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    ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

    Sesin Ordinaria del da lunes 15 de noviembre de 1999

    PRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTEISAAS RODRGUEZ DAZ

    Primer Vicepresidente

    VICEPRESIDENCIA DEL CONSTITUYENTEARISTBULO ISTRIZ

    Segundo Vicepresidente

    SUMARIO

    1.-Apertura de la sesin.

    Orden del Da

    2.-nico: Considerar las modificaciones que presenta la Comisin Especial deConsenso designada para los estudios de los artculos aprobados del anteproyectode Constitucin.

    3.-La Presidencia informa el trgico fallecimiento del ciudadano Vctor JulioPortocarrero, hermano de la constituyente Blancanieve Portocarrero.

    4.-La Asamblea difiere para la prxima reunin la propuesta de modificar elDecreto de Emergencia Judicial.

    5.-Informe de la Presidencia acerca de varios artculos y las Disposicionestransitorias, que quedaron pendientes, los cuales sern ledos en la plenaria demaana, que por aprobacin de parte de la Asamblea Nacional Constituyente, sera las 2 p.m.

    5.-Acuerdo de Duelo por la Asamblea Nacional Constituyente con motivo delfallecimiento del Capitn (Av.) Vctor Julio Portocarrero.

    6.-La Presidencia designa una comisin para que presente el Acuerdo de Duelo ala Constituyente Blancanieve Portocarrero de Guzmn. Se guarda un minuto de

    silencio.

    7.-Clausura de la sesin.1

    EL PRESIDENTE (Constituyente Isaas Rodrguez, Primer Vicepresidente).-Seabre la sesin. (6:00 p.m.)

    Srvase informar, si hay qurum, ciudadano Secretario.

    EL SECRETARIO.-Hay qurum, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Orden del Da, ciudadano Secretario.

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    EL SECRETARIO.- (Lee):

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    nico: Considerar las modificaciones que presenta laComisin Especial de Consenso designada para losestudios de los artculos aprobados del Anteproyecto deConstitucin.

    Es todo, ciudadano Presidente.

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    EL PRESIDENTE.-Antes de iniciar el debate formalmente, la Presidencia informaque falleci trgicamente el ciudadano Vctor Julio Portocarrero, hermano de laConstituyente Blancanieve Portocarrero, hecho acaecido ayer en la tarde, 15 denoviembre, en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo. Rectifico, hoy 15 denoviembre de 1999. Lo que pasa es que no tengo idea del tiempo en que vivo ni delas horas ni de las noches ni de los das. Imagino que todos ustedes estn en lamisma situacin, y no tenemos referencia de tiempo. Queremos Proponer que sepresente un Proyecto de acuerdo para alguien que ha sido tan consecuente connosotros, y que se ha entregado a la actividad Constituyente con una gran firmezay una gran conviccin.

    En consecuencia, se designa una Comisin, la cual estar integrada por losConstituyentes Juan Marn, Manuel Vadell y Sal Ortega. Repito, los tresConstituyentes antes nombrados quedan designados para redactar el Proyecto deacuerdo de duelo de esta Asamblea, para acompaar a la ConstituyenteBlancanieve Portocarrero en este duro y difcil momento.

    En principio, la sesin de hoy no est pautada para el debate, sino pararecibir informacin sobre el trabajo que realiz la Comisin Especial que sedesign ayer para tratar de lograr, por va de consenso, una revisin de losartculos aprobados. Dicha Comisin se reuni hoy desde las 8 de la maanahasta este momento en que estamos instalando esta sesin. Despus de unconjunto de intervenciones y debates hechos en el seno de la Comisin, dondeparticiparon, adems de los miembros de la Comisin, otros Constituyentes que seincorporaron y tuvieron felizmente el derecho a expresar algunos criterios que nosayudaron a lograr el consenso que vamos a informarles hoy.

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    Quedaron pendientes unos dos o tres artculos y las DisposicionesTransitorias, motivo por el cual tendremos una plenaria complementaria en el dade maana. Algunos Constituyentes Propusieron que se realizara esta Sesin alas 11 a.m. o a las 2 p.m. Voy a someterlas a consideracin de ustedes. Losciudadanos Constituyentes que estn de acuerdo en que la plenaria se realicemaana a las 2 de la tarde se servirn manifestarlo con la seal de costumbre.(Pausa). Aprobado. En consecuencia, se realizar una plenaria maana a las 2

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    de la tarde.

    Sin embargo, por algunas razones especiales, el artculo 6 del Estatuto deFuncionamiento establece lo siguiente:

    La Asamblea podr declararse en sesin permanente por el voto favorablede la mayora de los presentes

    En virtud de lo cual Propongo declaremos la Asamblea en sesinpermanente hasta que concluyamos esta actividad. Debemos hacerlo as, porquetodava nos quedan algunos puntos pendientes y la mejor manera sera que nosdeclarramos realmente en sesin permanente, continuramos maana a las 2 dela tarde esta misma Sesin, sin necesidad de que sta sea cerrada, sinosuspendida.

    Est previsto que la Sesin de hoy sea sin debate, una sesin parainformarles a ustedes lo que estuvimos haciendo desde esta maana, y podra serrelativamente corta.

    Tiene apoyo el que se declare en Sesin Permanente esta Asamblea?(Asentimiento). Los ciudadanos Constituyentes que estn por Aprobar laProposicin de la Presidencia de declararnos en Sesin Permanente hasta queconcluyamos la actividad pendiente se servirn manifestarlo con la seal decostumbre. (Pausa). Aprobada.

    Se declara permanente esta Sesin. Por lo tanto, vamos a sesionar hoy y denuevo maana a las 2 de la tarde.

    La Comisin designada por ustedes en el da de ayer se instal en el salnque sirve de antesala a este Hemiciclo, desde la 9 de la maana, y estuvotrabajando hasta este momento en que la suspendimos para esta plenaria.

    Abordamos algunos puntos sobre los cuales hubo consenso, y esefectivamente lo que vamos a dar a conocer a ustedes.

    Como primer punto:

    Notamos que en la redaccin de la Constitucin, la distincin de gnero nose hizo en todos los artculos, en algunos artculos utilizamos venezolanas yvenezolanos, trabajadores y trabajadoras, pero en otros dejamos el masculino, yde esa forma no estamos siendo consecuentes con nuestra Propuesta de teneruna visin de gnero de esta Constitucin.

    Seguimos con la concepcin machista en la redaccin de los artculos,imponiendo una dominacin absurda sobre la mitad de los venezolanos, que sonmujeres. En este sentido, acordamos que esa concepcin de gnero est presenteen todos los artculos, y que en los casos donde tengamos que referirnos aDefensor del Pueblo, digamos Defensor o Defensora del Pueblo, y assucesivamente, Magistrados y Magistradas, Presidente y Presidenta. (Aplausos).

    Ahora, adems de Primera Dama, habr PrimerDamo.

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    El artculo 16, que se refiere a la Divisin Poltico-Territorial, dice:

    A los fines de la organizacin poltica de la Repblica, el territorio nacionalse divide en el de los Estados, Distrito Capital, las Dependencias Federales, u insisto en esto otras formas de administracin comunitaria que permita lacoexistencia pacfica y su desarrollo.

    En el seno de la Comisin se hizo el planteamiento de que esta redaccinde administracin comunitaria que est planteada en el artculo confunde unaforma de Gobierno y Administracin con una Divisin Poltico-Territorial. Por lotanto, se acord eliminar de este artculo la frase:

    u otras formas de administracin comunitaria.

    Igualmente, se acord incorporar Los Territorios Federales, que noestn planteados en este artculo, tal como fue Aprobado. Esta fue lasegunda conclusin a la cual llegamos por consenso.

    En el artculo 23, se habla de los tratados, pactos y convenciones relativosa los derechos humanos, y a esos pactos sobre derechos humanos se les otorgaen este artculo jerarqua constitucional. Cito el artculo:

    Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos,suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarqua constitucional, y prevalecenen el orden interno.

    Pero, inmediatamente en el segundo prrafo del mismo artculo, dice losiguiente:

    Estos tratados slo podrn ser denunciados por el Ejecutivo Nacionalcuando resulte procedente, previa aprobacin de las dos terceras partes de latotalidad de los miembros de la Asamblea Nacional.

    Esto es una contradiccin, porque los tratados, pactos y convencionesrelativos a los derechos humanos no pueden ser ni denunciados ni derogados porVenezuela. Entonces, se acord eliminar el segundo prrafo, mantener la jerarquaconstitucional de los tratados sobre derechos humanos, sin ninguna posibilidad deque podamos derogarlos ni denunciarlos.

    El artculo 28 seala lo siguiente:

    Toda persona tiene derecho de acceder a la informacin y a los datos quesobre s misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados decarcter pblico, as como de conocer el uso que se haga de los mismos y sufinalidad, y a solicitar ante el tribunal competente la actualizacin, la rectificacin ola destruccin de aquellos, si fuesen errneos o afectaran ilegtimamente susderechos.

    Esto es lo que se conoce como hbeas data, incluso algunos de losconstituyentes en el debate preguntaron qu era eso, y que si se poda sustituiresa expresin, y se aclar en qu consista el hbeas data y que no haba ningunaforma de sustituir la expresin en latn.

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    Pero, Qu ocurre? Hay algunas informaciones de esta naturaleza a lascuales no se podra tener acceso ni siquiera con el hbeas data, es decir, soninformaciones absolutamente confidenciales, y, en todo caso, para resolvereste problema se seal solicitar ante el Tribunal competente la actualizacin, larectificacin o la destruccin de aqullos si fuesen errneos o afectarenilegtimamente sus derechos de acuerdo con lo que disponga la ley, a los efectosde preservar las situaciones en las cuales fuese absolutamente imposible obtenerla informacin.

    Me refiero a situaciones confidenciales desde el punto de vista militar yalgunas informaciones tributarias que son absolutamente confidenciales. Enla ltima parte de este artculo 28, se dice lo siguiente:

    De la misma manera podr acceder se refiere al interesado, adocumentos de cualquier naturaleza que contengan informacin cuyoconocimiento sea de inters para comunidades o grupos de personas.

    La parte que voy a leer de seguidas es la que tambin reformulamos porconsenso en la Comisin:

    Queda a salvo el secreto de las fuentes de informacin periodstica.

    Qu reformamos en esta ltima parte? No solamente los periodistasmanejan fuentes de informacin confidenciales, tambin las manejan los mdicos,los abogados, los psiquiatras como el Constituyente Edmundo Chirinos, y algunasotras profesiones manejan este tipo de informacin.

    Me comentaba el Constituyente Hermann Escarr que haba tambin unacosa que llaman secreto de confesin, que se maneja tambin en formaconfidencial. La idea es que esta expresin excepcional se extienda a todas lasprofesiones que tengan esta expresin de secreto confesional, no solamente lainformacin periodstica sino tambin las otras profesiones.

    (En este momento la Constituyente Iris Varela pregunta cmo fue quequed definitivamente la redaccin del artculo).

    EL PRESIDENTE.-Ciudadanos Constituyentes. Queda a salvo el secreto de lasfuentes de informacin periodstica y de otros profesionales que tengan situacinsimilar.

    El artculo 34 fue uno de los artculos que nos dio ms lata. Estuvimosdiscutindolo durante bastante tiempo. Fue un artculo Propuesto y Aprobado ayery que, luego de Aprobado, algunos de los Constituyentes se sintieron sorprendidosporque estbamos afectando con la Aprobacin de este artculo la doblenacionalidad.

    A continuacin, leo el artculo como qued aprobado ayer:

    Artculo 34.-La nacionalidad venezolana por nacimiento no se pierde aladoptar o adquirir otra nacionalidad.

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    Este artculo originalmente en la Propuesta del Anteproyecto decasimplemente:

    La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otranacionalidad:

    Al Aprobar ayer agregarle:

    La nacionalidad venezolana por nacimiento no se pierde...

    Hicimos una discriminacin respecto de los venezolanos naturalizados quepudieran perder la nacionalidad venezolana si adquieren otra nacionalidad.

    Por esa razn, despus del debate que dimos, logramos eliminar laexpresin por nacimiento y queda el artculo redactado as:

    La nacionalidad venezolana no se pierde al adoptar o adquirir otranacionalidad.

    Los artculos 41 y 42 fueron revisados. Estos artculos tienen que ver con losiguiente:

    El artculo 41 establece el requisito de venezolanos y venezolanas pornacimiento para un conjunto de cargos pblicos de muchsima significacin;

    Y el artculo 42 establece la posibilidad de que venezolanos pornaturalizacin puedan optar tambin a cargos de importancia pblica en el pas.

    A continuacin, leo los dos artculos como quedaron aprobados ayer:

    Artculo 41.-Slo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otranacionalidad podrn ejercer los cargos de:

    - Presidente y Vicepresidente de la Repblica;- Presidente y Vicepresidente de la Asamblea Nacional;- Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia;- Procurador General de la Repblica;- Contralor General de la Repblica;- Ministros de Asuntos referidos a Seguridad de la Nacin, Finanzas,

    Energa y Minas,- Gobernadores y Alcaldes de los Estados y Municipios fronterizos.Artculo 42.-Los venezolanos y venezolanas por naturalizacin podrn

    ejercer cargos de representacin en:

    -La Asamblea Nacional,-Ministros,-Fiscal General de la Repblica,-Procurador General de la Repblica,-Defensor del Pueblo,-Gobernadores de Estados y Alcaldes no fronterizos si poseen domicilio con

    residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince (15) aos y sicumplen los requisitos de aptitud previstos en la ley.

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    En la discusin que se dio en la Comisin se acord lo siguiente:

    En primer lugar, hay una contradiccin entre el artculo 41 y el artculo 42,porque en el 41 aparece el Procurador General de la Repblica y en el 42 tambin;aqu hay una contradiccin que fue lo que nos llev a revisar estos dos artculos yse acord lo siguiente:

    Dejar el Procurador General de la Repblica en el artculo 41; eliminarlo enel artculo 42, pero igual llevar del artculo 42 al artculo 41 al Fiscal General de laRepblica, al Defensor del pueblo, al Presidente del Consejo Nacional Electoral ylas Fuerzas Armadas.

    (Aplausos).

    El artculo 70 tambin produjo un debate interesante e importante. Se hizoreferencia a los medios de participacin y al protagonismo del Pueblo en ejerciciode su soberana. Este artculo hace una referencia a cules son esas formas departicipacin y esas formas de participacin que se sealan son:

    -La eleccin de cargos pblicos,-El plebiscito, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato,-la iniciativa legislativa constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la

    asamblea de ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones sern de carctervinculante, entre otros.

    Y en lo social y econmico, instancia de atencin ciudadana:

    -la autogestin, la cogestin, las cooperativas en todas sus formasincluyendo las de carcter financiero, las cajas de ahorro, las empresascomunitarias y dems formas asociativas guiadas por los valores de la mutuacooperacin y la solidaridad.

    En la primera parte de este artculo, donde los medios de participacin serefieren especficamente al carcter poltico, hay un medio de participacin que lodescalificaron en Francia hace algn tiempo cuando Napolen, para legitimarse,convoc a un plebiscito frente a las decisiones de la Asamblea Nacional francesa.Es decir, para eludir a la Asamblea Nacional francesa convoc a un Plebiscito, alos fines de que ese Plebiscito lo legitimara frente a la voluntad popularlegtimamente constituida en la Asamblea Nacional.

    A partir de all, el trmino plebiscito ha venido tratndose desde elpunto de vista jurdico y poltico como un medio irregular para legitimar losmandatos populares. La discusin de todos modos fue muy enriquecedora,porque en Amrica Latina hay aproximadamente siete (7) u ocho (8)Constituciones que le dan al Plebiscito el mismo tratamiento que se le da alreferendo, es decir, confunden referendo con plebiscito.

    Y el origen real del plebiscito y el referendo es prcticamente el mismo, esuna consulta al pueblo.

    En Roma se consultaba al Pueblo para enfrentar a los cnsules seconsultaba a la plebe, de all viene la palabra plebiscito y posteriormente, esta

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    manera de consulta se convirti despus en el referendo.

    Acordamos, consecuentes con cualquier va que pueda legitimarirregularmente los Poderes Pblicos, eliminar de este artculo la palabraplebiscito.No va a haber entonces en nuestra Constitucin como medio departicipacin el plebiscito como una forma de legitimar ninguno de losPoderes.Se elimina la palabra plebiscito.

    En el artculo 149 se dice:

    Nadie podr desempear a la vez ms de un destino pblico remunerado, amenos que se trate de cargos acadmicos, accidentales, asistenciales, docentes oedilicios.

    En la Constitucin de 1961 esta norma se copia casi textualmente a como lahe ledo. Simplemente que no aparece la palabra edilicios. Se plante en el senode la Comisin lo siguiente:

    Si se mantiene el trmino edilicios en este artculo, sera factible que ustedfuera al mismo tiempo administrador de la Alcalda tal y a la vez Concejal delMunicipio en donde usted trabaja como Administrador de la Alcalda.

    Entonces, habra una doble participacin, desempeando ms de un destinopblico remunerado y no es conveniente, que nadie aparezca, salvo en los casosespeciales de los cargos acadmicos, accidentales, asistenciales y docentes,desempeando dos cargos pblicos remunerados al mismo tiempo. Se acordeliminar la palabra edilicios.

    Quedara el artculo de la manera siguiente:

    Nadie podr desempear a la vez ms de un destino pblico remunerado, amenos que se trate de cargos acadmicos, accidentales, asistenciales, docentes,que determine la ley. La aceptacin de un segundo destino que no sea de losexceptuados en este artculo implica la renuncia del primero, salvo cuando se tratede suplente mientras no reemplace definitivamente al principal.

    En el artculo 188, en el numeral 3, cuando se establecen lascompetencias de la Asamblea Nacional, se dice lo siguiente:

    Esto tiene que ver con las funciones que han venido realizando lasComisiones del Poder Legislativo en el nuevo Poder Legislativo, aun cuandosea unicameral, continuarn ejercindose estas funciones de las Comisiones.Corresponde a la Asamblea Nacional, numeral 3:

    Ejercer funciones de control sobre la Administracin Pblica en lostrminos consagrados en esta Constitucin y las leyes. Los elementoscomprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta funcin tendrn carcter depresunciones de hecho ante la Fiscala General de la Repblica y los tribunalescompetentes.

    Se le agreg:

    ...de conformidad con la Ley.

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    Porque no todos estos documentos tienen valor probatorio ante lostribunales, es decir, calificar el carcter probatorio de estos documentos a los finesjudiciales.

    En el numeral 19 se dice:

    ...conocer y decidir sobre la inhabilitacin de funcionarios pblicos,solicitada por el Poder Ciudadano.

    Este numeral es genrico, por cuanto no seala las causas por las cualesse puede solicitar la inhabilitacin, y queda absolutamente indeterminado; secontradice con toda la lista de los derechos humanos consagrados en laConstitucin. Por lo tanto, se acord darle a este numeral una nueva redaccinque permita determinar los casos en los cuales se puede solicitar la inhabilitacinde funcionarios pblicos para que no haya indeterminacin ni carcter genrico dela norma.

    Me devuelvo al artculo 92, que corresponde a los Derechos Sociales.En el caso del Derecho al Trabajo, en su encabezamiento, dice:

    El trabajo es un hecho social y gozar de proteccin especial del Estado.

    No dice:

    ...es un hecho social, sino algo as como un hecho social.

    Se reforma esa expresin para calificarlo directamente como un hechosocial. Es un hecho social, para que no quede a la interpretacin el carcter dehecho social del trabajo.

    (El Vicepresidente responde a una pregunta sobre en qu parte seencuentra este artculo).

    Me seala el Constituyente Aristbulo Istriz que en el artculo 89. En elnuevo.

    En el artculo 280, en la integracin del Poder Ciudadano, hay un error queno pudimos corregir porque hay que redactar de nuevo la norma. Lo sealo de laforma siguiente:

    Este artculo determina quines son los integrantes del Poder Ciudadano ycmo se ejerce este Poder. Leo el artculo:

    Los rganos del Poder Ciudadano son:

    -La Defensora del Pueblo,-El Ministerio Pblico y-La Contralora General de la Repblica:

    Uno de cuyos Titulares ser designado por el Consejo Moral Republicanocomo su Presidente, por perodos de un ao, pudiendo ser reelecto

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    Hasta all no hay problema. Pero en el prrafo siguiente se lee:

    El Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano integradopor:

    -El Defensor del Pueblo,-El Fiscal General de la Repblica,-El Contralor General de la Repblica,-El Vicepresidente Ejecutivo,-El Presidente de la Asamblea Nacional,-El Presidente del Tribunal Supremo de Justicia,-El Presidente del Consejo Nacional Electoral y-El Procurador General de la Repblica.

    La Comisin, al analizar esta situacin, lleg a la conclusin de que elPoder Ciudadano que se ejerce por el Consejo Moral Republicano solamente estintegrado por:

    -El Defensor del Pueblo,-El Fiscal General de la Repblica y-El Contralor General de la Repblica.

    Y no por los dems funcionarios.

    En el primer artculo del Poder Ciudadano, el artculo 280.

    (Un Constituyente indica al Presidente que est equivocado).

    Yo lo tengo numerado como 280, puede que la numeracin no seaexactamente igual, por cuanto hemos eliminado algunos artculos.

    El tercer artculo del Poder Ciudadano, el 286, plantea algunas cuantassituaciones que amerit una discusin ms o menos compleja en el seno de laComisin. Leo el artculo:

    El Consejo Moral Republicano convocar un Comit de Evaluacin dePostulaciones del Poder Ciudadano, que estar integrado por representantes dediversos sectores de la sociedad, adelantar un proceso pblico de cuyo resultadose obtendr una terna que ser sometida a la consideracin de la AsambleaNacional, la cual, mediante el voto favorable de las dos terceras partes (2/3) desus miembros, escoger en un lapso no mayor de treinta (30) das continuos alTitular del rgano del Poder Ciudadano que est en consideracin.

    Nos preguntamos: Qu titular del rgano? El titular de la Contralora? Eltitular de la Fiscala? El titular de la Defensora de los Derechos del Pueblo? O,en todo caso, el Presidente del Consejo Moral? Es decir, la redaccin no estclara.

    No se sabe exactamente qu es lo que se va a escoger o designar. Repitodice:

    se escoger en un lapso no mayor de treinta (30) das continuos alTitular del rgano del Poder Ciudadano que est en consideracin.

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    El Poder Ciudadano tiene tres rganos:

    -La Contralora,-La Fiscala y-El Defensor de los Derechos del Pueblo.

    En todo caso, se nombr una Comisin para estudiar el contexto del PoderCiudadano, de todo el Captulo correspondiente para saber qu es exactamente loque seala el artculo, si lo que quiere es designar al Presidente del Consejo Moralo es un procedimiento para designar:

    -Al Contralor,-Al Fiscal y-Al Defensor de los Derechos del Pueblo.

    En el seno de la Comisin, cuando se dio el debate, llegamos a laconclusin de que este es un procedimiento para designar a los Titulares delos distintos rganos que componen el Poder Ciudadano, pero igualmentehabra que redactarlo de nuevo.

    En los artculos 345 y 346, Captulo II, De los Estados de Excepcin,deben redactarse de nuevo, entre otras cosas porque se incluy, de acuerdo coninformaciones llegadas a la Comisin, dentro de la declaratoria del Estado deExcepcin, el ejercicio de la restriccin y suspensin de garantas; y se inform ala Comisin que solamente se haba Aprobado restringir las garantas, pero nosuspenderlas. Adems, la redaccin del artculo 345 no qued de acuerdo con laPropuesta hecha a la Comisin. Entonces, se acord redactar el 345, el 346 eincorporar un artculo entre el 345 y 346 que califique los estados deexcepcin, para que no tengan el mismo defecto genrico que en estemomento tienen los estados de excepcin en la Constitucin de 1961.

    Algunos otros artculos fueron tocados por la Comisin, se discutieron y porconsenso se lleg a conclusiones.

    Le dar el derecho de palabra al Segundo Vicepresidente, ConstituyenteAristbulo Istriz, para que informe de ello porque, en un momento en que tuveque ausentarme de la Comisin, fue cuando se tomaron las decisiones sobre losmismos.

    Tiene la palabra el Constituyente Aristbulo Istriz.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Artculo 77, donde dice:

    Se protege el matrimonio, el cual se funda en el libre consentimiento y en laigualdad absoluta de los derechos y obligaciones de los cnyuges. Las unionesestables de hecho que cumplan los requisitos establecidos en la Ley producirnlos mismos efectos que el matrimonio.

    All se le agreg:

    ...las uniones estables de hecho entre un hombre y

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    una mujer. (Aplausos).

    (Risas y comentarios al respecto).

    Ya les haban hecho una placa a los Constituyentes Tarek Williams y a

    Vladimir Villegas.

    Artculo 82.-Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura,cmoda, de dimensiones apropiadas e higinicas, con los servicios bsicosesenciales, que incluyan un hbitat que humanice las relaciones familiares,vecinales y comunitarias. La satisfaccin progresiva de este derecho esresponsabilidad compartida entre los ciudadanos y el Estado, en todos susmbitos. El Estado dar prioridad a las familias y garantizar los medios para questas y, excepcionalmente, las de escasos recursos, puedan acceder a laspolticas sociales y al crdito para la construccin, adquisicin o ampliacin deviviendas con plazos y tasas de inters racionalmente concertadas.

    La Ley establecer que en ningn caso se obligar a disponer de un montomayor del treinta por ciento (30%) del ingreso familiar para amortizar tales crditos.

    En el segundo prrafo de este artculo se le elimina:

    y al crdito para la construccin...

    Porque se entiende que acceder a las polticas sociales comprende:

    -El crdito,

    -La ampliacin,-Las tasas y todo esto.

    La Ley establecer que en ningn caso se obligar a disponer de un montomayor al treinta por ciento (30%) del ingreso familiar.

    Precisamente esa es la reforma que se hizo en la LeyHabilitante que acaba de Aprobarse en el Ejecutivo Nacional.

    Artculo 89, en esta ltima versin, dice:

    El trabajo es un hecho social y gozar

    Se le agrega es un, en lugar de como y se le agrega ...hecho socialy gozar....

    Artculo 103.-Toda persona tiene derecho a una educacin integral decalidad permanente e igualdad de condiciones y oportunidades, sin mslimitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocacin y aspiraciones. Laeducacin es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivelmedio diversificado, la impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta elpregrado universitario.

    A tal fin el Estado har una inversin presupuestaria segn lasrecomendaciones de la Organizacin de las Naciones Unidas. Ese es el

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    agregado que se le hace.

    Prosigo:

    Artculo 104: La educacin estar a cargo de personas de reconocidamoralidad, de comprobada idoneidad acadmica. El Estado estimular suactualizacin permanente y les garantiza la estabilidad en el ejercicio de la carreradocente, bien sea pblica o privada, en un rgimen de trabajo y nivel de vidaacordes con su elevada misin. El ingreso, promocin y permanencia en el sistemaeducativo sern establecidos por ley y respondern a criterios de evaluacin demritos con prescindencia de la injerencia partidista.

    En este artculo se hacen dos cambios:

    Cuando se dice:

    ...el Estado estimular su actualizacin permanente y les garantiza laestabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea pblica o privada... seincorpora: ...atendiendo a esta Constitucin y a la ley... y contina el artculoigual.

    Y al final, donde dice:

    ...y responder a criterios de evaluacin de mritos con prescindencia dela injerencia partidista, se dice: ...con prescindencia de cualquier otra injerencia.

    Porque adems de partidista puede ser de otra naturaleza.

    Primer artculo de los Derechos Ambientales:

    Artculo 127: Es un derecho y un deber de cada generacin proteger ymantener el ambiente en beneficio de s misma y del mundo del futuro. Todostienen derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambienteseguro, sano y ecolgicamente equilibrado. El Estado proteger el ambiente, ladiversidad biolgica, gentica, los procesos ecolgicos, los parques nacionales ymonumentos naturales y dems reas de especial importancia ecolgica. Losseres vivos no podrn ser patentados, incluyendo las plantas, los animales, suspartes y procesos.

    Se elimina la parte donde se menciona los seres vivos y se le colocael genoma de los seres vivos no podr ser patentado.

    (La Constituyente Iris Valera dirige frases a la Presidencia que nofueron captadas por la taqugrafa)

    EL PRESIDENTE.-Tiene la Palabra el constituyente Edmundo Chirinos.

    CONSTITUYENTE CHIRINOS (EDMUNDO).-Ciudadano Presidente. Como estapalabra, en efecto, gener mucha suspicacia y, en todo caso, extraeza en

    algunos Constituyentes, incluyendo los de la Comisin, debo decir que cuando unser viviente es tal, tiene una estructura cromosmica bsica, que tiene los ADN, lasestructuras genticas, que permiten la reproduccin de esa especie.

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    En este caso, un grupo de genetistas y de ecologistas se presentaron a laspuertas del Congreso de la Repblica a pedir esto, que los genomas de los seresvivientes no sean patentables; es decir, no sean motivo de negocio; pero hayalgunos que s, como ocurre con los antibiticos; con los microorganismosque son utilizados para los antibiticos y algunas otras sustancias como elyogurt que se consume. Entonces, hubo que aadir que todo est sujeto a laaprobacin de una ley o unos principios bioticos. Esto es universal, es bienconocido, no es nada nuevo.

    Es todo.

    CONSTITUYENTE ISTRIZ (ARISTBULO).-Se modifica el nmero de losMagistrados en las Salas. Nosotros aprobamos en el artculo 269:

    ...que el Tribunal Supremo de Justicia funcionar en Sala Plena y en:

    -Sala Constitucional,-Poltico-Administrativa,-Electoral,-De Casacin Civil,-De Casacin Penal y-De Casacin Social.

    Cuyas integraciones y competencias sern determinadas por su LeyOrgnica. Cada Sala tiene tres (3) Magistrados.

    Se estableci que para la Sala Constitucional no eran suficientes tresmagistrados. Se dice que cada Sala tiene tres Magistrados, pero la SalaConstitucional tendr cinco magistrados.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Hermann Escarr.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Ciudadano Presidente. Lo msbrevemente posible. T sabes bien que la Sala Constitucional que se aprob esuna super sala, es la duea de la Constitucin; es donde se ejerce el controlconstitucional concentrado; ah van las acciones de amparo a revisin, laaccin conjunta popular de nulidad y, por supuesto, todo lo que tiene que vercon el control general de las actuaciones de los Poderes Pblicos, los actosnormativos.

    Entonces pareci que, dado el carcter que tiene nuestro modelo de controlde constitucionalidad, no eran suficientes tres magistrados que fueran los quecontrolaran la Constitucin que ahora va a comenzar a aplicarse. Pareca que losensato era aumentar a un nmero de cinco magistrados, como es universalmente.Esa fue, en realidad, la razn.

    Gracias, Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Freddy Gutirrez.

    CONSTITUYENTE GUTIRREZ (FREDDY).-Ciudadano Presidente. Supongo,directores del debate, que los planteamientos que trae la Comisin van a ser

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    llevados a la plenaria y all sern considerados y debatidos, no es cierto?

    EL PRESIDENTE.-As ser, ciudadano Constituyente. Simplemente, quisimoshacerlo de esta manera, porque no lo tenamos escrito para que todos tuvieran lainformacin. Prosigo con la lectura.

    Este artculo se refiere a la Proteccin y a la Promocin de la Pequeay Mediana Industria por parte del Estado, y dice as:

    Artculo 314.-El Estado proteger y promover:

    -La pequea y mediana industria,-Las cooperativas,-Las cajas de ahorro, as como tambin la empresa familiar,-La microempresa y cualquier otra forma de asociacin comunitaria para el

    trabajo, el ahorro y el consumo bajo rgimen de propiedad colectiva, con el fin defortalecer el desarrollo econmico del pas, sustentndolo en la iniciativa popular.

    Se asegura la capacitacin, la asistencia tcnica y el financiamientooportuno.

    Pero tena un aparte que es el siguiente:

    Los programas de financiamiento del Estado operarn sin intermediariosentre la institucin pblica a la que le competen y los beneficiarios.

    Es decir, que el Estado tendra que darle los recursos directos a la gente.

    Entonces ese aparte que seala:

    ...los programas de financiamiento del Estado operarn sin intermediariosentre la institucin pblica a la que competa y los beneficiarios

    Se elimina.

    Por ltimo, el artculo 339 pas a una Comisin para que lo investigara.

    Vamos a escuchar la cinta, porque recibimos varios planteamientos de queese artculo no fue Aprobado. Alguien seala que s lo fue.

    El artculo 339:

    El servicio militar es un deber para todos los venezolanos y venezolanas yse cumplir de acuerdo con las modalidades que establezca la ley respectiva.

    EL PRESIDENTE.-Aprobamos hoy, tambin, un acto del cual va a informar elConstituyente Manuel Quijada. Es un acto que tiene una gran importancia y unagran trascendencia en esta lucha por tratar de establecer la transparencia delPoder Judicial.

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    Tiene la palabra el Constituyente Manuel Quijada.

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    CONSTITUYENTE QUIJADA (MANUEL).-Ciudadano Presidente. La Comisin deEmergencia ha venido trabajando, muy fuertemente, con una excelentecolaboracin de la Inspectora de Tribunales y de la Presidenta del Consejo de laJudicatura. Hasta ahora hemos tomado medidas sobre veinte por ciento de losjueces y queremos acelerar el trabajo.

    Por las grandes dificultades que tiene examinar todos los expedientes, elpoco personal con que contamos, etctera, y estamos por llegar a un acuerdo conla Corte Suprema de Justicia para hacer una evaluacin de todos los jueces quefaltan, con el financiamiento eso tiene un costo del Banco Mundial, quemanifest su complacencia por esta iniciativa. Esta evaluacin se har con unaserie de tcnicos que analizan a los aspirantes a concursar para ocupar loscargos en el Poder Judicial.

    Por lo tanto, necesitamos algunas facultades que pedimos a la Asamblea,que por va de un Acto Constituyente nos otorgue, y al mismo tiempo le ruego quedesigne al (Constituyente) doctor Hermann Escarr para darle forma de ActoConstituyente; l, muy gentilmente, se ofreci para hacerlo.

    El Decreto dira as:

    Se prorroga el mandato de la Comisin de Emergencia Judicial hasta el 3de febrero del prximo ao y se le confieren facultades para reglamentar el plan deevaluacin de jueces, a los fines de:

    -Determinar su permanencia o sustitucin en el sistema judicial actual,-Determinar y aplicar el rgimen de seleccin y concurso para el ingreso al

    Poder Judicial;

    Igualmente, resolver todo lo relacionado con la implantacin delprocedimiento oral en el sistema procesal existente para su adecuacin a la nuevarealidad constitucional.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.- Tiene apoyo la Propuesta leda por el Constituyente ManuelQuijada? Para un punto de informacin tiene la palabra el Constituyente JuanMarn.

    CONSTITUYENTE MARN (JUAN).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Simplemente para acotar que para la fecha 3 de febrero hayalgunos representantes del Consejo de la Judicatura y de la Corte Suprema deJusticia que no representarn a esas instancias, por cuanto el Consejo de laJudicatura habr desaparecido y la Corte Suprema de Justicia habr cambiado denombre.

    Es todo, ciudadano Presidente.

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    EL PRESIDENTE.-Es correcta la observacin que hace el Constituyente JuanMarn. Tomaron en cuenta, para el acto, esa apreciacin?

    CONSTITUYENTE QUIJADA (MANUEL).-Ciudadano Presidente. En cuanto alConsejo de la Judicatura, hasta ahora lo que ha hecho es colaborar con nosotros...

    EL PRESIDENTE.-Perdn, Constituyente Manuel Quijada, creo que no ha captadoexactamente el planteamiento; voy a tratar de ver si lo interpreto.

    Si se prorroga el mandato de la Comisin de Emergencia Judicial, en esaComisin de Emergencia Judicial hay unos representantes del Consejo de laJudicatura, y para ese momento el Consejo de la Judicatura no existir

    Previeron ustedes, en el acto, la inexistencia? Porque eso pudieraresolverse, simplemente, sealando especficamente en el acto a las personas yno a las instituciones.

    CONSTITUYENTE QUIJADA (MANUEL).-Ciudadano Presidente. En realidad, nohaba captado bien el planteamiento. Efectivamente, se podra hacer de esamanera. En cuanto a la Corte Suprema de Justicia no s si el (Constituyente)doctor Hermann Escarr puede darnos una opinin al respecto.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente William Ojeda.

    CONSTITUYENTE OJEDA (WILLIAM).-Ciudadano Presidente. Dos cosas: Una,relacionada con este proceso vital de la reestructuracin del Poder Judicialvenezolano, y otra, relacionada con la Cumbre Iberoamericana que arranca el dade hoy en La Habana, Cuba, y que tiene que ver con un artculo que aprobamos, yque al respecto pas, por escrito, una solicitud de reconsideracin; eso lo hardespus que terminemos el tema del Poder Judicial.

    Pero lo que quiero decir, no s si ustedes estn de acuerdo, es que elConsejo de la Judicatura es el rgano disciplinario del Poder Judicial. La Comisinde Emergencia Judicial toma la cabeza del Poder Disciplinario; mientras exista laComisin de Emergencia Judicial, y en tanto no surja la Direccin Ejecutiva de laMagistratura, todo ese compendio, toda esa estructura de Gobierno Disciplinario-Administrativo del Poder Judicial queda bajo la tutela de la Comisin deEmergencia Judicial.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Hermann Escarr, a quienaludi, para una pregunta, el Constituyente Manuel Quijada.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Ciudadano Presidente. En realidadpara no entrar en demasiados detalles, eso est muy vinculado al RgimenTransitorio, no a las Disposiciones Transitorias, que es otra cosa, sino al RgimenTransitorio. Ah, adems de la Comisin de Reestructuracin Judicial, est tambinuna Comisin de Gobierno Judicial que subsume casualmente todas estascompetencias y comisiones.

    Como quiera que eso va a ser consultado popularmente, vamos a procurar

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    en la redaccin que se haga adecuar el contenido hasta el da 16 de diciembre.

    Por favor, no me pregunten sobre el Rgimen Transitorio.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Tiene alguna Propuesta para corregir o rectificar laProposicin que ha hecho el Constituyente Manuel Quijada, ConstituyenteEscarr?

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-S, creo que eso se puede fcilmentereformular, incluso el Constituyente Antonio Garca nos sealaba que erapreferible referirse a personas y no a las instituciones, y darle siempre ese carcterde transitoriedad hasta el da 16 de diciembre, cuando ya se haya pronunciado elPueblo sobre el Rgimen Transitorio, sobre el que insisto no quisiera en estemomento explicar aqu.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Ricardo Combellas.

    CONSTITUYENTE COMBELLAS (RICARDO).-Ciudadano Presidente, Puedosolicitarle una informacin sobre otro punto? (Asentimiento). En primer lugar,agradecer que hayan escuchado mi atencin de que la aprobacin de laConstitucin puede hacerse dentro de los treinta (30) das siguientes a laaprobacin de la misma. En segundo lugar, y es el meollo de mi intervencin,ciudadano Presidente, vine hoy con una pequea confusin que quisiera seaclarara con la mejor buena voluntad. Tengo entendido, ayer cuando se aprobeste hermossimo Prembulo, propuesto por los Constituyentes Earle Herrera yGustavo Pereira, que surgi una Propuesta de muy buena fe del ConstituyenteVinicio Romero de incorporar al encabezamiento la expresin el Pueblobolivariano. Quera saber si eso, en primer lugar, es verdad? Si eso se Aprobas? Y si es as, para solicitar una reconsideracin.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-S, es cierto, Constituyente, esa fue una Propuesta delConstituyente Vinicio Romero, pero no fue Aprobada.

    Tiene la palabra el Constituyente Vinicio Romero.

    CONSTITUYENTE ROMERO (VINICIO).-Ciudadano Presidente, s fue Aprobadopero no Pueblo bolivariano. La Propuesta ma fue que ya que se haba Aprobadoel nombre de Repblica Bolivariana de Venezuela, y como ahora ese es el nombreoficial de la Repblica de Venezuela, que se encabezara el Prembulo con ElPueblo de la Repblica Bolivariana de Venezuela. Se levant la gente, aplaudi yfue Aprobado. Hasta ah llego yo, lo dems lo dirn ustedes. Si interpretaron mal,si entendieron mal, no s, pero esa fue mi Proposicin, y ah est la versintaquigrfica, ah est la grabacin, y no fue otra mi intervencin, fue esa. Si hayalgn criterio distinto que lo digan y no tengo ningn inconveniente en que serectifique.

    Es todo.

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    EL PRESIDENTE.-No tiene necesidad de dar ms explicaciones, ConstituyenteRomero. Conocemos muy bien cul fue su buena intencin y la manera como sesometi a consideracin de la Asamblea. Hubo despus mucho entusiasmo,cantamos el Himno Nacional y estuvimos realmente muy emocionados.

    Tiene la palabra el Constituyente Ricardo Combellas.

    CONSTITUYENTE COMBELLAS (RICARDO).-Ciudadano Presidente. Creo quepor respeto a los autores del Prembulo, si esa adicin les satisface, por supuesto,no voy a tener ningn inconveniente. Tengo observaciones, pero si los queredactaron el Prembulo, y entiendo que en esto particip de alguna manera todala Asamblea, y ellos muy inteligentemente y con una gran altura intelectualrecogieron la esencia de esta Constitucin, no tienen inconveniente, menos yopara formular observaciones a esto.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Gracias por la participacin, Constituyente Combellas. Tiene lapalabra el Constituyente Elio Gmez Grillo.CONSTITUYENTE GMEZ GRILLO (ELIO).-Ciudadano Presidente, colegasConstituyentes. Quera aclarar lo de la Comisin de Emergencia. Todo se sintetizaas:

    Estaba previsto que cesase la Comisin de Emergencia cuando sepromulgase esta Constitucin, o sea en diciembre. Al cesar la Comisin deEmergencia, nace la Comisin de Funcionamiento y Reestructuracin del PoderJudicial. Esta Comisin significa la muerte de dos organismos: Uno, la Comisinde Emergencia; dos, el Consejo de la Judicatura. As de sencillo. De modo quecuando se prolonga la vida de la Comisin de Emergencia se est prolongando lavida del Consejo de la Judicatura, as de sencillo.

    Si es el 3 de febrero, o de un ao como creo que se pens al comienzo, seest prolongando la vida al Consejo de la Judicatura hasta el 3 de febrero o hastaun ao, es decir hasta el momento en que se cree la Comisin de Funcionamientoy Reestructuracin del Poder Judicial que repito estaba prevista para la fecha dela promulgacin de la Constitucin.

    Textualmente dice as, y con su venia leo muy brevemente:

    Se crea una Comisin de Funcionamiento y Reestructuracin del SistemaJudicial que reemplaza a la Comisin de Emergencia Judicial, con todas susatribuciones,

    Y agrega:

    Se le concede un plazo de un ao a esa Comisin de Funcionamiento y deReestructuracin del Sistema Judicial, a partir de la fecha de instalacin, para quecumpla la misin que le ha sido encomendada

    Y agrega:

    En razn de la eliminacin del Consejo de la Judicatura, la Comisin de

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    Funcionamiento y de Reestructuracin del Sistema Judicial asumir sus funcionesy atribuciones a partir de la promulgacin de esta Constitucin.

    De modo que todo depende de que se cree la Comisin de Funcionamientoy Reestructuracin del Poder Judicial. Si es el 15 de diciembre, si es el 3 defebrero, cuando se cree, morirn automticamente la Comisin de Emergencia y elConsejo de la Judicatura.

    Es todo, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-La direccin de debates hace un exhorto para que no hayadebate, para que manejemos esto simplemente con informaciones. Entre otrascosas porque la Propuesta no ha sido Aprobada y pudiera ser discutida maana enla misma Comisin de consenso.

    Tiene la palabra el Constituyente Manuel Quijada.

    CONSTITUYENTE QUIJADA (MANUEL).-Ciudadano Presidente. Yo le solicitaraque la sometiera a votacin ahora por la urgencia que tenemos. Lo que acaba deexpresar el Constituyente Elio Gmez Grillo es correcto, es por eso por lo que elConstituyente Escarr modific la Proposicin Original y coloc la fecha tope el 16de diciembre.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-En otras palabras, La Propuesta es hasta el 16 de diciembre,Constituyente Quijada?

    CONSTITUYENTE QUIJADA (MANUEL).-S, ciudadano Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Es decir, la misma Propuesta, pero en lugar de ser hasta el 3 defebrero es hasta el 16 de diciembre. (Asentimiento).

    Tiene la palabra el Constituyente Elio Gmez Grillo.

    CONSTITUYENTE GMEZ GRILLO (ELIO).-Ciudadano Presidente. Eso ya estAprobado, eso es lo que est escrito, eso es lo que acabo de leer, no es nadanuevo, est escrito que cuando se promulgue esta Constitucin que sertentativamente el 15 de diciembre, cesa la Comisin de Emergencia, nace laComisin de Funcionamiento y Reestructuracin y perece no slo la Comisin deEmergencia, sino que fenece tambin el Consejo de la Judicatura. Eso es lo queest escrito. El nico cambio que se trat de hacer es trasladar esa fecha para el 3de febrero, dos meses y medio ms, pero lo que est escrito es que cesatentativamente el 16 de diciembre, que ser la fecha posible de la promulgacin deesta Constitucin. Eso est escrito y aprobado.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Se exhorta a los Constituyentes Manuel Quijada y Gmez Grillo,que tienen la misma majestad y la misma antigedad aproximada, a que traten consabidura el problema antes de volverlo a someter a votacin.

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    Tiene la palabra el Constituyente Leopoldo Puchi.

    CONSTITUYENTE PUCHI (LEOPOLDO).-Ciudadano Presidente. Parareferirme un poco a la metodologa de funcionamiento. Sobre lasmodificaciones, correcciones o refacciones al texto constitucional

    Aprobado, creo que debemos tenerlo por escrito para la prximasesin. De tal manera que podamos guiarnos exactamente y tomaruna decisin al respecto.

    Sobre el Rgimen de Transicin, creo que tambin debemos tenerlo porescrito y Aprobarlo todo, porque lo que ley, por ejemplo, el Constituyente ManuelQuijada hay que leerlo para ver exactamente de qu se trata, y as verlo en elconjunto del Rgimen de Transicin, o sea transicin del Poder Judicial, delCongreso, etctera, para tener una claridad y no Aprobar algo de pronto sin saberexactamente de qu se trata. En los dos casos, en la medida de lo posible s queno ha habido tiempo tenerlo por escrito y en cuanto al Rgimen de Transicinhacer una sesin especial sobre esa materia y Aprobarlo globalmente.

    Gracias.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Elio Gmez Grillo.

    CONSTITUYENTE GMEZ GRILLO (ELIO).-Ciudadano Presidente. Apoyo lo quedijo el Constituyente Puchi. En cuanto a la Corte, seor Presidente, la DisposicinTransitoria dice muy claramente:

    Los actuales Magistrados de la Corte Suprema de Justicia integrarn el

    Tribunal Supremo de Justicia por un perodo de seis meses, lapso en el cual laAsamblea Nacional designar los nuevos magistrados.

    Si alguna est clara es esta.

    Es todo.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Antonio Garca. Aqu cabeexactamente esa expresin muy espaola que dice entre abogados te veas.

    CONSTITUYENTE GARCA (ANTONIO).-Ciudadano Presidente. Creo

    efectivamente que lo que hay es una confusin. En este momento la Comisin deEmergencia Judicial est haciendo un trabajo intenso en funcin de posibilitar larealizacin de los concursos de los tribunales de todo el pas lo ms prontoposible.

    Es probable que en el propio mes de diciembre se sometan a concursotodos los tribunales del rea metropolitana, lo que en nuestra opinin es un avancemuy importante porque es lo que va a resolver en definitiva el problema del PoderJudicial en el pas.

    Pero existen Disposiciones diseminadas en distintos instrumentos legales

    que establecen diferentes procedimientos y requisitos para estructurar el programade concurso. Lo que se requiere de aqu al 15 de diciembre no es una prrroga de

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    la Comisin de Emergencia ni de su vigencia, sino una ampliacin de sucompetencia o una facultad muy concreta que est referida a la reglamentacin delplan de evaluacin de los jueces a los fines de determinar su permanencia osustitucin en el Sistema Judicial actual. Determinar y aplicar el rgimen deseleccin y concurso para el ingreso al Poder Judicial, igualmente resolver todo lorelacionado con la implantacin del procedimiento oral en el sistema procesalexistente, para su adecuacin a la nueva realidad constitucional.

    Nosotros pensamos que la oralidad en el sistema procesalvenezolano se puede implementar para que sta arranque en el mes deenero del prximo ao. Entonces, de lo que se trata es de una facultad quehabilite a la Comisin de Emergencia para la realizacin de estas tareas, porqueentendemos que de acuerdo con el Decreto que la crea, la Comisin deEmergencia Judicial tiene vigencia hasta el 15 de diciembre, que es cuando seaprueba o imprueba el Proyecto Constitucional, y con posterioridad a esa fechaentrara en vigencia lo que forma parte del Rgimen Transitorio del que nos habl

    el Constituyente Escarr.

    En concreto, hoy lo que se est sometiendo a consideracin de la Asambleaes un acuerdo mediante el cual se faculte a la Comisin de Emergencia Judicialpara realizar las labores de reglamentacin en materia de concursos.

    Muchas gracias.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Carlos Tablante.

    CONSTITUYENTE TABLANTE (CARLOS).-Ciudadano Presidente. Le concedo

    totalmente la razn al Constituyente Elio Gmez Grillo. Creo que lo convenientefue lo que le suger al Constituyente Manuel Quijada en la Comisin, cuando seplante esto de que regrese nuevamente, para que busquemos el consenso ylogremos la mejor solucin.

    El Decreto de Emergencia Judicial Aprobado por nosotros es muy coherentey muy amplio en cuanto a las facultades que se solicitan, a las que se refiri muybien el Constituyente Antonio Garca, todo lo que tiene que con los sistemas deseleccin, con los ajustes y la depuracin que se viene haciendo en el PoderJudicial, incluso, en el momento en que se consult a la plenaria sobre lascompetencias del Inspector de Tribunales, el doctor Ren Molina, esas facultades

    fueron ampliadas para cumplir todo ese propsitoque se ha solicitado.

    Creo que no habra ningn inconveniente en que esto se evaluara un pocomejor, se estudiara un poco mejor, como ha dicho (El Constituyente) LeopoldoPuchi, y que cuando discutamos las Disposiciones Transitorias y el RgimenTransitorio, que es distinto, podamos ver en qu consisten los ActosConstituyentes, cul es el alcance de los Actos Constituyentes, cul es el alcancede las Disposiciones Transitorias a las que se refiere el (Constituyente) doctor ElioGmez Grillo, por las cuales trabaj la Comisin de Administracin de Justicia y,podamos resolver esta materia que es tan delicada, en un mejor ambiente y de unamejor manera.

    EL PRESIDENTE.-Se agradece a los Constituyentes que, por favor, tenganorden. Tiene la palabra el Constituyente Antonio Di Giampaolo, antes (El

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    Constituyente) Freddy Gutirrez, para un punto previo.

    CONSTITUYENTE GUTIRREZ (FREDDY).- M querido Presidente. Yo creo queusted nos dijo al iniciar esta reunin que no haba debate, que era un punto deinformacin de la Junta Directiva que nos iba a dar esta informacin y que maanaestaran en consideracin los puntos que nos estn trayendo, en ese sentido,seor Presidente, creo que es conveniente retomar el orden, de que se nosinforme y maana debatimos.

    EL PRESIDENTE.-Tiene razn el Constituyente Freddy Gutirrez porque el objetode esta reunin era informar, pero haba un solo punto, el que traa elConstituyente Manuel Quijada, que iba a ser sometido a la consideracin de laAsamblea y si tena apoyo, ser Aprobado, pero entiendo que con lasobservaciones que se han hecho debe regresar de nuevo al seno de la Comisin,a pesar que el Constituyente Manuel Quijada nos haba hablado de la urgencia deesa decisin, pero como nos vamos a reunir maana y, adems, nos hemosdeclarado en sesin permanente, vamos a tener oportunidad de volvernos aencontrar para tomar decisiones de esta naturaleza.

    Tiene la palabra el Constituyente Acua.

    CONSTITUYENTE ACUA CEDEO (LUIS).-Buenas tardes, seor Presidente. Enrealidad quiero aprovechar que esta es una Asamblea de informacin y el carcterreposado de ella, para manifestarle la gran preocupacin que tienen los tresConstituyentes del Estado Sucre por la crisis poltica que el Estado est viviendoen este momento. La situacin se torna bien difcil, existen huelgas de hambre eneste momento en la ciudad, no descartamos que la situacin pueda tornarse msdifcil y quisiera que esta Asamblea est informada de tal situacin, en la medidade lo posible, si esta Asamblea pudiera designar uno, dos o tres Constituyentesque pudieran tratar de calmar un poco la ansiedad que hay en aquel Estado por latremenda crisis poltica, yo lo agradecera enormemente, dado que para nosotrosnos resulta bien difcil resolver un problema que es un problema de gobernabilidady que no estamos viendo, de parte de las autoridades del Estado, la posibilidad decontrolar la situacin all.

    Realmente para nosotros es una preocupacin que no hemos podidollevarla a los niveles de discusin altos, como son como son el Ministro deHacienda, como es el propio Presidente Chvez, por la importancia que ha tenidoesta Asamblea Nacional Constituyente y la necesidad de terminar esa CartaMagna, pero aprovechando la oportunidad de esta tarde, de esta reposadadiscusin e informacin, aprovecho la oportunidad para expresar nuestrapreocupacin, estoy hablando en nombre del (Constituyente) Capitn JessTeodoro Molina y del Constituyente Jos Luis Meza, quienes estamos conscientesde la tremenda responsabilidad que tenemos en procura de buscar beneficios paranuestro Estado.

    EL PRESIDENTE.-Gracias por la informacin, Constituyente, en la Asamblea demaana podremos tomar la decisin, en la plenaria de maana, para designar larepresentacin de esta Asamblea que haga acto de presencia en el Estado Sucrea los efectos que usted ha sealado. Tiene la palabra (El Constituyente) Antonio DiGiampaolo. Realmente estbamos extraados de que (El Constituyente) AntonioDi Giampaolo no haba intervenido hoy.

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    CONSTITUYENTE DI GIAMPAOLO (ANTONIO).-Presidente. Tengo un punto deinformacin y dos de interrogacin. En relacin a la informacin es concretamentesobre se artculo 186, ordinal 20, que son la Atribuciones del Congreso, porque elConsejo Moral Republicano, ya cuando usted lee el Captulo, ni tiene ningunapotestad de inhabilitacin poltica; pareca extrao que quede ese ordinal all. Esocomo punto de informacin, se lo digo cuando lo discuta.

    En torno a las dos preguntas, una de ellas es Quines y cundo se van aformular las preguntas en torno al referndum, adems la de la propiaConstitucin?, y la otra, es yo quisiera saber Cul es el texto del artculo 1?Tengo esa duda porque he visto por all algunas versiones de ese artculo 1 ycreo que no se corresponden con lo que efectivamente se Aprob; como duda megustara saber, no s si maana.

    EL PRESIDENTE.-S, en cuando a la ltima pregunta, maana se van a repartir, deconformidad con la solicitud que hizo el Constituyente Leopoldo Puchi, todos losartculos de la nueva Constitucin. En cuanto a la pregunta sobre exactamente elsistema con el cual se va a establecer el Rgimen de Transicin, tiene la palabrael (Constituyente) doctor Escarr, no para que hable del Rgimen de Transicinsino simplemente para que responda la pregunta que hizo el Constituyente DiGiampaolo.

    CONSTITUYENTE ESCARR (HERMANN).-Presidente. Solamente decir que elprocedimiento es el siguiente, (Constituyente) Di Giampaolo:

    Hay unas Disposiciones Transitorias que, todos sabemos, forman parte dela Constitucin. Luego viene un Proceso de relegitimacin que tiene dos vas:

    - O el Artculo 1 en la parte in fine del encabezamiento, que dice quenosotros podemos hacer cesar las autoridades y los lapsos constitucionales

    - O establecer un modelo de pregunta en el referndum, para que seaconsultado directamente a la voluntad popular.

    Y la tercera fase es lo que se hada en llamar el Rgimen Transitorio, que enrealidad es un Gobierno Transitorio. Nosotros al ser Originarios,supraconstitucionales, como Asamblea, nuestra nico objeto no esredactar una Constitucin sino adems, como deca creo que (La

    Constituyente) Iris Varela, en estos das, tenemos el objeto dereestructurar el Estado y de modificar todo el orden jurdico. Paraeso es necesario un Rgimen de Gobierno de Transicin entre el momento en quees Aprobada la nueva Constitucin y el momento en que se produce la probablemega eleccin.

    Ese rgimen de Transicin supone tambin unas preguntas. Ahora, Quinhace las preguntas, cmo se plantea esto? Eso lo hace esta Asamblea, eso lodecide esta Asamblea. Eso es parte inherente de esta Asamblea. Yo, en lopersonal, tengo el criterio de que el Consejo Nacional Electoral no puede en estaoportunidad modificar preguntas, porque se trata de Actos Constituyente y ellos no

    son controlables. El nico mecanismo de control es la propia Asamblea NacionalConstituyente.

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    Hasta ah puedo hablar, honorable Presidente, perdn, apreciadoPresidente.

    EL PRESIDENTE.-Solamente para aclarar que cuando usted deca ellos no soncontrolables, se refera a los Actos Constituyentes, por todos los dems soncontrolables.

    EL ORADOR.-Correcto, todos los dems son controlables, menos los ActosConstituyentes, que adems son de ejecucin inmediata.EL PRESIDENTE.-El (Constituyetne) poeta Pereira ha pedido la palabra desde

    hace ms de media hora, lo tengo detenido porque quiero que al final, la Asambleatermine con la poesa. As que sigue diferido el poeta Pereira. Tiene la palabra (ElConstituyente) Tarek William Saab.

    CONSTITUYENTE SAAB (TAREK WILLIAM).- Presidente... (Constituyente) Isaas.Tiene que ver con el informe que t acabas de dar. Hay un artculo que no fuenombrado, que no fue mencionado pero que discutimos, que tiene que ver con laelegibilidad de los Diputados, la edad. Entonces se obvi y quera solamenterecordar que ese artculo tambin se discuti para ser levantada la sancin, esdecir que en vez de veinticinco (25) aos, sea veintin (21) aos el requisito de laedad para ser candidato a la Asamblea Nacional.

    EL PRESIDENTE.-S, es cierto, bajamos el artculo de veinticinco (25) a veintin(21), para que (El Constituyente) Tarek pudiera ser candidato. Tiene la palabra (ElConstituyente) William Ojeda.

    CONSTITUYENTE OJEDA (WILLIAM).-Por fin. Luego de la noticia de primerapgina que se dio aqu, si yo fuera director de un peridico abrira con esa noticiaen primera pgina maana, todos los cargos de jueces de Caracas saldrn aconcurso en diciembre. Eso es verdaderamente una bomba noticiosa.

    Al margen de eso quiero peguntar sobre una solicitud por escrito que hice,al menos de consideracin, sobre de un artculo, lo hice ayer firmado por el(Constituyente) Capitn Jos Gregorio Vielma Mora, Presidente de la Comisin, ytambin firmado por la Directiva y tiene que ver con el artculo 167 y el proceso deintegracin, que pareciera circunscribirlo a la integracin exclusivamentelatinoamericana, median las fases que implica un proceso de integracin, no squ posibles lmites podra representar ello, ms an, si recordamos que hoy elPresidente Chvez arranca una gira en Cuba en la IX Cumbre Iberoamericana.

    Para malsanas interpretaciones este artculo sera un mandatoconstitucional que nos obligara, por ejemplo, a poco entendernos con Portugal yEspaa que forman parte de la Cumbre Iberoamericana, por ese tipo depreocupaciones pas la consideracin de este artculo 167, quiero saber si hoy seconsider, si no fue as, si lo va a ser maana, etctera.

    Muchas gracias, Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Va a ser considerado en el da de maana conjuntamente conun grupo de Disposiciones Transitorias, que no pudieron ser analizadas en lasesin que tuvimos durante todo el da. Antes de darle la palabra al Constituyente

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    Gustavo Pereira, (El Constituyente) Mario Isea, para una informacin. Era extraoque no hubiera intervenido, verdad? Tienes la palabra, (Constituyente) Mario.

    CONSTITUYENTE ISEA (MARIO).-Presidente, cuando es necesario lo hago,cuando creo que es necesario, con mucha seriedad y responsabilidad, y casinunca me excedo del tiempo.

    EL PRESIDENTE.-S, es cierto, ratifica la direccin de debates su seriedad yresponsabilidad.EL ORADOR.-Simplemente es para pedirle una informacin. En el artculo antes203, no s qu nmero tendr ahora, usted lo coment respecto a un agregadoque fue original de (El Constituyetne) Gilmer Viloria y si se agreg la palabraGobierno era de la competencia de la Asamblea Nacional. Ejercer funciones decontrol del Gobierno y la Administracin pblica.

    EL PRESIDENTE.- Recuerda qu artculo es, Constituyente?

    EL ORADOR.-El artculo antes 203, y ahora no s nmero tiene. Ciento ochenta yseis (186) me dice el Constituyente Gilmer Viloria.EL PRESIDENTE.- Yo lo coment?

    EL ORADOR.-Coment el agregado con relacin a la fuerza que tena como hechoprobatorio.

    EL PRESIDENTE.-No tocamos ese punto, en todo caso, porque simplemente hicereferencia al hecho probatorio, recuerdo el artculo y no tocamos lo que ustedseala, pero maana lo podemos...

    EL ORADOR.-Consign por escrito la Propuesta

    EL PRESIDENTE.-Lo que pas fue que no analizamos las Propuestas que sehicieron por escrito, sino una relacin de hechos que se trajeron simplemente, osea una sola revisin. Eso no quiere decir que no se van a revisar las Propuestassino que establecimos una metodologa y en ella, dispusimos que las Propuestasseparadas y las Disposiciones Transitorias las bamos a analizar maana.

    EL ORADOR.-Entonces le agradezco que tome nota, porque estaba acordado as,e incluso cuando se cambi la metodologa le iba usted a otorgar el derecho depalabra precisamente para formular esa observacin, entonces la consign ante laSecretara.

    EL PRESIDENTE.-Gracias, por la observacin, tiene la palabra el ConstituyenteRicardo Combellas.

    CONSTITUYENTE COMBELLAS (RICARDO).-Sin nimo de abrir una discusin,Presidente, pero ese punto fue Aprobado en la Comisin del Poder Ejecutivo, en laComisin Constitucional en la Primera Discusin, y es un punto central. LaAsamblea Nacional controla el Gobierno y la administracin, quitarle el control delGobierno, algo que ha sido Aprobado en todas las instancias de esta Asamblea,me parece grave desde el punto de vista del equilibrio poltico.

    Se invita a los Constituyentes Mario Isea y Ricardo Combellas para que se

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    incorporen maana a la Comisin, de modo que en el seno de ella, enriquezcan eldebate con los argumentos que puedan aportar. Y se invita tambin alConstituyente Freddy Gutirrez que hizo una observacin muy importante, quepuede ser un material definitorio para las conclusiones que tenga la Comisin.

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Gustavo Pereira.

    CONSTITUYENTE PEREIRA (GUSTAVO).-Gracias. Era para volver a la cuestindel Prembulo, bajo la euforia sucedida ayer, cuando terminamos las discusiones,(El Constituyente) Vinicio hizo un planteamiento y cre que era una simplealocucin de euforia, al hablar sobre el Pueblo de la Repblica Bolivariana deVenezuela. En verdad el Prembulo dice: El Pueblo de Venezuela, y ello por unarazn esencial, el Pueblo es anterior a todo cognomento, por una parte, y por laotra, este es el Prembulo y no el eplogo, si fuese el eplogo probablementepudiese hablarse del Pueblo de la Repblica Bolivariana, porque ya en artculossucesivos, en el artculo 1 se consagra eso. Pero resulta que este es unPrembulo y luego es el Pueblo de Venezuela.

    De no ser as, esa no es mi Propuesta de Prembulo, eso absolutamentecambia todo, es el Pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus Poderes creadores,etctera. Algn viejo poeta deca que la poesa cura las heridas infligidas por larazn, si mal no recuerdo, creo que fue Novalli. Espero que esta vez ocurra lomismo, (Constituyente) Vinicio ya me ha dicho que no va hacer un problema dehonor con eso, yo no lo haba hecho porque le pregunt al Secretario, ElvisAmoroso, me dijo que eso no haba sido Aprobado, que aparentemente haba sidosimplemente una manifestacin de euforia, al final de un acto que, desde luego,mereca y merece toda la euforia del mundo.

    Muchas gracias. (Aplausos).

    EL PRESIDENTE.-Tiene la palabra el Constituyente Vinicio Romero y exhortamosde nuevo, para que no haya un debate sobre esto, sino simplemente informacionesen este sentido.

    CONSTITUYENTE ROMERO (VINICIO).-Como el Presidente (Constituyente)Isaas, que es poeta tambin, llam a que concluyera esta sesin con la poesa,pienso, poeta Pereira, que no puede haber concubinato estril con las musas,Poeta, aqu precisamente no lo ha manifestado usted ahora, gracias a Dios, peros, conmigo, en un momento, en una expresin, que no la voy a calificar porquecomo usted no la hizo pblica, yo no la voy a calificar aqu tampoco, pero en todocaso, esto fue Aprobado y aqu tengo, Presidente (Constituyente) Isaas, la versintaquigrfica y fue Aprobado. Se someti a consideracin y as debe constartambin la aprobacin all y fue Aprobado con aplausos, lo cual signific que a mme llamaron muchas personas, para felicitarme y aqu mismo me dijeron cerrastecon broche de oro. Y cul es la situacin? Que no entiendo por qu, si el nombreoficial a partir del 15 de diciembre, cuando se apruebe, ya para nosotros locelebramos ayer, con el Himno Nacional, y fue justamente despus de laentonacin del Himno, cuando lo Propuse, ahora el nombre oficial de la Repblicaes, Repblica Bolivariana de Venezuela, y entonces Por qu tiene que hacerledao al Prembulo tan hermoso? Mis palabras fueron stas, tan breves que laspuedo leer aqu, dice:

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    Ciudadano, Presidente: Despus de ese hermoso Prembulo, (que) hemosAprobado, Propongo que se encabece desde ya, el Pueblo de la RepblicaBolivariana de Venezuela, que quede as, por supuesto, con la Aprobacin de laAsamblea Nacional Constituyente.

    Es todo, aqu est y se lo voy a llevar, para que usted lo tenga all.Entonces, no entiendo porque va a modificar esto, a daar el

    Prembulo, cuando ya nos llamamos y as lo aprobamos, RepblicaBolivariana de Venezuela.

    No entiendo por qu tiene que molestar esto. Ahora, dice el Poeta, que elPueblo antecede a todo, es verdad. Y el Pueblo aqu sigue antecediendo aRepblica Bolivariana de Venezuela. Lo sigue antecediendo. O es que nos vamosa retractar de haber Aprobado que ahora Venezuela se llama RepblicaBolivariana de Venezuela. Dije que no iba a hacer un punto de honor, Poeta, selo dije a usted, pero s insisten en el tema, tengo que hablar porque yo nohabl aqu en vano, no habl aqu por una cuestin emocional, yo habl aqupor una cuestin racional. Hemos Aprobado eso y, por esa razn, insisto en queesto debe ir all y adems se Aprob; si no habra que levantarle la sancin. Y noes poeta Pereira, disclpeme, no es que ese no es su Prembulo, ese es elPrembulo que ya acogi la Asamblea, yo entre ellos; pero despusde eso, se agreg, se Aprob, encabezar con eso, tal como yo loPropuse.

    Es todo, Presidente.

    EL PRESIDENTE.-Una informacin final, antes de cerrar la sesin. La Comisin

    designada para el Acuerdo de Duelo, nos ha trado, el siguiente acuerdo.

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    ASAMBLEA NACIONALCONSTITUYENTE

    Considerando:

    Que el da 15 de noviembre del corriente ao falleci trgicamente en elEstado Carabobo, el ciudadano Capitn (r) de la Aviacin Vctor Julio Portocarrero;

    Que el meritorio ciudadano, era hermano de la Constituyente BlancanievePortocarrero de Guzmn;

    Que la Constituyente Blancanieve Portocarrero de Guzmn; se abocfervorosamente a la elaboracin del Proyecto de Constitucin, hoy concluido;

    Que todos los Constituyentes tenemos deudas de gratitud y admiracin pornuestra compatriota Blancanieve Portocarrero de Guzmn; al igual que el Pueblode Carabobo que la eligi,

    Acuerda:

    Primero: Unirnos al duelo que embarga a la Constituyente Blancanieves

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    Portocarrero de Guzmn y sus familiares.

    Segundo: Guardar un minuto de silencio en la sesin plenaria.Tercero: Nombrar una Comisin del seno de esta Asamblea Nacional

    Constituyente, para expresar personalmente el psame y hacer entrega delpresente Acuerdo a la Constituyente Blancanieve Portocarrero de Guzmn.

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    Se designa la misma Comisin que elabor este acuerdo, para querepresente a la Asamblea Nacional Constituyente ante la ConstituyenteBlancanieve Portocarrero de Guzmn.

    Y vamos a guardar en este momento el minuto de silencio.

    (Se procede a guardar el minuto de silencio).

    8

    Se cierra la sesin y se convoca para maana a las dos de la tarde. (7.38p.m.)

    Las taqugrafas:

    Luisa VsquezAndrea Velsquez

    Avelina DazaAlbertina

    Carmen de RodrguezLily

    Eloyna ManzanoLinda Garca de Araque