Del Mudejar a La Expulsion Del Morisco Reflexiones a Partir de Varios Documentos Ineditos Article n...

22
Luisa Isabel Álvarez de Toledo Del mudéjar a la expulsión del morisco: reflexiones a partir de varios documentos inéditos In: Mélanges de la Casa de Velázquez. Tome 25, 1989. pp. 81-101. Citer ce document / Cite this document : Álvarez de Toledo Luisa Isabel. Del mudéjar a la expulsión del morisco: reflexiones a partir de varios documentos inéditos. In: Mélanges de la Casa de Velázquez. Tome 25, 1989. pp. 81-101. doi : 10.3406/casa.1989.2533 http://www.persee.fr/web/revues/home/prescript/article/casa_0076-230X_1989_num_25_1_2533

description

MUDEJARES

Transcript of Del Mudejar a La Expulsion Del Morisco Reflexiones a Partir de Varios Documentos Ineditos Article n...

  • Luisa Isabel lvarez de Toledo

    Del mudjar a la expulsin del morisco: reflexiones a partir devarios documentos inditosIn: Mlanges de la Casa de Velzquez. Tome 25, 1989. pp. 81-101.

    Citer ce document / Cite this document :

    lvarez de Toledo Luisa Isabel. Del mudjar a la expulsin del morisco: reflexiones a partir de varios documentos inditos. In:Mlanges de la Casa de Velzquez. Tome 25, 1989. pp. 81-101.

    doi : 10.3406/casa.1989.2533

    http://www.persee.fr/web/revues/home/prescript/article/casa_0076-230X_1989_num_25_1_2533

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO

    REFLEXIONES A PARTIR DE VARIOS DOCUMENTOS INDITOS

    Luisa Isabel ALVAREZ DE TOLEDO Conservadora del Archivo Ducal de Medina Sidonia

    Consecuencia el morisco de la caida de Granada, es, a nuestro entender, musulman que, sin medios para regresar a su patria de origen, se somete al bautismo, para padecer vejaciones infringidas por el pueblo autctono y xenfobo, que ha recuperado el poder en Andalucia Oriental. A imitation de los Catlicos, negamos raiz tnica y cultural comn a las dos grandes colectividades religiosas, que se repartieron Espana. Pero notables grana- dinos desafiaron la prescripcin cornica, posando para pintor italianizante, en la segunda mitad del XIV, para probar que no eran extranjeros. Barbas rubias o pelirrojas, y unos ojos tremendamente azules, revelan su perte- nencia a la raza variopinta, que produjo al inquisidor y al supuesto tornadizo '.

    Se llama mozarabe al cristiano que vivi entre moros, como vasallo de rey moro espanol. Y es mozarabe el arte de la Espana cristiana en los siglos IX y X. Coetneo del califal, desarrolla un arco de herradura, cuyo origen descubrimos en el templo visigtico de San Juan de Banos 2. Al margen de la riqueza ornamental de los Omeyas, consecuencia de la econmica, hemos de admitir que al norte y al sur de la Peninsula evoluciona la misma esttica. Lo

    1. La pintura citada esta en el patio de los Leones de la Alhambra. Analizada hace pocos anos, fue fechada en la segunda mitad del XIV, como las dos que la encuadran, con escenas de cacerias y caballerescas, donde fguran moros y cristianos. Es el soporte badana recubierta de yeso, sujeta a un entramado de madera, con forma de bveda.

    2. Est fechado el convento de Valdedios en el 853, y Santiago de Penalba en el 937. Tiene el primera arco de herradura en el portico, similar al que encontramos en construcciones de la misma poca al sur de Espana. Y Penalba doble arcada, cuyas lineas, aun siendo de menor tamano, coinciden con las del salon de Medina Azahara.

    Mlanges de la Casa de Velazquez, (M.C. V.) 1989, t. XXV, p. 81-101.

  • 82 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    prueba el Valdedios asturiano y, en el Bierzo, Penalba, coetnea de Medina Azahara, destinendo el estilo en los judios peninsulares, segn rvla la sinagoga de Santa Maria la Blanca. Distintos por su credo y moral, los pueblos de Espana compartieron un mismo sentido de la belleza.

    Conocido por mudjar el mahometano, vasallo del rey de Castilla, asi llamamos al arte autctono, a partir del siglo XII. Prsente en Sahagn y en el suelo aragons, sera el de Alfonso XI en el Alcazar sevillano y Santa Clara de Tordesillas. Caballeros toledanos levantan la Puerta del Sol en el XIV, cuando en Granada se construye la Alhambra. Persistente y de larga vida, el arte local evoluciona y se adapta, traduciendo las formas forneas. No afecta al carolingio, limitado, en el espacio, al Monte Naranco. Y en el tiempo al reinado de Ramiro I. Ni al lombardo catalan, que pntra por marca del Imperio. Pero ya en la ruta jacobea se conjuga con el romnico francs, quedando en mudjar el gtico en Andalucia, sin que deje de serlo el barroco.

    - Condenados a enfrentarse por ser ganaderos, y atractivos los pastos sufenos, monarcas cristianos y musulmanes contaron con naturales fideli- simos, que no compartieron el credo oficial. Intermitente la guerra de moros, en las muchas de carcter civil, entre correligionarios, contaron ambos con aliados de diferente religion. En la paz, las dos Espanas compartieron costumbres, participando moros y cristianos en las mismas cacerias, torneos y juegos de canas. Consta que un Fajardo imprudente arriesg la ciudad de Lorca, jugando al ajedrez con el rey de Almeria3. En romance de Castilla se canta el valor del caballero musulman. Y tambin sus amores 4.

    Sancho el Gordo rcupr la esbeltez y el trono gracias a los mdicos y dineros de Abderramn III5, tomando Alfonso VI por quinta mujer a Zaida, hija del rey de Sevilla6. Pero el tiempo y las victorias hacen del castellano un superior, que confunde religion con raza. Compartidos los amores de Mofaras por la hija del anfitrin, que hubo de alojarle en Sevilla, la lleva consigo a Granada, prescindiendo de un permiso paterno, negado de antemano. Modesto mercader, pero indignado, Diego Sanchez acude a Enrique IV, para reclamar la inmediata devolucin de la joven, robada por un cortesano. Esposa del musulman, queda para el padre en vulgar

    3. Romancero General, 2* parte, Madrid, Ribadeneyra, 1851, romance ns 1056, p. 88. 4. Romancero General, 1* parte, Madrid, Ribadeneyra, 1849, romance nQ42, p. 19, ns49,

    p. 23. 5. Juan de Mariana, Historia General de Espana, 2* parte, Madrid, Ribadeneyra, 1854,

    cap. VII, p. 228. 6. Rodrigo Mndez Silva, Catlogo real y Genealgico de Espana, Madrid, Imprenta de

    Dna Mariana del Valle, 1656.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 83

    concubina, deshonra de una casta, que tuvo por orgullo su limpieza de sangre7.

    Con carcter definitivo, se establece frontera con Granada bajo Fernando III. Aunque apenas dur siglo y medio an se recuerda en los toponimios, y era respetada en 1255 cuando Aboabdille Abenmazar de Granada, Mohamet Abenmahomat de Murcia y Abenhafot de Niebla, suscriben privilegio de Alfonso X, en calidad de reyes vasallos 8. Conquis- tada Niebla en 1257, Abenhafot es heredado en los Algarves. Y sus caballeros reciben, en trmino de Sevilla, heredamientos con que mante- nerse en toda su vida9. Cuando en 1267 se parten trminos, para darlo a Huelva y Gibralen, encuentran los partidores trs mezquitas en la linde, asi llamadas por ser lugar de culto mahometano, sin topar con una sola iglesia 10.

    Dicen las crnicas que el Rey Sabio conquisto Murcia siendo principe, pero las desmiente la presencia de Abenmahomat en el documento de 1255 n. Cristiano el reino desde 1261, hay pruebas sobradas de no haber emigrado los moros, ni intentado los cristianos imponerles el bautismo. Cuestin ideologica el asunto de las conversiones, pero tambin econmica, convenia a los reyes de Castilla mantener en su fe a los musulmanes, cuyos tributos paraban a las areas de la Corona, y los senores jurisdiccionales, sin ser mermados por contribution a la Iglesia 12. Amplisimo el privilegio de Solucar, concedido por Fernando IV a Guzman el Bueno, en 1297, el rey se rserva el senorio sobre los vecinos moros, y en consecuencia sus tasas 13.

    Padrn en Andalucia la dobla de oro morisca, hasta el segundo cuarto del XV 14, lo sera la cultura musulmana, en lo intelectual, y la heregia atvica en el cristiano 15, pecado mortal el adulterio, y reservado el concubinato, lo practican los andaluces con desenvoltura y contumacia, por no cuadrarles la moral cristiana 16. Esto no impide a Juan I inventar el signo externo de ignominia, imponiendo a las rameras pano rojo sobre el tocado. Extiende la

    7. Diego de Valera, Memorial de Diversas Hazanas, Madrid, Ribadeneyra, 1877, p. 1 1-12. 8. Archivo Ducal de Medina Sidonia, Sant Sagunt, 10 abril, era de 1293 (ano de 12SS).

    Privilegio rodado de Alfonso X, en favor del convento de Sta Maria de Carracedo. 9. Crnica de Alfonso X el Sabio, Madrid, Ribadeneyra, 1875, cap. VI, p. 6.

    10. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 509, leg. 477. 11. Ibid., leg. 680. 12. Ibid., Toro, 13 de octubre, era de 1335, (ano de 1297). Privilegio rodado de

    Fernando IV, concediendo la villa de Solcar (no aparece el rey de Granada como signatario).

    13. Ibid., a. 1426. Compra de las Hazanas de Enrique Enriquez y otras heredades, a Santa Clara de Sevilla, por Alonso de Guzman.

    14. Ibid., leg. 922, 924, 919 y otros. 15. Ibid., leg. 913. Juan Alonso de Guzman, Ier Conde de Niebla, que testa en Bollullos, en

    1396, encomienda mi anima a Dios que la fizo, e mi cuerpo a la tierra que lo cr. Cita a Dios y los Santos Angeles, pero no a los santos ni a Santa Maria.

    16. Ibid., leg. 913.

  • 84 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    idea su hijo, el Doliente, a cuantos no comparten su ideologia, ordenando, en 1405, que los judios se manifiesten, exibiendo pano Colorado en los hombros. Y en 1407 que lo haga el mudjar, con media luna azul17. Aficionado el poder a legislar lo absurdo, el castellano se acostumbr a incumplir la ley, quedando el mandamiento en letra muerta.

    Ciudadanos de pleno derecho bajo Juan II, los mudjares pleitean, incluso contre el rey. En 1425 los treinta excusados, de la Puebla de Gonzalo Fajardo, acuden ante los tribunales, enfrentndose a los repti- dores de la Corona, que, siendo exentos, pretenden cobrarles servicio y medio servicio. En grado de apelacin, dos escribanos de Murcia compare- cen en la Corte, en nombre de la aljama. Y aceptan dirimir la cuestin por via de sentencia arbitraria. Levantinos y llamndose Guadalfajara y Murcia de segundo apellido, juran respetarla por Dios e por Santa Maria e por los Santos Evangelios, do quier que estn, poniendo sus manos sobre esta serial de la cruz. En cuanto a los reptidores, vecinos de Valladolid y ofciales del rey, lo hacen por el nombre del criador de todas las cosas, e por Mahomat fijo de Abdalla que ellos han por su santo e por su Alcorn e por los mandamientos de su ley. Dos dias ms tarde dicta sentencia Juan Alfn Fernandes de Cascales, doctor en leyes y alcalde de Juan II, dando la razn a la aljama. No habrn de pagar servicios los treinta excusados, pero si los veinte moros, que se avecindaron en la Puebla, despus de otorgado el privilegio 18.

    A cambio de Andjar, que desea incorporar a la Corona, ofrece el rey la villa de Medina Sidonia. Acepta el Maestre de Alcantara, procurando al conde de Niebla hacerse con centro comercial, escogido por granadinos y andaluces, para intercambiar mercancias. Lindero el trmino de Medina, con su lugar de Vjer, usa de mtodos, que nada tienen de mdivales, para crear estado de opinion, hostil al senor recin nombrado. Rechazados sus apoderados con excusas, lo sern con violencia al mostrarse insistentes, sin que siryan de nada las cartas y sobrecartas del rey, dirigidas al cabildo y vecindario.

    Con orden de entrar en la villa por fuerza de armas, para reducirla en operacin policial, de carcter militar, el conde de Niebla remolonea, y trata, bajo cuerda, con el senor de Medina. A cambio de la incmoda villa, le ofrece renta similar, con la Algaba y otras propiedades de porvenir menos prometedor. Firmado el acuerdo en 1440, el conde toma pacifica posesin de Medina Sidonia, y se dispone a reactivar su mercado19. Elevado el senorio a ducado en 1445 20, por 1453 el comercio de Medina ha caido en

    1 7. Rodrigo Mndez Silva, obra cit. p. 1 1 5, p. 1 20. 18. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 556. 19. Ibid., leg. 727 (srie del trueque de Medina Sidonia). 20. Ibid., leg. 918.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 85

    franca decadencia. No le afectan los disturbios, que asolan Castilla, ni las cabalgadas de moros, que segn todos los indicios no tocaron a los estados del duque. Recae la culpa sobre el recaudador mayor de rentas, cuya psima gestion aleja a los mercaderes. Destituido fulminantemente, y obligado a restitution, el concejo delega mensajeros al reino de Granada, que publi- quen en las villas y lugares, informando a cuantos usaren de venir a tratar sus mercadurias en esta mi villa, cmo les sera devuelto o pagado cuentas les tomaron indebidamente, so pretexto de descamino o contrabando. Y lo cobrado por encima del diezmo y medio diezmo, que estaban obligados a satisfacer. En adelante, el moro que acudiese a Medina, para comerciar, no habria de temer abusos ni expolios21.

    Lo que fue posible bajo Juan II, dj de serlo cuando le sucede su hijo Enrique IV, educado por el dominico Lope de Barrientos, que expurg las obras de Enrique de Villena, condenndolas a la hoguera22. De no haberlo impedido el desorden, que impera en el reinado, la obra de la Catlica hubiese sido la del Impotente. El matrimonio de la Beltraneja con heredero de Portugal apunta hacia la unidad peninsular, imposible hacia el Medi- terrneo por la enemistad de Juan II hacia el Castellano y la inclination atlntica del reino mesetario.

    En 1463, poco antes de ordenar entrada en Valencia al Adelantado de Murcia, en el marco de las guerras aragonesas 23, Enrique IV da un primer paso hacia las Indias, concediendo el senorio de la Mar Pequena y otras costas, situadas en el Africa del Poniente, a Diego de Herrera, senor de las Canarias, en mancomun con el Comendador de Montalbn 24. Propietario del predio el duque de Medina Sidonia, por concesin de Juan II25, el Impotente omite la vieja merced, segn hizo en otros casos y ocasiones, buscando debilitar derechos privados, que estorbasen futura incorporation del predio a la Corona.

    Entradas en el reino de Granada y cabalgada, que aprovechando guerra civil entre moros termina en la conquista de Estepona26, denuncian la intention de liquidar el estado musulman. Y la sentencia, firmada en Medina del Campo, a 16 de enero de 1465, aprovechando tregua en guerra civil, la ha de introducir el Santo Oficio en Castilla. Apartados los mahome- tanos de la Corte, por presin de la Iglesia, que quiz coincidiese con los deseos del monarca, este ordena hacer inquisition en todo el reino, para

    21. Ibid., leg. 919. 22. Lope de Barrientos, Refundicin de la Crnica del Halconero, Madrid, Espasa Calpe,

    1946, p. 170-171. 23. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 465. 24. Ibid., leg. 4278. 25. Ver supra la nota 22. 26. Diego de Valera, obra cit., p.49.

  • 86 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    descubrir cristianos judaizantes, tornadizos, y que no viven como cat- licos, con el fin de castigarlos en consecuencia27. Pblicamente aman- cebado el duque de Medina Sidonia, y teniendo por heredero un bastardo, es victima propicia de la disposition.

    Declarando que solo el cristiano viejo podr llamarse natural del reino, Enrique priva de su ciudadania a mudjares y judios, condenados a retirarse en morerias y juderias, pasado un plazo de doce meses. Prohibido su contacto a los cristianos, se impone la memoria gentica. A imitation de su abuelo, el monarca receta senas de identidad, a los judios pano Colorado en los pechos y al mudjar media luna azul, anadiendo, en los varones, ridiculo capuz amarillo 28.

    Numerosos y poderosos los afectados por la sentencia, Enrique no tarda en ser destronado en efigie. Proclamado su hermano menor en Avila, se reanuda el dporte nacional de la guerra civil, que culmina en Olmedo, por agosto de 1467 29. Rey de pleno derecho por espacio de once meses 30, muere Alfonso XII a consecuencia de una trucha, convenientemente adobada31, recuperando Enrique su trono para defenderlo de Isabel, que con ayuda de Juan II de Aragon, parte en dos Castilla32. Muerto en brve paz el Impotente, al pretender heredarle su hija, con el apoyo de Portugal, estalla la guerra de sucesin. Necesitada de dineros, Isabel no pierde de vista su conquista de Guinea y la Ysla de Africa, pues manda seis carabelas, en busca de oro, esclavos y menegueta 33.

    Terminada la contienda, introduce la Inquisition, con mejor pie que su hermano, procurndose policia y tribunal, que le permite, entre otras cosas, liquidar los incmodos cabildos de Crdoba y Sevilla. En orden su retaguardia, arremete contre los granadinos, dispuesta a rematar la anexin de Andalucia. En manos de Castilla casi un tercio del territorio musulman, Inocencio VIII estimula a la soberana, en 1486, mejorando la oferta de Eugenio II, al difunto rey D. Juan. No solo tendrn los reyes y senores de Castilla derecho al patronazgo de las iglesias, que habrn de construir donde estuvieron las mezquitas, con el derecho adjunto de presentation de prelados y clrigos benefciados, ademas percibirn dos novenos de los diezmos que paguen a la Iglesia los cristianos viejos y nuevos 34.

    Oferta cicatera, pues no compensa tan escueta participation, la prdida de las cargas que pesaban sobre el mudjar. Sacadas cuentas, la Catlica se

    27. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 687 (sentencia para la gobernacin del reino). 28. Ibid., leg. 922, 4045, y 921. 29. Diego de Valera, obra cit., p. 164, 178, 179. 30. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 965, 922 y otros. 31. Diego de Valera, obra cit., p. 164, 178, 179. 32. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 924. 33. Antonio Rumeo de Armas, Cdulas de Isabel la Catlica, ano de 1475. 34. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 349.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 87

    guarda de forzar conversiones, y promete a los granadinos, que capitulan su rendicin, respetar su credo 35. Cumpli en esto su palabra, pues, mientras pudo, no se produjo en Granada una sola conversion propiciada por los poderes publicos. En 1493 escribe Pedro Fajardo que no las avia, ni se esperaba que las oviere, porque los moros no tenian ni querian iglesias 36. Esto no impide que Alejandro VI concda las Indias a la Catlica, inclu- yendo entre los mritos que le hacen acreedora a tan sabroso premio, el de haber convertido un reino mahometano al cristianismo 37.

    Respetuosa de su palabra en cuanto le conviene, olvida la reina que la dio de no enajenar villas y lugares, para darlos a sus fieles. Repartidos generosamente los granadinos, venden los agraciados castellanos a caballe- ros andaluces, que al estar ms a la mano, amplian su estado en suelo musulman. Usa la reina en sus mercedes del propio mutuo e cierta ciencia e poderio real absoluto, inventado por Juan II, que situ la voluntad del rey por encima de las leyes, las Cortes y la real palabra. Asi consta en el privilegio de los Vlez, Cuevas y Portilla, otorgado a Pedro Fajardo en 150338.

    Cardenal Primado y Arzobispo de Toledo, Pedro de Mendoza distri- buye sedes episcopates. Lo sern Granada, Guadix, Malaga y Almeria, aprovechando el prelado el decreto de ereccin, para marcar las lineas directrices de la historia oficial, que se respetan hasta en nuestros dias. Tras justificar las guerras civiles de la Catlica, calificando lo anterior de tirania, se flicita porque expulsada del reino, no se dieron los monarcas al ocio. Cumpliendo su deber, la emprendieron con los agareros, declarados extranjeros definitivamente, al quedar asentado que viniendo de Africa, tuvieron ocupada la Andalucia, conocida vulgarmente por Reino de Granada, durante 770 anos.

    Correspondi a Isabel cerrar el nefasto periodo, expeliendo de alli la prfda secta de los infieles 39. Aunque pocos musulmanes optaron por la emigracin, vendiendo a cristianos viejos, que se instalaron en el casco de la ciudad, y algunas alquerias prximas40, dice el prelado que la reina restituy, ya en 1492, el territorio a la fe catlica, quitando a los infieles para darlo a los fieles. Pero un lapsus rvla muy distinta verdad. Refirin- dose a la sede de Almeria, nos dice que alli nunca floreci el verdadero

    35. Ibid., leg. 477 (correspondencia del Ier Marqus de los Vlez, con su hijo y sus letrados, sobre la conquista de Granada y conversion de los granadinos, con otros tocantes al pleito de los diezmos).

    36. Ver supra la nota 35. 37. Juan de Solrzano Pereyra, Politico indiana, Amberes, Cornelio Vendussen, 1703,

    p. 24-25. 38. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 580. 39. 7&i

  • 88 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    culto de Dios41. Afrmacin razonable, por haber sido el hispnico visigodo aficionado al arrianismo, mostrando el andaluz inclination particular al gnosticismo.

    Recogiendo velas a renglon seguido, Mendoza reemplaza el nunca dterminante, por un mucho tiempo circunstancial. Y achaca la ausencia de huellas de cristianismo, en los naturales y el entorno, al largo periodo durante el cual totalmente se habia interrumpido y profanado el culto 42, borrando de la memoria de los hombres y el paisaje, la huella del Evangelio. Sin embargo, nada les impidi refrescarla, por ser frecuentes los contactos del moro almeriense con castellanos.

    Privada de diezmos, a falta de cristianos, la iglesia de Granada languidece. Acudieron a la ciudad de Almeria, donde tras la conquista quedaron doscientas casas de musulmanes y vivian juntos debajo de un adarve, tambin a Mojcar y Vera, por haber emigrado la poblacin en peso. Quiz fuesen los primeros en comprender que la civilization de la Berberia africana no era la suya, pues piden regresar al poco tiempo. Autorizados por Fernando el Catlico, y ocupados sus lugares, se instalan en arrabal proximo, de donde los saca el monarca para repartirlos entre Cuevas y Portilla. Eran muchos los cristianos que se domiciliaron en las ciudades episcopates, la de Baza, por tener abadia y Purchena, heredndose no pocos en Ronda, Vlez, Malaga, Marbella y Almuncar, pero no en otros lugares cabezas de partido. Realengos, o de senorio, la poblacin continu siendo musulmana, en su totalidad.

    Escasos los mudjares que aceptaban el bautismo, el clero se enfrenta a prsente precario, sin esperanza de mejor porvenir. Francisco Ximnez de Cisneros, Arzobispo de Toledo, Cardenal y confesor de la Reina, se muestra ms avispado que su predecesor. Enterado que se ngocia bula, ventajosa para el poder temporal, que mermar los ingresos del Altar, aprovecha o propicia suceso luctuoso, para provocar la primera conversion general de Granada43. Rsidente en la capital y al corriente de lo que se prpara, Haxa, hija del caudillo Abenamar y viuda de Mohamet Aduladin, vende en nombre propio y de sus hijos a Juan Chacon, Adelantado de Murcia, parte de un molino y otras heredades en Oria, que recibi su difunto esposo, por merced de los Reyes Catlicos, en 4.500 maravedis, frmando la escritura a 15 de octubre de 1499.

    No han pasado dos meses, cuando corre por Granada el rumor de que ciertos moros, en el Albaycin, han matado cristianos. Me acuerdo muy

    41. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 1298 (cartas del Ier marqus de los Vlez, con sus letrados en Granada y su hijo, sobre asuntos diversos, escritas entre 1520 y 1546. La mayor parte de las noticias, se refleren al pasado).

    42. Ibid., leg. 349. 43. Ver supra la nota 35.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 89

    bien dello, que lo vi44, escribe Pedro Fajardo, referindose a las consecuen- cias del hecho, que no al hecho en si, pues no estuvo prsente. Y cuenta cmo se anunciaron embargos de bienes, ejecuciones y prisiones, de carcter indiscriminado, a titulo de represalia. Ausentes los reyes en Sevilla, acudie- ron los moros a Fr. Francisco Ximenez, en demanda de perdn, prome- tiendo conversion colectiva si daba carpetazo al asunto. Accedi el clrigo, bautizando a todos los musulmanes de Granada, ejemplo que siguieron los de la Vega y las alquerias prximas. Sin otro remedio, los monarcas determinan que se haga otro tanto en las sedes episcopales y Baza, donde hay fortaleza, guarnicin y poblacin armada cristiana, que triplicaba a la musulmana. Contribuyen con ddivas de dineros, mercedes y promesas, repartidas entre vecinos principales, cuyo ejemplo pudiera condicionar al comn, y aunque los moros destas cibdades, que quedaron en ellas mudjares, no tenian culpa de la muerte de los cristianos del Albaycin, tambin se tornaron luego cristianos45.

    Dur la operacin un mes, interrumpindola la poblacin de la Alpujarra. Bautizada Granada, al correr que lo mismo se haria con ellos, por no convertirse se levantaron, confiando en el resguardo de la sierra y las nieves. Acostumbrado a la inclemencia del invierno, el Condestable de Navarra penetr en la serrania por Andarax 46. Y el Catlico por marzo 47, asentando campamento donde estaba el mayor golpe de moros. Fajardo, que ira al socorro de Almeria, lo encuentra a su regreso, peleando en Lanjarn. Y la revuelta prcticamente dominada.

    Aunque no revisti peligrosidad los cristianos esgrimen, como de costumbre, el fantasma de una intervencin africana, que abra de nuevo Espana a la morisma. Pero esta no se produce, ni se producir jams, porque los moros espanoles fueron tan extranjeros en Berberia, como los de Berberia en tierras andaluzas. Nos dice Fajardo que, por San Juan, cuando regresaron los Catlicos a Granada, se levante la serrania de Ronda. Los sevillanos las pasaron estrechas, quedando en el campo Alonso de Aguilar. Derrotados los mudjares, el miedo a la venganza les empuj al bautismo, buscando el perdn en conversion general. Convertidos los ms, cruzan los menos el Estrecho, y otros no tuvieron tan buena salida para si, pues murieron peleando por no bautizarse.

    Situa Fajardo el suceso en 1500, antes de la ultima revuelta48, hacindolo los anales en 1501. Fechada la batalla, concretamente a 18 de

    44. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 481. 45. Ver supra la nota 35. 46. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 349. 47. Lorenzo Galindez de Carvajal, Anales breves de los Reyes Catlicos, Madrid,

    Ribadeneyra, 1877, p. 550-551. 48. Ver supra la nota 35.

  • 90 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    marzo 49, pudo confundirse el andaluz, pero tambin el cronista, interesado en este caso. Bautizados los rondenos en 1500, hubiesen correspondido a la Iglesia los siete novenos del diezmo que devengasen, pero de haberlo sido en 1501, los seis novenos quedarian a la Corona, y el tercio de Dios a la parroquia del lugar. Esta es la causa de que viniese como anillo al dedo, a los Catlicos, la revuelta que estall en la boca del invierno. Levantados los mudjares en las sierras de Belefique, Fillabares, Lanjarn y Hujar, se interrumpen los bautismos, acudiendo Fajardo a sofocar disturbios al otro extremo de la sierra. Los de Nijar se amparan del castillo, que les sirve de refugio en sus correrias, apoyndoles Huebro, Tabar y Anox. Extenso el movimiento, pero indiferentes los africanos, que no mueven un dedo por conservar Andalucia para el Islam, sera controlado oportunamente, con la bula de Alejandro VI en puertas 50. Pasados a cuchillo los varones en edad de pelear, reducidas a esclavitud las mujeres, quedan libres los ninos51, justificando el desorden la larga pausa que separ las conversiones gnrales.

    Desesperando al prelado por su tibieza, los Catlicos se pararon a pensar, dejando transcurrir ano y medio entre la conversion de Granada y la de 1501, por no arriesgar lo ganado, con precipitaciones imprudentes. En los mas lugares, bibian moros e en ley de moros, sin que hubiese vecino cristiano y pagando impuestos en consecuencia hasta el 5 de junio de 1500. En este dia entr en vigor la bula de Alejandro VI, que en lugar de los dos novenos del diezmo de Dios, cede a la Corona y a los senores temporales seis novenos de cuantos mahometanos convertiesen en adelante, quedando el tercio para la parroquia del lugar. Llamados cristianos nuevos los bautizados despus de este fecha, mas no los que estaban convertidos y bautizados con anterioridad, no pocos granadinos adquieren el titulo honorabilisimo de cristianos viejos.

    La participacin en las rentas eclesisticas despierta el celo evangeli- zador, tanto en la Corona como en los senores. Decretada conversion general definitiva, se ofrecen regalos en dineros, vestidos y juros de por vida, que incitan a proclamar, por dogma, el misterio de la Santa Trinidad. Segn Fajardo, el mudjar desapareci de la Peninsula, para ser reemplazado por el morisco, por fecho e por armas e sin ellas52. An no heredado en Almeria, decide cristianizar a sus vasallos de Murcia. Mahometanos, los de Molina Seca, ceden a las ventajas de pagar impuestos como cristianos, aligerados por franquicias que otorga el senor, compensando ampliamente por las tercias. En documento pblico, donde se asientan puntualmente las

    49. Ver supra la nota 47. 50. Ver supra la nota 35. 5 1 . Ver supra la nota 47. 52. Ver supra la nota 35.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 91

    temporalidades, que acompanan al cambio de fe, aceptan el bautismo, fechando el acto, para que no haya dudas, a 27 de noviembre de 1501 53.

    Los de Cuevas negocian con los Catlicos. Sern cristianos a cambio de un perdn general que borre cuantos delitos cometieron en las revueltas pasadas, ventajas fiscales y castigo para quien les llame moro, mora o tornadizo, obteniendo permiso para banarse cuanto les venga en gana54. No es excepcin. Se preservan los banos de Alhama y Mula y en 1526 los hay en Oria. Aparecen en el documento de venta del lugar, como propios del senor, porque lo fueron del rey moro, junto con la fortaleza, sus peltrechos y los vasallos, valorados a cinco mil maravedis por barba55. Esto io implica que tuviesen estatuto de siervo de la gleba. Jams los hubo en Castilla, y si vemos calcular el precio de los lugares, en funcin a sus habitantes y derechos que devengan, es este capital mudable, por ser libre el castellano de cambiar de residencia a su antojo56. Del senor dependia acrecentarlo con mercedes y exenciones colectivas o mermarlo usando de rigor.

    No pasan los monarcas, ni por supuesto la Iglesia, por consentir que los moriscos sacrifiquen las reses, segn el ritual cornico57. Rechazadas las splicas en tal sentido, la costumbre se continua, especialmente en las poblaciones contumaces, como Vlez Blanco y Rubio, donde no abando- naron el Coran por dinero. Tras dos anos de resistencia pasiva, los ms van a la pila por su pie, o cruzan el Estrecho y otros destos nunca se bautizaron, que por no hazello se rebelaron 58.

    Andaba el ano de 1526, cuando la Inquisicin se decide a intervenir, prohibiendo en todo el reino que el morisco ejerza de matarife, ni aun a domicilio. Unicamente se podrn matar animales en lugar de cristianos viejos, donde habrn de llevarlos sus duenos conversos. Alejados los pueblos entre si, intransitables los caminos y abundantes los salteadores,

    53. Pagaban los mudjares servicio y medio servicio, peones, levas, alfatra, cebeaje, azaque celemin. Conversos los de Molina, sobre tanulla y media solo pagan el diezmo de la Iglesia, como lo pagan de todo lo dems, del que dividido en nueve partes, corresponden seis al senor. Del resto de las tierras que labraren y ganados, darn al senor un sexmo, y sera dueno de una morera de cada ocho. Cobra ademas dos gallinas por Navidad, dos polios por San Juan, y una carga de paja. Pagar el conjunto, cada ano, cinco mil maravedis, por tercios. En Vlez Blanco pagan el diezmo de la iglesia y el sexmo del sefior. Con privilegio de labranza y crianza, como los anteriores, solo pagarn alcabala por lo que vendieren. Pueden romper cuanta tierra les venga en gana, y sus ganados tendrn herbaje franco en todos los pueblos del marqus, en Lorca, donde tiene la alcaydia de los reaies alcazares y en Caravaca, por ser comendador, sin pagar el real por cabeza, que se estila en Castilla, borra, asadura ni castilleria. Los cristianos viejos, nuevos pobladores, son libres de pagar alcabala.

    54. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 509. 55. /6iY/.,leg.446. 56. Ibid., leg. 345, 734. 57. Ibid., leg. 509. 58. Ibid., leg. 477.

  • 92 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    profesionales o eventuales, era el mandato tan dificil de observar y absurdo, que el obispo de Almeria concede licencia a ciertos cristianos nuevos, para sacrificar reses a domicilio en su pueblo. La magnanimidad del prelado no calma el nimo de Pedro Fajardo. En pleito sus vasallos y l mismo con la curia, escribe indignado : por via de esta abdencia (de Granada), y por via de Inquisition, han de seguir asta la muerte a estos vasallos por ser mios, atemorizndolos y amedrantndolos, con el fin de que ellos no seguirn sus pleitos que se traen con el obispo. Y que no se hagan zambras ni tomen sus pasatiempos 59.

    Nada tiere que ver la cuestin con problemas de fe o de dogma. La curia prtende los siete novenos 'del diezmo procedente del cristiano viejo. Y a ser posible las del nuevo, trasladando en el tiempo las conversiones, para poder aplicar la bula de Inocencio VIII al mayor numro posible de individuos y el marqus de los Vlez, como no pocos senores, intenta probar que el continente condiciona al contenido, para conservar el sexmo en toda su tierra, so pretexto de que al haber sido de mdros, hasta 1501, habia de rgir la ley de los reyes moros, y en todo caso la bula de Alejandro VI, con independencia de la fecha en que recibi el bautismo quien la explotaba60.

    Por eso cuando ha de admitir nuevos pobladores, procedentes de Aragon y Castilla, no faltando desertores del senorio de Medinaceli, los ciento veintin individuos que toman vecindad entre 1512 y 1530 61 han de comprometerse en documento pblico, cada uno de por si, a labrar la tierra y tenerla segn la ley y fuero que poseen los otros vecinos desta villa, que es general a todos, porque en tiempos recibi el Fajardo sus lugares de Granada, como los tuvieron y poseyeron los reyes moros62. No eran vasallos suyos los de Vlez, en 1501, pero ya se negaron a pagar al obispo. Sin hacer caso de censuras y amenazas, se obstinan en entregar sus tercias al dueno de la jurisdiction, nico proprietario, a su entender, de los seis novenos, dejando el resto a la parroquia. Demandados los vecinos, y procesados, lo sern igualmente prrocos y benefciados que, sometidos a la bula de 1486, recibirian un noveno del diezmo, no los trs concedidos por la de 1500 63.

    Unindose el cristiano viejo a la postura del nuevo, porque no paga alcabala ni otros derechos preceptivos en Castilla, sera victima del obispo que, para doblegar al comn, le infringe cuantas vejaciones y molestias tiene a la mano. Habiendo vicario y juez eclesistico en Vlez, cita a los feligreses,

    59. Ibid., leg. 1.298. 60. Ibid., leg. 477, 1.298. 61. Ibid., leg. 1.65S. Relation de nuevos pobladores, con sus fiadores, recibidos en los dos

    Vlez entre 1512 y 1530. 62. Ibid., leg. 1.298. 63. Ibid, leg. 477.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 93

    bajo el menor pretexto, ante el tribunal de Almeria, obligndoles a recorrer veintids lguas, las mas a lo largo de una costa frecuentada por los moros de allende, aficionados a cazar cautivos. Se exponen y gastan en el trayecto, para continuar gastando en la ciudad, al prolongar su estancia, incidencias absurdas cuando no prisiones insospechadas 64. Tibia la fe del catecmeno, la conviction de que el Dios de los cristianos buscaba su boisa, pero no su alma, le Uev a perder el temor al infierno.

    Les trajo al fresco a los prelados la salvation de las animas, dejando indiferentes a los legos. Y esto se reflej en la construction de las iglesias. A cargo del senor, como propietario de las tercias, no se esforz en construir- las. Ni el pueblo se molest en pedirlas. A imitation de los Catlicos, que hicieron otro tanto en realengo, los senores levantaron malas chozas en el solar o ruinas de las mezquitas, sin campanas, ornamentos ni retablo, suficientes para unos feles, poco inclinados a la oration. Y hasta faltaban en no pocos lugares, cuando en 1513 se hace inventario de los templos, consignando las reformas que precisan las mezquitas an en pie. Y lo que se habr de reparar o construir de nuevo 65.

    Porque no queda otro remedio, en 1514 inicia el marqus, Pedro Fajardo, las obras en Oria, Cantoria y Albox66. En 1521, terminada la fortaleza de Vlez Blanco, destina las vigas sobrantes a la nueva iglesia, no terminada hasta 1542 67, y en Cuevas reemplaza a toda prisa la que derrib un terremoto, porque los vecinos, que viven cerca de la marina, necesitan lugar fuerte, donde resguardarse, en caso de rebato de moros68. Hasta el prelado remolonea. Bien entrado el XVI, no hay catedral en Almeria, quedando sin efecto los 30 6 40.000 ducados, que Ueva recogidos el obispo, con destino a la fbrica.

    Firmes los vasallos del Fajardo en su negativa de dar dineros al prelado, consiguen excomunin colectiva. Asustado el marqus que terne reaccin popular, ordena a los letrados apelar a Roma para retrasar el entredicho, consecuencia de la sancin. En estas anda, cuando paran en la crcel del obispado, los clrigos de los dos Vlez y las Cuevas. Apenas conocida la noticia, los abogados habrn de ocuparse del marqus, cuya excomunin se publica en Almeria, a 26 de febrero de 1526. Llevando implicita la pena de ostracismo, alcanza a los familiares y criados que no se aparten de su persona, sin excluir al capelln Antonio Lumel. Pero la sancin no les impresiona, ni aun a los vasallos. Sabiendo que corchetes del obispo no entrarn en los pueblos del Adelantado para prenderles, sienten

    64. Ibid., leg. 559, 1.298. 65. Ibid., leg. 477. 66. Ibid., leg. 509. 67. Ibid., leg. 580, 1.298. 68. Ibid., leg. 580.

  • 94 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    alivio, pues, excluidos de la Iglesia, nadie podr citarles al tribunal de Almeria ni presionarles para que acudan, como en otros tiempos. Porque ha de quedar bien con los Catlicos, Pedro Fajardo se lamenta, sin salir de su madriguera: esta este pueblo sin sacramentos tantos anos ha...69.

    No hay quien los administre ni entierre en Cuevas y Portilla, a causa del entredicho, pero fue en Arboleas, al margen del conflicto, donde cierta cristiana nueva qued por muchos dias insepulta. Siendo norma en el marquesado no recibir por prroco de un lugar a eclesistico que tuviese beneficio en otro, cuando el obispo nombre el de Zurgena, para serlo en la aldea, cabildo y pueblo le negaron la posesin. Requerido el de Cantoria para el entierro, se abstiene de acudir, brindando a su colega oportunidad de llamarse a posesin, por via de hecho. Pero los familiares de la difunta no consienten que se acerque. La prefieren de cuerpo prsente, quiz por ocurrir el suceso en enero, a permitir la intromisin de un clrigo, en contra del fuero y los derechos locales 70.

    El pleito de los diezmos es sentenciado por octubre de 1536. Quedan al marqus las tercias de los cristianos nuevos, bautizados a partir del S de junio de 1500, pero no el diezmo de los viejos. Calculada la prdida en 500.000 maravedis, pues habr de reponer lo cobrado indebidamente, el Fajardo corta por lo sano. Al haber jurado, cuando tom posesin del mayorazgo, que no mermaria sus rentas, para cumplir tendra que librarse de los cristianos viejos, que ha recibido. Y no admitir ninguno en adelante. Anular las concesiones, incluso la de ciertas tierras incultas cabe la mar, que hizo en trmino de Cuevas a vecinos de Vera, converso el uno de judio y los dems de moros, bajo la bula de Inocencio VIII. La merecieron por ser Pescadores de jbega que a veces traian buen pescado. Y lamenta suspen- derla, pues fueron mis amigos.

    Los dems nuevos pobladores son forasteros, y ninguna naturaleza aqui tienen, que les impida bolberse a bibir a las naturalezas donde vinieron. Los casi trescientos vasallos moriscos desposeidos que tiene en sus pueblos les comprarn las casas que hicieron, en solar gratuito, por vivir con farta estrechura en las de sus padres. Y tambin las vinas que plantaron y el ganado que pagarn con crditos de genoveses, a cuenta de la lana destinada a la exportacin. La tierra de labor no parece plantear problemas. Las de cristianos ni son muchas ni buenas, por estar lo mejor en manos de moriscos, facilitando la operacin el rgimen de propiedad. Vigentes las leyes de moros, quien no labrase por trs anos consecutivos, perdia su derecho, pudiendo entrar cualquier vecino en la tierra, y faserla por suya mientras labrare, o yo dalla a quien quisiere. Aun siendo mala, los

    69. Ibid., leg. 1.298. 70. Ibid., leg. 1.298.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 95

    cristianos nuevos alzarn [...] las manos a Dios, porque se les d, ganando el marqus con el cambio, pues ofrecen pagar un segundo diezmo y alcabala, de la que eximi a los castellanos71.

    No hubo en los pueblos del Almanzor cristianos anejos ni conversiones prematuras. Pocos y pobres en los dos Vlez y las Cuevas 72, si padecieron carencias en atencin espiritual, las soportaron en silencio a ejemplo de un senor, cristiano viejo segn los genealogistas, que confiando su justicia y venganza en Dios, muestra hacia su iglesia un desprecio, que pocos imaginan en espanol de entonces.

    A exception de los curas perseguidos por la jerarquia, son los dernas rufianes, omes acabados y ladrones, en general personas idiotas, que aun leer no saben. Aficionados a empinar el codo, toman muy gentilmente el vino, imitando al obispo de Avila, borracho las ms oras del dia. Al de Almeria habria que quitarle los dineros de la Iglesia, porque no los gaste con sus mancebas, viviendo con 2.000 ducados de renta confesada como si tuviese 10.000. Pero no le han de prender, hacindole pagar lo que ha llevado, ni tampoco a sus clrigos, que amigos de lo ajeno y pendencieros, no dejan por todas vyas de fatigar a mis vasallos, como lo tienen por costumbre 73.

    Murio el marqus D. Pedro en 1546, sin dar su brazo a torcer. Y le sucedi su hijo Luis. Comedido de lengua, padece sin embargo al pastor de turno. Y lo sufren sus vasallos, pues levantado el entredicho, son convo- cados, de nuevo ante el tribunal eclesistico de Almeria. No han mejorado los caminos, pero si crecido el riesgo y las costas judiciales. Causas que usando de rigor paran en multa de 500 maravedis, les obligan a desem- bolsar ms de 6.000, cuando quiere y le apetece al prelado. Este cobra pero no paga, pues habiendo recuperado buena parte del diezmo y la obligacin de mantener el interior de las iglesias, las ms estn sin retablo ni rgano y alguna sin suelo. En aldeas donde hubo sagrario, cuando eran moros, se ha quitado con los leos, por no querer dar el obispo aceite para la lmpara. Y en muchos sitios no se dice misa los domingos ni en las fiestas de guardar por no mantener al cura.

    El dinero de las parroquias y los hospitales, que se hicieron por remedio de los pobres para quien se instituy, queda en manos del tesorero, que reune al ano 20.000 ducados para usarlos en tratos y grangerias, escasamente evanglicos, de que ay no pequeno escndalo y murmuracin. Denunciadas estas y otras cosas ante la Chancilleria por los ciudadanos del comn, consiguen auto, dictado a 18 de agosto de 1568, que

    71. Ibid., leg. 1.298. 72. Ibid., leg. 477. 73. Ibid., leg. 1.298.

  • 96 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    poco o nada remdia. Unicamente recuerda, al prelado, cmo la justicia eclesistica ha de solicitar el concurso de la civil, para prender al lego o tomarle sus bienes 74. En puertas la guerra de las Alpuj arras, insistir hubiese sido prdida de tiempo.

    Como cada navidad, se publica bando, prohibindole el uso de su ropa y lengua al morisco, que, como de costumbre, sabiendo que tales leyes no se dictan para otra cosa, acuden a pagar la mordida, para dejar el decreto sin efecto. Pero en esta ocasin Felipe II necesita una guerra que haga de su hermano General presentable. Rechazados los dineros, los que no entienden de provocaciones se levantaron en guerrilla, diminutivo en este caso, que no nombre comn de una forma de lucha. Acusados los levantiscos, en la Corte, de saquear pueblos 75, sofoca la revuelta el marqus de Mondjar. Muertos algunos, presos muchos y reducidos casi todos, pronto quedar la tierra mas quieta, pacifca y segura que antes 76.

    Moriscos, que no castellanos, nos informan de lo que ocurre al otro lado de la sierra, donde se inicia la contienda el 19 de abril de 1569, con la denuncia de un vecino de Vlez, al que han robado cristianos viejos de Lorca, Uevndole 500 cabras, en pleno dia y por la fuerza, para meterlas pblicamente en la ciudad. Ciudadano de orden, que se supone en estado de derecho, el morisco comparece ante un alcalde mayor, tambin morisco 77 que, cumpliendo su obligacin, inicia las diligencias.

    A 26 de mayo se sabe en Madrid que Juan de Austria va camino de Granada para ganar la guerra de las Alpujarras, con un ejrcito previsto de 30.000 hombres, que quedar en muchos menos 78. Entretanto, en los Vlez, se suceden los actos de violencia, perpetrados por soldados y cristianos viejos, en las personas y bienes de moriscos. Esos denuncian imperturbables y el alcalde se obstina, abriendo inutiles causas de oficio. Entre abril del 69 y el 28 de febrero de 1570, fecha en que la noticia de Galera abre los ojos al pueblo, se registraron setenta y nueve delitos contra conversos, con saldo de veintids muertos, sin contar las victimas de cabalgadas, y veinticuatro cautivos, los veintids cazados por gente de Lorca cuando sembraban la heredad de Chirivel, propiedad del comn, por orden del concejo. Invaria- blemente desarmadas las victimas, fueron soldados quienes mataron a dos ninos, cuyos cadveres amanecieron en la huerta. Y a trs vecinos, que trillaban sus campos. El hijo de Luis alaqui muri en la calle de Vlez Blanco, porque a un soldado le apeteci probar punteria79.

    74. Ibid., leg. 559. 75. Ibid., leg. 4.344 (cartas dirigidas por Gregorio Gonzalez de Vera a Garcia Toledo, desde

    la Corte, estando en Madrid y en Crdoba). Fechada a 13 de enero de 1569. 76. Ibid., leg. 4.344. Fechada a 13 de febrero de 1569. 77. Ibid, leg. 4.344. Fechada a 26 de mayo de 1569. 78. Ibid, leg. 4.344. Fechada a 26 de mayo de 1569. 79. Ibid., leg. 655. Testimonio de los danos que hicieron los soldados en los Vlez del 19 de

    abril al 28 de febrero 1570.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 97

    Aposentados sin licencia ni mandato, 300 milites saquean Vlez Rubio, hiriendo a cuantos se opusieron y apaleando a los justicias empenados en poner orden. Los de Oria, que pidieron tropas para protegerse de supuestos incontrolados, fueron apaleados por los que acudieron a socorrerlos. Suenan los capitanes Juan de Helizes, Juan de Haro y Alonso Carreno por matar, con su gente, cristianos nuevos. Empenado en no ver la evidencia, adems de pretender reprimir el delito, el alcalde mayor procesa al deslenguado. Lo sera Pedro Laso por tratar a sus convecinos de perros moros, y decir que la justicia e todos eran moros, e se avian de yr a la sierra. Junto con el morisco Alonso Marroqui, culpable de desacato a la Corona, pues proclam, mediado diciembre de 1569, que hasta el dia de ano nuevo era su vida, porque ya tnia proveido S.M. que los acabasen a todos 80.

    No le faltaba razn a juzgar por sendas cdulas que arrancaron los jvenes duques de Arcos y Medina Sidonia a Felipe II, el 6 de mayo de 1570, estando en Sevilla. Reconoce el rey haber ordenado que se sacase de la sierra de Ronda y comarca de Malaga, a los nuevamente convertidos, para meterlos la tierra adentro, revelando como yendo a ponerse en execution, muchos de los dichos cristianos nuevos se han subido a la sierra. Y porque havemos sido informados que los suso dichos lo hicieron enganados y persuadidos que la diligencia que se hacia era para matarles y quitarles sus mujeres y hijos y hacienda, autoriza a los dos duques para recoger a los que se entreguen y ponerlos a resguardo, en sus pueblos de cristianos, hasta que se acave de asentar el reino81.

    Si nos atenemos a las palabras del monarca, el miedo de los rondenos no era infundado. Para justifcar la insensata y cruel operation, dice que tuvo por causa excusarles de los malos tratamientos, (...) que reciben de los soldados y otros cristianos viejos, sus vecinos, los cuales, como hemos visto en el caso de los Vlez, fueron consentidos y provocados desde el poder, con el beneplcito de Juan de Austria y la bendicin de su hermano. Porque asi es y no lo ignoraban los jvenes andaluces, que cometen la desfachatez de pedir cuentas al rey, arriesgada de no haber sido poderosos, este se escuda en la impotencia. Los malos tratos que siguieron a la orden de destierro, no se pudieron evitar, aunque se ha procurado por todas las vias que se ha podido 82.

    En esta guerra, es victoria la presa de dos pastores con sus ganados, la caceria de moriscos huidos, que, al decir del general Duque de Sessa, caus cuarenta muertos de cada parte, proporcionando botin de reses y ciento

    80. Ver supra la nota 78. 8 1 . Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 946. 82. Ibid., leg. 946.

  • 98 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    cincuenta esclavas. O la emboscada de Padul, que le permiti liquidar doscientos cincuenta moriscos, torturando a los escogidos 83. Mai parados salieron, segn se dijo en Madrid, los quinientos caballeros que salieron de Guadix en los primeros dias. Muertos doscientos en un desfiladero, los otros 300 mostraron las herraduras 84 , quedando los cazadores, cazados.

    Pueblo abierto de cuatro mil vecinos, Galera es objetivo estratgico, por ser la primera plaza en que los moros se defienden 85. Encerrados por el marqus de Vlez desde diciembre, le reemplaza Juan de Austria en enero, con 15.000 hombres. A 27 intenta el asalto, para ofrecerlo a su hermano el rey, que camina hacia Crdoba. Rechazado, enjuga prdida de quinientos muertos, pero confesa trescientas bajas, incluyendo heridos 86. Entra en el lugar el dia de carnestolendas, y deguella a los cerca de 4.000 defensores, que sobrevivieron al asedio 87.

    En Sern los moriscos se acogen a un fuertecillo, para defenderse. Herido Luis de Quixada, que muere a consecuencia, son rechazados los castellanos, quedando enfermo Juan de Austria por varios dias, a causa del susto que le dio una pelota de arcabuz al chocar contra su celada, sin causarle dano alguno 88. Rebasado Sern, acampan las tropas sobre Tixola por cinco o seis dias, sin poder quitar la huida a los de dentro, que escurrindose roban la victoria. Desamparan la plaza los de Purchena, a solo el olor del ejrcito, quedando la campana en modesto triunfo. Fueron trescientos los moriscos muertos y seiscientos los cautivos, impedidos o minusvlidos, que no pudieron escapar89.

    El 15 de avril, y en plena guerra, doce cristianos viejos, con dos curas y un escribano en cabeza, prestan testimonio ante el alcalde de Vlez90. Olvidados los moriscos que inquietaban al marqus, por 1526, bravuco- neando armados por los pueblos, al no tener bienes que perder, ni temor a los 60 dias de crcel91, declaran unanimes que jamas vieron con armas a criado de la casa Fajardo, ni a ningn otro cristiano nuevo. A su entender, fueron siempre quietos e pacificos, apartados de ruidos, incapaces de

    83. Ibid., leg. 4.344. (Cartas dirigidas por Gregorio Gonzalez de Vera a Garcia Toledo, desde la Corte, estando en Madrid y en Crdoba). Fechada a 7 de febrero de 1570.

    84. Ibid., leg. 4.344. Fechada a 26 de mayo de 1S69. 85. Ibid., leg. 4.344. Fechada a 7 de febrero de 1570. 86. Ibid., leg. 4.344. Fechadas a 6 y 20 de enero y 7 de febrero de 1570. 87. Ibid., leg. 4.38 1 . (Carta de Gil de Ulueta a Garda de Toledo desde Zaragoza). Fechada a

    28 de febrero de 1570. 88. Ibid., leg. 4.344. Cartas fechadas a 13 y 27 de marzo de 1570. Leg. 4.381. (Carta de Gil

    de Ulueta a Garcia de Toledo desde Zaragoza). Fechada a 28 de febrero de 1570. 89. Ibid., leg. 4.344. Fechadas a 13 y 27 de marzo de 1570. 90. Ibid., leg. 4.379. (Cartas dirigidas por Guzmn de Silva, embajador de Espana, desde

    Gnova, a Garcia de Toledo). Fechada a 28 de febrero de 1570. 91. Ibid., leg. 1.298.

  • DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO 99

    hacer cosa que no deban, a hombre de bien. Y nombres de bien ellos mismos92.

    Decidido el Papa a formar ejrcito europeo, para ir contra el turco, urge dotar al candidato a general de victoria inmediata. Un tal Habaqui, supuesto portavoz de todos los moriscos, aunque lo sea de si mismo, reprsenta el papel de vencido en inimitable pantomima oficial, puesta en escena a 20 de mayo de 157093. Por estas fechas se calcula que deambulan por la sierra 6.000 monfies o sublevados, imposibles de vencer, pues no ay con quien pelear, porque no esperan y se suben luego a lo alto94. A falta de prisioneros genuinos, se recurre a los de guardarropia, que han de probar la derrota, echando mano de los moros de paz, asi llamados por no haberse movido de sus casas. Cazarles no plantea problemas pero hace falta tiempo para dotarles de signo externo que pruebe su condicin. Durante muchos dias trabajan los herreros, haciendo las arropeas o esposas, que llevarn por puisera, en penoso caminar hacia un destierro inmerecido 9S. Tristes cara- vanas, que probarn a Europa cmo Juan de Austria triunf sobre multitud, en nueva conquista del reino de Granada.

    En 1587 reaparecen doscientos monfies por las sierras de Jimena. Aceptados por los vecinos, hubiesen carecido de historia, y escapado a la historia, de no haberlos descubierto el alcalde de casa y corte, Valladares Salcedo. Buscando acelerar su carrera, se propone prender a estos moriscos, con tropa bizarra, pero advertidos a tiempo se esfuman sin aguardarle. Irritado y sospechando de los vecinos, har con ellos cuerda de presos, ingresando en la crcel de Ronda el corregidor, junto con sus administrados. Ausente el duque de Medina, sera su esposa, Ana de Silva, quien suplique por merced, la libertad de unos vasallos, que no deben padecer por esto. Correctos los monfies, los de Jimena, no eran sabidores de que fuesen delinquentes. Ni jueces para castigarlos 96.

    La guerra de las Alpujarras tuvo por botin la despoblacin. Se adjudic la Corona inmensidades, que quedaron incultas e invendidas. Decreciendo poblacin y produccin, disminuye la riqueza en consecuencia. Pero nadie escarmienta en cabeza ajena. En bancarrota el pais, segn confiesa el duque de Lerma, en carta de 21 de noviembre de 1607, Felipe III, con ayuda de Juan Castellanos su agente junto a Cidam de Marruecos, inicia la campana de intoxicacin, que ha de propiciar la expulsion de los moriscos. Acusados misteriosos emigrantes de preparar nueva invasion, a la moda del conde

    92. Ibid., leg. 572. 93. Ver supra la nota 90. 94. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 4.344. (Cartas dirigidas por Gregorio Gonzalez

    de Vera a Garcia Toledo, desde la Corte, estando en Madrid y en Cordoba). Fechada a 30dejuliodel570.

    95. Ibid., leg. 4.344. Fechada a 29 de octubre de 1570. 96. Ibid, leg. 2.962.

  • 100 LUISA ISABEL ALVAREZ DE TOLEDO

    D. Julian97, sern los expulsos quienes proporcionan a Felipe III los 200.000 ducados que pide Muley Xeque por entregar Larache, flnanciando la operation98.

    A 6 de julio de 1609 se fecha escrito alarmista que partiendo de la Corte, se distribuye a cabildos y a grandes. Desde que fueron vencidos, por ultima vez, los moriscos no han dejado de cometer delitos, siendo principal el de crecer y enriquecerse, contra los deseos del rey difunto. Inclinados a oficios y grangerias, que apenas interesaban al cristiano, excesivos en el trabajo y moderados en comida y traje, ahorraban en lugar de despil- farrar, convirtindose en potencia econmica. Para colmo de desgracias, llenaban la tierra, con ayuda del clero, que al no admitirles, salvo exception, en las rdenes religiosas, les eximia del celibato. Colabora asi mismo el rey, destinndoles a gastadores. Y su escasa aficin al oro fcil. Alejado de las Indias el cristiano nuevo, no se dejaba el pellejo sonando con hipotticas fortunas ".

    Probado todo esto, y vidente su proximidad con Berberia, siendo ladinos y aficionados a traicion, segun solia decir el propio Felipe III 10, se arreglarian con el turco, tomando contacto con otras naciones, que embidian tanto la grandeza de V.M. 101, metiendo por segunda vez a los moros en Espana. En base a tan slidos argumentos, se corre la voz acostumbrada de que se estan armando los moriscos. Y el Austria declare su guerra particular al enemigo interno de la Santa Fe Catlica. Iniciada en Valencia, se alzan por septiembre 3.000 cristianos nuevos, metindose en una sierra muy fuerte. Dias ms tarde sern 30.000 los que abandonan el llano, seguidos de sus hijos, mujeres y ganados. Va sobre tan aguerridas tropas Agustin de Mexia con los tercios de Italia. Iniciada la batalla a las 7 de la manana, en dia indeterminado, concluye a las 4 de la trade. De los cristianos no se dice muri ninguno, pero se sabe que cayeron I.200 moriscos 102.

    En los dias siguientes caza Mexia a los escurridizos. A 1 de diciembre, por horas de espra aviso de haber acabado lo de Valencia103. En la misma fecha escribe el secretario Prada. En Denia han quedado los tercios, para abrigar aquella costa, que lo avia menester, entretanto la tierra se

    97. Ibid., leg. 655 y supra la nota 79. 98. Ibid., leg. 953. Copias de cartas de reyes y sus secretaries, de 1608 y 1609, con el duque

    de Medina Sidonia. 99. Ver supra la nota 98.

    100. Ver supra la nota 79. 101 . Ver supra la nota 98. 102. Archivo Ducal de Medina Sidonia, leg. 2.849. (Cartas de Gernimo Delfino, de

    Granada y Avanilla, a la casa del duque de Medina Sidonia, del ano de 1609, mes de diciembre).

    103. Ver supra la nota 98.

  • 101 DEL MUDJAR A LA EXPULSION DEL MORISCO

    puebla 104. Los expulsos de Ricote quedan rezagados. Su partida dejar la Encomienda desfigurada y aun perdida. Futuro inevitable para Fadrique de Toledo, hijo del Comendador. Pero los moriscos no pierden la espe- ranza: estn en sus trece, con disciplinas y oraciones y descubierto el santisimo, y aguardan se ha de tener con ellos misericordia. En pleno invierno les meten en galeras, navio de verano, sin protection alguna. Enfermos de cmaras, Fadrique improvisa hospital, pues muertos algunos, no quiere perderlos a todos. Plato fuerte para el joven marino, que zarpa a primeros de febrero de 1612, cerrando la expulsion 105.

    En Africa se descaran los expulsos. Muy finos moros los de Horna- chos, Valencia y Aragon, optan por la profesion del corso. En cuanto a los de Cadiz y Sevilla se proclaman cristianos a voces, pidiendo regresar a la tierra, de donde son naturales, aunque les echen en galera para toda la vida 106. Para estas fechas, ya estn volviendo moriscos. Lo hacen por las plazas de Africa, de donde son nuevamente expulsados, y por las costas de Andalucia. Bien acogidos del pueblo, protegidos por los senores autctonos que ocultan su presencia al rey, morirn donde nacieron sus abuelos, engendrando nuevas generaciones de moriscos hispanos, a pesar y en contra de la real gana.

    104. Ibid., hg.95i. 105. Ibid., leg. 4.392. (Cartas de Fadrique de Toledo, desde Valencia y Ricote, a su padre,

    Pedro de Toledo, marqus de Villafranca, de finales de 161 1 y 1612). 106. Ibid., leg. 2.408. (Correspondencia de reyes y sus secretarios, con el duque de Medina

    Sidonia, de 1610 a 1612).

    InformationsAutres contributions de Luisa Isabel lvarez de Toledo

    Pagination81828384858687888990919293949596979899100101