédito Operará únicamente en pagos de sumas iguales o superiores a $20.000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América). Señalar la dirección exacta, número de teléfono y de fax del exportador o beneficiario. Las comisiones del exterior corren por cuenta del vendedor y las nacionales por cuenta de la Caja. En caso de adjudicaciones parciales o totales el proveedor que haya condicionado su venta a la apertura de una carta de crédito o giro a la vista con documentos consignados al Banco; debe considerar las siguientes políticas de pago. Si el proveedor condiciona el pago a la apertura de una carta de crédito, cualquiera que sea el monto de ésta, o giro a la vista con documentos consignados al Banco el proveedor debe depositar una garantía colateral e incondicional endosada a la Caja, independientemente de la garantía de cumplimiento, por el monto total adelantado por la administración. De no depositarse la garantía colateral, se declarará insubsistente la adjudicación y la Administración procederá a readjudicar según lo previsto en el artículo 71 de este Reglamento. Esta garantía debe constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 71 de este Reglamento y será depositada simultáneamente con la garantía de cumplimiento.

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Su vigencia debe comprender todo el plazo de entrega más ciento veinte días naturales. La liberación de la garantía colateral se realizará proporcionalmente al valor de cada una de las entregas, aprobadas por el LNCM. En caso de que el producto no se ajuste a los requerimientos del cartel o sea rechazado por el LNCM, el proveedor deberá reintegrar a la Caja, en un plazo máximo de 90 días naturales el importe del pago anticipado recibido más los intereses de ley. En caso contrario la Administración ejecutará y hará efectiva el monto de la garantía colateral, independientemente de los daños y perjuicios causados a la Institución. 33.3.—Pago anticipado Únicamente para casos excepcionales, siempre y cuando sea de interés institucional. Artículo 34.—De los documentos de pago, para nacionalización y aviso oportuno sobre su arribo. Cuando la mercancía ha sido pagada, será obligación del vendedor consignar ésta y los respectivos documentos a la Caja: facturas, lista de empaque, conocimiento de embarque (guía B.L. ó carta de porte), certificado de origen, certificado de control de calidad con una antigüedad no mayor de 3 meses, entre otros, lo cual debe hacerse en idioma español, en un plazo mínimo de 8 días hábiles antes del arribo y comunicar por escrito la fecha y lugar de arribo. En los demás casos el vendedor por medio de su representante de casas extranjeras, el distribuidor o apoderado, deberán proveer todos los documentos antes citados, en español, oportunamente y consignados únicamente a la Caja o al Banco respectivo. Además comunicarán por escrito la fecha y lugar de arribo. Todos los documentos: facturas, guías, conocimientos de embarque, lista de empaque y demás correspondencia, deberán especificar el número de la respectiva orden de compra o contrato de la Caja, para la adecuada y ágil tramitación. Cuando se trate de reposición por reclamos, faltantes u otros motivos, hacer clara referencia a ello. Originales o copias de todos los documentos deben remitirse con ocho días hábiles de anticipación al Departamento de Adquisiciones para los trámites pertinentes. 34.4.—Todo error u omisión en el despacho de las mercancías, o de los documentos a ellos inherentes, que dificulten, impidan y obstaculicen el trámite de nacionalización, serán responsabilidad del vendedor, y por ello estará sujeto a la correspondiente sanción administrativa. El cobro de los bodegajes que ocasione el incumplimiento, multas consignadas en la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 20-10-95, publicada en La Gaceta Nº 212 del 8-11-95 y falta de comunicación sobre el lugar y fecha de arribo, entre otros.” Artículo 35.—De los empaques, embalajes y su identificación Los empaques y embalajes deben ser apropiados al tipo de mercancía, suficientes y utilizar cintas plásticas o metálicas, éstas deben ser resistentes y seguras, preferiblemente impresas por el vendedor. Todos los bultos interiores y exteriores (cajas, paletas, etc.), deben tener impresa o en etiqueta la siguiente información: EMPAQUE EXTERIOR Número de orden de compra o contrato de la Caja y país de origen. Identificación de riesgos, utilizar simbología apropiada, posición, refrigeración, estibamiento, otras indicaciones especiales que los productos requieran para su recibo, almacenamiento y distribución. Marcas: Seguro Social, Costa Rica C.A.

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EMPAQUE INTERIOR Nombre del artículo, producto y fabricante Número de lote, fecha de fabricación y expiración Cantidad Instrucciones de manejo y almacenamiento Los empaques primarios y secundarios deberán indicar el contenido y ser estrictamente fieles a lo contratado. 35.4.—La identificación de todo producto se definirá de acuerdo a las condiciones requeridas para cada caso, según se establezca en la ficha técnica. 35.5.—Todos los envases y empaques de los medicamentos, deben ser fácilmente diferenciables, a simple vista, mediante las normas que al efecto establezca la Caja. 35.6.—Cuando se trate de las reposiciones por reclamos, faltantes y otros motivos, debe indicarse claramente esa condición en los documentos correspondientes y de ser posible en los empaques exteriores. Artículo 36.—El vendedor por medio de su representante de casas extranjeras, distribuidor o apoderado, deberá en cualquier momento de la ejecución del contrato atender, en los plazos que se señalen, las solicitudes que la Administración les formule, referentes a documentos necesarios para trámites de pagos, desalmacenajes, permisos entre otros , así como los reclamos que se originen por faltantes, omisiones o deficiencias en el cumplimiento de los términos del contrato. Artículo 37.—Toda suma que por concepto de multa, bodegaje, u otro, que deba pagar la Caja debido a falta o defecto de documentos, tales como facturas, guías aéreas, conocimiento de embarque, u otro, que no estén ajustadas al marco legal y disposiciones aduaneras, porque la mercancía se extravíe a falta de identificación o marcas, o bien porque se reexporte de oficio, serán cobradas al vendedor por medio de su representante, distribuidor o apoderado, quien sometió la oferta a consideración de la Caja, cuyo reintegro deberá efectuarse en el plazo que en cada caso concreto la Caja señale. Artículo 38.—El vendedor queda comprometido a facilitar a la Caja cuando ésta lo requiera, la obtención de muestras de las mercancías mientras éstas se encuentren en aduanas, a efecto de proceder a los análisis previos que estime necesarios. Artículo 39.—Al momento de los reclamos que se formulen al vendedor por desajuste entre lo contratado y lo entregado, se incluirá además del principal, todo gasto en que incurra la Caja (desalmacenaje, acarreos, bodegajes, destrucción u otros), por concepto de nacionalización de mercancías, más los intereses de ley (artículo 1163, Código Civil) hasta su efectivo pago, desde el momento que se efectuó la erogación hasta el reintegro. Artículo 40.—Todos los gastos aduaneros, de desalmacenaje, bodegajes y otros, que se originen por mercancía que viene como reposición por reclamos faltantes, u otras situaciones y que sea la Caja quién haya corrido con el pago, deberán ser cancelados por el vendedor, por medio de su representante, distribuidor o apoderado, en el plazo que se señale, y a ello se sumará los intereses de ley (artículo 1163, Código Civil) hasta su efectivo pago, desde el momento que se hace la erogación hasta el reintegro. Artículo 41.—Los gastos por bodegajes y otras multas que deba cancelar la Caja, originados en mercancías que fueron entregadas en Almacenes Fiscales distintos a los que la Institución tiene contratados o en operación, serán cobrados al vendedor por medio de su representante, distribuidor o apoderado, salvo que éste demuestre haber comunicado oportunamente y por escrito al Departamento de Adquisiciones-Sección Desalmacenajes, el lugar de entrega y fecha de arribo. A ello se sumarán los intereses de ley según los términos del artículo anterior.

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DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO Artículo 42.—El contratista queda obligado a ejecutar el contrato administrativo de conformidad con el cartel, la oferta y sus complementos el acto de adjudicación, la orden de compra o contrato de la Caja. Artículo 43.—Se autorizarán prórrogas para la ejecución del contrato por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas por el contratista o por demoras ocasionadas por la administración. En uno u otro caso, el contratista solicitará dicha prórroga a más tardar dentro de los ocho días siguientes al conocimiento del hecho que demorará la ejecución. No se considerarán prórrogas vencidos los términos de ejecución previstos, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos. Artículo 44.—Cuando la Caja incurra en gastos adicionales por faltas o incumplimientos del proveedor, o habiendo cancelado las mercancías contratadas, deba proceder a plantear reclamo por esas sumas, ésta cobrará además del monto en que se viera afectada por costos de nacionalización por entregas adicionales no programadas, los intereses de ley sobre dichos montos, los que deberán reintegrarse dentro de los plazos que al efecto se establezcan. CONDICIONES PARA OFERTAS NACIONALES Artículo 45.—El oferente, persona física o jurídica, deberá anexar a su oferta copia de la cédula correspondiente. Artículo 46.—Lugar de entrega de la mercancía: salvo que el cartel indique lugar diferente, toda mercancía deberá entregarse en las bodegas designadas por el Departamento de Almacenamiento y Distribución. Artículo 47.—Plazo de entrega: toda oferta debe indicar con exactitud el plazo de entrega, en caso de omisión se interpreta que acepta lo solicitado en el cartel. Artículo 48.—Forma de pago: todo pago se hará por medio de cheque contra factura especial de cobros de la Caja. A dicha factura debe adicionarse la factura comercial respectiva, original o copia de la orden de compra o contrato de la Caja, certificado de control de calidad con una antigüedad no mayor de tres meses, y cualquier documento comprobatorio de la entrega o recepción del suministro de que se trate. Para el caso de ofertas en moneda extranjera, el pago se efectuará en colones costarricenses, al tipo de cambio oficial de venta que rija en la fecha de emisión del cheque. Artículo 49.—En toda oferta por mercancías debe indicarse claramente el nombre del fabricante, marca y cualquier información adicional que facilite la determinación de lo ofrecido. Artículo 50.—La Caja está exenta del pago de todo impuesto, según la Ley Nº 7293 del 31 de marzo de 1992, por lo tanto la oferta no debe incluir ningún impuesto. Artículo 51.—El oferente queda comprometido a atender dentro del plazo que se señale, todo requerimiento de información, documentos u otros que respecto de su oferta o la ejecución del contrato le sean formulados. Artículo 52.—De los empaques, embalajes y su identificación. Rige lo estipulado en artículo 35 de este Reglamento. Artículo 53.—Todo oferente nacional, sea persona jurídica o física, para participar y al eventual adjudicatario se le solicitará adjuntar certificación original de que se encuentra al día en el pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja, o que exista en su caso, el correspondiente arreglo de pago debidamente aceptado y además indicar expresamente el o los números patronales que mantiene activos con la Institución.

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Quien resulte adjudicado deberá presentar certificación original en que demuestra estar al día en el pago de las cuotas obrero-patronales, extendida por el Departamento de Gestión de Cobros Administrativos de la Caja o por la respectiva sucursal, debidamente autorizada de previo a firmar la respectiva orden de compra o contrato y entregar la garantía de cumplimiento según sea el caso. Artículo 54.—Deben incluir declaración jurada de encontrarse al día en las obligaciones relativas al régimen de impuestos directos a que se refiere el artículo 6º de la Ley Nº 3173 del 12 de agosto de 1963, en concordancia con el artículo 56 del reglamento de Contratación Administrativa. OTRAS CONDICIONES GENERALES PARA OFERTAS DE IMPORTACIÓN Y NACIONALES Artículo 55.—Para cada concurso debe aportarse copia certificada del registro sanitario del producto en que conste que se encuentra inscrito y vigente en el Ministerio de Salud. Artículo 56.—Debe indicarse la estabilidad de los productos a partir a su ingreso al Departamento de Almacenamiento y Distribución de la Caja, según lo indique el cartel respectivo. Artículo 57.—De conformidad con lo establecido por las leyes 5292 del 9 de agosto de 1973 y 4124 del 16 de setiembre de 1974, el Sistema Internacional de Unidades de Medida es de uso obligatorio en las solicitudes de cotización como en las propias ofertas. Artículo 58.—La Caja aceptará una única reposición por cada partida que llegare a rechazar su Laboratorio de Normas y Calidad de Medicamentos y ello deberá cumplirse dentro del plazo que la Caja, en cada caso indique. Artículo 59.—La Caja NO asumirá gasto alguno originado en la reposición de productos rechazados y aquellos en que se llegare a incurrir los cobrará al co-contratante particular. Todo sin perjuicio de la ejecución de la respectiva garantía de cumplimiento así como de la aplicación de las sanciones administrativas o acciones judiciales que pudieren proceder. CAPÍTULO V De la recomendación y adjudicación Artículo 60.—El estudio de las ofertas y la recomendación técnica para adjudicar los diferentes concursos, será responsabilidad de los funcionarios o comisiones de funcionarios que designe la Caja, según el área de competencia. Artículo 61.—La recomendación técnica, previa a la adjudicación, será emitida por la Comisión asignada, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la solicitud. De acuerdo con los topes que establezca la Junta Directiva de la Caja, la instancia correspondiente adjudicará dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recomendación; salvo que se requieran nuevos estudios o criterios, considerando siempre los plazos de vigencia de las ofertas. La adjudicación se comunicará a los participantes en el concurso, dentro de los 2 días hábiles siguientes al acto, en concordancia con las disposiciones vigentes, dejándose constancia de la notificación. Artículo 62.—El precio será factor importante para la adjudicación de los diferentes concursos. Sin embargo, por sí sólo no será determinante, sino que se tomarán en consideración: plazo entrega, factor que podría ser preponderante (cuando así se indique en el cartel) si con base en las circunstancias imperantes fuera necesario adelantar la entrega.

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Para la adjudicación se tomarán en cuenta además, antecedentes respecto del cumplimiento operado en contratos anteriores relacionados con el producto objeto del concurso y la calidad de ese producto entregado o adquirido por la Institución en otras ocasiones. Ante ofertas en igualdad de condiciones, se dará prioridad a la que ofrece ventajas adicionales debidamente justificadas por la comisión respectiva sobre el artículo que se adquiera. Artículo 63.—La Caja se reserva la facultad de rechazar todas las ofertas si así conviniere a sus intereses. Se aceptarán cotizaciones parciales, excepcionalmente, cuando se enfrenten situaciones de urgencia apremiante y así se indique en el cartel del concurso. La Caja se reserva el derecho de realizar las adjudicaciones parciales para solventar dicha situación. En caso de productos nuevos que la Institución no tiene ninguna experiencia en su uso, se permitirá hacer adjudicaciones parciales por ítem según los intereses de la Institución. Artículo 64.—Para todo efecto se tomarán como oficiales los pronunciamientos técnicos emitidos por el LNCM de la Caja. Artículo 65. Se deroga. Artículo 66. Se deroga. Artículo 67.—La declaratoria de desierta, será emitida de conformidad con lo establecido por el artículo 29 de la Ley y Reglamento General de la Contratación Administrativa. Artículo 68.—Todo adjudicatario, por medio de su representante, apoderado o distribuidor, queda obligado a: Ejecutar en forma debida y satisfactoria el objeto convenido. Respetar y cumplir las especificaciones y condiciones relativas a la ejecución. Poner corrección y diligencia en el ejercicio de su cometido. Acatar las instrucciones impartidas por la Caja, antes, durante y después de la ejecución, para casos de documentos, muestras, rotulación, separación de unidades defectuosas o lotes rechazados, cambios de empaque, retiro de mercancías o reexportaciones, entre otros. Todo lo anterior dentro de los plazos prudenciales que la Caja indique. CAPÍTULO VI De la forma de trámite para autorización de la Contraloría General de la República Artículo 69.—Para efectos de la autorización por parte de la Contraloría General de la República, la Caja presentará respecto de cada contratación, una solicitud que se acompañará del original del expediente del concurso. Este expediente se compondrá de los siguientes elementos: Peticiones de cotización. Ofertas recibidas. Acta de apertura de las ofertas. Calificación de las ofertas y Cuadro de precios. Acta de recomendación firmada por miembros de la Comisión. Certificación de presupuesto. Acta de adjudicación. Visto bueno de la Dirección Jurídica. Cualquier otro documento adicional. Artículo 70.—La Contraloría General de la República resolverá sobre la autorización de la contratación, dentro de los 5 días hábiles posteriores al recibo de la solicitud respectiva y

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expediente completo del concurso. En casos especiales, la Auditoria de la Caja, podrá aprobar la adjudicación. Si así fuera, se informará de ello en las 24 horas siguientes a la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo señalado en la Ley número 6914 del 21 de diciembre de 1983, artículo 72, incisos a), b), c) y ch). CAPÍTULO VII De la garantía de cumplimiento Artículo 71.—Toda garantía deberá constituirse por cualquiera de los medios que establece el artículo 37 del Reglamento de la Contratación Administrativa, y salvo indicación expresa del cartel específico de cada concurso, rige lo siguiente en cuanto a montos y vigencias: El monto de la garantía de cumplimiento será del 10 % del monto adjudicado. Esta garantía se solicitará mediante télex, facsímil o cualquier otro medio disponible, dejando constancia de la solicitud del recibo por parte del proveedor. Si el adjudicatario no deposita la garantía de cumplimiento a entera satisfacción o prevenido para ello no comparezca a la formalización del contrato, (dentro de los cinco días hábiles posteriores a la prevención), se tendrá por insubsistente la adjudicación y la Administración dispondrá de un plazo de ocho días hábiles para readjudicar a la segunda oferta mejor posicionada, si esta resultare conveniente a sus intereses. Vigencia: la garantía de cumplimiento tendrá una vigencia que cubra todo el plazo de entrega pactado, más ciento veinte días naturales. En el caso que la garantía se constituyere mediante documento, deberá aportarse original y copia de éste. Cuando se entreguen certificados de depósito en colones o dólares o valores similares en calidad de garantía, además de una copia, deberá expresarse claramente al dorso y firmarse por el titular del depósito, la siguiente razón de endoso: “Páguese a la Caja Costarricense del Seguro Social para garantizar el cumplimiento de concurso”. Artículo 72.—El incumplimiento a cualquiera de los términos del contrato: características y especificaciones del suministro, calidad, forma de empaque, marcas, rotulación entre otras, dará lugar a la ejecución de la garantía, previo debido proceso. Ello independientemente de aclaraciones o documentos que se estime necesario solicitar, a fin de respaldar en mejor forma el estudio; o bien que el vendedor por su cuenta haga llegar oportunamente al Departamento de Adquisiciones. Artículo 73.—Cuando la Garantía de cumplimiento fuere ejecutada antes del vencimiento del contrato por incumplimiento del co-contratante particular: excepto en caso de resolución, éste quedará obligado a rendir una nueva garantía de manera que el contrato quede debidamente garantizado hasta la ejecución total. Artículo 74.—La devolución de la garantía se efectuará dentro de los 60 días naturales, siguientes a que la fecha en que la Caja tenga por cumplido el contrato a su entera satisfacción. Artículo 75.—Todo atraso (incumplimiento en el plazo de cualquiera de las entregas pactadas), será sancionado acorde con los términos de la cláusula penal siguiente: Para productos críticos A que requieren los pacientes en forma inmediata y cuyas existencias no permiten desabastecimiento: un porcentaje sobre el valor de cada entrega contratada, de acuerdo con la tabla. Este grupo refiere a productos indispensables o esenciales para el manejo farmacológico de la enfermedad o conservación de la salud. No son sustituibles por otra alternativa farmacológica y su falta pone en peligro la vida del paciente. Una interrupción del fármaco podría favorecer el agravamiento, la progresión o

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condiciones irreversibles de la patología, y no es clínicamente aceptable la suspensión brusca o súbita del tratamiento farmacológico. Para productos críticos B que requieren los pacientes en forma inmediata y cuyas existencias no permiten desabastecimiento: Un porcentaje sobre el valor de cada entrega contratada, de acuerdo con la tabla. Este grupo refiere a productos indispensables o esenciales para manejo farmacológico de la enfermedad o conservación de la salud. Podrían ser sustituibles por otra alternativa terapéutica y su falta pone en peligro la vida del paciente. Una interrupción del fármaco podría favorecer el agravamiento, la progresión o condiciones irreversibles de la patología. Para productos no críticos-C, que los pacientes no requieren en forma inmediata: un porcentaje sobre el valor de cada entrega contratada, de acuerdo con la tabla. Este grupo refiere a productos que siendo esenciales para el manejo farmacológico de la enfermedad o conservación de la salud, no son indispensables en forma vital. Son sustituibles por otra alternativa terapéutica que este incluida dentro de los medicamentos, su falta no pone en peligro la vida del paciente. La interrupción del fármaco no conlleva el agravamiento, la progresión o condiciones irreversibles de la patología y sería clínicamente aceptable la suspensión por un periodo corto o el cambio por otras alternativas. La cláusula penal se aplicará sobre el valor o costo de cada entrega pactada, independientemente de la demostración del daño o perjuicio, siempre y cuando no existan razones de fuerza mayor o caso fortuito, que impidieron la ejecución normal del contrato. La Administración, previo a la aplicación de la cláusula penal, concederá al contratista al menos tres días hábiles, para que exprese por escrito y demuestre las razones del incumplimiento. Para mayor claridad y aplicación de la cláusula véase la tabla siguiente: TABLA DE PORCENTAJES DE APLICACIÓN CLÁUSULA PENAL SEGÚN DÍAS DE ATRASO Categoría del 1 a 10 Días De 11 a 20 Días De 21 Días aDe 31 Días naturales Medicamento Naturales de Naturales de 30 Días Naturales de Atraso en Atraso Atraso de Atraso Adelante CRITICO A 3% 6% 9% 25% CRITICO B 2% 4% 6% 20% NO CRITICO C 1% 2% 3% 15% Notas: En el anexo (Lista Oficial de Medicamentos. Listado por Riesgo de Medicamentos de la LOM) aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 20° de la sesión número 7522, celebrada el 8 de febrero del año 2001, publicado en La Gaceta número 67 de 4 de abril del año 2001, que se mantiene vigente, se detallan los productos según categorías A, B, C. Según los días de atraso y categorías se aplica el porcentaje estipulado en la casilla. El % que se aplicará es sobre la cantidad y costo que se debía entregar, según Orden de Compra o Contrato. Independientemente de la aplicación de las cláusulas penales, el proveedor se hará acreedor a las sanciones establecidas en el Capítulo VIII de este Reglamento. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal, el atraso con respecto al plazo se contará a partir del día natural siguiente a la fecha de entrega prevista en la orden de compra o contrato de la Caja. Con respecto a los adelantos de entrega rige lo siguiente:

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Compras de Importación: Se acepta máximo 30 días naturales de adelanto. Si el adelanto supera los 30 días el proveedor correrá con todos los gastos y costos de almacenamiento, más los gastos por administración que rigen en ese momento. Compras en Plaza: Se acepta máximo ocho días naturales de adelanto. Artículo 76.— Derogado (artículo 21° de la sesión número 7203, celebrada el 24 de febrero de 1998) CAPÍTULO VIII De las sanciones Artículo 77.—Sin perjuicio de otras acciones administrativas o judiciales que pudieren proceder, se aplicará sanción de apercibimiento a los proveedores que incurran en las causales establecidas por el artículo 99 de la Ley de la Contratación Administrativa. Se aplicará sanción de inhabilitación a los proveedores que incurran en las causales establecidas por el artículo 100 de la misma Ley. Artículo 78.—Procederá la exclusión del oferente en el producto, hasta por dos años, en los siguientes casos: El producto entregado que por segunda vez incumpla con las especificaciones técnicas y fuere objetado o rechazado total o parcialmente por el LNCM dentro de un plazo de 2 años. Aquel producto en que por segunda vez incumpla en contratos diferentes con la fecha establecida de entrega, salvo que lo hayan justificado previamente a la Caja y ésta haya aceptado la prórroga. Lo anterior dentro de un plazo de 2 años. Aquel producto que se haya entregado en calidad de reposición en forma correcta y sufra deterioro de estabilidad, en condiciones apropiadas de almacenamiento. El plazo de exclusión correrá a partir del momento en que el Departamento de Adquisiciones, con base en los certificados técnicos que se le aporten, lo comunique al interesado. Artículo 79.—Los apercibimientos, inhabilitaciones y exclusiones a que se refieren los artículos anteriores, serán notificadas al interesado posterior a haber conferido la respectiva audiencia. Si se confirmare la procedencia de dicha sanción, esta resolución se comunicará al interesado, a la Contraloría General de la República y la Auditoría de la Caja y se publicará en el diario oficial La Gaceta. Todo ello conforme a los lineamientos de los artículos 106.4 y 106.5 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Artículo 80.—En lo no previsto se aplicarán supletoriamente las disposiciones y principios contenidos en las leyes y reglamentos que rijan la Contratación Administrativa. Artículo 81.—Este Reglamento deroga el aprobado por la Junta Directiva en los artículos 14, 1 y 6 de las sesiones números 5836, 5837 y 5853, celebradas, en su orden, el 12 y 19 de julio, y el 6 de septiembre de 1984 y por la Contraloría General de la República en el oficio 7880 del 28 de agosto de 1984, y sus reformas, salvo en lo que concierne al anexo del artículo 75 (Lista Oficial de Medicamentos. Listado por Riesgo de Medicamentos de la LOM) aprobado por la Junta Directiva, en el artículo 20° de la sesión número 7522, celebrada el 8 de febrero del año 2001, publicado en La Gaceta número 67 de 4 de abril del año 2001, que se mantiene vigente”. San José, 11 de diciembre del 2001.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—C-160180.—(92428).

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ANEXO NO.3

PROGRAMA DE COMPRAS DE LA CCSS 2001

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Cloroquina 150 Mg 3 800.00 cn 6 460.00 1.7 Cefa Sanofi Colombia Hidroxicloroquina 300

Mg 8 000.00 cn 223 200.00 27.9 DMI S.A. Costa Rica

Levamizole 50 Mg 550.00 cn 4 389.00 7.98 Stein Stein Costa Rica Mebendazol 100 Mg

Tbs 14 660.00 cn 87 227.00 5.95 Medipharma Mediphar

ma Costa Rica

Metronidazol 500 Mg 26 800.00 cn 26 210.40 0.978 Medhen Pharm Inter

India

Pirimetamina 25 Mg 600.00 cn 17 160.00 28.6 Gutis Gutis Costa Rica Meglumina Antimoniato

60 000.00 am 89 940.00 1.499 Farmanova Aventis Pharma

Francia

Benzoato De Bencilo 98 000.00 fc 47 040.00 0.48 Raven Raven Costa Rica Benzoato De Bencilo 141 000.00 fc 54 990.00 0.39 Ancla Ancla Costa Rica

Metronidazol 125 MgCta

184 000.00 fc 60 352.00 0.328 Lacofa Lacofa Costa Rica

Tiabendazol 1 G. 3 500.00 fcs 4 340.00 1.24 Stein Stein Costa Rica Tiabendazol 1 G. 3 700.00 fa 3 885.00 1.05 Stein Stein Costa Rica

Amoxicilina Caps 500 Mg

11 700.00 cn 30 069.00 2.57 Raven Biochemie Austria

Ciprofloxacina 500 Mg

13 200.00 cn 52 509.60 3.978 Calox Calox Costa Rica

Dapsona 100 Mg 500.00 cn 7 600.00 15.2 Gutis Gutis Costa Rica Dapsona 100 Mg 800.00 cn 10 320.00 12.9 Gutis Gutis Costa Rica

Eritromicina 500 Mg 15 500.00 cn 138 725.00 8.95 Apotex Apotex Costa Rica Espiramicina 500 Mg

Tbs 2 300.00 cn 65 780.00 28.6 Stein Stein Costa Rica

Neomicina 250 Mg 2 300.00 cn 57 500.00 25 Gutis Gutis Costa Rica Penicilina Oral

Tabletas 10 400.00 cn 54 756.00 5.265 Raven Biochemie Austria

Sulfadiazina 500 Mg 1 000.00 cn 24 000.00 24 Lacofa Lacofa Costa Rica Sulfazalacina 500 Mg 16 000.00 cn 204 800.00 12.8 Gutis Gutis Costa Rica Tetraciclina 500 Mg

Caps 17 100.00 cn 30 609.00 1.79 Medchem Pharma

Inter India

Trimetroprim Sulfa 40080 Tbs

115 500.00 cn 218 295.00 1.89 Stein Stein Costa Rica

Amikacina 100mg 37 000.00 cn 9 620.00 0.26 Farmanova Pisa S.A México Producto Cantidad Unidad Pagado

(US $) Precio

U. (US$) Representante Fabricant

e Pais

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Amikacina 500 mg 75 800.00 fa 29 562.00 0.39 Corporación Astra de CR

Representaciones e

Investigaciones

médicas S.A. De

CV

México

Ampicilina base 500 mg

537 000.00 fa 99 613.50 0.1855 Raven Biochemie Austria

Cefalotina 1 G 919 000.00 fa 572 950.55 0.62345 Medirep Panpharma

Francia

Ceftazidima 1 G 107 000.00 fa 254 660.00 2.38 Medirep Medirep Costa Rica Ceftazidima 1 G 110 000.00 fa 207 900.00 1.89 Farmanova Pisa S.A México Cefotaxima 1 G. 217 000.00 fa 186 620.00 0.86 Medirep Medirep Korea Cefotaxima 1 G. 267 000.00 fa 140 976.00 0.528 Qualifar del

Istmo, S.A. Qualifarm Gautemal

a

Ceftriaxona 250 Mg 3 200.00 fc 17 088.00 5.34 Cefa Roche Suiza Clindamicina 600 Mg 378 000.00 fc 226 422.00 0.599 Qualifarm Qualifarm Guatemal

a Oxacilina 1 G. 358 000.00 fa 142 842.00 0.399 Chemo Torlan SA España

Gentamicina 20 Mg 21 200.00 fa 8 246.80 0.389 Farmanova Pisa S.A México Gentamicina 20 Mg 24 000.00 fa 9 552.00 0.398 Farmanova Pisa S.A México Gentamicina 80 Mg 665 000.00 fa 36 508.50 0.0549 Medchen. S.A. Pharm

Inter . China

Imipenem 23 500.00 fc 320 775.00 13.65 Merck Sharp & Dohne

Merck Sharp & Dohne

Costa Rica

Imipenem 20 000.00 fc 273 000.00 13.65 Merck Sharp & Dohne

Merck Sharp & Dohne

Costa Rica

Metronidazol 50 Mg Inyec.

156 000.00 ud 140 400.00 0.9 Farmanova Pisa S.A México

Penicilina Benzatinica 1,2 M

390 000.00 fa 72 930.00 0.187 Raven Biochemie Austria

Penicilina Sodica 1 Millon

297 000.00 fa 50 193.00 0.169 Raven Biochemie Austria

Penicilina Sodica 1 Millon

422 000.00 fa 100 225.00 0.2375 Raven Biochemie Austria

Penicilina Sódica 5 Millones B5

174 000.00 fa 88 392.00 0.508 Raven Biochemie Austria

Vancomicina 500 Mg 97 700.00 fa 122 125.00 1.25 Abbott Abbott Estados Unidos

Eritromicina Susp. 141 000.00 fc 148 050.00 1.05 Raven Raven Costa Rica Trimetropin Sulfa

Susp. 207 000.00 fc 51 543.00 0.249 Stein Stein Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado

(US $) Precio

U. (US$)

Representante Fabricante

Pais.

Cislosferina 250 mg 360.00 cn 19 386.00 53.85 OPS OPS USA

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Ethambutol 400 Mg Tbs

3 000.00 cn 63 000.00 21 Medirep Costa Rica Medirep , Inc U.S.A.

Tailandia

Etionamida 250 mg 360.00 cn 5 886.00 16.35 OPS OPS Estados Unidos

Isoniacida 300 Mg 2 700.00 cn 3 969.00 1.47 Stein Stein Costa Rica Pirazinamida 500 Mg 3 400.00 cn 21 080.00 6.2 Gutis Gutis Costa Rica Rifampicina 300 Mg 4 900.00 cn 23 760.10 4.849 Com. Farmac.

Interam. Bonima El

Salvador

Estreptomicina 1 G 8 200.00 fa 4 920.00 0.6 Farmanova Lab. Pisa México Rifampicina Suspensión

5 300.00 fc 21 730.00 4.1 Gutis Gutis Costa Rica

Aciclovir 400 Mg Tab. 2 600.00 cn 12 703.60 4.886 Stein Stein Costa Rica Didanosina 100 mg.

Tab. 1 800.00 cn 162 000.00 90 Stein Stein Costa Rica

Didanosina 100 mg. Tab.

2 200.00 cn 224 400.00 102 Apotex Protein SA México

Efavirenz 200 Mg 1 700.00 cn 149 164.80 87.744 Merck Sharp & Dohne

Du Pont Pharmace

utical

USA

Estavudina 40 Mg Tabletas

150.00 cn 18 000.00 120 Stein Stein Costa Rica

Estavudina 40 Mg Tabletas

2 000.00 cn 240 000.00 120 Gutis Gutis Costa Rica

Estavudina 40 Mg Tabletas

2 000.00 cn 76 000.00 38 Stein Stein Costa Rica

Fluconazol 200 Mg 700.00 cn 28 700.00 41 Stein Stein Costa Rica Indinavir 400 mg.

Cápsulas 5 000.00 cn 1 000

000.00 200 M.S.D. M.S.D. México

Indinavir 400 mg. Cápsulas

8 699.40 cn 426 853.46 49.067 Merck Sharp & Dohne

Merck & Co.

Lamivudina 150mg 4 000.00 cn 116 200.00 29.05 Stein Stein Costa Rica Lamivudina 150mg 5 600.00 cn 814 632.00 145.47 Jovel López GlaxoWell

come Panamá

Nelfinavir 5 702.40 cn 760 320.00 133.33333

Cefa Roche Puerto Rico

Nelfinavir 13 702.50 cn 1 827 000.00

133.33333

Cefa Roche Puerto Rico

Zidovudina 100 Mg 17 000.00 cn 297 330.00 17.49 Qualifarm Qualifarm Guatemala

Aciclovir 250 Mg Inyectable

12 300.00 fa 61 500.00 5 Medirep Libra Uruguay

Aciclovir 250 Mg Inyectable

13 200.00 fa 60 720.00 4.6 Medirep Libra Uruguay

Amfotericina B 50 Mg 9 400.00 fa 62 980.00 6.7 Medirep Medirep Brasil Producto Cantidad Unidad Pagado

(US $) Precio

U. (US$)

Representante Fabricante

Pais.

Griseofulvina 125 MgCta

6 500.00 fc 8 450.00 1.3 Gutis Gutis Costa Rica

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Griseofulvina 125 MgCta

6 500.00 fc 5 655.00 0.87 Lisan Lisan Costa Rica

Nistatina Suspención 88 600.00 fc 75 310.00 0.85 Chemo Chemo Cent.

Costa Rica

Fenazopiridina 100 Mg

40 000.00 cn 278 737.60 6.9684400

Pfizer S.A. Costa Rica

Nitrofurantoina 50 Mg 32 000.00 fc 440 000.00 13.75 Stein Stein Costa Rica Nitrofurantoina Susp. 9 000.00 fc 46 800.00 5.2 Stein Stein Costa Rica Pseudoefedrina 60 Mg 61 700.00 cn 79 469.60 1.288 Stein Stein Costa Rica

Dobutamina 4 200.00 an 15 330.00 3.65 Medirep Libra Uruguay Dopamina 86 400.00 an 34 560.00 0.4 Farmanova Pisa S.A México

Epinefrina 1 Ml 249 000.00 an 87 150.00 0.35 Farmanova Pisa S.A México Metaraminol 10 Mg 1 120.00 fa 11 995.20 10.71 MSD Merck &

Co. U.S.A.

Amiodarona 200 Mg Tbs

9 500.00 cn 38 000.00 4 Gutis Gutis Costa Rica

Amiodarona 200 Mg Tbs

11 800.00 cn 47 200.00 4 Gutis Gutis Costa Rica

Digoxina 0.25 Mg Tb. 28 900.00 cn 69 360.00 2.4 Stein Stein Costa Rica Digoxina 0.25 mg.

Tabts. 30 800.00 cn 58 212.00 1.89 Medirep Biolab Tailandia

Enalapril 5 Mg 25 000.00 cn 22 000.00 0.88 José Murillo Campos

Intas Pharmace

uticals

India

Enalapril 5 Mg 145 600.00 cn 224 806.40 1.544 Medchen Intemed Enalapril 5 Mg 165 300.00 cn 106 949.10 0.647 José Murillo

Campos Intas

Pharmaceuticals

India

Quinidina Sulfato 500 Mg

2 000.00 cn 41 000.00 20.5 Stein Stein Costa Rica

Verapamilo 80 Mg 42 700.00 cn 132 370.00 3.1 Gutis Gutis Costa Rica Amiodarona 150mg/3cc

19 800.00 an 11 880.00 0.6 Gutis Gutis Costa Rica

Digoxina 0.25 Mg Amp.

16 000.00 an 20 480.00 1.28 Gutis Gutis Costa Rica

Propanolol 1 Mg/Ml Iny.

7 500.00 an 16 500.00 2.2 Gutis Gutis Costa Rica

Verapamilo 5 Mg 3 700.00 an 3 330.00 0.9 Gutis Gutis Costa Rica Atenolol 100 Mg 281 000.00 cn 176 187.00 0.627 Raven Raven Costa Rica Enalaprila 20 Mg 427 000.00 cn 635 803.00 1.489 Medchen Pharm

Inter S.P.R.L.

India

Hidralazina 50 Mg Tbs 13 000.00 cn 57 200.00 4.4 Stein Stein Costa Rica Hidroclorotiazida

25mg 170 000.00 cn 68 000.00 0.4 Calox Calox Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Metildopa 250 Mg Tbs 48 200.00 cn 154 240.00 3.2 Merck Sharp & Dohne

Merck Sharp & Dohne

Costa Rica

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Metildopa 500 Mg 15 000.00 cn 79 500.00 5.3 Merck Sharp & Dohne

Merck Sharp & Dohne

Costa Rica

Propanolol 40 Mg 54 000.00 cn 49 680.00 0.92 Gutis Gutis Costa Rica Hidralazina 20 Mg 14 300.00 am 8 580.00 0.6 Medirep S.A. Cristalia Brasil Hidralazina 20 Mg 16 700.00 am 26 720.00 1.6 Medipharma Mediphar

ma Costa Rica

Espironolactona 100 Mg

12 800.00 cn 184 320.00 14.4 Gutis Gutis Costa Rica

Furosemida 40 Mg 109 000.00 cn 80 660.00 0.74 Stein Stein Costa Rica Furosemida 20 Mg

Iny. 537 000.00 am 42 423.00 0.079 Lab. Químicos de

Centro. Lab.

Químicos de Centro.

Costa Rica

Manitol Fco 250 Ml 23 100.00 fa 42 042.00 1.82 Farmanova Pisa S.A México Glicerito Trinitrato 0.5

Mg 26 800.00 cn 101 840.00 3.8 Stein Stein Costa Rica

Glicerito Trinitrato 0.5 Mg

28 200.00 cn 90 240.00 3.2 Stein Stein Costa Rica

Isosorbide Dinitrato 20 Mg

83 000.00 cn 273 070.00 3.29 Gutis Gutis Costa Rica

Amlodipino 183 000.00 cn 104 310.00 0.57 José Murillo Campos

Intas Pharmace

uticals

India

Nitroglicerina 50mg 7 000.00 fa 20 300.00 2.9 Medirep P.L. Rivero

Argentina

Acido Acetilsalicilico 100 Mg

505 000.00 cn 212 100.00 0.42 Bayer Bayer Costa Rica

Warfarina 1 Mg 918.00 cn 13 311.00 14.5 Gutis Gutis Costa Rica Warfarina 5 Mg 11 500.00 cn 33 062.50 2.875 Medipharma Orion Finlandia Estreptoquinasa

1.500.000 UI. 870.00 fa 68 730.00 79 Braun Alemania

Estreptoquinasa 1.500.000 UI.

2 200.00 fa 150 590.00 68.45 Pharmaceutica Centramericana

Medipharma

Korea

Heparina 1000 Uds 10 Ml

18 300.00 fa 13 084.50 0.715 Farmanova Pisa S.A México

Heparina 5000 Uds 5 Ml

126 000.00 fa 80 010.00 0.635 Farmacéutica Centramericana

Rotexmedica

Alemania

Heparinas de Bajo peso Molecular 40 mg

8 000.00 ud 56 000.00 7 Cefa Aventis Guatemala

Tirofiban 0.25 mg/ml 800.00 fa 151 064.00 188.83 Merck Sharp & Dohne

Ben Venue USA

Acido Aminocaproico 10 Ml

6 600.00 fa 20 460.00 3.1 Compañía Farmacéutica

Laboratorios Bial

Portugal

Factor IX 6 000.00 fa 876 000.00 146 Lab. Zeledón Baxter USA Producto Cantidad Unidad Pagado

(US $) Precio

U. (US$)

Representante Fabricante

Pais.

Fitomenadiona 1 Mg/Ml

68 300.00 am 12 294.00 0.18 Gutis Gutis Costa Rica

Fitomenadiona 10 Mg 37 500.00 am 5 250.00 0.14 Alcames Alcames Costa Rica Fitomenadiona 10 Mg 37 500.00 am 5 250.00 0.14 Gutis Gutis Costa Rica

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Factor VIII 500 U.I 5 600.00 fa 641 200.00 114.5 Bayer Bayer Costa Rica Protamina Sulfonato

Iny10mg/Cc 5 400.00 fa 10 098.00 1.87 Medipharma Mediphar

ma Costa Rica

Sobres Gelfoam 13 500.00 so 117 450.00 8.7 Cefa Pharmacia y

Upjohn

USA

Acido Fólico 1 Mg 178 000.00 cn 53 044.00 0.298 Raven Raven Costa Rica Genfibrocilo 600 107 000.00 cn 568 170.00 5.31 Stein Stein Costa Rica

Hierro Fumarato 200 Mg

138 000.00 cn 198 720.00 1.44 Stein Stein Costa Rica

Lovastatina 20mg 72 000.00 cn 178 200.00 2.475 Raven Raven Costa Rica Eritropoyetina 4000 19 200.00 fc 150 528.00 7.84 Medirep Medirep Korea

Hierro Inyectable 55 700.00 fc 33 420.00 0.6 Infarma Infarma Costa Rica Vitamina B12 116 500.00 fc 46 600.00 0.4 Alcames Alcames Costa Rica

Colestiramina resina 4g

259 000.00 so 59 570.00 0.23 Stein Stein Costa Rica

Hierro Oral(Hidrox Ferrico Polimalt

262 000.00 fc 262 000.00 1 Infarma Infarma Costa Rica

Acido Etidrónico 1 600.00 cn 115 200.00 72 Stein Stein Costa Rica Ibuprofeno 400 Mg 117 000.00 cn 80 730.00 0.69 José Murillo

Campos Intas

Pharmaceuticals

India

Indometacina 25 Mg 188 000.00 cn 77 080.00 0.41 Erick Murillo Campos

Vitapure India

Leflutamida 20 mg 950.00 cn 205 865.00 216.7 Cefa Aventis Guatemala

Penicilamina 250 mg. 2 000.00 cn 49 300.00 24.65 Raven Biochemie Austria Sulinadco 200 Mg 210 000.00 fa 1 114

050.00 5.305 Chemo Lacofa Costa Rica

Tenoxicam 20 Mg 6 700.00 cn 27 202.00 4.06 Stein Stein Costa Rica Indometacina 100 Mg

Supos. 73 000.00 cn 290 540.00 3.98 Gutis Gutis Costa Rica

Diclofenaco 75 Mg/3 Ml

Aurotiomalato Sódico 10 mg/ml Inyectable

33 100.00 fa 52 132.50 1.575 Medirep Lab. Rubio

España

Alopurinol 300 Mg 20 000.00 cn 78 000.00 3.9 Stein Stein Costa Rica Alopurinol 300 Mg 24 000.00 cn 78 480.00 3.27 Gutis Gutis Costa Rica Colchicina 0.5 Mg 73 000.00 cn 467 200.00 6.4 Gutis Gutis Costa Rica

Acetaminofeno 500 Mg 754 000.00 cn 395 096.00 0.524 Compañía Farmacéutica

Bonima El Salvador

Aspirina 500 Mg 14 800.00 cn 63 714.00 4.305 Farmacéutica Centramericana

Medipharma

USA

Naloxona 0.4 Mg 11 900.00 am 7 556.50 0.635 Medipharma Rotexmedica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante Pais.

Tramadol 100 Mg 1 000 000.00

am 175 000.00 0.175 Medipharma Medipharma

Costa Rica

Tramadol 100 Mg 1 800 000.00

am 306 000.00 0.17 Gutis Gutis Costa Rica

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Droperidol 2.5 Mg /Ml 40 000.00 ud 11 600.00 0.29 Gutis Gutis Costa Rica Enfluorano 125 Ml 9 300.00 fc 216 225.00 23.25 Elena Fallas

Vega Abbott México

Ketamina 1% 20 Ml 20 000.00 fc 55 000.00 2.75 Medipharma Medipharma

Costa Rica

Propofol 8 000.00 fa 88 000.00 11 Dra. Elena Fallas Vega

Abbott USA

Sevoflurano sol. 250 ml

1 750.00 fc 346 500.00 198 Dra. Elena Fallas Vega

Abbott Colombia

Tiopental 500 Mg 137 000.00 fa 58 499.00 0.427 Farmacéutica Centramericana

Rotexmedica

Alemania

Lidocaina Jalea 16 300.00 tu 23 635.00 1.45 Gutis Gutis Costa Rica Bupivacaina 0.5% 15 400.00 fa 15 708.00 1.02 Farmanova Laboratori

os Pisa México

Mepivacaina Carpules Con Vas.

17 400.00 fc 88 740.00 5.1 Gutis Gutis Costa Rica

Mepivacaina Carpules Con Vas.

588 000.00 am 107 721.60 0.1832 George Weds Aleaciones Dentales

Zeyco S.A. De C.V.

México

Lidocaina Carpules Sin Vasoc.

82 000.00 am 22 878.00 0.279 Farmacéutica Centramericana

Medipharma

Korea

Lidocaina 2% Con Epinefrina

14 000.00 cn 24 500.00 1.75 Medipharma Medipharma

Costa Rica

Lidocaina 2% Sin Preserv.

115 000.00 am 103 500.00 0.9 Alcames Alcames Costa Rica

Lidocaina 2% Con Preserv.

177 000.00 fc 56 640.00 0.32 Alcames Alcames Costa Rica

Lidocaina Con Dextrosa

5 400.00 am 1 350.00 0.25 Gutis Gutis Costa Rica

Lidocaina Con Dextrosa

20 600.00 am 4 120.00 0.2 Farmanova Laboratorios Pisa

México

Lidocaina 10% Aerosol

17 400.00 fc 88 740.00 5.1 Gutis Gutis Costa Rica

Lidocaina 10% Aerosol

24 000.00 fc 138 000.00 5.75 Medirep S.A. Medirep Inc.

USA

Atracurio Besilato 10 Mg/Ml

204 000.00 am 314 160.00 1.54 Medirep S.A. F.M. Faulding

Australia

Pancuronio 41 000.00 am 13 120.00 0.32 Gutis Gutis Costa Rica Succinilcolina 500 Mg 29 500.00 fa 55 312.50 1.875 Medipharma Farm.Cent

roam. Korea

Succinilcolina 500 Mg 32 000.00 fa 71 040.00 2.22 Medipharma Farm.Centroam.

Korea

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Hioscina 10 Mg Tabletas

316 000.00 cn 473 052.00 1.497 Cefa Merck Centramer

icana

Guatemala

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Hioscina Ampollas 551 000.00 am 57 304.00 0.104 farmaceúrica Centroam.

Medipharma

Alemania

Hioscina Ampollas 578 000.00 am 66 412.20 0.1149 Astra Reinsa México Betanecol 10 Mg 11 000.00 cn 64 900.00 5.9 Stein Stein Costa Rica

Neostigmina 15 Mg 4 500.00 cn 44 100.00 9.8 Gutis Gutis Costa Rica Neostigmina Inyección

0.5 mg/ml 264 000.00 am 28 723.20 0.1088 Farmacéutica

Centramericana Mediphar

ma Alemania

Salbutamol 4 Mg 62 500.00 cn 38 875.00 0.622 Raven Raven Costa Rica Teofilina AP 250 Mg 33 300.00 cn 76 923.00 2.31 Stein Stein Costa Rica Aminofilina Ampollas 233 000.00 am 37 163.50 0.1595 Farmanova Laboratori

os Pisa México

Beclometasona Aerosol

293 000.00 fc 331 090.00 1.13 Medirep Cipla India

Beclometasona Aerosol

368 500.00 fc 460 625.00 1.25 CH Lizano Laboratorios Aldo Union

España

Cromoglicato Aerosol 85 800.00 fc 377 520.00 4.4 Medirep Cipla India Salbutamol Aerosol 747 000.00 fc 694 710.00 0.93 Medirep, S.A. Costa Rica

Medirep, Inc

India

Salbutamol 0.5% Solución

60 300.00 fc 24 723.00 0.41 Raven Raven Costa Rica

Dextrometorfano 15 Mg

10 000.00 cn 28 000.00 2.8 Raven Raven Costa Rica

Dextrometorfano 15 Mg

45 200.00 cn 81 134.00 1.795 Medipharma Medipharma

Costa Rica

Difenhidramina 50 Mg 77 800.00 cn 73 132.00 0.94 Stein Stein Costa Rica Hidroxicina 25 Mg 102 000.00 cn 163 200.00 1.6 Stein Stein Costa Rica

Dimenhidrinato 25 Mg Supos.

2 800.00 cn 42 000.00 15 Gutis Gutis Costa Rica

Dimenhidrinato 100 mg. Sups.

1 900.00 cn 38 950.00 20.5 Gutis Gutis Costa Rica

Clorfeniramina 10 Mg 327 000.00 am 50 358.00 0.154 Gutis Gutis Costa Rica Dimenhidrinato 5% 5

Ml 148 500.00 fa 37 125.00 0.25 Alcames Alcames Costa Rica

Tropisetron Ampollas 8 700.00 amp 62 205.00 7.15 Farmanova Novartis Suiza Tropisetron Ampollas 18 200.00 amp 125 398.00 6.89 Farmanova Novartis Suiza Prometazina 50 Mg 58 000.00 am 44 080.00 0.76 Medipharma Sabex Canada Descongetionante

respiratorio 48 000.00 fc 25 920.00 0.54 Gutis Gutis Costa Rica

Hidroxicina Jbe 10mg/5 Ml

54 000.00 fc 96 660.00 1.79 Gutis Gutis Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Hidroxicina Jbe 10mg/5 Ml

59 000.00 fc 88 500.00 1.5 Compañía Farmacéutica

Compañía Farmacéut

ica

Costa Rica

Biperideno 2 Mg Tbs 48 000.00 cn 78 720.00 1.64 Gutis Gutis Costa Rica

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Levodopa Con Carbidopa

25 600.00 cn 228 352.00 8.92 Stein Stein Costa Rica

Ergotamina Tartrato 2 Mg

13 400.00 cn 103 180.00 7.7 Gutis Gutis Costa Rica

Valproato De Sodio 250 Mg Tab.

65 700.00 cn 430 700.00 6.5555555

Medirep. S. A Costa Rica Medirep,

Inc

Korea

Valproato De Sodio 250 Mg Tab.

73 500.30 cn 604 334.17 8.2222 Medirep Medirep Korea

Carbamazepina 200 Mg

106 000.00 cn 153 594.00 1.449 Lab. Lisan Lisan Costa Rica

Clonazepam 2 Mg 18 800.00 cn 71 064.00 3.78 Stein Stein Costa Rica Clonazepam 2 Mg 19 200.00 cn 131 328.00 6.84 Gutis Gutis Costa Rica

Difenilhidantoína 100 Mg

77 000.00 cn 401 523.91 5.2145962

Pfizer

Fenobarbital 100 Mg Tbs

29 000.00 cn 23 780.00 0.82 Gutis Gutis Costa Rica

Lamotrigina 100 Mg 5 000.00 cn 392 650.00 78.53 Dr. Jovel López Arrieta

Glaxo Inglaterra

Fenitoina Iny. 41 000.00 am 48 380.00 1.18 Gutis Gutis Costa Rica Clonazepan Gotas 13 000.00 fc 29 900.00 2.3 Gutis Gutis Costa Rica Clonazepan Gotas 14 500.00 cn 29 000.00 2 Gutis Gutis Costa Rica Difenilhidantoina

125mg/Cta 21 000.00 fc 46 200.00 2.2 Stein Stein Costa Rica

Primidona Suspension 3 800.00 fc 12 920.00 3.4 Chemo Cent. Chemo Cent.

Costa Rica

Primidona Suspension 4 700.00 fc 26 790.00 5.7 Gutis Gutis Costa Rica Valproato De Sodio

200 Mg/Ml 42 600.00 fa 166 140.00 3.9 Raven Raven Costa Rica

Amitriptilina 10 Mg 113 000.00 cn 65 540.00 0.58 Medchem SA Pharm-Inter

S,P.R.I

India

Fluoxetina 20 Mg 9 800.00 cn 16 464.00 1.68 Calox Raven Costa Rica Fluoxetina 20 Mg 25 500.00 cn 36 082.50 1.415 Calox Calox Costa Rica Fluoxetina 20 Mg 38 000.00 cn 48 260.00 1.27 Raven Raven Costa Rica Imipramina 25 mg. 165 200.00 cn 219 716.00 1.33 Gutis Gutis Costa Rica Clorpromazina 100

Mg 14 000.00 cn 53 200.00 3.8 Gutis Gutis Costa Rica

Clorpromazina 100 Mg

14 900.00 cn 67 050.00 4.5 Stein Stein Costa Rica

Levomepromazina 25 Mg Tbs

13 900.00 cn 48 372.00 3.48 Stein Stein Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Carbonato De Litio 300 Mg

4 300.00 cn 12 040.00 2.8 Gutis Gutis Costa Rica

Perfenazina 4 Mg 24 500.00 cn 88 200.00 3.6 Stein Stein Costa Rica Perfenazina 4 Mg 25 300.00 cn 96 646.00 3.82 Stein Stein Costa Rica Tioridazina 10 Mg 25 500.00 cn 117 045.00 4.59 Gutis Gutis Costa Rica

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Tiotixeno 10 Mg 2 500.00 cn 23 650.00 9.46 Stein Stein Costa Rica Trifluoperazina 5 Mg 15 300.00 cn 45 900.00 3 Stein Stein Costa Rica Clorpromazina 25 Mg 12 600.00 am 13 860.00 1.1 Gutis Gutis Costa Rica Clorpromazina 25 mg. 12 700.00 amp 10 795.00 0.85 Gutis Gutis Costa Rica

Decanoato De Flufenazina 25 Mg

52 000.00 fa 31 200.00 0.6 Gutis Gutis Costa Rica

Haloperidol 5 Mg Ampollas

87 600.00 am 12 702.00 0.145 Gutis Gutis Costa Rica

Haloperidol Gotas 68 000.00 fc 28 560.00 0.42 Gutis Gutis Costa Rica Diazepam 5 Mg Tbs 69 600.00 cn 32 016.00 0.46 Gutis Gutis Costa Rica

Lorazepam 2 Mg 90 400.00 cn 49 720.00 0.55 Gutis Gutis Costa Rica Diazepam 10 Mg 203 000.00 am 38 570.00 0.19 Gutis Gutis Costa Rica Midazolam 15 Mg 91 200.00 am 127 680.00 1.4 Gutis Gutis Costa Rica Hidroxido Al Sin Magnesio Tabs

3 700.00 cn 7 770.00 2.1 Medipharma Medipharma

Costa Rica

Hidroxido Al Sin Magnesio Tabs

4 700.00 cn 10 340.00 2.2 Gutis Gutis

Famotidina 40 Mg Tbs 423 000.00 cn 220 806.00 0.522 Raven Raven Hidroxido Aluminio Y

Magnesio 366 000.00 cn 398 940.00 1.09 Medipharma Mediphar

ma Costa Rica

Omeprazol 20 mg cápsulas

4 000.00 cn 56 000.00 14 Stein Stein Costa Rica

Pancreatina Capsulas 6 000.00 cn 119 700.00 19.95 Farmanova Ethnor del Istmo. S.A

USA

Cimetidina Ampollas 488 000.00 am 278 160.00 0.57 Gutis Gutis Costa Rica Metoclopramida 10

Mg Amp 257 000.00 am 21 125.40 0.0822 Medchem SA Wuxi N°7

Farmaceutical

China

Aluminio Hidrox. Sin Mg

30 000.00 fc 63 000.00 2.1 Stein Stein Costa Rica

Bisacodilo 10 Mg Supositorio

2 500.00 cn 13 250.00 5.3 Stein Stein Costa Rica

Glicerina Supositorio Niños

2 100.00 cn 12 138.00 5.78 Lacofa Lacofa Costa Rica

Glicerina Supositorios Adultos

6 600.00 cn 36 630.00 5.55 Lacofa Lacofa Costa Rica

Aceite De Ricino 60 Ml

22 400.00 fc 37 408.00 1.67 Lacofa Lacofa Costa Rica

Hidroxido De Magnesio Susp.

182 000.00 fc 100 100.00 0.55 Lacofa Lacofa Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Microenema 112 000.00 tu 178 080.00 1.59 Cefa Pharmacia

Centroamericana SA

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Mucilago Psilium 373 000.00 fc 623 656.00 1.672 Chemo Cent. Chemo Cent.

Costa Rica

Mucilago Psilium 438 000.00 fc 411 720.00 0.94 Apotex Protein SA Costa Rica Dexametasona 0.5 Mg 5 000.00 cn 5 500.00 1.1 Calox Calox Costa Rica Hidrocotisona 20mg

Tabletas 5 400.00 cn 23 220.00 4.3 Gutis Gutis Costa Rica

Prednisolona 1 Mg 33 000.00 cn 135 630.00 4.11 Raven Raven Costa Rica Prednisolona 5 Mg 56 000.00 cn 33 880.00 0.605 Raven Raven Costa Rica Prednisolona 25 Mg 8 800.00 cn 38 280.00 4.35 Raven Raven Costa Rica Dexametasona O.4%

Iny. 250 000.00 am 11 950.00 0.0478 Medchem SA Pharm-

Imper S.P.R.L

Belgica

Hidrocortisona 100 Mg

185 000.00 fa 71 687.50 0.3875 Farmacéutica Cent.

Rotexmedica

Alemania

Metilprednisolona 500 Mg

58 000.00 am 416 440.00 7.18 Farmacéutica Cent.

Medipharma

Alemania

Triamcinolona Acetonido

32 000.00 fc 46 080.00 1.44 Medirep Medirep Inc.

Tailandia

Danazol 200 Mg 2 700.00 cn 94 365.00 34.95 Chemo Cent. Oximetolona 50 Mg 650.00 cn 40 300.00 62 Stein Stein Costa Rica Testosterona 150 Mg 12 300.00 am 14 268.00 1.16 Gutis Gutis Costa Rica

Asociación EstrogGestageno

80 000.00 cj 285 600.00 3.57 Farmanova Shering Las

Américas

Colombia

Estrógenos Conjugados

72 100.00 cn 376 722.50 5.225 Central Farmacéutica

S.A.

Wyeth Medica

Medroxiprogesterona 5mg Tbs

42 700.00 cn 132 370.00 3.1 Stein Stein Costa Rica

Anticonceptivo Microdosis

1 000 000.00

cj 170 000.00 0.17 Productos Gutis Gutis Costa Rica

Contraceptico Oral Regular

393 000.00 90 390.00 0.23 Productos Gutis Gutis Costa Rica

Estradiol Valerianato 10 Mg

18 000.00 am 32 400.00 1.8 Productos Gutis Gutis Costa Rica

Medroxiprogesterona 150 Mg

214 000.00 fa 186 180.00 0.87 Medirep S.A. Medirep S.A.

Tailandia

Progesterona 100 Mg 18 000.00 am 32 400.00 1.8 Productos Gutis Gutis Costa Rica Producto Cantidad Unidad Pagado

(US $) Precio

U. (US$)

Representante Fabricante

Pais.

Dispositivo Intrauterino

17 200.00 ud 29 240.00 1.7 Godden Represenaciones

Pregna Internatio

nal

India

Metilergometrina 0.2 Mg

39 300.00 am 15 248.40 0.388 farmaceúrica Centroam.

Rotexmedica

Alemania

Oxitocina 366 000.00 am 76 860.00 0.21 Medipharma Medipharma

Salbutamol 1mg/Ml 44 500.00 am 40 050.00 0.9 Productos Gutis Gutis Bromocriptina 2.5 Mg 5 000.00 cn 24 450.00 4.89 Productos Gutis Gutis

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Clomifeno Citrato 50 Mg

2 200.00 cn 41 800.00 19 Stein Stein

Gonadotrofina Corionica

3 100.00 fc 77 345.00 24.95 Medipharma Medipharma

Gonadot. Post Menop.B18

12 000.00 fa 70 800.00 5.9 Medirep S.A. Costa Rica Medirep

Inc.

Argentina

Hormona De Crecimiento 16.Uds.

8 750.00 fa 348 407.00 39.817943

Cefa Pharmacia & UP

John

Suecia

Desmopresina Acetato 0.01% DDAVP

8 500.00 fc 527 000.00 62 Medirep S.A. Medirep S.A.

Suecia

Diazoxido 50 Mg 220.00 cn 38 698.00 175.9 Gutis Glibenclamida 5 Mg 334 000.00 cn 112 892.00 0.338 Gutis Metformina 850 Mg 104 000.00 cn 399 360.00 3.84 Stein Insulina NPH 100 UI 816 000.00 fc 2 839

680.00 3.48 Representaciones

y Servicios Comerciales S.A

Novo Nordisk

A/S

Dinamarca

Insulina Cristalina 87 000.00 fc 302 760.00 3.48 Representaciones y Servicios

Comerciales S.A

Novo Nordisk

A/S

Dinamarca

Levotiroxina 0.10 Mg 183 000.00 cn 263 520.00 1.44 Stein Solucion Yodo Fuerte 3 600.00 fc 5 040.00 1.4 Stein Acido Micofenólico

250 mg cápsulas 1 800.00 cn 288 000.00 160 Cefa Roche Puerto

Rico

Metrotexato 2.5 Mg Tbs

7 300.00 cn 24 820.00 3.4 Gutis

Azatioprina 50 Mg 6 500.00 cn 22 100.00 3.4 Stein Busulfano 2 Mg 320.00 cn 6 240.00 19.5 Jovel López

Arrieta Glaxo

Wellcome Centroamericana

S.A.

Inglaterra

Ciclofosfamida 50 Mg Tbs

1 000.00 cn 15 250.00 15.25 Farmacéutica Cent.

Choongwae Pharma

Korea

Ciclosporina A 100 mg Capsulas

3 000.00 cn 1 260 000.00

420 Ileana Mirand Novartis Suiza

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Cloranbucilo 2 Mg 630.00 cn 15 120.00 24 Jovel López Arrieta

Glaxo Wellcome Centroamericana

S.A.

Inglaterra

Flutamida 250 Mg 5 700.00 cn 54 150.00 9.5 Gutis Hidroxiurea 500 Mg 630.00 cn 28 224.00 44.8 Lab. Stein Lab. Stein Costa Rica

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Hidroxiurea 500 Mg 1 300.00 cn 45 721.00 35.17 Discomedica Bristol Myers

USA

Melfalano 2 Mg 150.00 cn 5 010.00 33.4 Glaxo Wellcome Glaxo Wellcome Centroamericana

S.A.

Costa Rica

Mercaptopurina 50 Mg

1 700.00 cn 44 880.00 26.4 Stein

Metrotexato Ampollas 18 600.00 fa 64 542.00 3.47 Medipharma Bleomicina 15 Mg 2 900.00 fa 145 000.00 50 Discomedica Nippen Japon

Ciclofosfamida 500 Mg

9 200.00 fa 38 640.00 4.2 Cefa Asta Médica

Centroamericana

Alemania

Cisplatino 10 Mg 26 000.00 fa 42 250.00 1.625 farmaceúrica Centroam.

Medipharma

Korea

Cisplatino 10 Mg 44 300.00 fa 83 062.50 1.875 Medipharma Choongwae Pharma

Korea

Dacarbazino 200 Mg 3 200.00 fa 78 720.00 24.6 Medirep S.A. F.H. Faulding

USA

Dacarbazino 200 Mg 4 000.00 fa 79 200.00 19.8 Medirep S.A. Eurofarma Brasil Dactinomicina 576.00 fa 6 739.20 11.7 Merck Sharp &

Dohne Merck Co.

Inc Estados Unidos

Etoposido 20 Mg/Ml 7 800.00 am 46 020.00 5.9 Medirep S.A. Costa Rica Medirep

Inc.

India

Factor Estimulante de Colonias

4 000.00 fa 250 120.00 62.53 Farmanova Novartis Pharma Logistics

Suiza

Fluoruracilo 500 Mg 10 000.00 am 19 800.00 1.98 Desarrollos Internacionales

de Salud S.A.

Idarrubicina 5 Mg 1 100.00 fa 173 800.00 158 Cefa Pharmacia & UP

John

India

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Ifosfamida 2 G. 2 000.00 fa 49 000.00 24.5 Cefa Asta Médica

Centroamericana

Alemania

Mesna 100 Mg/Ml 14 500.00 am 15 370.00 1.06 Cefa Asta Médica

Centroamericana

Alemania

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Mitomicina 5 Mg 4 000.00 fa 71 920.00 17.98 Discomedica Bristol Carribean

Paclitaxel 3 325.00 fa 163 423.75 49.15 Medipharma United Pharma

Korea

Paclitaxel 9 000.00 fa 483 750.00 53.75 Medipharma United Pharma

Korea

Paclitaxel 12 000.00 fa 345 000.00 28.75 Medirep S.A. Costa Rica Medirep

Inc.

Brasil

Vinblastina 10 Mg 12 000.00 fa 164 020.00 13.668333

First Step Lemery México

Vincristina 1 Mg 4 800.00 fa 18 960.00 3.95 First Step Lemery México Epirrubicina 50 Mg 8 200.00 fc 462 480.00 56.4 Medirep Medirep Argentina

Ciclosporina 100 mg. emulsión

2 000.00 fc 449 000.00 224.5 Ileana Mirand Novartis Suiza

Vitamina C 500 Mg 192 000.00 cn 295 680.00 1.54 Stein Vitamina D3 0.25

Perlas 11 500.00 cn 124 200.00 10.8 Medirep S.A. Costa Rica

Medirep Inc.

India

Vitamina D3 1 Mcg 6 500.00 cn 104 780.00 16.12 Droguería Intermed

Leo Pharmace

utical

Dinamarca

Vitamina D3 1 Mcg 8 300.00 cn 191 937.50 23.125 Medirep S.A. Cipla India Vitamina B6 50 Mg 35 300.00 cn 164 145.00 4.65 Raven Raven Costa Rica Vitamina B1 100 Mg 131 000.00 cn 123 140.00 0.94 Stein

Vitamina A Pérlas 22 300.00 cn 75 820.00 3.4 Medirep S.A. Costa Rica Medirep

Inc.

Tailandia

Vitamina B6 50 Mg /Ml

12 500.00 am 5 250.00 0.42 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames Costa Rica

Vitamina B6 50 Mg /Ml

13 000.00 am 4 550.00 0.35 Gutis

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Vitamina B1 1 G 35 400.00 fa 53 100.00 1.5 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames Costa Rica

Vitamina B1 1 G 39 400.00 fc 53 978.00 1.37 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames Costa Rica

M.V.I. Fórmula 11 500.00 am 24 725.00 2.15 Alfa Pharmaceutical

Grosman México

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Vitamina C Gotas 112 500.00 fc 40 500.00 0.36 Raven Raven Costa Rica Vitamina C Gotas 112 500.00 fcs 40 500.00 0.36 Infarma Infarma Costa Rica Vitamina C Gotas 258 000.00 fc 82 560.00 0.32 Raven

Vitamina D3 Gotas 6 000.00 fc 5 040.00 0.84 Stein Vitamina D3 Gotas 7 000.00 fc 6 813.10 0.9733 Infarma Infarma Costa Rica Vitamina A Gotas 24 000.00 fc 19 920.00 0.83 Stein

Calcio Tabletas 600 Mg

29 000.00 cn 135 865.00 4.685 Stein

Agua Esteril 10 Ml 912 000.00 amp 68 400.00 0.075 Farmanova Lab.Pisa México Agua Esteril 10 Ml 1 100

000.00 am 76 450.00 0.0695 Farmanova Lab. Pisa México

Aminoacidos 13 000.00 fc 67 470.00 5.19 Nutricare Mogan Export U.S.A.

Estados Unidos

Gluconato De Calcio Amp.

90 000.00 am 15 660.00 0.174 Farmanova Lab. Pisa México

Detrosa 5% 100ml 780 000.00 ud 230 100.00 0.295 Baxter Baxter México Dextrosa 5% 250 Ml 390 000.00 ud 117 000.00 0.3 Baxter Baxter México Dextrosa 5% 500 Ml 186 000.00 ud 102 300.00 0.55 Baxter Baxter México Dextrosa 5% 500 Ml 780 000.00 ud 263 640.00 0.338 Baxter Baxter México Dextrosa 5% 1000 Ml 102 000.00 ud 76 500.00 0.75 Baxter Baxter México Dextrosa 5% 1000 Ml 390 000.00 ud 178 620.00 0.458 Baxter Baxter México Dextrosa 5% Y NACL

0.9% 500 84 000.00 ud 46 200.00 0.55 Baxter Baxter México

Dextrosa 5% Y NACL 0.9% 500

200 000.00 ud 68 960.00 0.3448 Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Dextrosa 5% Y NACL 09% 1000

100 000.00 ud 48 070.00 0.4807 Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Dextrosa 5% Y NACL 09% 1000

186 000.00 ud 139 500.00 0.75 Baxter Baxter México

Lipidos 4 600.00 fc 34 210.20 7.437 Inversiones Y Desarrollo Morro. S.A.

B. Braun Melsungen

AG

Alemania

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Lipidos 21 000.00 fc 136 500.00 6.5 Inversiones Y Desarrollo Morro. S.A.

B. Braun Melsungen

AG

Alemania

Fosfatos De Potasio 7 000.00 am 8 253.00 1.179 Medipharma Sulfato De Magnesio

20% 124 000.00 am 111 600.00 0.9 Alcames

Laboratorios Químicos de C.A.

; S. A.

Alcames Costa Rica

Oligoelementos Adultos

1 300.00 fa 9 750.00 7.5 Medipharma

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Cloruro De Potasio 510 000.00 fc 132 600.00 0.26 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames Costa Rica

Bicarbonato De Sodio 1 Molar

152 800.00 am 125 907.20 0.824 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Alcames Costa Rica

Suero Salino 0.9% 500 Ml

350 000.00 ud 118 230.00 0.3378 Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Suero Salino 0.9% 500 Ml

360 000.00 ud 198 000.00 0.55 Baxter Baxter México

Suero Salino 0.9% 1000 Ml

240 000.00 ud 180 000.00 0.75 Baxter Baxter México

Suero Salino 0.9% 1000 Ml

250 000.00 uds 114 000.00 0.456 Laboratorios Zeledón

Baxter Export Corp.

México

Cloruro De Sodio 4 Molar

2 400.00 fc 6 696.00 2.79 Medipharma

Cloruro De Sodio 4 Molar

15 800.00 fc 44 082.00 2.79 Medipharma Americans Pharmace

uticals

Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5

12 000.00 ud 33 000.00 2.75 Baxter Baxter México

Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5

20 000.00 ud 82 000.00 4.1 Laboratorios Zeledón

Sol Electrolitos Con Dextrosa 4.5

15 000.00 ud 41 250.00 2.75 Baxter Baxter México

Sol Electrolitos Con Dextrosa 4.5

20 000.00 ud 82 000.00 4.1 Laboratorios Zeledón

Electrolitos Orales 3 000 000.00

so 416 700.00 0.1389 Lacofa Lacofa Costa Rica

Potasio Gluconato Elixir

13 600.00 fc 38 760.00 2.85 Raven Raven

Albumina Humana 20%

11 000.00 fa 255 200.00 23.2 Bayer, S.A. Bayer

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Globulina Anti Rho 4 000.00 fa 238 000.00 59.5 Farmanova Instituto Suizo de Suerotera

pia y Vacunaciónn Berna

Suiza

Globulina Antitetanica 625.00 fa 18 750.00 30 Bayer, S.A. Bayer

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Globulina Antitetanica 4 200.00 fa 115 500.00 27.5 Farmanova Instituto Suizo de Suerotera

pia y Vacunaciónn Berna

Suiza

Inmunoglobulina 2.5g 12 166.00 fa 981 796.20 80.7 Farmanova Novartis Pharma Logistic.

Suiza

Inmunoglobulina 2.5g 26 300.00 fa 1 315 000.00

50 La Garita Grilfols America,

Inc

España

Suero Anticoral 1 800.00 fc 19 834.71 11.019283

Instituto Clodomiro

Picado

Suero Polivalente 12 700.00 fc 125 046.15 9.8461538

Universidad de Costa Rica

Acetazolamida 250 Mg 4 900.00 cn 12 740.00 2.6 Lisan Lisan Costa Rica Acetazolamida 250 Mg 5 400.00 cn 18 900.00 3.5 Productos Gutis Dexametasona Fosfato

Ung. 8 200.00 tb 7 380.00 0.9 Gutis Gutis Costa Rica

Aciclovir Ungüento Oft.

4 000.00 12 800.00 3.2 Gutis

Aciclovir Ungüento Oft.

12 000.00 tb 43 200.00 3.6 Gutis

Acetil Colina/Manitol Colirio

2 275.00 fc 34 079.50 14.98 Nirvana de Moravia S.A.

Acetil Colina/Manitol Colirio

6 200.00 fc 86 800.00 14 Distribuidora Optica

Atropina Sulfato 1% Colirio

7 000.00 fc 5 950.00 0.85 Gutis

Dexametasona/Neomicina Co.

297 000.00 fc 56 430.00 0.19 Gutis

Epinefrina Colirio 3 800.00 fc 11 020.00 2.9 Gutis Epinefrina Colirio 4 200.00 fcs 10 080.00 2.4 Gutis Gutis Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Dexametasona Colirio 14 000.00 fc 35 000.00 2.5 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Gentamicina 3 Mg/Ml Oft.

65 600.00 fc 106 928.00 1.63 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Metilcelulosa 0.5% 142 000.00 fc 71 000.00 0.5 Raven Laboratorios Sophia S.A. De

C.V.

México

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Pilocarpina 2% 10 700.00 fc 29 746.00 2.78 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Pilocarpina 4% 2 500.00 fc 10 500.00 4.2 Gutis Tetracaina 0.05% 8 800.00 fc 13 992.00 1.59 Alcames

Laboratorios Químicos de C.A.

; S. A.

Tetrahidrazolina 0.05% Colirio

195 000.00 fc 57 525.00 0.295 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Timolol 0.5% 108 000.00 fc 38 880.00 0.36 Gutis Trioxisaleno 5 Mg 900.00 cn 16 560.00 18.4 Stein Alquitran De Hulla 5 000.00 tb 20 000.00 4 Stein Betametasona 0.1%

Ungto 112 000.00 tb 49 280.00 0.44 Raven Raven Costa Rica

Betametasona 0.1% Ungto

127 000.00 tb 67 310.00 0.53 Raven

Hidrocortisona 0.25% 45 600.00 8 253.60 0.181 Raven Hidrocortisona 0.25% 176 000.00 tb 31 680.00 0.18 Raven Hidrocortisona Base

1% Crema 545 000.00 tb 117 175.00 0.215 Alcames Alcames Costa Rica

Hidrocortisona Base 1% Crema

600 000.00 tb 137 400.00 0.229 Calox

Neomicina/Bacitracina Ungto

512 000.00 tb 112 640.00 0.22 Alcames Laboratorios

Químicos de C.A. ; S. A.

Peroxido De Benzoilo 5% Gel

32 000.00 tb 62 080.00 1.94 Lacofa

Peroxido De Benzoilo 5% Gel

33 800.00 tb 70 304.00 2.08 Lacofa Lacofa Costa Rica

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Sulfadiazina Plata 1% 40g.

18 000.00 tb 50 760.00 2.82 Lacofa

Sulfadiazina De Plata 40 G

141 000.00 tb 104 340.00 0.74 Stein

Miconazol Crema 2 000 000.00

tb 640 000.00 0.32 Raven

Aceite Mineral 500 Ml 56 000.00 fc 53 088.00 0.948 Stein Aceite Mineral 500 Ml 64 000.00 fc 53 440.00 0.835 Medipharma

Acido Salicilico Colodion

22 300.00 fc 20 962.00 0.94 Stein

Aluminio Acetato 2.2 Sobres

718 000.00 so 42 362.00 0.059 Stein

Brea Concentrada 161 000.00 fc 123 970.00 0.77 Stein Clorhexidina 4% 98 600.00 fc 192 270.00 1.95 Lisan Lisan Costa Rica

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Clorhexidina 4% 118 400.00 fc 556 480.00 4.7 Farmanova Zeneca Pharmace

uticals Internatio

nal

Inglaterra

Crotamin 60 Ml 130 000.00 fc 107 900.00 0.83 Raven Raven Costa Rica Jabon Neutro 44 000.00 ud 58 080.00 1.32 Punto Rojo S.A. Punto

Rojo S.A. Costa Rica

Hidrocortisona Locion 71 600.00 fc 87 352.00 1.22 Stein Stein Costa Rica Peroxido De

Hidrogeno 10 Vol. 23 500.00 lt 39 950.00 1.7 Lab. Ancla

Podofilina 25% 4 200.00 fc 16 800.00 4 Gutis Gutis Costa Rica Podofilina 25% 4 300.00 fc 17 200.00 4 Gutis Gutis Costa Rica

Potasio Yoduro 1g/Ml 3 200.00 fc 8 960.00 2.8 Stein Potasio Yoduro 1g/Ml 27 200.00 lt 63 920.00 2.35 Laboratorios

Compañía Farmacéutica

S.A.

Sulibenzona Al 10% 61 800.00 fc 72 924.00 1.18 Stein Stein Costa Rica Policresuleno Gel

Vaginal 9 700.00 tb 32 980.00 3.4 Stein Stein Costa Rica

Acido Metac.B120 Sulf. Ovulos

2 600.00 cn 37 700.00 14.5 Stein Stein Costa Rica

Miconazol Ovulos 15 800.00 cn 363 400.00 23 Gutis Gutis Costa Rica Obidoxima Cloruro

250mg 2 100.00 am 15 750.00 7.5 Medipharma

Antihemorroidal Supositorios

22 000.00 cn 215 600.00 9.8 Stein Stein Costa Rica

Antihemorraoidal Ungto

139 000.00 tb 170 970.00 1.23 Stein Stein Costa Rica

Folinato Sal Calcica 15mg Tab

200.00 cn 39 000.00 195 Chemo Centroamericana

Riluzol 50mg 300.00 cn 342 858.00 1142.86 Droguería Intermed

Aventis Irlanda

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Jalea Lubricante 63 000.00 tb 34 650.00 0.55 Calox Calox Costa Rica Folinato De Calcio

Ampollas 12 500.00 fa 180 000.00 14.4 Medirep Costa Rica

Medirep, Inc

Brasil

Tetradecilsulfato Sodico

2 300.00 am 52 325.00 22.75 Medipharma

Solución De Evans 6 500.00 fa 9 360.00 1.44 Laboratorios Químicos de

C.A., S.A.

Factor Surfactante 1 500.00 fc 157 024.95 104.6833

Elena Fallas Vega

Abbott Laboratori

os S.A.

Estados Unidos de America

Glicina 12 000.00 ud 39 000.00 3.25 Baxter Baxter México

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Beclometasona Nasal 63 000.00 fc 85 050.00 1.35 Ch. Lizano R & Co.

Laboratorio Aldo Union

España

Beclometasona Nasal 145 000.00 fc 156 600.00 1.08 Medirep Costa Rica Medirep,

Inc

India

Formula Enteral Sin Lactosa

50 200.00 la 100 400.00 2 Elena Fallas Vega

Abbott Laboratori

es, S.A.

Holanda

Polistireno Polvo 2 000.00 fc 50 000.00 25 Sanofi Synhelabo Bayer Panamá Polistireno Polvo 2 800.00 fc 96 600.00 34.5 Sanofi Synhelabo Bayer USA Sacarina Gotas 452 000.00 fr 89 948.00 0.199 Calox de Costa

de Rica

Soya Con Carbohidratos

175 000.00 lt 295 750.00 1.69 Elena Fallas Abbott Laboratori

es, S.A.

Holanda

Soya Con Carbohidratos

180 000.00 lt 340 200.00 1.89 Elena Fallas Abbott Laboratori

es, S.A.

Holanda

Acetato Aluminio Otico

25 000.00 fc 20 000.00 0.8 Gutis

Gotas Cerumen 73 000.00 fc 6 132.00 0.084 Gutis Oximetazolina 0.025%

Nasal 44 800.00 fc 14 694.40 0.328 Lacofa Lacofa Costa Rica

Oximetazolina 0.025% Nasal

47 300.00 fc 13 102.10 0.277 Compañía Farmacéutica

Compañía Farmacéut

ica

Oximetazolina 0.5% 134 000.00 fc 40 200.00 0.3 Gutis Gutis Costa Rica Tintura de Benjui 15 400.00 fc 21 714.00 1.41 Laboratorios

Compañía Farmacéutica

S.A.

Producto Cantidad Unidad Pagado (US $)

Precio U.

(US$)

Representante Fabricante

Pais.

Diatrizoato Meglum.60%

16 300.00 fa 63 570.00 3.9 Laboratorios Internacionales

S.A.

Justesa Imagen

S.A.

España

Iodotalamato De Meg. 30%

13 800.00 fc 338 100.00 24.5 Medco Productos Diagnosticos S.A.

Mallinckroctt

Medical

México

Iodotalamato De Meg. 17%

4 800.00 fc 132 144.00 27.53 Medco Productos Diagnosticos S.A.

Mallinckroctt

Medical

Sulfato De Bario Kg 27 300.00 kg 165 984.00 6.08 Medco Productos Diagnosticos S.A.

Granulos Efervescentes

62 000.00 am 142 600.00 2.3 Medco Productos Diagnosticos S.A.

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Azul Metileno 2 600.00 fa 17 940.00 6.9 Medipharma Taylor Pharmace

uticals

Factor Lib. Gon. LhrhLh

400.00 am 10 600.00 26.5 Medirep Ferring Alemania

Fluoresceina Colirio 900.00 fc 13 950.00 15.5 Bernard Wolff V. First Step Worldwide

, Inc

Perú

Fluoresceina Colirio 1 500.00 fc 22 875.00 15.25 First Step Lab. Lansier

Perú

Carbon Activado 500.00 kg 18 090.00 36.18 Cefa Merck Centroamericana

Alemania

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ANEXO NO.4

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DE LA CCSS

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ANEXO NO.5

INDICADORES DEMOGRÁFICOS

En:

www.estadonacion.or.cr

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ANEXO 6 PLAN DE COMPRAS 2002

Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representante Fabricante

0.00 Cloroquina 150 Mg 0.00 Hidroxicloroquina 300 Mg

5 500.00 cn 25.00 137 500.00

Cefa Sanofi Synthelabo

Levamizole 50 Mg 0.00 Mebendazol 100 Mg Tbs 0.00 Metronidazol 500 Mg 0.00 Pirimetamina 25 Mg 0.00 Primaquina 5 Mg 0.00 Primaquina 15 Mg Tbs 0.00 Meglumina Antimoniato 0.00 Benzoato De Bencilo 0.00 Metronidazol 125 MgCta 0.00 Tiabendazol 1 G. 0.00 Tiabendazol 1 G. 0.00 Amoxicilina Caps 500 Mg

0.00

Cefalexina 500 Mg Caps.

0.00

Ciprofloxacina 500 Mg 0.00 Cloranfenicol 500 Mg 0.00 Dapsona 100 Mg 0.00 Eritromicina 500 Mg 0.00 Espiramicina 500 Mg Tbs

2 100.00 cn 33.80 70 980.00 Stein Stein

Neomicina 250 Mg 0.00 Penicilina Oral Tabletas 0.00 Sulfadiazina 500 Mg 0.00 Sulfazalacina 500 Mg 0.00 Tetraciclina 500 Mg Caps

0.00

Trimetroprim Sulfa 40080 Tbs

0.00

Amikacina 100mg 0.00 Amikacina 500 mg 0.00 Ampicilina base 500 mg 0.00 Cefalotina 1 G 0.00 Ceftazidima 1 G 0.00 Cefotaxima 1 G. 0.00 Ceftriaxona 250 Mg 0.00 Clindamicina 600 Mg 0.00 Oxacilina 1 G. 0.00 Gentamicina 20 Mg 0.00 Gentamicina 80 Mg 0.00 Imipenem 0.00 Metronidazol 50 Mg Inyec.

0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio U.

Pagado Representante Fabricante

Penicilina Benzatinica 1,2 M

0.00

Penicilina Sodica 1 Millon

0.00

Penicilina Sódica 5 Millones B5

0.00

Vancomicina 500 Mg 0.00 Amoxicilina Suspension 0.00 Cefalexina Suspensión 438

000.00 fc 0.48 209

364.00 Labinsa Ranbaxy

Cloranfenicol Suspensión 60 Ml

0.00

Eritromicina Susp. 0.00 Trimetropin Sulfa Susp. 0.00 Cislosferina 250 mg 0.00 Ethambutol 400 Mg Tbs 0.00 Etionamida 250 mg 0.00 Isoniacida 300 Mg 0.00 Pirazinamida 500 Mg 0.00 Rifampicina 300 Mg 0.00 Estreptomicina 1 G 0.00 Rifampicina Suspensión 0.00 Aciclovir 400 Mg Tab. 0.00 Didanosina 100 mg. Tab. 0.00 Efavirenz 200 Mg 0.00 Estavudina 40 Mg Tabletas

0.00

Estavudina 40 Mg Tabletas

0.00

Estavudina 40 Mg Tabletas

0.00

Fluconazol 200 Mg 0.00 Griseofulvina 250 Mg Tbs

13 500.00 cn 2.70 36 450.00 Lab. Lisan Lab. Lisan

Indinavir 400 mg. Cápsulas

0.00

Ketoconazol 200 Mg 0.00 Lamivudina 150mg 0.00 Nelfinavir 250 mg tabletas

13 600.00 cn 82.00 1 115 200.00

Stein Stein

Zidovudina 100 Mg 0.00 Aciclovir 250 Mg Inyectable

0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representante Fabricante

Griseofulvina 125 MgCta

0.00

Nistatina Suspención 0.00 Fenazopiridina 100 Mg 0.00 Nitrofurantoina 50 Mg 0.00 Nitrofurantoina Susp. 0.00 Pseudoefedrina 60 Mg 0.00 Dobutamina 0.00 Dopamina 0.00 Epinefrina 1 Ml 0.00 Metaraminol 10 Mg 0.00 Acido Acetilsalicilico 100 Mg

0.00

Amiodarona 200 Mg Tbs

0.00

Digoxina 0.25 Mg Tb. 0.00 Enalapril 5 Mg 0.00 Enalapril 5 Mg 0.00 Propranolol 10mg 0.00 Quinidina Sulfato 500 Mg

0.00

Verapamilo 80 Mg 0.00 Amiodarona 150mg/3cc 0.00 Digoxina 0.25 Mg Amp. 0.00 Propanolol 1 Mg/Ml Iny. 0.00 Verapamilo 5 Mg 0.00 Digoxina 0.005% Elixir 0.00 Digoxina Gotas 0.75 Mg/Ml

0.00

Atenolol 100 Mg 0.00 Enalaprila 20 Mg 0.00 Hidralazina 50 Mg Tbs 0.00 Hidroclorotiazida 25mg 0.00 Metildopa 250 Mg Tbs 0.00 Metildopa 500 Mg 0.00 Propanolol 40 Mg 0.00 Hidralazina 20 Mg 0.00 Espironolactona 100 Mg

10 000.00

cn 14.82 148 200.00

Stein Stein

Furosemida 40 Mg 0.00 Furosemida 20 Mg Iny. 0.00 Manitol Fco 250 Ml 0.00 Nitroprusiato De Sodio 0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representante Fabricante

Isosorbide Dinitrato 20 Mg 0.00 Amlodipino 0.00 Nitroglicerina 50mg 0.00 Acido Acetilsalicilico 100 Mg 0.00 Warfarina 1 Mg 0.00 Warfarina 5 Mg 0.00 Estreptoquinasa 1.500.000 UI.

0.00

Heparina 1000 Uds 10 Ml 0.00 Heparina 5000 Uds 5 Ml 0.00 Heparinas de Bajo peso Molecular 40 mg

0.00

Tirofiban 0.25 mg/ml 0.00 Acido Aminocaproico 10 Ml 0.00 Factor IX 0.00 Fitomenadiona 1 Mg/Ml 0.00 Fitomenadiona 10 Mg 0.00 Factor VIII De 250 Ui 0.00 Factor VIII 500 U.I 10 000.00 fa 109.20 1 092

000.00 Bayer de Costa Rica

Bayer

Protamina Sulfonato Iny10mg/Cc

0.00

Sobres Gelfoam 0.00 Acido Fólico 1 Mg 921

500.00 cn 0.27 248

805.00 Calox Calox

Gemfibrocilo 600mg tab. Recubiertas

109 000.00

cn 4.89 533 010.00

Stein Stein

Hierro Fumarato 200 Mg 0.00 Leucoverina Cálcica 50 Mg 0.00 Eritropoyetina 4000 0.00 Hierro Inyectable 0.00 Vitamina B12 0.00 Colestiramina resina 4g 0.00 Hierro Oral(Hidrox Ferrico Polimalt

0.00

Acido Acetilsalisilico 500 Mg 0.00 Acido Etidrónico 0.00 Ibuprofeno 400 Mg 0.00 Indometacina 25 Mg 182

000.00 cn 0.39 70 798.00 Erick Murillo Vitapure

Organics Leflutamida 20 mg 0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representante Fabricante

Penicilamina 250 mg. 0.00 Sulinadco 200 Mg 0.00 Tenoxicam 20 Mg 0.00 Indometacina 100 Mg Supos.

0.00

Diclofenaco 75 Mg/3 Ml 0.00 Aurotiomalato 10 Mg 0.00 Pamidronato 0.00 Alopurinol 300 Mg 0.00 Colchicina 0.5 Mg 0.00 Acetaminofeno 500 Mg 0.00 Acido Acetilsalicilico 100 Mg 0.00 Aspirina 500 Mg 0.00 Naloxona 0.4 Mg 0.00 Tramadol 100 Mg 0.00 Droperidol 2.5 Mg /Ml 0.00 Enfluorano 125 Ml 0.00 Ketamina 1% 20 Ml 0.00 Propofol 0.00 Sevoflurano sol. 250 ml 0.00 Tiopental 500 Mg 0.00 Halotano 250 Ml 0.00 Lidocaina Jalea 0.00 Bupivacaina 0.5% 0.00 Mepivacaina Carpules Con Vas.

0.00

Lidocaina Carpules Sin Vasoc.

0.00

Lidocaina 2% Con Epinefrina

0.00

Lidocaina 2% Sin Preserv. 0.00 Lidocaina 2% Con Preserv. 0.00 Lidocaina Con Dextrosa 0.00 Lidocaina 10% Aerosol 0.00 Atracurio Besilato 10 Mg/Ml 0.00 Pancuronio 0.00 Succinilcolina 500 Mg 0.00 Hioscina 10 Mg Tabletas 0.00 Atropina 0.5 Mg 0.00 Hioscina Ampollas 0.00 Betanecol 10 Mg 0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representante Fabricante

Neostigmina 15 Mg 0.00 Neostigmina Inyección 0.5 mg/ml

0.00

Salbutamol 4 Mg 0.00 Teofilina AP 250 Mg 0.00 Aminofilina Ampollas 0.00 Beclometasona Aerosol 0.00 Cromoglicato Aerosol 0.00 Bromuro de Ipratropio Monohidrato

72 000.00 fc 6.00 432 000.00

Cefa Boehringer

Bromuro de Ipatropio Anhidro

0.00

Salbutamol Aerosol 0.00 Salbutamol 0.5% Solución 0.00 Dextrometorfano 15 Mg 0.00 Descong. Tabletas 0.00 Difenhidramina 50 Mg 93 500.00 cn 1.04 96 772.50 Stein Stein Hidroxicina 25 Mg 0.00 Astemizol 10 Mg 0.00 Dimenhidrinato 25 Mg Supos.

0.00

Dimenhidrinato 100 mg. Sups.

0.00

Clorfeniramina 10 Mg 0.00 Dimenhidrinato 5% 5 Ml 110

000.00 fc 0.26 28 600.00 Alcames Alcames

Tropisetron Ampollas 0.00 Prometazina 50 Mg 0.00 Difenhidramina Jbe 0.00 Descongetionante respiratorio

0.00

Hidroxicina Jbe 10mg/5 Ml 0.00 Biperideno 2 Mg Tbs 0.00 Levodopa Con Carbidopa 0.00 Biperideno 5 Mg/Ml 0.00 Ergotamina Tartrato 2 Mg 0.00 Valproato De Sodio 250 Mg Tab.

0.00

Carbamazepina 200 Mg 0.00 Clonazepam 2 Mg 0.00 Difenilhidantoína 100 Mg 0.00 Fenobarbital 25 Mg 0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representante Fabricante

Fenobarbital 100 Mg Tbs 0.00 Lamotrigina 100 Mg 0.00 Primidona 250 Mg 0.00 Vigabatrina 500 Mg 0.00 Fenitoina Iny. 0.00 Fenobarbital 50 Mg 0.00 Clonazepan Gotas 0.00 Difenilhidantoina 125mg/Cta

0.00

Primidona Suspension 0.00 Primidona Suspension 0.00 Valproato De Sodio 200 Mg/Ml

32 200.00

fc 3.40 109 480.00

Cefa Sanofi Synthelard

Amitriptilina 10 Mg 0.00 Fluoxetina 20 Mg 0.00 Imipramina 10 Mg 0.00 Imipramina 25 mg. 0.00 Carbonato De Litio 300 Mg 0.00 Clorpromazina 100 Mg 0.00 Clozapina 100 mg 650.00 cn 81.64 53 066.00 Farmanova Novartis Haloperidol 5 Mg Tbs 0.00 Carbonato De Litio 300 Mg 0.00 Levomepromazina 25 Mg Tbs

0.00

Carbonato De Litio 300 Mg 0.00 Perfenazina 4 Mg 0.00 Tioridazina 10 Mg 0.00 Tioridazina 100 Mg 0.00 Tiotixeno 10 Mg 2 600.00 cn 11.20 29 120.00 Gutis Gutis Trifluoperazina 5 Mg 0.00 Clorpromazina 25 Mg 0.00 Decanoato De Flufenazina 25 Mg

0.00

Haloperidol 5 Mg Ampollas 0.00 Levomepromazina Ampollas

0.00

Haloperidol Gotas 0.00 Diazepam 5 Mg Tbs 0.00 Hidroxicina 25 Mg 0.00 Lorazepam 2 Mg 0.00 Diazepam 10 Mg 0.00 Midazolam 15 Mg 0.00 Hidroxicina Jbe 0.2% 0.00

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Producto Cantidad Unidad Precio

U. Pagado Representa

nte Fabricante

Hidroxido Al Sin Magnesio Tabs

0.00

Famotidina 40 Mg Tbs 0.00 Hidroxido Aluminio Y Magnesio

0.00

Famotidina 40 Mg Tbs 0.00 Metoclopramida 10 Mg 0.00 Omeprazol 20 mg cápsulas 0.00 Pancreatina Capsulas 0.00 Cimetidina Ampollas 0.00 Metoclopramida 10 Mg Amp 0.00 Aluminio Hidrox. Sin Mg 0.00 Loperamida 2 Mg 0.00 Bisacodilo 10 Mg Supositorio 0.00 Glicerina Supositorio Niños 0.00 Glicerina Supositorios Adultos

0.00

Aceite De Ricino 60 Ml 0.00 Hidroxido De Magnesio Susp.

0.00

Microenema 0.00 Mucilago Psilium 0.00 Dexametasona 0.5 Mg 0.00 Hidrocotisona 20mg Tabletas

0.00

Prednisolona 1 Mg 0.00 Prednisolona 5 Mg 0.00 Prednisolona 25 Mg 0.00 Dexametasona O.4% Iny. 0.00 Hidrocortisona 100 Mg 0.00 Metilprednisolona 500 Mg 51 000.00 fa 4.55 232 050.00 Cefa Pharmacia &

Upjohn Triamcinolona Acetonido 0.00 Danazol 200 Mg 0.00 Oximetolona 50 Mg 1 000.00 cn 64.00 64 000.00 Lab. Lisan Lab. Lisan Medroxiprogesterona 150 Mg

0.00

Testosterona 150 Mg 0.00 Asociación EstrogGestageno 0.00 Estrógenos Conjugados 0.00 Medroxiprogesterona 5mg Tbs

0.00

Anticonceptivo Microdosis 1 100 000.00

cj 0.16 176 000.00 Gutis Gutis

Contraceptico Oral Regular 0.00 Estradiol Valerianato 10 Mg 0.00 Medroxiprogesterona 150 Mg

208 000.00

fa 0.90 187 200.00 Medirep Lab. LBS

Progesterona 100 Mg 0.00 Dispositivo Intrauterino 0.00 Metilergometrina 0.2 Mg 0.00

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Oxitocina 0.00 Salbutamol 1mg/ Ml 0.00 Bromocriptina 2.5 Mg 0.00 Clomifeno Citrato 50 Mg 0.00 Gonadotrofina Corionica 0.00 Gonadot. Post Menop.B18 0.00 Hormona De Crecimiento 16.Uds.

0.00

Leuprolerina 3.75 Mg 0.00 Desmopresina Acetato 0.01% DDAVP

0.00

Diazoxido 50 Mg 0.00 Glibenclamida 5 Mg 0.00 Metformina 850 Mg 0.00 Insulina NPH 100 UI 0.00 Insulina Cristalina 56 600.00 fa 3.88 219 608.00 Servicios

Comerciales Novo Nordisk

Levotiroxina 0.10 Mg 0.00 Propiltiuracilo 50 Mg 24 000.00 cn 1.76 42 240.00 Stein Stein Solucion Yodo Fuerte 0.00 Acido Micofenólico 250 mg cápsulas

0.00

Metrotexato 2.5 Mg Tbs 0.00 Azatioprina 50 mg tab. Ranuradas

6 000.00 cn 3.06 18 360.00 Stein Stein

Busulfano 2 Mg 0.00 Ciclofosfamida 50 Mg Tbs 0.00 Cloranbucilo 2 Mg 0.00 Flutamida 250 Mg 0.00 Hidroxiurea 500 Mg 0.00 Melfalano 2 Mg 0.00 Mercaptopurina 50 Mg 0.00 Tamoxifeno 20 Mg 0.00 Idarrubicina 5 Mg 0.00 Metrotexato Ampollas 0.00 Bleomicina 15 Mg 0.00 Ciclofosfamida 500 Mg 0.00 Cisplatino 10 Mg 0.00 Citarabina 100 Mg 0.00 Dacarbazino 200 Mg 0.00 Dactinomicina 0.00 Etoposido 20 Mg/Ml 0.00 Factor Estimulante de Colonias

0.00

Fluoruracilo 500 Mg 0.00 Idarrubicina 5 Mg 0.00 Ifosfamida 2 G. 0.00 LAsparaginasa 0.00 Mesna 100 Mg/Ml 0.00 Mitomicina 5 Mg 0.00 Paclitaxel 0.00 Vinblastina 10 Mg 0.00 Vincristina 1 Mg 0.00

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Epirrubicina 50 Mg 0.00 Ciclosporina 100 mg. emulsión

2 000.00 fc 210.00 420 000.00 Farmanova Novartis

Vitamina C 500 Mg 0.00 Vitamina D3 0.25 Perlas 0.00 Vitamina D3 1 Mcg 0.00 Vitamina B6 50 Mg 0.00 Vitamina B1 100 Mg 0.00 Vitamina A Pérlas 0.00 Vitamina B6 50 Mg /Ml 0.00 Vitamina B1 1 G 0.00 M.V.I. Fórmula 0.00 Vitamina C Gotas 0.00 Vitamina D3 Gotas 0.00 Vitamina A Gotas 0.00 Calcio Tabletas 600 Mg 0.00 Agua Esteril 10 Ml 0.00 Aminoacidos al 10% 500 ml 11 200.00 fa 5.42 60 704.00 Nutricare B. Braun

Medical Gluconato De Calcio Amp. 0.00 Dextrosa 5% 50 Ml 780

000.00 ud 0.32 249 600.00 Baxter Export

Corporation Baxter S.A

Detrosa 5% 100ml 0.00 Dextrosa 5% 250 Ml 0.00 Dextrosa 5% 500 Ml 0.00 Dextrosa 5% 1000 Ml 0.00 Dextrosa 5% Y NACL 0.9% 500

0.00

Dextrosa 5% Y NACL 09% 1000

0.00

Lipidos 0.00 Lipidos 0.00 Fosfatos De Potasio 0.00 Sulfato De Magnesio 20% 0.00 Oligoelementos Adultos 0.00 Oligoelementos Niños 0.00 Cloruro De Potasio 0.00 Bicarbonato De Sodio 1 Molar

0.00

Cloruro De Sodio .9% 250 Ml

0.00

Suero Salino 0.9% 500 Ml 0.00 Suero Salino 0.9% 1000 Ml 0.00 Cloruro De Sodio 4 Molar 0.00 Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5

0.00

Sol Electrolitos Con Dextrosa 1.5

0.00

Sol Electrolitos Con Dextrosa 4.5

0.00

Electrolitos Orales 0.00 Potasio Gluconato Elixir 0.00 Albumina Humana 20% 8 000.00 fc 17.00 136 000.00 La Garita Grifols Globulina Anti Rho 300 mcg 3 400.00 fa 72.50 246 500.00 Bayer de Costa Bayer

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Rica Globulina Antitetanica 0.00 Inmunoglobulina 2.5g 0.00 Suero Anticoral 0.00 Suero Polivalente 0.00 Vacuna Haemophilus Influenzae

0.00

Vacuna Polio Oral 0.00 Vacuna BCG 0.00 Vacuna SRP 0.00 Vacuna Hepatitis B 20 Mcg 0.00 Acetazolamida 250 Mg 0.00 Acetazolamida 250 Mg 0.00 Dexametasona Fosfato Ung. 0.00 Tetraciclina Oftalm. 0.00 Aciclovir Ungüento Oft. 0.00 Aciclovir Ungüento Oft. 0.00 Hialorunidasa 0.00 Acetil Colina/Manitol Colirio 0.00 Atropina Sulfato 1% Colirio 0.00 Ciclopentolato 0.00 Dexametasona/Neomicina Co.

0.00

Epinefrina Colirio 0.00 Dexametasona Colirio 0.00 Gentamicina 3 Mg/Ml Oft. 0.00 Metilcelulosa 0.5% 198

000.00 fc 0.45 89 100.00 Medirep Medirep

Pilocarpina 2% 0.00 Pilocarpina 4% 0.00 Solución Salina Balanceada 0.00 Tetracaina 0.05% 0.00 Tetrahidrazolina 0.05% Colirio

0.00

Timolol 0.5% 0.00 Trioxisaleno 5 Mg 0.00 Alquitran De Hulla 0.00 Hidroxido De Aluminio Pasta 0.00 Betametasona 1% Crema 1 531

000.00 tu 0.22 329 165.00 Calox Calox

Betametasona 0.1% Ungto 0.00 Hidrocortisona 0.25% 0.00 Hidrocortisona Base 1% Crema

0.00

Neomicina/Bacitracina Ungto 0.00 Peroxido De Benzoilo 5% Gel

0.00

Sulfadiazina Plata 1% 40g. 0.00 Sulfadiazina De Plata 40 G 0.00 Miconazol Crema 0.00 8Metoxipsoraleno 10 Mg 0.00 Aceite Mineral 500 Ml 0.00 Acido Salicilico Colodion 20 600.00 fc 0.96 19 776.00 Stein Stein

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Aluminio Acetato 2.2 Sobres 0.00 Hidroxido De Aluminio Pasta 0.00 Peroxido De Benzoilo 5% 0.00 Brea Concentrada 0.00 Clorhexidina 4% 0.00 Crotamin al 10% (100 mg/ml) 60 ml

126 000.00

fc 0.92 115 920.00 Stein Stein

Jabon Neutro 0.00 Hidrocortisona Locion 0.00 Peroxido De Hidrogeno 10 Vol.

0.00

Podofilina 25% 0.00 Potasio Yoduro 1g/Ml 0.00 Povidone Yoduro Litro 0.00 Sulibenzona Al 10% 60 ml 65 500.00 fc 1.60 104 800.00 Stein Stein Policresuleno Gel Vaginal 0.00 Acido Metac.B120 Sulf. Ovulos

0.00

Estrógenos Crema 103 000.00

tu 2.40 247 200.00 Stein Stein

Miconazol Ovulos 0.00 Obidoxima Cloruro 250mg 0.00 Antihemorroidal Supositorios 0.00 Antihemorraoidal Ungto 0.00 Folinato Sal Calcica 15mg Tab

0.00

Ciclosporina A 100 Mg 0.00 Etidronato 200 Mg 0.00 Genfibrozil 600 Mg 0.00 Lovastatina 20mg 0.00 Riluzol 50mg 0.00 Sacarina Solución 0.00 Jalea Lubricante 0.00 Folinato De Calcio Ampollas 0.00 Tetradecilsulfato Sodico 0.00 Solución De Evans 0.00 Solución De Evans 0.00 Factor Surfactante 1 400.00 fa 110.00 154 000.00 Elena Fallas Abbot Glicina 0.00 Beclometasona Nasal 0.00 Ciclosporina 100 Mg/Ml Gotas

0.00

Colestiramina 4 G 0.00 Formula Enteral Sin Lactosa 0.00 Gelatina Absorbible 0.00 Polistireno Polvo 0.00 Sacarina Gotas 0.00 Soya Con Carbohidratos 218

000.00 la 1.99 433 820.00 Elena Fallas Abbot

Acetato Aluminio Otico 0.00 Gotas Cerumen 0.00 Oximetazolina 0.025% Nasal 0.00

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Oximetazolina 0.5% 0.00 Tintura de Benjui 0.00 Diatrizoato Meglum.60% 0.00 Iohexol 0.00 Iodotalamato De Meg. 30% 0.00 Ioxitalmato Meglum. 17 % Poliv.

6 000.00 fc 12.70 76 200.00 Altrebo Ltda. Guerbert

Iodotalamato De Meg. 17% 0.00 Sulfato De Bario Kg 0.00 Granulos Efervescentes 0.00 Azul Metileno 0.00 Factor Lib. Gon. LhrhLh 0.00 Proterilina 200 Mcg. 0.00 Fluoresceina Colirio 0.00 Carbon Activado 0.00