Post on 01-Nov-2018
MANUAL DEL GOBERNADOR
COMITÉ CONAGO
MAYABMUN 2017
KAREN A. CÁRDENAS ROCHA
PRESIDENTA
KRYSTINA GUEVARA MONTEMAYOR
MODERADORA
KAREN V. CÁRDENAS LEÓN
OFICIAL DE CONFERENCIAS
CARTA DE BIENVENIDA
Estimados gobernadores, me es grato darles la más cordial bienvenida a la
Conferencia Nacional de Gobernadores, ya que es un honor que formen parte de
este comité en el décimo tercer modelo de las Naciones Unidas, Mayabmun 2017
La Conferencia Nacional de Gobernadores es un foro que busca crear un espacio
abierto al diálogo para fortalecer el federalismo de nuestro país, donde ustedes
fungirán como representantes de sus respectivos Estados para generar acuerdos,
planes de acción y soluciones respecto a temas apremiantes para mejorar la
administración pública de nuestro Estado.
Les invitamos a participar activamente con diálogo respetuoso para generar ideas,
resoluciones en conjunto, respecto al modo en que pueden aplicarse en la
Administración Pública a nivel Federal respectivamente de los tópicos a discusión.
En nombre de la mesa directiva de este modelo les deseamos mucho éxito en el
desarrollo del debate.
Atentamente,
Karen Andrea Cárdenas Rocha, Presidenta de la Conferencia Nacional de
Gobernadores, Mayabmun 2017.
¿QUÉ ES LA CONAGO?
La Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) tuvo su primer antecedente
en Mazatlán, Sinaloa, el 10 de Agosto de 2001 con la asistencia de veinte
gobernadores y se constituyó el 13 de Julio de 2002 en Cancún, Quintana Roo,
donde se presentaron todos los gobernadores del Partido Revolucionario
Institucional (PRI) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD), donde
además se reafirmó la voluntad superior de los estados con el pacto federal.
Es un espacio de deliberación por los representantes del poder ejecutivo; los
gobernadores de cada estado, que participan de manera voluntaria. El objetivo de
estas reuniones es fortalecer el pacto federal y trabajar de manera integral a
través del diálogo al establecer una agenda común para cada reunión.
La CONAGO tiene cuatro atributos esenciales:
1. Que todos y cada uno de los titulares de los ejecutivos estatales y el Jefe de
Gobierno de la Ciudad de México participen de manera voluntaria.
2. Que la dinámica que priva entre los miembros de la CONAGO se
caracteriza por estar sustentada en una relación entre pares.
3. Que todas y cada una de las decisiones de los miembros de la CONAGO se
toman por consenso.
4. Que la CONAGO es una instancia que, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 117 constitucional, inciso I, que indica que los “Estados no podrán en
ningún caso celebrar alianza, tratado, o coalición con otro Estado ni con potencias
extranjeras”, delibera y toma decisiones no vinculantes, pero si propositivas, que
se sustentan en el compromiso y voluntad política que suscita el encuentro de los
titulares de los ejecutivos estatales.
Gobernadores de la republica
Aguascalientes: Martin Orozco
Sandoval, PAN
Baja california: Francisco Arturo vega
de Lamadrid, PAN
Baja california sur: Carlos Mendoza
Davis, PAN
Campeche: Rafael Alejandro Moreno
Cárdenas, PRI
Chiapas: Manuel Velasco Coello,
PVEM
Chihuahua: Javier Corral Jurado,
PAN
Ciudad de México: Miguel Ángel
Mancera Espinosa, PRD
Coahuila de Zaragoza: Rubén Ignacio
Moreira Valdez, PRI
Colima: José Ignacio Peralta
Sánchez, PRI
Durango: José Rosas Aispuro, PAN
Guanajuato: Miguel Márquez
Márquez, PAN
Guerrero: Héctor Antonio Astudillo
Flores, PRI
Hidalgo: Omar Fayad Meneses, PRI
Jalisco: Jorge Aristóteles Sandoval
Díaz, PRI
México: Eruviel Ávila Villegas, PRI
Michoacán de Ocampo: Silvano
Aureoles Conejo, PRD
Morelos: Graco Luis Ramírez Garrido
Abreu, PRD
Nayarit: Roberto Sandoval
Castañeda, PRI
Nuevo león: Jaime Heliodoro
Rodríguez Calderón, independiente
Oaxaca: Alejandro Murat Hinojosa,
PRI
Puebla: José Antonio Gali Fayad,
PAN
Querétaro de Arteaga: Francisco
Domínguez Servien, PAN
Quintana Roo: Carlos Joaquín
González, PRD
San Luis potosí: Juan Manuel
Carreras, PRI
Sinaloa: Quirino Ordaz Coppel, PRI
Sonora: Claudia Artemisa Pavlovich
Arellano, PRI
Tabasco: Arturo Núñez Jiménez,
PRD
Tamaulipas: Francisco García
Cabeza de Vaca, PAN
Tlaxcala: Marco Antonio Mena
Rodríguez, PRI
Veracruz: miguel Ángel Yanes
linares, PAN
Yucatán: Rolando Rodrigo Zapata
Bello, PRI
Zacatecas: Alejandro Tello Cristerna,
PRI
PRI: 15, PAN: 10, PRD: 5, PVEM: 1,
Independiente:1
Tópico A: Implementación del Nuevo Sistema Nacional Anticorrupción
La Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, del inglés
United Nations Office on Drugs and Crime), define la corrupción como: “un
fenómeno social, político y económico que afecta a todos los países del mundo.
Es un concepto amplio que incluye soborno, fraude, apropiación indebida u otras
formas de desviación de recursos por un funcionario públicos. Puede ocurrir en los
casos de nepotismo, extorción, tráfico de influencias, uso indebido de la
información privilegiada para fines personales y la compra y venta de las
decisiones judiciales, entre varias otras prácticas.”
De acuerdo con El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática
(INEGI) en su Estadística a propósito del día internacional contra la corrupción
(2015) La corrupción se ubicó como el segundo problema que más preocupó a la
población mexicana.
Debido a esto en Julio del 2017 se implementó el Sistema Nacional
Anticorrupción, para el cual se formó un el nuevo sistema cuenta con un Comité
de Coordinación que reúne a las autoridades federales y cuenta con un Consejo
Consultivo integrado por el comité de participación ciudadana. El objetivo del
sistema según lo previsto en el artículo 113 constitucional; “es una instancia de
coordinación entre distintas autoridades federales y locales, encargadas de la
prevención, detención y sanción de responsabilidades administrativas y de hechos
de corrupción, así como de fiscalización y control de recursos públicos, en el cual
participa la ciudadanía a través de un comité.”
De acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal el Comité Coordinador del
sistema, “no es un órgano investigador, ni sancionador sino un espacio para que
los distintos actores que convergen intercambien puntos de vista y experiencias, a
través del diálogo constante y la comunicación abierta [...]”
El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) se creó con la reforma constitucional de
2015, el cual compone los órganos federales y los 32 Sistemas Locales
Anticorrupción (SLA). Éstos respetan el modelo federal de distribución de
competencias y deben de contar con una estructura y facultades equivalentes al
del SNA que tendrá las mismas funciones y facultades. Este sistema busca
fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones en un marco de
promoción de la legalidad y las buenas prácticas.
La promulgación de la Reforma Constitucional que crea el Sistema Nacional
Anticorrupción representa un avance histórico para el país en la lucha contra la
corrupción. El 27 de mayo de 2015, se publicaron en el Diario Oficial de la
Federación (DOF). Las reformas constitucionales en materia anticorrupción y son
la base que da sustento a toda la legislación secundaria en la materia.
Es importante recalcar que el Sistema Nacional Anticorrupción entró en vigor en
todo el país, menos en Chihuahua, mientras que en los demás estados entró en
vigor sin estar listo el arado para una implementación efectiva pues el resto de las
entidades no han señalado a las autoridades encargadas de velar por la
transparencia y no corrupción. Así como la deficiencia las leyes estatales
anticorrupción de cada entidad, siendo Querétaro el único estado que cumplió con
los requerimientos señalados al tiempo de la entrada en vigor (18 de Julio del
2017).
Únicamente Chiapas, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro y Sonora tienen fiscal,
mientras que los estados de México, Morelos, Nayarit, Querétaro y Sonora tienen
magistrados anticorrupción. Siendo Chihuahua y Veracruz los dos únicos Estados
en los que ni siquiera tienen propuestas para diseñar sus sistemas locales
anticorrupción, de acuerdo con el Semáforo Anticorrupción.
Tan solo 10 estados tienen una reforma constitucional satisfactoria, mientras que
nueve aún no cuentan con reforma constitucional.
Solo Chiapas y Nayarit cuentan con una Ley del Sistema Local Anticorrupción
satisfactoria, mientras que 24 entidades aún no cuentan con ella.
Guanajuato por otro lado, busca conformar de Sistemas Municipales
Anticorrupción, lo cual retrasa la aplicación del sistema.
Solo Nayarit y Chiapas son los únicos Estados que están listos para empezar con
el desarrollo de sus SLA, ya que cumplen con los requisitos mínimos y podrían
iniciar con los nombramientos de su Comisión de Selección, Comité de
Participación Ciudadana y reformas legales secundarias.
¿Qué medidas se deben tomar respecto a los Estados que no cuentan con las
regulaciones necesarias? ¿Cómo se procederá respecto a las iniciativas de ley y
reformas constitucionales locales deficientes? ¿Cómo se llevarán a cabo la
elección de los magistrados anticorrupción pendientes a designar? ¿Qué medidas
se pueden tomar para la pronta y homogénea aplicación del sistema? ¿Se
sugerirán sanciones respecto a los Estados que no prepararon sus legislaciones y
organigrama de la administración pública para la entrada en vigor del sistema?
En esta imagen se observan los avances de los Estados en la implementación del SLA; con el “Semáforo anticorrupción:
Monitoreo de los Sistemas Locales Anticorrupción” es un parámetro de evaluación de la reforma constitucional y de la Ley
del Sistema Local Anticorrupción y su implementación. Documenta y estudia la calidad de la actividad legislativa en los
estados con base en las constituciones locales y las agendas legislativas locales. El estudio se compone por:
*Semáforo de la reforma constitucional.
*Semáforo de implementación de la Ley del SLA.
REFERENCIAS:
¿Qué es el sistema Nacional Anti-corrupción?
El Universal (2017). ¿Qué es el sistema Nacional Anti-corrupción?. [online] Available at:
http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/articulo/alfonso-perez-
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Arely Gómez Gonazáles, A. G. G. (2017, July 19). El sistema nacional anticorrupción y la nueva ley
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Leticia Robles de la Rosa, L. R. (2017, July 19). Arranca Incompleto el Sistema Anticorrupción.
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operación este miércoles en todo el país. Retrieved from
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United Nations Office on Drugs and Crime. (2016). UNODC y Corrupción. Retrieved from
https://www.unodc.org/lpo-brazil/es/corrupcao/
Tópico B: Segunda Vuelta Electoral
La segunda vuelta es un sistema electoral que consta de dos etapas en caso de
que un candidato no haya obtenido un porcentaje predeterminado de votos en la
primera ronda. El objetivo principal de esta modalidad es asegurar una mayor
legitimación en elecciones, ya que en las segundas vueltas se tienden a eliminar
candidatos marginales, y ponen en evidencia el techo electoral real, el que está
más allá de sus seguidores más fervientes.
En términos generales, la segunda vuelta considera que si ningún candidato
obtiene el cincuenta por ciento más uno de los votos en una elección, entonces se
realizará una segunda votación pero solo entre los dos aspirantes que hayan
obtenido el mayor número de sufragios.
Dentro de los países que utilizan este sistema, existen regulaciones relativas para
poder elegir a los candidatos que pueden ser elegidos en la primera vuelta. El
primero de estos criterios es la mayoría necesaria de votos para poder ser elegido
en la primera vuelta. También establecer que votos serán válidos y cuales no lo
serán, el número de candidatos que pueden pasar a la segunda vuelta y sobre
todo definir a qué tipo de cargos se regulará bajo este método de elección.
En nuestro país, México, solo el estado de San Luis Potosí ha aplicado este
método (la segunda vuelta) en dos ocasiones (1997 y 2000) para elegir a los
miembros de su ayuntamiento municipal. Esto es posible por lo establecido en su
constitución local y ley en materia electoral. Los puntos a denotar la primera que
se aplicó este método es que de los 58 municipios donde se realizaron las
elecciones, en 23 se realizaron elecciones de segunda vuelta contando estas con
cinco puntos porcentuales de participación inferiores con respecto a la primera
vuelta. En 18 municipios el resultado de la primera vuelta se ratificó mientras que
en los otros cinco el resultado a favor del partido político que había quedado en
segundo lugar durante la primera vuelta .
Para el año 2000, se aplicó nuevamente el sistema de “segunda vuelta”, en los
cual 18 municipios participaron. Los líderes políticos opinaron que la aplicación de
esta modalidad debe ser analizada debido a dos puntos: la baja participación
ciudadana en la segunda vuelta y los conflictos post-electorales.
Considerar este modelo de votación tendría ventajas pues, la segunda vuelta
permitiría a los ciudadanos tener un voto más reflexivo o estratégico, respecto a la
primera ronda. Además, podría reducir el abstencionismo, con los ciudadanos
teniendo una segunda oportunidad de acudir a las urnas y una decisión más
sencilla con solo con solo dos opciones en la boleta.
Otra ventaja señalada es que la segunda vuelta ofrecería resultados más
“contundentes”, cifras más claras respecto a quién resultó ganador, atemperando
así posibles conflictos post-electorales.
Una segunda vuelta le permite a México hacer frente a la fragmentación política
que ya ha comenzado, y que se debe tanto a cambios en prácticas sociales, como
al surgimiento de candidatos independientes. Tiene el potencial de formar
coaliciones que rebasen el momento electoral y evitar un bloqueo sistemático en el
Congreso a un presidente que obtenga una votación muy reducida. La segunda
vuelta tiende a favorecer a los candidatos moderados, aquellos que se alejan de
los extremos y que permiten una mejor convivencia política.
Sin embargo, también hay desventajas, por ejemplo, un estudio del Instituto
Belisario Domínguez señala que implementar una segunda vuelta electoral
implicaría aumentar el gasto en las elecciones, y aumentaría la carga operativa del
Instituto Nacional Electoral (INE), o de los institutos electorales locales, si buscara
aplicarse en la elección de gobernador.
Otro punto señalado en el texto del Instituto es la interrogante de cuánto tiempo
tendría que pasar para que los tribunales electorales resuelvan las impugnaciones
de la primera vuelta, y la declaren válida, antes de pasar a una segunda vuelta,
que también podría verse envuelta en reclamos de fraude o de recuento de votos.
El PRI se opone a la segunda vuelta electoral, mientras que el PAN está a favor y
considera que ayudaría mucho al país implementar la segunda vuelta electoral, el
PRD está a favor e inclusive fue el que promovió la iniciativa para un cambio en la
Constitución con el fin de implementar la segunda vuelta electoral. Morena, de
igual forma, se encuentra en contra aunque no haya ningún gobernador de este
partido.
Referencias:
Animal Político. (2017, June 27). Segunda vuelta electoral, ¿una solución para México? Tiene pros
y contras. Retrieved from
http://politicapuebla.com.mx/noticias/index.php/noticias/nacionales/segunda-vuelta-electoral-
una-solucion-para-mexico-tiene-pros-y-contras
Israel Macedo Serna, I. M. S. (2017, June 27). ¿Qué pasaría si en México la elección presidencial
tuviera dos rondas? Retrieved from http://www.nacion321.com/elecciones/quien-gana-y-quien-
pierde-con-una-segunda-vuelta-electoral-en-mexico
Gustavo Ernesto Emmerich, G. E. (2013). La Segunda Vuelta Electoral. Retrieved from
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3182/8.pdf
http://www.politify.mx/infografias/la-segunda-vuelta-en-
m%C3%A9xico-%C2%BFgarantizar%C3%ADa-legitimidad