Del rio prada

Post on 30-Mar-2016

219 views 1 download

description

ETA Strassbourg Estrasburgo España Spain Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Transcript of Del rio prada

Comunicado de Prensaemitido por el Secretario del Tribunal

TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS EUROPEAN COURT OF HUMAN RIGHTS 16 10 2013

Próxima sentencia de la Grande Chambre en el caso de Del Rio Prada

El TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS entregará una sentencia de la Grande Chambre en el caso de Del Rio Prada v. España (aplicación nº. 42750/09) en una audiencia pública el lunes 21 de octubre de 2013 a las 11.30 horas (hora local) en el Palacio de los Derechos Humanos, en Estrasburgo.

El caso se refiere a la postergación de la salida final de una persona condenada por delitos de terrorismo, sobre a base de una nueva doctrina - conocida como la "doctrina Parot" - adoptada por el Tribunal Supremo después de que ella había sido condenado.

Hechos relevantesLa solicitante, Inés del Río Prada, es una ciudadana española que nació en 1958 y actualmente está cumpliendo una pena de prisión en la región de Galicia (España). Entre diciembre de 1988 y mayo de 2000, en ocho actuaciones separadas de procesos penales, recibió una serie de penas de prisión por diversos delitos relacionados con ataques terroristas llevados a cabo entre 1982 y 1987. En total, las sentencias fueron de más de 3.000 años.

Sin embargo, en virtud del artículo 70.2 del Código Penal de 1973, vigente en el momento de los hechos, el máximo "período de cumplimiento de la condena" (Condena) de una persona condenada era 30 años. Esta regla también es aplicable en caso de múltiples condenas (penas) impuestos en distintos procedimientos si, como en el caso de la Sra. del Río Prada, los delitos en cuestión podrían haber sido tratados como un solo caso, debido a los vínculos jurídicos y cronológicos entre ellos. En noviembre del año 2000, la Audiencia Nacional decidió combinar sentencias de la solicitante y fijar un plazo máximo para ser cumplido, lo que redujo el total de 3.000 años a una pena de 30 años de prisión.

Después de varias decisiones adoptadas entre 1993 y 2004 por los jueces encargados de la ejecución de las penas, la Sra. del Río Prada obtuvo una reducción de pena por valor de casi nueve años por trabajos que había hecho mientras estaba en prisión, de conformidad con el artículo 100 de la 1973 Criminal Código. En abril de 2008, después de la deducción de estas reducciones del término máximo de 30 años, las autoridades de la prisión de Murcia (España), donde la Sra. del Río Prada estaba confinada en aquel momento, propuso el 2 julio 2008 a la Audiencia Nacional como fecha de su liberación.

Mientras tanto, el Tribunal Supremo español se había apartado de su anterior jurisprudencia en materia de reducción de la pena. Después de haber decidido en una sentencia de 8 de marzo de 1994, que el plazo máximo de 30 años previsto en el artículo 70.2 del Código Penal de 1973 tiene que ser visto como una "nueva sentencia independiente" a la que todas las reducciones de pena se aplicaran, se consideró en su sentencia de 28 de febrero de 2006, que este término ya no debe ser tratado como una sentencia separada de las impuestas en las distintas sentencias condenatorias, sino más bien como el plazo máximo que un condenado debe pasar en prisión. En consecuencia, las reducciones de sentencia son a partir de ahora para ser aplicadas a cada una de las sentencias tomadas de forma individual.

A la luz de esta nueva doctrina - conocido como la "doctrina Parot" - la Audiencia Nacional pidió a las autoridades de la prisión cambiar la fecha propuesta para la liberación de la Sra. del Río Prada y calcular una nueva fecha en línea con la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. En un auto de 23 de junio de 2008, sobre la base de una nueva propuesta de las autoridades de la prisión, la Audiencia Nacional fijó la fecha para la liberación final de la demandante el 27 de junio de 2017. Un recurso de la demandante a la Audiencia Nacional fue rechazado en julio de 2008, y su posterior recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional fue denegado en febrero de 2009.

CONSEJO DE EUROPA

Comunicado de Prensa

Reclamaciones y procedimientoBasándose en el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (no hay pena sin ley), la Sra. del Río Prada se queja de que el cambio de la jurisprudencia del Tribunal Suprem de su jurisprudencia relativa a las reducciones de penas se le aplicó retroactivamente a ella después de haber sido condenado, extendiendo así su detención por casi nueve años. En virtud del artículo 5 § 1 (derecho a la libertad ya la seguridad), alega además, que ha sido mantenido en detención en violación de los requisitos de "legalidad" y "un procedimiento establecido por la ley".

La aplicación fue presentada ante la el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el 3 de agosto de 2009. En una sentencia de la Sala de 10 de julio 2012, el Tribunal consideró que se había producido una violación del artículo 7 y del artículo 5 § 1 de la Convención. El 4 de octubre 2012, el Gobierno solicitó que el asunso se refiera ante la Gran Sala en virtud del artículo 43 de la Convención (referencia a la Gran Sala). El 22 de octubre 2012, el panel de apelaciones de la Grande Salle aceptó esa petición. Una audiencia ante la Grande Salle se celebró el día 20 de marzo de 2013.

Este comunicado de prensa es un documento elaborado por la Secretaría. No es vinculante para el Tribunal. Las decisiones, juicios y más información acerca del Tribunal se encuentran en www.echr.coe.int. Para recibir los comunicados de prensa de la Corte, inscribase aquì: www.echr.coe.int / RSS / es o síganos en Twitter (SECHRpress.

Contactos para la prensaechrpress@echr.coe.int | tel: +33 3 90 21 42 08

Jean Conte (tel: + 33 3 90 21 58 77)Tracey Turner-Tretz (tel: + 33 3 88 41 35 30) Nina Salomon (tel: + 33 3 90 21 49 79) Denis Lambert (tel: + 33 3 90 21 41 09)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se creó en Estrasburgo por los estados miembros del Consejo Europa en 1959 para hacer frente a presuntos violaciónes de la Convención de 1950 Europeo de Derechos Humanos.