Codigo de Etica de Los Servidores Del Ministerio Publico

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    Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial

    Poder Judicial de Honduras

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIARepública de Honduras, C. A.

    ACUERDO NÚMERO FG-!-"#

    DE$ FISCA$ GENERA$ DE $A REPU%$ICA

    CONSIDERANDO& Que el Ministerio úblico, por su condición de inte!rante del"istema Judicial, debe e#i!ir de sus ser$idores un comportamiento especial, %uedesta%ue la &onestidad, di!nidad, decoro ' prudencia en cada una de susacti$idades públicas ' pri$adas.

    CONSIDERANDO& Que los ser$idores del Ministerio úblico participan del e(erciciode la función principal de esta Institución, %ue consiste en representar, defender '

    prote!er los intereses !enerales de la sociedad, por lo %ue deben someterse nosolamente al ordenamiento (ur)dico $i!ente, sino tambi*n a normas de car+cter *tico.

    CONSIDERANDO& Que el Estatuto de la Carrera del Ministerio úblico, en la letra! del Art)culo -, dispone %ue los ser$idores de esta institución, deben estar sometidos a las normas de car+cter *tico %ue emita al /iscal 0eneral de laRepública.

    1R 2A321, en el e(ercicio de sus facultades le!ales

     A C 4 E R D A5

    el si!uiente,

    CODIGO DE ETICA DE $OS SER'IDORES DE$MINISTERIO PÚ%$ICO

    CAPITU$O I

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    DE%ERES EN E$ EJERCICIO DE SUS CARGOS

    Ar()culo !* 6os fiscales, a!entes de in$esti!ación, m*dicos forenses ' dem+speritos forenses, e(ercer+n su car!o con di!nidad, absteni*ndose de toda conductacontraria a la seriedad ' decoro %ue el mismo e#i!e. En consecuencia deber+n5

    a Abstenerse de emitir (uicio público o pri$ado, sobre los asuntos en %ueinter$en!an, calificando los &ec&os, di$ul!ando la identidad de losdenunciantes o de los in$esti!ados, anticipando criterios sobre lospronunciamientos de los tribunales ', en !eneral, sobre cual%uier aspecto %ueafecte las in$esti!aciones, lesione los derec&os de las personas o se pueda

    calificar como interferencia en la decisión de los tribunales.

    b "olamente podr+n pronunciarse sobre aspectos de car+cter !eneral 'doctrinario.

    c 0uardar la debida compostura, decoro ' respeto a la di!nidad &umana en lasdili!encias %ue practi%uen pre$ias al proceso ' en las %ue inter$en!an dentrode los (uicios.

    d 3o de(arse intimidar por las actitudes %ue asuman %uienes se sientanafectados en sus intereses por las in$esti!aciones o acciones (udiciales %ue

    realicen.e Hacer del conocimiento de sus superiores, toda presión de %ue sea ob(eto en

    el e(ercicio de sus funciones, para dise7ar la estrate!ia a se!uir.

    f Asistir puntualmente a las audiencias o reuniones se7aladas por lasautoridades superiores, siempre %ue &ubiese sido con$ocado pre$iamente.

    ! E$itar %ue su nombre identifi%ue o apare8ca en la papeler)a, documentación opublicidad de al!ún bufete u oficina %ue ofre8ca ser$icios al público.

    & Abstenerse de e#tender recomendaciones de cual%uier tipo.

    Ar()culo +* 6os fiscales, a!entes de in$esti!ación, m*dicos forenses ' dem+speritos forenses, e(ercer+n su car!o con inte!ridad, obrando con &onestidad,independencia, imparcialidad ' ecuanimidad. A este efecto, deber+n5

    a Escuc&ar cort*s ' respetuosamente a todas las personas %ue ten!aninformación útil para el e(ercicio ob(eti$o de sus funciones.

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    b Rec&a8ar a %uienes, superiores o e#tra7os, pretendan imponerle criterios en

    el conocimiento de los asuntos a su car!o, denunci+ndolos ante sussuperiores o e(erciendo las acciones %ue le!almente procedan.

    c E$aluar con prudencia las cr)ticas %ue sus actuaciones !eneren,apro$ec&ando lo positi$o de las mismas para modificar racionalmente suconducta.

    d Abstenerse de participar en acti$idades pol)ticas o e#ternar opiniones de esta)ndole, pri$ada o públicamente. "u inter$ención se limitar+ al e(ercicio delsufra!io.

    e Abstenerse de recomendar a profesionales del Derec&o o de otras carreras.

    f Actuar de modo %ue nadie, racionalmente, lle!ue a tener la m)nima sospec&ade %ue &a obrado impulsado por otro moti$o %ue no sea la aplicación recta dela le'.

    ! E$itar %ue el e(ercicio de sus funciones se $ea interferido o disminuido encuanto al modo, tiempo o calidad, por $irtud de otras obli!aciones permitidaspor la le'.

    & Rec&a8ar re!alos, d+di$as o comisiones de personas, naturales o (ur)dicas,%ue puedan comprometer su independencia e imparcialidad en elconocimiento de los asuntos %ue ten!an asi!nados o en los %ue se le puedanasi!nar.

    i Comportarse, frente a %uienes inter$en!an en el proceso, con el decoro ' lasolemnidad %ue su in$estidura ' las formalidades del proceso les impon!an,e$itando actitudes irrespetuosas.

    Ar()culo ,* 6os ser$idores del Ministerio úblico e(ercer+n su car!o con dili!encia,es decir, imprimir+n celeridad a los asuntos %ue est*n conociendo, e$itando retardosinnecesarios ' $i!ilar+n %ue cada uno de los inter$inientes en los procedimientosinternos, e(ecuten sus actuaciones dentro de pla8os prudenciales.

     A este efecto, los fiscales ' a!entes de in$esti!ación, cumplir+n con lo si!uiente5

    a Atender cort*smente toda denuncia %ue sea presentada, rec&a8andoúnicamente a%uellas %ue la le' e#presamente lo autorice9 sin embar!o, enestos casos se le indicar+ al denunciante el ór!ano competente pararecibirlas.

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    b Recibir la documentación %ue presenten los interesados ' %ue sea útil para

    las in$esti!aciones %ue se lle$en a cabo ' practicar cuanta dili!encia fuerenecesaria para arribar a conclusiones con la prontitud %ue permitan lascircunstancias.

    c Instituir mecanismos de control %ue permitan conocer la actuación delpersonal a su car!o ' al comprobar la comisión de irre!ularidades aplicar lassanciones establecidas en el Estatuto de la Carrera del Ministerio úblico.

    d Estimular al público en !eneral ' a los interesados, para %ue denunciencual%uier irre!ularidad %ue obser$aren en el mane(o de los asuntos a ellosasi!nados, para adoptar las medidas correcti$as %ue procedan.

    e 6os m*dicos forenses ' dem+s peritos forenses, en este conte#to, tendr+n losdeberes si!uientes5

    f racticar todas las acti$idades %ue fueren necesarias para e$itar los retrasosin(ustificados en la emisión de sus dict+menes, procurando e$acuarlos dentrode los pla8os le!ales o (udiciales, ', si no fueren establecidos, dentro de lospla8os %ue fueren racionalmente aceptados para el tipo de dictamen de %ue setrate.

    ! E#aminar todos los datos para construir sus dict+menes de modo %ue a!otenlos e#tremos solicitados por la autoridad respecti$a, sin %ue ello sea e#cusapara e$acuarlos fuera de los pla8os.

    Ar()culo * 6os fiscales, a!entes de in$esti!ación, m*dicos forenses ' dem+speritos forenses, actuar+n con se$eridad en el e(ercicio de sus funciones, por lo tantodeber+n5

    a Atender las denuncias sin establecer prioridades o clasificaciones %ue re$elenun inter*s en ciertos casos en per(uicio de otros.

    b racticar las in$esti!aciones o an+lisis t*cnicos ' cient)ficos, solamente enatención a los e#pedientes %ue se inicien de oficio o a instancia de parte, tanto

    dentro del Ministerio úblico como en los tribunales.

    c Elaborar sus escritos, dict+menes e informes ob(eti$a e imparcialmente,sustent+ndose e#clusi$amente en los &ec&os sometidos a su conocimiento 'debidamente comprobados o en las obser$aciones directas %ue se realicenpor ellos mismos.

    d /ormular en sus dict+menes únicamente criterios cient)ficos o t*cnicos,

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    e$itando &acer calificaciones %ue sólo competen al tribunal ' consideraciones

    de car+cter sub(eti$o o especulati$o.

    e E$aluar sus dict+menes con el único propósito de ser$ir a la $erdad ' con lacon$icción de %ue ilustrar+n al tribunal para dictar una sentencia ape!ada alderec&o ' la (usticia.

    CAPITU$O II

    DE%ERES FRENTE A $OS TRI%UNA$ES

    Ar()culo #* 6os fiscales, a!entes de in$esti!ación, m*dicos forenses ' dem+speritos forenses, frente a los tribunales tendr+n los si!uientes deberes5

    a 3o manifestar comentarios públicos o pri$ados sobre las decisiones (udicialesemitidas en los asuntos %ue inter$en!an, limit+ndose a utili8ar los medios deimpu!nación %ue la le' les ofrece, cuando est*n en desacuerdo con lasmismas.

    b En sus escritos, dict+menes e informes, deben e#presarse ante el 2ribunalcon len!ua(e apropiado a su t*cnica o ciencia, respetando la di!nidad ' eldecoro de sus inte!rantes ' de las partes inter$inientes en el proceso de %uetrate.

    c 6os peritos forenses, en sus dict+menes o informes, deben e#plicar cadae#presión o palabra propia de su ciencia o t*cnica, de modo %ue el Jue8, losapoderados ' los liti!antes comprendan f+cilmente lo %ue en el dictamen see#pon!a.

    d 6os fiscales solicitar+n al tribunal lo %ue pretendan, por escrito o, cuandoproceda le!almente, por $)a oral9 se abstendr+n, por tanto, de utili8ar unmecanismo diferente para comunicarse con las autoridades (udiciales,recomendando, insinuando o su!iriendo el sentido de las decisiones (udiciales.

    e "e abstendr+n de formular comentarios pri$ados o públicos sobre losfuncionarios (udiciales, %ue lesionen su di!nidad profesional o personal.

    f 6os fiscales, en el e(ercicio de la función de :inspección (udicial: %ue lesatribu'e la 6e' de la Carrera Judicial, deben ser respetuosos con losfuncionarios de los tribunales ' cuando detecten irre!ularidades las &ar+n delconocimiento de la Inspector)a Judicial, de la Dirección de /iscal)a ' de los2ribunales superiores.

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    CAPITU$O III

    DE%ERES EN E$ TRA%AJO

    Ar()culo .* 6os ser$idores del Ministerio úblico tendr+n los si!uientes deberes enel traba(o5

    a 2ratar respetuosamente a sus superiores, si!uiendo las instrucciones %ue lescomuni%uen por escrito o $erbalmente9

    b "ometerse a la (erar%u)a, por lo %ue se abstendr+n de ele$ar susplanteamientos a superiores distintos de los inmediatos, sal$o cuando *stosno los contestaren despu*s de %ue el inferior los formulare por m+s de una$e8 o se tratare de una %ue(a, precisamente, contra el inmediato superior.

    c Relacionarse cort*smente con los dem+s ser$idores del Ministerio úblico,e$itando crear ambientes o relaciones conflicti$as %ue afecten la buenamarc&a de las labores diarias.

    d Respetar la inte!ridad ' la di!nidad de sus subordinados, por lo %ue lasórdenes e instrucciones ser+n impartidas con su(eción a este re!la.

    e 6a (erar%u)a solamente podr+ in$ocarse para el cumplimiento de los deberespropios de la función pública9 por tanto, no podr+ imponerse para tareasdistintas o incompatibles con la función pública.

    Ar()culo /* 6os ser$idores del Ministerio úblico colaborar+n entre s) en ele(ercicio de sus funciones ' a este efecto obser$ar+n lo si!uiente5

    a 6a colaboración debe solicitarse por escrito, sin embar!o en casos calificadospodr+ pedirse $erbalmente.

    b Recibida la petición $erbal o escrita, de colaboración, el ser$idor la prestar+

    dili!entemente ' sin demora al!una.c "i lo solicitado re%uiriese de información adicional, *sta deber+ solicitarse sin

    dilación para cumplir con lo pedido.

    d Cuando se estime %ue cumplir con lo solicitado puede lle$ar m+s tiempo delpre$isto normalmente, se le &ar+ saber as) al solicitante.

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    e 3in!ún ser$idor se ne!ar+ a prestar la colaboración pedida ' en los casos en

    %ue fuere imposible deber+ notificarlo al solicitante.

    CAPITU$O I'

    DE%ERES FRENTE A $A SOCIEDAD

    Ar()culo 0* 6os ser$idores del Ministerio úblico, sin e#cepción, debencomportarse en su $ida pri$ada ' social, atendiendo las si!uientes re!las5

    a Comportarse de manera %ue nadie dude de su condición de ciudadanoe(emplar, %ue ofrece serenidad en el (uicio, prudencia en el actuar ' refle#iónen sus decisiones.

    b Abstenerse de concurrir a lu!ares, cu'o único ser$icio sea el e#pendio delicores, o se practi%ue la prostitución, (ue!os de a8ar, o cual%uier otra acti$idadindecorosa o contraria a la conducta %ue su car!o impone.

    c Comportarse con decoro en todas la reuniones sociales %ue asista, e$itandoactitudes %ue comprometan su condición de ser$idor de la institución %uerepresenta los intereses !enerales de la sociedad ' defiende los derec&os delos ciudadanos.

    d 3o participar en e$entos %ue puedan alterar el orden público.

    e Cumplir fielmente con las obli!aciones pecuniarias %ue contrai!a en su $idapri$ada, e$itando aparecer como persona de poco cr*dito o insol$ente.

    f Desarrollar una $ida familiar sin esc+ndalos ni actuaciones %ue e#&ibanpúblicamente los problemas %ue e#istieren en su &o!ar, conduci*ndosesiempre como un esposo, un padre, un &i(o, un ami!o ' un ciudadanoe(emplar.

    CAPITU$O '

    DISPOSICIONES FINA$ES 1 TRANSITORIAS

    Ar()culo "* 6as infracciones a las normas de este Códi!o se sancionar+n como seestablece en el Estatuto de la Carrera del Ministerio úblico.

     A los "er$idores del Ministerio úblico %ue e(er8an funciones distintas de las %uecorresponden a los e#presamente citados en este Códi!o, se les aplicar+n las

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    disposiciones del mismo en lo %ue les concierna.

    Ar()culo !* El presente Códi!o de ;tica de los "er$idores del Ministerio úblicoentrar+ en $i!encia a partir de la fec&a ' ser+ publicado en el Diario 1ficial :6A0ACE2A:.

    Dado en la Capital de la República, ciudad de 2e!uci!alpa, M.D.C., a los treinta deno$iembre de mil no$ecientos no$enta ' cinco.

    1  Publicado en el Diario Ofcial La Gaceta número 27849 de

    echa 6 de enero de 1996.