2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180-...

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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 29 de setiembre del 2015

Avisos Judiciales

EDICTOS

EDICTO JUDICIAL

1o Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, Expediente N° 01772-2015-0-1001 -JP-CI-01, Materia Rec-tificación de Partida, bajo la dirección de la Sra. Jueza Tania García Quispe, la actuación del Secreta-rio Judicial Ciro Chuquimago Mamani, la recurrente Rosa Luz Becerra Cornejo, viene solicitando la Rectificación de su Partida de Nacimiento, nacida en fecha 15 de agosto de 1966, en el sentido que se omitido el segundo nombre de su progenitor siendo lo correcto Carlos Vidal Becerra Miranda, debiendo quedar inalterable en lo demás. Publicación que se realiza de acuerdo a ley. Wanchaq, 25 de setiembre del 2015. (29, SET)

SUCESION INTESTADA

ANTE MI OFICIO NOTARIAL, SITO EN LA AV. HUASCAR N° 219 - B DEL DISTRITO DE WANCHAQ, PRO-VINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, SE HA PRESENTADO DOÑA IDANIA VIDAL BELLOTA, SOLI-CITANDO SE DECLARE LA SUCESION INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE SU MADRE DOÑA HILDA BRIGIDA BELLOTA MIRANDA, FALLECIDA EL 02 DE SETIEMBRE DEL 2006, LO QUE COMUNICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.- CUSCO, 25 DE SETIEMBRE DEL 2015. RODOLFO OROS CARRASCO, ABOGADO NOTARIO DE CUSCO. AV. HUASCAR N° 219 – B WANCHAQ – CUSCO. (29, SET)

SUCESIÓN INTESTADA

Ante mi Oficina Notarial ubicada en el Jirón Espinar No. 114, de esta ciudad LIDIA AEDO YARIBAY VIUDA DE DELGADO Y JOSEFINA AEDO YARIBAY DE ANGULO solicitan de quien en vida fue su padre don DEMETRIO AEDO LANZA, fallecido el día seis de noviembre de dos mil tres, en Hospital Quilla-bamba de esta ciudad, siendo su siempre habitual y último domicilio esta misma ciudad, a fin de que se las declaren como sus únicas y universales herederas en calidad de hijas. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 24 de setiembre del 2015. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario-Abogado Registro N° 32. (29, set)

SUCESIÓN INTESTADA

Ante la “NOTARIA HUANCA”, ubicado en el Jirón Jaquijahuana “C6-10” de la ciudad de Anta - Cus-co; se ha presentado VALENTINA MENDOZA RAYME DE PACHECO, con DNI N° 08404173, solicitando la sucesión intestada de su padre el que en vida fue SEBASTIAN MENDOZA PACHECO, fallecido el 09 de abril del 2000, siendo el último domicilio del causante el inmueble, sin número, ubicado en la Comunidad Campesina de Huachanccay, sector Chacapampa, del distrito de Pucyura, provincia de Anta i departamento Cusco; indica que debe declararse como heredera a la SOLICITANTE por ser hija. Anta, 22 de setiembre del 2015. (29, set)

SUCESIÓN INTESTADA

Ante la “NOTARIA HUANCA”, ubicado en el Jirón Jaquijahuana “C6-10” de la ciudad de Anta - Cusco; se ha presentado VICTORIA KENTE AITE, con DNI N° 24366372, solicitando la sucesión intestada de su padre el que en vida fue LUCIANO KENTE HUILLCA, fallecido el 2 9 de octubre del 1971, siendo el último domicilio del causante el inmueble s/n, ubicado en el sector Antacpampa, del distrito i pro-vincia de Anta, departamento Cusco; indica que debe declararse como heredera a la SOLICITANTE por ser hija. Anta, 24 setiembre del 2015. (29, set)

SUCESION INTESTADA

ANTE MI OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN EL JIRÓN BELAÚNDE TERRY N° 176 URCOS, QUISPICAN-CHI CUSCO, SE PRESENTÓ: JOSEFINA MENDIVIL QUISPE, SOLICITANDO SE DECLARE LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE: TOMAS LUNA ESPINO, FALLECIDO EL 13 DE JULIO DEL 2015, EN URCOS; HABIENDO TENIDO SU ULTIMO DOMICILIO EN URCOS QUISPICANCHI CUSCO.-. LO QUÉ SE PONE EN CONOCIMIENTO A LOS PRESUNTOS HEREDEROS PARA LOS FINES DE LEY. URCOS, 24 DE SETIEMBRE DE 2015. MARIA. E. GALDO SOTOMAYOR ABOGADA NOTARIA. (29, SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarati, que despacha la señora Juez Karina Valia Ochoa Montufar y bajo la actuación del secretario Judicial Leandro Juvenal Lazo Zambrano. se viene tramitando el Proceso Civil N° 39-2015, en el cual se ha dispuesto la publica-ción del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: ADMITIR la petición interpuesta por* GUIDO RAFAEL VERGARA ROJAS, sobre Declaración Judicial de Sucesión Intestada de la que en vida fue YRMA JULIA ROJAS HERMOZA, fallecida el día 24 de julio del año 2011, proceso que se deberá tramitar en la vía NO CONTENCIOSA, lo que se publica para los fines de ley. Echarati, 07 de Setiembre del 2015. (29, SET)

EDICTO JUDICIAL

Señor: JULIO CESAR ORTEGA CAMPANAExpediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana sobre Separación Convencional y/o Divorcio Ulterior, tramitado ante el Juzgado Mixto de Calca, se ha dispuesto la notificación al demandado con el estrato de la siguiente Resolución. Resolución Nro. 21, Calca.. 05 de agosto de 2015: SE RESUELVE: APROBAR la Liquidación practicada, en consecuencia requiérase a JULIO CESAR ORTEGA CAMPANA a efectos que cancele la suma de S/ 23 579.00 (VEINTITRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los alimentistas!...) dentro de cinco días de notificado con la presente resolución. Bajo expreso apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público. (...). H. S. Firma de la Señorita Juez y del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna: Cusco. 31 de agos-to de 2015. (29, SET 01, 05, OCT)

EDICTO

NOTIFICACIÓN AL LIQUIDADOR DEL EX- BANCO HIPOTECARIO EN LIQUIDACIÓN.En el Proceso Civil Nro. EXPEDIENTE : 2091-2014-0-1001-JR-CI-04, seguida por GILBERTO CASTELO NAVARRO Y MAGDALENA MORALES DE CASTELO, sobre NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDU-LENTA, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguienteResolución Nro. 01.- Cusco, trece de noviembre del año dos mil catorce.- VISTO; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: (...) SEGUNDO: (...) TERCERO: (...) CUARTO: (...) QUINTO: (...) SEXTO.- (...) SETIMO: (...) SE RESUELVE: DECLARAR IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por GILBERTO CASTELO NAVARRO

Y MAGDALENA MORALES DE CASTELO, sobre NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA; de-biendo devolverse los anexos una vez consentida la presente, y archivarse conforme a Ley.-RESO-LUCIÓN NRO. 04.- Cusco, tres de marzo del año dos mil quince.- Dado cuenta en la fecha, habiendo concluido el periodo vacacional del poder judicial: VISTOS.- A LO EXPUESTO.- (...) A TODOS SUS EX-TREMOS .- Téngase por interpuesto el Medio Impugnatorio, consistente en el Recurso de Apelación contra el auto de improcedente de la demanda contenida en la Resolución N° 01 de fecha 13 de noviembre del 2014, y estando enmarcado dentro del plazo legal y con los requisitos establecidos por Ley; CONCÉDASE LA APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO contra el Auto de Improcedencia de la demanda contenida en la Resolución N° 01 de fecha 13 de noviembre del 2014 (folios 32 al 35), debiendo elevarse el presente proceso al Superior Jerárquico, con la debida nota de atención, una vez que sean devueltas las cédulas de notificación. Firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Cusco 10 de setiembre del año 2015. (29, SET 01, 05, OCT)

AVISO JUDICIAL

En Proceso Nro. 228 -2015- seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por la Sra. Juez Dra. MARIANELLA CARDENAS bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León REYNA MACHACA JARA |solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, por haberse considerado a su progenitora como Julia Jara debiendo ser JULIANA JARA LAURA lo que se publica para los fines de ley 5S. S. 22/09/15 (29, SET)

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN SEBASTIAN

AVISO JUDICIALAnte el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián se viene tramitando el Proceso Civil Nro. 2015- 0229, por Resolución No. 01 del 26 de agosto del año dos mil quince, la señora juez titular Maria-nella Cárdenas Villanueva, ha dispuesto la publicación del extracto de la solicitud admitida e inter-puesta por VALENTINA MACHACA JARA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO a fin de que se rectifique y se adicione en la partida el nombre completo de su madre consignado como Julia Jara siendo lo correcto JULIANA JARA LAURA; Proceso que se tramita en la vía del Proceso NO CONTENCIOSO. Lo que se publica por una sola vez, para los fines consiguientes de Ley.- Firma com-pleta del señor juez y media firma del Secretario. San Sebastián, 16 de setiembre del 2015. (29, SET)

SUCESION INTESTADA

Ante mi Oficio Notarial, ubicado en la Av. Grau 438 del cercado y provincia de Cusco, ante mi OR-LANDO PACHECO MERCADO, Abogado Notario de Cusco, don FIDEL VENERO QUINTANILLA, está solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su progenitura VICTORIA QUINTANILLA SANTOS, fallecida en fecha 1 de Diciembre del 2014, en esta ciudad, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 25 de septiembre de 2015. Orlando Pacheco Mercado, Abogado Notario. (29, set)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Elmer Manuel Ochoa Calloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, por Resolución N° 03, de fecha 01/04/2014, se ha RESUELTO:I. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ALIÑE NAKY AYALA ARIAS y EDWIN GONZALES ECHARI, en representación de su poderdante MÁXIMO TOMAS SALCEDO MEZA, en con-tra de la SUCESIÓN DE SÓCRATES SALCEDO NAVARRO (conformada por LUIS ESTEBAN, MÁXIMO TOMAS y PEDRO PABLO SALCEDO MEZA, debiendo de notificarse solo a este último). Asimismo, contra la SUCESIÓN DE LUIS ESTEBAN SALCEDO MEZA y la SUCESIÓN DE TEOFILA COA DE SALCEDO (Ambas conformadas por: LIRO SALOME SALCEDO COA, DARIO ASUNCIÓN SALCEDO COA, CRUZ MARIA SALCEDO COA, WILBERTS RAMIRO SALCEDO COA, LUIS ALBERTO SALCEDO COA y MAPY TEOFILA SALCEDO COA), sobre INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO, contenida en la escritura pública de compraventa, de fecha 12/08/1968 y accesoriamente la CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN RE-GISTRALII. TRAMÍTESE la presente demanda en la VÍA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTOIII. TRASLADO A LA PARTE DEMANDADA por el plazo legal de TREINTA DÍAS, bajo aper-cibimiento de ser declarados Rebeldes.IV. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas de esta parte, los que se admiti-rán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal respectiva.V. Asimismo por Resolución N° 24, de fecha 02/09/2015, se ha resuelto la notificación por edictos, a fin de que el codemandado Wilberts Ramiro Salcedo Coa, se apersone y absueiva el traslado de la demanda en el plazo de noventa días bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal; lo que se publica pata-tes fines pertinentes. Espinar, 02 de setiembre de 2015. (29, 30, SET 01 OCT)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Wanchaq, que despacha el Juez: RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, a cargo del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se vie-ne tramitando el Proceso Civil Nro. 2026-2015 sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por MARIA LUISA VILLASANTE VERA VIUDA DE GONZALES, se rectifique en el rubro co-rrespondiente al nombre de sus progenitores al estar registrado en forma incompleta de su pro-genitor como “Víctor M. Villasante”. debiendo ser lo correcto “ VICTOR M. VILLASANTE ESPINOZA” y de su progenitura estando registrada como “Catalina Vera” siendo el nombre correcto “LUCRECIA CATALINA VERA ARANA”; Publicación que se realiza para los fines de Ley. Wanchaq, 25 de Setiem-bre del 2015. (29, SET)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 1771-2015-0-1001-JP-CI -02 solicitada por Elmer Becerra Cornejo sobre RECTIFICACION DE PARTIDA donde se ha consignado en forma errónea el nombre de su progenitor siendo el nombre correcto CARLOS VIDAL BECERRA MIRANDA, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 09 de setiembre del 2015. (29, SET)

EDICTO JUDICIAL

En el Juzgado de Paz Letrado de Anta - Cusco, Exp. No. 007-2014, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 17 del 04-09-2015: “...FALLA: DECLARANDO FUNDADA la demanda

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La República 3Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

interpuesta por Wily Tomas Baca Gamarra. En consecuencia ORDENO que se deje sin efecto el des-cuento del veinte por ciento del haber mensual del demandante Wily Tomas Baca Gamarra, que percibe su hijo Johsep Willy Baca Cornejo. Una vez consentida o ejecutoriada quede la presente sentencia, GIRESE OFICIO a la Unidad de Gestión Educativa Local de Anta, para que cumpla lo ordenado.- CUMPLA con notificarse al demandado por edictos con una extracto de esta sentencia en el Diario La República, por el lapso de tres días, a costa del demandante. Sin costas ni costos..”.- Firma y sello del señor Juez Arturo Cabrera y Secretaria C. Delgado. Anta, 22 de septiembre de 2015. ( 28, 29, 30, SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 245-2015-CI seguido por KARINA JUBITA HUAMANI ALVARADO sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de su nombre siendo KARINA JUBITA HUAMANI ALVARADO, datos de sus padres siendo lo correcto LUIS HUAMANI ARIAS e IRMA ALVARADO HUANCA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- San Jerónimo, 18-09-2015. (28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. Nro. 192-2015 seguido por MARIA LUZ ROCCA MAMANI sobre SUCESION INTESTADA de su padre BRAULIO ROCCA CONDORI, falleció el 22-05-2015, se ha dis-puesto la publicación del presente para los fines de Ley. San Jerónimo, 25-08-2015. (28, 29, 30, SET)

ATODOS LOS INTERESADOS

En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señoraJuez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación delEspecialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 392-2015-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución:Resolución Nro. 03.- Santiago, treinta y uno de julio del año dos milquince.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuestapor MANUEL SUAREZ ATAUCURI en contra de MODESTA ROSAESQUERRA CARDENAS, VILMAMUÑOZ ZEGARRA, AMAPRO SALAZARPEÑA, VICTORIA CONDORI ATAUCURI, ERNESTINA DUEÑASALVAREZ Y RUTH RAQUEL JILAPA MAMANI, sobre PRESCRIPCIONADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble numero 18 ubicado enla avenida Jorge Luis Navarrete antes Luis Uzategui del Pueblo JovenDolores Pata Lote 18 Manzana B del Distrito de Santiago de la ProvinciaY Departamento de Cusco, con citación de los colindantes MODESTAROSA ESQUERRA CARDENAS, VILMAMUÑOZ ZEGARRA, AMAPROSALAZAR PEÑA, VICTORIA CONDORI ATAUCURI, ERNESTINADUEÑAS ALVAREZ Y RUTH RAQUEL JILAPA MAMANI, TRAMITESE elpresente proceso en la vía del proceso ABREVIADO; en consecuenciade conformidad a lo dispuesto por el inciso 5 del artículo 491 del CódigoProcesal Civil, córrase traslado de la misma a los demandados por elplazo de diez días, bajo apremio de declarárseles rebeldes, CITESE a loscolindantes en sus domicilios reales …………………….COMUNIQUESE. (24 y 29 SET y 06 OCT).

EDICTO JUDICIAL

Que, el Proceso Civil N°- 00170-2015-0-1010-JM-CI-Ol seguido por: Félix Pezo Ttupa y Olga Quispe Sopanta, sobre: Declaración de Propiedad de Derecho por Prescripción Adquisitiva de Dominio del bien inmueble Lote de Terreno ubicado en el Jirón Vilcabamba Nro 1259 (Puerta Garaje), an-tes conocido como Fracción Manzana “E” Lote Nro 13-A, parte integrante del Lote Xro 13, de la Manzana “E” del Asentamiento Pro Vivienda “Tres de Mayo” (antes conocido como predio rústico mensurado bajo el Nro 16) de la Ciudad de Quillabamba, del Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco, de un Área de terreno de 132.88 m2 y un perímetro de 48.63 m. 1; en contra de Benedicta Cabrera de Llancay y contra la Sucesión de Gerardo Llancay Herrera, debidamente representado por su esposa Benedicta Cabrera de Llancay, con citación de los colindantes: Graciela Llancav Cabrera, Hernán Ccorimanya Sallo, Santiago Vargas Usca, Rafael Alvarez Huaman, en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, PUBLIQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece 506Q de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Sri Radha Castro Mellado. Quillabamba, 01 de setiembre del año 2015. (23, 29 SET, 05 OCT).

A TODOS LOS INTERESADOS

En el Primer Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 605-2014-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 02.- Santiago, quince de octubre del año dos mil catorce.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MANUELA HUARI HUAMA y EFRAIN CCEHUARUCHO HANAMPA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en contra de VICTORIA MENDEZ VIUDA DE GAMARRA y SUS HEREDEOS LEGALES, con citación de los colindantes Leonor Oros Canal Viuda de Coa, Efraín Huaman Quispe, Felicitas Huari Huaman y Jhonatan Hanampa Huaman, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado los demandados, por el plazo de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declararse rebeldes; téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, reservándose su admisión para la etapa procesal correspondiente, y agregúese a los autos los anexos adjuntos, y PUBLÍQUESE conforme a ley.-Res. 16 de fecha 16 de setiembre del 2015. SE DISPONE: Que en vía de corrección se entienda que el nombre correcto de la actora es Manuela Huari Huaman y del colindante es Jhonnatan Hanampa Janampa, quedando todo lo demás que contiene en forma inalterable.- H. S. (23, 29 SET y 05 OCT)

A LOS SUCESORES DE MARÍA GEORGINA QUEVEDO ARAGÓN DE AGUILAR.

Ante el Primer Juzgado Mixto de Urubamba, despachado por el señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, bajo la actuación de la Secretaría Judicial Ruth Mary Obada Cruz, se tramita el Proceso Civil Nro. 149-2012-0-1015-JM-CI-01., se emitido la resolución N° 02 de fecha 05-09-2012, en el que SE RESUELVE: ADMÍTASE la demanda interpuesta por NICASIA CHAMBI AMAO DE MISME, SA-TURNINA CHAMBI AMAO DE QUISPE Y PURIFICACIÓN CHAMBI AMAO DE MASIAS, sobre prescrip-ción adquisitiva de propiedad del predio rustico denominado “ACCO ACCO” también denominado CHIMPACHA, ubicado en el Distrito de Yucay, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco con una cabida de 1600 metros cuadrados, en contra de LA SUCESIÓN DE ADOLFO QUEVEDO NN Y MARIA ROSA ARAGON BORNAZ VIUDA DE QUEVEDO con citación del Ministerio de transportes y comunicaciones y la Municipalidad Distrital de Yucay. Debiendo sustanciarse en la vía procedi-mental correspondiente al proceso ABREVIADO, asimismo; mediante RESOLUCIÓN N° 24 de fecha cuatro de setiembre del año dos mil quince, SE RESUELVE: DECLARAR PROCEDENTE, la solicitud de notificación por edictos solicitada por las demandantes Nicasia Champi Amau, Saturnina Cham-bi Amau y Purificación Chambi Amau, por lo que se dispone la notificación mediante EDICTOS

a los sucesores de quien en vida fue doña MARÍA GEORGINA QUEVEDO ARAGÓN DE AGUILAR, bajo apercibimiento en caso de no apersonarse a este despacho de nombrárseles Curador Procesal conforme a Lev y continuarse con la tramitación del proceso. H.S. Urubamba, 18 de Setiembre del 2015. (23, 29 SET y 05 OCT)

EDICTO

Causa 01292-2015, seguido por CARMEN ROSA SAYCO UMANTITO contra LA SUCESIÓN DE QUIENES EN VIDA FUERON JUAN SAICO BERNA Y CARMELA HUMAN TTITO, sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGA-CION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD E INSCRIPCIÓN REGISTRAL, se ha dictado Resolución 04.- Cusco, diecinueve de Agosto del año dos mil quince.— VISTOS: Í...1SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la VIA SUMARISIMA la demanda interpuesta por CARMEN ROSA SAYCO UMANTITO contra LA SUCESIÓN DE QUIENES EN VIDA FUERON JUAN SAICO BERNA Y CARMELA HUMAN TTITO, sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGA-CION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD E INSCRIPCIÓN REGISTRAL; en tal virtud, córrase traslado a los demandados por el plazo de CINCO DIAS con el fin de que absuelvan el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes de conformidad con el artículo 458 del Código Procesal Civil; y, estando a la declaración jurada contenida en la demanda: NOTIFIQUESE A LOS DEMANDADOS con la pre-sente resolución MEDIANTE EDICTOS, bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal.-}...).- H.S.” Fdo. Juez Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.- Cusco, 11 Setiembre 2015. (23, 25 y 29 SET).

EDICTO JUDICIAL

PRESCRJPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO.En la causa N° 00011-2015-O-1008-JM-CI-01, seguido por Roger Maximiliano Boza Cornejo y Luis Beltrán Boza Cornejo, en contra del Estado Peruano representado por la Superintendia de Bie-nes Estales,, sobre Prescripción adquisitiva de dominio del inmueble urbano ubicado en la calle Manuel Asencio Segura sin numero del distrito de Chamaca, con una área de 1,120.29 metros cuadrados,con las siguientes colindancias, por el Oeste con la calle Manuel Asencio Segura con 21.52 metros lineales; por el Sur con la ribera del riachuelo Choquepucyo con 30.67 metros linea-les, por el Este con el pasaje sin nombre con 57.70 metros lineales, y por el Oeste con terrenos agrícolas con 43.75 metros lineales, inmueble que cuenta con edificaciones o construcciones; ha-biéndose admitido la demanda mediante Resolución N° 02 de fecha 19 de junio del 2015, dispo-niéndose las publicaciones mediante edictos de un estracto de la demanda: Lo que se pone en conocimiento del publico en general para los fines de ley.- Santo Tomas, 12 de agosto del 2015. (17, 23, 29, SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en.lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Nro; 1015-2015 SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por JORGE PAVEL RODRIGUEZ JORDAN y NORMA VIOLETA OCAMPO GARZON, contra LUCILA ANGELICA LAZARTE SANTISTEBAN DE ZELADA, sobre de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; res-pecto del inmueble Lote B-4, de la Asociación Pro Vivienda San Martín de Porras, ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento del Cusco, y en forma acumulativa originaria accesoria la inscripción ante la oficina de Registros Públicos, debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, y por su mérito CÓRRASE traslado a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS. Conforme lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial. Por tres veces con intervalo de tres días. Firmando la especia-lista legal, por el Señor Juez. H.S. (17, 23, 29, SET)

EDICTO

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIOCONFORME LA LEY 27157, SU REGLAMENTO LA LEY 27333, LEY 26662 Y DEMAS NORMAS, COMU-NICO QUE VICTORIA BARAZORDA MONZON, SOLICITA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO A SU FAVOR, DEL INMUEBLE 204 DE PROLONGACION ESPINAR, PARTE INTEGRANTE DE LA CASA QUINTA ESPINAR O QUINTA ESPINAR , DISTRITO COYA, PROVINCIA CALCA, DEPARTAMENTO CUS-CO. EL INMUBLE TIENE UN AREA DE UN MIL SEIS CIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (1,605.00 M2), UN PERIMETRO DE 160.64 ML , CO COLINDANCIAS, FRENTE: AUTOPISTA CUSCO-CALCA, CON 42.90 ML, POR LA IZQUIERDA CON LA PROPIEDAD DE EXALTACION PAUCAR PUMA 36.85ML, POR EL FONDO CON PROPIEDAD DE MARIANO HUILLCA LEVANO CON 42.89 Y POR EL LADO DERECHO CON CALLE ESPINAR CON 38.00ML. LOS TITULARES REGISTRALES DEL INMUEBLE MATRIZ DEL QE FORMA PARTE EL INMUEBLE OBJETO DE PRESCRIPCION SON JULIA AURORA BOZA RICALDE, JUAN MANUEL BOZA RICALDE, ZOILA MARGARITA BOZA RICALDE, VILMA BOZA RICALDE AIDA EMPERATRIZ BOZA RICALDE MAGDA BOZA RICALDE, MARIO BOZA RICALDE Y LOS TERCEROS GERARDO MASIAS RICAL-DE, EXALTACION PAUCAR PUMA, CESAREA MORA COSTILLA VIUDA DE PUELLES, EL CANONIGO DD JOSE BENIGNO ESPINOZA, LA SEÑORA ROSA INES LOVON, DON GERARDO MASIAS RICALDE Y ES-POSA MARIA H. MONGE, A QUIENES SE EMPLAZA POR MEDIO DE LA PRESENTE PARA LOS EFECTOS DE LEY. CALCA, 02 de julio del 2015. MERY SANCHEZ GAMARRA.-ABOGADA NOTARIA.-CORDOVA N° 146-CALCA-CUSCO. ATENTAMENTE. MERY ALINDA SANCHEZ GAMARRA. ABOGADA – NOTARIA PROVINCIA DE CALCA – CUSCO. (17, 23, 29 SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

Que, en el Proceso Civil N° 00158-2015-0-1010-JM-CI, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención en la forma siguiente: Demanda interpuesta por: Savina Huaman Pillco, sobre: Prescripción Adquisitiva de dominio consiguiente en el Otorgamiento de Título de Propiedad del Bien Inmueble Rústico denominado “Palomar Pata” de 0.5684.00 HAS, con un perímetro de 401-39 M.L., ubicado en el Sector de Urpipata Baja, del DISTRITO DE Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco, contra: María Lida Escalante Morveli con citación de los colindantes: José Lovon Amachi, Basilides Padilla Sotomayor y Paulina Morveli de Escalante en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en cuya virtud; CÓRRASE traslado a la Demandada y NOTIFIQUESE a los citados con la demanda por el plazo legal establecido. Por consiguiente PUBLÍQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece el artículo 506° de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zúñiga, Fdo. Sri Radha Olimpia Castro Mellado. ATENTA-MENTE. SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLANO SECRETARIA JUDICIAL. ( 17, 23, 29, SET)

REMATE

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO DE BIEN INMUEBLE

En el Expediente No 01172-2014-0-1001-JR-CI-03, seguido por CREDINKA S.A Contra MARIO MEN-DOZA MONZON Y NILDA QUISPE CANSAYA, Sobre EJECUCION DE GARANTIAS, tramitado por ante el 3ER Juzgado Especializado Civil de Cusco, de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo del Juez Dr. JHON ALECK ALFARO TUPAYACHI interviniendo como Especialista Legal, la Dra. LEYDY SOTO CASTILLO, ha dispuesto CONVOCAR a Remate Público en Primera Convocatoria el siguiente

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La República4 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

bien inmueble:1._STAND V - 24 de la Fracción “A” Ubicada en la Margen Derecha del Rio Huatanay, Sector Com-prendido entre el Terminal Terrestre y el Puente Cusichaca, (Según Informe Pericial se encuentra Ubicado en un Pasaje del Centro Comercial el Molino I), del distrito Santiago, provincia y depar-tamento del Cusco, cuyos linderos y medidas perimétricas se encuentran ampliamente descritas e Inscritas en la Partida Electrónica N° 11004158 de la Zona Registral N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco. VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación asciende a la suma de US$53,913.00 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.BASE DE REMATE: Las dos terceras partes de la tasación, lo que asciende a la suma de US$35,942.00 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA. AFECTACIONES: El bien inmueble tiene las siguien-tes afectaciones: CARGAS Y RESTRICCIONES: 1.- RESTRICCIONES:a) El bien materia de la presente debe ser destinado exclusivamente al desarrollo de las actividades económicas de comercios de bienes manufacturados (artefactos, ropa, artículos de bazar, juguetes, etc.) de manera permanente y continuo.b) Existe prohibición de efectuar posteriores ampliaciones o modificaciones a la es-tructura y diseño del centro comercial El Molino, sometiéndose expresamente a las condiciones y limitaciones estipuladas en el Reglamento Interno de propiedad del mismo, la inobservancia de cualquiera de las limitaciones y restricciones señaladas en el contrato será causal de resolución automática e inmediata y por lo tanto la reversión al domininio de la Municipalidad.Ambas restricciones se encuentran inscritas en el Asiento N° 03 de la partida electrónica N° 11004158 de la Zona Registra! N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco..2.- CARGASa) HIPOTECA constituida a favor de LA CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO CREDINKA S.A. hasta por la Suma de US$32,006.00 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, Inscrita en el Asiento 06 de la partida electrónica N° 11004158 de la Zona Registral N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de Cusco.b) EMBARGO en forma de inscripción sobre el inmueble descrito precedentemente hasta por la suma de SI. 29,500.00 (Veintinueve mil quinientos con 00/100 nuevos soles) segui-do por MIBANCO contra MARIO MENDOZA MONZON y NILDA QUISPE CANSAYA en el proceso N° 1319-2014-14-1001-JR-CI-02 sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, inscrito en el Asiento 07 de la partida electrónica N° 11004158 de la Zona Registral N° X - Sede Cusco - Oficina Registral de CuscoFECHA Y HORA DEL REMATE: El Bien será rematado el Día 20 de Octubre del Año 2015, A HO-RAS 12:45.pm y será efectuado por el Abogado Martiliero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, Registro Nacional No 226. [email protected]. Tlfs: 942089706 - RPM *0074114- #945010777.LUGAR DE REMATE: En el Local del Juzgado que Ordena el presente Remate, sito en la Av. Sol N° 239, del Cercado de Cusco.LOS POSTORES: Depositarán una cantidad no menos al 10% del Valor de la Tasación en efectivo, mediante Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia y presentarán el arancel y su DNI en original. Los Honorarios del Martiliero Público más el IGV será Cancelado al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cusco 15 de Setiembre del Año 2015. (24, 25, 28, 29, 30 SETIEMBRE Y 01 OCTUBRE)

SEGUNDO REMATE PÚBLICO

En el expediente N9 02076-2010-0-1001-JR-CI-O, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK S.A.A. en contra de EUSTAQUIO CUTIRE QUISPE y DEUA QUISPE FLORES, el señor Juez del Tercer Juzgado Civil de Cusco, doctor Jhon Aleck Alfaro Tupayachi, con actuación de la Especialista Legal abogada Leydy Soto Castillo, ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla:INMUEBLE ubicado en la calle Arica, lote 18 de la manzana A-l del Centro Poblado Urcos, distrito Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; inscrito en la partida N9 31004289 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral X-Sede Cusco, en donde figuran su área, medidas perimétricas y demás características.AFECTACIONES: (1) Embargo en forma de inscripción a favor del Banco Internacional del Perú -Interbank S.A.A. hasta por S/. 46,000.00 y que es materia del presente proceso. (2) Embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. hasta por S/. 36,000.00. No se conocen otros gravámenes.VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación es de S/. 32,912.50 (Treinta y dos mil novecientos doce 50/100 Nuevos Soles).PREGO BASE: 5/. 18,650.42 (Dieciocho mil seiscientos cincuenta con 42/100 Nuevos Soles).LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en la Oficina de Administración del Mó-dulo Corporativo Civil Laboral de Cusco, ubicada en la Corte Superior de Justicia de Cusco, sita en la Av. El Sol s/n. - Cusco, el día 28 de setiembre del 2015 a horas 11.OO Am, y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N° 65DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerenciagirado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea S/. 3,291.25 (Art. 735 del Código Procesal Civil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de partici-pación en remate de bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P.C.). Especialista Legal: abogada Leydy Soto Castillo.- Martillero Público: Sr. José C. E. Chirinos Escobedo, Reg. N= 65 (Telfs. - 959600795-958747379). Cusco, setiembre 2015. (22, 23, 24, 25, 28, 29, SETIEMBRE)

SUCESIONES

RECTIFICACIONES DE PARTIDAPRESCRIPCIONES ADQUISITIVASEDICTOS PENALES

EDICTO JUDICIAL VIOLENCIA FAMILIARSEÑOR:MARIO CABEZA QUISPE.En el proceso N° 00504-2015-0-1018-JM-FT-02, a demanda del Fiscal Civil y Familia del distrito de Santiago - Cusco, que se tramita en el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago - Cusco, Judiado por el doctor Luis Alberto López Trelles y la actuación del Secreta NATI BELEN ROJAS QUISPE, sobre Cese de Actos de Violencia Familiar, se ha dispuesto notificarle con el fallo de la sentencia, contenido en la resolución N° 07, su fecha 25 agosto 2015, cuyo tenor es el siguiente:“(...)FALLO:1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por el Ministerio Público sobre violencia física determinándose que ha existido violencia familiar en la modalidad de violencia física por parte de

Mario Cabeza Quispe, en agravio Nati Belén Rojas Quispe.2. DISPONIENDO como Medidas de Protección a favor de la víctima:2.1. Que el demandado no vuelva a agredirla físicamente ni psicológicamente (amenaza o acoso, insultos, palabras soeces, altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios) bajo apercibimiento de ordenarse su detención por veinticuatro horas.2.2. En caso de reincidencia de las agresiones, la agraviada deberá concurrir directamente a este despacho judicial, a efecto de disponer las pericias correspondientes. 2.3. Que el demandado y la agraviada se sometan a una terapia psicológica a cargo de Psicóloga del Equipo Multidisciplinario de la Corte, por el término que sea Necesario, debiendo esta entidad informar el estado de la terapia.2.4. Que el demando cumpla con apersonarse a este despacho, bajo apercibimiento de multa de uno (1)URP.IMPONER una reparación civil de cincuenta nuevos soles, que debe ser abonado a la agraviada Nati Belén Rojas Quispe, en pago de reparación civil que realizará el demandado Mario Cabeza Quispe, a la parte agraviada.- T.R. y R.S”. Firma del señor juez y del secretario judicial. Lo que se le notifica, para los fines de le Santiago, 18 de setiembre de 2015. (25,28,29 SET)

EDICTO PENAL

EXP:450-2015-16EL QUINTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL CUSCOCITA y EMPLAZA A:JOSAFAT SULCA SULCA; para que se ponga a derecho y se defienda de los ~Cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito deHurto simple en agravio de Florentino Silvia Rivas.SE ADJUNTA:Resolución N° 01: Cusco, treinta de julio Del año dos mil quince.¬VISTO: El requerimiento de Acusación fiscal presentado por el Cuarto Despacho de la Primera Fis-calía Provincial Penal corporativa del Cusco, en contra de JOSAFAT SULCA SULCA, por el delito de HURTO SIMPLE, en agravio de FLORENTINO SILVA RIVAS, de conformidad a lo establecido por el artículo 350° del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. DESIGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado JOSAFAT SULCA SULCA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del acusado para sustituido por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público.ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIONl. INTRODUCCIÓNEXPEDIENTE N° : 0450-2015-16-1001-jR-PE-05.JUEZ : ACRIPINA USCA CA VIEDESFECHA : 04-09-2015.HORA DE INICIO : 09:30 AM.SALA DE AUD. : OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS.DELITO : HURTO SIMPLEIMPUTADO : SULCA SULCA, ]OSAF A TAGRAVIADO : SIL VA RIV AS, FLORENTINOESPEC DE CAUSA : MARLENY OLIV ARES TAPIAESPEC DE AUDIO : ROCIO MAMANI BACAAudiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA)

11. ACREDITACIÓN:1. REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO: CESAR CONDORI RAMOS, del Cuarto Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal del Cusco, dejando constancia que la titular de este caso se encuentra en otra audiencia.· Con domicilio procesal: Av. Pedro Vilca Apaza 313-315 Wanchaq - Cusco.2. DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO: DEFENSORA PUBLICA KARINA CALDERÓN COY A.. Con ICAC: 4845. Con domicilio procesal: Av. Micaela Bastidas N° 567-0 del distrito de Wanchaq.

JUEZ: Pregunta a las partes procesales si tiene alguna observación para la instalación de la pre-senteSesión de audiencia, conforme queda registrado en audio. FISCAL: Ninguna. ABOGADA DEL IM-PUTADO: Solicita se verifique si su patrocinado a sido validamente notificado para esta sesión de audiencia.JUEZ: Emite la resolución siguiente, conforme queda registrado en audio.RESOLUCIÓN N° 03Cusco, cuatro de setiembreDel dos mil quince.¬PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:l. DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA, por falta de notificación en el domicilio real al imputado, Josafat Sulca Sulca, a quien se le debe notificar con el requerimiento de acusación, la resolución N° 01, Y la presente resolución, en su domicilio real antes señalado, bajo responsabili-dad de la especialista de causa; y por la irregularidad advertida, llámese severamente la atención a la especialista de Marleny Olivares Tapia.2. SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS, AL IMPUTADO, JOSAF A T SULCA SULCA, al amparo de lo previsto en el artículo 128 del Código Procesal Penal.3. SE REPROGRAMA LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CUR-SO. A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA A VERIFICARSE EN LA OCT AV A SALA DE AUDIENCIAS, quedan notificadas las partes asistentes y se notifique al imputado con arreglo a ley conforme a lo ordena-do precedentemente. H.S (25,28,29 SET)

EDICTO PENAL

Exp Nro. 0024-201S-0-1004-JR-PE-01El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Nathaly Acosta Rada.Se cita, y emplaza a PAULlNO GUTIERREZ SUYLLO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito de Lesiones Culposas, en agravio de Purificación Condori Chino, se tiene que mediante resolución numero 05 de fecha 17 de setiembre del 2015 se dispone la notificación vía edicto, por lo que se notificar con el siguiente tenor: CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES. A efectos de que puedan por escrito 1). Observar formalmente la acusación 2). Deducir

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La República 5Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

excepciones y otros medios de defensa, 3). Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4). Pedir el sobreseimiento, 5). Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6). Ofrecer prueba para el juicio, 7). Objetar la reparación civil ofre-ciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8). Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio ,9). Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación. Notifíquese a las partes en los respectivos domicilios señalados en autos. AL OTROSI DIGO.- Téngase en cuenta. AL MAS DIGO.- Por recepcionada la carpeta fiscal Nro. 150-2011 a fajas (58).Anta, 22 de setiembre del 2015. (25,28,29 SET)

EDICTO PENAL

Exp Nro. 0068-2015-0-1004-JR-PE-01El Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta. Secretaria: Nathaly Acosta Rado.Se cita, y emplaza a ISIDRO CONDE AMAU, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de Albertina Levita Quispe. se tiene que mediante resolución numero 04 de fecha 18 de setiembre del 2015 se dispone la notificación vía edicto; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES. a efectos de que puedan por escrito 1). Observar formalmente la acusación, 2). Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3). Solici-tar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4). Pedir el sobreseimiento, 5). Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6). Ofrecer prueba para el juicio, 7). Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8). Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9). Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la Audiencia Preliminar de Control de Acusación. Notifíquese a las partes en los respectivos domicilios señalados en autos. AL PRIMER OTROS l.-Téngase en cuenta.- AL SEGUNDO OTROS l.-Considérese para la notificación. Advirtiéndose del requerimiento fiscal que el acusado no cuenta con domicilio procesal, a fin de no afectar su derecho de defensa, salvaguardando el debido proceso DESIGNESE abogado de ofi-cio para que asuma la defensa técnica de ISIDRO CONDE AMA U, para lo cual NOTIFIQUESE con la presente a la Coordinación de la Defensoría Publica de Anta.Anta, 22 de setiembre del 2015. (25,28,29 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Unipersonal de Paruro, que despacha la señorita Juez,Dra. Eliana Betsabe Vera Huaranca, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Cuaderno de Debate N° 00132-2012-57-1011-JR-PE-01, se ha dispuesto mediante acta de audiencia de fecha 27-08-2015, la publicación mediante edictos como sigue:ACTA DE REGISTRO DE JUICIO ORALI INTRODUCCION:En la ciudad de Paruro, siendo las nueve y treinta de la mañana del día veintisiete de agosto del año dos mil quince, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Paruro, dirigida por la señorita Juez Eliana Betsabe Vera Huaranca, se realiza la Audiencia de Juicio Oral en el proceso seguido contra SABINO CCOTO HUAMANI, por el presunto delito de falsedad ideológica, en agravio de la RENIEC y Estado Peruano, la misma que viene siendo grabada en sistema de audio. Se inicia con retraso por haberse llevado a cabo una audiencia anteriormente a la misma hora.Resolución N° 12Parte resolutiva: RESUELVE:1. DAR por no instalada la presente audiencia de juicio oral.2. Se SEÑALA como nueva fecha para juicio oral el día QUINCE DEOCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. 3. Se DISPONE se realice la notificación mediante edicto.4. REQUIERASE al Gerente de la Corte a fin de que informe sobre la notificación realizada vía edicto bajo apercibimiento de ley.5. EXHORTESE al personal encargado de la tramitación del presente Proceso a fin de que requiera sobre la realización de dicha notificación y de la presente. (25,28,29 SET)

NOTIFICACION POR EDICTO.

Demandado: ROBERTO QUISPE CUSIHUAMAN. Agraviada: LUISA HUARA YA HUAMAN.En el Proceso TUTELAR Nro.27-20 15, existe denuncia interpuesta por el representante del Ministe-rio PÚBLICO, sobre, Violencia Familiar, en su modalidad maltrato Psicológico, en agravio de LUISA HUARA y A HUAMAN, en contra de ROBERTO QUISPE CUSIHUAMAN, que despacha la señora Juez de Familia- La Convención- Dra. S. Morales Mar, se ha dictado Mandato.-Q-08-09-2015.-Señalase fecha para la audiencias el día 26-10-2015, a horas 10.a.m, acto que tendrá lugar en el local delJuzgado y para tal efecto NOTIFÍQUESE al demandado ROBERTO QUISPE CUSIHUAMAN y la agra-viada LUISA HUARA y A HUAMAN, mediante el diario Judicial del Cusco i en los lugares Públicos de costumbre por el término de ley.- Firmado por la señora Juez, Dra. S. Morales M. i secretario P. Condori Q.-Quillabamba, 08 de Sep-tiembre 2015 (25,28,29 SET)

EDICTO SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR.Expediente Nro 406-2012, Juzgado de Familia La Convención, Juez: Dra. Morales, Denunciado: JUAN CARLOS AL V ARADO CASTILLO, sobre, Violencia Familiar: Agraviada: LUZ VIA y ANI HUANA-CO ROMERO.Se NOTIFIQUE: Al denunciado JUAN CARLOS AL V ARADO CASTILLO Y la agraviada LUZ VIY ANI HUANACO ROMERO, mediante Edicto-Cusco, con la resolución numero Nro. 1 y 18, de fecha Q¬17-07-2012, admitido la denuncia y córrase traslado por el término de ley, al denunciado, y a la agraviada en la vía del proceso Único, a denuncia del representante del Ministerio Publico.-Resolu-ción NRO. 18, 31-815, Audiencia se realizara el día 27-10-2015, a horas 10.a,m, en el Despacho del juzgado.-Firmado Dra. Morales y Secretario Condori- Quillabamba, 02 de setiembre (25,28,29 SET)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: Nro.: 00978-2014-62-1001-JR-PE-01 SECRETARIA: V. Boza Berdejo.Se cita y emplaza al (los) Acusado(s): Edilberto Quispe Huallpa. Por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar. en agravio de los menores de iniciales Y AQP Y ELQP representa-do por su progenitora Sonia Alicia Pacco Cruz. RESOLUCIÓN No. 06 Cusco. Veintiuno de setiembre del año dos mil quince.-PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: RESUELVE: DAR POR NO INSTALADA la presente audiencia. por incon-currencia del acusado. ECLARAR REO AUSENTE al acusado Edilberto Quispe Huallpa en mérito del artículo 79.2 del Código Procesal Penal.DECLARAR REO AUSENTE al acusado EDILBERTO QUISPE

HUALLPA, quien como generales de ley. Tiene los siguientes datos de identidad Nro. 80004388. nacido el 14 de enero de 1974. Sexo masculino. Natural del Distrito de Santa Ana. Provincia de La Convención y Departamento de Cusco. Hijo de Timoteo y Emiliana. Estado civil soltero. Con grado de instrucción secundaria incompleta. de ocupación conductor. domiciliado en el Centro Poblado de Alfamayo s/n del distrito de Huayopata. de la provincia de La Convención. del departamento de Cusco. NOMBRAR como abogada defensora del reo ausente a la defensora pública MARIA ANGELl-CA ALARCÓN TICONA, quien debehacer valer los derechos que le correspondan al procesado. ORDENAR se gire los oficios para la conducción compulsiva y posterior conducción del procesado reo ausente mediante la fuerza pública. es decir mediante la Policía Nacional del Perú. Disponer que una vez sea puesto a dis-posición del juzgado el acusado o éste se presente voluntariamente se fije fecha y hora para la realización de la audiencia de juicio oral. Mientras ello ocurra archivase provisionalmente la causa. (...).(25,28,29 SET)

EDICTO PENAL

EXP: 1421-2014-8-1001-JR-PE-01Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio. Se notifica a los imputados MARTIRES CAYO QUISPE. EFRAIN CAYO QUISPE. ELlS-BAN CAYO QUISPE. EULOGIO CAYO QUISPE Y ANDRES A VELlNO VERA GALEANO la resolución N° 11, de fecha 08 de junio de 2015, mediante el cual se ordena que se notifique la Resolución N° 01. de fecha 23 de setiembre de 2015 Autos y Visto.- El requerimiento Mixto - Sobreseimiento y Acusación - presentado por el Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Puno; A). DEL SOBRESEIMIENTO.- El Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Puno, solicita el Sobreseimiento de la causa. Seguido en contra WILSON PERCY CCA-SO HUANCA Y ANDRES AVELlNO VERA GALEANO por la presunta comisión del delito ambiental en su modalidad de Delito de Minería Ilegal en su forma agravada y por el delito de Delito de Financia-miento de la Minería Ilegal. en agravio del Estado Peruano: B). DE LA ACUSACIÓN.- Por el represen-tante del Ministerio Público, formula requerimiento de acusación fiscal. en contra MARTlRES CAYO QUISPE. EFRAIN CAYO QUISPE. ELlSBAN CAYO QUISPE y EULOGIO CAYO QUISPE. Como presuntos autores por la comisión del Delito Ambiental. En su modalidad de Delito de Minería Ilegal, en su forma agravada. En agravio del Estado Peruano. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el inciso 1 del artículo 345° del Código Procesal Penal; y lo dispuesto por el artículo 350° del referido cuerpo normativo; CÓRRASE TRASLADO del requerimiento mixto de sobreseimiento y de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DíAS ÚTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo. o en su caso puedan por escrito 1). Observar formalmente la acusación, 2). Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3).Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4). Pedir el sobreseimiento. 5). Ofrecer prueba para el juicio, 6). Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes. 6). Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando suActuación probatoria en juicio, 8). Proponer acuerdos acerca de los medios dePrueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 9). Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debati-do en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento y acusación.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

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Exp. 01612-2014-83 -1001-IR-PE-02. SEÑORA: JENNY MARIBEL MACHACA QUISPE.Ante el Segundo juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor juez Dr. Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se CITA y EMPLAZA a la acusada Jenny Maribel Machaca Quispe, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Exp. 01612-2014-83 -1001-IR-PE-02., que se le sigue por delito Falsedad Genérica, en agravio de Oscar Rómulo Gómez Céspedes, en la Audiencia de juicio programado para el día 08-mar¬2016. Hs. 11.00, sala 1. Sito en el 3er. nivel del Palacio de justicia de Cusco.Cusco, 24 de setiembre del 2015.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

EXP. N° 1233-2014-0-1001-JR-PE-O1Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica al imputado JOSE LUIS SUCSO RAMIRES la resolución N° 01 de fecha 02 de julio del 2013, mediante el cual se dispone TENGASE POR RECEPCIONADA, la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra de José Luis castro Huamán y José Luis Sucso Ramírez como presuntos autores de la comisión del delito ambiental en su modalidad de contaminación en su forma de delito de minería ilegal, previsto en el artículo 307° del Código Penal, en agravio del Estado Peruano, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria, asuma competencia; y la Resolución N° 07, de fecha 15 de mayo de 2015, mediante la cual, se atiende a la Disposición N° 07-2015 que antecede, de conclusión de la investigación preparatoria presentada por la Fiscalía Especializado en Materia Ambiental de Puno, en la investigación seguida contra JOSE LUIS SUCSO RAMIREZ, por la presunta comisión del delito ambiental en su modalidad de Delito de Minería Ilegal, en agravio del Estado Peruano, en conse-cuencia, TÉNGASE por recepcionada la comunicación fiscal y DÉSE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para supuestos de ley.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Exp. 01643-2014-93-1 001-IR-PE-01. SEÑOR: ALCIDES CHAHUA YO CONDORIAnte el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusca, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se cn A Y EMPLAZA a Alcides Chahuayo Condori a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los car-gos formulados en su contra en el Expediente N° 01643-2014-93-1001-JR-PE-01, que se le sigue por delito por la presunta de la comisión del delito de Conducción de Vehículo Motorizado es estado de ebriedad en agravio de la Sociedad, en la Audiencia de Juicio programado para el día 08-MAR-2016, a HS. 10.00 en la 1 ° sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de CuscoCusco, 24 de setiembre del 201 5.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: Nro.:00299-2013-8-1001-JR-PE- JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CUSCO

Page 6: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana

La República6 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

SECRETARIA: V. Boza Berdejo.Se cita y emplaza al (los) agraviado(s): EFRAIN FLORES PARIPara que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la presunta co-misión del delito Robo Agravado en agravio de Carlos Solares Vargas. Resolución emitida en au-diencia pública de fecha 21/09/2015 (...) La fecha a programar el inicio de este juicio será el día QUINCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS DOS DE LA TARDE A VERIFICARSE EN LA CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DEL PALACIO DE JUSTICIA todos los presentes están notificados con ello.Cusco, 24 de Setiembre del 2075.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL VIOLENCIA FAMILIAR

SEÑOR: MARIO CABEZA QUISPE.En el proceso N° 00504-2015-0-1018-JM-FT-02, a demanda del Fiscal Civil y Familia del distrito de Santiago - Cusco, que se tramita en el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago - Cusco, Judicado por el doctor Luis Alberto López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Efraín Cabana Zuvileta, seguido contra su persona, en agravio de NATI BELEN ROJAS QUISPE, sobre Cese de Actos de Violencia Familiar, se ha dispuesto notificarle con el fallo de la sentencia, contenido en la resolución N°07, su fecha 25 agosto 2015, cuyo tenor es el siguiente:“(...)FALLO:1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por el Ministerio Público sobre violencia Física determinándose que ha existido violencia familiar en la modalidad de violencia física por parte de Mario Cabeza Quispe, en agravio Nati Belén Rojas Quispe.2. DISPONIENDO como Medidas de Protección a favor de la víctima: 2.1. Que el demandado no vuelva a agredirla físicamente ni psicológicamente (amenaza o acoso, insultos, palabras soeces, altisonantes que encierren odio o encono, insinuaciones y malos deseos o augurios) bajo apercibimiento de ordenarse su detención por veinticuatro horas. 2.2. En caso de reincidencia de las agresiones, la agraviada deberá concurrir directamente a este despacho judicial, a efecto de disponer las pericias correspondientes. 2.3. Que el demandado y la agraviada se sometan a una terapia psicológica a cargo de Psicóloga del Equipo Multidisciplinario de la Corte, por el término que sea necesario, debiendo esta entidad informar el estado de la terapia. 2.4. Que el demando cumpla con apersonarse a este despacho, bajo apercibimiento de multa de uno (1) URP.IMPONER una reparación civil de cincuenta nuevos soles, que debe ser abonado a la agraviada Nati Belén Rojas Quispe, en pago de reparación civil que realizará el demandado Mario Cabeza Quispe, a la parte agraviada.- T.R. y H.S”. Firma del señor juez y del secretario judicial. Lo que se le notifica, para los fines de ley.Santiago, 18 de setiembre de 2015.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente: 00501-2015-68-1001-JR-PE-02PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSecretario: Zenaida Gonzáles Yucra.Se cita y emplaza a MOISES VILLAVICENCIO COAGUILA¡ para que se ponga a derecho el día DIECIO-CHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las DIEZ HORAS (hora exacta) en la DÉCIMA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusca, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra La Familia, en la moda-lidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub Tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de menor de iniciales JEVS representada por Janett Salinas viza.Cusca, 23 de Septiembre de 2015(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente: 1733-2014-25-1001-JR-PE-03SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSecretario: Zenaida Gonzáles Yucra.Se notifica a HEBER LOPEZ HUANCA con la resolución numero 02 de fecha 17 de setiembre de 2015 por el que se le declara REO AUSENTE Y se presente voluntariamente al Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, sub. tipo Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad.Cusca, 22 de Septiembre de 2015

EDICTO PENAL

Expediente: 574-2015-74-1001-JR-PE-04SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSecretario: Zenaida Gonzáles Yucra.Se notifica con: Resolución N° 07Cusco ocho de setiembre Del año dos mil quince.¬PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA:DECISIÓN:PARTE RESOLUTIVAPor las consideraciones expuestas se resuelve(...)2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado FERNANDO QUISPE HUAMAN quien como generales de ley conforme al requerimiento acusatorio tiene los siguientes datos de identidad:1. Nombre: FERNANDO QUISPE HUAMÁN (...)5.Notifíquese al acusado por edictos judiciales que deben de ser publicados por tres días con-secutivos hábiles en el diario Judicial del Cusco a fin de que tome conocimiento de los cargos imputados en su contra y se presente al juzgado y se defienda de los mismos.Cusco, 22 de Septiembre de 2015(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

Expediente: 2109-2014-43-1001-JR-PE-01SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSecretario: Zenaida Gonzáles Yucra.Se notifica con la resolución:RESOLUCIÓN N° 03.Cusco, veintiocho de Agosto

Del año dos mil quincePARTE CONSIDERATIVA y EXPOSITIVA: Queda registrado en sistema de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE (….)DECLARAR REO AUSENTE al ACUSADO CECILIO CAYULLA ROCCA identificado con número de DNI 41738100, de sexo masculino, nacido el 01 de febrero de 1980, de ocupación desconocida, 1,60 metros de estatura, de estado civil soltero, con domicilio real en la APV. Pachacamac - M - 8, APV Surihuaylla Grande del Distrito de San Sebastián, domiciliado en la Asoc. Villa Guadalupe Lote K - 1 del Distrito de Santiago, provincia y Departamento del Cusco. (...)Cusco, 23 de Septiembre de 2015(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

EXP: 0131-2014- PEJuzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe cita, y emplaza a WILBER V ALDEZ LAIME; con la resolución N° 01, de fecha 19 de agosto del año 2014, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra la seguridad públi-ca en la modalidad de peligro común sub. Tipo conducción en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad, conforme lo establece el artículo 3500 del e.p.p.; Así mismo se le REQUIERE para Que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en casode incumplimiento.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

EXP: 086-2014- PEJuzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe cita, y emplaza a SERGIO USCAMAYTA CUlTO; con la resolución N° 01, de fecha 19 de agosto del año 2014, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra la seguridad pública en la modalidad de peligro común sub. Tipo conducción en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad, conforme lo establece el artículo 3500 del e.p.p.; Así mismo se le REQUIERE para Que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento.Espinar, 10 de setiembre del 2015.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

EXP.1058-2015-80-1001-]R-PE-06 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL AL IMPUTADOFAUSTINO LAURA YUPANQUIAnte el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco que despacha el Dra. RINA CABANA HE-REDIA, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso pe-nal que ha sido signado con el N°1058-2015-80-1001-JR-PE-06, seguido contra F AUSTINO LAURA YUPANOUI, como autor de la comisión del delito Contra La Seguridad, en su modalidad de Con-ducción en estado de ebriedad o drogadicción, en agravio de la Sociedad, delito contenido en el artículo 226 del Código Penal, donde mediante resolución N° 01, se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de FAUSTINO LAURA YUPANOUI, con el tenor de la siguiente resolución judicial:CITACIÓN A JUICIO ORALResolución Nro. 01Cusco, veintitrés de septiembredel dos mil quince.VISTO en la fecha el expediente judicial remitido del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco,Y, CONSIDERANDO:Primero: El Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351, 352 Y 353 del Código Procesal Penal, esto es, ha efectuado el Control de la Acusación en la audiencia preliminar emitiendo el auto de Enjuiciamiento respectivo.Segundo: El delito que va a ser materia de juzgamiento, es el delito contra la Seguridad Publica en la modalidad de Conducción en estado de ebriedad, seguido contra el presunto autor F AUS-TINO LAURA YUP ANQUI, ilícito penal previsto en el primer párrafo del Art. 274 del Código Penal en agraviado de la sociedad por la representante del Ministerio Publico, en consecuencia, este Juzgado Unipersonal es competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28°, numeral dos de la norma acotada.1.- Por las consideraciones expuestas y siendo el estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL para el día EL DÍA VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, (HORA EXACTA), la que se realizará en la QUINTA Sala de Audiencias del Nuevo Código Procesal Penal, ubi-cado en el tercer piso del Palacio de Justicia. Se deja constancia que la fecha señalada fue otorgada por el Coordinador de los Juzgados Unipersonales Dr Efraín Flórez Zúñiga.2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente a todo el Juicio oral.2.1. Notifíquese: Al acusado FAUSTINO LAURA YUPANQUI, en su domicilio real inexacto se notifica por edicto (según requerimiento de acusación), en bajoapercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su conducción compulsiva, para que concurra obligatoriamente en el día y hora señalado al juicio programado, asistido del abogado defensor que quiera designar voluntariamente o a la abogada de oficio que se le designara.2.2. Notifíquese: a la abogada YANETH MIRELLA CASTILLO MOJONERO, Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Santiago. (Reemplazo de Dr. Paulo Rivera Quispe), con domi-cilio procesal en la Calle Los Ángeles 1260 del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, con celular N° 984-115115, bajo apercibimiento de ser excluido del juicio en caso de incon-currencia injustificada o se ausente de la audiencia o no concurra a dos sesiones consecutivas, y se requerirá al Fiscal jerárquicamente superior en grado designe a su reemplazo.2.3 Designar como abogado del acusado FAUSTINO LAURA YUPANQUI, a la defensora de oficio DRA. NILMA NANCY AL V AREZ FRISANCHO, Defensora Publica, con ICAC N° 1724, con domicilio procesal en la Avenida Micaela Bastidas N° 657-D - Wanchaq, celular N° 974-951668 con correo electrónico [email protected], bajo apercibimiento de ser reemplazado en caso de inconcu-rrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la intervención de otro abogado Defensor de Oficio confome dispone el artículo 359 inciso 5 del Código Procesal Penal.2.4.-Notifíquese a los testigos:Cítese: al testigo SOB Ángel Farfán Rojas, a quien se le notificara por medio de X DIRTEPOL de Cusco, ubicado en la Plaza Tupac Amaro s/n del Distrito de Wanchaq.2.5.- Notifíquese a los peritos:

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La República 7Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Cítese al perito químico HERNAN ELlAS HlLARIO SOTO, a quien se le deberá notificar en el Policlíni-co de la PNP Santa Rosa ubicado en la Prolongación Avenida la Cultura N°. 2700 frente a ENACO,PRECISESE: Que todos los TESTIGOS precedentemente mencionados, deberán concurrir al Juicio Oral. En la próxima sesión para cuyo fin serán notificados oportunamente, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164 inciso 3 del Código Procesal Penal, debiendo el Minis-terio Público en coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos y peritos que hayan propuesto, conforme dispone el inciso 5 del articulo 355del código procesal penal.3.- Disponer: Que la Especialista legal cumpla con formar el CUADERNO DE DEBATE con copia certi-ficada del auto de Enjuiciamiento, el auto de Citación a Juicio, los registros que se realicen durante el juicio oral, así como las demás resoluciones que se dicten hasta la sentencia.4.- Disponer: Que el expediente judicial se ponga a disposición en secretaría mediante la Unidad de Custodia de grabaciones y Expedientes (Sala de Lectura y Archivo), de los SUJETOS PROCESALES por el plazo de cinco días para su revisión y eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza contempladas en el artículo 136 del Código Procesal Penal o la exclusión de alguna que no corresponda.5.- Precísese Que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio.6.- Precísese Oue a la Audiencia de Juicio Oral el representante del Ministerio Publico debe de portar su carpeta fiscal.7.- Notifíquese la presente resolución a los sujetos procesales.Cusco 23 de septiembre del 2015(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

La Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Luz M. Merma Del-gado, ha dispuesto se notifique al imputado ERASMO ESPINOZA PACCO, en el proceso N° 2322-2014-0-1001-JR-PE-01, seguido contra el citado imputado, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio del Estado, con la Resolución N° 02, del 04/11/14 cuyo contenido ese el siguienteDADO CUENTA: Con el escrito que precede y estando al requerimiento de Acusación Directa de la Fiscal provincial a cargo de la presente investigación, en contra de ERASMO ESPINOZA PACCO, por la comisión del delito de contra la Seguridad Pública en la modalidad de delito de Conducción en estado de ebriedad, previsto en el articulo 274 del Código Penal, en agravio de la Sociedad y de conformidad a lo establecido por los incisos 1, 2, 3 Y 4 del artículo 349° del Código Procesal Penal se tiene que el representante del ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350 ° del Código Procesal Penal; CORRAS E TRAS-LADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por es-crito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir el sobreseimiento,S) instar la aplicación de un criterio de oportunidad(principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. 11) Conformese advierte de los actuados, el imputado Clemente Salas Quispe no cuenta con abogado defensor, por tanto, en aplicación del artículo 80° del Código Procesal Penal,DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma su defensa del mencionado acusado, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inme-diata al juzgado, para ello, se notificará al Coordinador de los Defensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa, para que cumpla con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en custodia de este juzgado, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en auto.Cusco 22 de setiembre del 2015(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

EXP: 073-2014- PEJuzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe cita, y emplaza a SANTOS PRIMERO HUISA CCAMERCCOA; con la resolución N° 01, de fecha 21 de Julio del año 2014, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra la seguridad pública en la modalidad de peligro común sub. Tipo conducción en estado de ebriedad, en agravio de la sociedad, conforme lo establece el artículo 3500 del e.p.p.; Así mismo se le REQUIERE paraue en el plazo de 24 horas de notificado designé abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento.Espinar, 10 de setiembre del 2015.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTOS PENALES

1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL

EXPEDIENTE : 01832-2014-0-1001-JR-LA-01MATERIA : REPOSICIONRELATOR : AQUILES SOTELO LAYMEEMPLAZADO : PROCURADOR PUBLIC DEL GOBIERNO REGIONAL , DEMANDADO : EL INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE PERIMA, DEMANDANTE : TRELLES PANCORBO, AGRIPINAResolución Nro. 13Cusco, siete de setiembreDel dos mil quince.-

DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS:Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte del Señor Juez Superior Busta-mante del Castillo quien resuelve: DECLARAR la NULIDAD de la Sentencia del 08 de abril del 2015, contenida en la Resolución Nº 06 (folios 77). DISPONER, que previo el espacio concedido para que

el demandante pueda acreditar las nuevas exigencias del Precedente Huatuco, emita la Resolu-ción correspondiente y/o declare IMPROCEDENTE la demanda, disponiendo la reconducción del presente proceso. Al voto Ponente de la Señora Jueza Superior Holgado Noa y suscrito por el señor Juez Superior Ladrón de Guevara de la Cruz resolviendo: CONFIRME la sentencia contenida en la Resolución N° 06, del 08 de abril de 2015 (folios 77 a 81), únicamente en el extremo que resuelve declarar:“FUNDADA la demanda de fojas 16 y siguientes; interpuesta por AGRIPINA TRELLES PANCORBO contra el Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente representado por su Director Ejecuti-vo; con citación del Procurador Público del Gobierno Regional del Cusco sobre Reposición por despido arbitrario. En consecuencia, SE DISPONE ordenar a la entidad demandada, cumpla con reponer a la demandante Agripina Trelles Pancorbo en el cargo de obrera o en un cargo de similar característica y nivel. Todo ello, una vez quede consentida o ejecutoriada la presente. Sin costas y con costos procesales.”Y existiendo Juez Superior hábil en este colegiado; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior BONY EVE GAMARRA FLORES SEÑALANDO como fecha para Audien-cia vista de causa (dirimencia) el día 23 de Octubre del año 2015, a horas 8:30 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S (28, 29, 30, SETIEMBRE)

BUSTAMANTE DEL CASTILLO HOLGADO NOA

EDICTOS PENALES

1° SALA LABORAL - SEDE CENTRALEXPEDIENTE : 00249-2015-0-1001-JR-LA-01MATERIA : REPOSICIONRELATOR : AQUILES SOTELO LAYMEDEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDANTE : PAUCAR ALVAREZ, WILFREDO

Resolución Nro.7Cusco, once de setiembreDel dos mil quince.-

DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS:Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte del Señor Juez Superior Bus-tamante del Castillo quien resuelve: DECLARAR la NULIDAD de la sentencia del 27 de abril del 2015, contenida en la resolución Nº 04 (folio 95), que falla declarando Fundada la demanda interpuesta por Wilfredo Paucar Álvarez contra Gobierno Regional del Cusco, con el petitorio de reposición en su puesto de trabajo (…). DISPONER, que previo el espacio concedido para que el demandante pueda acreditar las nuevas exigencias del Precedente Huatuco, emita la Resolución correspondiente y/o declare IMPROCE-DENTE la demanda, disponiendo la reconducción del presente proceso Al voto Ponente de la Señora Jueza Superior Gamarra Flores y suscrita por la señora Jueza Superior Holgado Noa resolviendo: CONFIRMAR la sentencia de fecha 27 de abril del 2015, contenida en la Resolución Nº 04 (folios 95), que declara: FUNDADA la demanda de fojas nueve a catorce presentado por WILFREDO PAUCAR ALVAREZ contra el GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, con lo demás que contiene en sus propios términos. Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIG-NAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior OFELIA PAREDES SALAS SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 05 de Octubre del año 2015, a horas 3:30 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S(28, 29, 30, SETIEMBRE)

BUSTAMANTE DEL CASTILLO HOLGADO NOA GAMARRA FLORES

EDICTOS PENALES

1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL

EXPEDIENTE : 03204-2014-0-1001-JR-LA-01MATERIA : REPOSICIONRELATOR : AQUILES SOTELO LAYMEEMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROV DEL CUSCO , DEMANDADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO , DEMANDANTE : QUISPE AIMA, BELTRAN

Resolución Nro. 8Cusco, siete de setiembreDel dos mil quince.-

DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS:Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte del Señor Juez Superior Bus-tamante del Castillo quien resuelve: DECLARAR la NULIDAD de la Sentencia del 19 de enero del 2015, contenida en la Resolución Nº 03 (folios 49). DISPONER, que previo el espacio concedido para que el demandante pueda acreditar las nuevas exigencias del Precedente Huatuco, emita la Resolución correspondiente y/o declare IMPROCEDENTE la demanda, disponiendo la reconduc-ción del presente proceso. Al voto Ponente del Señor Juez Superior Ladrón de Guevara de la Cruz y suscrito por la señora Jueza Superior Holgado Noa resolviendo: CONFIRMAR la sentencia de fecha 19 de enero del 2015, contenida en la Resolución Nº 03 (folios 49), que declara: FUNDADA la demanda de fojas catorce a veintitrés de autos presentado por BELTRAN QUISPE AIMA contra la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, con lo demás que contiene en sus propios términos.

Page 8: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana

La República8 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Y existiendo Juez Superior hábil en este colegiado; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior BONY EVE GAMARRA FLORES SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 23 de Octubre del año 2015, a horas 10:15 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENA-RON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S

BUSTAMANTE DEL CASTILLO HOLGADO NOA(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTOS PENALES

1° SALA LABORAL - SEDE CENTRALEXPEDIENTE : 01742-2013-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : AQUILES SOTELO LAYMEDEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE CUSCO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO, DEMANDANTE: ARRIOLA ESPINOZA, CONSTANTINOResolución Nro. 13Cusco, siete de setiembreDel dos mil quince.-DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS:Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte del Señor Juez Superior Busta-mante del Castillo quien resuelve: CONFIRMAR la sentencia del 09 de octubre del 2014, contenida en la resolución Nº 08 (folios 76), que resuelve declarar INFUNDADA la demanda contenciosa ad-ministrativa, interpuesta por Constantino Arriola Espinoza, contra la Dirección Regional de Salud de Cusco (…). Al voto Ponente del Señor Juez Superior Ladrón de Guevara de la Cruz y suscrito por la señora Jueza Superior Holgado Noa resolviendo: REVOQUE la Sentencia contenida en la resolución Nº 08, de fecha 09 de octubre del 2014 (folios 76), que resuelve declarar INFUNDADA la demanda con-tenciosa administrativa, interpuesta por CONSTANTINO ARRIOLA ESPINOZA, contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE CUSCO representada por su director, y con citación del PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. Y REFORMANDO la misma sentencia, declararon FUNDADA la demanda contenciosa administrativa interpuesta por CONSTANTINO ARRIOLA ESPINOZA, contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE CUSCO representada por su director, y con citación del PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO; en consecuencia, DISPUSIERON que la demandada Dirección Regional de Salud de Cusco, pague la Bonificación Diferencial dispuesta por el artículo 184 de la Ley 25303, a favor del demandante Constantino Arriola Espinoza, aclarando que ésta debe efectuarse sobre la Re-muneración Total íntegra, los devengados generados desde el 19 de enero de 1991, más intereses legales, sin costos ni costas procesales.Téngase en cuenta que el cumplimiento de la presente resolución debe hacerse de conformidad a lo preceptuado por el artículo 41 concordado con el artículo 47 del D. S. 013-2008-JUS. Y existiendo Juez Superior hábil en este colegiado; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior BONY EVE GAMARRA FLORES SEÑALANDO como fecha para Vista de causa (dirimencia) el día 23 de Octubre del año 2015, a horas 9:15 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.SHOLGADO NOA BUSTAMANTE DEL CASTILLO(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO PENAL

SEÑOR: ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA

El Señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. ANIBAL ABEL PAREDES MATHEUS ha dispuesto se notifique al imputado Angel Cirilo Alejandro Rodriguez Moya con DNI N° 23812989, en el proceso Nro 02108-2014-53-1001-JR-PE-03 seguido contra el referido por el delito de VIOLACON SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iniciales L.C.C. representada por su progenitora Victoria Cinty Saldivar, bajo la actuación de la Especialista Judicial ESTEFANI FARFAN ATAUSINCHI, ha resuelto notificar al imputado con las siguientes resoluciones:

Resolución Nro.01:

1. CITAR de acuerdo al rol de programación de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria, a la audiencia privada de prisión preventiva requerida por la Primera Fiscalía Pro-vincial Penal Corporativa de Santiago, contra el imputado ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA (Prisión Preventiva), para el día SIETE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIE DE LA MAÑANA(hora exacta), en la Novena Sala de Audiencias de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y del imputado.-2. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado o defensor de oficio.3. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado ANGEL CIRI-LO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, de-jando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará al Coordinador de los Defensores de Oficio en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo.4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real y procesal señalado en autos, asimis-mo notifíquese a la parte agraviada para los fines pertinentes de ley.-

Resolución Nro.02:

1. CUMPLA el representante del Ministerio Público, conforme a lo que se ha solicitado, con ingresar la Disposición Aclaratoria de la Formalización y Continuación de Investigación Prepa-ratoria, el día viernes diez del mes y año en curso, plazo que ese mismo Despacho se ha concedido.

2. Tan pronto como se ingrese aquella Disposición aclaratoria y se dicte el proveído del caso; CÚMPLASE con notificar a Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez Moya por edictos, con lo actua-dos de la carpeta numero cero la Disposición de Formalización y Continuación de Investigación preparatoria.

3. Tan pronto como ingrese aquel pedido, PROCEDA el Especialista Judicial de la causa con señalar día y hora para el verificativo de la audiencia de Prisión Preventiva; mandato también que debe notificarse por los edictos ya ordenados, cuidando que el interregno de tiempo existente entre la publicación a realizarse y el acto procesal a convocarse sea razonable.

Resolución Nro.04:

4. DECLÁRESE FRUSTRADA la audiencia convocada para el día de la fecha, en atención a que por propia aceptación de la Fiscalía aún no se lo ha notificado con la disposición de forma-lización originaria y la ampliación correspondiente; debiendo la Fiscalía cumplir con aquel acto procesal en el día.

5. A efecto de conocer y debatir el requerimiento de variación de medida cautelar de comparecencia simple a prisión preventiva postulado por la Fiscalía, SEÑÁLESE como fecha el DÍA 10 DE AGOSTO DEL 2015 A HORAS 8:30AM; fecha que se fija teniendo en cuenta las notificaciones que deben producirse y ordenarse en ítems posteriores.

6. CÚMPLASE en el día con notificar al investigado Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez con las resoluciones Nro. 01 y 02 de la carpeta “cero” que decepciona la disposición de formaliza-ción originaria y la aclaratoria correspondiente; así como el presente mandato mediante el diario judicial el peruano y también por el diario judicial local “la República”, por el término de ley; de-biendo en el día y bajo responsabilidad cumplirse lo ordenado, bajo responsabilidad funcional del especialista judicial de la causa.

7. REQUIÉRASE al investigado Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez Moya para que dentro de 24 horas de producida la notificación mencionada cumpla con acreditar al defensor privado de su elección que asuma la defensa de sus derecho e intereses, bajo apercibimiento que de no hacerlo en el plazo establecido su defensa será ejercida por la defensora pública ya asignada en el presente caso.

8. PRECÍSESE que estando presente la Fiscalía, así como la defensora pública ya acredi-tado quedan notificadas para que asistan al acto procesal convocado.

9. RECOMIÉNDESE al especialista judicial de la causa que las notificaciones ordenadas han de contener el íntegro de las resoluciones 01, 02 y la presente resolución, para los fines consi-guientes.

Resolución Nro.05:

1. REPROGRAMAR el verificativo de la audiencia pública de prisión preventiva para el DÍA VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS QUINCE CON TREINTA MINUTOS EN LA NOVENA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.-

2. NOTIFÍQUESE a las partes procesales, con la presente resolución para que asistan a la mencionada diligencia, subsistiendo los apercibimientos de autos.

3. CÚMPLASE con efectuar la notificación vía edictos judiciales al imputado, contenien-do la presente resolución, el acta de audiencia de fecha 9 de Julio del año dos mil quince, así como el integro de las resoluciones 1 y 2.

4. LLÁMESE severamente la atención a la especialista de Audio DEYSY FLOR DE LIZ FLOREZ CUNO, a fin de que cumpla con mayor celo sus funciones, a fin de evitar mayor dilación en la tramitación de los procesos, bajo apercibimiento de ponerse conocimiento del Órgano de Control de la Magistratura.Resolución Nro.06:5.SE FRUSTRADA la audiencia convocada para el día de la fecha, en atención a que al día de hoy Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez Moya desconoce que la investigación que venia llevando adelan-te la fiscalia haya sido formalizada en su contra por delito de violación sexual de menor de edad agravado, tipo específico tener acceso carnal por vía anal con una menor de edad entre 10 y menos de 14 años de edad, agravado por la posición del agente en agravio de una persona cuya identidad se mantiene en reserva representada por su progenitora Victoria Cinty Saldivar; en atención ano haberse cumplido con las notificaciones ordenadas por no advertirse de la carpeta las respectivas publicaciones por edictos.

5. En consecuencia, para el verificativo de este acto procesal SEÑÁLESE como fecha el DÍA 15 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015 A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS EN LA NOVENA SALA DE AUDIENCIAS DE LOS JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUSCO.6. CÚMPLASE con notificar sólo por el diario judicial de esta ciudad esto es “La Repúbli-ca” al justiciable Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez con los mandatos ordenados en la resolución N° 04, así como también con la presente resolución, fijándose además el edicto en la tabilla del juzga-do y en los sitios que aseguren su difusión, debiendo luego de practicar el mismo, el especialista judicial de la causa agregar un informe razonado a la carpeta.

7. REQUIÉRASE al investigado Ángel Cirilo Alejandro Rodríguez Moya para que dentro del segundo día cumpla con acreditar abogado de su elección, bajo apercibimiento que de no hacerlo continuará en la defensa la Abogada María Angélica Alarcón Ticona asignada al caso.

8. PRECÍSESE que estando presente la Fiscalía, así como la defensora pública ya acredi-tada quedan notificadas para que asistan al acto procesal convocado, subsistiendo para todos loes efectos los apercibimientos correspondientes.

Resolución Nro.08:

Dado cuenta en la fecha, con lo ordenado en la resolución N° 06 en fecha emitida en el acto de la audiencia de fecha veinte de agosto del 2015, mediante la cual se dispone se notifique al imputa-do, ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA, mediante edictos y se reprograme la audiencia de prisión preventiva para el 15 de setiembre del 2015 a horas 14:30, diligencia que no se llevo a cabo en vista que la especialista judicial anterior, Estefany Farfán Ataucinchi, no generó las ce-

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La República 9Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

dulas de notificación correspondientes, EN CONSECUENCIA, cúmplase con notificar al imputado, mediante edictos, gírese los oficios correspondientes y cítese a audiencia privada de prisión pre-ventiva requerida por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, contra el imputado ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA (Prisión Preventiva), para el día QUINCE DE OCTU-BRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS CATORCE CON TREINTA DE LA TARDE(hora exacta), en la Novena Sala de Audiencias de la ciudad del Cusco, en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Avenida El Sol s/n (Tercer Piso). Da cuenta en la fecha, el especialista judicial que suscribe, por disposición del Superior. NOTIFIQUESE conforme a ley.

EDICTO PENAL

En el proceso Nro 02108-2014-0-1001-JR-PE-03 seguido contra el referido por el delito de VIOLA-CON SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iniciales L.C.C. representada por su progenitora Victoria Cinty Saldivar, bajo la actuación de la Especialista Judicial ESTEFANI FARFAN ATAUSINCHI, ha resuelto notificar al imputado con las siguientes resoluciones:Resolución Nro.01:

1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por el Fiscal Provincial Penal del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Cusco, contra ANGEL CIRILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA, por la presunta comisión del delito contra la Libertad, en la moda-lidad de Violación de la Libertad Sexual, tipo penal Violación Sexual de menor de edad agravado, tipo especifico tener acceso carnal por vía anal con una menor de edad entre 10 y menos de 14 años de edad agravado por la posición del agente tipificado en el articulo 173 inciso 2 y segundo párrafo del Código Penal en agravio de la menor de iníciales L.C.C representada por su progenitora VICTORIA CINTY SALDIVAR, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma compe-tencia material en el proceso.2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibi-miento de ser conducidos compulsivamente por la Policía.3. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse mas allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción más una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el represen-tante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional.4. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado ANGEL CI-RILO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA, al haberse advertido que no cuentan con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comu-nicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el aperso-namiento inmediato del defensor público en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de tenerse por designada a la misma.5. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso6. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan.7. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inad-misible en caso de inconcurrencia del peticionante en los casos expresamente establecidos por ley.8. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo.9. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio ur-bano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución.10. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente.11. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con infor-mar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem.12. NOTIFICAR la presente resolución al imputado en su domicilio real y al agraviado en su domicilio real y procesal obrante en autos, y al Ministerio Público en su correo electrónico. 13. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día 25 de enero del año 2015, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos.Resolución Nro.02: Por recibida la comunicación del Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, indicando que la investigación ha sido declarada compleja, por lo que, TÉNGASE en cuenta y PÓNGASE a conocimiento de las partes.- Encomen-dándose la tramitación del presente proceso al Especialista Judicial que suscribe por mandato Superior.Resolución Nro.03

Habiendo cumplido el representante del ministerio publico del primer despacho de investi-gación de la primera Fiscalia provincial penal corporativa del Cusco con la aclaración de la forma-lización de investigación preparatoria estando a los dispuesto en el acta de audiencia de fecha siete de abril del dos mil quince Cúmplase con notificar via edicto al imputado ANGEL CIRIRLO ALEJANDRO RODRIGUEZ MOYA con el estracto de la resolución 01 de fecha trece de marzo del año dos mil quince , la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria , para los fines pertinentes de ley Cusco 24 de setiembre del 2015

(28, 29, 30, SETIEMBRE)

EDICTO JUDICIAL

SEÑORES: SUCESORES DEL QUE EN VIDA FUE ARTEMIO UGARTE ECHEGARAY.Ante la Primera Sala Laboral de la Corte Superior de Cusco, integrada por los señores Jueces Su-perior Ladrón de Guevara De la Cruz, Bustamante del Castillo y Holgado Noa, bajo la actuación de la secretaria de Sala Dongo Callo, se viene tramitando el el Proceso N° 00730-2014-0-1001-JR-LA-01, seguido por Artemio Ugarte Echegaray contra el PLAN COPESCO, sobre Derechos Laborales, procesos en el cual mediante resolución número 14, su fecha cinco de agosto de dos mil quince, se ha dispuesto la publicación del presente edicto con la finalidad de que dentro del plazo de TREINTA DIAS comparezcan ante dicha instancia los sucesores del que en vida fue Artemio Ugarte Echegaray, bajo apercibimiento de continuarse la tramitación del proceso con un Curador Procesal. Cusco, setiembre de 2015.(28, 29, 30, SETIEMBRE)

NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA

FAMILIAR.Expediente: Nro. 2014-784.Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la demanda interpuesta por la Re-presentante del Ministerio Público contra FRANCO ARAHUALLPA CENCIA por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARINA CONDORI HUILLCA, se ha dispuesto la notificación de las partes por edictos lo siguiente: Resolución Nro.-10.-Quillabamba, nueve de septiembre Del año dos mil quince. - -DE OFICIO: No habiendo mediado recurso impugnatorio de apelación dentro del térmi-no previsto por ley contra la Sentencia de folios cuarenta y siguientes de fecha veintidós de abril del dos mil quince, mediante la cual se declara fundada la demanda de Violencia Familiar en su modalidad de MALTRATO FISICO V PSICOLOGICO y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123 del Código Procesal Civil: declárese CONSENTIDA dicha Sentencia en todos sus extremos, y en ejecución de sentencia notifíquese al demandado FRANCO ARAHUALLPA CENCIA a fin de que en el término de TRES DIAS cumpla con pagar la suma de OCHOCIENTOS y 00/100 NUEVOS SOLES por concepto de daños físicos y psicológicos en favor de la agraviada MARINA CONDORI HUILLCA, bajo apercibimiento de imponérsele la multa de 1 URP en favor del Estado.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Siomara Morales Mar. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial.Quillabamba, 21 de Septiembre del 2015.Firmado:Arnaldo Bustamante Gamarra (29, 30, SET 01 OCT)

NOTIFICACION POR EDICTOS SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR.

Expediente: Nro. 2014-694.Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención en la demanda interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra FORTUNATO ROCA HUILLCA por actos de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARILU CERVANTES PUMACAYO, se ha dispuesto la notificación de la par-tes por edictos lo siguiente: SENTENCIA.-Resolución N° 07Quillabamba, Veintidós de Abril Del año dos mil Quince.- SE RESUELVE:1.- DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por el Ministerio por actos de MALTRATO Psicoló-gico en contra de MARISOL ARIAS AlMIRON en agravio de FELICITAS CONCHA CABRERA.Y en aplicación de lo dispuesto por el artículo veintiuno parágrafo a) del texto único ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar ORDENO COMO MEDIDAS DE PROTECCION:A.- Que, el demandado RAUL LOAYZA RAUL se abstenga de realizar cualquier tipo de agresión física, o psicológico, debiendo respetar la dignidad de la agraviada.B.- Que, el demandado RAUL LOAYZA RAUL, queda prohibida de molestar, hostigar y/o acosar al agraviado, en la vía pública o privada.C.- Es necesario resaltar, que en caso de incumplimiento de lo resuelto en la presente sentencia, por parte del demandado, se hará efectivo lo resuelto en el artículo 22 de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar que refiere: “En caso de incumplimiento de las medidas decretadas, el juez ejercerá las facultades coercitivas contempladas en los Artículos 53° del Código Procesal Civil”.D.- SE DISPONE que las partes reciban Tratamiento Psicológico en el Hospital de Quillabamba por un periodo de tres meses, para lo cual gírese los oficios correspondientes, a lo cual las partes debe-rán recabar dichos oficios en secretaria de este Juzgado.E.- SE DISPONE que una vez que el demandado RAUL LOAYZA RAUL, cometa nuevos hechos de vio-lencia posteriores a la presente resolución se ejecute la presente sentencia con todas las medidas de protección recogidas en el presente proceso, presente proceso, bajo Apercibimiento de remitir-se copias certificadas y ser denunciado por el delito de desobediencia y resistencia a la Autoridad judicial e imponérsele una multa de 1 URP a favor del estado.3.- SE DISPONE que el demandado RAUL LOAYZA RAUL, pague por los daños PSICOlOGICOS la suma de SI. 200.00 DOSCIENTOS NUEVOS SOLES, a favor de cada agraviada, bajo apercibimiento de imponérsele la multa de 1 URP a favor del Estado. T. R.- H. S.- Firma de la Juez Siomara Morales Mar. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial.Quillabamba, 18 de Septiembre del 2015(29, 30, SET 01 OCT)

EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR

( juzgado Mixto v Unipersonal de Echarate)Familia Tutelar N° 141-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado ALBERTO QUISPE SUTTA, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 21/08/2015: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO, contra ALBERTO QUISPE SUTTA, en agravio de GIOV ANA CIPRIAN MENDOZA e hi-jos YORNT QUISPE CIPRIAN y ADRIEL YEIRSON QUISPE CIPRIAN¡ en tal virtud, córrase traslado de lademanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, DEBIENDO con cuyo., fin notificarse al demandado con el auto admisorio de la demanda, dándose un plazo perentorio de tres días hábi-les, -a partir de la notificación con el auto admisorio-, para que concurra al local del Juzgado a fin de que tome’ conocimiento de la demanda y sus anexos, y solicite la expedición de copias simples de dichos documentos. El demandado se considerará notificado con la’ demanda en la fecha en que concurra al Juzgado o en la fecha en que venza el plazo establecido para este efecto, lo que ocurra primero, de conformidad al¬segundo párrafo del artículo 17° del Reglamento del TUO de la Ley de Protección Frente a la Violen-cia Familiar, Decreto Supremo N° 002-98-JUS de fecha 25 de febrero de 1998; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía-. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial: Rocío Callaymara Ayquipa (29, 30, SET 01 OCT)

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La República10 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 11Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República12 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 13Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

INICIO TERMINO

1 02278-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CERVANTES MUÑOZ LURDES 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 00817-2015-0- 08:30 09:30 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

PROMOTORA DE EDUCAICON Y DESARROLLO CUSCO SAC UNIVERSIDAD GLOBAL DEL

CUSCO

SOLORZANO GUTIERREZ SILBERTH 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 00030-2015-0- 09:31 11:00 UNICA ACCION DE AMPARO PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CHOQUEHUANCA TAYPE VILMA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 03555-2014-0- 11:01 12:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO RADO GUTIERREZ PERCY 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

5 01932-2015-0- 12:01 12:31 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS DISTRIBUIDORA AGUIRRE SA BEJAR ZUÑIGA MIGUEL ANGEL 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

6 01031-2015-0- 14:30 15:30 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO YUCRA LLANJA LAURA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01520-2015-0- 08:00 09:30 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO FERNANDEZ ASIN RONALD 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 01764-2015-0- 09:31 10:30 JUZGAMIENTO PAGO DE REMUNERACIONES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO GRAJEDA PILLCO HILARIO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 02227-2015-0- 10:31 10:59 CONCILIACION DERECHOS LABORALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

QUISPE VALENZUELA JACQUELIN 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 01793-2015-0- 11:00 12:30 JUZGAMIENTO CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO QUISPE CRUZ ZENILDA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

5 01956-2015-0- 12:31 13:01 CONCILIACION PAGO DE REMUNERACIONES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO ZEGARRA AYALA EDGAR 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

6 1935-2014-0 14:30 15:00 VISTA DE LA CAUSA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION

U OTROS

INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE GALINDO TARRAGA JANET 1º SALA TACURI CHAVEZ JUDIT

INICIO TERMINO

1 01761-2015-0- 08:00 09:30 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CASTILLO VEGA GREGORIO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 01609-2015-0- 09:31 09:59 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

MORANO VIVANCO RUTH JENY AMEZQUITA MARURI NOHEMI 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 01313-2014-0- 10:00 11:30 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI ACURIO MIRANDA PATRICIA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 01786-2015-0- 11:31 13:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CAMARGO SANCHEZ JULIO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01871-2015-0- 08:00 10:00 JUZGAMIENTO REPOSICION SERVICIOS POSTALES DEL PERU SA CAYO USCAPI YANET 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 02186-2015-0- 10:01 10:29 CONCILIACION DERECHOS LABORALES CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

BUSTAMANTE ALENCASTRE BERTHA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 01827-2015-0- 10:30 11:30 JUZGAMIENTO INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

COMITE DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISTICOS

COSITUC

TORRE QUEHUARUCHO RAMIRO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

4 01987-2015-0- 11:31 11:59 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

RODRIGUEZ LEON ROSARIO ASUNCION 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

5 02167-2015-0- 12:00 12:30 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

WEB DEVELOPER GROUPSOCIEDAD ANONIMA

CERRADA WDG SAC HUAMAN USUCACHI GUISE 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01840-2015-0- 08:00 09:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

LOAYZA BECERRA MARLENY YOVANA 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

2 00791-2015-0- 10:30 12:30 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES

PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MAS

POBRES JUNTOS DE LA UNIDAD TERRITORIAL DE CUSCO

PALOMINO TORRES DIANA DORIS 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

3 00202-2015-0- 12:31 13:00 CONCILIACION REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

NAVARRO LUQUILLAS FRANCISCO 1º SALA RODOLFO COLQUE ROJAS

INICIO TERMINO

1 01442-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION PAGO DE REMUNERACIONES TELEFONICA DE MOVILES SAC BRAVO LOAYZA DE CASTAÑEDA GLORIA ELENA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 00308-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

CHAMBI DELGADO NERY ROMAN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 02513-2014-0- 09:00 10:00 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CUSCO LOAYZA RAYME MANUEL RUBEN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 02919-2014-0- 10:01 10:59 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO CUENTAS ESPINOZA VIRGINIA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 02043-2014-0- 11:00 13:00 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

AUTORIDAD NACIONAL DE AGUA FERNANDEZ BACA AGUIRRE EDWIN ARNALDO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

DEMANDADO DEMANDANTE LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 02 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTE

HORAAUDIENCIA MATERIA

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 01 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA

HORAAUDIENCIA MATERIA

DEMANDADO

DEMANDANTE LUGAR

MAGISTRADO

DEMANDANTE LUGAR MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 30 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTE

DEMANDANTE LUGAR MAGISTRADO

DEMANDADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 29 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCONUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 28 DE SETIEMBRE AL 02 DE OCTUBRE DEL 2015LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

LUGAR

PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 28 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTE MATERIA

MAGISTRADO

HORAAUDIENCIA DEMANDADO

SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 28 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE MAGISTRADO

Page 14: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana

La República14 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

6 01551-2015-0- 14:30 14:59 CONCILIACIONINDEM. POR DAÑOS Y

PERJUICIOS POR INCUMP. DE NORMAS LABORAL

DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES OCHOA VALENZUELA EULOGIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 03725-2014-0- 15:00 15:30 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

EMPRESA ETASEMTUMA SOCIEDAD ANONIMA AZA ORTIZ MATIASA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 01726-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

OROS YLACONDO PAULINO CLEMENTE 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 03631-2014-0- 09:00 10:00 JUZGAMIENTO INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

CONSETTUR MACHUPICCHU SAC HOLGADO VARGAS GLADYS 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 01350-2015-0- 10:01 10:30 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS CAMERO CATALAN HILARIA NINANTAY ZAMBRANO ZAIDA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 00144-2015-0- 11:01 12:00 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

DIRECION DESCONCENTRADA DE CULTURA DEL CUSCO

CANAL GARCIA NICOMEDES HERACLIO 2º SALA JUDIT TACURI CHAVEZ

5 02972-2014-0- 12:01 13:00 JUZGAMIENTO INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS COPY DEPOT SA CCANTO LATORRE SIRLEY VIDU 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 01076-2015-0- 15:00 16:30 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS MEZA ORTIZ LUIS ARTURO FLOREZ MACHACA FIDEL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 01779-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACIONPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

MUNICIAPLIDAD PROVINCIAL DE CUSCO COAVOY FUERTE ALEJO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 01899-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

QUISPE MAMANI JAIME ANTONIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 02365-2014-0- 09:00 09:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALESPROCURADOR PUBLICO DE LOS

ASUNTOS JUDICIALES DEL COFOPRI

ALARCON ARRIAGA DORIS SOCORRO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 02912-2014-0- 10:01 11:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN SALAZAR MENDOZA FELIX 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 01281-2013-0- 14:30 15:00 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

REPRESENTACIONES E INVERSIONES GRAU EIRL

CARDENAS LLERENA NAYHAYRA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 00155-2015-0- 15:01 15:30 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

PAUCCAR CONDORI MANFRED ALAIN 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 02022-2014-0- 15:31 16:01AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION

U OTROS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ AYQUIPA SANCHEZ JULIA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 02316-2013-0- 08:00 08:29AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

OCHOA ELORRIETA JOSE MIGUEL 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 02313-2013-0- 08:30 08:59AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

NAVIA YUCRA XAVIER ALEXANDERS 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 02321-2014-0- 09:00 09:59 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD PROV DEL CUSCO CONDORI TIMPO JUSTINA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 03470-2014-0- 10:00 10:59 JUZGAMIENTOINDEM. POR DAÑOS Y

PERJUICIOS POR FALTA GRAVE DEL TRABAJADOR

BLANCO ROJAS ALEXANDER LEVAPAN DEL PERU SA 2º SALA CARLOS ENRIQUECERVANTES LUQUE

5 00223-2015-0- 11:00 12:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO QUISPE ARANA ALEJANDRO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 00670-2015-0- 12:01 13:00 UNICA REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO PUMA SANCHEZ ELISA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 00399-2015-0- 14:30 14:59 CONCILIACION DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO BAZAN QUINTASI JUSTINO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

8 00890-2015-0- 15:00 15:30 CONCILIACION REPOSICION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

SEGOVIA CHIHUANTITO ROSENDO OTO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 01897-2015-0- 08:00 08:29 CONCILIACION DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO VARGAS CORNEJO DORIS 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

2 01942-2015-0- 08:30 08:59 CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO CASTILLO VEGA GREGORIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

3 00231-2015-0- 09:00 10:00 JUZGAMIENTO DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN ZARATE QUISPE JULIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

4 00699-2015-0- 10:01 10:59 UNICA REPOSICION GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO MENDIZABAL YABAR ORLANDO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

5 03095-2014-0- 11:00 12:00 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO ENCISO ARCOS GRIMALDO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

6 00707-2015-0- 12:01 13:00 JUZGAMIENTOPAGO DE BENEFICIOS

SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO LIMACHI HUAYHUA PAULINA 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

7 02351-2014-0- 14:00 14:30AUDIENCIA

COMPLEMENTARIA

DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROV DEL CUSCO FLORES GIL EUSEBIO 2º SALA CARLOS ENRIQUE

CERVANTES LUQUE

INICIO TERMINO

1 01681-2015-0- 10:00 11:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP CLASICA ES MEJOR SRLTDA MORALES CACERES MAGDA

ISABEL 3º SALA NAYDA CASTILLO CRUZ

INICIO TERMINO

1 174-2015-0 09:00 09:59 JUZGAMIENTO DERECHOS LABORALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VELASQUEZ VILCA FAUSTO 3º SALA TACURI CHAVEZ JUDIT

2 01730-2015-0- 10:00 11:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

ALDO HERNAN CACERES MAMANI PROPIETARIO DEL RESTAURANT EL TORITO

CUENTAS MAMANI BRAULIO MOISES 3º SALA RAUL CALLO DELGADO

INICIO TERMINO

1 00115-2015-0- 10:00 10:59 UNICA OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

CAME CONTRATISTAS Y SERVICIOS GENERALES SA AVILES RAMOS ALIPIO 3º SALA RAUL CALLO DELGADO

DEMANDADO DEMANDANTE

DEMANDANTE

MATERIA

MAGISTRADO

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 01 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO

LUGAR

LUGAR

TERCERA SALA DE AUDIENCIAS RELACION DE AUDIENCIAS DIA 29 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 30 DE SETIEMBRE DEL 2015

LUGARDEMANDADO DEMANDANTEN° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA

LUGAR

LUGAR

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 29 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 30 DE SETIEMBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

LUGAR

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 01 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

MAGISTRADO

MAGISTRADO

RELACION DE AUDIENCIAS DIA 02 DE OCTUBRE DEL 2015

N° N° DE EXPEDIENTEHORA

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

AUDIENCIA MATERIA DEMANDADO DEMANDANTE

Page 15: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana

La República 15Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Page 16: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana

La República16 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 3857-2013 Sentencia Samuchuallpa Huarcaya Mirtha S. UGEL Quispicanchi Contencioso Adm. 2-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra2 08:05 3462-2014 Sentencia Sota de Baltazar Estela DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra3 08:10 1065-2015 Sentencia Avendaño Farfàn Maxima Graciela DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra4 08:15 1271-2014 Sentencia Huamàn Huamàn Froilan Gobierno Regional de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra5 09:00 38-2015 Sentencia Holguin Carazas Urbano Gobierno Regional de Cusco Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra6 09:45 2545-2013 Sentencia Vara Licona Yusep Yurandir PLAN MERISS INKA Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra7 10:45 2310-2014 Sentencia Callañaupa Apaza Milton F. EXCURSIONES OASIS EIRL Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra8 11:45 002-2015 Sentencia Aparicio Luza Katty M. CONSETTUR MACHUPICCHU SAC Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra9 02:30 2901-2013 Sentencia Quispe Ccanihua Casimira Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Dirimencia: Gamarra Flores

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 1255-2015 Sentencia Acurio Florez Carmen Luz DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra2 08:05 1215-2015 Sentencia Paredes de Loza Rosa Maria DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra3 08:10 2303-2013 Sentencia Sosa de Espitia Matilde DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra4 08:15 3753-2014 Sentencia Peña Oviedo Bernardino Gobierno Regional de Cusco Laboral Privado J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra5 09:00 3083-2014 Sentencia Morales Paùcar Juan Municipalidad de San Sebastian Laboral Privado 1-J-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra6 09:45 105-2015 Sentencia Monterroro Saire Nery F. Municipalidad de San Jerònimo Laboral Privado 1-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra7 10:45 404-2015 Sentencia Anccalle Noa Juan Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra8 11:45 2474-2013 Sentencia Càrdenas Huamàn Josè Luis AGRORURAL LIMA Laboral Privado 1-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 229-2015 Sentencia Padilla Benavides Filiberto DREC Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra2 08:05 902-2015 Sentencia Zevallos Castilla Canuto DIRESA Contencioso Adm. 2-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra3 08:10 1977-2011 Sentencia Rondan Rondan Teodocio DREC Contencioso Adm. 2-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra4 08:15 0075-2015 Sentencia Cruz Zumaeta Ceberina Municipalidad de Wanchaq Laboral Privado J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra5 09:00 2709-2014 Sentencia Rodriguez Enriquez Augusto Gobierno Regional de Cusco Laboral Privado J-T-T-C- Bustamante-Holgado-Gamarra6 09:45 1510-2014 Sentencia Peñalva Saji Arnaldo CLAS Ollantaytambo Laboral Privado J-T-T-C- Bustamante-Holgado-Gamarra7 10:45 0010-2015 Sentencia Torres Huamàn Yessica CONSETUR Laboral Privado J-T-T-C- Bustamante-Holgado-Gamarra8 11:45 289-2015 Sentencia Choque Bustamante Dionicio A. Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:00 2004-2014 Sentencia Berrio Cordova Jorge Ramiro DREC Contencioso Adm. 2-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra2 08:05 1420-2015 Sentencia Medina Guzmàn Karina Betty UGEL CUSCO Contencioso Adm. 3-J-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra3 08:10 3532-2014 Sentencia Montesinos Vera Oscar DREC Contencioso Adm. 2-J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra4 08:15 621-2015 Sentencia Càceres Masias Angel Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra5 09:00 3652-2014 Sentencia Quispe Huaypar Orlando Municipalidad de Santiago Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra6 09:45 2920-2013 Sentencia Aedo Vega Centeno Luz Guisell Autoridad del Agua Laboral Privado 1-J-E-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra7 10:45 2866-2014 Sentencia Nùñez del Prado Alencastre Benjamin PLAN COPESCO Laboral Privado J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra8 11:45 3570-2013 Sentencia Oblitas, Jordan, Jose Jorge Municipalidad de Cusco Laboral Privado J-T-T-C Bustamante-Holgado-Gamarra9 02:30 1472-2014 Sentencia Mirano Ramos Miguel Municipalidad de Santiago Laboral Privado J-T-T-C Dirimencia: Gamarra Flores

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado1 08:30 178-2015 Sentencia Gonzàles Surco Valerio Municipalidad de San Sebastian Laboral Privado 1-J-E-T-C Dirimencia: Gamarra Flores2 09:30 805-2009 Sentencia Barragan Barrientos Danitza Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Dirimencia: Gamarra Flores3 10:30 1996-2014 Sentencia Cusipaucar Quispe Blas Hipòlito Gobierno Regional de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Dirimencia: Gamarra Flores4 11:30 3503-2014 Sentencia Silvia Huillca Saturnino Municipalidad de Cusco Laboral Privado 1-J-E-T-C Dirimencia: Gamarra Flores

Cusco, 28 de setiembre de 2015.

WILBER BUSTAMANTE DEL CASTILLO MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO PRESIDENTE SECRETARIA

Viernes, 02 de octubre de 2015

Jueves, 01 de octubre de 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (28,29 30 de setiembre y 01 y 02 de octubre de 2015)

Lunes, 28 de Setiembre de 2015

Martes, 29 de setiembre 2015

Miercoles, 30 de setiembre de 2015

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La República 17Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República18 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Page 19: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO · 2017-10-13 · Expediente Nro. 180- 2010-0-1005-JM-FC-01, seguido por Norma Yanet Palomino Alagon De Orte-ga y Julio Cesar Ortega Campana

La República 19Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República20 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

HORA MATERIA IMPUTADO DEMANDADO

DELITO PRETENCIÓN

AGRAVIADO DEMANDANTE

ACTO PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 28 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 5TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

10:00 10:30 10:35 10:40 10:50 11:20 11:50 12:00 12:10 12:20

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

M I E R C O L E S 30 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 5TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS10:30 10:40 10:50 11:00 11:10 11:20 11:30 11:40

J U E V E S 1 D E O C T U B R E D E 2 0 1 5TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

09:00 10:00 11:00

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN14:30

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla.

Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez.

DINA MEZA MONGE

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La República22 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República 23Martes, 29 de setiembre del 2015 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

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La República24 Martes, 29 de setiembre del 2015SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Representante de las Universidades Públicas ante

la ODECMA Juramento el pasado viernes 25 de

septiembre

En virtud a la Resolución Administrativa N° 023-2015 J-ODECMA-CSJCU-PJ el pasado viernes 25 de septiembre, juramento el Abog. Marco Antonio Marroquín Muñiz como representante de la Sociedad Civil, por las Universidades Públicas ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA Cusco.