Aaca revista 1

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REVISTA Agrupación Agricultores Canábicos Argentinos Revista destinada a informar a mayores de 18 años. Ejercé tu derecho a estar informado. Art. 14 y 75 Inc. 22, Consitución Nacional Argentina QUE HACER EN CASO DE ALLANAMIENTO PROYECTO DE LEY A.A.C.A. sus puntos más salientes ACTIVIDADES A.A.C.A. URUGUAY: ¿avance o retroceso? Valor del ejemplar $10.

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Primera revista de la Agrupación Agricultores Canabicos Argentinos. Contiene información para desmitificar la planta de la marihuana y dar a conocer los diferentes usos que tiene: recreativo, medicinal e industrial.

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REVISTA

Agrupación Agricultores Canábicos Argentinos

Revista destinada a informar a mayores de 18 años.

Ejercé tu derecho a estar informado. Art. 14 y 75 Inc. 22, Consitución Nacional Argentina

Que hacer en casode allanamiento

ProYecto de leYa.a.c.a.

sus puntos más salientes

actiVidades a.a.c.a.

uruGuaY: ¿avance o retroceso?Valor del ejemplar $10.

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Que hacer en casode allanamiento

2 / A.A.C.A.

L os términos cannabis y marihuana, entre muchos otros, hacen referencia a las partes psicoactivas que son consumidas de la planta Cannabis Sativa.

De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, se trata de “la sustancia ilícita más utilizada en el mundo”.La regulación legal del consumo de cannabis varía de-pendiendo de los países, existiendo tanto detractores como defensores de su legalización.El compuesto químico psicoactivo predominante en el cannabis es el tetrahidrocannabinol (THC). La inflorescencia femenina de la planta de cannabis contiene más de 400 compuestos diferentes, entre ellos, al menos 76 cannabinoides aparte

del THC, tales como el cannabidiol (CBD), el cannabíneo (CBN) o la tetrahidrocannabivarina (THVC), que tienen distintos efectos comprobados en el sistema nervioso.Actualmente se investigan los usos médicos de la mari-huana para diversas enfermedades.También puede ayudar a reducir la presión ocular asocia-

da al glaucoma o enfermedades neurológicas y autoin-munes, así como se ha demostrado que ayuda en el dolor crónico superando claramente otras opciones.

De la Planta

Numerosos estudios afirmaN que es eficaz freNte a las Náu-seas producidas por tratamieNtos de quimioterapia o de tra-tamieNto coNtra el ViH-sida, su efecto estimulaNte del ape-tito ayuda a combatir la iNapeteNcia, así como la aNorexia.

Asesoró:

Mesa Nacional Por la Igualdad

1° Solicitá la orden de allanamiento dictada por el juez. En caso de que no la tuvieran, podés negar el ingreso a tu domicilio. 2° (Dentro de TU casa) Permanecé tranquilo y enseñá dónde están tus plantas, semillas, sustancias ilegales, con tranquilidad. Si las quieren pesar, recordale al policía, que lo haga sin maceta ni tierra; obviamente la planta sola, y si se niega, firmá en el acta de allanamiento “en disconformidad”.

3° (En la comisaría) Tenés derecho a llamar a un familiar, a un/a abogado/a, o a quien quieras. No hay obligación de declarar, pero podés hacerlo diciendo que es para tu propio consumo. En CABA pueden retenerte 10 hs., y en Prov. Bs. As. 12 hs.

4° (Ante el juez) Decí la verdad sobre tu consumo y contale por qué cultivas. (No pueden obligarte a declarar.)

5° Dependiendo del lugar donde se encuentre radicada tu causa, el juez tiene entre 15 y 30 días para determinar si te concede o no la libertad durante el proceso. 6° En la medida que no existan pruebas de comercio (escuchas, droga fraccionada, elementos de corte, etc) debería hacerse extensiva la interpretación de la corte suprema en el fallo Arriola y por ende, tendrías que quedar sobreseído.

Junio 2012 - Causa N°681/12 (Zappia-Peré)La CSJN (Dr. Juez Sergio Torres) declaró la inconstitucionalidad, en el caso Zappia/Peré por tenencia de 52 plantas de marihuana. (No punición del autocultivo sin pruebas complementarias que demuestren el comercio).

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La Agrupación Agricultores Canábi-cos Argentinos, es una organización sin fines de lucro, constituida con el objeto de promover acciones tendientes a la aceptación social plena del cannabis en todas sus especies (sativa, índica y rudelaris) y para todos sus usos (in-dustrial, medicinal y recreativo).

Proponemos, con esta meta un nuevo estatus legal para la planta, basado en la distinción de las sustancias atento a su naturaleza vegetal (natural) o artificial, respe-tando las elecciones individuales, en un marco de defensa y promoción de los derechos humanos. Desde múltiples miradas la agrupación se permite informar las propiedades medicinales de los cannabinoides, los usos industriales del cáñamo y sus ventajas para el medio ambiente.

La Agrupación se permite con el objeto de contrarestar la ignorancia y miedo ge-nerados por las políticas prohibicionistas, realizar diversos talleres, ponencias y mesas informativas.

Acercate, mandá un mail a: [email protected] y se parte del cambio.

a.a.c.a.Quienes somosQue hacemosQue Queremos

SUMARIO

[email protected] A.A.C.A. / 3

Esta es una publicación dirigida a personas adultas con el objetivo de informar y desmitificar al cannabis haciendo uso del derecho de libre expresión (garantizado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su art. 19, por la Declaración Americana de los Derechos del Hombre en su art. IV, entre otros muchos; e implícitamente por la Constitución Nacional en su art. 14) . Propiedad intelectual en trámite.

2 / QUE HACER EN CASO DE ALLANAMIENTO 3 / A.A.C.A.

4 / PROYECTO DE LEY PRESENTADO POR A.A.C.A.

6 / MITOS Y REALIDADES

7 / ACTIVIDADES DE LA A.A.C.A.

8 / USOS DEL CANNABIS

9 / COMO ACTUAR SI TE DETIENEN

10 / ALEXIS TORRIJO

11 / URUGUAY ¿AVANCE O RETROCESO?

12 / ¿POR QUE LA MARIHUANA ES ILEGAL?

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• Legalización y regulación completa de la planta de marihuana, cáñamo o cannabis, con fines de consumo recreativo, terapéutico, in-dustrial, etc. • Prohibición de su venta a menores de 18 años. • Prohibición de su comercialización con agre-gados destinados a aumentar su capacidad psicoactiva.

• Eliminación de varios tipos penales previstos en la Ley 23.737 para todas las demás sustan-cias prohibidas: Despenalización de la tenencia

y se explicita que la mera tenencia no es sufi-ciente para iniciar un proceso judicial. • Se despenaliza la demanda de estupefacien-tes. • Sólo se mantiene la penalización de activida-des que persiguen un lucro. • Se despenaliza la posesión, cultivo, comercio, etc. de especímenes o partes de cualquier sus-tancia vegetal en su estado natural.

• Se despenaliza el consumo “ostentoso” o con trascendencia al público.

A lo lArgo de todo 2012, lA A.A.c.A. junto A lA mesA nAcionAl x lA iguAldAd y Arec hA venido desArrollAndo un proyecto de ley con el clAro objetivo de modificAr lA ley 23.737, despenAlizAndo lA tenenciA y sepArAndo el cAnnAbis del resto de lAs sustAn-ciAs, promoviendo lA legAlizAción y regulAción, y exigiendo lA AmnistíA pArA presos y procesAdos por cultivAr como recono-cimiento A los miles de cultivAdores presos y procesAdos por su elección. bAjo el número 10 en diputAdos y el 33 en senAdores estos son los principAles puntos:

4 / A.A.C.A.

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• Se despenalizan las figuras relacionadas con la difusión de información de estupefacientes. • No son punibles las acciones destinadas al uso científico o terapéutico. • Para el caso de personas en situación de vul-nerabilidad social se reducen las penas relacio-nadas con estupefacientes. Además se garan-tizan mecanismos de reinserción social. Para casos de extrema vulnerabilidad los hechos se declaran no punibles. • También se reduce la escala penal para quie-nes actúen en situación de subordinación. • El Estado debe llevar adelante políticas ten-dientes a reducir los daños derivados del uso de sustancias psicoactivas legales e ilegales:

• Difusión de información • Establecimiento de salas de consumo controlado • Acceso al análisis de pureza y compo-sición de las sustancias que se consumen

PROYECTODE LEYPRESENTADOPOR A.A.C.A.los puntosmás salientes

• El Estado debe promover la investiga-ción científica para poseer la informa-ción más actualizada y completa posible en la materia. • Se eliminan las “medidas de seguridad curativas” que los jueces penales impo-nen a los procesados y condenados. Por el contrario, se garantiza el acceso comple-tamente voluntario a estos tratamientos.

• El listado de estupefacientes debe estable-cerlo el Congreso de la Nación, no el Poder Ejecutivo como ocurre hoy. • Se elimina la figura del agente encubierto • Se establece en forma explícita una amnistía para todos los procesados y condenados por delitos que se derogan a partir de esta Ley. • Se instruye al Poder Ejecutivo para que ana-lice los convenios internacionales en materia de sustancias psicoactivas y los denuncie en aquellos casos en que su cumplimiento sea im-posible.

[email protected] A.A.C.A. / 5

Mesa Nacional por la Igualdad

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Fumar marihuana causa cáncer de pulmón y epoc.

(Realidad: toda sustancia combustionada causa daños al sistema

pulmonar siendo el tabaco, por sus agregados químicos, el más dañino).

la marihuana es la puerta de entrada a otras sustancias.

(Realidad: Harm Reduction Journal realizó una estadística en 2009, donde el

40 % reportó haber consumido cannabis como sustituto del alcohol,

siendo éste, junto al tabaco, sustancias de entrada a drogas más duras).

el abuso de la marihuana causa muertes.

(Realidad: no existen muertes relacionadas al uso o abuso de marihuana. Sin

embargo en nuestro país, se registran 40.000 muertes anuales por tabaco y

8.000 por alcohol).

la marihuana mata las neuronas del cerebro.

(Realidad: según un estudio del Journal of Clinical Investigation demostra-

ría que los efectos de la marihuana en el cerebro fomentan el crecimiento de

las células en el mismo).

mit

os

6 / A.A.C.A.

En Argentina: el 77 % de la población consume alcohol, el 53 % tabaco,

el 3,7% consume fármacos sin prescripción médica (Indec 2008).

El Cannabis puede diferenciarse del resto de las sustancias, ya que el usuario

puede autoabastecerse.

“Por cada consumidor de marihuana hay 10 consumidores de alcohol. Por cada consumidor

de cocaína hay 38 consumidores de alcohol.” (Dr. Jorge Pellegrini, audiencias públicas 2012 HCDN).

Según un estudio realizado en 2009 se determinó que fumar cannabis es protectivo

ante casos de cáncer escamoso de cuello y cabeza de útero. (Fuente: Harm Reduction Journal).

En el 40 % de los casos de accidentes laborales está mediado por el alcohol

En el 80 % de los accidentes automovilísticos, con mortalidad, se registra

la presencia de alcohol.

lo que produce paranoia es la prohibición.

(Los países que han adoptado políticas discriminalizadoras, han tenido

mejores resultados en ralación a la disminución del abuso de sustancias

como Portugal, Holanda o Uruguay). Pablo A. Ascolani, Políticas de drogas y Derechos

Humanos en Argentina y Latinoamérica: buscando autonomía y libertad. [en línea] mayo de 2012.

URL disponible en:http://www.cannabismedicinalargentina.blogspot.com.ar/2012/05/

politicas-de-drogas-y-derechos-humanos.html

real

idad

es

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[email protected] A.A.C.A. / 7

En Argentina: el 77 % de la población consume alcohol, el 53 % tabaco,

el 3,7% consume fármacos sin prescripción médica (Indec 2008).

El Cannabis puede diferenciarse del resto de las sustancias, ya que el usuario

puede autoabastecerse.

“Por cada consumidor de marihuana hay 10 consumidores de alcohol. Por cada consumidor

de cocaína hay 38 consumidores de alcohol.” (Dr. Jorge Pellegrini, audiencias públicas 2012 HCDN).

Según un estudio realizado en 2009 se determinó que fumar cannabis es protectivo

ante casos de cáncer escamoso de cuello y cabeza de útero. (Fuente: Harm Reduction Journal).

En el 40 % de los casos de accidentes laborales está mediado por el alcohol

En el 80 % de los accidentes automovilísticos, con mortalidad, se registra

la presencia de alcohol.

lo que produce paranoia es la prohibición.

(Los países que han adoptado políticas discriminalizadoras, han tenido

mejores resultados en ralación a la disminución del abuso de sustancias

como Portugal, Holanda o Uruguay). Pablo A. Ascolani, Políticas de drogas y Derechos

Humanos en Argentina y Latinoamérica: buscando autonomía y libertad. [en línea] mayo de 2012.

URL disponible en:http://www.cannabismedicinalargentina.blogspot.com.ar/2012/05/

politicas-de-drogas-y-derechos-humanos.html

ACTIVI DADES

martes 21 hs.“desde A.A:c.A. nos plantamos” por www.radiozoe.com.ar

todos los miércoles de 10 a 14 hs.Mesa informativa. Concentración en la esquina del Congreso de la Nación (Av. Rivadavia y Av. Callao).

A partir de marzo reuniones abiertas.El último jueves de cada mes.

talleres de cultivo para principiantes y avanzados.

cine debate. charlas. ponencias.

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Efectos anticancerígenosDiversos cannabinoides deri-vados de la planta presentan propiedades antiproliferativas en un amplio espectro de células tumorales cultivadas, incluyendo cáncer de pulmón, próstata, epiteliomas tiroi-deos, cáncer de piel, mamas y linfomas.

Otras formas de administración medicinal:- Vaporizacion, - Elaboracion de Comidas, - Aplicación corporal(aceites, cremas, tinturas)

«…Muchos productos farmacéuticos

legales usados para paliar el dolor e

inducción del sueño tienen toxicidades

agudas más serias que la marihuana,

incluyendo la muerte…» (A.M.A.)

«gran parte del material que había

sobre el cannabis en la actualidad se

considera erróneo», «reconocidos pro-

fesionales abogan por el uso médico de

los componentes activos o de la planta

misma». ONUDD 2006Pablo A. Ascolani, Cannabinoides y síntomas

neurológicos ¿La pieza faltante en la farmacolo-

gía clínica? [en línea] Facultad de Kinesiología y

fisiatría, UNSAM/IUGR, 2011.

Disponible en:http://cannabismedicinalargen-

tina.blogspot.com.ar/2011/03/tesina-de-grado-

cannabinoides-y.html

Corporal:

Los aceites esenciales del

Cannabis tienen propiedades

anti-inflamatorias.

Las investigaciones actuales sobre el

Cannabis sugieren que posee un

potencial preventivo, (modesto pero

medible), ante enfermedades

cardiovasculares, diabetes y cáncer.

Por sus efectos neuroprotectivos

podría prevenir y aliviar

dolencias incapacitantes que afectan

tanto a las personas en edad laboral,

como así a los ancianos, proclives a los

accidentes cerebro vasculares, y

enfermedades degenerativas crónicas

como Parkinson y Alzehimer.

¿Tenés o Conocés a alguien que sufrade Cáncer, HIV, Diabetes, Parkinson, Alzehimer, Insomnio y/o Depresión?

¿Te gusTAríA AyuDAr/Te/lA/lo?la mejor manera de hacerlo,

es informándote

InformATeen el próximo número

usos industriales

Los cannabinoides poseen propiedades:- Analgésicas, broncodilatadoras, digestivas, antitumorales, laxantes, antifebriles, ansiolíticas. -Combate: dolores reumáticos, insom-nio, dolor de cabeza, incontinencia urinaria.-Estimula el apetito (en caso de ano-rexia, quimioterapia, HIV)- Ayuda en epilepsia, náuseas y vómi-tos inducidos por quimioterapia.- Alivia síntomas de la Esclerosis Múl-tiple.

8 / A.A.C.A.

Efectos psicológicos: Euforia, sedación y relajación

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sólo Pueden detener a una Persona con orden escrita de un juez comPetente. Como excepción -es decir sin esta orden- la policía sólo puede practicar la detención en 2 circunstancias: si se está cometiendo un delito o una contravención; y la segunda, cuan-do alguien no puede acreditar su identidad. En estos casos, ambas deben darse al mismo tiempo, no basta con no llevar DNI o cédula de identidad.Nadie puede detenerte si no se identifica como policía. Si personal vestido de civil, sin identificación intenta hacerlo, gritá tu nombre, teléfono y domicilio a cualquiera que pase y pedí que se comuniquen.* Si no conocés el paradero de alguna persona o suponés que ha sido detenida pero no sabés en dónde, podés presentar un habeas corpus a cualquier hora y en cualquier juzga-do. Para ello no es necesario el patrocinio de un abogado ni ser mayor de edad, ni tener parentesco con la persona detenida.

si te detienen Por estar cometiendoun delito o Por orden judicial:* Tenés derecho a que te nombren un abogado. • Siempre tenés derecho a hacer una lla-mada, aún estando incomunicado. • No pueden obligarte a declarar ni a firmar nada, ni hacer ningún tipo de reconocimiento de hechos, pertenencias o personas.* Si tenés heridas y firmás algún documento, agregá “pido médico”.* La policía tiene la obligación de comunicar la detención en forma inmediata al juez de turno correspondiente. * La policía tiene la obligación de informar a quien se acerque: qué delito te imputan, a disposición de que juez estás y las instrucciones que dio el juzgado.

si te detienen Por aVeriGuación de identidad:* No estás detenido sino demorado, por lo que no pueden ponerte en un calabozo con personas acusadas de cometer un delito.* No pueden demorarte más de 10 horas en C.A.B.A. y 12 hs en Prov. * Siempre tenés derecho a hacer una llamada, aún estando incomunicado. • El único que puede revisarte es un médico.

si te detienen Por una contraVención:* La policía tiene que labrar un acta en el lugar. En el Acta debe figurar qué te imputan y que debés presentarte a los cinco días ante el Fiscal. El Acta se puede labrar en la Comisia-ría, pero no pueden trasladar ni esposado ni tenerte detenido.* Si sos menor de edad: no te pueden detener por averiguación de antecedentes, no te pueden esposar, ni encerrar en un calabozo, ni incomunicarte. Tenés derecho a realizar una llamada y que una persona mayor de edad te venga a retirar de la comisaría.Las comi-sarías tienen la obligación de llamar al 102 (sólo en C.A.B.A.)

Asesoró:

[email protected] A.A.C.A. / 9

Mesa Nacional Por la Igualdad

como actuarsi te detienen

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Alexis, vio como en un injustificado y ostentoso operativo, fuerzas de la gendarmeria nacional junto a la policia provincial, destrozaban su

lugar de trabajo, un histórico kiosco de diarios pro-piedad de la familia y como sus sueños y esperan-zas de un futuro mejor quedaron encerrados entre cuatro paredes del escuadron nucleo 59 por orden de el Juez Federal Guillermo Molinari a pedido del cuestionado fiscal Pedro Simón.

En este núcleo, Torrijo fue golpeado por efec-tivos de gendarmería, según confirmó la defensora oficial del juzgado al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y por lo que se procedió a realizar la denuncia en los organismos pertinentes

Alexis tenía en su poder un poco más de 15 gra-mos de marihuana. Cuando fue detenido, convivió con dos pilotos profesionales que aterrizaron en la provincia mas de 500 kilos de la misma sustancia.

Consultado por los medios, acerca de qué prue-bas se habían recopilado en la causa, el fiscal Si-

ALEXISTORRIJO

Alexis torrijo es un joven, que Al iguAl que otros tAntos, eli-ge consumir cAnnAbis de for-mA recreAtivA y responsAble y que por este simple Acto es per-seguido por los ApArAtos re-presivos del estAdo, en nombre de unA ley, nAcidA de unA con-vencion bAsAdA en prejuicios y temores hAciA lA mArihuAnA, que empujA A los usuArios A un mercAdo ilegAl que dice combAtir.

món, en una clara muestra de desconocimiento de la misma, reconoció no recordar los hechos (“tengo muchos casos”, fue la insólita respuesta) y que las pruebas eran que “siempre llevaba la misma mochi-la” y que “entraba y salía gente del quiosco sin tener revistas en la mano” y la clásica excusa de “una lla-mada anónima”.

Cuando la nota se realizó, Alexis se encontraba detenido desde el 5 de Junio y sin un procesamiento o prueba que lo justifique, en una clara violación a los tratados internacionales y la propia Constitución Nacional. Luego de la nota, Simón procesó al chico. El trámite fue apelado y la causa pasó a Tucumán donde luego de innumerables dilaciones y demoras, la Cámara Federal fijo una importante caución por su excarcelación del penal de la Ciudad de Pintos a 250 km de su lugar de origen.

El 9 de noviembre, Alexis fue liberado. En ese acia-go tiempo, perdió su trabajo en el kiosco, perdió el año escolar, el vínculo con sus padres y se posará sobre él la mirada inquisidora de una sociedad que condena un hábito de consumo menos dañino que el que se promueve en publicidades en la vía pública (alcohol).

Alexis es una victima más de la ley 23.737 y las consecuencias de una ilógica prohibición sobre el cannabis. una muestra más de como los instrumentos supuestamente creados para asegurar la salud pública y el bienestar general se convierten, en manos inescrupulosas, en una herramienta de extorsión y control social.

10 / A.A.C.A.

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[email protected] A.A.C.A. / 11

El proyecto de ley de regulación de la marihua-na nace con el objetivo de resolver contra-dicciones en la legislacion uruguaya actual.

El proyecto define un sistema de permisos y un mecanismo de regulación. Crea el IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) que supervi-sará todo el proceso.

El IRCCA estará integrado por el Ministerio de Salud Pública, el de Ganadería, Agricultura y Pesca, el de Desarrollo Social y la Junta Nacional de Drogas, entre otros. Será el organismo encarga-do de la regulación y generará informes para una evaluación permanente.

sistema de permisospara controlar el mercado se brindarán permi-sos de 3 tipos: producción, comercialización y abastecimiento personal.

- Permisos para la producción: autorizarán a los establecimientos a producir marihuana para uso personal y medicinal. También autorizarán la producción de cáñamo, cannabis no psicoactivo, con usos tales como el textil y el papel.

- Permisos para la comercialización: habilita-rán a los sitios de venta de la marihuana.

- Permisos para el abastecimiento personal permitirán a los individuos acceder a la sustancia a través de 4 vías.

- Autocultivo, la ley prevé el cultivo doméstico de hasta 6 plantas.

- Sitios de venta autorizados, con un límite de 40 gramos por persona al mes. - Uso medicinal, con autorización del Ministerio de Salud Pública.

- Clubes de cannabis, establecimientos donde

se podrá cultivar en grupo una cantidad de plantas proporcional al número de miembros. (6 plantas o 480 grs anuales por miembro) Veamos ahora en qué consisteel mecanismo de regulación. se establece una serie de puntos con el fin de regular el proceso reduciendo los daños y riesgos.

- Venta prohibida a menores de edad.- Penas a quienes conduzcan bajo sus efectos- Registro de usuarios- Sanciones para aquellos que produzcan sin

autorización.- Y como el tabaco, estará sujeto a las normas

de consumo en espacios públicos y su publicidad estará prohibida.

Todo esto que hemos visto forma parte del proyecto de ley de regulación de la marihuana que se encuentra actualmente en discusión en el Parla-mento y que seguramente se tratara en la primera quincena de Diciembre.

En el hermano país se apuesta a que separando los mercados se reduce en gran parte la ganancia del narcotráfico, un negocio de 30 millones de dólares al año en Uruguay y que en su lugar, la so-ciedad obtendrá valiosos recursos para educación, salud, tratamientos y campañas de prevención.

A la luz de las políticas actuales sin dudas Uru-guay sera un campo de experimentación en donde en pos de ganar algunos derechos se postergan o retrotraen otros, se avanza en una opción de re-gulación pero no se apela a la responsabilidad del usuario y sigue siendo el estado paternalista quien pone límite a la libertad.

URUGUAY

¿avance o retroceso?

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C onstantemente los descubrimientos arqueológicos demuestran que en la mayoría de las civilizaciones primitivas el cáñamo era

un planta cultivada por sus múltiples usos.

Mucha gente tiene la falsa creencia de que el cannabis fue declarado ilegal tras estudios llevado a cabo por científicos, médicos y gobernantes; Nada mas lejos de la realidad, los hechos hablan de una historia totalmente diferente. Aquellos que decidieron el destino legal de esta planta, jamás tuvieron acceso a información realmente objetiva y científicamente comprobada, sino que fueron en-gañados con datos tergiversados mal intenciona-damente, proporcionados por grupos económicos de poder, que tenían grandes intereses económicos en contra de la planta de cannabis.

La historia de la prohibición del cannabis está llena de racismo, miedo, lobby de grandes compa-ñías, campañas de prensa sensacionalistas, legis-ladores ignorantes, incompetentes y/o corruptos e intereses personales de algunos funcionarios.

En los primeros años del siglo XX, la emigra-ción de mejicanos a los estados del sur y oeste de EEUU, produjo serias tensiones; la revolución mejicana de 1910 dejó su impronta en los estados fronterizos, con escaramuzas entre el ejército del General Pershing y Pancho Villa. Años más tarde la contratación de mejicanos como mano de obra barata, por parte de las explotaciones agrope-cuarias de algodón, propició conflictos laborales producto de la explotación a la que eran reducidos los trabajadores mejicanos. Con la llegada de la

duraNte siglos la plaNta de caNNabis satiVa l, como es coNocida cieNtíficameN-te la mariHuaNa o cáña-mo, formo parte de la His-toria de los progresos y aVaNces de la HumaNidad.

12 / A.A.C.A.

La corta historia de la PROHIBICION DELCANNABIS

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Gran Depresión, la situación se complicó seriamente.

Los mejicanos llevaron con ellos la costumbre de fumar cannabis y este parece el motivo por el que Califor-nia aplicó su primera ley prohibicionista, ilegalizando “preparaciones de marihuana o hierba loca”.

Otros estados se sumaron rápidamente a esta fiebre prohibicionista, incluyendo Wyo-ming (1915), Texas (1919), Iowa (1923), Neva-da (1923), Oregon (1923), Washington (1923), Arkansas (1923) y Nebraska (1927). Estas leyes, estuvieron principalmente redactadas con la población mejicano-americana en la mira.

Latinoamericanos y músicos afroamericanos de Jazz, fueron señalados como la causa del “problema” en los estados del este; el cannabis y el Jazz viajaron de la mano desde Nueva Orleans a Chicago y luego a Harlem, donde el cannabis se convirtió en una parte indispensable de la escena musical, siendo incluso mencionada con palabras en argot ( muggles, reefer…), en los hits musicales de la época: “Muggles” de Louis Armstrong, “That Funny Reefer Man” de Cab Calloway y “Viper’s Drag” de Fats Waller, son 3 de las más conocidas.

Otra vez, el cannabis sirvió como excusa para airear sentimientos claramente racistas y en un breve período de tiempo se empezó a relacionar el cannabis con conductas violentas.

[email protected] A.A.C.A. / 13

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Con la llegada de la ley seca, EE.UU. y el prohibicionismo empezaron a imponer sus políticas en el contexto internacional propi-ciando convenciones y tratados que endurecie-ran las políticas represivas sobre determinadas sustancias. Harry J. Anslinger comisionado sobre drogas de EEUU tuvo la inestimable y poderosa ayuda de William Randolf Hearst, dueño de un emporio económico que incluía una gran cadena de periódicos, tenía pode-rosos motivos para apoyar la prohibición del cannabis, por lo que utilizó sus periódicos como altavoz de las tesis más amarillistas, creando lo que hoy se conoce como “alarma social”.

Hearst odiaba a los mejicanos principalmen-te por prejuicios racistas y porque había perdido 800.000 acres de superficie boscosa a manos de Pancho Villa.

Sus fuertes inversiones en el sector maderero con el fin de producir papel para sus periódicos, convertían al papel de cáñamo en una alternativa realmente peligrosa para sus intereses y además, la publicación de artículos sensacionalistas narrando fábulas de mejicanos enloquecidos por una diabólica hierba, vendía periódicos y le reportaba excelentes beneficios. A este dúo se unieron la compañía quí-mica Dupont, compañías farmacéuticas y la indus-tria del tabaco, cada una con sus propios intereses económicos privados.

Dupont ha patentado y registrado entre otros: El Neopreno (1930), Nylon (1935), Teflón (1937), Mylar (1952), Lycra (1959), Kevlar (1970) obtenidas en su mayoría de derivados y subproductos del

petróleo; es senci-llo comprender que no estaban muy interesados en desarrollar las potencialidades del cannabis, espe-cialmente como fuente limpia y renovable de fibra natural resistente y duradera que sería

una seria competidora para sus fibras sintéticas petroquímicas.

Las farmacéuticas nunca estandarizaron ni identificaron la dosificación del cannabis para uso medicinal; es probable, que siendo el cannabis una planta fácilmente cultivable por uno mismo, se percataran de que no había gran provecho económico que sacar de esta medicina. A la misma conclusión llego la industria del tabaco; por un lado se percataron de que los consumidores de cannabis, consumían menos tabaco que los no consumidores. Por el otro, al igual que las farmacéuticas, vieron que monopolizar la producción y venta de cannabis era bastante difícil, por no decir imposible.

Sumado a esto el hecho de que los propios estados generan alrededor de la prohibición insti-tuciones de control con facultades represivas que generan tanto de forma oficial como extra oficial cajas de ingreso de dinero que generan corrup-ción y extorsión la prohibición termina siendo una herramienta que persigue a cultivadores y usuarios, favorece la estigmatización y discriminación.

14 / A.A.C.A.

Page 15: Aaca revista 1

RECLAmAmOS

La legalización y regulación del cannabis

para todos sus usos

La aceptación social plena y el inmediato

cese de las políticas represivas a usuarios

y cultivadores no comerciales del cannabis

Políticas orientadas por los DDHH

El reconocimiento jurídico de las asociaciones de usuarios, cultivadores y

clubes sociales de cannabis.

Page 16: Aaca revista 1

ACEPTACIÓN SOCIAL PLENA

NO MÁS PRESOS POR CULTIVAR CANNABIS

PARA QUE LA LEYCAMBIE SE NECESITA LA VOZ DE TODOS

[email protected]

agrupacionagricultorescanabicosargentinos

Red Intergaláctica de Intercambio de Semas

Consultorio de la María

“Art. 19 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudique a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privadode lo que ella no prohible.”

Constitución Nacional Argentina