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AÑO CXLIV - MES VI Número 41.127 Caracas, lunes 3 de abril de 2017 Providencia mediante la cual se renueva la acreditación otorgada como Proveedor de Servicios de Certificación a la Sociedad Mercantil Proveedor de Certificados (PROCERT), C.A. Providencia mediante la cual se renueva la acreditación otorgada como Proveedor de Servicios de Certificación a la Fundación del Estado Fundación Instituto de Ingeniería para Investigación y Desarrollo Tecnológico (FIIIDT). MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de Jubilación Especial, a los ciudadanos que en ellas se mencionan. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de Jubilación Ordinaria, a las ciudadanas que en ellas se mencionan. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ENERGÍA ELÉCTRICA CORPOELEC INDUSTRIAL Providencia mediante la cual se designa como Miembros Principales y Suplentes de la Comisión de Contrataciones Públicas, con carácter permanente de esta Corporación, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella mencionan. TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA Comunicado Oficial mediante el cual el Tribunal Supremo de Justicia, apegado al principio constitucional de colaboración de las ramas del Poder Público en la realización de los fines del Estado, atiende el exhorto efectuado por el Consejo de Defensa Nacional. DEFENSA PÚBLICA Resolución mediante la cual se traslada a la ciudadana Marigreys Vanessa Blanco Martínez, como Defensora Pública Auxiliar Primera (1°), con competencia en materia Penal Ordinario en fase de Proceso, de este Organismo. Resolución mediante la cual se asigna competencia a la ciudadana Ingris del Valle Chacón Valecillos, Defensora Pública Auxiliar con competencia plena, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, para que asista, asesore y represente a la ciudadana Carmen Seijas de Sánchez, en todas las instancias e incidencias procesales a que haya lugar, en todo lo relacionado con la demanda en contra de la Empresa de Seguros Caroní, S.A., por concepto de Indemnización de Daños y Perjuicios, por ante los Tribunales Civiles del estado Zulia. Resoluciones mediante las cuales se designa a las ciudadanas y al ciudadano que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Organismo. SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N° 2.797, mediante el cual se dicta el Sistema de Viáticos para los Servidores y Servidoras Públicos al servicio de la Administración Pública. MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Franklin Arnoldo Villana Santangelo, como Director de Servicios Generales (E), de este Ministerio. Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Dilio Guillermo Rodríguez Díaz, como Coordinador de Habilitaduría (E), de la Oficina de Gestión Administrativa, de este Ministerio. BANCO CENTRAL DE VENEZUELA Actos Administrativos mediante los cuales se procede a la publicación del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en las Cuentas de Patrimonio y las Notas a los Estados Financieros del Banco Central de Venezuela correspondientes al segundo semestre del año 2016. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA Resolución mediante la cual se encomienda a la Empresa del Estado Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), ente adscrito a ese Ministerio, y en función del objeto para el cual fue constituida, la procura de los bienes que en ella se indican, los cuales serán recibidos por las diferentes Unidades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Resolución mediante la cual se designa a los ciudadanos Profesionales Militares que en ellas se indican, como responsables del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03) que se giren a las Unidades Administradoras Desconcentradas que en ellas se mencionan. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA IDEA Providencia mediante la cual se delega al ciudadano Elys Gilbrando Mora Belandria, en su condición de Presidente de esta Fundación, las atribuciones y facultades para la gestión administrativa de esta Fundación, así como los actos determinados en los procesos de contrataciones que se deriven de la aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento, en los términos que en ella se indican. SUSCERTE Providencia mediante la cual se designa la Comisión de Contrataciones de carácter permanente de esta Superintendencia, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se señalan. EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A. RIF: J-00178041-6

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AÑO CXLIV - MES VI Número 41.127 Caracas, lunes 3 de abril de 2017

Providencia mediante la cual se renueva la acreditación otorgada como Proveedor de Servicios de Certificación a la Sociedad Mercantil Proveedor de Certificados (PROCERT), C.A.

Providencia mediante la cual se renueva la acreditación otorgada como Proveedor de Servicios de Certificación a la Fundación del Estado Fundación Instituto de Ingeniería para Investigación y Desarrollo Tecnológico (FIIIDT).

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA

Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de Jubilación Especial, a los ciudadanos que en ellas se mencionan.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de Jubilación Ordinaria, a las ciudadanas que en ellas se mencionan.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ENERGÍA ELÉCTRICA

CORPOELEC INDUSTRIALProvidencia mediante la cual se designa como Miembros

Principales y Suplentes de la Comisión de Contrataciones Públicas, con carácter permanente de esta Corporación, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella mencionan.

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIAComunicado Oficial mediante el cual el Tribunal Supremo de

Justicia, apegado al principio constitucional de colaboración de las ramas del Poder Público en la realización de los fines del Estado, atiende el exhorto efectuado por el Consejo de Defensa Nacional.

DEFENSA PÚBLICAResolución mediante la cual se traslada a la ciudadana

Marigreys Vanessa Blanco Martínez, como Defensora Pública Auxiliar Primera (1°), con competencia en materia Penal Ordinario en fase de Proceso, de este Organismo.

Resolución mediante la cual se asigna competencia a la ciudadana Ingris del Valle Chacón Valecillos, Defensora Pública Auxiliar con competencia plena, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, para que asista, asesore y represente a la ciudadana Carmen Seijas de Sánchez, en todas las instancias e incidencias procesales a que haya lugar, en todo lo relacionado con la demanda en contra de la Empresa de Seguros Caroní, S.A., por concepto de Indemnización de Daños y Perjuicios, por ante los Tribunales Civiles del estado Zulia.

Resoluciones mediante las cuales se designa a las ciudadanas y al ciudadano que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Organismo.

SUMARIO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N° 2.797, mediante el cual se dicta el Sistema de

Viáticos para los Servidores y Servidoras Públicos al servicio de la Administración Pública.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNOResolución mediante la cual se designa al ciudadano Franklin

Arnoldo Villana Santangelo, como Director de Servicios Generales (E), de este Ministerio.

Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Dilio Guillermo Rodríguez Díaz, como Coordinador de Habilitaduría (E), de la Oficina de Gestión Administrativa, de este Ministerio.

BANCO CENTRAL DE VENEZUELAActos Administrativos mediante los cuales se procede a la

publicación del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en las Cuentas de Patrimonio y las Notas a los Estados Financieros del Banco Central de Venezuela correspondientes al segundo semestre del año 2016.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSAResolución mediante la cual se encomienda a la Empresa

del Estado Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), ente adscrito a ese Ministerio, y en función del objeto para el cual fue constituida, la procura de los bienes que en ella se indican, los cuales serán recibidos por las diferentes Unidades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Resolución mediante la cual se designa a los ciudadanos Profesionales Militares que en ellas se indican, como responsables del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03) que se giren a las Unidades Administradoras Desconcentradas que en ellas se mencionan.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,

CIENCIA Y TECNOLOGÍAIDEA

Providencia mediante la cual se delega al ciudadano Elys Gilbrando Mora Belandria, en su condición de Presidente de esta Fundación, las atribuciones y facultades para la gestión administrativa de esta Fundación, así como los actos determinados en los procesos de contrataciones que se deriven de la aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento, en los términos que en ella se indican.

SUSCERTEProvidencia mediante la cual se designa la Comisión

de Contrataciones de carácter permanente de esta Superintendencia, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se señalan.

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434.886 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DESPACHO DEL PRESIDENTE

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto Nº 7. 797 30 de marzo de 2017

NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los principios humanistas y en las condiciones éticas bolivarianas, por mandato del pueblo, en ejercicio de la atribución que me confiere el numeral 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 54 y 55 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y los artículos 225, 255 y 276 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que es necesario alcanzar el funcionamiento óptimo del estado; así como, racionalizar el gasto público para el cumplimiento efectivo de los proyectos, programas, obJetrvos y metas contenidos en el Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.118 Extraordinario de fecha 4 de diciembre de 2013,

CONSIDERANDO

Que es necesario sincerar el gasto público como mecanismo fundamental para garantizar la fiscalización y transparencia en la lucha contra la corrupción y correcto desempeño de los servidores y servidoras públicos en la Admrnrstracron Publica, atendiendo al máximo interés y bienestar del pueblo.

DICTO

El siguiente,

SISTEMA DE VIÁTICOS PARA LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS PÚBUCOS AL SERVICIO DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBUCA

Artículo 1 °. Este Decreto tiene por objeto establecer el sistema de viáticos aplicables a los servidores y servidoras públicos de la Administración Pública, entendiéndose por estos: los funcionarios y funcionarias de carrera, de libre nombramiento y remoción, obreros y obreras, contratados y contratada, cuya relación de dependencia corresponde a un órgano o ente de la Administración Pública.

Artículo 2°. A los efectos de este Decreto, se define como viático, la subvención ocasional o accidental que se paga en dinero a los servidores y servidoras públicos de la Administración Pública, para la realización de una actividad por la que requiera desplazarse de su sitio de trabajo habitual a otra localidad por instrucción del supervisor inmediato o de la máxima autoridad.

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Sin perjuicio de lo previsto en este artículo, la Administración Pública deberá procurar garantizar servicios propios de transporte, alimentación y hospedaje a sus servidores para disminuir los costos asociados al desplazamiento de dicho personal con ocasión de sus actividades propias.

En caso de no ser procedente, los conceptos necesarios se cubrirán de conformidad con lo establecido en este Decreto.

Artículo 3°. Se aprueba la siguiente escala de vratrcos para los servidores y servidoras públicos señalados en el artículo 1 º de este Decreto:

SITUACIÓN A SITUACIÓN B

Considerando 1

CONCEPTO Transporte Urbano Transporte

y Suburbano Interurbano y Rutas Periféricas

Considerando

Desayuno + Cena 25 UNIDADES 25 UNIDADES TRIBUTARIAS TRIBUTARIAS

Transporte 1 6 UNIDADES 11 UNIDADES 1 TRIBUTARIAS TRIBUTARIAS ---

Hospedaje l 30 UNIDADES 30 UNIDADES TRIBUTARIAS TRIBUTARIAS ---~ - ~

Parágrafo primero: No procederá la asignación por concepto de viáticos, cuando la distancia de reror·ich !:e"! MPr,0r e igt:al a cuarenta kilómetros (40 Km.).

La asignación a que se refiere este artículo se aplicará como un límite máximo diario que podrá recibir cada servidor o servidora público por concepto de viático.

Artículo 4°. Los órganos y entes de la Administración Pública deberán imputar los gastos por concepto de viático establecido en este Decreto, a la partida 4.03.09.01.00 "Viáticos y Pasajes dentro del País" o por la equivalente a esta que se prevea en el clasificador presupuestario.

Artículo 5°. Los viáticos asignados de acuerdo con la tarifa prevista en este Decreto, no tendrán incidencia salarial.

Los servidores y servidoras públicos que requieran viáticos deberán consignar ante la unidad tramitadora del viático del órgano o ente, los soportes documentales que demuestren fehacientemente la erogación del viático, cuando por las características, naturaleza o localización de la actividad esto resulte imposible deberá presentar exposición de motivos que lo justifique suficientemente.

Los órganos y entes de la Administración Pública, dentro de los treinta (30) días siguientes contados partir de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, elaborarán y suscribirán los manuales internos que regulen entre otros aspectos, los mecanismos de trámite y aprobación de la asignación de viáticos, así como el procedimiento a seguir cuando exista diferencia entre el monto de lo asignado y lo justificado como erogación, de acuerdo con los lineamientos emanados del Ministerio del Poder Popular de Planificación.

Artículo 6°. Los órganos y entes de la Administración Pública serán responsables de los gastos que, por concepto de hospedaje, traslado y de alimentación para largas distancias (aéreo, marítimo, terrestres), cuando no se encuentren dentro de las señalados en el artículo 3° de este Decreto.

Artículo 7º. Los órganos y entes de la Administración Pública sujetos a e~7 . Decret?, no pQdt'án recibir cantidades por concepto de v1aticos distintas a las previstas en el artículo 3º.

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.887

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DESPACHO DEL PRESIDENTE

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434.888 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

Refrendado El Ministro del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico (L.S.)

JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT

Refrendado El Ministro del Poder Popular de Planificación y Vicepresidente Sectorial de Planificación (L.S)

Refrendado La Ministra del Poder Popular para la Salud

RICARDO JOSÉ MENÉNDEZ PRIE"TO

(L.S.) ANTONIE"TA EVEUN CAPORALE ZAMORA

Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (L.S.)

ALOHA JOSELYN NÚÑEZ GUTIÉRREZ

Refrendado La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (! .S.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular para fa Juventud y el Deporte (L.S.)

BLANCA ROSA EEKHOUT GÓMEZ

MERVTN ENRIQUE MALDONADO URDANETA

Refrendado La Ministra del Poder Popular para el SP.rvicio Penitenciario (L.S.)

Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (L.S.)

MARÍA TRIS VARELA. R.ANGEL

FRANCISCO ALEJANDRO TORREALBA OJEDA

Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Cultura (L.S.)

ADÁN COROMOTO CHÁVEZ FRÍAS

Refrendado El Ministro del Poder Popular para la Educación y Vicepresidente Sectorial para el Desarrollo Social y la RPvolución de las Misiones (L S.)

Refrendado Ei l'-1inist·o del Poder Popular para la Educac•ón U'11vi>rsitilria, Ciencia y TecnoloCJÍé1 (1 '> }

EUAS JOSÉ JAUA MILANO

HUGgE1. RAl''AEL ROA CARUCI

Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo v Aguas (L.S.)

RAMÓN CELESTINO VELÁSQUEZ ARAGUAYAN

Refrendado El Ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda (l .S.}

MANUEL SALVADOP. QUEVEDO FERNÁNDEZ

Refrendado El Ministro del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales y Vicepresidente Sectorial de Desarrono del Socialismo Territorial <L S)

Refrendado El Ministro del Poder Popular para el Transporte y Vicepresidente Sectorial dE' Obrac; P•.'.!b'icas ,, Se,vicios (L e, '

ARISTOBULO IZTURIZ ALMEIDA

RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA

Refrendado El Ministro del Poder Popular de Obras Públicas (1 . e;,)

RP're.,~ado El "1in1<:tro del Poder Popular parn 1a En~rgía F.lér:tricil (L.$.)

Refrendado ::1 Ministro de Estado para la Nueva Frontera de Paz (L.S.)

CÉSAR ALBERTO SAI.A7AR (()LL

LUIS .IILFREDO MOTTA D0MÍNGUE7.

GERARDO JOSÉ IZQUIERDO TORRES

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.889

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO . ~4--••ZWBA MMISiilide Da '°' ur....M Nl IEI illCNO DE tA

PRESIDEMCIA Y DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO DESP DE LA MINIS11'tA

caracas, 29 ele marzo de 201 7

~SOLUOON Nº 015-17 AÑOS 206º, 158º y 18º

La Ministra i del Poder ~pular del Oespadlo de la Presidencia y Seguimieru;o de la Gestión de ~ d• ldadana CMtl'.EK UllESA. MELÉNOEÍ RIVAS, céd a de identidad Nº V-8.146.803, designada mediante el Decreto Nº 2.652 de fecha 04 de enero de 2.017, publicado en la Gareta Oficial ele la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.067 de fecha 04 de enero de 2017; en ejercicio de las ~~le-e~ ~ ~ 65 y 7S, flt:l,..,erales 2 y }~ del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; en concordancia con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento 9rgánico del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidend~ y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, en concordancia con lo establecido en los artículos 5 numeral 2, 19 y

?O de la Ley del Estatuto ' la Función Pública,

i RESUELVE

PRIMERO: Designar al dooadano FRANKLIN ARNOLOO VILLANA SANTANGELO titular de la Cédula de Identidad N<> V-16.371.194, Director de Servidos =(E) del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presiden · y Seguimiento de la Gesti6n de Gobierno, cort les" COl''tiJ!>E.ttl ICies . M , efe, ido ~, de- COI ~ n,idec! M ordenamiento jurídico vigente.

SEGUNDO: Mediante la !presente Resolución juramento al referido ciudadano, quedando ~ efecto cualquier Resolución o Acto Administrativo que colide con la presente.

TERCERO: La presente ~ución, entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de ~Juel,¡,,

Conforme a lo dispuesto I en el articulo 72 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Comuníquese y Publíquese.

~~vA!WllláNdP JJWIELA MtNIS!?'<>ta. POPUtM.1fll.. l 13· J1D1tO DE LA

PRESIDE,.,-A Y IENTO DE LA GSiliil N .se&IERNO DESP CHO DE LA MINISTM

· Caracas, 30 de marzo de 2017

SOLUCION Nº 016-17 AÑ 206º, 158º y 18º

La Ministra'. del Poder j:pular del Despacho de la Presidencia y Segui,mientq de la Gestión de Gobierno, ciudadana CARMEN TERESA MELENOH RIVAS, céd a de identidad Nº V-8.146.803, designada mediante e' Decreto N° . 2.652 de fecha 04 de enero de 2.017, publicado en la Gaceta Oñpal de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.067 · de fecha 041 de enero de 2017; en ejercido de las atribuciones que l.e confieren los aroculos 65 y 78, numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; ~n concordancia con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento 9rgárnco del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, er concordancia con lo establecido en los artículos 5 numeral 2. 19 y 20 de 1a Ley del Estatuto de la ~unción Pt1blica,

RESUELVE

P~IMERO: Designar al c,~dadano DILIO GUILLERMO RODRÍGUEZ DIAZ, bt.ular d7 la Cédula ¡de Identidad Nº V-9-.600.112, Coordinador de Hab1htaduna (E) de ,la Oficina de Gestión Administrativa del Ministerio del Poder Po~ular del Despacho de la Presidencia y ~eguimiento de la Ges~ón de Gobierno1 coA les. competeAcias inherentes al referido car o, de conformidad al ordenamiento jurídico vigente.

~EGUNOO: Mediante la~resente Resolución juramento al referido crudadaoo, quedando efecto cualquier ResoiuCión o Acto Administrativo que colide e n la presente.

TERCER~: La presente ~ución, entrará en vigencia a partir de su publlcac,on en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de \'eiezue!a.

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Conforme a lo dispuesto I en el artículo 72 de la Ley Orgánica de Proced1m1entQs Administrativos.

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434.890 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

BANCO I ENTRAL DE VENEZUELA fsALANCE GENERAL

COMPARATIVO (miles de bollvares)

OIRECIORIO

01tf1Cl()ffll

COMISARIO:

Evdomar Tova, Soh•• Nomuay -tetn.tndu P•u• Fr1"'_., .,.,,,oez Borub '-'•blo Anlba, P!t\-'O ChlllVIIJZ

- - -----------------------~-----~----------------ACTIVO

Activos en divisas

Ac.l\\•os de reserva C1'.>oonibilid~~PS en dw1sas (Nola 3> 1 ~rir·1~1as en dtrecnos esc;ec,ales de gro (Nota 4) mvc1~10,t•s en drvtS:tS (Not.1 5} Ore monel;,no (Nota 6)

S)o;.cio1 creo:tici.a neta eo el Fe,·-00 !.'.c,n!la'.Kl lnlern;;c10nal (Nota 4) CrJf1V('"11C$ 1r.:cr1act0na1es

'otal activos de reserva

,;~ro'> activos en divisas Resto cuera en el FMI (Nota 4) Acreenc,~s co~ bancos centrales 1 ilu os valores piiblicos en d1v1sas A.cJl,os 01ve1sos en divisas (Nota 7)

Te-tal otros activos en d1 visas

rotal activos en d1v1sas

Activos en moneda nacional

Asistencia credílicia (Nola 1)

lnst1tuc,ores fir~:,c,eras Total asistencia crediticia

Otros activos en moneda naciona 1

•1tu1os ,a10,es pubhcos (Nota 9) T,1t1los valores priva-0os ACli'IOS ÍIJO~ hwr.rs1ón en Cas~ de la Moneda ' ivers1ones diversas (Nota 1 O) t,c11vos d-vc,sos eo moneda nac>lflal (Nola 11)

Total otros activos en moneda nacional

Total act, "'ºs en moneda nacional

TOTAL ACT IVO

CUENTAS DE ORDEN (Nota 20)

Cuslodia~ rec b:das

Brlietes )' monedilS

()r~s cucnln~ de orden

TOTAL CUENTAS DE ORDEN

31112/2016

46.553 671 4.192.639 6.854.646

77 079 •95

7 882 248 40

142 362.739

42 038011 447 859

464 012 790 8 716 863 326 i"i23.361.986

9.365.724.725

-------º-º

736 147.317 818

4 622.511 4 .526.978

135 600 987 257 071.145

1.137.969.756

1.137.969.756

10.503.~

S 741.642

7 727.167.169

148 646.691

54 141 495

7.935.696.997

.as notas anexas forman rart'! de los estados financieros.

o S'

30/06/2016 PASIVO 31/12/2016 30/06/2016 i

105.229.845 4.370.122 7.152 836

75.047,911

8 201 859 16

i 200.002.589

43.742.572 447.487

432.752.547 .304.313.857 .781.256.463

.981.259.052

1.949.767 1.949.767

736.864.e42 818

2.269.213 2.733.043

135 601 188 252.346.937

.129.81S:Ó41

.131.765.808

5.113.024,860

4 930.362

r 391 186 095

93754 349

53.478.916

.543.349.722

Pasivos en divisas

Pasivos de reserva Depósitos en divisas FMI cuenlaS depósito a cono plazo Cuentas por pagar en divisas Convenios internacíooales

Total pasivos de reserva

Otros pasivos en divisas (Nota 12) FMI cuentas deposito a largo plazo T ilulos emitidos en divisas Asignaciones en derechos especiales de 9110 Pasivos diversos en divisas

Total otros pasivos en divisas

Total pasivos en divisas

P•sivos en moneda nacional

Base monetaria (~ola 13) Billetes y monedas en c11culacl6n Oepos110s de 1ns:i1uc1ones bancarias del pais Dep6s,tos espec ales del p()bhco

Tolal base monetaria

Otros pasivos en moneda nacional (Nota 1,¡ T 1tulos emitidos en moneda nacional Depósitos de organismos publícos Pasivos diversos en moneda nac,oral Crédilos diferidos

Total otros pasivos en.Jl)oneda nacional

Total pa,1vos en moneda nacional

TOTAL PASIVO

RESULTADO ACUMULADO EN OPERACIONES

PATRIMONIO Capital inicial Reservas de capital

Fondo general de reserva (Nota 15) Reservas volun:ar,as (Nota 16)

Variaciones patrimoniales COntrapartlda por valoración en moneda nacional de IOs activos y pasivos externos (Nota 18) NNel adecuado de reservas internaclO'lales (Nota 19)

121 792 o

5.122 825 3 491 644 8.736.261

42 037 970 ~5 527 455 ~4 104.277 e4 796.278

196.465.980

205.202.241

818 962 082 4 553. 779.640

6.720 456 5.379.462.178

236.369.367 1.462.015 146

667 395 130 4.838.295

2.370.617.938

7.750.080.116

7 955.282.357

o

10

4 957 466 1 928 733

2 571.947 954

121 232 o

333 396 2.042 936 2.497.564

43 742.554 33.382.830 35 487 140 94.799.375

-·201.4ffi99"

209.909.463

593.241 739 1478666 685

5 536 752 2.077 .445.176

169.320.787 348 665 71)0

54.322 848 2.941.978

--575.251 393

2.652.696.569

2.862.606.032

o

10

4957319 1 926 651l

2 213 954 s,c;

(30.422.039) (30 422 039)

,; ¿ ;¡

Utilidades no distribuidas (perdidas) • - ____ .Q. ·-------°· TOTAL PATRIMONIO

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO

~8.412~ -~-250~)_1!_:~28

10.503 694.481 ~~~

TOTAL CUENTAS DE ORDEN "PER CONTRA"

··---· ·- -- --· --- - - - -· --··- -·-- ·-·· .. - .

(Í!IJ-) P,J Loyo Go::L

Jefe del Departamento de Contabilidad (e)

ED

ICIO

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UR

ISP

RU

DE

NC

IA D

EL

TR

AB

AJO

, C.A

. R

IF: J

-001

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.891

BANCO CENh-RAL DE VENEZUELA ESTADO f E RESULTADOS

( () IPAR:\ nvo (mil de bolívares)

INGRESOS

Ingresos por operaciones en divisas (Nota 21)

Por operaciones de invers1on Por operaciones con oro Por operaciones con or1;an1smos internacionales

Por operaciones de convenios tnlernac1onales y cooperación ft anc1era Por operaciones de créditos externos

é>or llucwaciones camb1arias y de precios realizadas

Total ingresos por operaciones en divisas

Ingresos por operaciones en moneda nacional (Nota 22)

Por operaciones dt: po .... ca rnonetana h:.r operaciones de ,nversion Por operaciones de emisión y acu~ación Por operaciones cambi,nas Por operaciones Casa de la Moneda Por operaciones diversas en moneda nacional

Total ingresos por operaciones en moneda nacional

TOTAL INGRESOS

GASTOS Gastos por operac,one!; en divisas (Nota 23)

Por operaciones de tnvers,on Por operaciones con oro , Por operaciones con or9anismos internacionales ...,.1 Por operaciones de convenios 1nternac1onales y cooperac,on fi anciera Po, operaciones de créditos externos Por operaciones d,versas en d1v1sas Por fluctuaciones camb arias y de precios realizadas

Total gastos por operaciones en divisas

Gastos por operaciones en moneda nacional (Nota 24)

Por operaciones de polllica monetaria Por operaciones de a:rn,tencia cred1t1c1a Por operaciones de em1s1on y acuñac1on Por operaciones camb1anas Por gastos de funcionamiento Por gastos de provisiones Por gaslos de arnort1za,:1on Por operaciones Casa ele la Moneda Por operaciones diversas en moneda nacional

Total gastos por opera<:iones en moneda nacional

TOTAL GASTOS

RESULTADO EN OPERACIONES DEL EJERCICIO

APLICACIÓN DE INCREMENTO PATRIMONIAL l'cfü1o general de reserva (Nota 15)

TOTAL APLICACION DEL INCREMENTO PATRI ONIAL

;TORIO

Duecton:'>

COMISARIO.

2° SEMESTRE 2016

9891312 329.704

6468 1 138

o 95 928 754

106.157.376

429 989 3 281 510

o 219422 750.680

21 839 766

26.521.367

132.678. 7 43

7 564 732

20 725 88468

o 318 439

39 062 397

40.054.768

8 176 824 o

3 213.104 1.931

43 709.737 33.394 965

3.516418 605 808

3 712

92.622.499

132.677 .267

1.476

147 74

1 255

Ju:.• Salamot IÜ1an f1:rqu'K>llz EuJOi111a, Tc~o

Si,J1•6JI f',ll,)m111\ly Hc-T1án-at!' h111\,I

Franklan M~,o~t ~on,110. P:tbk> Anio.a1 í·mlo t~h~vtt

Y Jtn,l lnalt1

1• SEMESTRE 2016

5 385.951 1 516 371

59 020 617

o 42 081 278

49.043.237

135 369 2.910 304

o 149 769 169 815

17 581 437

---· 20.946.694

69.989 931

5 597.134

8.776 7 206 1

o 298 897

19 575 968

20.487.986

8 241.549 o

468 325 27 223

12.115.526 23 890 500

3516418 36.497

1204911

49.500.949

69.988.935

996

100 49

847

996 -----··-------

Reservas voluntarias (Nota 16) ~ Rema'lente por entrega.r al Fisco Nacional (Nota 17)

________ .¡_ ______________ .,.L---~---~--.:>...----- ------1

Las ootas aoem tmrrao P"te "·.:.~t&-=:iemsl '-,~----· \ _;:-~· 1

José TíF. Prim~ presiden Grrente (e~

- I =-Pedro R. Loyo onzález

Jefe del Departamento de Contabilidad (e}

o 6

8 <? N

l?

~ !;:. o::

ED

ICIO

NE

S J

UR

ISP

RU

DE

NC

IA D

EL

TR

AB

AJO

, C.A

. R

IF: J

-001

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434.892 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

Saldos al 3010612016

F1tlf'.h1~(:t(\f\f"!'; C:at11blnrlni:. V (1t, ()tr,<;11)<¡ tMll1..-d.-~

Nivel a'1ecui*C.lo dfl ,eriervfl, lult111i.,ch;;n1.11le,. (Note' 19>

Saldos al 31/1212016

BANCO C~l\'TRAL Dt \'ENE/,UELA 1 "-IA.UIJIH < \!\IIUO,I '\ &_,\\ <t·I ~IA\Ol l'All{l~lONIO

L.JERCl('lfl'- I ¡r,.,,u, ... ,no, 11 \) l>I IH( 11,rnRt HI· 201,, \ ,\•1 UI· .IIINIO UI· 201(, (11111(', dt hnli\:i,'(''1)

Fondo c.,~,aa o-n,t,al rl•

-~!.'.!L- ~

Ufühbi.lu RnuvH 110 dl11tll111ldn

-·~·~··~·'~"~'·~·-- 1t~~l!__tl~.!L

f\uul1'1do .. , _.,!)~rdc:Jo Subtot.11

CCM\V•P•'l'df pe,., w1lourló,,, en m~t'l.1 l'Utlo11•' d, ló'I l'C.l••O'I t f'V11-.-0t. ••141:H'ICU

°''.'""'' .. Jt>tts,.-•·JI....,., .... ! .. ,~, ft'(',-...•• ...... ~ ... _,,,, ........... ,, ..... .. f ........ ~,~ P.o,t,¡,,,}I ...... p,.,i..("t.A,•1

Nlv•I adtc;u.ido d@ ,,,,,.,.a,.

l~te,,uelonaln

ió 4.957.219 1.928.610 54.012.895 (30.422.039) _ 30.476.695 _

100

49

----10 4.957.319 1.928.659 -

147

74

10 4.957.466 1.928. 733

----- 996 99G (100) o

(49) o (847) (847)

22424//j/8

(22 535 394)

2.242.477.378

(22.535.394) 1 o

996 o o

(847)

o 6.885.988 2.273.954.879 o --'-----~--'-'.c..;.=-'-"---_;;=-'-''-'--'-"_.:.---<,_3_o_.4_2_2_."'0"'3"'"9'")_-_-_;2.-2-s-o.-4-18-.-a-2_a_

1.476

(147)

(74)

(1.255)

1 476

o o

(1.255)

351626263

(53 633 188)

351.626.263

(53.633.188)

o 1.476

o o

(1.255)

2.548.412 124

-------------------~-~~~--

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, C.A

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.893

BA~C ENTRAL oe VENEZUELA · NOTAS A LOS EST FINANCIEROS CORRESf'ONOtENTES AL

SEMESTRE AOO EL 31 0E DICIEMBRE 0E 2016

NOTA 1. CONSTITUCIÓN, ~O Y OPERACIONES

El Banco Central de Venezu (en lo sucesivo "BCV". ·instituto· o "Banco") fue c,eado según la Ley del 8 de tíembre de 1939 e inicia sus operaciones el 1 S de octubre de 1940. Actualmente se rige por la Ley del Banco Central de Venezuela del 13 de septiembre de 200 . publicada en la Gaoeta Oficial de la Reoública Bolivariana de Venezuela 37.296 del 3 de octubre de 2001, reformada parcialmente en sucesivas unídades, siendo la últrna la contenída en el Decreto N" 2.179, mediante el I se dtcta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, pubHcado en la Gaceta Oficial de la República Bolillanana de Venezuela N· 6.211 Extraordinario del 30 de dici e de 2015.

Es una persona Jurldica de de o público, de rango constitucional, de naturaleza única. con plena capacidad ública y privada, integrante del Poder Público Nacional, cuya función prl · l. según lo establecido en el articulo 318 de la Constitución de la República · riana de V-zuela y en los artlculos 5 y 6 de la Ley que lo rige, es lograr e.labilidad de precios y preservar el valor de la moneda, contribuir al desa armónico de la economla nacional, atendiendo a los fundamentos del régimen 6mico de la República: asf como colaborar con la integración latinos y cai:j~. estableciendo los mecanismos necesarios para facilitar la coo . n de pollticas macroecon6mlcas. Asimismo. y en el marco de su com con la sociedad, el Instituto fomenta la solidaridad. la participación ciu adana y la corres,>onsabilidad social.

El Instituto tiene su domicilio rincipal en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y una ~ubsede en la ciudad de caibo, estado Zulia, la cual inició actividades el 3 de enero de 1977 como una anlzaci6n orientada fundamentalmente a realizar el proceso de compensación cheques, distribuir especies monetarias, ejercer las funciones vinculadas con investigación en la región zuliana, recolectar las estadísticas económicas y pro ovar las relaciones institucionales.

Vista la función del BCV como¡ nte garante de la existencia oportuna y suficiente de especies monetarias (bill es y monedas), el 15 de septiembre de 1999 comienza sus operaciones la sa de la Moneda. la cual se encuentra ubicada en

la ciudad de Maracay, estao+ Aragua, cuyos objetivos principales son acullar monedas. Imprimir billetes y pljoducir especies va4oradas, ef1tre las que destacan: pasaportes timbres y estampil+.s fiscales.

de tódo impuesto. tasa. ara los Impuestos indirectos q producidos por el Banco. As tributos que establezcan 10$ municipios.

6 del Decreto-Ley del BCV, el Instituto está exento o contribución nacional, salvo en lo que respecta a se apliquen a la comercializací6n de bienes

· mo, goza de inmunidad fiscal con respecto a los , el Distrito Metropolitano de Caracas y los

LEGALES PARA LA

El Instituto emite los siguient estados financieros: Batanee General, Estado de Resultados y Estado de C en las Cuentas de Patrimonio, con sus correspondientes notas, 8lCPAlll9Ntl en miles de bollvares y presentados en forma comparativa con respecto al econ6mlco anterior.

Laf1

lltica s,ara la estN y ~nclonamiento del régimen con1able y la apr ación de loa estadn ·filllikl••• facubd del Oncloño del lnatituto, según lo , lecido en los nu 5 y 27 del artjclJlo 21 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Ban Central de V--'8.

El Banco cierra y liquida sus~ los dlas 30 de junio y 31 de diciembre de cada allo. atendiendo a lo est~ en el artículo 77 del Decreto-Ley oue lo rige

Al 31 de diciembre de 2016, los estados financieros del BCV se encuentran expresados en miles de boljvares, y se presentan de conformidad con las decisiones aprobadas por el q;rectorio, las disposiciones previstas en el Manual

Contable del Banco Centf.de Venezuela: asl como en atención a las instrucciones, normas y princi contables dictados POI' la Superintendencia de las Instituciones del Sector cario (Sudaban), según lo dispuesto en el articulo 80 del Decreto con Rango, Valor y Fueiza de Ley del Banco Central de Venezuela.

2.2 Publicación de los K IIMlneieros • informe de los comisarios

Asimismo corresponde al competentes. los estados ft previsto en el articulo 81 del

nancieros se efectúa conforme a lo establecido en eydelBCV.

ctorio del Instituto remitir a las autoridades leros y el informe de los comisarios, según lo

, Cfeto.Ley que rige el funcionamiento del BCV. 1

2.3 Criterios de recOAoca+, ,afi11tro y vatcwadóR de acttvo. y pnlvos

I

Los activos y pa1;ivos en mo se actualizan conforme a su

naclonal se -ocen al costo de adquísici6n y de men:ado, en loe Cll806 qw aplique.

Los activos y pasivos en elllranjera se reeonoc.n al costo de adqoiaición y posteriormente se ac:tua a su precio en el mercado internacional, según corresponda; asl como por el de cambio oficial de compra vigente según el mercado en el que se laa operaciones; a e,coepción de los instrumentos negdclados en el Siatema ColMlefflentlrio' de ~ de Divisas (Sicad), el s,tema Cambiario Altem de Divisas (Sicad 11) y los adquiridos al tipo de cambio complementario de merado (Oicom), para los cuale6 se utiliZa el tipo de cambio de ref81'8ncia dientl8 a la úllima -Ión celebrada en los refel'idos mercados.

31 de diciembre de 2016, la valoración de los función del tipo de cambio oficial de compra del

América de Bs./USD 9,9750; asl como los tipos de cambio de referencia e · os en el Sistema Complementario de Administración de Divisas ( ) de Bs./USD 13,50, el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad 11) de Bs./USD 52.1013 y en el artículo 24 del Convenio Cambíario Nº 33 d Bs.NSD 672,0n2. Las dMsas distintas al dólar estadounidense se valoran IN cotizaciones publicadas en las páginas web

del BCV, el Fondo Mo lnlemacional (FMI) y el Sistema Unitario de Compensación Regional de P (SUCRE).

La diferencia generada POI' ,.J ae1ualizaciones de precios y tipos de cambio se denomina fluctuaciones y se Jimula en el patrimonio.

A continuación, se presentan lt tipos de cambio Alfen,nciales de algunas divisas:(.

1 Cotl:uel6n e..,-.

e.e. N· 35 " e.e. N· 35 u

~~:.rr=:i:Mina · Rsino U~ l~r=~ 1~:0 (OEG) Oerechoa Eapedaleo óo . • FMI 13,4oue.175 13,853-42900 (EUR)Euro•Unión- 10,379"600 11,04631500 (CHF)fl'lnCOauizo·SUiza 9,58293657 10,161~ (Uso¡ Qclla-NCadounideNe. ee 9,97500000 9,97500000 (JPY) Yen· Japón 0,085089' A 0,09710864

1 COÜZIICldOI a.. 1 dlvlau 1 e.e. N- 33 9 e.e. Nº 33"

T.IDO de 11\0fteda ~ 31/12'2016 38/M/Z016 (GBP)i..i,,;.,.;.ns · Reino Unido 828,33514900 833,67016225 (OEG) o.rtd>oo Eapedaleo óo • FMI 903,49364228 876,75444390 (EUR) Eui, •Unión-E 707,4284e072 695,J.4141150 (CHF)FrancolOJizo-Sulza 1 659,61056041 641,52763562 1usoi 06lar --• ee up 672.on20000 626, n250000 (JPY) Yen· Japón 1 ~.74965:;23 6,00632307

¡ Collzad6t1 Ba. / dlviNs 1 Slcad " Slcad 11

TI óo moneda ~' 31HVZG11 30/08/2016 (G';'pj ~na. Reino Unklo 16,64280000 17,86850000 (OEG) Otrechoc Espedaleo óo • FMI 18, 14'45500 18.88434000 (EVRJ e...,· Unión Monetaria Eu 14,21820000 14,97960000 (CHF) Frw,o:o au,zo · Suwi 13,26520586 13.82346916 (USO) OOlar estadounldeose. EE 13.50000000 13.50000000 (JPY) y..,· l•"6n 1 0 11552285 0, 13076327

1

TIDOdeffiOMdf 1

(GBP) Ubnl _,,.·Reino a· (OEG) Oerecho. Ell)OCialeo óo • FMI (EUR) Euro. Unión -ria E (CHF) Franco lulzo . suiza

1 (USO) COiar omdounidense • EE U1J (JPY) Yen. Jepón

Cotización 11a. / dlvlau Slc:ad U ¡¡ Slc.d 11 ¡¡

311121Z01t 30IOll/2016 74.31208419 74,31208419 70,04134063 72,88138249 57.39479208 57,39479208 52,35785348 52,357853,48 52,10130000 52.10130000 O 45993379 0,45993379 --·-... -*'~·-· 21ecn-,¡o Camblatlo N" » Ylgoneo a, c1o112/02/2015.

.!iCOff'Npondo • la (lla ... _.6n on .. ·-Compem- óo Aclmln- do OMNo 1Slead) r .. Si•- Carnblar1o do DMoao {Slcad in.

1 En cuanto a ias inversiones enpttulos valores, el Banco~ .clasifica al momento de su adquisición según la lntenci+n pera la cual fueron adquiridas en:

Para negociar: represe por instrumentos negociables que tienen un mercado activo que pemiita ,..,,..,...rt1r1,,. en efectivo en ei corto plazo, con una permanencia en esta calegorl de hasta un a/lo. El resultado de la valoración de estos instrumentos se recon dil'8ciamente en el Estado de Resultados.

Ol9ponlbles ptlf'a la VMta: manl'enet1as disponibles para cinco al'los. El resultado de

Manillnldoa has1a su -~lillie•: instrumentos adquiridos con la intención firme y la capacidad de nos al Yel'ICimiento, cuyo plazo de permanencia es superior a cinco allos. in~nes deben registrarse al costo de adquisición, ajustado pos · e por la amoflización de las primas o los descuentos. en el plazo de vi cia del titulo, con ca,go o abono a las cuentas de resu-ado según sea e' caso.

En relación con el oro monet31> y no monetario, el Instituto aplica lo siguiente:

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434.894 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

Oro monetario: forma parte existencia de oro amoned instituciones financieras del

crttenos de nesgo recon utilizando el promedio móvil

en el mercado de Londres, el valor num1smét1co que

2.4 Actlvoe tifos

Representados por bienes presentan en el Balance G acu111ulada. que es calculada

asociados con la administrac o suministro de bienes o producidas", conforme a la poi

los activos de l'M81V8 y está constituido por la y en barras dep06itadas en sus bóvedas y en

calificadas de primera clase. conforme a

internacionalmente y se valora mensualmente los nueve (9) últimos m9$eS del fixing a.m. fijado

un poroenlaje del valor promedio de la prima por IN monedas que conforman este activo.

como otros actiYos en dMaas y se valora al cierre del ftxlng a.m. fijado 4lfl el mercado de Londres.

capbl propiedad del lnstiMo, los cuales se at cot1o de adquisición menos su depreciación

ilizando el método de "linea recta" para los activos

, mientras que los relacionados con la producción 1 icios se deprecian por el método de ·unidades ca contable apNcada al eMCto.

A continuación, se presentan los bienes de cepítal que posee el Banco y su correspondiente vida útil:

Bltna

Edificaciones l Mobiliario y equipo$ de o11c:!na Equipos de procesamiento cM etm Vehlculos ,

Equipos de transpot1e, lracclÓ~ y e4elle<-"6<' Equipos de telecomunlcaclc:neÍs Equipos de ense~anz:a

Equ,pos médoccs ¡ Equipo$ y a"Tlamento de s d

Otros equll)09 ~lea M6qulna& de lmpres!On offlet calcogrtnc:oo Máquinas de acul\ación de

Equipos auxliares o de •IIO'fO lol procesos

Vldaeltll __ , __ 50 10 4

5 5

1J

, . ..::.. ....... ,1 Las obligaciones generadas los benefiaos al personal se reconocen e~ cuentas de pasivo, con cargo los resullados del periodo en que se causan

El lnstiMo acumula el pasNOÍ COfTelPOOdienle a las obligaciones laborales por terminación de la relaci6n de trabajo con su personal

2.6 Criterios de reeonoe

y gastos se aplica la base de acumulación implica que se r,,gistran en la contabilidad en el

momento en que ocurren, i que se cobren o se paguen, respectivamente.

2.7 Uttlldades, fondo geftefaljde _.,.y,_... votuncarias

En atención a lo d,apuesto en articulo 83 del OecNlo con Rango, Valor y Fuerza

de Ley del BCV, de las utíf netN eemestrales • dNtinaré el diez por ciento (10%) al Fondo General de R . El Directorio del lnetltuto, mediante decisión motivada. acordará que el 1'8"'*114W!illl de las utiNdadM netas semestrales, una vez deducidas las reservas del por ciento (10%) y las voluntarias. las cuales no

5%) de las referides ulilidadea, serán entregadas a Ollk)rtl.ink:lacl que decida el Directorio, una vez que el

des se encuentre reelizado y recaudado menet0nado remanente de ut ·

En el caso que el saldo de la~cuentas de utiUdades no distribuidas y reservas ".!e cap1.tal resultare insuficiente. ra cubrir los desequilibrios financieros de u~ e¡erc,cio económico, corres a la República Bolivariana de Venezuela realizar los aportes neoesanoe l)8l'a au reposíción, de acuerdo con lo establecido en el articulo 64 del Decreto-L que rige al lnstiluto

1

2.8 lngrwo. y egrM~ por~ cambwias

Corresponde pnncipalmente los re&ultados obtenidos de loa diferenciales cambiarios producto de las nes de compra y venta de dNisas, de conformidad con lo d1spue6to loa convenios cambierioa que resollen apUcables

NOTA 3. OlSPONIBILIOAOES

Corresponde a las tenencias lnñtuto en moneda extranjera, depositadas en sus bóvedas y a la vista en · Iones financieras del ex1enor. cakflCéldas de

primera linea, según criterios riesgo reconocidos Internacionalmente. Al cierre del segundo semestre de 2018 el MIWo de las disponlb~ en divíu. se ubicó en ek. 46.553.671 mil~. equ· lefflel a USO f:387.060 miles, según se detalla a continuación: '

~ ~ a tasa deC.C. N'35 Dispon1liidade$ a tasa de e e N" 33 Oisponiblldades a tasa de SQd 11 Oisponiblodade$ a tasa de Sad Total

(~Nmlill) 311111»,t 3WDll2011

lla. ~ lla. uso 13.332.534 1338585 24 647.~ ~ 33164.023 49 345 so 527.m 12s 479

56 887 1088 55 083 1 057 ~27 32 O O --u ... :m~ ... r,"1 ~ ,e&.ml4 ---nRm

l 1 ¡

NOTA 4. TEHENCIAS a DBIECHOS E9"CW..ES DE GIRO (OEG),. POSICIÓN CREDITICIA Y RESTO DE U CUOTA EN El FONOO MONETARIO INTEMAC lf'llll

Conformado por las tenencias cuota fijada por ese orga disponibilidad de giro en su

reserva· y el "Resto de la cu cuota suscrita por el país y fa la siguiente manera·

t_.._enDeG

DEG 8$igl1edos por el FMI al pals en función a la y la cuota de susc;ripción Igualmente, incluye la

conocida como "Posición en el tramo de en el FMI", cons1kuido por la diferencia entre la

crediticia l'IMI Se encuentran integrados de

(~tn-) 31/1V201C 30/04/2011

liL Ba. uso 4.192.639 4 370 122 438 ,01

7.882.248 790.200 _.,. ......... ..,.flll 42.038.011 ey; 8.201.859

43.742.572 IU14~

822 241 4.385.220 $,MUA TOll1 i ktttAN

NOTA S. INVERSIONES EN~

Constit\Jidas básicamente por , aportes al ~I suscrito y pagado del Fondo Latinoamencano de Reservae (FlAR); de ígoaL , los aportes por reservas estalllarlas y en pe- · : ael como por va4orea en divisas. El detaMe de la inY8'Sioru,s en divíeas el siguiente:

!iBá Apo,1111 F\AA V-pul,looo~ BIIIICOÓ <IOl -f\or I plazo 11Jo V ...... autoa,...-,de_. TOlal

NO~ 6. ORO MONETARIO

AJ 31 de diciembre de 2016, contabilizadas a un precio Bs. 77.079.495 miles, equi

valoración se corresponde con

1¡:-.....,nmll")

31M21»1t • 3IIN201S ... liL uso

5.087.381 510.014 5.087.»1 510.014

•. 750 50. 000 ~. 750 50.000 1.018.830

48.875 ......... 102.11a u1a.1120

_...,,.,,~5.000~ 48.875 1117.1:IZ 7.152.136

152.062

5'000 717.076

las exístencias de oro monetario se encuentran lo de USO 1.272,42 por onza troy y totalizan

a USO 7.727.268 miles y su composición y criterios descrito$ en la nota 2 3 /

' \ tltulol velofft, contab141zados en atenCl6n a los

criterios de reconocimiento, ro y ,eio,Ni6,, de los activos en moneda extranjera del Instituto n1ableltl:te9 "" la nc,te 2.3; wl COfflO por acl!YOI en díYisas originados por actividades con - fullll:iol1ec 111" tQPlllles. El detalle es el siguiente

(&-do•" .. u.,¡ 31/11/Jtll _,

~ 11& UIIO 11& uso

1'1u10l-1t111dtCC N'33 a 28101Ul53 12 331 945 2 900 103136 4627 044

111\11"' - ld<pndol 11a1 di Slcad l 2S<S6U14 ••71) 2:.cm100 4882271

™"' - ld<prldol I t111da Slcad 1072.95& 79479 1011981 1'11'711

11tulol-ldq',l,ndol1la1daC.C. N' 4536'918 4W121 1&72&391 1ell11169

-..-....,_ 11111 da ce H' 33 3,733 tia S56e 12II0.292 2.0ll9 n1n111at1m.._•-•s-• 156 3&I 2.9112 156 3&I 2.982 ... _....._..,1aa•s1r:a1 43'24 3217 lU:29 2.935 -..-..___·-•e.e. N' 1.«IUSI 641.ffl 5580348 W433 v-·---·-• ce N'.35 (1.l'SS.567) (tlUN) (2.487 42t) (248.3e8) Oro-· SZ.198:m SZlZ.920 41e,am 0061182 Ororo-at.,deC.C N'33 ~(a4,12 81.920 12.'1'38 211 2032• Oro ro-a tao, de SIQd 1 177St8 3407 203 503 3 90e Oro ro~• taa da e.e. N' 35 ~2IIO ffi S303!1fl l .1ell'54 '19 243 S•- l.wtMo de Com¡,a,aacm Rog,o,,oj Pagos (SUCR:) 2.471.588 :Nt.480 2.40.7S3 24ll 700 FlAA • A¡,a,a oo caplal ro -"' 1.73Ul2 173.1'11 tl'll.542 173 7111 --pcr- 2.118.381 212.3158 1QZ:l014 1Cl2.SM P111a ~.m 6.790 o e 0,.,.,. 1SO.S31 15.100 1$4 02e 15.441 T ... I 1.711.-331 :am.111 :i,-,,:i.m D.OIUM

• Cor,o,mo a lo aprobado po<.. de ... - del Sector aa,-;,, (Sudeben). aegún o6c>oN• SU~U-0GR.(;NP.()7e11 de ~15 'Al31112/2016 e1.-de-...ciór, oro.,ol-.:adodel.cNlreo•deUS01 t59,10porOrwtTroy

NOTA 8. ASISTENCIA C$A

Refleja las operaciones de · · cseditlcia que realiza el Banco con las instltUCIOnes bancarin, a lo dispuesto en el articulo 49, numeral 6 del Decreto-Ley del ecv. ,

ED

ICIO

NE

S J

UR

ISP

RU

DE

NC

IA D

EL

TR

AB

AJO

, C.A

. R

IF: J

-001

7804

1-6

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.895

NOTA 9. TITULOS VAL¡ORE· OS

Constituidos por tltulos valo en moMda necional. regislrados y valorados conforme a los criterios es en la nota 2.3. los cuales son utllízados como mvers1ón, asl como para la · · de la poUtica monetaria en las operaciones de venta con pacto de recom y de compra con pacto de reventa, conformados

de la siguiente manera·

~ 1

(Exp,-.do en mll")

31/12/2016 30/06/2018 a.. e..

734.679.959 734.679.9S9 1 .. 467.356 2.1&4.1183

n•.141.311 Ilt:ft!:842

'•·

Instrumentos de inversión j Instrumento& de polffiQ moneta Total

NOTA 10. INVERSIONES SAS 1

Refleja principalmente la pa!rt accionaria del BCV en la Empresa Nacional Aurlfera, S.A. por 81. 1~.eoo. miles. en linea con el objetivo de fortalecer su participaci6n en el mercado oro. IObnl la bNe de las funciones que constitucional y legalmente le sido aaignadu.

NOTA 11. ACTIVOS DIVER EN MONEDA MAClONAL

Conformados principalmente toperaciones amortizables derivadas de las transferencias de recursos de acuerdo oon lo eetablecido en la Ley que Crea Contribución Especial por Pr ·os Extraordinarios y Precios Exorbitantes en ei Mercado lntemaciqnal de H. uros, por loa aportes producto del Nivel Adecuado de Reservas In nacionales; asl como por las operaciones amortizables derivadas de re~rtos efectuadas por el Instituto FI <1etiill11 <1'! los activos diversos en moneda naAional es el siguiente: -l- . (Expl'Hado en mil .. )

1 31/1 V2011 30/0t/2011

~ ea. s,. Contnbuci6n "pecial pe< ¡naoa ex1raOfÍlnanos y oxotbllante9 en el mercado 1ntemaaonal de h~ i 97 006 730

73096 859, 318&1713

' 56.102.&43

97 696 143

73 75! 022 34.037.307 "6.1182.-485

A¡)ortes deriVldo$ del nNef adecuado deF inlemac:iOnale, QpetlCIOl!N amort,z.allte!s denvadlS de

OO'os aclNOS

Total 2S7.o71.145 212.S4U3f. NOTA 12. OTROS PASIVOS 91 DMSAS

Incluye las obligaciones del 1~ denomtnldN en divisas. conformadas de la siguiente manera: ··T·--

PaaNOf dlv,e,wa en dlviaa a IIN 0t C C W

P~ <1'*'-o1 en diva• a._. de $1cad

Puivot d!Yenot en dlvll• 1 t... de C C.,.,- 3 M!Qnadonet en OEG 1

F MI cutnlU Clit Clep6$lt0 1 i.,oo PIUO 1

Tlfvloa tmtlklOI tn dlYil&I Total

¡~ ...... 11eo¡

31/12/1111 -· &.. uao a.. uso 78. 183 303 7 ffl 920 88 2&C ""3 , &AS 66ll 5.ne.0&4

86e.891 ;i..,,°',277 •2.037 970

,21.868 1,275

H18.97S •.2, •. m ,:.:::_,,,..,.,,,..,...,.. 3.561.660 _, 6 53'1 932 .a, oev

o o 35 .. ,n.1•0 3.SS7 eoe "3.7•2.5:-.1 4,386 218 33.382.830 3.;i..&.860

.................. --==--2'7A11.- 20.122.11, 'Obligacio_pot_____ __,.._,..._' 'Oblu- ......... lclopo<_.. __ .........,, NOTA 13. BASE MONETNMA

Constituye el total del pNillo monelarlo con el público y el siltema bancario nacional. conformad~ por. j

1 f~o.,. mi ... )

s¡w 1 1111:;:1• ~ 10

ea.e.. y ft'\onedee en~ 1 618 982 042' Oep6IJIIOe de an~~ ~pels • S53779&40

a 120 •se

!.93 2~1 739 1 47806468$

S S3e 702 ---del-Total

Conformados principalmenle Nacional y otros organismo6 monetaria; asl como por los oscHan entre 28 y 360 dlas, como instrumentos de polltlca entregar a la T860reria N grupo es el siguiente:

~ o.p0.- de o,ganlamoe pul>lcoe Tltuloe em- en mon.ia -•I PNNOI, c:llwRoc en mqnedll e--Total

a,n .. 2.111 z.on.¡¡¡.u,

los recursos corretpc,ndientea a la Tesorería lico8 del pala que no forman parte de la base rtilicados de depóaitos emitidos a plazos que 11118s de, iffl91M entre 6% y 8,50%. utilizados

· . De Igual fomia, incluye el remanente por y las provls~ diversas. El detalle de este

(IE><-Hdo en mllN)

31/12/2011 30/0l/201a L. L.

1 .. 2.015.1'6 348865.780 23e.3418.3e7 1!19.320.787 ee1386 1:,0 54.322&48

z.370,111.1?! f!f,!!1df!.. 038.29§ 2.&"1.979( • 1

NOTA 15. FONOO ~AAL;ADERVA 1

Conformado por el diez por (10%) de laa L.tilidaBe8 netas selTlBStrales del Instituto, según lo Ntablec en el articulo 83 del Decreto-Ley tlel Instituto. La composición de la cuenta la siguiente: '

~ s.ma"llenO<

T~clol10%dela.-.:tclol+· Saldo flnal <MI ojerek:lo

NOTA 16. RESERVAS VOLJrNUAS

(ElcprMado .., ..... ,

31/1212111 , ~· •. 11a. '957 319

1,7 '957.219

100

Constituidas por el cinco por (5%) de IN IAllidedea serne841ales, de acuerdo con lo indicado en el articulo del Decreto-Le'¡I del BCV, en concordancia con la decisión del Difectorio del to de fecha 2()(1212005 y tos lineamientos establecidos por la otrora S a de Bancos y Otras Instituciones Financieras en tos oficios nr . SBIF-DSB-11-GGI-Gl6-19456 y SBIF-0SB-II-GGI­G16-20178 del 28/1012005 y 1 /11/2005, respectivamente. La composición de la cuenta es la siguiente:

(Exp,Mado en mll•) 31/12/2011 30IN/2011

~ S.idoanten«

.. .. Trui.do del 5% de la Ullidad del ~ final del ejffl:lclo

1

1928659 74

1.121.7'3

NOTA 17. REMANENTE POREN'TREGAR AL FISCO NACIONAL

1.928610 ,9

1.t21.Ht

La utilidad neta del ejercicio~ finalizado el 31 de diciembre de 2016 se distribuye de la siguiente toma: diez por ciento (10%} para el fondo generaÍ de reserva, cinco por ciento (5%) piN'8 las reservas vo4untarias, y ochenta y cinco por ciento (85%) SefÍ entregado f la Tnorerla Nacional en la oportunidad que se --·"' """"""""' f "::.:"""'. - 83 .. - ... BCV. La determinación del por entregar al füico nacional ea la

siguiente: J

1

(Exp,..ado en mlt")

31/12/2011 :IG/N/2011 ~ a.. Sa. l/tllldld neto del ejomoo H 78 996

Fondo~ de rese,va (1'7) (100)

R.-1 IIOluntlnU 1 (7') (49)

R.,...n,nto po< entngor al fleco najional 1.US 147

N~TA 18. CONTRAPARTIDA¡ VALORACIÓN EN MONEDA NACIONAL DE LOS ACTIVOS Y PASNOS ~NOS

Representa el aumento o dislrinuci6n del saldo producto de la ~ por tipo de cambio y precio de los Mtivos y pnlvos en moned• extranjera, el cual se

transfiere a las cuentas de resdltadoa en la medida en que ae liquiden los actrvos y pasivos que lo generan

NOTA 19. NIVEL ADECUAooloe RESERVAS INTERNACIONALES

Refleja el cumplimiento de lo ~stablecido al efecto en el Decreto-Ley del Banco Central de Venezuela y su ?fnentación se corresponde con las instrucciones impartidas por Sudeban

Constituidas principalmente custodia, recibidas en tltuios o valores emitidos o avalados por la o emp.-- del ESUldo y de terceros en moneda nacional. Por otra parte, ""'""""mr,ia loe tltuloe '191or9e en moneda extranjera, de conformidad con lo en el articulo 51 del Decreto con Rango. Valor y Fueru de Ley de lnstituclone1 Sector Bancario.

Conformados pnnc,palmente por las fluctuaciones cambiarías denvadas de la aplicación de los convenio& cambiarlos vigentes; de igual modo, por las fluctuaciones de precios, 1 ~ proveniemea de las operaciones de inversión, repreHnt.dol por dewngados y por loe descuentos obtenidos en la compra y venta de tltuloa en moneda extranjera.

NOTA 22. INGRESOS POR

Resultantes de los rendimie obtenidos de los tltulos valores propiedad del Instituto. Incluyen los ingresos r oper;iciones cambiarías producto del diferencia! entre los tipos de cambio estallfaad<>s para la COffl!)l'II y venta de divisas. Además, contempla el concepto de ~ de provisiones.

NOTA 23. GASTOS POR ~SEN DIVISAS

Conformados por el resultado I de le realización de la$ fluctuaciones cambiarías

generadas por los actlVos y .. iYos eictemos; asl como por la fluctuación de precios de los aclivos denominados en moneda extranjera

NOTA 24. GASTOS POR ~IONES EN MONEDA NACl()tjAL

Erogaciones causadas enm±~ de las actividades conducentes al cumplifniento de la pofitica · del Banco; 111 como para el funcionamiento del Instituto. También, incluye . gestos por provisiones y amortizaciones

ED

ICIO

NE

S J

UR

ISP

RU

DE

NC

IA D

EL

TR

AB

AJO

, C.A

. R

IF: J

-001

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434.896 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 24MAR2017

RESOLUCIÓN Nº 018490 206°, 158º y 10•

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLAD1MJR PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto Pres1dendal Nº 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oftc,al de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.S26 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atr,budones que le confiere el articulo 78 numeral 3, en concordancia con el contenido de los artículos 38 y 40 del Decreto Nº 1.424 con Rango, Valor y Ftlerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezueia Extraordinaria Nº 6.147 de fecha 17 de noviembre de 2014, en concordada relació"' con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 numeral 4, del Decreto Nº t 439 c0r> Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bofvanana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolív¡iriano de Venezuela Extraofdinarla Nº 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, y vista la solídtud presentada median, Pl.lnto dKDenca Nº 003 de fecha 24 de marzo de 2017, por el General de 1'Mslón S'bffll. SAftGH ASSAL, Comandante del Comando Logí!¡tico~adonal,

RESUELVE f.Blt:1fBQ. A los fines de garantizar, asegurar, y mantener la operatividad de las unidades de nuestra Gloriosa Fuerza Armada Nacional Bolivariana, donde el Comando Estratégico Operacíonal tiene como misión planificar, organi?ar, dirigir, coordinar y controlar un adeaJado sistema de apoyo logístico operacional y así desarrollar tas condiciones óptimas y necesarias para el alcance de una mayor capaodad en las actMdades de base logística, ENCOMENDAR a la Empresa del Estado •COMPAÑÍA ANÓNIMA VENEZOLANA DE INDUSTIUAS MILITARES (CAVJM)·, ente adscrito a este Ministerio y en función del objeto para el cual fue constituida, la procura de los bienes que se mencionan a continuación, los cuales serán redbldos por las diferentes Unidades de la Fuena Armada Nacional Bolivariana:

Oncuenta mll (50.000) Raciones de Combate.

SEGUNDO; Los bienes anteriormente desartDs constituyen el objeto de la presente Encomienda de Gestión asignada a la Empresa del Estado ·coMPAÑÍA ANÓNIMA VENEZOLANA DE INDUSTRIAS MIUTARES (CAVIM)", para lo cual dispondrá de un monto total de SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Mil BOÚVARES SIN CtNTIMOS (Bs. 7.840.000,00), y ~ .' efectuar la procura de los mismos en un plazo máximo de seis (06) ;#ses, contados a partir de la publlcaoón en Gaceta Oficial de la presente Resoluoón donde se autOriza la encomienda.

IEB.CfBQ: Para la ejecución de la presente Encomienda de Gestión, la Empresa del Estado "COMPAÑÍA ANÓNIMA VENEZOLANA DE INDUSTRIAS MILITARES (CAVIMr, deberá cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y Sistema Naoonal de Control Fiscal, con el Decreto con Rango, Valor y Fueria de Ley de contrataciones Públicas y su Reglamento y demás procesos administrativos correspondientes.

Q.!ABIQ.: La presente Resoluoon entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República BolÍY<lriana de Venezuela.

Comuníquese y publíquese. Por el Ejecutivo Nacional,

REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 27MAR2017

RESOLUCIÓN N°018496 El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE V\.ADIMIR

PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto Nº 1.J<Wi de fecha 24 de octubre

de 2014, publicado en la Gaceta Ofldal de la República Bolivariana ele Venezuela Nº 40.526 de fecha 24 de oct1Jbre ele 2014, en ejen:icio de las atribuciones que te confieren el artículo 78 numerales 19 del Deaet:o Nº 1.424 con Rango, Valor y Fuera de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de ronfonnidad con lo estableado en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto Nº 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideraaón del artículo 17 del Decreto Nº 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de ta República Bolivariana de Venezuela Extraord,nalia Nº 6 210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento Nº 1 de la Ley Orgán,ca de 1a Administración Ananciera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestano, en CXlllCXlrdanda con dispuesto en los artículos 6 y 7 del Deaeto Nº 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra ta Corrupoón, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolrvanana de Venezuela Extraordinaria Nº 6.155 de fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUELVE

ÚNIC.Q: Designar a partir del 15 de marzo de 2017, al General de Brigada

ALEXIS MARCIAL ESPINAL FERNÁND!Z, C.!. Nº 9,547,083, como

responsable del manejO de los Fondos de Funoonamiento (Partidas 4.02 y 4.03),

que se giren •.a la Unidad Administradora Oesconcentrada sln n ÓN DE MIUCIA ili,uvARIANA ZODI N .. 7855.

-t,O~I\O <la¡ , ()~ Comunlquese y publfquese. ~.,. .,,í" "'", .fo~,. Por el Ejeartlvo Nacional, //¡ ~ •. ~. ~l

"'

REPÚ8UCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL MINISTRO

Caracas, 27MAR2017

RESOLUCÓN Nº 018497 El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VlADIMIR

PADRINO LÓPEZ, nombrado mediante Decreto Nº 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Ofldal de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.526 ele fecha 24 de octubre de 2014, en ejercido de las atribuciones que le confieren el artículo 78 numerales 19 del Deaeto Nº 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de confonnldad con lo establecido en los artírulos 24 y 25 numeral 20 del Decreto Nº 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bollvarlana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 6156 de fedla 19 de noviembre de 2014, habida conslderadón del artículo 17 del Decretl'.l Nº 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de 11a Administración Anandera del Sector Público, publicado en la Gaceta Ofldal de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria Nº 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público soore el Sistema Presupuestario, en concordancia ron dispuesta en los artículos 6 y 7 del Decreto Nº l. 41 O con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupoón, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinana Nº 6.155 ele fecha 19 de noviembre de 2014,

RESUEt.VE

úrffl:;Q: Designar a partir del 03 ele marzo de 2017, al General de Bligada

AlfREDO ENRJQH MORAL!S Hll!RNÁNOEZ, C.!. Nº 7.975.081, como

responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03),

que se giren a la l:lnidad AdmlniStradora Desconcentrada sin fl , DMSIÓN

DE MIUCJA881.ÍVARIANA ZOOl G Nº 07

comuníquese y publíquese.

!>or el Ejecutivo Nacional,

.,.•º '"ºº" .q ~(, .,<f !11,l

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.897

MINISTERIO DEL PODER POPULARPARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

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434.898 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN

UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGIA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN

ELECTRÓNICA

Caracas. 06 de febrero de 2017

206º, 15 70 y 18º

Quien suscribe.NERISSA JOSÉ AGUILERA ARTEAGA. titular de la cédula

cte identidad N° V-12.556.836, actuando en mi carácter de

Superintendente, de la Superintendencia de Servicios de Certificación

Electrónica (SUSCERTE}. según nombramiento contenido en la Resolución

Nº 122, de fecha 12 de mayo de 2016. publicada en la Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela Nº 40.906. de fecha 18 de mayo de

2016; en ejer<icio de las atribuciones conferidas en el artículo 30,

numerales l y 2 en concatenación con el articulo 22 numerales 8 y 9 del

Decreto con Fuerza de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas.

· -, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana Cle Venezuela N°

_) 37.148, de fecha 28 de febrero de 2001: en concordancia con los artículos

3 y 14 del Decreto Nºl.399 con Rango, valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas, publíca<lo en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela Extraoroinario Nº 6.154. de fecha 19 de

noviembre de 2014 y al articulo 15 <!el Reglamento del referido Decreto

Ley. publlcaoo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela N° 39,181, de fecha 19 de mayo de 2009; y conforme a lo

previsto en tos artículos 4. 10, 12 y 26 del Decreto con Rango, Valor y

Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública. publicado en la

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinario

Nº 6.147. de fecha 17 de noviembre de 2014; y el artículo 72 de la Ley

Orgánica de Procedimientos Administrativos. publicada en la Gaceta Of1cial

de la República de Venezuela Nº 2.818 Extraordinario. de fecha 01 de julio

de 1981, dicta la siguiente:

PROVIOENCIA APMINSSTRATIVA NRO- 001-2017

ARTICULO 1.. Se designan a tos miembros de 1a comisión de

Contrataciones de carácter permanente, de la Superintendencia ·Jie:-::-~:-: ;:>~·~icios de Certificación Electrónica (SUSCERTE). la cual pasa a es,ta~ .

integrada por las personas que se identifican a continuación;

Área Jurídica Oiga Sanabria

V- 12.621.295

Área Jurídica

Mary Eugenia Escalante

V-13.615.005

MIEMBROS PRINCIPALES

Área Técnica Nairobi Miquelena

V- 14.875.601

Área Ec:°onómlca Financiera Rubén Dario Bey

V-6.708.004 ----

MIEMBROS SUPLENTES

Area Técnica

Ricardo Guzmán

V-19.173.819

Secretarla Liz Jei Lafee Hernandez

Sara Campins V-6.164.480 V-12.495.394

Área Económica Financiera

Angela Hevia

V-18.761.096

(Principal) (suplente)

Art{culo 2. Se revoca la designación efectuada a través de la Providencia

Administrativa N° 001-2015. de fecha 20 de enero de 2015, publicada en la

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.601, de fecha

12 de febrero de 2015.

Articulo 3, La presente Providencia entrara en vigencia a partir de su

publicación en la Gaceta Oficial de la República B0livarianc1 de Venezuela.

Comunfquese y Publfquese;

REPÚBLICA BOLIVARIANA OE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

EDUCACIÓN UNIVERSITARIA CIENCIA Y TECNOLOGÍA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS OE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

Caracas, 14 de Noviembre de 7.016

206º. 157º y 17º

Quien suscribe. NERISSA JOSÉ AGUILERA ARTEAGA. titular de la cédula

de identidad Nº V-12,556.836. actuando en rni rnrácter de

Superintendente de la Superintendencia de Servicios de Certificación

Electrónica. según nombramiento contenido en lo Resolución N° 122. de

fecha 12 de mayo de 2016. publicada en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariona <le Venezuela N° 40.906, de fecha 18 de mayo de 2016 ; en

ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 1 y 2 del artículo

30. del Decreto con Fuerzo de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas

flectrónir.as. publicado en la Gaceta Oficial oe la República Bolivariana· de

Venezuela N° 3_,7,,¡148, de fecha 28 de febrero de 2001, y conforme a lo

previsto en el artículo 12 del Decreto con Rango, valor y Fuer2a de Ley

Orgjnica de la Administración Pública publicado en la Gacet<:1 Olici.il de la

República Bolivariana de Venezuela Extraordinario Nº 6.147, de fecha 17 de

noviembre de 2014; en concordancia con. lo previsto en el artículo 72 de la

Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, publicada en la Gaceta

Oficial de la República de Venezuela No 2.818 Extraordinaria. oe fecha 01

de julio de 1981, dicta lo siguiente:

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 007•2016

CONSIDERANDO

., .. Que la sociedad Mercantil PROVEEDOR DE CERTIFICADOS (PROCERT),

C.A., inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del

Distrito Capital y Estado Miranda. en fecha 14 de agosto de 2006, bajo el

N"44. tomo 1389-A. expediente Nº525359, cuyo Registro de Información

Fiscal (RIF) bajo el Nº J-31635373-'7; representada por el c:iudadano

OSCAR JOSÉ LOVERA PEÑA LOZA. venezolano, mayor de edad y titular de

la cédula de identidad Nº V-6.253.23'.>; presentó en techa 08 de agosto de

)p,J..§_. ante esta SuperinterÍdenci<> ue Servicios de Certificoción Electróriic~·;~

solicitud de renovación de la ocreditación como Proveedor de Servicios de

Certificación (P~), de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y

32 del Decreto con Fuerza de Ley Sobre de Meniojes de Datos y Firmas

Electrónicas. en concordancia con lo previsto en el articulo 9 del

Reglamentó Parcial Clel Decreto Ley Sobre Mensajes de oatos y firmas

Electrónicas y demás normativas aplicables.

CONSIDERANDO

Que la Sociedad Merc¡¡ntil PROVEEDOR DE CERTIFICADOS {PROCERT),

C.A .. anteriormente identificada, ha sido un proveedor de servicios de·

certificación electrónica acreditado ante esta Superintendencia desde el

año 2008. según consta en la Provioencia Administrativo Nro. 028.

publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariano de Venezuela Nro.

38.976. de fec~il 18 de julio de 2008, y cuya último renovación de su

acreditación consta en la Providencio Administrativa Nro. 008-2~1.s,

publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro.

40.783, de fecha 06 oe noviembre de 2015.

CONSIDERANDO

Que medi.inte Informe Nº DSCEC-RPSC-002/-002•16 PROCESO DE

RENOVACIÓN DE ACREDITACIÓN DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS DE

CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA PROVEEDOR DE CERTIFICADOS

(PROCERT), C.A., de fecha 09 de septiembre de 2016, esta

Superintenden~ de Servicios de Certificación Electrónica, realizó··. ~n

. conjunto de recomendaciones al verificar el cumplimiento de los requisitos,

obligaciones y normas técnicas que debe satisfocer todo Proveedor de

Servicios de Certificación. las cuales deberén ser acatadas por el solicitante

de acuerdo a 10 previsto en el informe antes identificado.

CONSIDERANDO

Que la sociedad mercantil PROVEEDOR DE CERTIFICADOS (PROCERT),

C.A-, cumplió con los extremos previstos en los artículos 24 numeral 2 y 32

,9,t~~ecreto con Fuerza de Ley Sobre Mensajes de D.itos .~.

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.899

Electrónicas, en·• concordanci~ con lo dispuesto en el artículo 7 del

Reglamento Parcial del Decreto Ley Sobre Mensaí es {:le Datos y firmas

Electrónicas, presentando los garantías necesarias. según fianzas que

constar, en documento autentic¡¡dos por la Notariá Octava del Municipio

Autónomo Chacao, en fecha 21 de septiembre de 2016, inscritas bajo los

Nros. 45 y 46 del Tomo 442 de los Obros de autenticaciones llevados por esa

Notaría.

RESUELVI::

ARTÍCULO 1. Renovar la acreditación otorgada como Proveedor ne

Servicios de Certificación oe la sociedad mercantil PROVEEDOR DE

CERTIFICADOS"'"' (PROCEFrr), C.A., RIF. N" J-31635373·7, En

consecuencia, se reconocen los efectos legales establecidos en los artículos

18 y 34 del Decreto con Fuerza de Ley Sobre Mensajes ne Datos y Firmas

Electrónicas a todo aquel certificado proporcionado por este proveedor a través de su autoridad de certificación principal. en función de su

declaración de pr~cticas de certificación y políticas de certificados. ello de

conformidad rnn lo establecido en el articulo 16 del mencionado Decreto

Ley.

ARTÍCULO 2. El Proveedor de Servicios de Certificación podrá proporcionar

Certificados Electrónicos di rectamente a los signa.ta rios que se constituyan

en usuarios fina les o sus autorid¡¡des de certific¡¡ción subord inadas. de ser

el caso. ·-,

ARTiCUlO 3. El proveedor de servicios de certificación debe mantener

durante la vigencia de la presente Pro_videncie ef cumplimiento de los

requisitos, obligaciones y condiciones legales, financieras y técni~a's

establecidas en los artículos 31 y 35 nel Decreto con Fuerza de Ley Sobre

Mensajes de Oc,tos y Firmas Electrónicas y 12 del Regla mento Parcia I del

Decreto Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Igualmente,

deberá subsanar cualquier observación contenida en el respectivo Informe

de renovación. dentro de la oportunidad esta blecída para ello. El

incumplimiento de las obligaciones aquí indicadas podrá aca rrear la

suspensión o re.;-..,ocatoria de la acreditación, sin perjuicio de la.,'- ,. es

,,;ofü,,~,nistrativa s correspondientes. 'f 'f ~ ~ \)j '1 Ci.:~\ ~ .~ rt"~:· ~::;y.,,

ARTÍCULO 4. La renovación aquí otorgada tenará una duración de un (01)

año, a partir del 07 de agosto de 2 016. A los efectos de la próxima solicitud

de renovación, la socied;;,d me,,cantil PROVEEDÓR DE CERTIFICADOS

(PROCERT), C.A., {:leberá presentar la solicitud dentro del l;;,pso

establecldd en el ¡¡ rtículo 9 del Reglamento Parcial del Decreto Ley Sobre

Mensajes de Datos y Firmas E=lectrónirns.

ARTÍCULO 5. La presente Providencia Admin istrativa entrará en vigencia a

partir del 07 de agosto de 2016.

Corn unfq u ese y Publíq uese.

REPÚBLICA !:IOUVARIANA DE VEN!c7UFLA MrNISTERIO DEL PODER POPULAR PARA

EDUC/\CIÓN UNIVERSIT/\RjA CIENCIA Y TECNOLOGÍA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

2;,5' . 15 :'" y l T'

C)uicri susui:H', NERISSA JOSÉ AGUILERA ARTE.AGA_. Lilu c1, :;e .

cédLld :Je icc:i:icic1d W V-i2.556.8J6. ,KtLk;r1dc fc!l rni ~~ 'dL;_e· '"

Superirn~ r denk clP. -a s ,.;perintendenc ia de Servicfos rl,: Certi' ,,-,,;:- c:-­

Eledrúr· cu seqúrr nombramienlo conlenido er' l,:i Rcso t.ció,, N" i2>.

r10 1echil J '.l t11c n,¡¡yo de :2(Hb. puhl ic¡¡d¡¡ en la :,acE-,i'.l Ofi~_ iill ~¡, i¿

fir p:'1b:irn ~cdivnriilnf. ¡-JF VenE-zuela \' 'lO.CJOb d~ f;-oc!,ci ,.S 11~, nuv:: :::'

2C1G e·1 21e''.:1co de les atribJcior:es confcridac_ ('fl l::i~ •,c;·nC'·2 t"" -'- , > ·::el y( in.lo .-~D or::, DC'uern con Fuerza de Ley ~oore '~e1cs¡;;o::s :,(' a.l:·ir.::,:

v cirne1, :.: lectrórr c~s. JJL·bl icaúo eri 1~ Gate1cJ Oíi,.1cJ de lc1 '\i:':.i,:.-c ,: ,_

l,cúv,;1 /Jr1c; Ge Ve11en,elu :'I' 37. 1L8, ue iecl·,¿¡ )8 Je ru: ··:_-. :; :l e, ;oc,: . v

, .. u·,l¡¡;"TI'"' ,, ;,~ _:,r<2v i~t0 f'n f'I artíc11lo 1-; íl('' Or,neto c:m '{il•1;c.. \Ja·c;r y

Fucr,a :Je Ley Orgánica dC' la Admínistrac:ón PLiDlicci. p,r::,li(¡;,j" er· ic;

('aceta Ofc i;; I de I;; Rep:'.iblicci Boliva,i<iíld ue Vene,sieic1 1-xt,,_,c·c! r·~

N' c.14"i. :Je techa 17 cie noviembre de 2014; en con::ordu1<: ü , c,·, ;,J

p1 evi~w er ~-: ¿,r·lículo 7'J.. de la .. e;y On)árciCíl de P"n,P.:l im:,· ··,¡c,:

Ar1 min1-;trativu~. publ icada en la Gaceta Ofic ial de le Re:i<n ;,: o ,,,

Vcncn;cla l:XffGü1di11c1:iG l\•c 2.818. de fecha D.' de iulio ,Je i9!) d:c :c:

la s:q u'e1te:

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N" 008-2016

CONSIDERANDO

Qui:' la FUNDACIÓN INSTITUTO OE INGENIERÍA PARA

INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO {FIIIDT:. oT I"'

;,on:,titudc scgGn l')ecret·:) Nr: 733. publicJdc cr. G.Jcc~r.~ Cf!c: '.i: Gri :::.

Rcpúb'ico d<" Ve11ezuela Nro J7.067 de fecha il5 dl' Sl'f~Ti1':,12:·c ,L

, .98C. in!:>CitJ en ci Registro de lnforr.iac:ón ·-r~c;,, ' ,.,,;p ,.-.,

N' C ¿()~)0~6~0-3 y re¡m:se ritüci i.l POI el ~tudad.:iro FRANCISCO

ANTONIO DURAN COLMENARES venezolaílO. m2vcr (lec P.~dd. ti.,;,, ¡ ,'l' ;,, u',.:1,,1,-, d,0 icienlid,,d 1\:10 V 6.1\28.i:Ol. en su car~ctc:r ,,e 1~ r0.::.idc1t:o :..::j0.,,~ut:vo (E) cie ú~c.:hc1 fundación, tal ~=or~·,J co·1:;t:! r.:1 ::-i

i:.e0 :olucio-, N-, :JLl. de fec:ia 17 ele f:'nero j,, 201.: en cw¡¡Da ce:

Mi,· 'sterio :.: 21 iic;:le:>r Po pular para Edu(,:c iór: U •1iversi:nna. C',:n, ¡,_; '/

Ti'rno-0:1.·,:: . u,_.u i(.,,Ja \c' r1 lci Caceta Ofiria: (le la ílepC1i:di,:a i:lolivJ r ..: ·u

c1c' \Jc'r"(',uc,,; rJ'· ,.o .. '.i73. de fecha Li :Je l':w:-o •li.' 20:">. qLier• prt'sc,r:i·f

l'r w::··") O!l c12 julio de 20 L6_ d'lte ec;t3 Supcri·,L2nder1~ ia de s,,,·vir i-;;,;

d:' U·rrii::-'l'.'"i1n ~lccrró nicil, lii solic ltuci rli' rc•1ovoci6n de cJ<.:;editil::rón

c:cr·10 ;->rc;v[t:~o:- ·:1r .. S~1·virio5 :1E- Cerl_ili~ación :PSC), de (onro ·rni de1d

cor io e,;i::,olcc:do c11 los Mticulos 31 y 32 del Dccr¡ato co r· íue• Ld ck

'..•:!:-; ~,G~,r¡, dr: Ml'r-,;i_'R., di> Datos y ,inr¡¡s :: lr"ctrón;c;is cr. co r~·o1daric i'l

rnr· ·n 1:<"(·vi ·; : o e,· el :,rtkul:_, 9 del l{eg lamcilLO ":.1rLi:.1 del Gf'Gf:to 1 ,0 y

Sot1:·l' r0cn··;,,,r--oe, "'-~ JJI ::is y 1i1 •nüs Electróni~as y cemé" riorr·,ati'""-''

ci:Jli::ilb:t'~.

FUNDACIÓN

INVEST!GACION Y

CONSIDERANDO

INSTITUTO

DESARROLLO

DE INGENIE.RÍA PARA

TECNOLÓGICO (FIIIDT),

Jr ~! cr iu· rr1..~ ·1:··::: ;_:Je!!tific ~Jci, ha slti0. l .. n pn::;veed:y tk: :;cr-\.,i~:o~ :je

~cr·il;,-,,, ,,·,., ··:.,., ,~,c,:ddü por esta Supe :-intcn:Jcr,L;cJ ciesu¡, el ~·10 )()()il.

se,1 :·;i- ::ons~.a r·n ,;, Providr::n~i;:; Admi,1 ist1,1tivo Nº 01 l. r,cmliCdélcJ \c'I'

::a,:<:·l,J ()iic_iJI dC lil Rc-púl)liCJ EloliVd''i:Hli:I de Vr-nP7t,el'l Nr0 38 9/6 d,:,

1ec,1<1 18 d'= ju/ o ce 2.00S. y cuya última wncvJC1ó11 cie ~L, ,iuediuriór'

c:J'bld er: "•:1v1dem ia fa.d•ninistrat1víl \J" 010-201">. p :11:Jli,~rh ,.,.

c;,;cd,1 Ofi:·;~; C:f' la liep1'.Jblira Solivari2n0 1\/" 40.79J de fec:r.r. )ti e!<-

CONSIDERANDO

(/ lff me:Ji-int;:, INFORME N' DSCEC-RPSC-003/2016, ds::i"ü'fl i:1¡¡ r,o

PROCESO DE RENOVACIÓN DE ACREDITACIÓN DEL PROVEEDOR

DE SERV!GO DE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA FUNDACIÓN

INSTITUTO DE iNGENIERÍA PARA INVESTIGACION Y DESARROLLO

TECNOLOGICO 'F IIIDTJ. ri-" kcha Cl'l GE' ~<i'PI ien1l);e e f:' ?016 . f:'o,cl

'óu:;,:,,;r.tc'1,::er:ci¿, ~ie Ser·vicios de Certif:cación ·=1ecti"ó·1ic::1. ,·ca iiLó

r<',';_,L.nt~ :1P rt:'c0me1d<lLiu11es al vcrificd, el curn ¡:linie,mo ,:k º"· requ isitos. obligaciones y normas técnicas que debe satisfilcer tüdo

Proveedor de Servicios de Certificación. las cua les deben ser acata das

por e l solic itante de acuerdo a lo previsto en el informe ameS

identifi cado. so pena de ser sancionado con la suspens,ón o revocaci cn

de la acreditación

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434.900 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

CONSIDERANDO

Que la FÜNDACIÓN INSTITUTO DE INGENIERÍA PARA

INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO (FIIIDT), curnp:ió

con los extremos previstos en los artículos 24, último párrafo y 32 dei

Decreto con Fuerza de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas

Electrónicas, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7 del

Reglamento Parcial del Decreto Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas

Electrónicas. presentando las garantías necesarias .. según fianzas aue

constan en documento autenticados por la Notaria Pública Trigésima

Primera del Municipio Libertador, en fecha 11 de agosto de 2016,

inscritas bajo los Nros. 7 y 8 del Tomo 151 Folios 34 al 37 y 38 al 41

respectivamente, de los libros de autenticaciones llevados por esa

Notaría.

RESUELVE:

ARTÍCULO l. Renovar la acreditación otorgada a la FUNDACIÓN

INSTITUTO DE INGENIERÍA PARA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

TECNOLÓGICO (FIIIDT), RIF Nº G-20004650-3, como Provf'edor de

Servicios de Certificación. En consecuencia, se reconocen los efectos

legales establecidos en los artículos 18 y 34 del Decreto con F:uerza de

Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas a tocio aqu:.,¡

certificado proporcionado por este proveedor a través de su autoridad

de certificación principal, en función de su declaración de prácticas de

certifiec:lción y políticas de certificados. ello de conformidad con !e

establecido e'n el artículo 16 del referido Decreto Ley.

ARTÍCULO 2. El proveedor podrá proporcionar certificados electrónicos

directamente a los signatarios que se constituyan en usuarios finaies o

a sus autoridades de certificación subordinadas de tercer nivel. de ser

el caso.

ARTic u LO 3. H p :-oveedor cie :;crvtcios de ~.er ti fiucró~' de~)e ,-ncrntcrv,l

.Jur:::n-cr. la v:~wnc is de la presente Provid encra ~~~1 curr1 µI imicnto jf: ·w

n~iu isi~ns. ot! i}c civr1cs y condícior.P.s lr:~gales, fi ·~arn:iu ;JS y técnica:,

esL:ü)IP''" d~ '> ::1··; l:::,s o 'f culos Jl y JS del Decr~rn con f-ucr1..tl (:E: '..-~'V

~)üUrl..' Mc¡1sc_:cs ~1e LJ¿itos y Fi nnos Electrónicas y ·1) c!e! Reg lrlrncmo

.:,¿w:i;.1i .::L: i_Jl'l 'l'i ~J ! .. cy Su br(:? Mensajes :::Je Da:o_s y 1i rmj=,.; :::: 1ectró·1ic:i.:i::.

: q ;_id lrr1Pt1~~. Ud~c~~~ s ubsu 11¿:¡ r cualquier o ::servac16ri contEnicL=.i C..::.''. e·:

rcspcct:vo ir~tcx1·1E-' dP rericvacién. dent.-o de ia oportur1itls:i~: [St):Ü_\:,~::icL·l

ARTiC U LO 4. l :':; r;:,>10\Jvcién ¡,¡quí otorgada tendrá un~ ri11ración ch= u í1

(O~:, ,=ir\:), a ~;,~-Hfi-~ del O/ de ¿¡gcslc (k 7016. A Jos efectos de lr:i próxi .. rH

sel ici t·ud de r·c ::o°ltación. la FUNDACIÓN INSTITUTO DE I NGE NIERiA

PAR A !NVESTIGAC[ÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO { Fr11 DT) i

,:;t~b~r·(: r,r(~Sl'~ ·""tZír J~ 5o!ic:tud deritro del la riso est¿-1 blec1J~) eri e': d r t ku!o

q e c·I ~{ei;.,; !i·~ :·,1b' rii.u Pd rcidl del Decreto Ley c~obrc Mensa.ies dP. Djtc~~ y :_irr:ias Uect~,y-ic;:;1~;

ARTÍCULO 5, L.:.1 e ~-es2m2 Pmvidc0 rK·ia /\drn inislr'o:Livd ~ urts s .... .s 2f P.c·_o':.

o ::.:,J rx di.:.:, ·:)7 ut-: d~u~w de 2 81.6.

/ .. //;{ __ f-·~·

!, 1Jté;1,t].{i :: NERISsA:j:~:Lé~: A~TEAGA

· S_ipef-friten~cril;:,: ::;.:_\; ',l' ¡,_,::>:._; .'.:i'·--'~Jli,·<3(::~olución Í\" 122 de fec:no: 12105/2016

C::,-;Ld-:l O{ic:¡dl Í~:..i .:10.906 rJc tcch.5 .. '18J0S}2Cl6.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT YVIVIENDA

REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA

DESPACHO DEL MINISTRO CONSULTORÍA JURÍDICA

RESOLUCIÓN Nº 028 CARACAS, 15 DE MARZO DE 2017

206°, 157° Y 18°

E! Ministro del Poder Popular para Hábítat y Vivienda, designado mediante Decreto 2.181 de fecha 6 de enero de 2016., publicado en Gaceta Oficial Nº 40.824 de fecha 8 de enero de 2016, en ejercido de la competencia conferida en el artículo 5, numeral 2 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 78, numerales 3 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.147 Extraordinario de fecha 17 de noviembre de 2014, las previsiones de los ::iicu!os 5 y 21 del Decreto con Rango, Vc:i:oí y Fuerza ·de ~ey Sobre e! Régimen de Jubilaciones y Pensiones de I os Trabajadores y las Trabajadoras de ta Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal publicada en Gaceta Oficial Nº 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014 y lo previsto en el artículo 12 del Instructivo que establece las Normas que regulan los Requisitos y Trámites para la Jubilación Especial de los Funcionarios y Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Munícíp1os. y para los Obreros y Obreras al Serv!c1o de la Administración Pública Nacional, publlcado en Gaceta Ofícial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.510 de fecha 02 de octubre de 2014.

RESUELVE

ARTÍCULO ÚNICO: Otorgar el beneficio de Jubilación Esp~,ial, aprobado por el Vicepresidente Ejecutivo de la Republica mediante Planirla FP-026 de fecha 07/10/2016, al ciudadano: JOSE ROSARIO BARRETO MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 537.600, de Ochenta y Un (81) años de edad, con Dieciséis (16) años, Un (01) mes y Veinticuatro (24) días de servicio prestado en la Administración Pública Nacional, siendo su último puesto desempeñado Vigilante,. en el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, la cual se hará efectiva a partir del Primero (O 1) de abril del Dos Mil Diecisiete (2017). El monto de la Jubilación Especial es por la cantidad Quince Mil Cuatrocientos Noventa y Seis Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs. 15.496,61) mensuales, equivalente al Cuarenta por Oento (40%) de su remuneración promedio mensual de fos últimos 12 meses y siendo homologado al salario mínimo nacfonal vigente.

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.901

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

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434.902 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

MINISTERIO DEL PODER POPULARPARA LA ENERGÍA ELÉCTRICA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.903

Las decisiones dictadas en resguardo del!orden constitucional implican la odooción de medidas destinadas a garantlzar el funcionamiento eficaz de le lnstitucionafidad democrática del Estado venezolano y la protección del Pueblo Soberano. lo cual no puede verse afectado o alterado en ningún C~S().t

Las decisiones emanadas del Tribunal: Supremo de Justicia no har, despejado al Parlamento de sus funciones, asl como tampoco lo r.1 disuelto o anulado, y reconoce la inmunidad parlamentaria como una garantfa de la función legislativa, con las Hinltaclones que establece el texto constitucional Es sólo respcnsab!Udad del órgano leglslatlvo reasumir el válido ejercicio, legal y legitimo, de sus competent:ial oonstitucfonales, al ai;,;itll/' lqs decisiones del Poder Judicial y someterse al Estado de Derecho

El sistema de gobierno venezolano está confonnado par cinco Poderes r:,bHcos nadoneles que ft:ncionan de manera autónoma, y los conflictos q·Je pt:dieren exictir so resuelven atendiendo al ordenamiPnto ~,n$litucionat, sin e!llbargo, et Poder Judicial no demostrará pasividad ar':i ¡ or ;1taques de los cuales pudiéramos ser objeto por parte de fa et oree r.adona!es e ¡ntemachiia1M, que hoy se alzim con w1n vocería tendenciosa y descorocedora de la soberanía.

· El Tribunal Supremo de Justicia en consideración al exhorto efectuado por el Consejo de Defensa de la Nación ha procedido a 19V!aar las decisiones 155 y 156, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurfdico venezolano, y en tal sentido, hoy son públicas y notorias sendas sentencias acla~torias que penniten sumar en lo dldéctlco y expresar cabalmenti, e! esplritu democrático constitucional que' sirve de fundamento e las d'.'~~IC'ne,; de este Máximo Tribunal

Desde el Poder Judicial de la República Bolivariana de Venezuela en corr ~spondencio con nuestro talante, ratmc.;.T.os la disposición ¡¡I d:61ogc nacional y la resolución de conlroverslais entre las dlstlntae ramas del Poder Público confonne a lo previsto en tia Constltuc:lón de la República Bolivariana de Venezuela, garantizando J 1a defensa de la Nación y la Constitución que el Pueblo Venezolano ~ dio para tranaltar el rumbo que irrevocablemente le corresponde en la !Historia: ser soberana, fibre e ircfe?endien!~

l a Primera Vicepresidenta

•. / LOS OIRF.CTORES,

DEFENSA PÚBLICA

f!EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEruELA DEFENSA PÚBLICA

l'Iº !1DPG-:>017-043 C1raí.il~. l O rll' r1;i7,:-1 ,j,, ?.:J • / : 4? • .'l ., ! ~ ..

,.:i (')r,'enc.0r;:1 Públ1::a G~rera' ORA SUSANA BARREIROS R0DRÍGUf7, t,' ;hr d<' la cccll'3 r~ ,dent,,.,1(' Nº V-14.8S1.035, des1gn.:id.;1 rn1)d•~nt,,

1/1.cu~rdo d,~ ta Asilrnblea Nacional, ce r~ha 10 de diciem~re c!e 2015, pu:11,cado

len ,~ Gacetil Oficir1I de la República Bolivanana óe Venezuel.a Nº 40.807, de la ,m1~rna_ fecha, con fundamento er lo dispue5':o en el articulo 3, de la Ley IOrgAniCil ne 1, Defensa Pública y e'l ejercicio de sus atribucione~. ~stab~;das

(':1 el irtícutr:, 14, nL'merc>tes 1, 11 y 17, P/11,rfe.rr>,

CONSIDERANDO

h1e "'5 competencia de la Defensora Pública General, como máxima ilu:oridad ¡oP e-:ic 0-1~10 C')rs•iturion;if, ejercer I?. dirección y supervi~iór'! rlP. l:i Defens.1 !r ,.·i .~.

CONSID!:RANOO

Que es competencia ele la Defensora Publica General, como máxima autoridad 1de 1a Def.-:,i;;, rt',bl·,::1, :e';ir por et cumpli•rnemo de les pr:xes'.lc. <le ir')rf'~,1. ,,~,e~? C',C'M.1 •1 t ,<'?.rlo "1<:1 ~=al de e<>tP ón1an-: Cons,1t••nc·i~ l.

CONSIDERANDO

Que e~ rotestad de ta Defensora PL1bhca General, como máx111';, ilutoric1,il1 (Ir,

1,1 Defens;i Pública. asignar ta competPncia de lt'<. f)ef"n~or• ~ r,·1t,t,,~~ e ;ne,0 ns0ras Públicas, ror trmto,·10 y m,,trria.

RESUELVE

:PRIMERO: TRASLADAR a ta oudadana MARIGREYS VANESSA BLANCO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.714.S3S, Defensora Pública Auxiliar con competencia plena, adscrita a la Unidad Regional de 13 Defensa Pública del estado Vargas, a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Bolivariano de Miranda, para que se desempeñe como Defensora Pública Auxiliar Primera ( 1 º}, con competencia en materir1 Pe'lal Oróin,mo e"' fase de Proceso, a partir de la fecha de su not1ficac1ón.

¡,

SEGUNDO: Publicar el tel<to integro de la presente Rec,r.-lur16n cr 11 Gw<'td

Qfir,¡it rle fíl Re;-úr,J,n ~otivr1r1?.n/\ ele Vcnez:1PI~

Ddda, f1rmar1<' y 5~tta1.:i rn el Desp•cho de líl oeier.sc•a Púb'ir:a Gent'',1'. t?r. 1~ r1url:1d de C'c:ra,,,•

REPUBLI('A BOUVARIANA OE VENE7.UEl.r\ DEFENSA PÚBLICA

Nº DDPG-2017·0·!-'I C:ri!rd<;, 1 O de m11r11 de 20 ! 7 .~/º "(;;,•., 1~º

!La Defensora Públir.:i General, ORA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ ,!titular di> la cédula de ;dentidad Nº V-14.851.035, designada mediant~

!Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015.

publicado en la. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº

40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3,

lde la Ley Orgánic:a de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atnhuc1ones, .1estill)1PCidas en ei a~iculo 14, numerales 1, 2, 17 y ?t ejusdem,

1

CONS!Dl:RANDO ¡

!Que es compcrcn~1.i c1e l;i f)cfcnscra :, jt,11,:a C'..erc•;,f, cor.o "'3x mil 1

•¡ictor'::'?c1, PjPrcer l,1 rlirrrri0fl ·1 ~up~rviC:cir :Je 'a ~f<>"I<;/! =>t',b'ic,.

CONSIDERANDO

·Que correspcnde a la Defensora P1jblica G~neral, como máxima autoridad d~ ;; J.:fcn!:.:l p.:,~··o, 0a~.:ir~;zar cr derec~" a fa d,·fensa y ¿¡sist,,nci?. juridi:a ~:1

!todas las mstanc:a!:. ~ra qu;cn~~ lo r~:i'erc1:1, y ;i<í !()0,ilr el CJ"rrino

efectivo del acceso a la Justicia.

CONSIOF.RANDO 1

!Que es competencia de la Oefensoril Pública General, col"'o máxima lautondad de la Defensa Pública, asignar la competencia de los Defensores

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434.904 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

!Públicos o De'ensoras Públicas. por P.I territorio y por la materia, de acuerdo leen la nece~idad del servicio.

CONSIOERANOO

1 Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de la Defensa Pública, intervenir personalmente cuando juzgue conveniente en los procesos de la jurisdicción ordinaria o espedal, en cualquier lugar del territorio nacional. Podrá también nombrar Delegado

'Especia~ o designar Defersoréls Públicas o Defensores Públicos para ejercer ~ atribución.

RFSUELVE 1

PRIMERO: ASIGNAR COMPETENCIA a la ciudadana INGRIS DEL VALLE! CHACÓN VALECILLOS, tltulilf de la cédu!a de identidad Nº V•l0.740.453, Defensora Pública Auxiliar con ccmpetenc,a plena, adscrita a la Unidadl f Reg1onal de la Defensa P:'1blica de! estado Zulia, para. que aSista, asesore yl¡' !represente a la riudar1ana CARMEN SEDAS OE SANCHEZ, venezolana,

ltitular de la cédula de identidad Nº V-3.836.028, en tOdas las instancias el incidencias procesales a que hñya lugar, en todo lo relac,onado con la'. de!'Tlanda en contra de la empresa de SEGUROS CARONÍ, S.A., por

1 • -lconceoto de INOEMNIZACION OE DANOS Y PERJUICIOS, por ante los jTribunalec; Civili>~ c1Pi Pc;tacio z~1:1a.

i SEGUNDO: En vi'tud '!€' líl pre5ente ;is¡gnaci6n de competencia, la ,eferida• DefeMora Pt':t,lir1'1 podrá t:>rii11j;i, <1s·,;tcnci,1 ~ la c1udadaria ante,; idE'fltificada. l para sostenN 'I defeni:1Pr •u•; (11>red·1s e intereses, ante la instannal correspcndiente. queda'1do autonzada para intervenir en P.I m,<;mo en todas' <· 1~ in<t,mcii'i< r ,nriciPC1~1i'" r2st1 su c1r>finit ,.,;i coror.111~1rir ,~í CN':'" p;:,·,

'leJercer toc1C':. )~, 1,;.>c1·•<;t)<; ord'nanos y extraordinari0s a n,u .. " ·iy'I !¡:'.¡,,, i ;r,~;!1izar tf')dO"'. ("1 "''o,: ,"' :-t,.. <; :,u~ :-e2n proc,:irl0n~c~ y n~:esa .. e~. 1

ITER_C,J.BQ: Se ordena 111 not1firac1ón del Defen~or Púhlit0. ,<1ent1f•r:;i:1n ,1:­l ,11pr.-1, a In~ fines expueS':o~ e~ l;i presente resolución.

!CUARTO: Publicar el texto íntegro de la presente Re-;olu<:ión en la GacetJ ¡Oficial de la Rt>pú"ilica !<olivariana rie V1>nn11ela

.Dada, firmada y s en el Despacho de la Defe ora Pública General, en 11a ciudad de .~····0 () ¡'l '

~ 4,."+. " ,' "1" . 1 ;,'r"'....... ,. ·~} ~, , f 1 ./

!Comunique , ·;iy Pub~uese ... \ ' , - /. J . ' f {¡;t4ABAR~

1 w.~ ,JGUEZ

\ •' OE~Et,JSORA P ~;c:Ái ERAL ~, ~i.n .. ,.,,.,oo ,. , .. ,-,,.

"s.' l~ff~O<l\llS,~ ta lillepúl)oco ~ ~c1ev..,.,_,.."°.80' t 100<-1dt201s

1

REPÚBUCA 80UYARIA.NA DE VENE7UHA . DEFENSA PUBI T('A

Nº DDPG-2017·036 C.1racas, 01 de rr,no '1c 2Ct7 1 11-i • ' t

1 ,· 1. ~

'

La Defensora Pública General, DRA. StJSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada "Tiediante

~

cuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, ublicado en la Gaceta Oficial de la Repúbhca Bolivariana de Venezuela Nº

40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, e la Ley Orgánica ~e la Defensa Pública y en ejercicio de su,; <1tribuciooes, stableodas en el ;irt•i:1110 14, nurneralPS I t I y n. e/11,(fe'l),

;' CONSIDERANDO

'!Que es competencia de la Defensora Pública Ge'leral, corr.o miix•mi\ ? 1toric1~c1 'de este Óroano Const1t11cional, PJercer la dirPcoón y ~u1»rv1s•óo d<> lil f)r•f,,os~ 1 • P1')i:',1

CONSIDERANOO

'Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de la Defensa Pública, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egrese, ascPn50 y traslado del personal de la Defe"sa Públic.i .

CONStOERANDO

IQue es competencia de la Defensora Pública General, como n,t,,. .. ,., a1..to1,:! .. ; lcte la Defensa Pública, desiqnar el personal de es•e Óripno Cc-r<.t,'.~• -1M,il.

CONSIDERANDO

ue de conformidad con el artículo 71 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Comisión de Servicio será la situación administrativa de carácter emporal por la cual se encomieRda a un funcionario o funcionaria público el 1ercícío de un car,Q diferente, de igual o superior nivel del cual es titular.

COHS!DER'ANDO

Que el Presidente del Instituto Nacional de AeronáutiCa Civil (INAC), iudadano Jorge Luis Monteflegro Carrillo, a través de ofic,o signado con el

alfant.Jmérico ORH/GRl../546/2016, de fecha 27 de octubre de 2016, autorizó a la ciudadana ULA DEl. w\RMfN HERRERA ALVARADO, titular de la cédula de 1dent1dad Nº V-10.540.514, para que oont,nué cumpliendo f11nc,ones e'l este Órgano Const1tuc1onal, por el periodo de 1 año, siendo efoct1"a dF><:rli> !'I li S de marzo de 2017 hac;ta el 15 de febre•o de :?O 18.

RESUELVE

PfUMERO: DESIGNAR a la ciudadana ULA DEL CARMEN HERRERA ALVARADO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.540.514, para que continué prestando servicio como Jefa de la División de Tesorería, adscrita

la la Dirección de Contabilidad y Finanzas, de la Dirección Nacional de Administración de la DefenSi Pública, bajo la figura administrativa de Comisión de Servicios, a partir del 15 de marzo de 2017, hasta e! 1 S de fehrero de ]() 18

SEGUNDO: A los fines del cálculo de la remuneración que debe perc1lw lñ ciudadana ULA DEL CARMEN HER1tERA ALVARADO, il(JU I

suficientemente identificada, por los serviCios que debe prestar en la Dcíens.:i Pública, esta última deberá cons,gnar constancia emitida por la Oficina e.Je Recursos Humanos del Instituto Nac100al de Aeronáutica Civil (INAC), a los fines de determinar la diferencia de dicho monto con •a rerri,'l~roción asignada al cargo de Jefa de Div1s16n, que desempeií~ni confor~~ d le:

!acordado en el pr~nte acto, en el entenrlido r;ue dic'n d1'erenc1a corre~ponderá n;,garla a la Defensa Públlr:i

TERCERO: Publicar el texto íntegro de la presente Resotuc1ón en la Gilreta Oficial de la República Bohvariana de Venezuela .

ltEPtltl'l.tel 8-..W DE VENEZUELA Dl!FtNSA·PÚBUCA

, ' r"' • ~ I'-

IN° ODPG-2017·041 caracas, 10 de marzo de 2017 : ~s~. :!O! · y 16º

1 La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ. titular de la cédula de identidad Nº V·14.B51.035, designana r>M1<l'te Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre d,. l 0:5 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana ce Venezuela ~:~ 40.807, de la '.'11sma fecha, con fundamento en lo dispuesto e"I el ar+ic1.;lo 3, de la Ley Organica de la Defensa Pública y en ejerc1c10 de <us atribuciones .establecidas en el artículo 14, numerales 1. 11 y 27 eji•srem, '

CONSIDERANDO

Que es C?mpetenda de la Defe11sora Pública General, como máxima autoridad d7 e~ Orgaflo Constitllcional, ejercer la dirección y supervisión de !a Defens.:1 Publica.

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.905

CONSIOERANOO

!Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autcridad de la Defensa Pública, velar por el cumplimiento de los proc~ de l'Y,;'r?S<I, egreso, ascenso y traslado del ,ersonal de la Defensa Pública.

CONSle&MNDO

bue es com,etencia de la oe.i.~ PóbHca General, como máxima autoridad !Je la Defensa'Pública, designar el persontil de este Órgano Constitucional.

j

CONSIDERANDO

Que el Presidente de Petróleos de Venezuela SA (PDVSA), en fecha 06 de enero de 2017, mediante Oficio Nº DERRHH-00017·2017, de la Dirección EJecut1va de Recursos Humanos de Petróleos de Venezuela SA (PDVSA), aprobó la extensión del Permiso Remunerado del ciudadano CARLOS RAMON DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.561.704, para conbnuar prestando servicios fundonanales en la Defensa Pública, ¡:or e1 penodo de un (1) año, siendo efectiva hasta el 22 de d1c1emt>re de 2017.

j

RESUElVE

PRIMERO: DESIGN'AR al ciudadano CARLOS RAMON OÍAZ, titular de la 1

ula de ideAbdad Nº V-11.561.704, para continuar cumpliendo funciones! o Dl...-..11.-compras y-Contrato, adsclito a la Dirección Nacional del intstradón de la Defensa Pllblica, bajo la figura administrativa de Permiso 1.inerado, por el lapso de 1 año, siendo efectiva hasta el 22 de diliPmbre 017.

A los fines del cálallo de la remune~ón que debe percibir el 'udedano DRt.05 ....... DÍAZ. aquí suficientemente identificado, por los

dos que debe prestar en la Defensa Pública. este último deberá · constancia et,11bda por PetYéleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), e se desoiba el monto o iAgreso total mensual que en la acrualidad

a,mo ex>Pltrapresaáén por el último cargo desempeñado en la referida empresa del Estacló, a 106 filies de determinar la diferencia de dicho monto con la remuneración aslgiiada al cargo de Director de línea, que pasará a desempeñar en nuestra institución conforme a lo acordado en el presente acto, en el entendido que dicha diferencia, en caso oue la hubiere, corresponderá pagarla a ta Defensa Públl,a.

I BRCERO¡ Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en 12 Gaceta Fdal de la República Bolivanana de Venezuet;:i.

\Dada, firmada y se_J J~_ ., _ ~~- pacho de ta ~nsora Pública G,:,nera1, en la ciudad de Caracar,"::..:··_.., · .,;°"-:\-

/¡ '.:, .. '\ !comuníquese y PtJblíquese,

REPÚBLtCA BÓUVARIANA DE VENEZUF.I.A DEFENSA PÚBLií.A

Nº DDPG-:>017-01\2 (ar3cas. 10 de l"larw ce 2017 ¡~7º. ]!), o f J\"'

La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada -nediante Acuerdo de la Asamblea Naoonal, de fecha 10 de d,oembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bohvanana de Venezuela Nº 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo d1spu~o en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e}ercte10 de sus atribuciont>s, · establecidas en el articulo 14, numerales 1, 11 y 27, ejusdem,

CONSIDERANDO

(Que es c9mpetencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad ¡d\este Organo COnstitudonal, e¡ercer la dirección y su!)ervisóór de la l)(>f~n.~ ,Púvhc.:.

CONSIDERANDO

,Que es compete~c~ de la Defensora Pública.General, como máxima autoridad de la Defensa Publica, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso, ascenso y traslado 'flel pel'SQnal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es compete,nc¡a de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de la Defensa Pubijca, designar el personal de este Órgano Const1t11Cíonal

CONSIDERANDO

!Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley del Estatuto de •a Fur>c1or, Pública, la Com1s1ón de Seivicio será la situación adm1n1strat1va de caráct•~r temporal por la cual se encomienda a un funcionario :, funcionaria p111Jlirri el

~ ejercicio de un cargo diferente. de igual o superior r>1vel del cu,11 <'S t1tu11"

CONSIDERANDO

Que el Presidente del Instituto Nacional de Aeronáutica Ovil (lNAC) a través oficio ORH/GRl./544/3016, de fecha 27 de octubre de 2016, aprobó ta continuidad de la comisión de servidos a la ciudadana BLANCA TERESA GONZÁLEZ A'RCAYA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.308.759, para continuar cumpliendo funciones en este Órgano Constitucional, por el período de un año, desde el 15 de marzo de 2017, hasta el 1 5 de fehrero de 2018

1 RESUEL\/1:

,PRIMERO: DESIGNAR a 'ª ciudadana BLANCA TERESA GONZÁLEZ ARCAYA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.308.759, para cont:n..i,ir­prestando servicio como Directora Nacional de Tecnología de la1 Información, de la Defensa Pública, ba¡o la figura admin1strat1va de Comis1ónl de Servicios, por el lapso de 1 año, siendo efectiva desde el 15 de f!'arzo de

1

2017, hasta et 15 de febrero de 2018. ·

r,uMl.l!lllii. A los fines del cálculo de la remuneración que debe perobir ta ciudadana BWNM TOESA- Ge!N2M.EZ AA.CAVA aquí suficientemente identificada, i,or los se~ 41ue ,delw prestar en la Defensa Pública, esta última debeli coiw1gnar COldtafrda emitida por el Instituto Nacional de Aeronáutica Ovtt (INAC), sONle se describa el monto o ingreso total mensual

ue en la actualidad devenga c:o,no contraprestación por et último cargo desempeñado en el referido institi*>, a los fines de determinar la diferencia de dicho monto con la remtineradón a&ignacla al cargo de Directora Nacioni!I, jque desempeñará conronne a lo acordado en et presente acto, en ·~I ,entendido que dicha d1ferenoa corresponderá pagarta a la Defenv1 Púl:llica.

1 JIBWERC!>¡ ·Pubhcar el texto lnt'8íQ de la presente Resolución en la Gaceta Oficial .de la Repúb~ca Bolívarfana de Venezuela.

Comuníqu

. . el ~llo de la Defensora Pública General, en la , ... \,"-6. ' l·~ ~~,

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yPub;~:,se, -, \,

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434.906 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 3 de abril de 2017

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Lunes 3 de abril de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 434.907

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AÑO CXLIV - MES VI Número 41.127Caracas, lunes 3 de abril de 2017

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